1CLqdFt
1CLqdFt
1CLqdFt
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
llevar a cabo de manera correcta y ordenada la evacuación de las instalaciones en<br />
caso de emergencia. Para ello, deberán poder tener acceso a la infografía<br />
correspondiente.<br />
2.2.6. Derecho a acceder al matafuego<br />
Los usuarios y pasajeros del servicio de transporte ferroviario tienen el derecho a<br />
acceder a los matafuegos existentes en las estaciones. Los matafuegos deberán estar<br />
cargados, señalizados y su habilitación debe estar vigente.<br />
2.2.7. Derecho a acceder y utilizar los avisos y/o el freno de<br />
emergencia<br />
Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario tienen el derecho a acceder y<br />
utilizar los dispositivos de comunicación con el conductor, aviso de emergencia y/o<br />
accionamiento de frenos de emergencia con que cuente cada tipo de coche de<br />
pasajeros en particular. Su uso indebido por parte de los pasajeros será sancionado,<br />
conforme a la normativa que resulte aplicable.<br />
2.3 VINCULADOS A LA accesibilidad<br />
2.3.1. Acceso<br />
2.3.1.1. Asientos reservados cercanos a la puerta de acceso<br />
Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario con movilidad reducida tienen el<br />
derecho de acceder a asientos reservados, debidamente señalizados y cercanos a la<br />
puerta de ingreso al coche. En caso de que estos estuvieran ocupados por personas<br />
que no revistan la calidad señalada, deberán ser cedidos ante la simple solicitud del<br />
usuario con movilidad reducida.<br />
2.3.1.2. Espacio para silla de ruedas en sentido de la marcha del tren<br />
Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario con discapacidad motriz que<br />
requieran la utilización de silla de ruedas tendrán derecho a contar con el espacio<br />
necesario para ubicarse, en el sentido de la<br />
marcha del tren, en los sectores debidamente<br />
señalizados.<br />
2.3.1.3. Zona de descanso con apoyos isquiáticos<br />
(barras paralelas)<br />
Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario con movilidad reducida<br />
tienen el derecho al uso prioritario de las zonas de descanso con apoyos<br />
isquiáticos.<br />
2.3.1.4. Señalización visual, auditiva y solados hápticos<br />
Los usuarios y pasajeros del servicio de transporte ferroviario tienen derecho a que la<br />
señalización se realice de forma visual y auditiva a fin de poder garantizar el acceso<br />
de todos los usuarios al servicio. Asimismo, tendrán derecho a utilizar los solados<br />
hápticos con los que deberán contar las instalaciones.<br />
2.3.1.5. Traslado con perro de asistencia<br />
Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario que presenten su Certificado de<br />
Discapacidad vigente y requieran trasladarse con perro de asistencia, podrán hacerlo<br />
presentando el certificado del can expedido por la autoridad competente y su<br />
Documento Nacional de Identidad (D.N.I.).<br />
2.3.2. Gratuidad<br />
Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario con discapacidad tienen derecho<br />
a viajar en forma gratuita sin ningún tipo de restricción de horarios. Para hacer uso de<br />
este derecho, deberán presentar su Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y el<br />
certificado de discapacidad, ya sea el original o fotocopia legalizada. Este derecho<br />
comprende igual beneficio para un acompañante en caso de que así lo determine el<br />
certificado de discapacidad extendido.<br />
12 13