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1 SECCION I CAPITULO 1º. OBJETO 1.1 Antel llama a licitación ...

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<strong>SECCION</strong> I<strong>OBJETO</strong><strong>CAPITULO</strong> 1º.<strong>1.1</strong> <strong>Antel</strong> <strong>llama</strong> a licitación para el suministro e instalación de monopostes metálicos de 25metros de altura, que se realizará en diversas localidades del país.Esta licitación se adjudicará por un monto de $ 10.000.000 (diez millones pesos uruguayos) masimprevistos, IVA, leyes sociales y complemento de cuota mutual.Se amplía la información en la Sección III Especificaciones Particulares1.2 Alcance de la licitaciónLas ofertas deberán cumplir en su totalidad con las especificaciones establecidas en el presente Pliego deCondiciones que constituyen los recaudos de la licitación.A modo de ejemplo no taxativo, enumeraremos a continuación aquellas tareas que el Oferente debe tener encuenta dentro de sus COSTOS Y GASTOS GENERALES ya que no podrán presentarse presupuestosadicionales por la necesidad de ejecución de dichas tareas: planos, planillas y cálculos complementariosa los entregados en este pliego, trámites de cualquier tipo, apuntalamientos, sellado, curado y prolijado de lassuperficies de hormigón, aislaciones de hormigón subterráneos sometidos a contacto con agua, rellenos conhormigón pobre, excavaciones y rellenos complementarios o superiores a los solicitados de acuerdo con lashipótesis de cálculo estructural, impermeabilizaciones, aislaciones, rellenos y compactaciones, consolidaciones,hormigones de pendiente, limpieza del terreno, replanteo, nivelaciones, señalizaciones y protecciones encumplimiento de normas de seguridad contra accidentes e incendio, vallados, cuidados especiales con losequipos y canalizaciones de telecomunicaciones existentes en el terreno donde se construirá el edificio, cercos eiluminaciones provisorias, luz de obra y agua de obra, limpieza de la obra permanente y final, protección ypintado de los elementos metálicos o de madera provistos por el Contratista, desagües, drenaje y bombeo deaguas subterráneas, almacenaje y guarda de sus provisiones, ensayos de hormigón y en general de todos losmateriales intervinientes en la obra, solicitud de certificaciones de calidad de los materiales intervinientes, díasperdidos por accidentes, días perdidos por lluvia o fenómenos climáticos, salarios caídos por causa delContratista, mantenimiento de materiales acopiados, movimientos internos, vigilancia, serenos, asistenciamédica y de urgencia, fletes, seguros, traslados y amortizaciones, equipos y vestimenta del personal, etc.DEFINICIONES<strong>CAPITULO</strong> 2o.2.1. Los términos "Obra" y "Obras" se refieren a todas las instalaciones, construcciones y trabajos decualquier naturaleza, objeto de esta licitación.2.2. Los términos "Bases de Licitación" o "Pliego de Condiciones" se refieren al conjunto de losdocumentos que contienen los requisitos básicos para la licitación, inclusive sus anexos y aclaraciones a losmismos.2.3. El término "Administración" o la sigla <strong>Antel</strong> que se emplean en el texto de estas bases de licitación, serefieren a la Administración Nacional de Telecomunicaciones, de la República Oriental del Uruguay.2.4. El término "Directorio", se refiere al Directorio de la Administración Nacional de Telecomunicaciones.2.5. La denominación "Comisión Asesora de Adjudicaciones" se refiere a la Comisión designada por <strong>Antel</strong>,encargada del análisis y estudio de las propuestas.2.6. El término "Director de Obras" o "Director" se refiere al profesional designado por la Gerenciarespectiva de la Administración.1


2.7. El término “Jefe de Obra" se refiere al técnico de <strong>Antel</strong> dependiente del Director de Obras queintervendrá en los asuntos relacionados con partes específicas de las obras.2.8. El Término "proponente" y "oferente" se refiere a la persona, firma o grupo económico que presente osometa formalmente una proposición para ejecutar el trabajo que se licita, obrando por si o por medio de susrepresentantes debidamente autorizados.2.9. El término "Contratista", se refiere a la persona o empresa cuya propuesta, por el total de las obrasespecificadas más adelante, sea aceptada e incluirá a sus representantes legales o sucesores.2.10. El término "Representante Técnico", se refiere al profesional designado por el Contratista pararepresentarlo en la obra.2.11. El término "Sobrestante", se refiere a la persona o personas a quien o quienes el Director designe parala vigilancia de las obras.2.12. "P.D.O." se refiere al Plan de Desarrollo de Obras.2.13. "C.G." se refiere a las Condiciones Generales (Sección I)2.14. “M.C.G.” Memoria Constructiva General (Sección II)2.15. "E.P." se refiere a las Especificaciones Particulares (Sección III)DEL REPRESENTANTE TÉCNICO<strong>CAPITULO</strong> 3o.3.1. La empresa adjudicataria deberá designar un Representante Técnico que será el interlocutor válidoentre el Contratista y el Director de Obra designado por <strong>Antel</strong>. Poseerá obligatoriamente título de Ingeniero Civil ysu designación será condicionada a la aceptación por el Director de Obra.3.2. Tendrá en la obra toda la documentación que integra la contratación.3.3. Deberá en todo momento acatar y cumplir las instrucciones e indicaciones que le dé el Director (seanéstas dadas verbalmente o por escrito), en lo que se refiere a la construcción de la obra.En caso que al momento de impartir las instrucciones en cuestión, no se hallara presente en Obra elRepresentante Técnico de la Empresa Contratista, las mismas deberán ser acatadas y cumplidas por elCapataz. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista podrá proponer (dentro de las 24 horas de recibida una orden)cualquier otra solución al problema planteado, que a su juicio sea conveniente; en caso de no realizar talpropuesta en el lapso indicado, deberá ejecutar las órdenes originales sin más trámite dentro de las 48 horassiguientes al momento de recibidas.3.4. Si durante la ejecución de la obra el Director considerara que el Representante Técnico no llenaadecuadamente las funciones a su cargo por falta de corrección o eficacia, el Contratista estará obligado asustituirlo.DEL SOBRESTANTE<strong>CAPITULO</strong> 4o.4.1. El Sobrestante permanecerá en la obra durante las horas de labor, debiendo el Contratista permitirleen todo momento la fiscalización de los trabajos.Además vigilará que se cumplan las órdenes que dé por escrito el Director de obra.4.2. Las funciones del Sobrestante son inspectivas; no obstante queda facultado para ordenar, por su soloarbitrio, la suspensión de los trabajos de ejecución de la obra siempre que constatase que no se cumplen lostérminos de la contratación. En este caso dará aviso de inmediato al Director de obra.2


Dicha suspensión será materializada por orden escrita comunicada al Contratista o al Representante Técnico.Las suspensiones ordenadas por el Sobrestante tendrán fin por otra orden escrita del mismo o del Director deobra.4.3. El Sobrestante no tiene funciones resolutivas o ejecutivas de otra naturaleza que las indicadas en elinciso anterior. No es misión del Sobrestante el ordenar actos técnicos o administrativos en la obra, sólo podránotificar al Contratista o a su representante en la obra de las órdenes que dé el Director.4.4. El Sobrestante tendrá, en la misma forma que el Director, libre acceso a la obra durante las horas delabor y libre acceso a todos los lugares y recintos de la misma, construidos dentro del obrador o que en suproximidad sirvan a ella de depósitos, habitaciones, oficinas, servicios higiénicos u otros fines.ACLARACIONES SOBRE LA LICITACIÓN<strong>CAPITULO</strong> 5o.5.1. Hasta 5 (cinco) días antes de la fecha de apertura de las propuestas toda firma interesada enpresentarse a la licitación y que haya adquirido el Pliego de Condiciones puede solicitar aclaración por escritosobre alguna estipulación de estas bases. La Administración considerando el pedido evacuará la consultadándola a conocer al peticionario y a los demás adquirentes del Pliego.<strong>Antel</strong> por propia iniciativa podrá dar aclaraciones y/o informaciones ampliatorias o introducir modificaciones aestas bases hasta el segundo día hábil anterior al de la fecha fijada para el acto de apertura de las propuestas.<strong>CAPITULO</strong> 6o.PRÓRROGA DE LA FECHA DE APERTURA DE LAS OFERTAS6.1. En el caso que un eventual proponente solicite prórroga de apertura de ofertas, la misma deberáformularse por escrito con una antelación como mínimo de 5 (cinco) días hábiles de la fecha que establece elPliego para la apertura de la licitación; sin perjuicio de lo expuesto, la Administración podrá resolver a suexclusivo arbitrio, situaciones especiales que contemplen sus intereses.No se dará lugar al trámite si él o los solicitantes no depositan en garantía de la efectiva presentación de lapropuesta, la suma de 70 U.R. (setenta unidades reajustables), en alguna de las modalidades establecidas parala garantía de mantenimiento de oferta.Los referidos valores quedarán en propiedad de la Administración de pleno derecho y sin necesidad deintimación ni trámite alguno, por el solo hecho de vencer el nuevo plazo estipulado sin que el o los solicitanteshayan presentado las respectivas propuestas en forma.En caso de que se presenten en tiempo las mencionadas propuestas, el depósito le será devuelto al díasiguiente de la apertura de la Licitación.Si la solicitud de prórroga no fuera concedida, el depósito le será devuelto al día siguiente de la notificaciónrespectiva.<strong>CAPITULO</strong> 7o.REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE OBRAS PÚBLICAS7.1. Las empresas que se presenten a esta licitación deberán encontrarse inscriptas en el RegistroNacional de Empresas de Obras Públicas. En cuanto a los sub-contratistas, será suficiente que el oferenteindique el número de inscripción.7.2. El oferente deberá presentar el Certificado de Inscripción vigente, expedido por el RegistroNacional de Empresas de Obras Públicas según lo dispuesto en el Decreto 208/2009 y su instructivopublicado en la página del M.T.O.P., numeral 4.En el certificado, vigente a la fecha de apertura de ofertas deberá constar:3


• La inscripción de la empresa en el R.N.E.O.P.• El monto del V.E.C.A. libre de la empresa, el cuál deberá ser mayor o igual al monto de la oferta a ejecutaren el período de un año.• La calificación en categoría y especialidad solicitada en este Pliego de Condiciones:• Categoría II:línea.Ingeniería – Obras de ingeniería civil, infraestructura vial y férrea, hidráulicas, montajes y de• Especialidades de Ingeniería:E. Montajes.- (construcción y/o montaje de instalaciones eléctricas, mecánicas y mixtas).7.3. En caso de no presentar el certificado del M.T.O.P. la Administración se reserva el derecho desolicitarlo, o de descalificar la oferta7.4. Si el certificado presentado por el adjudicatario al momento de la presentación de las ofertas,tuviera una vigencia inferior a la finalización de la contratación, la Administración se reserva el derecho desolicitar la renovación de dicho certificado.7.5. Según establece el decreto 57/010 del 11 de febrero de 2010 en el Art. 3°:“Las empresas del Grupo 8 "Industrias de Productos Metálicos Maquinarias y Equipos" que quieran sercalificadas en el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas deberán presentar la documentacióncorrespondiente a la categoría II: Ingeniería, Especialidad E, a los efectos de determinar la capacidad libreexigida para la presentación de ofertas y contrataciones”.DOCUMENTACIÓN<strong>CAPITULO</strong> 8o.8.1. La documentación relacionada en los puntos siguientes podrá ser solicitada por la Gerencia deDivisión Contrataciones durante el procedimiento licitatorio, concediendo los plazos que estime conveniente atal efecto.8.2. Documentación que acredite la representación invocada por el firmante de la oferta.8.3. Para el caso de que el proponente sea una Sociedad Comercial, la misma deberá presentarTestimonio Notarial de los Estatutos o Contrato Social y un Certificado Notarial acreditando la constitución,vigencia y representación de la misma de acuerdo al Contrato Social.8.4. Las Empresas podrán presentarse en forma individual o colectiva. En este último caso, las Empresasdeberán presentarse en forma conjunta y solidaria por toda la licitación, estableciéndolo en forma expresa,debiendo presentar para cada una de ellas la documentación exigida en estas especificaciones.8.5. Estarán exentos de presentar la documentación precedente, aquellas firmas oferentes que en los 12(doce) meses inmediatos anteriores a esta licitación, hubieran entregado en Asesoría Notarial de <strong>Antel</strong> ladocumentación completa correspondiente a la empresa y la misma hubiese sido aprobada por dicha Asesoría.8.6. En el caso previsto en el punto 8.5 la Gerencia de División Contrataciones podrá solicitar CertificadoNotarial de actualización referente a la documentación presentada.En todos los casos la documentación aludida en el punto 8.5 tendrá una vigencia de 12 (doce) meses,contados a partir de la fecha de su aprobación por la Asesoría Notarial vencidos los cuales deberá renovarsela misma, no aceptándose solamente el certificado de actualización.4


8.7 Toda documentación proveniente del extranjero incluidos Poderes deberá presentarse en su idiomaoriginal y si éste no es el idioma español, deberá ser traducido por Traductor Público y en ambos casoslegalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.En caso de Poderes, podrá adjuntarse a la oferta Testimonio Notarial del mismo.8.8 Cuando se solicite documentación con una vigencia determinada a partir de la fecha de aperturade ofertas, se tomará la primera fecha fijada para tal acto, independientemente de las prórrogas quepuedan existir.<strong>CAPITULO</strong> 9o.GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS.9.1 Al presentar sus ofertas los proponentes deberán garantizar, si correspondiera, el mantenimientode las mismas por un valor equivalente al 1% (uno por ciento) de 14.000.000 (catorce millones) de pesosuruguayos.9.2 El depósito de garantía se podrá realizar:Para el caso de empresas constituidas bajo el régimen jurídico de la República Oriental delUruguay o empresas del exterior que tengan representación permanente en Uruguay:Mediante las siguientes modalidades:• Valores Públicos caucionados por el BROU a favor de <strong>Antel</strong>;• Aval Bancario o Fianza Bancaria,• Póliza de Seguro de Fianza a cargo del Banco de Seguros del Estado• Póliza de empresas aseguradoras habilitadas por el Banco Central del Uruguay.• Efectivo (cheque certificado, letra de cambio, o efectivo propiamente dicho) en la Tesorería de <strong>Antel</strong>.Las modalidades precedentemente detalladas serán constituidas en Pesos Uruguayos, DólaresEstadounidenses o Euros.El depósito de garantía deberá efectuarse hasta una hora antes a la señalada para la apertura delas propuestas, en la Unidad de Acreedores de esta Administración.9.3 Las garantías de mantenimiento de oferta deberán constituirse con una vigencia mínima deun año.No se aceptarán garantías de mantenimiento de ofertas con plazo de vigencia inferior alestablecido.9.4 Las garantías no podrán tener una fecha de emisión superior a 10 (diez) días calendario,previos a la fecha de apertura, a excepción de las realizadas por empresas del exterior sinrepresentación permanente en el Uruguay y que opten por la transferencia a una cuenta de <strong>Antel</strong>en el BROU, a las cuales no se les aplicará este plazo.9.5 Para el caso de prorrogarse la fecha de apertura de ofertas, serán plenamente válidas lasgarantías emitidas para la primera fecha fijada para la apertura de ofertas, siempre que la mismahaya sido emitida como máximo 10 (diez) días calendario, previos a dicha fecha, considerando paralas empresas del exterior sin representación permanente en el Uruguay, la misma excepción delnumeral 9.4.5


SCHWERPUNKTvoneinander bewegt haben. Besonderseindrücklich war ein Erlebnis in Basel,als im Dämmerlicht während einer kurzenPause zur Frischluftzufuhr eines imgeöffneten Kabinett oberhalb des stillsitzendenMediums zu sehen war. MeinePartnerin Sabin hat ihr Erlebnis von einerkürzlichen Sitzung folgendermassenbeschrieben: «Plötzlich zeigt sich an derDecke ein kleines Licht von etwa einemZentimeter Durchmesser. Die Lichterscheinungbegeistert alle, fliegt an derDecke herum und ist jeweils von einerSeite gut sichtbar. Alle spornen das Lichtan, locken es zu sich, zu anderen – es bewegtsich und kreist schwebend vor demGesicht einzelner Teilnehmer. Zum grossenGaudi der Gruppe zeigt sich dieLichterscheinung während mehrerer Minuten.Abwechselnd sehen es die Teilnehmerauf der einen und dann auf deranderen Seite deutlich. Ich stelle mir dasLicht wie eine Kapsel von einem ZentimeterDurchmesser vor, auf deren einenSeite ein Lichtstrahl in den Raum leuchtet.Die andere Seite ist dunkel, womiterklärbar ist, warum das Licht jeweils nurauf einer Seite deutlich sichtbar ist. DasLicht verschwindet mehrmals durch denVorhang des Kabinetts und taucht wiederim Raum auf.»Materialisationenund BerührungenDie Materialisation von Gliedmassenhabe ich wiederholt im Rotlicht beobachtenkönnen.Bei Stewart Alexander sah ich rund15 Mal die Bildung einer festen Handaus einem nebelartigen Gebilde dassich verdichtete und dem einzelneSitzer die Hand schütteln konnten,während Stewarts Hände jeweils vonzwei Sitzern auf beiden Seiten desKabinetts gehalten wurden. Hier derBericht einer Sitzungsteilnehmerin: «Ichwurde daraufhin an den Tisch vornegebeten und legte meine Hand darauf.Von der Gegenseite des Tisches nähertesich mir eine schlammige, gummigeMasse; aus der sich zuerst bogenförmigeGebilde formten, die zu Fingernund dann zu einer Hand wurden,die Leben bekam. Die sehr kräftigeHand legte sich auf meine, drehtemeine Hand auf die Seite, drückte sieund klopfte, für jedermann hörbar, aufsie.»Bei David Thompson macht es den Anschein,dass die Geistwesen sich vollständigmaterialisieren. Sie sprechenlaut, ihre Schritte sind im Raum hörbarund sie berühren Sitzer. Besonders eindrücklichwar eine Sitzung, in der Sabin– die die Botschaften übersetzte – von einemGeistwesen an der Hand genommenwurde und zielsicher im stockdunklenRaum zu den Personen geführtwurde, mit denen sich der Spirit unterhaltenwollte. Sie schildert ihr Erlebnisfolgendermassen: «Meine erste Séancemit David Thompson erlebte ich 2005 inCober Hill (GB). Meine nächste Begegnungmit ihm war im April 2011, als erzum ersten Mal zu uns in den Psi-Vereinkam. Für uns als Veranstalter ist das Organisiereneiner Séance sehr aufwändig:Nicht nur muss der Raum vollständigabgedunkelt sein, sondern wir tragenauch die Verantwortung für die Sicherheitdes Mediums und verstehenuns als Vermittler eines äusserst seltsamenund seltenen Phänomens für eineuns vertrauende Kundschaft.Bill, Colleen und Chris Meadows, Basel 2010So sass ich an diesem ersten Séanceabendleicht angespannt im Dunkeln,im zweiten Stuhl links vom Kabinett.Nachdem William – ein vor etwa hundertJahren verstorbener Psychiater –sich manifestiert hatte, ermutigte er dasPublikum Fragen von allgemeinem Interessezu stellen. In unserem neunzigQuadratmeter grossen Veranstaltungsraumsassen vierzig Teilnehmer am äusserenRand in einem grossen Kreis. Alsdie erste Person eine Frage stellte, hörteich deutlich Schritte in Richtung Fragestellergehen. Williams Stimme war indieser Entfernung nur schlecht hörbarund ich konnte seine Antwort nichtrecht übersetzen. Da kamen WilliamsSchritte auf mich zu und er fragte mich,ob ich nicht mit ihm mitkommen wolle.Ich sagte zu, worauf er meine Hand ergriff.In absoluter Dunkelheit führte ermich von einem Fragesteller zum nächsten,so dass ich die Fragen und Antwortenübersetzen konnte. Anschliessendkündete er an, er werde mich an meinenPlatz zurückführen. Da mir klar war,dass er den Raum perfekt wahrnahm,wollte ich mich vertrauensvoll hinsetzen.Aber William hatte sich einen kleinenScherz erlaubt und ich setzte michauf den Schoss der Zirkelleiterin ChristineMorgan, gleich neben meinemPlatz. Während ich durch den Raum geführtwurde, fand ich die Art, wieWilliam meine Hand hielt, ungewöhnlich.Als ich dies später einem englischenGentleman beschrieb, lachte erund erklärte mir, so hätten früher dieMänner ihre Tanzpartnerin auf dieTanzfläche geführt!»Bei Bill Meadows konnten alle Teilnehmereine feste warme Hand schütteln,die sich unter dem Vorhang des Kabinettsgezeigt hat.34Wendezeit 6/11


devuelto. En caso de no presentar el original se otorgará plazo a criterio de laAdministración, para presentar testimonio notarial de dicho documento.• Formulario de Identificación del Oferente (ANEXO I del Pliego Único de Bases yCondiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios noPersonales), en el que deberán completar obligatoriamente todos los datos.10.4.1. Integración de Consorcio:‣ Si dos o más empresas resolvieran presentarse a la licitación integrando un consorcio, además de ladocumentación exigida para cada una de ellas, deberán presentar una carta firmada por los representanteslegales de cada empresa por la cual se comprometen a constituir el consorcio de acuerdo a lo dispuesto porlos artículos 17, 501, 502, 503 de la ley 16.060 del 4/09/89 (Suscripción del contrato, inscripción del mismoen el Registro Público de Comercio y publicación de un extracto en el Diario Oficial), en caso de resultaradjudicatarios.‣ A los efectos precedentes para la etapa de presentación de propuestas se deberá indicar además:• Empresas que conformarán el consorcio• Razones de complementariedad que justifican la Asociación• Áreas específicas que serán desarrolladas bajo la responsabilidad de cada asociado• Compromiso de no modificar los términos del documento de asociación hasta la finalización del contrato.Este documento deberá estar formulado de acuerdo y conformidad a las disposiciones legales vigentes en laRepública Oriental del Uruguay, cualquiera sea la nacionalidad de las empresas.‣ Se deberá indicar cual de las empresas serán las responsables de facturar el objeto de la presentelicitación, y en que porcentaje lo hará cada una.‣ El depósito de garantía de mantenimiento de oferta, deberá ser constituido a nombre de una o más de lasempresas integrantes del consorcio.NO se aceptarán garantías a nombre del futuro consorcio a constituirse.Los recaudos antes referidos, todos ellos vigentes a la fecha de apertura de ofertas, una vez exhibidos ycontrolados por el escribano actuante en el acto de apertura de ofertas, quedarán en poder de la Administracióna excepción del recibo del depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta.Una vez adjudicada la compra, <strong>Antel</strong> podrá solicitar el documento que acredite la constitución del consorcio elque deberá establecer expresamente que los integrantes del mismo responderán en forma conjunta ysolidaria durante la ejecución del contrato.10.5. Pasado el plazo para la presentación de las ofertas no se tomará en cuenta ninguna interpretación,aclaración, ampliación o modificación de propuestas, salvo aquellas que directa y expresamente sean solicitadaspor escrito por la Gcia. División Contrataciones.10.6. La Administración se reserva la facultad de tomar en consideración únicamente aquellas propuestasque no se aparten sensiblemente de las condiciones especificadas en el presente Pliego de Condiciones.10.7. Abiertas las propuestas los proponentes no podrán formular ninguna interpretación, aclaración,ampliación o modificación de las mismas, salvo aquellas que les fueran directa o expresamente solicitadaspor escrito, por la Gerencia de Contrataciones de esta Administración.DE LAS PROPUESTAS.<strong>CAPITULO</strong> 11o.En base a lo establecido en la ley 18.083, decreto 199/007 y sus concordantes y modificativos 306/007y 365/009, no se consideraran ofertas de empresas que estén amparadas por el régimen deMONOTRIBUTO.1<strong>1.1</strong>. Las propuestas deberán presentarse según el siguiente formato:7


