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GUIA DE TRÁMITES - Arba

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<strong>GUIA</strong> <strong>DE</strong> TRÁMITES<strong>DE</strong> LA GERENCIA GENERAL <strong>DE</strong> ADMINISTRACIONGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOS


IntroducciónLa Gerencia General de Administración contempla entre sus acciones, la de definir y coordinarmecanismos de comunicación interna que sean de interés institucional y del personal de laAgencia. En orden a ello, la presente guía tiene por objeto fundamental servir de orientaciónpara los integrantes de esta jurisdicción en la gestión de trámites que se sustancian en elámbito de la Gerencia General.El beneficio esperado es que el usuario cuente con información útil y de rápido acceso que lepermita obtener una orientación precisa para realizar un determinado trámite o gestiónadministrativa en lo que respecta a las temáticas troncales de la Gerencia General, a saber,recursos humanos, contrataciones y adquisiciones, tesorería, gestión contable, logística yservicios generales.Deseamos que los usuarios, en su sentido más amplio (agentes, personal jerárquico yfuncionarios), encuentren en esta guía una herramienta eficaz que permita identificar demanera sencilla los requisitos, formas, oportunidad y lugar, respecto a los trámites que seande interés.DestinatariosTodo el personal de la Agencia de RecaudaciónDependencia Responsable de su confección, revisión y actualizaciónGerencia General de Administración - Gerencia de Recursos Humanos


Estructura de la GuíaCada trámite especificado en la presente guía se ha desarrollado con el formato que se ilustraa continuación:<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIA(Nombre completo de la Dependencia responsable del trámite)NOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITE(Nombre completo del trámite o servicio)OFICINA(Se indica la unidad administrativa donde se realiza/presenta el trámite)<strong>DE</strong>SCRIPCIÓN(Se describe brevemente en qué consiste el trámite o servicio)REQUISITOS(Se Detalla cada uno de los documentos, datos e información necesaria, requerida por el usuario para poder realizar el trámite osolicitar el servicio)FORMULARIOS(Se Especifica el o los nombres de los formularios cuyo llenado es necesario en el cumplimiento del trámite o servicio)COMPROBANTE(Documento que se entrega al usuario una vez iniciada la gestión ante la OFICINA)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE(Tiempo estimado en dar resolución al trámite o servicio solicitado por el usuario)FUNDAMENTO JURÍDICO(Se detalla la normativa que da fundamento al trámite)OBSERVACIONES(Se Incluye información relevante del trámite o servicio, que no esté considerada en lo conceptos anteriores y sea de interés delos usuarios).ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN(Se especifica la fecha de la entrada en vigencia de la última actualización del trámite)


Catálogo de trámitesGerencia de Recursos Humanos1. Designaciones y Asignación de funciones1.1. Designación en Planta Permanente1.2. Designación Planta Temporaria Transitoria Mensualizada1.3. Designación Planta Permanente Ley 10.5921.4. Designación Planta Temporaria Ley 10.5921.5. Renovación Planta Temporaria Transitoria Mensualizada1.6. Designación Planta Temporaria - Personal de Gabinete1.7. Designación Planta Permanente sin Estabilidad y Jerarquizado Superior1.8. Asignación Funciones Jerarquizadas - Jefe Departamento y Subgerente1.9. Asignación Funciones Jerarquizadas – Resolución Interna Nº 26/091.10. Incorporación de Pasantes2. Ceses y limitación de funciones2.1. Renuncia Personal Planta Permanente2.2. Renuncia Personal Planta Temporaria Transitoria Mensualizada2.3. Renuncia Personal Planta Permanente sin Estabilidad y Jerarquizado Superior2.4. Limitación Funciones Jerarquizadas - Jefe Departamento y Subgerente2.5. Limitación Planta Temporaria Transitoria Mensualizada2.6. Limitación Planta Permanente sin Estabilidad2.7. Renuncia en Funciones Jerarquizadas (Jefe Dpto. / Subgerente)2.8. Limitación Funciones Jerarquizadas – Resolución Interna Nº 26/092.9. Cese por Fallecimiento2.10. Cese Jubilación por Incapacidad2.11. Cese Jubilación Voluntaria2.12. Cese Jubilación por Cierre de Cómputos Condicionado2.13 Cese Jubilación de Oficio2.14. Desvinculación de Pasantes3. Pases, reubicaciones y carrera escalafonaria3.1. Traslados Internos Art.21 - Por razones de servicios3.2. Traslados Internos Art.24 - A petición o con conformidad3.3. Traslados hacia o desde Otros Organismos (externos)3.4. Comisiones Internas Art. 223.5. Reserva de Cargo Externa3.6. Cambio de Agrupamiento


