1CLqdFt
1CLqdFt
1CLqdFt
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
4.2.1 PROHIBICIONES<br />
Los pasajeros deberán abstenerse de las conductas descriptas en el apartado 6 de<br />
este manual, debiendo además abstenerse de:<br />
Mantener las luces centrales encendidas cuando ello moleste a otros viajeros, a<br />
partir de las 22 horas en invierno y las 23 horas en verano, y hasta las 8 horas en<br />
ambas épocas del año.<br />
Hablar en voz alta, pasearse o hacer ruidos que puedan perturbar el reposo de los<br />
otros pasajeros, a partir de las 22 horas en invierno y las 23 horas en verano.<br />
Llevar animales vivos o muertos en los coches, salvo los perros de asistencia de<br />
las personas con discapacidad, para cuyo traslado deberán exhibir su<br />
certificado de discapacidad, su Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y el<br />
certificado del can.<br />
Ocupar los pasillos de acceso al coche comedor.<br />
RECLAMOS<br />
Transportar material explosivo de ninguna clase.<br />
4.2.2. Deber de comportamiento adecuado<br />
Los pasajeros deberán comportarse adecuadamente en lo términos generales<br />
establecidos en este manual debiendo además:<br />
• No efectuar la inversión del asiento si no se contara con la conformidad de los<br />
pasajeros a los cuales afecta.<br />
• Obedecer las indicaciones del guarda, quien tiene a su cargo velar por el cumplimiento<br />
de las prohibiciones por parte del usuario.<br />
• Obedecer las indicaciones del encargado del coche comedor cuando se le solicite<br />
desocupar los asientos una vez terminado el desayuno o la comida, para que otros<br />
pasajeros puedan hacer uso del servicio.<br />
• Mantener el orden tanto en las formaciones como en las estaciones.<br />
• Presentar y entregar el boleto cuando en el tren y/o las estaciones le sean solicitados<br />
por el guarda u otro empleado autorizado, antes, durante o después de realizado el viaje.<br />
• Acreditar su identidad con su D.N.I. Los boletos no serán transferibles.<br />
El operador podrá expulsar o hacer expulsar a toda persona que moleste al público, lleve<br />
armas de fuego cargadas o no quiera sujetarse a las leyes y los reglamentos.<br />
26<br />
5.<br />
DE USUARIOS Y PASAJEROS DEL SERVICIO<br />
DE TRANSPORTE FERROVIARIO<br />
www.cnrt.gob.ar<br />
0800-333-0300<br />
27