"XX... domiciliado en la ciudad de . calle ....Nº.... se compromete a ejecutar y entregar las obras en un todo deacuerdo con las condiciones y especificaciones de la licitación No... y los siguientes planos y documentos quehemos tenido a la vista: Pliego de Condiciones No.:...,Planillas descriptivas Nos.:..., Circulares Nos.:...según seindica a continuación:1) Suma de rubros2) Varios e imprevistos3) I.V.A.4) Leyes Sociales (calculadas como se indica en el capítulo correspondiente).5) Complemento de cuota Mutual6) TOTAL DE LA OFERTAPlazo de ejecución de acuerdo a lo especificado en la memoria.11.2. Validez de las propuestasLa Administración considerará las propuestas válidas por el término de 120 (ciento veinte) días, a contar desde eldía siguiente de la fecha señalada para la apertura de las mismas.En caso de que se estipule en la oferta, un plazo de validez menor al mencionado precedentemente,la Administración se reserva el derecho de considerar o no la propuesta.Las propuestas obligarán a los oferentes por dicho plazo a menos que antes de expirar el mismo se hayaaceptado alguna de ellas.Serán devueltas a todos los proponentes cuyas ofertas no hubiesen sido aceptadas, las cantidades depositadasen garantía de mantenimiento de las mismas. Para las propuestas que no se mantengan durante el plazomínimo de 120 (ciento veinte) días la Administración se reserva el derecho a su solo juicio de considerarlas o no.Si antes de finalizado el plazo de 120 días el oferente solicita el retiro de la oferta la misma no será considerada yse procederá a la ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta que hubiera realizado. La ofertapresentada quedará en poder de <strong>Antel</strong>.Si transcurrido el plazo de 120 (ciento veinte) días mencionado, la Administración no hubiera tomado resoluciónal respecto, la validez de las propuestas se considerarán prorrogadas automáticamente por lapsos sucesivos de60 (sesenta) días. Si iniciadas las prórrogas automáticas el oferente mediante comunicación escrita solicita elretiro de la oferta le será devuelto el respectivo depósitos de garantía. Dicha comunicación deberá presentarseen la Unidad Atención Personalizada (Paraguay 2097, Edificio Clientes 2do Nivel).PLAZO DE ENTREGA.<strong>CAPITULO</strong> 12o.12.1. El plazo para la ejecución de la totalidad de las obras solicitadas en esta licitación se estima en 12meses a partir de la fecha de la primera solicitud del Director de Obra.Los plazos de cada obra se indican a continuación:• 75 días calendario para la entrega del suministro de hasta 7 monopostes, contados a partir de lafecha de solicitud del Director de Obra,• 35 días calendario para la construcción de hasta 4 sitios, incluyendo fundación y montaje delmonoposte, a partir de la fecha de solicitud del Director de Obra.De acuerdo a las necesidades de la Administración se notificará a la empresa la ubicación de la obra aconstruir, pudiéndose superponer la ejecución de hasta cuatro frentes de obra simultáneos.12.2. La Empresa adjudicataria deberá comenzar los trabajos como máximo 5 días calendario después dehaber recibido la solicitud del Director de Obra de <strong>Antel</strong>, excepto el caso que <strong>Antel</strong> indique expresamenteotra fecha, quedando registrada esa fecha como inicio.8


Se realizará el acta de inicio de obra en el lugar de trabajo, ACTA DE RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS y sicorrespondiera, Acta de Interrupción (a los efectos de la contabilización del plazo e informar a ATYR para que nose generen multas por Leyes Sociales).Las notificaciones se realizarán por fax o correo electrónico, debiendo obligatoriamente la empresainformar número o dirección de contacto para ese propósito.El reporte de salida del Fax o el enviado del correo electrónico, se considerará notificación plena, atodo los efectos legales.Para que los días de lluvia puedan ser descontados del plazo, la Empresa adjudicataria deberá comunicarpor fax al Director de Obra el mismo día en el que se deba interrumpir la obra por causa de lluvia.Los días correspondientes a licencia de la construcción serán descontados del plazo establecido.El Director de Obra podrá autorizar incrementos de plazo por causa de fuerza mayor, trabajos extraordinarios ocausas imputables a <strong>Antel</strong> que deberán registrarse en el Acta correspondiente.12.3. El oferente deberá declarar expresamente el cumplimiento del plazo, de lo contrario se asumiráque cumple estrictamente con el plazo establecido en el presente pliego.<strong>CAPITULO</strong> 13ºPRECIOS, ESTUDIO COMPARATIVO Y ADJUDICACION13.1. Los proponentes deberán presentar obligatoriamente el presupuesto detallado, según elcuadro de Rubrado de la memoria descriptiva, indicando los precios unitarios correspondientes a cadauno de los rubros parciales que comprenden el total de la obra, los que regirán para los aumentos ydisminuciones de obra que puedan ordenarse o para abonar, en caso de rescisión, la obra hecha que esté encondiciones de ser recibida. Los rubros parciales se colocarán en el orden indicado (y con el desglose solicitado)en este Pliego de Condiciones; a continuación el oferente podrá indicar otros que estime necesarios y que nohayan sido incluidos en el Rubrado.En caso de que el oferente no presente el detalle establecido en el Rubrado o incluya en la planilla decotización unidades diferentes a las indicadas en la misma, <strong>Antel</strong> se reserva el derecho de descartarla oferta a su exclusivo criterio.13.2. En el caso de que el oferente hubiera omitido algún rubro o cometido un error en cantidades en elpresupuesto detallado a que se refiere el punto 13.1, igual estará obligado a ejecutar los trabajos o proveer losmateriales por su cuenta.Si un proponente omitiera un rubro, la Administración se reserva el derecho de determinar la importancia de laomisión y si la propuesta presentada cumple con el Pliego o merece rechazo.En caso de ser considerada la propuesta en el estudio comparativo, se tomará para el rubro omitido la cotizaciónmás alta entre las propuestas de los restantes oferentes. Para la adjudicación se considera que el rubro omitidoes sin cargo para la Administración.13.3. Los proponentes presentarán sus precios en moneda nacional y se especificará separadamente elimporte correspondiente a I.V.A., así como el monto sobre el que se aplicará este impuesto, el montocorrespondiente a las Leyes Sociales y complemento de Cuota Mutual, que se deberán verter en el Banco dePrevisión Social, el cual formará parte integrante del Precio.Todos los precios serán cotizados en moneda nacional y se ajustarán según fórmula paramétricaestablecida en el capítulo correspondiente.13.4 Si las acotaciones del proyecto no coincidieran exactamente con las del terreno, el Contratista deberácolaborar con la adaptación del proyecto a las dimensiones reales, sin generar ningún tipo de costo adicionalpara <strong>Antel</strong>, si correspondiera.13.5 La comparación de ofertas se realizará teniendo en cuenta el cuadro del Rubrado del Anexo 1.Las cantidades establecidas en el Rubrado, se considerarán sólo a los efectos del comparativo de precios.La obra se pagará de acuerdo a los metrajes realmente cumplidos en cada caso.9


13.6 La Adjudicación se efectuará al oferente que habiendo cumplido con los requisitosestablecidos en este pliego presente el menor precio comparativo.13.7 El monto de leyes sociales y complemento de cuota mutual a adjudicar será proporcional almonto cotizado en la oferta.IMPUESTOS.<strong>CAPITULO</strong> 14o14.1 El proveedor de esta Administración cotizará con los impuestos correspondientes, de acuerdo conlas leyes de la República Oriental del Uruguay, que graven directamente las obras, bienes o servicioscotizados.En caso de creación, modificación o eliminación de impuestos se aplicará la normativa legal vigente a talesefectos en cualquier caso.14.2 El oferente deberá indicar claramente los impuestos que gravan su oferta y sobre que rubros y/oítems.14.3 <strong>Antel</strong> será agente de retención, en los casos que corresponda, de acuerdo con lo dispuesto en lanormativa legal vigente.LEYES SOCIALES.<strong>CAPITULO</strong> 15o15.1 De acuerdo al régimen de unificación de Aportes Patronales y Obreros de la Industria de laConstrucción establecido por la Ley 14.411, los Aportes al B.P.S. son de cargo de <strong>Antel</strong>, siendo de aplicaciónla tasa vigente sobre monto imponible.A los efectos de la adjudicación, así como para la comparación de las ofertas, se tendrá en cuenta losaportes al B.P.S. (Leyes Sociales), más la estimación de los complementos por cuota mutual que el oferenteindique en la planilla de cotización.La estimación de los complementos por cuota mutual que el oferente indique en la planilla de cotización, seráel tope máximo que pagará <strong>Antel</strong> por dicho conceptoSegún establece el decreto 57/010 del 11 de febrero de 2010 el articulo 1°“Los montajes metal-mecánicos pueden ser realizados tanto por las empresas del Grupo 8 de actividad"Industria de Productos Metálicos Maquinarias y Equipos" como las del Grupo 9 "Industria de la Construccióny Actividades Complementarias", debiendo en cada caso cumplir con las obligaciones emergentes de grupode actividad”.Los aportes por leyes sociales se calcularán de la siguiente forma:El oferente deberá indicar el monto imponible, no debiendo su porcentaje de incidencia sobre la suma de losrubros ofertados, que no sean suministros, ser menor al 15% ni mayor al 25%.En caso que existan rubros que solo sean suministros, no corresponderá cotizar monto imponible.En caso que el oferente establezca en su oferta un porcentaje de incidencia de Monto Imponible que seamenor al mínimo establecido en el presente pliego, la evaluación de ofertas se realizará tomando en cuentael mínimo requerido por <strong>Antel</strong> pero se adjudicará por lo que estableció el oferente en su oferta, siendo de sucargo las diferencia por Leyes Sociales que puedan existir.En caso que el oferente establezca en su oferta un porcentaje de incidencia de Monto Imponible que seasuperior al máximo requerido por <strong>Antel</strong>, la evaluación se hará considerando ese máximo, al igual que laadjudicación, siendo de su cargo las diferencias de Leyes Sociales que se ocasionaren.10


Sobre el Monto Imponible así considerado se aplicará la tasa unificada vigente de aportes de la Industria dela Construcción. El valor resultante será el que debe figurar en la oferta como LEYES SOCIALES.Esta cifra será el tope del aporte que <strong>Antel</strong> efectuará al B.P.S. actualizado por los aumentos de salarios queexistieran.Superado el tope antes establecido, <strong>Antel</strong> retendrá el importe que corresponda de los pagos de certificados deobra respectivos.En todos los casos <strong>Antel</strong> abonará mensualmente los aportes sociales correspondientes en base a las planillassuministradas por el Contratista, hasta el tope indicado, así como los complementos por Cuota Mutual quecorrespondan.Los aportes por complemento de Cuota Mutual, establecidos en el art. 338 de la Ley 16320,reglamentada por decreto 67/993 deberán ser debidamente acreditados. Los mismos serán de cargode la Administración hasta el monto adjudicado, siempre que el empleado haya cumplido en la obrade <strong>Antel</strong> un mínimo de 13 jornales de 8hs. En caso contrario solo podrá cargar a la Administración elcomplemento de cuota mutual proporcional a los jornales trabajados en la obra de <strong>Antel</strong>.En caso de comprobarse el no cumplimiento de lo establecido en el precedente párrafo, el contratistadeberá restituir a la Administración los importes abonados por dicho concepto que no correspondíaser de cargo de la misma.En caso de que para algún rubro no sea necesario cotizar monto imponible, el oferente deberáespecificarlo expresamente en su oferta.En caso contrario, para el comparativo de ofertas se penalizará con el monto imponible más caro ypara la adjudicación se considerará que para dichos rubros no corresponde el cálculo de leyessociales. Si durante la ejecución de la contratación, surgiere por parte de BPS la imposición delpago de LLSS por esos rubros, las mismas se le descontarán al adjudicatario de las facturaspendientes de pago si las hubiere. En caso de no existir facturas, se les comunicará el monto y se leotorgará plazo para su pago.CONSIDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS.<strong>CAPITULO</strong> 16o16.1. La Administración no se obliga a aceptar ninguna de las propuestas que sean presentadas,reservándose el derecho de rechazarlas todas, si a su exclusivo juicio lo estimara conveniente, o a dejar sinefecto la licitación en cualquier etapa del trámite en que se encuentre, sin que esto pueda dar lugar aindemnización o reclamo de ninguna especie.16.2. Los gastos y pérdidas que pudieran tener los proponentes con motivo de la preparación y presentaciónde sus propuestas, serán de su exclusiva cuenta, no abonando la Administración compensación de ningunaespecie por ese concepto.16.3. La adjudicación a que se refiere este Pliego queda supeditada a la intervención preventiva de legalidaddel Tribunal de Cuentas.<strong>CAPITULO</strong> 17oNOTIFICACIÓN DE LA ACEPTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CONTRATACIÓN.17.1. La adjudicación se comunicará por escrito al o a los adjudicatarios o a quienes legalmente losrepresenten, por la Unidad Comunicación con Proveedores dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores al dela mencionada comunicación el o los adjudicatarios deberán hacer efectivo el depósito de garantía de fielcumplimiento de contrato a que se refiere este Pliego.La circunstancia de no hacer efectivo el depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazoprevisto, se considera incumplimiento del adjudicatario y la Administración podrá revocar la adjudicación,ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta e iniciar la acción por daños y perjuicios correspondientes.17.2 Asesoría Notarial citará a la empresa adjudicataria a los efectos de la firma de la notificación contrato,requiriéndole la documentación necesaria a tales efectos, concediéndole los plazos que crea conveniente.11


Si el adjudicatario o sus representantes no concurrieran dentro de ese plazo, la Administración podrá anular laadjudicación, perdiendo en tal caso, el Depósito de Mantenimiento de Oferta o de Cumplimiento del Contrato,según correspondiere.17.3. El proponente a quien se adjudique la presente licitación deberá fijar domicilio contractual en la ciudadde Montevideo, si no lo tuviere, para todos los efectos judiciales y extrajudiciales de la contratación.17.4. La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación correspondiente, si eladjudicatario no diera cumplimiento a cualquiera de las obligaciones a que se refiere este artículo.<strong>CAPITULO</strong> 18oGARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.18.1. El proponente a quien se adjudique la presente licitación, si correspondiere, deberá sustituir sudepósito de garantía de mantenimiento de oferta por el 5% (cinco por ciento) del monto total contratado.Esta suma servirá de garantía de fiel cumplimiento de contrato y será depositada en la Unidad Acreedoresde esta Administración, dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de la notificación de laadjudicación, devolviéndose el depósito del 1% (uno por ciento) por mantenimiento de oferta, contrapresentación del recibo correspondiente.El depósito de garantía se podrá realizar mediante:• Valores Públicos caucionados por el BROU a favor de <strong>Antel</strong>;• Aval Bancario o Fianza Bancaria,• Póliza de Seguro de Fianza a cargo del Banco de Seguros del Estado, o• Póliza de empresas aseguradoras habilitadas por el Banco Central del Uruguay.En caso que la adjudicación se realice en varias monedas la garantía será constituida en la moneda delmayor monto adjudicado, debiendo realizarse por el 5% (cinco por ciento) del monto total del contrato.El depósito de garantía de cumplimiento de contrato deberá estar vigente durante toda la duraciónde la contratación.18.2. La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta al Contratista, a pedido escrito del mismo,después de otorgada la recepción definitiva de todo el trabajo contratado.18.3. En todos los casos las garantías deberán estar a disposición de <strong>Antel</strong> y los contratos deberáncontener, en caso de incumplimiento, cláusulas que establezcan que no será necesario trámite alguno paraefectivizar su cobro.18.4. Los montos límites a tener en cuenta para esta garantía serán los vigentes a la fecha de la recepciónde ofertas.OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.<strong>CAPITULO</strong> 19o.19.1. Generales1) Cumplir con las Leyes, Ordenanzas y Reglamentaciones aplicables a las obras, a la forma de llevarlasa cabo y de actuar dentro de ellas, así como aquellas que en cualquier forma afecten a las personas empleadasen los trabajos, al equipo o materiales que utilice.2) El Contratista será el UNICO responsable de todas las obras que comprende la presente licitación, esdecir, también de sus eventuales subcontratistas. Por lo tanto <strong>Antel</strong> tratará directamente con el Contratista todaslas cuestiones que se susciten.3) Asegurar las obras y suministros de que es responsable contra toda pérdida o daño que pudierasobrevenirle. Dicho seguro se extenderá a las obras definitivas y provisorias a medida que sean ejecutadas y12


a los materiales, equipos y otros aprovisionamientos, desde la Contratación hasta la Recepción Definitiva delas obras, sin interrupción alguna.En caso de producción de siniestros, el deducible de los seguros será de cargo del Contratista.4) Todo personal dependiente del Contratista deberá estar asegurado contra accidentes de trabajo,siendo el Contratista el único responsable de los daños y perjuicios que por accidentes de trabajos sufra supersonal durante el transcurso de la ejecución de las obras, por violación de las leyes, decretos, ordenanzas yreglamentos aplicables a sus operaciones.5) El Contratista tomará todas las precauciones a fin de evitar accidentes a personal o daños apropiedades, así provengan los mismos de las maniobras del obrador, por la ejecución de las obras, portransporte de materiales y en general de la acción de los elementos o de causas eventuales.Si a pesar de las precauciones adoptadas se produjeran durante la ejecución de las obras y hasta la recepciónprovisoria de las mismas, accidentes o perjuicios a personas o cosas, el Contratista queda obligado a reparar eldaño causado e indemnizar por el producido.El contratista restituirá a <strong>Antel</strong> los gastos que eroguen las acciones por indemnización que se le promovieran poraccidentes de trabajo o daños a terceros o cosas, pudiendo <strong>Antel</strong> retener de las sumas que se le adeudaren alContratista, la cantidad que estime conveniente, hasta tanto las reclamaciones o acciones formuladas poraquellos conceptos hayan sido definitivamente levantadas o terminadas por gestión y a costa del Contratista.6) El Contratista deberá obtener de las autoridades competentes, los permisos, autorizaciones einspecciones necesarias, dar los avisos requeridos por leyes, decretos, ordenanzas y reglamentos vigentes ydepositar las garantías exigidas.No se admitirán demoras respecto al plazo estipulado en la oferta por causas imputables a dichos permisos. Atales efectos <strong>Antel</strong> brindará todo el apoyo que esté a su alcance.El Contratista es responsable del cumplimiento de las leyes que rigen para todas las construcciones y de todo loque prescriben las ordenanzas municipales y sanitarias. En caso contrario, es su deber dar el correspondienteaviso por escrito al Director de la Obra sin cuyo requisito tendrá la responsabilidad consiguiente a la trasgresiónque se cometa.Las mismas prescripciones anteriores rigen en lo relativo a reglamentos de UTE, <strong>Antel</strong>, OSE, etc. para lalocalidad.Serán de exclusiva cuenta del contratista todos los impuestos, derechos, etc. con que las leyes y reglamentosgravan las obras, así como el mantenimiento y reposición de las instalaciones exteriores de los serviciospúblicos, en cuanto esos servicios generales pasen por el frente de la obra a construirse.7) Acreditar estar al día en el pago de todas sus obligaciones tributarias en el momento de proceder ahacer efectivos los cobros de certificados de obras, de conformidad con lo dispuesto por la ley.8) Ejecutar las obras en los plazos establecidos y conforme a las indicaciones de los planos, a lasprescripciones de los pliegos, memorias y recaudos respectivos, y a las órdenes e instrucciones que expida elDirector de Obra.9) Si en la interpretación de la contratación, bajo su faz técnica surgieran divergencias, éstas seránresueltas por <strong>Antel</strong> cuyas decisiones serán definitivas respecto a la calidad de materiales, solidez y eficiencia enejecución de estructuras y metrajes de obra. El Contratista no podrá suspender los trabajos - aún parcialmentebajoeste pretexto.10) Suministrar a su costo todos los materiales y proveer todo el personal y mano de obra y todas lasmaquinarias, herramientas, útiles, elementos de transporte, tanto de carácter principal como accesorio.Para la ejecución de las obras y trabajos anexos tales como colocación de cercos, barreras, establecimiento deguardias, serenos y luces de señales exigidos por las ordenanzas o necesarios para la protección de personas ypropiedades, para el trazado y replanteo, para mediciones, pruebas y ensayos, alumbrados interior y exterior delas obras, etc. deberá asimismo el Contratista suministrar por su cuenta todos los materiales, servicios y equiposnecesarios.13