3.7. Reubicaciones Art. 1713.8. Cambio de Régimen Horario (de 30/48 a 40 horas)4. Licencias al personal y accidentes de trabajo4.1. Licencia Anual4.2. Licencia por Matrimonio4.3. Licencia por Maternidad4.4. Licencia por Paternidad4.5. Licencia por Alimentación y Cuidado del Hijo4.6. Licencia por Nacimiento Pretérmino o Prematuro4.7. Licencia por Adopción4.8. Licencia por Enfermedad4.9. Licencia por Atención Familiar Enfermo4.10. Licencia por Donación de Órganos, Piel o Sangre4.11. Licencia por Duelo Familiar Directo o Indirecto4.12. Licencias por Cargos Electivos4.13. Licencia por Pre-examen, Examen e Integración Mesa Examinadora – Posgrados4.14. Licencia por Última Materia4.15 Licencia por Prácticas Obligatorias4.16 Licencia Decenal Art. 604.17 A.R.T. - Denuncia de accidente de trabajo4.18 Junta Médica5. Permisos al personal5.1. Permiso por Estudios, Investigaciones o Trabajos Técnicos, Artísticos o Culturales5.2. Permiso por Actividades Artísticas5.3. Permiso por Actividades Deportivas5.4. Permiso Especial Art. 646. Beneficios y Asignaciones Familiares6.1. Inscripción en Jardines Maternales6.2. Inscripción en Jardines de Infantes6.3. Asignación Familiar por Ayuda Escolar6.4. Asignación Familiar Prenatal6.5. Asignación Familiar Nacimiento de Hijo6.6. Asignación Familiar por Hijo Menor a Cargo6.7. Asignación Familiar por Adopción6.8. Asignación Familiar por Hijo Discapacitado6.9. Asignación por Matrimonio6.10. Bonificación por Guardería


6.11. Baja de Percepción de Asignación Familiar6.12. IOMA - Altas, bajas y modificaciones7. Viáticos y compensaciones7.1. Solicitud de Viáticos7.2. Liquidación de Movilidad7.3. Solicitud Aprobación de Operativos7.4. Solicitud de Liquidación de U.O.C.8. Legajo, Certificaciones de Trabajo, Firmas autorizadas, Notificaciones y otros8.1. Confección del Legajo Personal8.2. Actualización del Legajo Personal8.3. Certificado de Trabajo Con y Sin Haberes8.4. Cambio de Autorizantes Suplentes en SiAPe8.5. Encomendar Atención Despacho y Firma Autorizada8.6. Autorización de Traslado a Otras Provincias8.7. Notificación Actos Administrativos9. Capacitación del Personal9.1. Estudios Formales y Extracurriculares – Actualización de Legajo Electrónico y Físico9.2. Solicitud de Capacitación10. Régimen Disciplinario10.1. Medidas Cautelares10.2. Apercibimiento y/o Suspensión de hasta 60 días10.3. Sanciones Directas10.4. Cesantía10.5. ExoneraciónGerencia de Adquisiciones y Contrataciones11. Adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios11.1. Adquisiciones de Bienes11.2. Contrataciones de ServiciosGerencia de Logística y Servicios Generales12. Pasajes Oficiales


12.1. Solicitud de Pasajes Oficiales12.2. Uso de Pasajes Oficiales12.3. Rendición de Pasajes OficialesGerencia de Tesorería13. Tramites diversos13.1. Solicitud de Expedientes Acusados en el Depto. Rendición de Cuentas13.2. Comunicación al Personal Pagos mediante Sistema “Ticketera”Gerencia de Presupuesto y Contabilidad14. Tratamiento Bienes Patrimoniales14.1. Alta Patrimonial de Bienes14.2. Baja Patrimonial de Bienes14.3. Donación/transferencia de Inventario14.4. Actualización de Bienes PatrimonialesAnexosAnexo Nº 1 - FormulariosAnexo Nº 2 - Oficinas – Medios de Contacto


1.1. Designación en Planta Permanente<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITE<strong>DE</strong>SIGNACIÓN PLANTA PERMANENTEOFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs el ingreso a la administración pública provincial, para el desempeño de funciones en una Jurisdicción enparticular. El ingreso en planta permanente se configura por el nivel inferior en el agrupamiento que correspondeatento a las tareas para las que ha sido propuesto el ingresante y su correspondencia con la titulación académicaque acredita al momento de su designación.REQUISITOSPara el ingreso se deberán cumplimentarse los requisitos de admisibilidad – disposiciones generales para el ingreso-, estipulados en el artículo 2° de la Ley N° 10.430, Texto Ordenado Decreto N° 1869/96 y su Reglamentaciónaprobada por Decreto N° 4161/96.Nota de solicitud de ingreso a Planta Permanente (Designación) de la máxima autoridad de la dependencia quesolicita la incorporación de personal, detallando las tareas a realizar y la unidad orgánica en la que prestaráservicios efectivos.Debiendo adjuntar la siguiente documentación:Currículum Vitae.Copia certificada del Título Secundario – certificado analítico - o Universitario obtenido (en ambos casos, podrápresentarse copia simple y exhibirse original, cuya copia será certificada por el área de personal).En caso de acreditar titulación universitaria, Certificado original de Matriculación del Colegio o Consejo Profesionalrespectivo con jurisdicción en provincia de Bs. As., debidamente actualizado a la fecha de inicio del trámite, el cualno podrá ser sustituido por la copia de la credencial.Copia legible del documento nacional de identidad del postulante (1° y 2° hoja).Certificado de Antecedentes Penales (Nación y Provincia).Examen de aptitud psicofísico.DDJJ RC 6051, RC 6052 (disponible en la web <strong>Arba</strong>).En el supuesto que el postulante reviste en la Planta Temporaria, deberá suscribir formulario de conformidad dePase a Planta Permanente RC 6050.Cuando tales designaciones recaigan en personas que excedan la edad máxima prevista para el ingreso, elpostulante deberá presentar la documentación que acredite servicios computables a los fines jubilatorios (artículo2° inciso b) de la Ley N° 10.430, T.O. 1996).Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Planeamiento eIntegración del Personal, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de ladocumentación y validaciones correspondientes.


FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Ingreso.Fin de trámite: Acto Administrativo de Designación en Planta Permanente.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 60 días.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículos 2°, 4° y 6° de la Ley Nº 10.430, T.O. 1996 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96OBSERVACIONESLas designaciones en Planta Permanente requieren el aval de la máxima autoridad de la Jurisdicción, previo a lacaratulación de las actuaciones. Esta instancia del trámite es realizada por la Gerencia de Recursos Humanos unavez que el trámite ingresa a la citada dependencia.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


1.2. Designación en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITE<strong>DE</strong>SIGNACIÓN PLANTA TEMPORARIA TRANSITORIA MENSUALIZADAOFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs el ingreso a la administración pública provincial, para el desempeño de funciones en una Jurisdicción enparticular. El personal temporario será destinado a la ejecución de servicios de carácter temporario, que nopuedan ser realizados por personal permanente. El tiempo de prestación será determinado por el titular de lajurisdicción (generalmente anual) y percibirá un sueldo equivalente al que rige para el personal permanente.REQUISITOSNo podrá ser admitido como personal temporario aquél que esté alcanzado por algunos de los impedimentos delartículo 3° de la Ley N° 10.430 y/o no reúna las condiciones de admisibilidad para el ingreso con excepción delrequisito de la edad.Nota de solicitud de ingreso a Planta Temporaria (Designación) de la máxima autoridad de la dependencia quesolicita la incorporación de personal, detallando las tareas a realizar y la unidad orgánica en la cual prestaráservicios efectivos.Debiendo adjuntar la siguiente documentación:Currículum Vitae.Copia certificada del Título Secundario – certificado analítico - o Universitario obtenido (en ambos casos, podrápresentarse copia simple y exhibirse original, cuya copia será certificada por el área de personal).En caso de acreditar titulación universitaria, Certificado original de Matriculación del Colegio o Consejo Profesionalrespectivo con jurisdicción en provincia de Bs. As., debidamente actualizado a la fecha de inicio del trámite, el cualno podrá ser sustituido por la copia de la credencial.Copia legible del documento nacional de identidad del postulante (1° y 2° hoja).Certificado de Antecedentes Penales (Nación y Provincia).Examen de aptitud psicofísico.DDJJ RC 6051, RC 6052 (disponible en la web <strong>Arba</strong>).Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Planeamiento eIntegración del Personal, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de ladocumentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Ingreso.


Fin de trámite: Acto Administrativo de Designación en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 60 díasFUNDAMENTO JURÍDICOArtículos 111 inciso d) y 117 de la Ley Nº º 10.430, T.O. 1996 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96OBSERVACIONESLas designaciones en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada requieren el aval de la máxima autoridad de laJurisdicción, previo a la caratulación de las actuaciones. Esta instancia del trámite es realizada por la Gerencia deRecursos Humanos una vez que el trámite ingresa a la citada dependencia.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


1.3. Designación en Planta Permanente Ley Nº 10592<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITE<strong>DE</strong>SIGNACIÓN PLANTA PERMANENTE – Ley N° 10592 - Régimen jurídico básico e integral para PersonasDiscapacitadas -OFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs el ingreso a la administración pública provincial, para el desempeño de funciones en una Jurisdicción enparticular. El ingreso en planta permanente se configura por el nivel inferior en el agrupamiento que correspondeatento a las tareas para las que ha sido propuesto el ingresante y su correspondencia con la titulación académicaque acredita al momento de su designación. Para aquellas personas que presenten una discapacidad y la misma seencuentre debidamente acreditada por los organismos correspondientes, se procederá con la designación bajo elrégimen de la Ley N° 10.592 y previsionalmente bajo los términos de la Ley N° 10.593.REQUISITOSPara el ingreso se deberán cumplimentar los requisitos de admisibilidad – disposiciones generales para el ingreso -,estipulados en el artículo 2° de la Ley N° 10.430, Texto Ordenado Decreto N° 1869/96 y su Reglamentaciónaprobada por Decreto N° 4161/96.Nota de solicitud de ingreso a Planta Permanente (Designación) de la máxima autoridad de la dependencia quesolicita la incorporación de personal, detallando las tareas a realizar y la unidad orgánica en la que prestaráservicios efectivos.Debiendo adjuntar la siguiente documentación:Currículum Vitae.Certificación expedida por el Ministerio de Salud que dé cuenta de la discapacidad.Copia certificada del Título Secundario – certificado analítico - o Universitario obtenido (en ambos casos, podrápresentarse copia simple y exhibirse original, cuya copia será certificada por el área de personal).En caso de acreditar titulación universitaria, Certificado original de Matriculación del Colegio o Consejo Profesionalrespectivo con jurisdicción en provincia de Bs. As., debidamente actualizado a la fecha de inicio del trámite, el cualno podrá ser sustituido por la copia de la credencial.Copia legible del documento nacional de identidad del postulante (1° y 2° hoja).Certificado de Antecedentes Penales (Nación y Provincia).DDJJ RC 6051, RC 6052 (disponible en la web <strong>Arba</strong>).En el supuesto que el postulante reviste en la Planta Temporaria, deberá suscribir formulario de conformidad dePase a Planta Permanente RC 6050.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Planeamiento eIntegración del Personal, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de ladocumentación y validaciones correspondientes.


FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Ingreso.Fin de trámite: Acto Administrativo de Designación en Planta Permanente.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 90 días.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículos 2°, 4° y 6° de la Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96 ; Ley N° 10.592 y N° 10.593OBSERVACIONESLas designaciones en Planta Permanente requieren el aval de la máxima autoridad de la Jurisdicción, previo a lacaratulación de las actuaciones. Esta instancia del trámite es realizada por la Gerencia de Recursos Humanos unavez que el trámite ingresa a la citada dependencia.En las designaciones bajo el régimen de la Ley 10592, debe darse intervención a la Dirección de MedicinaOcupacional y al Servicio de Colocación Laboral Selectiva – SECLAS – que funciona en la órbita del Ministerio deTrabajo (artículos 3°, 10 y 12 de la normativa citada).La demora del trámite se debe a la intervención, indispensable, de los organismos citados precedentemente.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


1.4. Designación en Planta Temporaria Ley Nº 10592<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITE<strong>DE</strong>SIGNACIÓN PLANTA TEMPORARIA TRANSITORIA MENSUALIZADA – Ley N° 10.592 - Régimen jurídico básico eintegral para Personas Discapacitadas -OFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACION <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BASICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs el ingreso a la administración pública provincial, para el desempeño de funciones en una Jurisdicción enparticular. El personal temporario será destinado a la ejecución de servicios de carácter temporario, que nopuedan ser realizados por personal permanente. El tiempo de prestación será determinado por el titular de lajurisdicción (generalmente anual) y percibirá un sueldo equivalente al que rige para el personal permanente. Paraaquellas personas que presenten una discapacidad y la misma se encuentre debidamente acreditada por losorganismos correspondientes se procederá con la designación bajo el régimen de la Ley N° 10.592 yprevisionalmente bajo los términos de la Ley N° 10.593.REQUISITOSNo podrá ser admitido como personal temporario aquél que esté alcanzado por algunos de los impedimentos delartículo 3° de la Ley N° 10.430 y/o no reúna las condiciones de admisibilidad para el ingreso con excepción delrequisito de la edad.Nota de solicitud de ingreso a Planta Temporaria (Designación) de la máxima autoridad de la dependencia quesolicita la incorporación de personal, detallando las tareas a realizar y la unidad orgánica en la cual prestaráservicios efectivos.Debiendo adjuntar la siguiente documentación:Currículum Vitae.Certificación expedida por el Ministerio de Salud que dé cuenta de la discapacidad.Copia certificada del Título Secundario – certificado analítico - o Universitario obtenido (en ambos casos, podrápresentarse copia simple y exhibirse original, cuya copia será certificada por el área de personal).En caso de acreditar titulación universitaria, Certificado original de Matriculación del Colegio o Consejo Profesionalrespectivo con jurisdicción en provincia de Bs. As., debidamente actualizado a la fecha de inicio del trámite, el cualno podrá ser sustituido por la copia de la credencial.Copia legible del documento nacional de identidad del postulante (1° y 2° hoja).Certificado de Antecedentes Penales (Nación y Provincia).Examen de aptitud psicofísico.DDJJ RC 6051, RC 6052 (disponible en la web <strong>Arba</strong>).Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Planeamiento eIntegración del Personal, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de ladocumentación y validaciones correspondientes.


FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Ingreso.Fin de trámite: Acto Administrativo de Designación en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 90 días.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículos 111 inciso d) y 117 de la Ley Nº º 10.430 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96; Ley N° 10.592 y N°10.593OBSERVACIONESLas designaciones en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada requieren el aval de la máxima autoridad de laJurisdicción, previo a la caratulación de las actuaciones. Esta instancia del trámite es realizada por la Gerencia deRecursos Humanos una vez que el trámite ingresa a la citada dependencia.En las designaciones bajo el régimen de la Ley 10592, debe darse intervención a la Dirección de MedicinaOcupacional y al Servicio de Colocación Laboral Selectiva – SECLAS – que funciona en la órbita del Ministerio deTrabajo (artículos 3°, 10 y 12 de la normativa citada).La demora del trámite se debe a la intervención, indispensable, de los organismos citados precedentemente.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


