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04 - PLIEGO - P y O Instalaciones PIF Arrecife - definitivo

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aspecto, se liquidarán aplicando como devaluación este 15%.<br />

En el caso de obras submarinas será necesario, para el abono de este<br />

15%, la comprobación de las mismas mediante vídeo submarino, cuya ejecución<br />

será dirigida por la Dirección de Obra. El abono de los vídeos correrá a cargo del<br />

Contratista, bien por pago directo o bien por abono a la Autoridad Portuaria<br />

previo descuento de la cantidad de ésta certificación del 15%.<br />

3) Por finalización de la ejecución de las obras.- Una vez realizada el<br />

Acta de Recepción de las obras se abonará al Contratista el 4,5% del total de la<br />

obra, menos el importe de las penalidades que le pudieran haber sido<br />

impuestas.<br />

4) Por el cumplimiento del plazo de garantía.- Una vez transcurrido<br />

el plazo de garantía se abonará al Contratista el 1,5% restante del precio del<br />

Contrato, excepto los costos en que la Autoridad Portuaria haya tenido que<br />

incurrir para subsanar los errores y defectos de ejecución que, en cumplimiento<br />

del contrato, no hayan sido corregidos por el Contratista.<br />

6. El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que<br />

la necesaria para ejecutar las obras en el plazo o plazos contractuales, salvo<br />

que, a juicio de la Dirección de las obras, existiesen razones para estimarlo<br />

inconveniente. Sin embargo, no tendrá derecho a percibir en cada año,<br />

cualquiera que sea el importe de lo ejecutado, mayor cantidad que la<br />

consignada en la anualidad correspondiente.<br />

7. Las certificaciones tendrán el concepto de pagos provisionales a<br />

buena cuenta, sin suponer en forma alguna aprobación y recepción de las obras<br />

contratadas.<br />

8. Se podrán verificar abonos a cuenta, previa petición escrita del<br />

contratista, por instalaciones, acopios de materiales y equipos de maquinaria<br />

pesada adscritos a la obra, en la forma y con las garantías que a tal efecto se<br />

establecen en los artículos 155 y siguientes del R.G.L.C.A.P.<br />

36ª. Revisión de precios<br />

A las obras comprendidas en el presente proyecto no le son de aplicación<br />

los beneficios por revisión de precios<br />

Puertos de Las Palmas 32

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