11) Constituir en obra, con carácter permanente, un capataz general, personal obrero competente einscripto en los registros de la Seguridad Social, con experiencia y habilidad para realizar los trabajos, realizandotantos turnos como sean necesarios a los efectos de dar cumplimiento al plazo previsto en el pliego.En caso de tener que realizarse trabajos en tres turnos, deberán cumplirse con las normas relacionadas con elDerecho laboral, en lo que refiere a pago de horas extras, incentivos por horas nocturnas, etc., y brindar unailuminación y dispositivos de seguridad que cumplan con todas las ordenanzas vigentes.12) Estar presente en el lugar de las obras el contratista y/o su representante Técnico, toda vez que elDirector de Obra así lo requiera con motivo de inspecciones y visitas, o para dilucidar otros problemas surgidosen la misma.13) Poner en conocimiento del Director de Obra, por escrito y de inmediato, cualquier circunstancia, detalleu observación referente a los planos, memorias y demás recaudos que a su juicio, pueda conspirar contra laperfecta ejecución de la obra o su correcto funcionamiento.14) Acatar las decisiones del Director de Obra, no pudiendo recusar a éste ni a los demás funcionariosencargados de las inspecciones, vigilancia y mediciones que realizan los controles para <strong>Antel</strong>.Cuando se considere perjudicado por los procedimientos empleados por aquellos, acudir por escrito en quejafundada al Director de Obra, estando a su resolución, sin que esto le dé derecho a interrumpir los trabajos oparalizar las obras.15) Asumir la responsabilidad integral por todos los trabajos y suministros a cargo suyo y/o de lossubcontratistas, sin más excepciones que las establecidas en forma expresa por otras disposiciones de losPliegos vigentes y la contratación.La Recepción Definitiva y la devolución de la garantía al Contratista, no liberan a éste de las responsabilidadesque establezcan las leyes vigentes en la República Oriental del Uruguay, en especial la responsabilidad decenalestablecida por el artículo 1844 del Código Civil.Se considera también propiedad de <strong>Antel</strong> todo material de construcción que se extraiga de las excavaciones odesmontes y no se empleen en las obras, salvo el caso de que se haga expreso abandono de dichos materiales.16) Colocar en la obra, en lugares visibles si el Director de la misma lo indica, carteles cuyas dimensionesestán indicadas en el Pliego Particular, y cuyo texto y diseño lo indicará el Director de Obra, no pudiendo colocarningún otro tipo de inscripción, ya sea de carácter permanente o transitorio sin la autorización expresa de <strong>Antel</strong>.Esta prohibición no alcanza a las inscripciones que con carácter de seguridad coloque el Contratista.17) El Contratista y todo su personal técnico, administrativo y obrero propio o de subcontratistasautorizados acatarán las órdenes del Director de Obra, al que guardarán el debido respeto, toda falta disciplinariapor parte de aquellos que al solo juicio del Director de Obra perjudiquen la buena marcha de la obra, serásuficiente motivo para amonestar, suspender o expulsar el o los culpables.18) El Contratista se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios vigentes para la ramade actividad laboral que desarrolle en materia de salario, categorías de labor, pago de suplementos por horasextraordinarias, primas por horario nocturno, incentivos de asistencia, viáticos y en general todas lasasignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común.19) El contratista no podrá sub-contratar, traspasar o ceder a terceros la contratación o cualquier parte deella sin la autorización expresa y por escrito de <strong>Antel</strong>.20) El o los proponentes a quienes se adjudique la presente licitación deberán ser empresas constituidasen el país o tener establecida sucursal de conformidad con los incisos 3º y 4º del art. 193 de la Ley 16.060 del04.09.89.21) Todos los derechos por el empleo en las obras de materiales o dispositivos patentados se entiendenincluidos en los precios de la contratación y deberá abonarlos el Contratista, quedando <strong>Antel</strong> a cubierto decualquier reclamación o demanda que pudiera originar el uso indebido de las Patentes.En el caso de que esos reclamos o demandas prosperasen, aun después de la recepción definitiva de la obra, elContratista se obliga a restituir a <strong>Antel</strong> todos los gastos y costas a que dieran lugar y todo otro perjuicio que leocasionaren.El Contratista será el UNICO responsable de todas las obras que comprende la presente licitación. Por lo tanto<strong>Antel</strong> tratará directamente con el Contratista todas las cuestiones que se susciten.14


SUBCONTRATISTAS.<strong>CAPITULO</strong> 20o20.1. El contratista deberá entregar al Director de Obra la nómina de Subcontratistas que intervendránen la obra.Iniciada la obra el Contratista deberá comunicar por escrito al Director, cualquier cambio que pudiera surgirdentro de la nómina presentada.CESIONES DE LA CONTRATACIÓN<strong>CAPITULO</strong> 21o2<strong>1.1</strong>. El contratista no podrá traspasar o ceder a terceros todo o parte de la contratación sinconsentimiento expreso de la Administración y de conformidad con las condiciones que ésta exija.El traspaso o cesión no surtirá efectos legales hasta que se haya dado cumplimiento los trámites que lo validen.SEGUROS DEL PERSONAL.<strong>CAPITULO</strong> 22o22.1. Todo el personal dependiente del Contratista deberá estar asegurado en el Banco de Seguros delEstado contra accidentes de trabajo.CONEXION DE SERVICIOS.<strong>CAPITULO</strong> 23o23.1. Salvo indicación expresa, serán de cuenta de la Administración los gastos y trámites de conexión delos servicios de aguas corrientes, sanitarios, eléctricos y demás servicios. Los correspondientes a provisorios deobra en todos los casos serán de cuenta del Contratista.COPIAS DE DOCUMENTOS.<strong>CAPITULO</strong> 24o24.1. La Administración entregará al Contratista 2 (dos) juegos completos del Pliego de Condiciones quecorresponde a su contratación, debiendo aquél tener uno de ellos en la obra.Todo otro juego solicitado deberá ser abonado a la Administración por parte del Contratista. Será obligación deéste controlar los ejemplares que adquiera posteriormente a la adjudicación de tal manera que coincidanexactamente.La Administración queda exonerada de cualquier responsabilidad por las consecuencias que deriven del nocumplimiento de esta exigencia.CONTRADICCIONES EN DOCUMENTOS.<strong>CAPITULO</strong> 25o25.1. Bastará que una obra se encuentre claramente indicada en una de las piezas que forman parte delpresente Pliego, aunque haya sido omitida en otras, para que tenga que ser efectuada por el contratista a suexclusivo costo y sin derecho a reclamación alguna.Cualquier otro tipo de contradicción entre alguna de las piezas que forman parte de la contratación, cuyaaclaración no hubiera sido solicitada por el Contratista antes de la apertura de las propuestas, será resuelta ajuicio del Director.15


CONDICIONES DE PAGO.<strong>CAPITULO</strong> 26o26.1. Una vez aprobados los certificados de avance de obra, <strong>Antel</strong> hará efectivos los pagoscorrespondientes dentro del cronograma de pagos de esta Administración.Los pagos se realizarán contra trabajos efectivamente realizados.26.2. Los pagos se realizarán según se indica:•95% (noventa y cinco por ciento) de cada certificado de obra aprobado, en forma mensual.•5% (cinco por ciento) de cada uno de los certificados de obra aprobados una vez otorgada la RecepciónDefinitiva de la obra ante solicitud del contratista.Este 5% no será pasible de nuevo ajuste al momento de la liberación.26.3. El importe de cada factura se calculará teniendo en cuenta la obra hecha dentro del mes y los preciosunitarios correspondientes.La factura deberá presentarse por el 100% del avance de obra del mes. En el detalle de la factura deberáindicarse el porcentaje de retención que corresponda según lo establecido en el presente Pliego deCondiciones, así como el importe equivalente en números. El valor total de la factura debe ser el 100% delavance de obra del mes.El oferente deberá presentar al Director de Obra de <strong>Antel</strong> una fotocopia de la factura presentada en la unidadAcreedores, con sello de intervención de la misma.26.4. Solicitudes de PagosEl contratista formulará mensualmente, dentro de los 5 (cinco) primeros días hábiles de cada mes, las solicitudesde pago por obras efectivamente realizadas. Dichas solicitudes vendrán discriminadas según los siguientesconceptos:A) Solicitud de pago de los trabajos ordinarios realizados cada mes mediante la presentación de una liquidaciónde acuerdo a los precios básicos de la oferta, ajustados a la relación general de rubros de la obra.B) Ajustes del monto de los trabajos precedentemente indicados, conforme a la fórmula paramétrica establecida.C) Planilla que corresponde al avance técnico de la obra, indicando coincidencias o desfasajes con respecto alavance previsto en el P.D.O.D) Adjuntará los formularios correspondientes a las Leyes Sociales que <strong>Antel</strong> deberá abonar al Banco dePrevisión Social.E) Eventualmente, deberá presentar también y conjuntamente con la solicitud de pago, toda otra documentaciónque la Dirección de Obra estime necesaria para la liquidación gestionada.Cada certificado incluirá la parte de obra ejecutada hasta el último día hábil del mes anterior, entendiéndose porobra ejecutada, aquella cuyos elementos se hallaren colocados en la misma, en el lugar y la forma que debenocupar definitivamente.Dentro de los cinco últimos días de cada mes el Contratista efectuará una medición total de obra realizadarespetando los rubros o ítems consignados en la planilla de cotización. Los valores así obtenidos, disminuidos delos valores de obra realizada en el mes anterior y aprobada por la Dirección de Obra, determinará los metrajesde obra realizados en el mes. El importe a certificar se obtendrá aplicando a los metrajes así determinados decada rubro o ítem, los precios unitarios del presupuesto aprobado.26.5. Tramitación de las solicitudes16


El Director de Obra aprobará los certificados de avance de obra dentro de los primeros cinco (5) días hábiles derecibido.Si <strong>Antel</strong> observara la liquidación presentada por el Contratista, tramitará el pago de la liquidación que estimepertinente, poniendo en conocimiento de éste las observaciones anotadas.El Contratista contará con un plazo de cinco (5) días hábiles desde la fecha de haber sido notificado de lasobservaciones para justificar su liquidación y si transcurrido dicho plazo no contestara a la Administración, seentenderá que acepta la observación efectuada. En el caso de que dentro del plazo de los cinco días hábiles, elContratista levantara las observaciones efectuadas, la Administración procederá al ajuste de la liquidaciónoriginal.26.6. Condiciones para efectuar los pagosEn el momento de hacer efectivo cualquier pago, el Contratista deberá presentar la documentación que acrediteestar al día en el pago de las primas de seguros, obligaciones tributarias y de previsión social.A tales efectos el Contratista tendrá en cuenta que los documentos que debe exhibir serán los siguientes:a) Certificado Único expedido por los organismos de seguridad social (BPS)b) Certificado Único expedido por la Dirección General Impositiva.c) Certificado de pago de las primas de los seguros y seguros de caución que está obligado a contratarconforme a las prescripciones de pliegos.d) Toda otra documentación que eventualmente exija la Dirección de Obra.26.7. Se descontarán de los pagos, los importes de multas que se hubieren aplicado al Contratista conformea las prescripciones por incumplimientos de obras y las obligaciones accesorias establecidas en los pliegos, quea juicio exclusivo de <strong>Antel</strong>, sean graves y no tengan previstas las sanciones correspondientes.Estas retenciones por multas requerirán para su imposición, en cada caso, la previa intimación y notificación condeterminación de un plazo prudencial perentorio para que el Contratista regularice su situación.26.8. Cesión De CréditosEl adjudicatario que solicite cesión de créditos deberá rembolsar a <strong>Antel</strong> los gastos administrativos que segeneran por tal motivo.De cada factura cedida se descontará el 1% (uno por ciento) de la facturación cuyo pago fue cedido, con unmínimo de 10 U.R. (diez unidades reajustables) y un máximo de 50 U.R. (cincuenta unidades reajustables).DIFERENCIA DE PRECIOS<strong>CAPITULO</strong> 27o27.1. Los precios cotizados en moneda nacional pesos uruguayos se ajustarán de acuerdo a la siguientefórmula:P = Po (0.25 J / Jo + 0. 25 IPC / IPCo + 0.12 Ce/Ceo 0.33 Fe/Feo + 0.05 Gasoil / Gasoil o)Donde:P= Precio actualizadoPo= Precio oferta baseJ = salario mínimo del Grupo 9 - Sub grupo 01, medio oficial categoría V o salario mínimo del Grupo 8 - Subgrupo 01, medio oficial, según corresponda, establecido en decreto publicado en el diario oficial y/o en actahomologada por el MTSS del mes de ejecución de los trabajos, emitido por el Ministerio de Trabajo y SeguridadSocial para el grupo precitado.17


Jo = salario mínimo del Grupo 9 -Sub grupo 01, medio oficial categoría V o salario mínimo del Grupo 8 - Subgrupo 01, medio oficial, según corresponda, establecido en decreto publicado en el diario oficial y/o en actahomologada por el MTSS de 10 días corridos inmediatos anteriores a la fecha de presentación de la propuesta.IPC= IPC del mes anterior a la ejecución de los trabajos.IPCo= IPC del mes anterior al de la apertura de ofertas.Ce= Precio de referencia del código 4177 (Cemento Pórtland gris ANCAP), del mes anterior al de ejecuciónde los trabajos, Fuente: Revista Oficial del MTOP.Ceo= Ídem anterior, del mes anterior al de la apertura de ofertas.Fe = Precio de referencia del código 4125 (Hierro redondo, diámetro 12 mm), del mes anterior al deejecución de los trabajos según Revista Oficial del MTOP.Feo = Ídem anterior, del mes anterior al de la apertura de ofertas.Gasoil= Precio del gas-oil al último día hábil del mes anterior al de ejecución de los trabajosGasoil o= Ídem, al último día hábil del mes anterior a la fecha de apertura de ofertas.Esta fórmula se calculará para cada mes de obra ejecutada en el mes que corresponda liquidar.En caso de que la empresa oferente presente una fórmula paramétrica distinta a la indicada en lasCondiciones Técnicas, <strong>Antel</strong> se reserva el derecho de considerarla o no.La solicitud de ajuste se podrá presentar una vez que se cuente con la documentación probatoria de losíndices que conforman la paramétrica.El adjudicatario que solicite ajuste de precios, deberá remitir la liquidación con el detalle del cálculocorrespondiente, haciendo mención a la factura básica que está ajustando.Cuando la entrega se realice dentro del plazo contractual, el ajuste del precio se calculará a entrega real.Si la referida entrega se realizara fuera de dicho plazo por razones imputables al proveedor, el ajuste de preciose calculará tomando como fecha de entrega la contractualmente convenida.Sin embargo si esto implica una erogación mayor para la Administración, se ajustará a entrega real.La actualización de precios correspondiente, deberá ser solicitada a la Gcia. Seguimiento de Contratos dentrode los 90 (noventa) de presentada cada factura correspondiente al avance de obra, debiendo presentar elcálculo correspondiente en base a la fórmula establecida. En caso de que <strong>Antel</strong> lo requiera deberá presentardocumentación probatoria de los índices considerados en dicha solicitud.Vencidos los 90 (noventa) días de presentada la factura básica, <strong>Antel</strong> no aceptará ni efecturá ajuste de precios.En caso de ajustes negativos, <strong>Antel</strong> podrá comunicar de oficio al contratista.En todos los casos la aceptación o rechazo de las liquidaciones por variaciones de precios, quedan a exclusivojuicio de la Administración, pudiendo a su vez formular de oficio la reliquidación que corresponda.IMPREVISTOS<strong>CAPITULO</strong> 28°28.1. Cualquier orden de ejecución de un trabajo imprevisto por ampliación de las obras contratadas, cuyosprecios forman parte de la contratación, será dado bajo firma del Director y se adjuntará el presupuesto firmadopor el Contratista.18


El monto adjudicado para imprevistos, no generará derecho alguno a favor del adjudicatario en casode no utilizarse, así como tampoco generará derechos el remanente del mismo en caso de que elrubro se utilice parcialmente.RECEPCIÓN PROVISORIA.<strong>CAPITULO</strong> 29o29.1. Cuando el Contratista haya dado término a los trabajos correspondientes, de conformidad con losdocumentos de la contratación y hayan resultado satisfactorios los ensayos y las pruebas de carácter técnico einspecciones previas, comunicará por escrito al Director de Obra la fecha en que desea se realice la inspecciónque dará lugar al otorgamiento de la recepción provisoria.29.2. La inspección previa al otorgamiento de la recepción provisoria se verificará en presencia del Directory del Contratista o de su Representante Técnico. Si realizada la inspección se comprobara que las obras hansido ejecutadas a entera satisfacción de la Dirección, y han sido entregados los planos estipulados, se procederáa labrar el acta respectiva.Si en la inspección se constataran faltas o defectos en las obras, el Contratista deberá subsanarlos siguiendo lasobligaciones indicadas en los planos, en las especificaciones técnicas y las instrucciones que imparta el Director.El tiempo que ello insuma no dará al Contratista derecho a prórroga del plazo total de la obra. No obstante,quedará a juicio del Director la realización de trabajos correctivos y/o complementarios dentro del período degarantía, cuando estos no sean de entidad.Subsanados los defectos y las faltas a satisfacción del Director, se procederá a labrar nueva acta.29.3. Aquellos trabajos que se indiquen en el acta para la recepción provisoria como observados y quedeberán ser realizados por exclusiva cuenta del contratista, serán declarados por ésta en el B.P.S. para losaportes respectivos, los que serán de exclusiva cuenta del contratista.29.4. Para aquellas obras cuya ejecución deba realizarse en etapas, de acuerdo a lo establecido en lasE.P., se otorgará la recepción provisoria de cada etapa con las mismas formalidades indicadasprecedentemente.29.5. Si durante el desarrollo de las obras la Administración tuviera necesidad de ocupar locales yaterminados, se otorgará la recepción provisoria correspondiente a los mismos con iguales formalidades que lasindicadas precedentemente.RECEPCIÓN DEFINITIVA.<strong>CAPITULO</strong> 30o30.1. A partir de la recepción provisoria comenzará a correr un plazo de 6 meses, en el cuál el contratistadeberá subsanar todos los defectos que surjan o estén pendientes en ese período para que la administraciónotorgue la recepción definitiva.Cumplido el referido plazo se acordará con el Contratista la fecha para la realización de la inspección que darálugar al otorgamiento de la recepción definitiva para lo cual el Contratista deberá acreditar, previamente, que haprocedido a la clausura de la obra ante B.P.S.La verificación de su comportamiento y condiciones de funcionamiento se realizará en presencia del Contratistao su Representante Técnico y el Director.30.2. Si este examen demostrara que los defectos aparecidos durante el período de 6 meses han sidosubsanados a satisfacción de <strong>Antel</strong> y en general que todas las condiciones contractuales han sido cumplidas, selabrará el acta correspondiente para la recepción definitiva, la cual será suscrita por el Director y por elRepresentante Técnico.El acta para la recepción definitiva de las obras debe acompañarse de todas la liquidaciones, conformadas por elContratista, de los trabajos realizados entre la recepción provisoria y la definitiva que no fueren de su cargo.19


30.3 Si vencido el término de plazo no se hubieran cumplido las condiciones contractuales, se labrará unacta en la cual consten los incumplimientos y el plazo para subsanarlos. La recepción definitiva no se otorgaráhasta que el contratista de total cumplimiento a sus obligaciones.30.4. Si el contratista no diera cumplimiento dentro del nuevo plazo establecido <strong>Antel</strong> podrá disponer,previas inspecciones e inventarios que sean necesarios, las reparaciones, sustituciones y reconstrucciones quecorrespondan, por sí o por terceros, con cargo al Contratista y deduciendo su importe de la garantía establecida.30.5. La recepción definitiva total de las obras y la devolución de las garantías liberará a las partescontratantes y dará por terminada la contratación. Se mantendrán las responsabilidades establecidas en elCódigo Civil por responsabilidad decenal.INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES.<strong>CAPITULO</strong> 31o3<strong>1.1</strong>. Mora automáticaEl Contratista caerá en mora de pleno derecho, por el incumplimiento de cualquiera de las obligacionescontraídas, sin necesidad de interpelación judicial ni extrajudicial alguna, ni protesta ni intimación por daños yperjuicios.31.2. Sanciones31.2.1. Por incumplimientos técnicosSi <strong>Antel</strong> comprobara que los materiales, procedimientos constructivos y equipos instalados no cumplen con lascondiciones técnicas esenciales a las que se comprometió el Contratista, éste deberá corregir la irregularidad enun plazo perentorio máximo de 5 (cinco) días calendario.Si no corrigiera la irregularidad al cabo de dicho plazo, se aplicará una multa diaria del 2% del montocorrespondiente a la obra individual que se trate.31.2.2. Por no conformidades en las obrasLa denominación “obra“, refiere al suministro de la estructura y su instalación, abarcando la totalidad de losrubros que lo comprenden.Hasta el momento de otorgarse la Recepción Definitiva, si se constata una falla cuando ya no es posiblesolucionar o reparar, pero tampoco la entidad de la falla requiere la demolición de esa etapa de obra, seconsiderará la aplicación de una multa porcentual sobre el valor total de esa obra particular, de hasta un20% del valor de esa obra según la gravedad del defecto o falla encontrado, a saber:Fallas en perfilería metálicaFallas en galvanizadoFallas de hormigónLas mismas se contabilizarán en relación al valor de la afectación de la falla sobre la obra, ya sea enduración a lo largo del tiempo o en resistencia respecto a la solicitada, según sea el caso.31.2.3. Por incumplimiento en los plazosSi el Contratista no cumpliera con los plazos fijados para la iniciación de las obras o con el plazo determinación de las mismas, se hará pasible de multas por atrasos, sin perjuicio de las prórrogas que en cadacaso se hubieran efectivamente concedido.Dichas multas se aplicarán en función de cada día hábil de demora y por los montos que se determinan en estePliego y se harán efectivas mediante descuentos a partir del primer pago que deba efectuarse de su imposición.20


El atraso con relación al plazo por causas imputables al adjudicatario será controlado y comunicado por laDirección de Obra y se penalizará con una multa diaria del 1 %, del monto correspondiente a la obraindividual que se trate.Las multas quedarán topeadas en un 60% del monto total correspondiente a una obra individual y enun 20% del total del monto adjudicado para la licitación, para las multas totales de la licitación. <strong>Antel</strong>podrá rescindir la contratación cuando la empresa supere dichos montos.Se considerarán “días hábiles” a los efectos de este artículo, los no feriados, los feriados laborables y losdías de lluvia que no sean impedimento para el desarrollo y/o ejecución de los trabajos en forma regular, decomún acuerdo con la Dirección de Obra.A los mismos efectos se entenderá por “lluviosos” no hábiles, aquellos días cuya sumatoria supere el 10 % delplazo de la obra y no existan tareas que puedan realizarse a pesar de la situación climática. Para que esos díassean considerados a los efectos de prorrogar el plazo de la obra, deberán solicitarse mediante Nota de Pedido.Serán considerados también días no hábiles aquellos en que la actividad del Contratista pueda haber sidoafectada por paros generales, por causas no imputables al mismo.Los posibles cierres de obra ordenados por Organismos nacionales o departamentales encargados del contraloren materia de seguridad laboral, dentro de las potestades que establece la ley correspondiente, sonresponsabilidad del Contratista y los días perdidos por este concepto no se descontarán de los plazos de obra.RESICIÓN DE LA CONTRATACIÓN<strong>CAPITULO</strong> 32º32.1. El incumplimiento total o parcial de la contratación será causal de rescisión de la misma por partede <strong>Antel</strong>, pudiendo además la Administración entablar todas las acciones legalmente previstas, así comodecretar la suspensión o eliminación del Registro de Proveedores de <strong>Antel</strong> y la comunicación de dichamedida al S.I.I.F.32.2. La Administración podrá en cualquier momento y por causa de fuerza mayor debidamentefundamentada, declarar rescindida la contratación.PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.<strong>CAPITULO</strong> 33o33.1. Una vez que la Administración declare rescindida la contratación, sin interpelación judicial niextrajudicial, se lo comunicará al Contratista por telegrama colacionado y recomendado. Posteriormente serealizará, con Escribano de la Administración o en su defecto por el Director y dos testigos, un inventario de laobra realizada, con tasación de los trabajos efectuados y no pagados hasta ese momento.LISTADO Y CODIFICACIÓN DE RUBROS.<strong>CAPITULO</strong> 34o34.1. En las Especificaciones Particulares se determinan los rubros de cotización obligatoria, en los cualesdeberá indicarse Nº de Rubro, Descripción, Tipo de Unidad, Metraje o Cantidad, Precio Unitario y Precio Total,Monto imponible unitario y global.GARANTÍAS.<strong>CAPITULO</strong> 35o35.1. Sin perjuicio de la responsabilidad Civil a que se compromete el Contratista por la ejecución de lasobras vinculadas a esta licitación, previo a la Recepción Provisoria de las obras se exigirán los siguientesdocumentos:21