1.5. Renovación Planta Temporaria Transitoria Mensualizada<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITERENOVACIÓN PLANTA TEMPORARIA TRANSITORIA MENSUALIZADAOFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs la renovación del servicio que prestan aquellos agentes que han sido designados en planta temporariatransitoria mensualizada, para su continuidad en un nuevo período. Generalmente las renovaciones son porperíodos anuales, salvo expresa indicación de la autoridad que defina nuevos períodos. Las designaciones que nosson renovadas caducan al finalizar el período de designación.REQUISITOSNota de solicitud de renovación de la Planta Temporaria de la máxima autoridad de la dependencia en la querevista el personal temporario, debiendo indicar los casos que modifican su situación de revista sea por cambio deagrupamiento, por traslado a otra dependencia dentro de <strong>Arba</strong> o por limitación del servicio.Debiendo adjuntar la siguiente documentación:Copia certificada del Título Secundario – certificado analítico - o Universitario obtenido (en ambos casos, podrápresentarse copia simple y exhibirse original, cuya copia será certificada por el área de personal), - Certificadooriginal de Matriculación del Colegio o Consejo Profesional respectivo con jurisdicción en provincia de Bs. As.,debidamente actualizado a la fecha de inicio del trámite, el cual no podrá ser sustituido por la copia de lacredencial y certificación de tareas extendida por el superior jerárquico, en caso que el agente modifique suagrupamiento.Certificado de Antecedentes Penales (Provincia).DDJJ RC 6051, RC 6052 (disponible en la web <strong>Arba</strong>)Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Subgerencia de Administracióndel Personal – Sector Planteles Básicos, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo controlde la documentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Renovación.Fin de trámite: Acto Administrativo de Renovación en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 60 días.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículos 111 inciso d) y 117 de la Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96


OBSERVACIONESLa renovación de Planta Temporaria Transitoria Mensualizada se inicia en el mes de octubre, período en el cual lasdependencias informan a la Gerencia de Recursos Humanos el plantel de personal temporario cuya situación seratifica y/o rectifica (por cambio de destino, agrupamiento, limitación); conlleva la presentación de ladocumentación referida por parte de los agentes involucrados, entre los meses de diciembre y marzo de cada año.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


1.6. Designación Planta Temporaria – Personal de Gabinete<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITE<strong>DE</strong>SIGNACIÓN PLANTA TEMPORARIA – PERSONAL <strong>DE</strong> GABINETE – RANGO ASESOR <strong>DE</strong> GABINETEOFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal de Gabinete será afectado a la realización de estudios, asesoramiento, etc; cesará automáticamente altérmino de la gestión de la autoridad en cuya jurisdicción se desempeñe. Su remuneración no será mayor para ladeterminada para los Directores Generales y Provinciales.REQUISITOSNo podrá ser admitido como personal temporario aquél que esté alcanzado por algunos de los impedimentos delartículo 3° de la Ley N° 10.430.Nota de solicitud de designación de la máxima autoridad de la dependencia, detallando las tareas a realizar y alfuncionario al cual asistirá.Debiendo adjuntar la siguiente documentación:Copia legible del documento nacional de identidad del postulante (1° y 2° hoja).Certificado de Antecedentes Penales (Nación y Provincia).DDJJ RC 6051, RC 6052 (disponible en la web <strong>Arba</strong>).Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Subgerencia de Administracióndel Personal – Sector Planteles Básicos, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo controlde la documentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Ingreso.Fin de trámite: Acto Administrativo de Designación en Planta Temporaria – Personal de Gabinete - Asesor.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 30 díasFUNDAMENTO JURÍDICOArtículos 111 inciso a) y 113 de la Ley Nº º 10.430, T.O. 1996 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96OBSERVACIONESLas designaciones en Planta Temporaria – Personal de Gabinete – Asesores de Gabinete, requieren el aval de lamáxima autoridad de la Jurisdicción, previo a la caratulación de las actuaciones. Esta instancia del trámite esrealizada por la Gerencia de Recursos Humanos una vez que el trámite ingresa a la citada dependencia.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN


Esta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


1.7. Designación Planta Permanente Sin Estabilidad y Jerarq. Superior<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITE<strong>DE</strong>SIGNACIÓN PLANTA PERMANENTE SIN ESTABILIDAD Y PERSONAL JERARQUIZADO SUPERIOROFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal sin estabilidad es aquel que siendo designado por el titular del Organismo (Director Ejecutivo), puedecesar en sus funciones por disposición del mismo sin que medie ninguna de las causales establecidas para elpersonal con estabilidad, para el desempeño en los cargos de: Director/Consultor Técnico/Gerente, DirectorProvincial/Coordinador Técnico Institucional/Gerente General, Responsable de Unidad / Director.Los Subdirectores Ejecutivos/Subsecretario, forman parte del personal jerarquizado superior, afectados alasesoramiento, estudios particularizados u otras tareas de apoyo específicas que se le encomienden. Son titularesde unidades orgánicas de carácter especial y forman parte del plantel sin estabilidad. Son designados por el señorDirector Ejecutivo a propuesta del mismo y cesan en sus funciones simultáneamente con la autoridad cuyogabinete integran o en cualquier momento por decisión del funcionario del que dependen.REQUISITOSNota de solicitud de designación de la máxima autoridad respecto de la cual depende el cargo de mayor jerarquía adesignar/ocupar.Debiendo adjuntar la siguiente documentación:Copia legible del documento nacional de identidad del postulante (1° y 2° hoja).Certificado de Antecedentes Penales (Nación y Provincia).DDJJ RC 6051, RC 6052 (disponible en la web <strong>Arba</strong>).Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Subgerencia de Administracióndel Personal – Sector Planteles Básicos, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo controlde la documentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Ingreso.Fin de trámite: Acto Administrativo de Designación en Planta Permanente sin Estabilidad/Jerarquizado SuperiorTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 30 días.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96OBSERVACIONES


