06.04.2015 Views

1CLqdFt

1CLqdFt

1CLqdFt

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

llevar a cabo de manera correcta y ordenada la evacuación de las instalaciones en<br />

caso de emergencia. Para ello, deberán poder tener acceso a la infografía<br />

correspondiente.<br />

2.2.6. Derecho a acceder al matafuego<br />

Los usuarios y pasajeros del servicio de transporte ferroviario tienen el derecho a<br />

acceder a los matafuegos existentes en las estaciones. Los matafuegos deberán estar<br />

cargados, señalizados y su habilitación debe estar vigente.<br />

2.2.7. Derecho a acceder y utilizar los avisos y/o el freno de<br />

emergencia<br />

Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario tienen el derecho a acceder y<br />

utilizar los dispositivos de comunicación con el conductor, aviso de emergencia y/o<br />

accionamiento de frenos de emergencia con que cuente cada tipo de coche de<br />

pasajeros en particular. Su uso indebido por parte de los pasajeros será sancionado,<br />

conforme a la normativa que resulte aplicable.<br />

2.3 VINCULADOS A LA accesibilidad<br />

2.3.1. Acceso<br />

2.3.1.1. Asientos reservados cercanos a la puerta de acceso<br />

Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario con movilidad reducida tienen el<br />

derecho de acceder a asientos reservados, debidamente señalizados y cercanos a la<br />

puerta de ingreso al coche. En caso de que estos estuvieran ocupados por personas<br />

que no revistan la calidad señalada, deberán ser cedidos ante la simple solicitud del<br />

usuario con movilidad reducida.<br />

2.3.1.2. Espacio para silla de ruedas en sentido de la marcha del tren<br />

Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario con discapacidad motriz que<br />

requieran la utilización de silla de ruedas tendrán derecho a contar con el espacio<br />

necesario para ubicarse, en el sentido de la<br />

marcha del tren, en los sectores debidamente<br />

señalizados.<br />

2.3.1.3. Zona de descanso con apoyos isquiáticos<br />

(barras paralelas)<br />

Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario con movilidad reducida<br />

tienen el derecho al uso prioritario de las zonas de descanso con apoyos<br />

isquiáticos.<br />

2.3.1.4. Señalización visual, auditiva y solados hápticos<br />

Los usuarios y pasajeros del servicio de transporte ferroviario tienen derecho a que la<br />

señalización se realice de forma visual y auditiva a fin de poder garantizar el acceso<br />

de todos los usuarios al servicio. Asimismo, tendrán derecho a utilizar los solados<br />

hápticos con los que deberán contar las instalaciones.<br />

2.3.1.5. Traslado con perro de asistencia<br />

Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario que presenten su Certificado de<br />

Discapacidad vigente y requieran trasladarse con perro de asistencia, podrán hacerlo<br />

presentando el certificado del can expedido por la autoridad competente y su<br />

Documento Nacional de Identidad (D.N.I.).<br />

2.3.2. Gratuidad<br />

Los pasajeros del servicio de transporte ferroviario con discapacidad tienen derecho<br />

a viajar en forma gratuita sin ningún tipo de restricción de horarios. Para hacer uso de<br />

este derecho, deberán presentar su Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y el<br />

certificado de discapacidad, ya sea el original o fotocopia legalizada. Este derecho<br />

comprende igual beneficio para un acompañante en caso de que así lo determine el<br />

certificado de discapacidad extendido.<br />

12 13

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!