Garantía de modificaciones de Diseño.Para el caso en que se acepten variantes introducidas por el Contratista, en los casos en que la modificaciónesté destinada a optimizar el procedimiento constructivo (por razones de economía de costo o de plazo), deberáextender una garantía de esas partes o sistemas modificativas de las originalmente descriptas en este pliego,por lo menos por un período de dos (2) años a partir de la Recepción Definitiva.PREVENCION DE SINIESTROS.<strong>CAPITULO</strong> 36o36.1 No está permitido que luego de finalizada la jornada de trabajo, queden equipos a ser instalados en suscajas (embalajes), y/o elementos que eleven el coeficiente de carga de fuego del lugar.Si por razones de tiempo la instalación de los equipos no se puede realizar o finalizar en el correr de la jornadacomo se previó, solo los equipos involucrados podrán quedar en el lugar donde se van a instalar, sin losembalajes correspondientes. Los edificios de <strong>Antel</strong> no deben ser utilizados como depósito de material embaladoa instalar en el futuro.36.2 No se permite que terminada la jornada diaria de labor, se dejen herramientas ni ningún otro tipo dedeshecho. Se incluyen en estos deshechos los producidos con motivo de las instalaciones o los restos deembalajes, como cajas de cartón, cajas de madera, nylon, espuma plast o goma. Vale lo mismo para los restosde cables, aunque éstos sean de aislación ignífuga, pues estos restos amontonados pueden no serautoextinguibles y por lo tanto propagar las <strong>llama</strong>s. Para el depósito de herramientas, cables, herrajes, etc., elcontratista deberá disponer de un pequeño contenedor o caja de herramientas, el cual estará bajo llave ycustodia del mismo. El lugar de emplazamiento del contenedor será definido con el director de obra. En caso deno existir posibilidad alguna de emplazar el contenedor en el predio, o en la acera o calle de entrada, deberá sercomunicado al director de obra con una antelación de 10 días hábiles al inicio de la obra, para que este asigneun área donde emplazar al mismo.36.3 En caso de tener que usarse líquidos inflamables como pinturas o solventes, se deberá tomar lassiguientes precauciones:36.3.1 Se evitarán los derrames o salpicaduras de líquidos combustibles e inflamables, debiéndose preveren el momento de su utilización los medios para contener y recoger sus vertidos, así como la adecuadaventilación de la zona.36.3.2 Aceites y disolventes, constituyen un peligro sobre todo recién aplicados. Para minimizar los riesgosde incendio; el material sobrante, esponjas, trapos, etc. Impregnados en los compuestos mencionados debenguardarse en recipientes metálicos con tapa, procediéndose a su vaciado en forma diaria, (instruir al personal delimpieza).36.3.3 Ceras, sobre todo cuando se emplean con pulidoras eléctricas pueden provocar la ignición comoconsecuencia de la fricción y la chispa; por consiguiente se aconseja que las empresas de limpieza utilicen cerasde emulsión acuosa.36.4 En caso de ser necesario el uso de soldaduras de arco, oxiacetilénica o similares que originenaumento de temperatura, se tomarán las siguientes precauciones:36.4.1 Se deberá contar con extintores propios, los que se encontrarán cargados, en condiciones de trabajo yfácilmente accesibles en el momento de ejecutar la tarea. El personal deberá estar convenientemente adiestradoen el manejo y mantenimiento de los equipos de extinción.36.4.2 El corte y la soldadura no deben realizarse en atmósferas inflamables (explosivas) o en las cercaníasde materiales inflamables.36.4.3 Los suelos deben mantenerse limpios y sin materiales combustibles, como; maderas, trapos, etc.22


36.4.4 Verificar la zona de trabajo y áreas adyacentes una vez finalizada la operación a fin de detectarposibles fuegos latentes.36.5 En ningún caso se deberán obstruir; elementos de extinción de incendios, o los pasajes, pasillos opuertas con depósitos de materiales o herramientas. La empresa que contraviniere estas disposiciones y quecomo consecuencia se produjere un siniestro o agravara los alcances del mismo, será pasible de las accionesciviles y penales que le correspondieren. No obstante, <strong>Antel</strong> por intermedio de su personal, queda facultado paraencargar a un tercero, el retiro de todo material que no cumpla con las condiciones antedichas, siendo el costode dicho trabajo de cargo de la empresa contratista, al que se le agregará en 20% por gastos de administración.CUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES<strong>CAPITULO</strong> 37o37.1. De acuerdo a lo establecido por la ley 18.098 del 12 de enero de 2007, el adjudicatario deberárespetar, en la retribución de los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas objeto de estacontratación, los laudos salariales establecidos por los consejos de salarios.El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones antesmencionadas será causal de rescisión de la contratación por responsabilidad imputable del adjudicatario.Dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación de adjudicación, el adjudicatario deberápresentar en la Gerencia de Área Seguimiento de Contratos de la División Contrataciones, la nómina delos empleados que directa o indirectamente estén afectados a la contratación con <strong>Antel</strong>. Dicha nóminatendrá carácter de declaración jurada.La información deberá comprender además, el porcentaje de incidencia del salario de dichos empleadoscon relación a la contratación correspondiente.El no cumplimiento en tiempo y forma de este requisito dará lugar a la aplicación de una multa de 0,5%sobre el monto total adjudicado para servicios, por cada día de atraso en presentarla.Los empleados afectados al servicio deberán ser los indicados en la comunicación al Área Seguimiento deContratos de la División Contrataciones, y los mismos no podrán ser cambiados sin previa notificación adicha Área.Lo establecido en el párrafo anterior, es aplicable también para el caso de un alta al servicio de lacontratación.Ningún empleado, que no esté comprendido en dicha nómina, podrá realizar tareas para el serviciocontratado.En caso que uno o más empleados detallados en la nómina sean cambiados o dados de baja, deberá sercomunicado a la Gerencia de Área Seguimiento de Contratos de la División Contrataciones, en un lapsono mayor a los 2 (dos) días hábiles siguientes al evento. En dicho aviso deberán expresarse los motivosdel cambio o baja y si la misma es solo para la contratación con <strong>Antel</strong> o si implica además ladesvinculación con la empresa.En éste último caso, se deberá proporcionar la liquidación de sueldo firmada por el empleado, y planilladel BPS en la cual figure dicho evento.La empresa adjudicataria se compromete a proporcionar mensualmente a <strong>Antel</strong>, la siguiente información:• Recibos de Sueldos correspondiente a los empleados afectados al servicio prestado.• Planilla de Trabajo y en su caso, convenio colectivo aplicable.• Póliza vigente del B.S.E por accidentes de trabajo.• Declaración nominada de historia laboral y recibo de pago al BPS.• Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidadprovisional que corresponda.23


Ante cualquier incumplimiento en la presentación de la información antes solicitada, <strong>Antel</strong> se reserva elderecho de rescindir la contratación unilateralmente.En caso de no optar por la rescisión y que la Gerencia de Área Seguimiento de Contratos no reciba ladocumentación requerida en el punto precedente, dentro de los 25 días siguientes al mes de prestado elservicio facturado, se procederá a realizar una retención.<strong>Antel</strong> retendrá de las facturas a pagar, el porcentaje que no incida en los jornales de acuerdo a lo quesurge de la paramétrica de ajuste de precios.En caso que en la paramétrica el porcentaje de incidencia de los jornales sea el 100%, la retención seráde hasta el 50% del monto facturado.En caso que el pliego no estableciera una fórmula paramétrica de ajuste de precios, la Administracióndeterminará el monto a retener.En caso de corresponder, dicha retención se liberará en oportunidad de realizarse el pago de lafacturación del mes siguiente del mes incurrido en falta (Decreto 475/05 de fecha 14 de Noviembre de2005, y Ley 18.098 del 12 de enero de 2007).La información deberá comprender además, por empleado, la cantidad de horas que realice en <strong>Antel</strong> y lacategoría del personal.La Administración tendrá el derecho de ejercer todos los actos de control tendientes a comprobar elcumplimiento de las normas laborales y de seguridad por parte de la adjudicataria, quien será la únicaresponsable en el cumplimiento de las obligaciones correspondientes a las leyes sociales del personalprovisto así como de todas las que la ley y reglamentación vigente o futura pone a cargo de los patronos.De encontrar <strong>Antel</strong> incumplimientos de cualquier índole podrá retener pagos hasta tanto el mismo no seasolucionado, siendo de cuenta del adjudicatario todo perjuicio que el mismo pudiera ocasionar.Sin perjuicio de lo anterior, la comprobación del incumplimiento de las normas laborales y de seguridadsocial será causa de rescisión de la contratación y dará lugar a indemnización a la Administración por losdaños y perjuicios que esta ocasione.La administración se reserva el derecho de requerir al contratista documentación vinculada a susdependientes, por un período de cinco años, de acuerdo al nuevo régimen de prescripción de los créditoslaborales (Ley 18.091 del 17/01/2007).<strong>Antel</strong>, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 475/05 de fecha 14 de Noviembre de 2005, y Ley 18.098del 12 de enero de 2007, tiene la potestad de retener de los pagos debidos en virtud de la contratación,los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.<strong>CAPITULO</strong> 38oINSERCION LABORAL DE PERSONAS LIBERADAS38.1. Los oferentes deberán dar cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 14 de la ley Nro 17.897 de fecha 14de setiembre de 2005.DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS<strong>CAPITULO</strong> 39o39.1. <strong>Antel</strong> aplicará lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ley Nº 18.244 del 27 de diciembre de 2007.24


MEMORIA CONSTRUCTIVA GENERAL<strong>CAPITULO</strong> 40o40.1 Para todos los casos en los que no se establezca Memoria Constructiva, regirá la MemoriaConstructiva General del MTOP.Será responsabilidad del oferente procurar la obtención de dicha documentación.<strong>CAPITULO</strong> 41oPRIORIDAD A LOS BIENES, SERVICIOS Y OBRAS PÚBLICAS FABRICADOS, BRINDADOS OEJECUTADOS POR MPYME4<strong>1.1</strong> De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 800/008 del 29 de diciembre de 2008 en su artículo 3ro.,<strong>Antel</strong> aclara expresamente que no aplicará el régimen de Prioridad a los bienes, servicios y obras públicasfabricados, brindados o ejecutados por MPYME por ser ente que se encuentra en competencia directa.<strong>CAPITULO</strong> 42oPREFERENCIA EN EL PRECIO DE LOS BIENES, SERVICIOS Y OBRAS PÚBLICAS QUE CALIFIQUENCOMO NACIONALES42.1 Será de aplicación lo dispuesto en el Art. 41 de la Ley 18.362 del 15 de octubre de 2008.25


ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALESSECCIÓN IIMEMORIA CONSTRUCTIVA GENERALGeneralidadesPor las particularidades de las obras objeto de esta contratación, existen rubros detallados en estaESPECIFICACION TÉCNICA GENERAL que no son de aplicación para el caso.Materiales de construcciónLos materiales para la ejecución de las obras serán de primera calidad, dentro de su especie y procedencia.En relación con los materiales y ensayos regirán, en todo lo que sea aplicable, las normas técnicas preparadaspor UNIT.Los materiales deberán llegar a la obra en sus envases originales, pudiéndose rechazar cualquier producto cuyoenvase no se encontrara en buenas condiciones.Materiales cerámicosSerán de arcilla de buena calidad, homogéneos, bien cocidos, resistentes, sonoros y sin grietas ni torceduras.No se admitirán materiales que contengan partículas de cal en su masa.Los materiales cerámicos se entenderá que son del tipo "de prensa" a menos que se especifique concretamentelo contrario.Piezas de hormigón prensado.Los bloques para muros o bovedillas de hormigón prensado responderán, a la norma UNIT 78 - 1983. Serán degranulometría variada, ricos en cemento y presentarán caras de superficie áspera y aspecto homogéneo.No se admitirán piezas rotas, rajadas o alabeadas. El espesor de paredes no será inferior a los 2cms.Los materiales que se entreguen en la obra tendrán un período de estacionamiento mínimo de siete días.HidrófugosPara la impermeabilización de revoques se usarán hidrófugos de marca reconocida, a juicio del Director de Obra.El empleo se ajustará estrictamente a las condiciones estipuladas por los fabricantes.AsfaltosEl asfalto, colas y plastificantes que se utilizarán serán sometidos a aprobación del Director de Obra.MorterosLos componentes de los morteros se dosificarán en volumen mediante cajones de cuaje fácilmentedeterminable.Sólo se preparará el mortero necesario para el trabajo del día, rechazándose como inservible el excedente.Los componentes de los morteros se mezclarán mecánicamente hasta obtener la homogeneidad de la masa,agregándose el agua necesaria para que adquiera la plasticidad adecuada.A juicio del Director de Obra podrá permitirse el empleo de morteros hechos en fábrica si éstos reuniesen lascondiciones estipuladas y siempre que pudiese ser consumido rápidamente en obra.En tal caso, deberán trabajarse con agua de cal previamente a su empleo.Otros materialesPara materiales especiales de revestimientos, pavimentos, instalaciones, se seguirán las directivas que impartael Director de Obra.26


RevoquesSe revocarán los muros en sus dos paramentos y en general todos los cielorrasos, vigas y monopostes dehormigón.Cuando algunos elementos de la estructura deban quedar vistos será indicado por el Director de Obra; seindicará también el proceso de acabado que se estipula para las superficies.Los revoques tendrán un espesor de 20 a 25 mm según sean hechos en dos o tres capas de mortero.Se ejecutarán prolijamente, dejando superficies de esmerada presentación, planas y con intersecciones rectas,según diedros perfectos, no tolerándose bajo ningún concepto las uniones curvas, salvo indicación especial.En los lugares que se indiquen se dejará entre techo y paredes una garganta.Previamente a la ejecución del revoque, deberán limpiarse y mojarse los paramentos.La limpieza de planchas, pilares y vigas de hormigón se hará mediante cepillo de alambre si fuera necesario.El Director indicará también el tiempo que deberá transcurrir entre la terminación de una capa y la aplicación dela siguiente.a) Revoques interiores. – Todo muro, viga, cielorraso, etc., que sea interior y que no tenga especificaciónespecial en contrario, se revocará en dos capas.b) Revoques exteriores. – Todos los muros exteriores que no lleven revoque de fachada y salvo especificaciónespecial, llevarán revoques del tipo exterior, consistentes en tres capas.c) Azotadas. – Llevarán una azotada previa con mortero los revoques de cielorrasos y caras de elementos deestructura, así como los paramentos ejecutados en bloques de hormigón.d) Revoques de fachadas. – El revoque de fachada consistirá en una tercera capa de mortero aplicado sobrela segunda capa de revoques exteriores comunes. Se revocarán en grano fino, aleros, pilares, chambranas,dinteles y antepechos, salvo indicación en contrario.AcerasLos pavimentos de veredas quedarán en perfectas condiciones, construyéndose nuevos o reparando losexistentes a satisfacción del Director de Obra.Las veredas se harán disponiendo las baldosas en forma similar a las existentes.Las baldosas se apoyarán sobre un contrapiso de cascote empastado de 10cms de espesor mínimo.Tendido de balastoEl balasto que se emplee será limpio, agregándose la cantidad de tosca que el Director de Obra indique a losefectos de recebado.La capa de balasto será de 15cms de espesor.Se cilindrará perfectamente con rodillos de piedra. Al colocarse el material, se le regará en la proporción queel Director de obra indique.PinturasTodos los materiales a emplearse serán de la mejor calidad, debiendo llegar a la obra en sus envasesoriginales.Antes de aplicarse la pintura, todas las superficies a tratar serán limpiadas, retocadas, lijadas y masilladas,cualquiera sea el procedimiento que corresponda, a los efectos de lograr caras perfectamente lisas yuniformes.Se exigirá una fina terminación en todos los detalles. No se omitirá ningún retoque que sea necesario paracorregir desperfectos ocasionados por los distintos trabajos.En general, se darán a todo elemento las manos estipuladas como mínimo, pero si aún luego de aplicadasno resultase suficientemente cubierta la parte pintada, ya sea por deficiencia de ejecución, por malapreparación del fondo o mal pulido de las aristas o superficies, etc., se darán tantas manos como sea27


necesario para subsanar defectos o se realizará el trabajo nuevamente a entero costo del Contratista, sinderecho a reclamación alguna.Cierre provisorio de aberturasPara evitar los efectos de la penetración de las aguas de lluvia durante la construcción, se procederá cuandoy donde el Dirección lo estime oportuno, al cierre de aberturas, empleándose lonas, chapas o tablas sujetasa marcos provisorios colocados del lado interior y cuidando no dañar los marcos definitivos.FundacionesGeneralidadesLa capacidad portante del terreno de fundación se determinará por los ensayos in situ.Se harán ensayos del tipo SPT, y cuando a juicio de <strong>Antel</strong> sea necesario una mayor precisión, el Contratistapresentará los resultados de ensayos tri- axiales de muestras inalteradas, a su cargo.El Contratista realizará los reconocimientos necesarios del terreno de fundación y hará sus previsiones.El Contratista asumirá toda la responsabilidad por las deducciones que pudiera hacer en cuanto a la calidadde los materiales a excavar y a las dificultades que se pudieran presentar para construir las fundaciones deacuerdo con las exigencias del Pliego de Condiciones.El Contratista, 5 días antes de iniciar la construcción de las fundaciones, deberá presentar un proyecto biendetallado, con soluciones experimentadas y con la mayor documentación técnica al respecto, que estaránsujetos a la aprobación de la Administración.En el caso de fundación directa, las cotas de las bases de fundación serán las necesarias para garantizar latensión admisible exigida en el plano de fundación correspondiente.Se facturará la diferencia de excavación y hormigón reales realizados de los utilizados para el comparativoajustándolas a través de las cotizaciones unitarias de los rubros respectivos.Se presentarán los cálculos y planos detallados que serán realizados en un todo de acuerdo a la normasUNIT y normas técnicas de cálculo correspondientes.En todos los casos se realizará un hormigón pobre de base que sirva de apoyo para las armaduras, lo queestá incluido dentro del rubro fundación.Cálculo de las fundacionesA los efectos del cálculo, la densidad máxima del hormigón simple se tomará igual a 2000 kg/m 3 y 2400kg/m 3 para el hormigón armado.El hormigón simple sólo se admitirá para rellenos sin función resistente o para rellenos de zonas excavadasen exceso.Se deberán tomar los coeficientes de seguridad y condiciones establecidas en la norma EIA RS 222-G.Construcción de las fundaciones.En todo lo que no estuviera debidamente indicado, se procederá conforme a las especificaciones oficialesque se mencionen en cada caso.El lugar de implantación de la obra se entregará al contratista en su estado actual, salvo mención encontrario.El Contratista queda obligado a desagotar, desinfectar y cegar todo pozo existente, eliminar hormigueros ycortar, ralear o proteger árboles o plantas según las indicaciones que imparta oportunamente el Director deObra. Por la ejecución de estos trabajos no le cabe derecho a reclamación alguna.El Contratista tramitará y ejecutará por su cuenta y riesgo la demolición de las construcciones existentes enel predio, salvo indicación en contrario.Se refiere a demoliciones de poca entidad que se encuentren en el espacio preciso de la ubicación de lafundación de la estructura y las cámaras correspondientes, que impidan o alteren la realización de laexcavación, construcción y levantamiento de la estructura por parte del Contratista.28


Los materiales provenientes de la ejecución de estos trabajos, quedarán en poder de la Administración,debiendo el contratista depositarlos en el sitio que se le indique.El contratista efectuará el replanteo de la obra, verificado por el Director de Obra.El replanteo se hará de tal modo que quede asegurada la invariabilidad de los elementos de marcacióndurante el desarrollo de los trabajos que deban referirse a ellos.Se utilizarán preferentemente líneas de alambre de 2 mm atados bien tirantes a tablonadas fijadassólidamente en el terreno o clavadas en medianeras existentes, a la altura que fije oportunamente el Directorde Obra.En el rubro Fundación se incluye la limpieza del terreno.Limpieza y movimiento de tierrasLas operaciones de limpieza y movimiento de tierras comprenden la ejecución de los trabajos que se indicana continuación:Limpieza de los terrenos donde deban efectuarse las obras.Excavaciones necesarias para efectuar la construcción de los elementos de fundación.Excavaciones en zanja para instalación de cañerías para drenaje, etc.En todos los casos se retirará a depósito todo el material que se excave en la obra, lo que quedará incluidoen el precio del rubro excavación.Limpieza del terrenoLa limpieza del terreno ocupado por las obras consistirá en el corte y retiro de todos los árboles, palos,raíces, arbustos, yuyos y pastos y su depósito en lugar adecuado.Ejecución de las ExcavacionesTodas las excavaciones se harán según las líneas, pendientes y dimensiones indicadas en los planos.Elementos de Obra existentesSi durante la ejecución de las excavaciones quedasen al descubierto elementos de obra correspondientes aedificaciones anteriores, tales como cimientos, cañerías, aljibes, pozos, etc., estos serán removidos en todolugar en donde interfiera con las construcciones proyectadas.Los pozos y aljibes se desagotarán y luego se rellenarán debidamente con arena o pedregullo.Reposición de pavimentosLos pavimentos que hubieran sido cortados por zanjas, deberán ser reconstruidos al nivel que tenían al serlevantados y en correspondencia con las superficies inmediatas.Los materiales extraídos del pavimento sólo podrán ser empleados en la reconstrucción si estuvieran limpiosde materias extrañas.Terraplenes y rellenosLos terraplenes y rellenos se construirán con materiales no susceptibles a descomponerse o alterarse bajo laacción de agentes atmosféricos.Se prohíbe el empleo de tierra que contenga pasto, raíces y otras sustancias que puedan descomponerse.Los niveles de la obra terminada, indicados en los planos, no son definitivos pudiéndose modificar deacuerdo a las exigencias de los niveles de las instalaciones y a juicio de la Administración.En su ejecución se emplearán, en primer lugar, los materiales provenientes de las excavaciones de la obraque sean adecuados.El tamaño máximo de las piedras no excederá los 15 cm.Cuando se empleen trozos de piedra, se distribuirán y cubrirán estos elementos con otros materiales finos,en tal proporción que éstos llenen completamente los huecos.29