La designación del señor Ministro/Director Ejecutivo se efectúa por Decreto del señor Gobernador, siendo esainstancia la encargada del diligenciamiento de las actuaciones, en virtud de encontrarse exceptuados del régimendestinado al personal de la A.P.P (artículo 1° de la Ley N° 10.430, T.O. 1996).Los Subdirectores Ejecutivos/Subsecretario, de igual manera, se encuentran comprendidos en la normativaaludida, siendo su designación facultad del Director Ejecutivo.La designación de personal sin estabilidad puede recaer en un agente comprendido en el régimen estatutario de laLey N° 10.430, quién reservará su cargo de revista, al cual se reintegrará concluido su desempeño en el cargo sinestabilidad (artículo 109 de la Ley Nº 10.430 T.O. 1996 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96).ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


1.8. Asignación Funciones Jerarquizadas – Jefes y Subgerentes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEASIGNACIÓN FUNCIONES JERARQUIZADAS – JEFES <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>PARTAMENTO Y SUBGERENTES -OFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal que ejerza funciones jerarquizadas es aquel que siendo designado por el titular del Organismo puededesempeñar interinamente los cargos de Subgerente y Jefe de Departamento que integran la estructura orgánicade la Agencia. Podrán cesar en sus funciones por las siguientes causales: renuncia, supresión de organismos y/odependencias, por limitación de designación solicitada por el funcionario del que dependen.REQUISITOSNota de solicitud de designación de la máxima autoridad respecto de la cual depende el cargo de mayor jerarquía aasignar/ocupar.Revistar en Planta Permanente en los Planteles Básicos de la Agencia de Recaudación.Debiendo adjuntar la siguiente documentación:Certificado de Antecedentes Penales (Nación y Provincia).DDJJ RC 6051, RC 6052 (disponible en la web <strong>Arba</strong>).Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Subgerencia de Administracióndel Personal – Sector Planteles Básicos, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo controlde la documentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Designación.Fin de trámite: Acto Administrativo de Asignación Interina de Funciones Jerarquizadas (Resolución Interna)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 30 días.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículos 25 incisos e), g) y h) y161 de la Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96; artículo 9° inciso l)Ley N° 13.766 y Dto. 3151/08OBSERVACIONESLa asignación interina de funciones jerarquizadas, se efectúa en forma análoga, en aquellos supuestos en que semodifique/apruebe la estructura orgánica de la Jurisdicción.La designación interina lo será sin perjuicio del cumplimiento del cargo del cual el agente es titular.


ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


1.9. Asignación Funciones Jerarquizadas – RI Nº 26/09<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEASIGNACIÓN FUNCIONES JERARQUIZADAS RI 26/09 (ALTA/MODIFICACION)OFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs la asignación de funciones jerarquizadas RI 26.09, para el desempeño de funciones técnico – profesionalesespecíficas en cada área, atendiendo al perfil del agente propuesto. La asignación de estas funciones obedece auna política de la organización de jerarquizar el desempeño de los agentes atento a los resultados evidenciados ensu labor diaria y la complejidad que de tales tareas se deriva. Son asignadas por la máxima autoridad de cadadependencia que integra la Agencia de Recaudación.REQUISITOSRevistar en Planta Permanente en los Planteles Básicos de la Agencia de Recaudación.Formulario Alta/Modificación de Función RC 6073Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Subgerencia de Administracióndel Personal – Sector Planteles Básicos, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo controlde la documentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSRC 6073 Alta Funciones JerarquizadasCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Funciones RI 26/09.Fin de trámite: Acto Administrativo de Asignación/Modificación Funciones Jerarquizadas RI 26.09. (resolucióninterna)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 30 díasFUNDAMENTO JURÍDICORI 26/09OBSERVACIONESLas asignaciones de Funciones Jerarquizadas RI 26/09 requieren el aval de la máxima autoridad de la Jurisdicción,previo a la caratulación de las actuaciones. Esta instancia del trámite es realizada por la Gerencia de RecursosHumanos una vez que el trámite ingresa a la citada dependencia.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