La construcción se hará de tal modo que los diversos materiales resulten mezclados y no se permitirá que elterraplén presente zonas adyacentes con materiales muy diferentes entre sí.Los materiales se colocarán por capas aproximadamente horizontales en todo el ancho del terraplén, deespesor uniforme no mayor de 20 cm.Cada capa se consolidará antes de colocar la capa siguiente.En general, la compactación de cada capa será la que resulte del tránsito de vehículos cargados, quecumplan las condiciones siguientes:a) Los vehículos cargados deberán trasmitir una carga no menor de 30 Kg por cm de ancho de llanta y lapresión en el interior de los neumáticos será mayor de 3 kg/cm2.b) El tránsito deberá hacerse en todas las direcciones pasando no menos de 4 veces en cada sitio.Se podrán emplear otros equipos o herramientas que aseguren una compactación equivalente.La compactación hecha en esta forma se considerará incluida en el precio de las excavaciones.En los terraplenes, que deban servir de apoyo a cañerías, pisos o estructuras en general, se adoptaránmétodos de consolidación especiales según las indicaciones de la Administración para cada caso.Se buscará obtener por lo menos, un 95% de la densidad óptima para el material usado (según norma ASTMD698).A estos efectos la Administración podrá exigir que se humedezca el material o el secado del mismo previo asu compactación.Si el procedimiento de consolidación diera motivo al uso de equipos y procedimientos especiales, estacircunstancia será tenida en cuenta a los efectos de establecer compensaciones en el pago.Fundaciones de HormigónLa limpieza y preparación del terreno se hará de manera que asegure el perfecto contacto entre el hormigóny el terreno.Los pozos de fundación serán excavados en forma tal que permitan colocar el hormigón en capashorizontales en toda la extensión de la fundación:a) Si se funda sobre roca sólida o material duro, el terreno quedará libre de elementos sueltos y serálimpiado y cortado hasta una superficie firme.Toda grieta será limpiada y rellenada con hormigón, mortero o lechada.b) Si el terreno de fundación fuera de materiales no duros se tomará especial cuidado de no perjudicar laparte inferior de la excavación.A estos efectos la remoción de la capa final se hará inmediatamente antes de colocarse la armadura, o en sudefecto, si la Administración lo estimase necesario, las superficies preparadas se revestirán con una capa dehormigón pobre, acto seguido a su limpieza.c) si se funda sobre pilotes, el tratamiento de las cabezas de los mismos responderá a las condiciones queen cada caso se establezcan.En el trabajo de descamado de las cabezas, se eliminará el hormigón cuidando de no afectar la armadura.d) Se tomarán las medidas necesarias para impedir el acceso de agua a la fundación, tapando las filtracionesy desviando las aguas surgentes.Cuando los elementos de la fundación puedan hacerse en seco, sin necesidad de ataguías cajones oentibaciones, en conformidad con la Administración pueden omitirse, colocando el hormigón contra la parednatural de la excavación.Se cuidará que el macizo tenga las dimensiones indicadas en planos. Se pagará solamente el cubaje queresulte de ellas.La construcción de los elementos de fundación no se comenzará bajo ningún concepto antes de que laAdministración, luego de examinar las excavaciones autorice la iniciación de los trabajos.30


Obras de HormigónCondiciones TécnicasLa ejecución de la estructura se hará de acuerdo con lo que establece el presente apartado y en todo lo queno estuviera debidamente indicado, se procederá conforme a las especificaciones oficiales contenidas en laMemoria Constructiva para el Hormigón Armado de la Dirección de Arquitectura del MTOP y las normasUNIT, o las del Comité Europeo si no existiera norma UNIT.La redacción del proyecto para las obras de hormigón armado se ajustará en lo posible a la norma UNIT-5 -1990, la cual se usará como referencia para aclarar cualquier duda que surgiere de la interpretación de losplanos.Si para la realización del trabajo fuera necesario modificar algunas de las medidas de los planos deejecución, el Contratista estará obligado a hacerlo.El Contratista está obligado a realizar por su cuenta el replanteo de la estructura, sometiéndolo luego a laaprobación de la Administración.Construirá también el Contratista uno o varios mojones de hormigón para establecer niveles.MuestrasEl contratista deberá someter a la aprobación del Director de Obra muestras de los materiales a usarse.El Director de Obra, antes de aceptar cualquier material, podrá requerir la realización de un ensayo delmismo en obra o en un laboratorio debidamente acreditado; en tal caso los gastos que se originen serán porcuenta del Contratista.Los ensayos se ajustarán en lo posible a las prescripciones de las normas UNIT.Cemento PórtlandDe acuerdo al Artículo 5 del Decreto 30/4/37, en las obras públicas no podrá emplearse sino Pórtlandadquirido directamente en ANCAP, salvo cuando ésta no pueda atender el suministro.En tal caso el cemento Pórtland a utilizar de otra procedencia debe ser de primera calidad y su recepción yutilización estarán sometidos a las condiciones y ensayos establecidos en las normas UNIT 20-2003.Árido Gruesoa) Se ajustará a las prescripciones de la norma UNIT-102 -1954 y normas complementarias a ellas.Los agregados gruesos serán de naturaleza granítica sin partes descompuestas o terrosas.Podrá exigirse un ensayo normal en máquina "Los Ángeles" que dará resultado inferior al 50%.Deberán presentar aristas vivas, superficies rugosas y su tipo será tal que ofrezca, dentro de lo posible,uniformidad de sus tres dimensiones, descartándose aquellas partidas que lleguen a la obra en forma alarga(plaquetas) y las que no sean perfectamente limpias.Provendrán de la trituración de piedra de cantera, desprovista de partes toscosas, aún cuando a juicio de laAdministración podrán emplearse agregados naturales en las mismas condiciones.b) se clasificará de acuerdo al diámetro mayor de los fragmentos entre los siguientes límites mínimo ymáximo:Gravillaentre 0,5 y 1cm.Pedregullo fino, gravaentre 1 y 2cms.Pedregullo y cantos rodados entre 2 y 3cms.c) el uso de cantos rodados y gravas de ríos (guijos se limitará exclusivamente al caso que sea muy difícil uonerosa la utilización de piedra triturada y estará condicionada a la aprobación de la Administración.No se admitirá el uso de balastro.ArenaSerá de composición silícea, preferentemente dulce, perfectamente limpia y áspera al tacto. Su composicióngranulométrica deberá ser variada, respondiendo a la norma UNIT-82-1951.Los diámetros de las partículas oscilarán entre un máximo de 5mmm y un mínimo de 0.15mmNo deberá contener materia orgánica ni otras sustancias extrañas.31


La cantidad de arcilla podrá determinare en obra mediante ensayo de lavado y decantación por una hora.Al cabo de este lapso, la capa que se deposite sobre la arena no será de espesor superior a 1/14 de la alturade arena en el recipiente.AguaDeberá ser limpia y no contendrá sales ni materia orgánica en proporción perjudicial. Se utilizarán losservicios de OSE en todo lugar donde éstos existan. En caso contrario, el contratista se procurará el agua enlas condiciones que estime más conveniente, siempre que se cumplan las exigencias expresadas al principiode este artículo.Serán de cuenta del Contratista todos los gastos que se originen por la obtención y uso de agua.Acero para ArmaduraLas barras estarán libres de defectos que afecten su uso, tales como: solape, rebabas ásperas, dentadas ocortantes, fisuras, cavidades, exfoliaciones de laminación u oxidaciones superficiales que puedan exfoliarse.Deberán cumplir con las tensiones de fluencia y de rotura indicadas en los planos.Piedras para hormigón ciclópeoSerán de un tamaño tal que puedan ser manejadas por un sólo hombre y de dimensión máxima no superior a50 cm. Deberán ser tenaces, sanas y limpias. El porcentaje de desgaste en ensayo Deval (UNIT-30 -1947)no será superior al 3.5% con preferencia se usarán piedras de superficie áspera y forma angulosa.Almacenaje de los MaterialesLa manipulación y el almacenaje de los materiales destinados al hormigón deberá ser hechos en forma talque evite la mezcla de impurezas. La Administración podrá exigir que los materiales se depositen sobreplataformas.El cemento será dispuesto por partidas en depósitos convenientemente resguardados de lluvia, humedadesy cambios de temperatura. Las distintas partidas se separarán en forma que puedan revisarse cómodamentela integridad del envase y el estado del contenido.Se podrá exigir al Contratista la existencia en obra de recipientes adecuados para recibir cemento a granel.Las barras de acero, destinadas a armaduras, deberán ser almacenadas sobre plataformas y protegidas a finde evitar corrosiones superficiales causadas por la herrumbre.Dosaje de los MaterialesSe tendrán especialmente en cuenta las especificaciones contenidas en la norma UNIT – 1050- 2005En obras de cierta importancia la dosificación del hormigón a usarse en cada caso será motivo deestudio especial, en el que se tendrán en cuenta la naturaleza de los agregados que puedan ser usados encondiciones económicas, resistencia prevista, carácter de los elementos a construir, etc.En el estudio de la dosificación para hormigón armado las proporciones de cemento, agua y agregados aemplearse se fijará teniendo en cuenta:a) Relación agua/cemento, medidos en peso y expresada en porcentaje.La cantidad de agua a usarse dependerá de la naturaleza y contenido de humedad de los áridos. Serácompatible con el sistema de transporte y colocación a emplearse y con el destino de la estructura. Comovalores normales, la relación agua/cemento variará entre el 50 y el 60% y no será superior al 75% en ningúncaso.b) Factor de cemento, o sea relación de los Kg. de cemento empleados al volumen de hormigón preparado,no será en ningún caso menor de 270 Kg./m3.-En todas las partes no protegidas, el mínimo admisible será d300 Kg./m3.c) Relación de áridos, o sea relación entre volúmenes de agregados grueso y fino. Los agregados a usarseserán de granulometría lo más continua posible dentro de los diámetros límites establecidos en el Artículo26.7.4.2. La relación de áridos variará entre 1 y 2.32


d) Ensayo normal de rotura, a los 28 días según UNIT-NM-101-1998. La dosificación ensayada deberáresponder en definitiva a los valores previstos en el cálculo y que se encuentran en los planoscorrespondientes. Si en el ensayo a la rotura no se demuestran que fueron alcanzados los valores deresistencia exigidos por los planos, serán de cargo de la empresa todos los restantes ensayos que serealicen para estudiar las causas de esta disminución de la resistencia, la determinación de la mejor soluciónal problema, y la ejecución de la misma, además del pago de las multas que se originen por los atrasosproducidos.Medición de los MaterialesLa medición se hará preferentemente en peso. Con autorización de la Administración la medida de la arena ypedregullo podrá hacerse en volumen. El cemento se medirá por bolsas en cajones de capacidad conocida,preferentemente de forma cúbica.MezcladoEl hormigón será mezclado en hormigoneras de tamaño y tipo previamente aceptado por la Administración.En caso de hormigoneras de tambor inclinado, el ángulo del eje de rotación con la horizontal no será superiora 20 grados.El tiempo de mezclado y la velocidad de rotación de la hormigonera estará en relación con su diámetro.El tiempo de mezclado se contará desde el momento en que empiece a girar la hormigonera, después dehaber recibido todos los componentes.DocilidadSalvo casos especiales, en hormigones para estructuras corrientes, los descensos deberán variar entre 15 y20 cm.Colocación en Obraa) No se colocará hormigón en obra sin que la Administración haya observado el acondicionamiento delterreno de fundación, el estado de los moldes, las armaduras y la preparación de las juntas de construcción.b) Todo el hormigón se colocará en obra a la luz del día y la colocación, en las diversas partes de la obra, noserá iniciada sino a horas que permitan terminarla con la luz natural, a menos que la Administración autoricelo contrario.c) El hormigón será colocado en moldes inmediatamente después de mezclado. En ningún caso se usaráhormigón que llegue a su posición final en los moldes, después de los 20 minutos siguientes al momento enque se agrego el agua a la mezcla de la hormigonera.d) El sistema de transporte a usarse desde el obrador al sitio de colocación, será sometido previamente a laaprobación de la Administración.Podrán emplearse carretillas, distribuidores por canaleta, distribuidores de brazo, etc., siempre que elsistema no favorezca la segregación de los elementos constitutivos del hormigón.e) Deberá tenerse especial cuidado, al llenar cada parte de los moldes, de depositar el hormigón tan próximocomo sea posible de su ubicación final. No se permitirá volcar el hormigón de una altura mayor de 1 m, salvoen el llenado de pilares de hasta 3 m de altura, ni depositarlo en cantidades grandes para distribuirlo de losmontones hacia los lados.f) Al efectuarse el llenado de los moldes, se procurará que los elementos gruesos del hormigón no quedencontra los paramentos. Se cuidará una correcta penetración del material debajo y entre las armaduras. Aestos fines, se apisonará continuamente con barretas o pisones adecuados, de la manera que indique laAdministración. Podrá exigirse asimismo, para que los paramentos queden lisos, la producción devibraciones golpeando los moldes con macetas de madera.g) Hormigón vibrado. Si se especifica el empleo de vibradores durante las operaciones de llenado de losmoldes, el tipo, potencia y frecuencia del vibrador de la Administración.El procedimiento de vibrado se aplicará sobre hormigones secos o poco plásticos. Podrá exigirse ciertavariación en la granulometría del hormigón usado a fin de adaptarlo mejor a las características del vibrador.33


La operación de vibrado se hará siguiendo las instrucciones que imparta la Administración.i) EL llenado de los moldes se hará por capas horizontales de espesor no mayor de 15 cm. Cada capa secompactará cuidadosamente antes de colocar la siguiente.Las capas se colocarán una sobre otra en forma rápida antes de comenzado el fraguado de la capaprecedente ya tendida.j) El hormigonado se hará en lo posible continuo hasta la terminación de la parte de la estructura a realizarse.En caso de que no fuese posible proceder así, se pedirán instrucciones a la Administración, quien indicarádonde y en que forma podrá interrumpirse el trabajo. En tal caso, al reanudarse las labores, las partes quehan quedado al descubierto serán rasqueteadas, lavadas y regadas con agua y cemento.k) Hormigón ciclópeo. Las piedras para hormigón ciclópeo se colocarán cuidadosamente en la masa dehormigón, no debiendo ser arrojadas. Se las distribuirá en la forma más regular posible, en distintas capas,de modo que cada piedra quede totalmente recubierta por el hormigón y a una distancia mínima de 5 cm. delas superficies externas.El volumen de piedra a intercalarse en el hormigón no será superior a 1/3 del volumen del propio hormigónciclópeo.Fraguado y curado del hormigónQueda terminantemente prohibido circular o colocar cualquier clase de cuerpos sobre la horma de hormigónhasta que hayan transcurrido 48 horas a contar desde el momento en que se inicia el fraguado.Durante ese lapso, que fluctuará entre los 8 y 15 primeros días, se mojarán las superficies exteriores con lafrecuencia que sea necesaria para que el hormigón se mantenga continuamente húmedo.La Administración podrá exigir el recubrimiento de las superficies exteriores con tierra, arena, lonas oplanchas de polietileno, para evitar los efectos del sol o de las bajas temperaturas.En los días muy fríos, si la temperatura de la masa de hormigón fuese inferior a 5 grados, se suspenderá lapuesta en moldes del material.El Director de obra autorizará el comienzo del montaje de la estructura metálica sobre la fundación, pero amenos que se indique lo contrario, se autorizará el comienzo del montaje de la estructura a los 8 días definalizado el hormigonado de la fundación.ArmadurasEn general se procederá según especificaciones de UNIT 1050-2005.Las barras de acero, para las armaduras a colocarse en obras, deberán tener las superficies exentas de todasustancia que pueda perjudicar el hormigón o la adherencia entre éste y el acero.Las barras deben ser perfectamente rectas y se doblarán en frío, dándoles exactamente las formas que lecorrespondan.Los extremos de las barras se doblarán en forma de gancho circular, con diámetro igual a 2,5 diámetros de labarra y una parte recta igual a 4 diámetros de la misma, salvo indicación expresa.Para aceros especiales, la dimensión mínima de los ganchos será de 5 diámetros.Los demás dobleces de las barras se harán con un diámetro mínimo igual a 10 veces el de su sección.Las barras se colocarán exactamente en la posición que les correspondan, asegurando su inmovilidad pormedio de ataduras hechas con alambre número 18.La misma precaución se tomará con los estribos.La separación de las armaduras, tanto en sentido horizontal como vertical, se obtendrá por medio deespaciadores de mortero y hormigón.En los emparrillados, las barras se atarán en todos los cruces.No se colocará hormigón en obra antes que la Administración haya inspeccionado las armadurasy haya dado la autorización necesaria.Todo el hormigón que se haya colocado violando esta disposición, será rechazado y mandado retirar de losmoldes.34


EmpalmesEn lo posible, se emplearán barras de longitud igual a las que se necesiten en cada caso.Sólo en casos especiales, en armaduras muy largas, se admitirán empalmes.Los empalmes tendrán las longitudes y ganchos normativos.Se atará con alambre el espacio comprendido entre los ganchos.Se tendrá especial cuidado en que los empalmes no se repitan en la misma sección.Se permitirán empalmes soldados a tope en barras de tracción, siempre que no se trate de acerosespeciales.En general, respecto a los empalmes se procederá según UNIT 1050-2005.EnsayosEn todos los casos de obras de hormigón se ensayarán probetas para determinar el cumplimiento de lasespecificaciones de resistencia solicitadas en este pliego.En el caso de infraestructura de contenedores se ensayarán al menos 3 probetas de hormigón, que podránromperse en distintas fechas, y de acuerdo a la normativa UNIT.Los restantes ensayos de hormigón, si la Administración considera necesario realizarlos, se efectuarán deacuerdo a lo especificado en normas UNIT (NM-101-1998, y complementarias).El Contratista deberá realizar por su cuenta el total de ensayos que la Administración juzgue necesario, enlaboratorios debidamente autorizados.Si fueran hechos directamente por la Administración se seguirán las indicaciones de la norma UNIT 31-1946.35


SECCIÓN IIIESPECIFICACIONES PARTICULARESLas presentes Especificaciones Particulares complementan o modifican determinados procedimientosconstructivos (o materiales) indicados en la Memoria Constructiva General incluida en el presente Pliego deCondiciones (Sección II).Para aquellos ítems sobre los cuales no se haga referencia en las presentes Especificaciones Particulares,será válido lo establecido en la mencionada Memoria Constructiva General.DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS1. Los trabajos comprenden el suministro e instalación de monopostes metálicos, de acuerdo a lascondiciones que se describen más adelante, para colocación de antenas para telefonía celular y obrasaccesorias necesarias para posibilitar la instalación.2. REQUERIMIENTOSEl oferente deberá presentar obligatoriamente el fabricante de los monopostes que incluye en su oferta,mostrando la responsabilidad e idoneidad del mismo para la fabricación de éstas y los cálculoscorrespondientes para la carga que se indica más adelante, firmados por un profesional Ingeniero Civil.Los suministros presentados en la oferta, deben obligatoriamente, provenir de una fábrica establecida, ydedicada a esta actividad, con experiencia probada. Debe adjuntarse documentación en la oferta que pruebeesta experiencia, así como un listado de los sitios donde estén instalados los suministros que fábrica, quepodrán ser visitados por la Administración.<strong>Antel</strong> se reserva el derecho de solicitar la información precedente o desestimar la oferta.El fabricante deberá mantenerse a lo largo del cumplimiento de la contratación y en caso de que semodifique deberá ser previamente aprobado por la Administración.3. INSPECCIÓN EN FÁBRICA<strong>Antel</strong> designará inspectores para que se ocupen de la recepción en fábrica de los componentes de lasestructuras y para constatar que la fabricación de las mismas se haga de acuerdo con las bases de estacontratación.El Contratista deberá permitir y facilitar el cumplimiento de este cometido por parte de la o las personasdesignadas por la Administración.Todos los gastos, de pasajes, traslados y hospedaje de los inspectores, que se originen por las inspeccionesen fábrica, serán de exclusivo cargo del Contratista.Se realizarán 2 inspecciones a la planta de cada una de las fábricas que suministren las estructuras,incluyendo las plantas de galvanizado correspondientes. Se realizarán dos inspecciones a la fábrica yplantas de galvanizado. Si los monopostes son abulonados, la inspección podrá cubrir la fábrica de bulones.El Contratista estará obligado a comunicar a <strong>Antel</strong>, con la debida anticipación, la fecha de inicio de losdistintos trabajos en fábrica, a fin de que se pueda impartir las instrucciones del caso a los inspectoresencargados del control.Los representantes de <strong>Antel</strong> tendrán entera libertad de inspección tanto en los talleres del Contratista comoen los de los fabricantes, debiendo proporcionárseles toda la información que sea solicitada.En la visita a la planta de fabricación se inspeccionarán los suministros encargados por la Administración quese encuentren aún sin despachar, midiendo in situ el espesor de galvanizado de algunas piezas y verificando36


los ensayos de materiales que se hayan efectuado que sean trazables a esas piezas, además de observar lalínea de fabricación.En la planta de galvanizado se verificará la metodología de trabajo y se analizarán los resultados de ensayosy pruebas realizados a materiales galvanizados, cubas de inmersión, porcentaje de zinc, temperatura delbaño, componentes agregados, etc.4. PLAN DE SEGURIDADEn todos los casos se cumplirán las condiciones de seguridad establecidas por el Ministerio de Trabajo ySeguridad Social.El Contratista presentará para la aprobación, con una antelación mínima de 30 días calendario al comienzode la obra, un plan de seguridad para el trabajo en altura, así como para el levantamiento de los tramos ocomponentes de los monopostes.El mismo deberá comprender todas las etapas de la instalación de la estructura, y deberá estar firmado porel Representante Técnico de la Empresa y por un Técnico Prevencionista, debiendo asegurar la trazabilidaddel plan con la compra y la obra involucrada.Presentará además los procedimientos de trabajo para el levantamiento de las estructuras, que podránpresentarse una sola vez en forma genérica para todas.5. PROYECTO DE MONOPOSTELos monopostes, incluyendo su fundación, se proyectarán y construirán de acuerdo a las condicionesestipuladas en este Pliego de Condiciones, complementadas por las normas vigentes del país en el cual sefabriquen, debiéndose adjuntar a la oferta una copia de dichas normas.Si bien el diseño del monoposte es prerrogativa del oferente, el proyecto buscará optimizar la relación costocalidad, consiguiendo las menores dimensiones y los elementos más livianos posibles.En todos los casos que en este Pliego se exija el cumplimiento de normas, se refiere a las normas vigentesen el momento de la presentación de las ofertas o en su defecto de la ejecución de la contratación.Se adjuntarán obligatoriamente a la oferta, planos tipo de los monopostes, con todos los detallesconstructivos de interés, como ser detalles de uniones, características y resistencia de todos los materiales aemplear, información del galvanizado, características de la fundación, detalle del tipo de anclajes a lafundación, y detalles de interés de la fundación, peso de las estructuras, y toda otra información que permitaun mejor conocimiento del suministro propuesto.Los dibujos de diseño pueden ser diagramas lineales que muestren las cargas de proyecto, las resistenciasunitarias y la máxima compresión, tracción y esfuerzo de corte sobre la fundación.Ante la no presentación de esta información <strong>Antel</strong> se reserva el derecho de solicitarla o descalificar laoferta.El oferente deberá adjuntar en su oferta, las notas de cálculo y los planos del monoposte y fundacióndefinitivos correspondientes. Para el proyecto del monoposte debe tomarse en cuenta que la estructura tieneque permitir su traslado con facilidad por rutas de todo el país y calles de ciudades y pueblos, cumpliendocon las normativas dadas por el MTOP, y debe poder levantarse in situ con maquinaria de acceso sencillo ymanejo simple.Cuando se encargue una obra, la información presentada por el Contratista deberá contener además de loanteriormente citado, para cada sitio: plano de ubicación de la estructura en el predio, incluyendo esquemade la puesta a tierra, cámaras, etc. Los planos de la estructura metálica con detalles de perfilería, chapas yuniones, materiales empleados, etc, serán idénticos para todos los casos y se presentarán una sola vez.Todos los cálculos y planos deberán entregarse en soporte magnético además de soporte papel.El Contratista presentará las Memorias de Cálculo y planos firmados por el técnico que los realice.37