1.10. Incorporación de Pasantes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEINCORPORACION <strong>DE</strong> PASANTESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO PLANEAMIENTO E INTEGRACION <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR CONVENIOS Y PASANTIAS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEn el marco de la Ley Nacional de Pasantías Educativas, las distintas dependencias que integran la Agencia yrequieren la participación de estudiantes universitarios para el desarrollo de determinadas acciones, podránsolicitar la incorporación de pasantes. Para ello deberán canalizar su solicitud, debidamente fundamentada ante elDepartamento de Planeamiento e Integración del Personal, quien una vez rececpcionada la documentación delcaso procede con el análisis de factibilidad correspondiente (evaluación de la solicitud; verificación de créditopresupuestario y aprobación/rechazo de la solicitud) y su gestión final ante la Unidad Académica, en caso de seraprobada la solicitud de pasantes.REQUISITOSMemo de la dependencia con la fundamentación correspondiente, debiendo adjuntar el formulario RC 6100.FORMULARIOSRC 6100 - Solicitud de estudiantes por convenio (incorporación de pasantes).COMPROBANTEInicio del trámite: Presentación de la solicitud por la dependencia requirente ante el Dpto. Planeamiento eIntegración del Personal.Fin del Trámite: Nota comunicando la aprobación/rechazo de la solicitud. Si la solicitud fue aprobada, ademásFirma del Acuerdo Individual y Toma de ingreso del Estudiante/Pasante (RC6118).TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEQuince (15) días, luego de recepcionado el Memo y formulario RC 6100.FUNDAMENTO JURÍDICOLey Nacional Nº 26.427 y su reglamentación por Resolución Conjunta (MTEySS - ME) Nº 825/09 y Nº 338/09,Resolución Nº 1225/09 de la Superintendencia de Servicios de Salud, Convenio de Pasantías entre la UniversidadNacional de La Plata y la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.OBSERVACIONESLos estudiantes interesados en el ingreso al Régimen de Pasantías Educativas deben canalizar su inscripción,directamente en su Facultad/Unidad Académica de estudios. La Facultad es responsable del procedimiento deinscripción y preselección de los estudiantes que formarán parte de las pasantías educativas a desarrollarse en<strong>Arba</strong>, atento al pedido efectuado por la Gerencia de Recursos Humanos quien efectúa la selección final.La pasantía educativa no tendrá comienzo hasta tanto no se haya formalizado el Acta Individual y la Toma de


ingreso del Estudiante en la dependencia en que desarrollará las actividades.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.1. Renuncia Personal Planta Permanente<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITERENUNCIA PERSONAL PLANTA PERMANENTEOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLa renuncia es una de las causales de cese establecidas en la Ley 10.430, constituyendo un derecho para el agente.REQUISITOSPresentación del formulario de renuncia ante el superior inmediato, con una antelación de 30 días a la fecha decese, quien deberá certificar la firma.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Legajos yRegistro Asistencial del Personal, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de ladocumentación.FORMULARIOSRC 6036COMPROBANTEInicio de trámite: Copia de Formulario RC 6036 con sello de entrada y asignación de Número de Expediente deltrámite de Renuncia.Fin de trámite: Acto administrativo que formaliza la renunciaTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE60 díasFUNDAMENTO JURÍDICOLey Nº º 10.430 Artículos 14 inciso b) y artículo 66.OBSERVACIONESLos formularios deberán estar completos para ser recepcionados en el área de caratulación, caso contrario serándevueltos.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.2. Renuncia Personal Planta Temporaria<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITERENUNCIA <strong>DE</strong>SIGNACIÓN PLANTA TEMPORARIA TRANSITORIA MENSUALIZADAOFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal temporario podrá presentar su renuncia voluntaria, la cual deberá ser presentada con una antelaciónde 30 días, ante su Jefe inmediato.REQUISITOSFormulario de Renuncia RC 6036, debidamente firmado por las autoridades que allí se indica.Dicha documentación deberá ser presentada en la Subgerencia de Administración del Personal - Sector PlantelesBásicos-, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones.FORMULARIOSRC 6036COMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente RenunciaFin de trámite: Acto Administrativo de Renuncia de Designación en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada(resolución interna)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 15 díasFUNDAMENTO JURÍDICOartículo 14 inciso g) de la Ley N° 10.430, .O. 1996 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96. Ley N° 13.766.OBSERVACIONESEn la limitación de designaciones en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada por fallecimiento del agente,deberá adjuntarse a la documentación arriba mencionada copia del certificado de defunción.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 13/02/2012.