Las monopostes serán tubulares o troncocónicos, de sección circular o poligonal, pero tal que el diámetroexterno esté en el entorno de los 60cm en la base, de modo de minimizar la ocupación en el predio, ya quesuelen colocarse en lugares de dimensiones pequeñas.5.1 Cargas de vientoLas cargas de viento se calcularán obligatoriamente según la Norma ANSI/TIA- 222-G, última revisión. Parael cálculo se considerará una velocidad básica de viento de 183 km/h y aplicarán todos los coeficientes,incluidos los de forma, de acuerdo a la norma mencionada. El cumplimiento de este apartado es obligatorio ydebe quedar claramente establecido en la información que se suministre por el fabricante de las estructuras,que deberá adjuntarse en la oferta.Para las antenas se tomarán los coeficientes de forma y los esfuerzos estipulados por los fabricantes deestas antenas u otras similares.Para la aplicación de los coeficientes de la norma EIA 222 G, se considerará, que:Las estructuras se clasifican en la clase II de la Tabla 2-1 en todos los casos.El coeficiente de exposición se tomará para la Categoría D de exposición de la Tabla 2-4 y la Categoríatopográfica será 1, de acuerdo al 2.6.6.2. de la norma citada.La fundación se calculará para una tensión admisible de terreno de 1.5 kg/cm2, a 2 m de profundidad.Excepcionalmente, si en algún sitio apareciera un terreno rocoso o totalmente anegado, donde la fundacióntipo fuera inaplicable, el Director de Obra evaluará la necesidad de presentar un proyecto específico para elcaso, y la diferencia de fundación se pagará por el rubro hormigón armado.5.2 Capacidad soporteLas estructuras serán capaces de resistir el siguiente esquema de carga.El cálculo de los monopostes se realizará minimizando el costo total del suministro y la instalación.<strong>1.1</strong> a 24m - tres antenas GSM/3G - , 1935x266x132mm (HXWxD) 19kg c/u1.2 a 9 m - tres RRU GSM - , 656x423x300mm (HXWxD) 35kg c/u1.3a 8 m - tres RRU 3G - 29kg, 571x365x265mm(HXWxD) 29kg 24 mts1.4 a 5 m - dos PBC-MU - 45kg, 570x450 x220mm (HXWxD). 45kg c/u1.5 a 5m - una RBS 2111 - , 381×483×102 mm (HXWxD) 10kg1.6 a 5m - una RBS 3518 - , 477x342x312 mm (HXWxD) 33kg1.7 a 3,5m - dos plataformas de acceso a equipos - 70kg c/u38


pararrayos<strong>1.1</strong>antenas a 24 mts1.2a 9 m 3RRU con soporte sobre monoposte1.3a 7 o 8 m 3RRU con soporte sobre monoposte1.5 de un ladoa 5,5 m RBS con soporte sobre monoposte1.6 al otro ladoa 5,5 m RBS con soporte sobre monoposte1.4a 5,5 m con soporte sobre monoposte1.7a 3,5 m6. ESPECIFICACIONES CONSTRUCTIVAS PARA ESTRUCTURAS METÁLICAS6.1 MaterialPara la construcción de las piezas de las estructuras se emplearán los materiales y aceros definidos yrecomendados en las normas nacionales, o en su ausencia, en las normas ASTM y el código AISC vigentes.La tipología y calidad de los materiales a emplear se presentará obligatoriamente junto a la oferta.Estos aceros serán de una calidad tal que sus propiedades no cambien con el galvanizado en baño caliente.39


Estas propiedades deben ser garantizadas y demostradas por ensayos en laboratorio de materialesreconocido, condiciones que se acreditarán por el contratista. El oferente presentará resultados de ensayosen forma genérica que muestren el tipo de control que se realiza sobre las propiedades de los materialesempleados.El contratista deberá presentar resultados de ensayos que demuestren las propiedades químicas del aceroconstituyente de perfiles, chapas, piezas accesorias y bulonería, y propiedades mecánicas de los materialesutilizados por la fábrica de las estructuras.Durante la ejecución de la contratación, deberá presentar resultados de los ensayos antedichos que seantrazables a los materiales que se suministren.Todos los materiales constituyentes, pernos, tuercas y cualquier otro accesorio, serán galvanizados en bañocaliente después que se haya completado todo el trabajo de fábrica.Se deberá presentar junto a la oferta las características de los materiales.En caso contrario la Administración se reserva el derecho de solicitar la información precedente, odesestimar la oferta.6.2 Chapa y PerfileríaLos monopostes se construirán en tramos que puedan conectarse por bulones o por encastre. Podránrealizarse con caños con o sin costura, verificando las condiciones de la UNIT 134 Caños de acero negros ozincados con o sin costura o ASTM A53 / A53M Standard Specification for Pipe, Steel, Black and Hot-Dipped,Zinc-Coated, Welded and Seamless, respectivamente.El poste cilíndrico hueco, será galvanizado exterior e interiormente, y deberá ser inspeccionable visualmentepor dentro previo a su montaje, debiendo preverse un adecuado sistema de desagüe en la base, de modo deimpedir que se estanque el agua en el interior, ocasionando corrosión.6.3 Especificaciones para bulones, pernos y accesorios.En cuanto a la calidad y tipo de los bulones y pernos, distancias al borde, distancias entre pernos, orificiospara éstos etc., se deberán cumplir normas internacionales o las condiciones del AISC y ASTM, ASTM A325Standard Specification for Structural Bolts, Steel, Heat Treated, 120/105 ksi Minimum Tensile Strength, orA490, Standard Specification for Structural Bolts, Alloy Steel, Heat Treated, 150 ksi Minimum TensileStrengtho en su defecto la normativa vigente del país de origen de las estructuras, siempre que ésta no seamenos exigente que las normas mencionadas antes. En el último caso se adjuntará la normativa a la oferta.Para la bulonería y accesorios de las estructuras se deberán cumplir las condiciones establecidas en lanorma ASTM A153/A 153M-09 Standard Specification for Zinc Coating (hot dip) on iron and steel hardware.6.4 Detalle de las Uniones y EmpalmesEn los planos de los monopostes se detallará claramente todos los tipos de uniones y empalmes. En todoslos casos se cumplirá con las condiciones del AISC vigente.6.5 Anclajes en la fundaciónTodos los hierros de anclaje en la base de la estructura metálica, que actúan empotrados en la fundación dehormigón, se galvanizarán al menos en el tramo que queda expuesto a la intemperie.Se proveerá una platina de anclaje que permita posicionar correctamente los bulones para el encastre de labase del monoposte y a su vez que provea un elemento intermediario entre el hormigón de la base con elmonoposte que asegure y provea, a través de tuercas de apoyo, una separación de la superficie de apoyo talque permita la salida inmediata del agua que pudiera depositarse.La base de fundación se construirá sobresaliendo del nivel del terreno al menos 15cm.40


6.6 GalvanizadoTodo el galvanizado estará de acuerdo con las Standard Specifications for "Zinc (Hot Galvanized) coating dela American Society for Testing Materials, ASTM A123/A123M-09 Standard Specification for Zinc (Hot-DipGalvanized) Coatings on Iron and Steel Products, ASTM A153/A 153M-09 Standard Specification for ZincCoating (hot dip) on iron and steel hardware para perfiles y bulonería.6.7 Limpieza y GalvanizadoTodos los elementos de acero se limpiarán de herrumbre, costras flojas, polvo, barro y cualquier otrasustancia extraña, después de completados los trabajos de fabricación. Se tendrá especial cuidado delimpiar la escoria de los lugares soldados.Todos los elementos de los monopostes se galvanizarán según lo establecido después de haber realizado:a) El pre-armado en fábrica, en presencia del representante de <strong>Antel</strong> si así se coordinara.b) La limpieza indicada precedentemente.Se tendrá especial cuidado de evitar alabeos, cuando la longitud de los elementos sea tal que no se puedanbañar en la cuba de zinc en una sola operación.Los elementos terminados que trabajarán a la compresión no podrán tener alabeo lateral mayor que lamilésima (1/1000) parte de la longitud axial entre los puntos en que será soportado lateralmente.Los elementos terminados que trabajarán a la tracción no tendrán alabeo que exceda de 2mm por cadametro de longitud.6.8 Fabricación de los elementos estructuralesTodos los orificios estarán espaciados de acuerdo con los planos aprobados por <strong>Antel</strong> y se ubicarán sobrelas líneas de gramil. Para todos los orificios de pernos se tolerará a lo sumo una diferencia de 0,8mm entre ladistancia al orificio y la indicada en los planos.6.9 Manipulación, transporte, reparación y sustitución de perfiles de aceroTodos los elementos de acero estructural galvanizado para las estructuras, serán transportados ymanipulados con cuidado para evitar que se doble o dañe el galvanizado.Los materiales que tengan el galvanizado dañado se volverán a sumergir en el baño de zinc a menos que ajuicio de <strong>Antel</strong>, el daño sea local y pueda ser reparado.Cuando se autorice dicha reparación se hará de acuerdo a la norma ASTM A780/A789M Standard Practicefor Repair of Damaged and Uncoated Areas of Hot-Dip Galvanized Coatings.Se rechazará cualquier elemento cuyo galvanizado se vuelva a dañar después del segundo baño de zinc.El Contratista reparará todo el material dañado a su costo.Si se encontraran piezas faltantes o dañadas, en cualquier etapa de la obra, desde su entrega hasta elmontaje inclusive, será de responsabilidad del Contratista su sustitución a entera satisfacción de laAdministración.Las piezas deberán sustituirse por piezas idénticas y de origen, y en caso de que esto resultara imposible, sedeberán realizar todos los ensayos que la Administración exija para demostrar la equivalencia de losmateriales de las piezas sustituidas con las originales.Todos los costos involucrados por la sustitución de las piezas faltantes y los ensayos que se realicen seránde cargo del Contratista.Para el rubro Transporte, se fija un punto de depósito de las estructuras en Montevideo, a partir del cual semedirá la distancia de transporte a certificar en cada caso.41


6.10 EscaleraObligatoriamente, y como condición mínima para el ascenso, cada monoposte estará provisto de peldañosdistribuidos en dos líneas, de modo que permitan el ascenso, o por una escalera. Contarán con un sistemade cuerda de agarre para el cinturón de seguridad, que permita el deslizamiento continuo del mismo a lolargo de la subida del monoposte.El no cumplimiento de esta condición hará que la oferta sea desestimada.7. MONTAJE DE LAS MONOPOSTES7.1 GeneralidadesNo se montará ningún elemento de acero sobre la fundación hasta que no hayan transcurridos 21 días desdesu hormigonado, salvo autorización del Director de Obra de <strong>Antel</strong>, o en el caso en que se autorice el empleode aceleradores de fraguado que permitan obtener igual resistencia final del hormigón en un plazo menor.Inmediatamente después de concluido el montaje (para evitar riesgos de deformación por acción del viento)se apretarán todas las tuercas y contratuercas hasta lograr un buen ajuste de las uniones sin excedersecomo para comprometer la resistencia del perno; todas las tuercas se fijarán con contratuercas.En el montaje, en caso que hubiera falta de correspondencia en los orificios, no se permitirá el escariado.Se autorizará un cierto desplazamiento para hacer coincidir los orificios, siempre que sea razonable. En estecaso se deberá pintar la zona afectada con pintura galvanizante (tipo zinc-coat).Se hará una inspección final de la estructura para asegurarse que no se ha cometido ningún error en elmontaje, que todos los pernos estén en su lugar y adecuadamente apretados y que todas las tuercas esténcorrectamente fijadas con contratuercas.Si la estructura estuviera compuesta por tramos encastrados, debe asegurarse el perfecto encastre de unostramos en otros.En todos los casos se explicará y detallará la metodología de montaje.En todos los casos las tolerancias para la desviación de la vertical y la torsión entre puntos de la estructuraserá la dada por la TIA- 222 -G.Una vez montada se verificará la verticalidad del monoposte, admitiéndose una desviación máxima de 8cm,siendo la Empresa Adjudicataria la encargada de realizar la verificación en presencia del Director de obra.Se usará un teodolito para realizar este trabajo.8. DESCRIPCIÓN DE RUBROSLas obras pueden tener variaciones en sus elementos y dimensiones y por ello cada rubro se pagará sólocuando corresponda a la obra encargada, y en la dimensión que corresponda.Si hay variación en las dimensiones, se ajustará por los rubros correspondientes.En los rubros que corresponda el pago por metraje, se pagarán los metrajes realmente ejecutados.Se solicita la cotización de diferentes rubros, pero la Administración no se obliga a ejecutar todos ellos, sinoque sólo se ejecutarán los rubros correspondientes a la obra solicitada por el Director de Obra de <strong>Antel</strong> encada caso.ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DESCRIPCIÓN DE RUBROS• En la ejecución de todas las partes de la construcción, el Contratista pondrá el mayor esmero, ajustándoseestrictamente a las indicaciones de los planos, detalles, memoria constructiva y órdenes del Director.42


• Los trabajos podrán realizarse en el campo, en centrales telefónicas o en predios con construccionespreviamente existentes. En el caso de trabajos dentro de las Centrales Telefónicas, se deberán respetarlas condiciones de Seguridad de <strong>Antel</strong>.• Podrá ejecutarse alguno o todos los rubros del Rubrado anexo, siempre que se instale o desinstale unmonoposte, pero en ningún caso se solicitará la ejecución de estos si no está asociada a los trabajos demonopostes.• Las cantidades y metrajes que figuran en el rubrado son sólo a los efectos comparativos de las ofertas. Laoferta se adjudicará por el monto indicado en el Objeto, y se realizarán obras por ese total.• Salvo indicación en contrario, todos los rubros cotizados deben incluir todos los elementosnecesarios para su cumplimiento, abarcando el suministro y la instalación.• En el caso de excavaciones se deberá reconstituir la condición original de terminación del terreno(pavimento, piedra partida, césped, etc.). Los trabajos de reconstitución y demolición del pavimento y deretiro y colocación de piedra partida, césped, etc. se considerarán incluidos en el rubro• Las cotas de las bases de fundación serán las necesarias para garantizar una tensión admisible delterreno ∂ adm.=1.0 Kg./cm 2 . El Director de Obra verificará luego de la excavación esta tensión y si fueranecesario modificará la profundidad.• En ningún caso se pagarán adicionales por excavación en roca, ya se trate de excavaciones parabases, puesta a tierra, cámaras, instalación de monopostes, o cualquier otra construcción.• En los rubros donde se haya cotizado de forma unitaria, las variaciones en más o menos de sudimensión, serán pagados por los rubros correspondientes según constan en la planilla de preciosde la oferta presentado.• Luego de terminados todos los trabajos se procederá a la limpieza y retiro del material sobrante del predio.No se dará aprobación al certificado hasta tanto no se hayan realizado estos trabajos.1) IMPLANTACIÓNEl lugar de la implantación se entregará al contratista en su estado actual, salvo mención en contrario. Losniveles que figuren en los planos son sólo aproximados. Este rubro se pagará solo una vez por obra segúnlas condiciones que se detallan.Este rubro incluye el arranque y retiro a depósito de palos, raíces, arbustos, yuyos y pastos en el espesorcorrespondiente a la capa vegetal en la zona en que se implantará la obra.En el caso que hubiera pozos existentes, el contratista queda obligado a desagotar o cegarlos, eliminarhormigueros y proteger árboles o plantas en el caso que sea indicado. Por la ejecución de estos trabajos nole cabe derecho a reclamación alguna.Este rubro se pagará sólo para obras distantes a más de 60 Km. del Km. 0 de Montevideo.Cuando en un período inferior a 90 días, se realicen una o más obras en el mismo sitio, se pagará solamenteuna implantación.Cuando en un período inferior a 60 días, se encargue la ejecución de hasta cuatro obras, que disten un radiode hasta 60 Km., se pagará por todas ellas una sola implantación.2) LIMPIEZA DEL TERRENOEn el caso de existencia de matorrales en la zona en que se implantará la obra, la Dirección de Obra podráencargar el corte, arranque y retiro de los mismos.También se quitarán todos los materiales perjudiciales o que interfieran con las obras proyectadas.43


Se pagará por m2 de terreno mejorado. Si hubiese árboles para retirar, se pagarán por el rubrocorrespondiente. No se pagarán los m2 de terreno mejorado que no hayan sido solicitados por la Direcciónde Obra.El contratista deberá colocar un material del tipo “matayuyo” que impida el crecimiento de los matorralesnuevamente.3) DEMOLICIONEste rubro incluye, además de las demoliciones de elementos vistos, las de cimentación y construccionesque se encuentren enterradas.También comprenderá las conexiones de canalizaciones con cámaras existentes y la posterior reparación delas zonas afectadas de las mismas.Se pagará por m3 de construcción demolida que sea indicado por el Director de Obra, incluye el retiro adepósito de los escombros.4) RETIRO DE ÁRBOLESEn los sitios en que se ejecuten las obras indicadas los árboles serán arrancados de raíz.Se pagará por árbol retirado que sea indicado por el Director de Obra de <strong>Antel</strong>.5) FUNDACIÓN DE MONOPOSTE METÁLICOSe cotizará globalmente cada fundación, estando incluidos todos los trabajos con las consideraciones que seindican:Se construirá la fundación del monoposte, en el sitio que <strong>Antel</strong> indique expresamente en cada caso. Seutilizará hormigón C20 de Resistencia Característica fck=20MPa a los 28 días en probetas cilíndricasnormalizadas y Acero tratado ADN 500, con Tensión de fluencia convencional fyk=500MPa.Será de cargo de la empresa adjudicataria el llenado y ensayo de 3 probetas normalizadas de hormigón en laetapa de llenado en cada obra, en probetas normalizadas y según la norma UNIT-NM 101:1998.El llenado de las mismas se realizará en presencia de la Administración, y se ensayarán a la compresión enel laboratorio de Ensayos de Materiales de la Facultad de Ingeniería, a menos que la Administración indiqueun lugar diferente.Dos de las probetas se ensayarán a los siete días y la restante a los veintiocho días. Sin los informes de losensayos de las probetas no se considerará el trabajo terminado.6) PUESTA A TIERRA DE MONOPOSTE METÁLICOa) GeneralidadesSe cotizarán globalmente los trabajos de puesta a tierra para cada monoposte a instalar; el precio ofertadodebe incluir todos los trabajos con las consideraciones que se indican en estos recaudos.Los suministros y la instalación, se ajustarán a las especificaciones y requisitos aquí establecidos y serán deaplicación las normas nacionales e internacionales existentes en relación a instalaciones de este tipo (IEC62305-1/2/3/4/5, Reglamento de UTE de Baja Tensión, Reglamentos Municipales, etc.).La Administración se reserva el derecho de utilizar en más o en menos las cantidades de elementosdescritos para cada sitio sin que esto genere reclamos por parte del Contratista.b) Condiciones TécnicasEn el propio monoposte metálico y a un nivel superior por encima del piso, se deberán dejar previstos 2agujeros roscados de 1/4", separados 15cm entre sí, ambos con bulones galvanizados de 1/4". El nivel dealtura de los agujeros medido desde el piso será de 3 metros. Estos agujeros permitirán instalar parte delequipamiento sobre el monoposte, como por ejemplo tableros.En la parte inferior se unirá a alguno de los tornillos de empotramiento del monoposte, un cable de acerogalvanizado de 50mm2 de diámetro, utilizando terminales o conectores apropiados.44


El mismo unirá eléctricamente el monoposte con una barra colectora de acero galvanizado que se deberáinstalar en una cámara al pie. Dicha cámara respetará las características descritas en el rubrocorrespondiente más adelante.La barra de acero galvanizado interconectará: el monoposte metálico con el Sistema de Puesta a Tierra(PAT), así como tierra de equipos.Y deberá ser de 80*5*200mm (alto, espesor, largo) y con al menos 8 perforaciones de diámetros: 3,1 – 5,2 –7 – 9 y 10,5mm y una adicional para conexión del cable de acero galvanizado de 50mm.Se buscará una forma de fijación de dicha barra en el interior de la cámara para no darle movilidad alguna ala misma y la suficiente rigidez mecánica.A esta barra de acero galvanizado, que está introducida dentro de la cámara al pie del monoposte se leunirán eléctricamente:Una jabalina tipo Copperweld, de 2mx5/8” con un baño de cobre de 254micras 300micras introducida en lamisma cámara.Un cable de cobre de 50mm2 de sección que será parte del anillo.Un cable de cobre de 50mm2 de sección, que unirá eléctricamente (por ejemplo a través de un terminalbimetálico), la barra de acero con la armadura del macizo de fundación.Este cable de cobre deberá quedar bajo tierra, protegido con un caño plástico, se introducirá al macizo dehormigón y se unirá a la armadura del macizo con morcetos en por lo menos 2 puntos y contacto superior a5cm, sellándose adecuadamente (con productos especiales a coordinar con la Dirección de Obra), lassalidas y entradas de ese caño de la cámara así como en el ingreso al macizo de hormigón.Un cable de acero galvanizado desde la estructura metálica (monoposte).Los cableados de puesta a tierra de los equipos futuros a instalar en el monoposte.Se usarán elementos adicionales y accesorios para las diferentes conexiones, como ser terminales,arandelas de presión, etc., y la barra tendrá las perforaciones necesarias y adicionales para la conexión delos diferentes elementos indicados.c) Puesta a Tierra (PAT)La puesta a tierra (PAT), será realizada con un conductor en forma de anillo de cobre desnudo de 50 mm2de sección que unirán a las jabalinas.Dichos conductores estarán enterrados por lo menos a 0,80 m del nivel del suelo.El anillo deberá será de 2,5 a 3m de diámetro, y quedará a un nivel que estará por debajo del macizo dehormigón, instalándose en el mismo 4 jabalinas, una de las cuales será en cámara al pie del monoposte.El contratista deberá indicar claramente la forma con que realizará todas las conexiones, adjuntando losplanos necesarios para detallar las mismas en todos los casos involucrados.En caso de conexiones entre metales distintos, deberá indicar la forma de conexión sugerida para evitarcorrosiones.En particular se detallarán las conexiones entre las armaduras metálicas de los macizos de hormigón y lapuesta a tierra, así como las normas nacionales o internacionales de aplicación en cada caso.De no lograrse los valores de resistencia de puesta a tierra solicitados, se irán agregando jabalinas en elanillo y en coordinación con la Administración hasta cumplirlo (R < 5 Ohm).d) Uniones y empalmesLas uniones entre conductores y jabalinas, y entre conductores y barras, deben ser cuidadosamenterealizadas e inspeccionadas.Estas uniones se harán mediante soldadura exotérmica de alto punto de fusión (tipo Cadweld, cablejabalina),mediante la utilización de terminales de compresión (cable-barra), prensacables o morsas de uniónsegún corresponda.45


ESQUEMA46


7) PINTURA de MONOPOSTEConsideraciones y criterios generales: Todas las consideraciones y criterios que se impongan tienen elcarácter de mínimos, siendo de recibo condiciones particulares de los fabricantes.Deberán seguirse las indicaciones del fabricante en cuanto a las condiciones de preparación de la superficiey aplicación de la pintura para obtener la calidad deseada.Este rubro se paga como un global.La pintura tiene como objeto el balizamiento diurno del monoposte. Salvo indicación en contrario, se pintaránlos últimos 10 m en tres tramos de idénticas longitudes: rojo, blanco y rojo, y el resto del monoposte en colorverde oscuro.Serán de aplicación las siguientes normas:ISO 12944 - Paints and varnishes -- Corrosion protection of steel structures by protective paint systems.ISO 20220 - Paints and varnishes — Performance requirements for protective paint systems for offshore andrelated structures.Condiciones climáticas.Las condiciones climáticas que soportarán las estructuras de acuerdo a datos de la Dirección General deMeteorología (Datos de la serie 1960 – 2004) son:Temperatura mínima – - 5ªCTemperatura máxima – + 40 ºCLa humedad relativa media anual oscila entre el 70% y el 80%, según la zona del país; el mes más húmedoes julio, con una media de 80%, y el más seco es enero con una media de 65%.Corrosividad ambiental.En acuerdo con la norma ISO 12944, se establecen dos zonas para la categorización de la corrosividad atodo el territorio nacional:CategoríadecorrosividadPérdidaaceroaño%/añodePérdidapordeZinc por año%/ añoC3 25 - 50 0,7 – 2,1C5 -M80 - 200 4,2 – 8,4Tipo de ambiente (Exterior)Atmósferas urbanas eindustriales.Niveles moderados dedióxido de azufre.Zonas de producción conaltos niveles de humedad.Zonas náuticas, alta mar*,estuarios, áreas costerascon alto nivel de salinidad.ZonaTodo elterritorionacionalexcepto loindicado parael sectorcostero.Hasta 50 Km.de la costa delRío de laPlata, OcéanoAtlántico.47


Protección contra la corrosión según ISO 12944 - C5-M. En entornos marítimos, es de aplicación el estándarespecífico ISO 20220 - Paints and varnishes — Performance requirements for protective paint systems foroffshore and related structures.Sistema de pintura.El sistema de pintura a aplicarse será:Capa de fondo,Capa intermedia,Capa de terminación.Para la aplicación de las distintas capas, se seguirán las especificaciones del fabricante en cuanto a la formade aplicarlo.Si estas especificaciones contravinieran lo expresado en este apartado, el Contratista deberá presentarlas ala Administración, antes de su aplicación.En todos los casos, la pintura de cualquiera de las capas se hará con diferentes tonalidades de colores loque posibilitará la identificación de la capa que se trate.Los espesores de cada capa de pintura deberán lograrse en una sola mano de aplicación a pincel aunque, lacapa de terminación podrá aplicarse en dos.Especificaciones generales de la pinturaEspesores mínimos, que pueden ser modificados según especificación garantizada del fabricante, que sepresentará.CapaIntermeterminac EspesorZona TipoManosManosManosFondodiaióntotalC 5-M Nuevo 40 1 120 1 80 2 240C 3 Nuevo 40 1 40 1 80 2 160Capa de fondo.Se aplicará una pintura epoxi de dos componentes curado con poliamida, para ambientes extremadamentecorrosivos, aplicable con temperaturas superiores a -10ºC, pigmentado con óxido de hierro micáceo y quepueda aplicarse en condiciones de humedad.Esta capa de fondo tiene como finalidad la protección del sustrato y a la vez servir como promotor deadherencia entre éste y las demás capas de pintura.Especificaciones del producto a aplicar:Temperatura de curado a partir de – 5º C (cinco grados bajo cero).La pintura se podrá aplicar sin restricciones de humedad a condición que la superficie no esté mojada.Sólidos por volumen: mínimo 52%.Capa intermedia.Se pretende un recubrimiento de capa gruesa de dos componentes tipo mastic epoxi con poliamida.Especificaciones del producto a aplicar:Temperatura de curado a partir de –5 º C (cinco grados bajo cero).Sólidos por volumen: mínimo 75%.Capa de acabado.Pintura acrílica de capa gruesa que contenga fosfato de zinc como pigmento anticorrosivo.48


Especificaciones del producto a aplicar:Temperatura de curado a partir de –5 º C (menos cinco grados bajo cero).Sólidos por volumen: mínimo 41%.Colores finales: blanco, rojo y verde.En el caso que el fabricante de la pintura recomiende un tratamiento superficial específico para asegurar laadherencia de la pintura ofrecida, este deberá ser provisto por el Contratista, y quedará incluido en el preciodel rubro.8) SUMINISTRO DE MONOPOSTE METALICODeberá cumplir con las especificaciones indicadas en el pliego.9) TRANSPORTE DE MONOPOSTE METÁLICOSe cotizará el precio global del transporte por kgFe por km, en las opciones descriptas en el Rubrado.10) MONTAJE DE MONOPOSTE METÁLICOConsiste en el montaje en sitio.11) DESMONTAJE DE MONOPOSTE METÁLICOConsiste en el desmontaje del monoposte si <strong>Antel</strong> lo indicara.12) IMPREVISTOSSe incluirá un 10 % del presupuesto total sin impuestos el que se destinará a imprevistos, los que deberánser aprobados por el Director de Obra en cada caso.49


LISTADO DE NORMAS CITADAS• UNIT 78-1983UNIT 78:1983 - Bloques de hormigón huecos de cemento portland. Generalidades.• UNIT 5-1990UNIT 5:1990 - Redacción de proyectos de estructuras de hormigón armado.• UNIT 20-2003UNIT 20:2003 - Cementos portland para uso general. Definiciones y requisitos• UNIT 102-1954UNIT 102:1954 - Agregado grueso para hormigón de cemento portland.• UNIT 82-1951UNIT 82:1951 - Granulometría de agregados finos para hormigones.• UNIT 1050-2005UNIT 1050:2005 - Proyecto y ejecución de estructuras de hormigón en masa o armado.• UNIT 101-1998UNIT-NM 101:1998 - Hormigón. Ensayo de compresión de probetas ciclindricas.• UNIT 31-1946UNIT 31:1946 - Ensayo de estructuras de hormigón armado.• ASTM A123/123 M-09ASTM A123 / A123M - 09 Standard Specification for Zinc (Hot-DipGalvanized) Coatings on Iron and Steel Products• UNIT 134-59UNIT 134:1959 - Caños de acero negros o zincados, con o sin costura.• UNIT 30:1947 –Ensayo de desgaste de piedra por medio de la maquina deval• UNIT-NM 30:2002 –Agregados Finos. Determinación de la absorción de agua.• ASTM D 698-07e1Standard Test Methods for Laboratory Compaction Characteristics of Soil Using StandardEffort (12 400 ft-lbf/ft3 (600 kN-m/m3))• A153/A153M-09Standard Specification for Zinc Coating (Hot-Dip) on Ironand Steel Hardware• ASTM A325 - 10Standard Specification for Structural Bolts, Steel, Heat Treated, 120/105 ksi MinimumTensile Strength• ASTM A490-10aStandard Specification for Structural Bolts, Alloy Steel, Heat Treated, 150 ksi Minimum Tensile Strength• ASTM A780/A789M-09Standard Practice for Repair of Damaged and Uncoated Areas of Hot-Dip Galvanized Coatings• ASTM A53 / A53M - 10Standard Specification for Pipe, Steel, Black and Hot-Dipped, Zinc-Coated, Welded and Seamless50


ANEXO ICUADRO DE RUBRADO Y COTIZACIÓNTodos los precios deben estar expresados en pesos uruguayosRubroUnidadCantidadpara cálculode PrecioComparativoPrecioUnitario (sinimpuestos)MontoImponibleUnitarioPrecio del rubro(sinImpuestos)MontoImponible delrubro(1) (2) (3) (4) (5) (6)=(3)x(4) (7)=(3)X(5)Suministro de monoposte20UnmetálicoObras hasta 80 km. deMontevideo1. Implantación Gl 10 ------- ------- ------- -------2. Limpieza de terreno m2 2003. Demolición m3 24. Retiro de árboles Un 25. Fundación de monopostemetálicaUn 106. Puesta a tierra monopostemetálicaUn 107. Jabalinas y soldadura Un 108. Malla de tierra Ml 2009. Pintura de monoposte Un 1010. Transporte de monoposte Kg Fe Considerar 10100km monopostes11. Montaje de monoposte Un 1012. Desmontaje de monoposte Un 113. Hormigón armado M3 3RubroUnidadCantidadpara cálculode PrecioComparativoPrecioUnitario (sinimpuestos)MontoImponibleUnitarioPrecio del rubro(sinImpuestos)MontoImponible delrubro(1) (2) (3) (4) (5) (6)=(3)x(4) (7)=(3)X(5)Obras entre 80 y 250 km. deMontevideo14. Implantación Gl 815. Limpieza de terreno m2 16016. Demolición m3 217. Retiro de árboles Un 118. Fundación de monopostemetálicaUn 819. Puesta a tierra monopostemetálicaUn 820. Jabalinas y soldadura Un 821. Malla de tierra Ml 16022. Pintura de monoposte Un 823. Transporte de monoposte Kg Fe Considerar 22100km monopostes24. Montaje de monoposte Un 825. Desmontaje de monoposte Un 126. Hormigón armado M3 251


RubroUnidadCantidadpara cálculode PrecioComparativoPrecioUnitario (sinimpuestos)MontoImponibleUnitarioPrecio del rubro(sinImpuestos)MontoImponible delrubro(1) (2) (3) (4) (5) (6)=(3)x(4) (7)=(3)X(5)Obras a más de 250 km. deMontevideo27. Implantación Gl 228. Limpieza de terreno m2 4029. Demolición m3 0.530. Retiro de árboles Un 131. Fundación de monopostemetálicaUn 232. Puesta a tierra monopostemetálicaUn 233. Jabalinas y soldadura Un 234. Malla de tierra Ml 4035. Pintura de monoposte Un 236. Transporte de monoposte Kg Fe Considerar100km 2monopostes37. Montaje de monoposte Un 238. Desmontaje de monoposte Un 139. Hormigón armado M3 1PRECIO SIN IMPUESTOS DE LAOFERTA(Sumatoria columna 6)MONTO IMPONIBLEGLOBAL(Sumatoria columna 7)A. Subtotal $U $UB. Imprevistos (10% de A)$U $UC. Totales sin impuestos (A + B) $U $UE. IVA (22% de C) $U --------------------------------------F. Leyes sociales (70% del montoimponible total C)--------------------------------------- $UG. Complemento Cuota Mutual $UH. Precio total de la oferta (C+E+F+G) $UI. Comparativo (C+F+G) $U52


PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LOSCONTRATOS DE SUMINISTROS Y SERVICIOS NO PERSONALES.INDICE1.- Disposiciones Generales<strong>1.1</strong>.- Ámbito de Aplicación1.2.- Jerarquía de las Normas1.3.- Cómputo de Plazos2.- Aclaraciones de los Pliegos3.- Modificación del Pliego Particular4.- Solicitud de prórroga de apertura de ofertas5.- Anulación o prórroga del <strong>llama</strong>do6.- Normalización de artículos7.- Requisitos formales de la oferta7.1.- Redacción7.2.- Domicilio7.3.- Identificación7.4.- Omisión en el cumplimiento de requisitos formales8.- Documentos a presentar por los oferentes en el acto de apertura8.1.- Documentos integrantes de la oferta8.2.- Documentación a presentar con la oferta, cuando corresponda8.3.- Requisitos adicionales9.- Requisitos de validez de las ofertas9.1.- Adecuación al Pliego9.2.- Objeto9.3.- Precio y cotización9.3.1.- Discrepancias9.3.2.- Actualización de precios9.4.- Tributos9.5.- Preferencia a los productos nacionales10.- Garantía de mantenimiento de oferta10.1.- Ejecución11.- Apertura de las ofertas12.- Estudio de las ofertas12.1.- Comisión Asesora de Adjudicaciones12.2.- Evaluación12.3.- Mejora de ofertas12.4.- Negociaciones12.5.- Vista de las actuaciones13.- Aumento o disminución del contrato14.- Rechazo de las ofertas53


15.- Notificación16.- Devolución de la Garantía de mantenimiento de oferta17.- Perfeccionamiento del contrato18.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato18.1.- Constitución18.2.- Falta de constitución de la garantía18.3.- Ejecución de la garantía19.- Control de calidad20.- Cumplimiento personal de las obligaciones21.- Mora22.- Penalidades23.- Importación24.- Recepción25.- Rescisión26.- Devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato27.- Pagos28.- Jurisdicción competente54


1. DISPOSICIONES GENERALES<strong>1.1</strong> AMBITO DE APLICACIONLas normas contenidas en el presente reglamento constituyen el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (enadelante, Pliego Único) para los Contratos de Suministros y Servicios No Personales de los que se deriven gastos defuncionamiento o de inversión o salida para el Estado, en los casos de Licitación Pública y de Licitación Abreviadacuyos montos superen el tope establecido en el Art. 44 del T.O.C.A.F.No se encuentran comprendidos por el presente reglamento los contratos de cuyo objeto principal se deriven entradaso recursos para el Estado, sin perjuicio de que el Pliego Particular recoja o se remita a las soluciones generalescontenidas en el mismo.1.2 JERARQUIA DE LAS NORMASEl Pliego de Bases y Condiciones Particulares (en adelante, Pliego Particular) para cada Licitación solo podrámodificar las disposiciones del presente Pliego que éste expresamente autorice. En caso de existir contradicciones enaspectos en que el Pliego Único no autorice soluciones diferentes, prevalecerá lo establecido en este Pliego.1.3 COMPUTO DE PLAZOSLos plazos indicados en este Pliego, se computarán en días hábiles, salvo indicación en contrario.1.4 Toda comunicación que realice la Administración se llevará a cabo personalmente, por telex, fax, carta certificadacon aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, al domicilio, telex o fax indicado por el proveedoren el formulario en el formulario de identificación del Oferente (Anexo I)En las notificaciones, cualquiera sea el medio empleado, deberá reproducirse el contenido del acto que se notifica deforma tal que el interesado pueda tener cabal conocimiento del mismo, así como la expresa mención al acto de lanotificación.La mención del telex, fax o domicilio a la Administración efectuada en el Pliego Particular a los efectos de la licitación,determina que únicamente será válida la comunicación que se efectúe en ellos.2. ACLARACIONES DE LOS PLIEGOS.En las licitaciones públicas cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar aclaraciones mediante comunicación escritadirigida a la oficina indicada en el Pliego Particular dentro del plazo que fije el mismo. Vencido dicho término no seráobligatorio proporcionar más datos aclaratorios.Las consultas deberán ser especificadas y serán evacuadas por la Administración dentro del plazo que establezca elPliego Particular, notificando de las mismas a los demás adquirentes.3. MODIFICACION DEL PLIEGO PARTICULAR.La administración podrá, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar el pliego ya sea poriniciativa propia o en atención a una consulta u observación formulada por un adquirente de pliegos.Todos los adquirentes de pliegos serán notificados de las modificaciones introducidas no menos de 48 horas antes dela apertura de las ofertas.Cuando la modificación sea de carácter sustancial y pueda ampliar el número de interesados, deberá ser difundida através de los mismos medios utilizados en el <strong>llama</strong>do original.La Administración tendrá la facultad discrecional de prorrogar la fecha de apertura de la licitación, a fin de dar a losposibles oferentes tiempo adicional para la preparación de sus ofertas.4. SOLICITUD DE PRORROGA DE APERTURA DE OFERTAS.En las licitaciones públicas cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar prórroga de la apertura de ofertas.La misma se presentará en la oficina indicada en el Pliego Particular y dentro del plazo que fije el mismo.La prórroga será resuelta por la Administración según su exclusivo criterio.Si el Pliego Particular requiriese la constitución de una garantía para solicitar la prórroga de apertura de ofertas, éstadeberá establecerse en las condiciones que el mismo indique y en la forma prevista por el num. 10 del presentepliego.Si la prórroga hubiera sido concedida en los términos solicitados, la garantía será devuelta sólo si el peticionantepresenta una oferta responsable. En caso que no la presente dicha garantía podrá ser ejecutada.La solicitud se considerará denegada si la notificación no se produjera veinticuatro horas antes de la apertura prevista,pudiéndose, en su caso, retirar la garantía depositada. El Pliego particular podrá disponer otro plazo.55


5. ANULACION O PRORROGA DEL LLAMADO.La Administración podrá, en cualquier momento, antes de la apertura de ofertas, anular o prorrogar el <strong>llama</strong>do.En los casos de anulación la misma será difundida o comunicada a través de los mismo medios utilizados para el<strong>llama</strong>do y la Administración procederá devolver de oficio el importe de los pliegos y las garantías depositadas.En los casos de prórroga la Administración utilizará los medios que estime convenientes para su difusión; asimismodeberá devolver las garantías de mantenimiento de ofertas y el importe de los Pliegos a solicitud de los interesadosque, ante dicha prórroga, desistan de presentar propuestas.6. NORMALIZACION DE ARTICULOS.Cuando un bien o servicio se encuentre normalizado, la referencia a la norma U.N.I.T. u otra norma, incluida en elPliego Particular, hará obligatoria el cumplimiento de la misma por parte de los oferentes y su control de calidad seefectuará en la forma prevista en ella y en dicho pliego.7. REQUISITOS FORMALES DE LAS OFERTAS.7.1. REDACCION.Las ofertas se presentarán por escrito, redactadas en forma clara y precisa, en idioma castellano y firmadas por eloferente o su representante, salvo que sea remitida por telex o medio similar.Sus hojas serán numeradas correlativamente. Sus textos deberán ser impresos a través de cualquier medio idóneo,admitiéndose excepcionalmente, en casos debidamente justificados, la presentación en forma manuscrita. En todocaso deberán ser fácilmente legibles y las enmiendas, interlineados y testaduras salvadas en forma. El PliegoParticular podrá autorizar la representación de ofertas en otros idiomas.Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura, a criterio de la Administración, se interpretará en el sentidomás favorable para ésta.Si la oferta fuere acompañada de folletos, catálogos, etc. , en idioma extranjero, la Administración se reserva elderecho de exigir en cualquier momento su traducción al castellano.7.2. DOMICILIO.Las firmas proponentes deberán constituir domicilio a los efectos de la licitación y actos posteriores a la misma.Cuando el Pliego Particular así lo disponga, las firmas extranjeras que no se encuentren instaladas en el País deberánactuar por medio de un representante, que deberá ser una firma instalada en el país y, en caso de ser adjudicatarias,deberán constituir domicilio en el mismo.7.3. IDENTIFICACION.Las firmas proponentes deberán indicar los nombres de lo titulares que la componen en caso de ser sociedadespersonales o de sus representantes autorizados, en caso de ser sociedades anónimas.En las licitaciones públicas, deberán agregar la nómina de los integrantes de los directorios.Ambos registros se acreditarán mediante declaración contenida en la oferta.7.4. OMISIONES EN EL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.La evaluación del cumplimiento de requisitos formales se efectuará aplicando los criterios establecidos en el art. 131del T.O.C.A.F. y, en especial, los de igualdad de los oferentes y de materialidad frente al formalismo, a efectos deobtener la mayor concurrencia de oferentes y de propuestas válidas.8. DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS OFERENTES EN EL ACTO DE APERTURA.8.1. DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA OFERTA.La oferta constará de los siguientes documentos:a) El Formulario de Identificación del Oferente conforme al Texto del Anexo I, excepto que la misma surja de unformulario de invitación y presentación emitido por el Organismo.b) Antecedentes del oferente, de acuerdo con lo establezca el Pliego Particular respecto a la empresa o al objetolicitado.c) La propuesta en todo lo que corresponde al objeto de la licitación, incluyendo la declaración exigida en el punto 9.5.8.2. DOCUMENTACION A PRESENTAR CON LA OFERTA, CUANDO CORRESPONDA.a) Comprobante de depósito de la garantía de mantenimiento de oferta cuando ésta supere el monto a que refiere elnumeral 10 de este Pliego.56


) Para licitaciones públicas, fotocopia de la documentación que acredite tener contratado el seguro de accidentes detrabajo y enfermedades profesionales con el Banco de Seguros del Estado.c) Cuando el Pliego Particular así lo requiera, fotocopia de la documentación que acredite la inscripción en el Registrode Proveedores que el mismo determine.d) Comprobante de adquisición del Pliego.8.3. REQUISITOS ADICIONALES.El Pliego Particular no podrá imponer al oferente ningún requisito adicional que no esté directamente vinculado a laconsideración del objeto de contratación y a la evaluación de la oferta, reservándose sólo al oferente que resulteadjudicatario la carga administrativa de la demostración de estar en condiciones formales de contratar, sin perjuicio delas responsabilidades penales, civiles o administrativas que pudieren corresponder.9. REQUISITOS DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS.9.1. ADECUACION AL PLIEGO.Los oferentes deberán presentar sus propuestas de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento y en lascondiciones y forma que se establezcan en el Pliego Particular, pudiendo agregar cualquier otra informacióncomplementaria, pero sin omitir ninguna de las exigencias esenciales requeridas.A estos efectos se consideran esenciales sólo aquellos aspectos cuya omisión pueda alterar o impedir la debidaigualdad de los oferentes o la consideración de las propuestas y su adjudicación, de acuerdo con los principiosestablecidos en el Art. 131 del T.O.C.A.F.La admisión inicial de una propuesta no será obstáculo para su invalidación posterior si se constataren luego defectosque violen los requisitos legales o aquellos esenciales contenidos en el Pliego respectivo.Las ofertas que contengan apartamientos sustanciales a dichas exigencias no podrán ser consideradas.Salvo indicación en contrario formulada en la oferta, se entiende que ésta se ajusta a las condiciones contenidas enlos pliego de condiciones y que el proponente queda comprometido al cumplimiento de éstos.9.2. <strong>OBJETO</strong>Las ofertas deberán ajustarse razonablemente a la descripción del objeto requerido, teniendo en cuenta la complejidadtécnica del mismo. Se considerará que las condiciones técnicas establecidas en los pliego tienen un carácteresencialmente indicativo para la consecución del objeto <strong>llama</strong>do.Si el Pliego Particular lo autoriza, podrán presentarse soluciones alternativas así como variantes o modificaciones,inclusive sin presentarse la propuesta básica.Se considerará que una oferta es:a) Una solución alternativa cuando, difiriendo en la entidad del objeto licitado, permite satisfacer igualmente satisfacerlos requerimientos que originaron el objeto del <strong>llama</strong>do.b) Una variante o modificación cuando la misma presente apartamiento sustanciales a las características requeridaspero manteniendo la identidad del objeto licitado.9.3. PRECIO Y COTIZACIONEl Pliego Particular establecerá las condiciones de compra en plaza, en el exterior o indistintamente, rigiendo lascláusulas INCOTERMS en lo corresponda.El oferente indicará los precios de los bienes y servicios que propone suministrar en las condiciones comercialesestablecidas en el Pliego Particular.Dichos precios no podrán estar sujetos a confirmación ni condicionado en forma alguna.Cuando concurran oferentes nacionales y extranjeros, lo oferentes de bienes o servicios nacionales obtendrán lasmismas condiciones que el Pliego autorice a los restantes oferentes, y en especial:a) ofertar en moneda extranjera.b) utilizar los mismos instrumentos de pago.9.3.1 DISCREPANCIAS.Si en la oferta hubiera discrepancias entre los precios unitarios y los totales se tendrá en cuenta el mas convenientepara la Administración salvo que, a juicio de ésta, se trate de un error evidente, en cuyo caso se efectuará lacorrección que corresponda, dejando constancia de ello.Cuando exista diferencia entre cantidad escrita en números y en letras, valdrá la escrita en letras.9.3.2 ACTUALIZACION DE PRECIOS.57


La obligación de cotizar precio firme sin ajustes, o de formular paramétricas de actualización de precios, será incluidaen las cláusulas del Pliego Particular..A falta de especificación en el Pliego Particular los oferentes que coticen precios reajustables, deberán establecer unafórmula paramétrica que refleje la estructura de costos del producto o del servicio ofrecido, del tipo siguiente:P1 = P0 (aA1/A0 + bB1/B0 + ..............+ mM1/M0 +n)donde:P0 = monto de la propuestaP1 = monto actualizado de la propuestaa,b,......,m,n = coeficientes de incidencias de los parámetros.La suma de dichos coeficientes deberá ser igual a uno.n = coeficiente que representa el componente de la oferta cuyo precio no esta sujeto a ajusteA,B,.......,M = Parámetro o índices de los principales componentes de los costos del oferente.Los parámetros con subíndice 0 toman el valor vigente al último día hábil o mes anterior a la fecha de apertura de laoferta, y los parámetros con subíndice 1 toman, para suministros, el valor vigente al día o mes anterior a la fecha de laentrega total o parcial de los bienes y, para la prestación de servicios, el promedio ponderado del valor del parámetroen el período de facturación.Cuando la entrega se realice dentro del plazo contractual, el ajuste del precio se calculará a entrega real.Si la referida entrega se realizara fuera de dicho plazo por razones imputables al proveedor o a sus subcontratistas, elajuste de precio se calculará tomando como fecha de entrega la contractualmente convenida.Sin embargo si esto implica una erogación mayor para la administración, se ajustará a entrega real.Podrá aplicarse la misma fórmula paramétrica para el caso de demora en el pago.Los valores de todos los parámetros contenidos en la fórmula de ajuste deberán estar documentados porpublicaciones oficiales o que merezcan la confianza de la Administración.Dichas publicaciones deberán estar claramente definidas en la oferta y, en caso de ser extranjeras, se incluirá unacopia de las mismas.En el caso de suministros tarifados oficialmente en el País, la Administración no pagará precios o aumentos mayores alos decretados por la autoridad competente, aún cuando la fórmula paramétrica eleve éstos a un valor superior.Asimismo, cuando existan disposiciones conteniendo cláusulas que limiten el traslado de los aumentos a los precios,las mismas serán tenidas en cuenta.9.4. TRIBUTOS.Todos los tributos que legalmente corresponden al contratista por el cumplimiento del contrato se consideraránincluidos en los precios cotizados.El oferente, cuando corresponda, desglosará el importe del Impuesto al Valor Agregado del precio global de la oferta.Cuando el oferente no deje constancia expresa al respecto, se considerará dicho impuesto incluido en monto de laoferta.Las creaciones, supresiones o modificaciones de los tributos que graven la última etapa de la comercialización de losbienes o prestación de los servicios serán reconocidos en todos los casos a favor del adjudicatario o de laAdministración según corresponda.9.5. PREFERENCIA A LOS PRODUCTOS NACIONALES.La preferencia a los productos nacionales frente a los extranjeros establecida en el art. 52 del T.O.C.A.F. y en el art.374 de la ley 13.032 del 7/12/61, modificativos y concordantes y en su reglamentación, tendrá el alcance, naturaleza yprocedimientos de cálculo siguientes;a) será aplicable en el caso de licitaciones públicas y licitaciones abreviadas así como en los casos de compras porcausales de excepción en los que dicha preferencia resulte procedente, cuando el monto supere el establecido para laobligatoriedad del presente Pliego Único.b) El margen de preferencia será aplicable siempre que no se opongan razones de orden técnico debidamentefundadas, se asegure un abastecimiento normal cuando ello corresponda de acuerdo con las necesidades de laAdministración, se asegure el cumplimiento de las exigencias de calidad y exista paridad de calidad o de aptitud.c) El margen de preferencia a los productos nacionales, o a sus partes, será del 10% respecto al producto extranjero,de acuerdo con los criterios y fórmulas de evaluación que se determinan en este pliego.58


d) El margen de preferencia se aplicará sobre el porcentaje de integración nacional que el oferente de productosnacionales que desee acogerse al mismo, declare en su oferta, con el detalle del caso. El Pliego Particular podráseñalar formas de presentación de dicho detalle.e) no se considerarán de integración nacional, a estos efectos, los productos extranjeros o las partes extranjeras quese adquieran en plaza ni aquellos que provengan de la importación de sus partes y posterior fraccionamiento, armadoo preparación para la venta.La Administración podrá efectuar las verificaciones o peritajes del caso, reservándose el derecho de aplicar dichapreferencia sobre el porcentaje d integración verificado o rechazar la oferta, en forma fundada.f) La comparación de precios entre productos nacionales y extranjeros, sean éstos cotizados en plaza o a importar, seefectuará considerando, sea en forma real o ficta, todos los gastos requeridos para colocar los productos enalmacenes del comprador y en igualdad de condiciones.Se considerarán almacenes del comprador a todos los recintos habituales de recepción de mercaderías de acuerdocon las características de éstas, inclusive los obradores.g) En esta comparación se deberán incluir todos los tributos que correspondan (aranceles generales, CAUCE, PEC,aranceles de acuerdo de integración, etc.), aún aquellos de los cuales la Administración se encuentra exonerada.No se incluirán en los precios comparativos los importes correspondientes a los impuestos a las transaccionescomerciales ni el Impuesto al Valor Agregado.h) los precios comparativos de los productos nacionales y extranjeros se evaluarán de acuerdo con la fórmulasiguiente, sin perjuicio de la consideración de los demás criterios de evaluación de ofertas:PCN = PN x (CN%/ 1,10 + CE%)PCE = PEPCN : precio comparativo del producto nacional a los efectos de la aplicación de la preferencia a la industria nacional.PCE :precio comparativo del producto extranjero a los efectos de la aplicación de la industria nacional.PN :precio del producto nacional puesto en almacenes del comprador.PE: precio del producto extranjero puesto en almacenes del comprador.CE% :porcentaje del componente extranjero del producto nacionalCN% : porcentaje del componente nacional del producto nacional.A los efectos del cálculo es CE% + CN% = 100%i)cuando los demás criterios de evaluación de ofertas tengan establecida una cuantificación monetaria, la misma sesumará al precio comparativo.10. GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.El oferente constituirá una garantía de mantenimiento de oferta por un monto mínimo equivalente el 1% (uno porciento) del valor total de la misma, considerándose la opción de mayor importe, salvo que el Pliego Particular aumentedicho porcentaje o establezca un criterio diverso para la determinación del monto o determine otras formas degarantías equivalentes. En ningún caso podrán exigirse garantías por ofertas cuyos montos sean inferiores al tope dela licitación abreviada establecida en el art. 33 de T.O.C.A.F., cualquiera sea el procedimiento de contratación utilizadopor la Administración.El oferente podrá constituir la garantía mediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario, o pólizade seguro de fianza, sin perjuicio de que el Pliego Particular establezca o acepte otras formas de garantíasequivalentes.10.1. EJECUCION.La garantía podrá ser ejecutada:a) Cuando el oferente desista de su oferta durante su periodo de mantenimiento.b) Cuando el adjudicatario no constituya en tiempo y forma la garantía de fiel cumplimiento de contrato.c) Cuando el adjudicatario se niegue o no concurra a firmar el contrato, habiendo sido notificado para ello.11. APERTURA DE LAS OFERTASLa apertura de las ofertas se hará en el lugar, día y hora fijados en el Pliego respectivo en presencia de losfuncionarios, que designe al efecto la Administración y de los oferentes o sus representantes que deseen asistir.Abierto el acto no podrá introducirse modificación alguna en las propuestas, pudiendo los presentes formular lasmanifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen.En dicho acto se controlará si las propuestas contienen defectos o carencias formales, si se ha adjuntado ladocumentación exigida en los pliegos de condiciones, así como la garantía constituida, cuando ello correspondiera.59


En caso que la complejidad de las ofertas impida dicho control se dejará constancia de ello en ese acto,completándose el mismo en una instancia posterior de la cual se labrará acta.En dicho acto no se podrá rechazar la presentación de ninguna propuesta sin perjuicio de su invalidación posterior.Finalizando el acto se labrará acta circunstanciada del mismo, que será firmada por los funcionarios actuante y looferentes que lo deseen hacer, quienes podrán efectuar las constancias que deseen.12. ESTUDIO DE LAS OFERTAS.La Administración en el mismo acto, o posteriormente una vez analizadas las ofertas y el Acta de Apertura, podráotorgar a los proponente un plazo de dos días para salvar los defectos, carencias formales o errores evidente o deescasa importancia, así como para completar la garantía de mantenimiento de la oferta cuando estime que hubo erroren su cuantificación y que no se trate de una carencia significativa. Ello podrá hacerse cuando no se alterematerialmente la igualdad de los oferentes.La Administración podrá negarse a otorgar dicho plazo adicional para complementar carencias o salvar defectos oerrores cuando los mismos sean habituales en un oferente determinado o se presuma la existencia de algunamaniobra destinada o obtener una ventaja indebida.Se podrán admitir en la propuesta errores evidentes o de escasa importancia, defectos o carencias formales, cuyacorrección posterior no altere el tratamiento igualitario de las propuestas de los demás oferentes, otorgando ventajasque puedan incidir en la decisión de adjudicación o desnivelen a los oferentes.Solo serán consideradas aquellas oferta básicas, alternativas o variantes garantizadas de acuerdo al numeral 10 delpresente Pliego.12.1. COMISION ASESORA DE ADJUDICACIONES.Las ofertas pasarán a estudio de una Comisión Asesora de Adjudicaciones a la que le compete dictaminar respecto decuál es la oferta más conveniente a los intereses de la Administración.El pronunciamiento deberá recaer sobre cada ítem, salvo que en el Pliego Particular se establezca un criteriodiferente.El dictamen de la Comisión no genera derecho a favor de los oferentes.12.2 EVALUACIONEl Pliego Particular detallará los factores de evaluación de las ofertas y la información a presentar al respecto por losoferentes.La adjudicación se hará a la oferta que se considere más conveniente, sin que sea preciso hacerla a favor de la demenor precio, salvo en identidad de circunstancias y calidad, sin perjuicio de la eventual aplicación de los institutos demejora de ofertas o de negociación.12.3 MEJORA DE OFERTAS.Si en la comparación efectuada se encuentran ofertas similares en los términos definidos por el art. 57 del T.O.C.A.F.,la Administración podrá invitar a los oferentes respectivos a mejorarlas, otorgando unplazo no menor de un día. Si luego hubiera igualdad en las ofertas ubicadas en primer lugar, se dividirá la adjudicaciónpor partes proporcionales entre los oferentes que estuvieren en esa situación, si esa facultad se hubiere establecidoen el Pliego Particular o, en su defecto, si fuera aceptada por los oferentes. De no ser posible el fraccionamiento o noaceptarse la división, la adjudicación se hará por sorteo.12.4 NEGOCIACIONESEn caso de existir ofertas similares en los términos definidos por el art. 57 del T.O.C.A.F., la Administración podráentablar negociaciones reservadas y paralelas con aquellos oferentes que se precalifiquen a tal efecto, a fin deobtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio.De lo actuado en relación a cada proponente, se labrará acta sucinta.Además se podrán establecer negociaciones tendientes a mejorar las ofertas en los casos de precios manifiestamenteinconvenientes.12.5. VISTA DE LAS ACTUACIONESCuando el valor de la contratación iguale o supere el cuádruple del monto de la licitación abreviada correspondiente alorganismo, se conferirá vista de las actuaciones a los oferentes con posterioridad al dictamen de la Comisión Asesoray antes de la adjudicación o rechazo de las ofertas.A esos efectos, las mismas se pondrán de manifiesto por el término de cinco días, con notificación a los interesados.Dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo anterior, los oferentes podrán formular por escrito lasconsideraciones que les merezca el procedimiento cumplido y el dictamen de la Comisión Asesora. Los escritosformulados en esta instancia por los oferentes serán considerados como una petición a tener en cuenta al momento60


de dictar la resolución y respecto de la cual debe existir informe fundado. No será necesario esperar el transcurso deeste último plazo si los interesados expresaran que no tienen consideraciones que formular.Los escritos formulados en esta instancia por los oferentes serán considerados como una petición a tener en cuenta almomento de dictar resolución de adjudicación y respecto de la cual debe existir informe fundado.13. AUMENTO O DISMINUCION DEL CONTRATOLa Administración se reserva el derecho de aumentar o disminuir unilateralmente las prestaciones objeto de loscontratos hasta un máximo del 20% y un 10%, respectivamente, respetando sus condiciones y modalidades y conadecuación de los plazos respectivos.También podrán efectuar aumentos o disminuciones superiores a dichos porcentajes con la conformidad del oferentey en las mismas condiciones preestablecidas. En ningún caso el aumento podrá exceder el 100% del objeto delcontrato.Los porcentajes referidos precedentemente se aplican sobre cada una de las prestaciones objeto del contrato.14. RECHAZO DE LAS OFERTAS.La Administración se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas recibidas.15. NOTIFICACIONEl acto administrativo que disponga la adjudicación o rechazo de ofertas será notificado a todos los oferentes.16. DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS DE MANTENIMIENTO DE OFERTAAdjudicada una propuesta o cuando se hayan rechazado todas las presentadas, se procederá de oficio a la devoluciónde las garantías de mantenimiento de oferta.Al adjudicatario se le devolverá su garantía de mantenimiento una vez que se le haya notificado la resolución deadjudicación y éste haya constituido la garantía de fiel cumplimiento del contrato en tiempo y forma.También se devolverá de oficio la garantía de mantenimiento al oferente una vez vencido el plazo de vigencia de laoferta.17. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.El contrato se considerará perfeccionado con la notificación al adjudicatario del acto de adjudicación, salvo que setrate de contratos solemnes o existan otras condiciones suspensivas que obsten a dichoperfeccionamiento. En todos los casos deberá haberse cumplido con lo establecido en el art. 211, literal B, de laConstitución de la República.18. GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO18.1 CONSTITUCIONDentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación de la contratación o de su ampliación, y cuando elmonto total adjudicado supere el 40% del tope de la licitación abreviada establecida en el art. 33 del T.O.C.A.F., eladjudicatario constituirá una garantía equivalente al 5% del monto de la contratación. El pliego Particular podráestablecer un porcentaje mayor y otro plazo (u otras garantías). Asimismo la Administración podrá prorrogar dichoplazo a su exclusivo juicio.SI el Pliego Particular no estableciere o aceptare otras formas de garantía equivalentes, el adjudicatario la constituirámediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza, aval bancario o póliza de seguro de fianza.A efectos de determinar el monto de la garantía los valores públicos serán considerados por su valor nominal, exceptoque la Administración considere que éste es substancialmente superior a su valor de mercado. Cuando la garantía seconstituya en moneda extranjera, se tomará el tipo de cambio interbancario vendedor y arbitraje, vigente al cierre de laMesa de Cambios del Banco Central del Uruguay el día anterior al de la constitución de la garantía.18.2 FALTA DE CONSTITUCION DE LA GARANTIALa falta de constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en tiempo y forma, excepto que se hayaautorizado una prórroga, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración reconsiderar elestudio de la Licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.18.3 EJECUCION DE LA GARANTIALa garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no de cumplimiento alas obligaciones contractuales.19. CONTROL DE CALIDAD.61


La Administración podrá efectuar, directamente o a través de entidades especializadas tales como el LaboratorioTecnológico del Uruguay, la Universidad de la República, o el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas, los controles decalidad de los productos ofertados o contratados.El Pliego Particular podrá exigir la certificación de calidad de los productos ofertados a través de los laboratorioscertificadores de calidad determinados por la reglamentación vigente.20. CUMPLIMIENTO PERSONAL DE LAS OBLIGACIONES.El contratista deberá cumplir por sí las obligaciones asumidas. Sólo podrá verificarse la cesión del contrato a solicitudfundada del contratista y con el consentimiento del organismo contratante, previa demostración de que el cesionariobrinde las mismas seguridades de cumplimiento.También se requerirá la autorización del organismo contratante para subcontratar total o parcialmente.21. MORALa mora se configurará por la no extinción de las obligaciones contractuales y se producirá de pleno derecho por elsolo vencimiento de los términos establecidos.22. PENALIDADESLas penalidades por mora serán de dos tipos:A) un porcentaje del monto total del contrato, o de la cuota parte correspondiente, por el incumplimiento del mismo.B) un porcentaje de dicho monto o cuata parte, proporcional a período de incumplimiento.El Pliego Particular determinará dichos porcentajes o podrá establecer una suma fija equivalente con independenciade la indemnización que por daños pudiera corresponder.23. IMPORTACION.Cuando los bienes adjudicados deban ser importados por la Administración, el Pliego Particular establecerá losrequisitos a cumplir por el adjudicatario.24. RECEPCIONEl adjudicatario deberá efectuar la entrega de los bienes o la prestación de los servicios observando todas lascondiciones contractuales.El Pliego Particular, cuando corresponda, establecerá la forma y el plazo con que cuenta la Administración paracontrolar el material entregado y eventualmente los ensayos de recepción a que serán sometidos.Si se verificara que la totalidad o parte de los materiales entregados presentan cualquier tipo de desperfecto o nocoinciden totalmente con los adjudicados, la Administración comunicará el hecho al contratista quien deberáregularizar la situación.25. RESCISIÓNLa Administración podrá rescindir unilateralmente el contrato por incumplimiento total o parcial del adjudicatario,debiendo notificar al mismo la rescisión. No obstante la misma se producirá de pleno derecho por la inhabilitaciónsuperviniente por cualquiera de las causales previstas en el Art. 43 del T.O.C.A.F.La rescisión por incumplimiento del contratista aparejará la responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a laAdministración y la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato sin perjuicio del pago de la multacorrespondiente.26. DEVOLUCION DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.La garantía de fiel cumplimiento de contrato será devuelta de oficio por la Administración, una vez verificado elcumplimiento de todas las obligaciones contractuales.27. PAGOSEl Pliego Particular establecerá las condiciones y formas de pago.En todos los pagos la Administración podrá deducir del monto a pagar, la suma correspondiente a cualquier deudaque el contratista mantenga con el organismo contratante, relativa al contrato.28. JURISDICCION COMPETENTE.Por el solo hecho de presentarse a licitación, se entenderá que el oferente hace expreso reconocimiento y manifiestasu voluntad de someterse a las Leyes y Tribunales de la República Oriental del Uruguay, con exclusión de todo otrorecurso.62


ANEXO IFORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTELICITACIÓN NRO…………RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA………………………………………NOMBRE COMERCIAL DE LA EMPRESA…………………………RUC………………………………… (solo para empresas que deban inscribirse)DOMICILIO A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓNCalle………………………………….Nro…………………………Localidad……………………………………………………………Código Postal……………………………………………………País…………………………………………………………………….Teléfono………………………………….…………………………Fax…………………………………Telex……………………………Declaro estar en condiciones legales de contratar con el EstadoFIRMA/S…………………………………………………………………Aclaración de firmas…………………………………………………63


ACLARACIÓN GENERALDecreto 20/02 de fecha 16/1/02Artículo 1º.- Modifícanse los puntos “9.3 Precio y Cotización” y “27.Pagos” del "Pliego Único de Bases yCondiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios No Personales" aprobado por Decreto No.53/93, de 28 de enero de 1993, en la redacción dada por e artículo 11º del Decreto No 342/999, de 26 de octubrede 1999, que quedarán redactados de la siguiente forma:"9.3 Precio y Cotización.El Pliego Particular establecerá las condiciones de compra en plaza, en el exterior o indistintamente,rigiendo las cláusulas INCOTERMS (FOB, CIF, etc.) en lo que corresponda. El oferente indicará los preciosde bienes y servicios que propone suministrar en las condiciones comerciales establecidas en el PliegoParticular.Dichos precios no podrán estar sujetos a confirmación, ni condicionados en forma alguna.Cuando concurran oferentes nacionales y extranjeros, los oferentes de bienes y servicios nacionales obtendrán lasmismas condiciones que el pliego autorice a los restantes oferentes y en especial:a) ofertar en moneda extranjerab) utilizar los mismos instrumentos de pago"."27.- PagosEn caso de ser factible el pago contado, -treinta días del mes de factura- se establecerá en el Pliego deCondiciones Particulares, que los oferentes presentes sus precios con una tasa de descuento prontopago.En todos los pagos la Administración podrá deducir del monto a pagar, la suma correspondiente a cualquier deudaque el contratista mantenga con el organismo contratante relativa al contrato".64

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