2.3. Renuncia Personal Planta Permanente Sin Estabilidad<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITERENUNCIA PLANTA PERMANENTE SIN ESTABILIDAD Y PERSONAL JERARQUIZADO SUPERIOROFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal sin estabilidad puede cesar en sus funciones por disposición del Director Ejecutivo. Asimismo puedenmediar las causales establecidas para el personal con estabilidad – renuncia suscripta por el interesado -.REQUISITOSNota de renuncia, presentada ante el superior inmediato del que dependa.Cumplimentada la documentación referida, la misma deberá ser presentada en la Subgerencia de Administracióndel Personal, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de la documentación yvalidaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Renuncia.Fin de trámite: Acto Administrativo que formaliza la renuncia mediante la figura de “Limitación de Designación”(resolución Interna).TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 15 días.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 T.O. 1996 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96; artículo 9° inciso k) dela Ley N° 13.766; Decreto N° 3151/08OBSERVACIONESCuando el cargo sin estabilidad fuere asignado a un agente comprendido en el régimen estatutario de la Ley N°10.430, retendrá su cargo permanente al cual se reintegrará concluido su desempeño en el cargo sin estabilidad(artículo 109 de la Ley Nº 10.430 T.O. 1996 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96).ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.4. Limitación Funciones Jerarquizadas – Jefes y Subgerentes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELIMITACIÓN FUNCIONES JERARQUIZADAS (JEFE <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>PARTAMENTO/SUBGERENTE)OFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal que desempeña funciones jerarquizadas de Jefe de Departamento o Subgerente, podrá cesar en lasmismas por decisión del funcionario del que dependen.REQUISITOSNota de solicitud de limitación de designación de la máxima autoridad respecto de la cual depende el cargo demayor jerarquía a limitar.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Subgerencia de Administracióndel Personal – Sector Planteles Básicos, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo controlde la documentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente del trámite de Limitación.Fin de trámite: Acto Administrativo que formaliza la Limitación de Designación (resolución Interna)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 15 días.FUNDAMENTO JURÍDICOLey N° 13.766; Decreto N° 3151/08OBSERVACIONESAl momento del cese en las funciones jerarquizadas, el agente se reintegrará a la categoría salarial que poseía conanterioridad a la asignación de las mismas.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.5. Limitación Planta Temporaria Transitoria Mensualizada<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELIMITACIÓ PLANTA TEMPORARIA TRANSITORIA MENSUALIZADAOFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal temporario podrá ser dado de baja cuando razones de servicios así lo aconsejen o cuando incurra enabandono de cargo o fallecimiento del agente.REQUISITOSNota de solicitud de limitación de Designación en la Planta Temporaria de la máxima autoridad de la unidadorgánica en la cual presta servicios efectivos, detallando las circunstancias que motivan la limitación.Dicha documentación deberá ser presentada en la Subgerencia de Administración del Personal - Sector PlantelesBásicos-, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente LimitaciónFin de trámite: Acto Administrativo de Limitación de Designación en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada(resolución interna)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 15 díasFUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 121 de la Ley Nº 10.430, T.O. 1996 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96. Ley N° 13.766OBSERVACIONESEn la limitación de designaciones en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada por fallecimiento del agente,deberá adjuntarse a la documentación arriba mencionada copia del certificado de defunción. El encuadre legal delacto administrativo dado por estos fundamentos, según el caso será el artículo 14 inciso c) de la Ley N° 10.430, .O.1996 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96. Ley N° 13.766.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.6. Limitación Planta Permanente Sin Estabilidad<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELIMITACIÓN PLANTA PERMANENTE SIN ESTABILIDAD Y PERSONAL JERARQUIZADO SUPERIOROFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal sin estabilidad puede cesar en sus funciones por disposición del Director Ejecutivo o por decisión delfuncionario del que dependen.REQUISITOSNota de solicitud de limitación de designación de la máxima autoridad respecto de la cual depende el cargo demayor jerarquía a limitar.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Subgerencia de Administracióndel Personal – Sector Planteles Básicos, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo controlde la documentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Limitación.Fin de trámite: Acto Administrativo que formaliza la Limitación de Designación (resolución Interna)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 15 días.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 9° inciso k) de la Ley N° 13.766; Decreto N° 3151/08OBSERVACIONESCuando el cargo sin estabilidad fuere asignado a un agente comprendido en el régimen estatutario de la Ley N°10.430, retendrá su cargo permanente al cual se reintegrará concluido su desempeño en el cargo sin estabilidad(artículo 109 de la Ley Nº 10.430 T.O. 1996 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96).ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.7. Renuncia en Funciones Jerarquizadas (Jefes y Subgerentes)<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITERENUNCIA FUNCIONES JERARQUIZADAS (JEFE <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>PARTAMENTO/SUBGERENTE)OFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal que desempeña funciones jerarquizadas de Jefe de Departamento o Subgerente, podrá cesar en lasmismas, entre otras causales, por suscripción de renuncia.REQUISITOSNota suscripta por el agente con el aval de la máxima autoridad respecto de la cual depende el cargo de mayorjerarquía a aceptar la renuncia.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Subgerencia de Administracióndel Personal – Sector Planteles Básicos, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo controlde la documentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente del trámite de Renuncia.Fin de trámite: Acto Administrativo que formaliza la renuncia (resolución Interna)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 15 días.FUNDAMENTO JURÍDICOLey N° 13.766; Decreto N° 3151/08OBSERVACIONESAl momento del cese en las funciones jerarquizadas, el agente se reintegrará a la categoría salarial que poseía conanterioridad a la asignación de las mismas.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.8. Limitación Funciones Jerarquizadas RI Nº 26/09<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELIMITACION FUNCIONES JERARQUIZADAS RI 26/09 (LIMITACION/RENUNCIA)OFICINASUBGERENCIA ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR PLANTELES BÁSICOS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs la baja de funciones jerarquizadas RI 26/09, que fueran otorgadas para el desempeño de funciones técnico –profesionales específicas en cada área, atendiendo al perfil del agente propuesto. La baja de estas funciones podráobedecer a la limitación solicitada por el funcionario/ renuncia manifiesta del agente.REQUISITOSFormulario Baja de Función RC 6116Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Subgerencia de Administracióndel Personal – Sector Planteles Básicos, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo controlde la documentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSRC 6116 (Baja Funciones Jerarquizadas)COMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de Expediente de Funciones RI 26/09.Fin de trámite: Acto Administrativo de Limitación Funciones Jerarquizadas RI 26/09.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 15 díasFUNDAMENTO JURÍDICORI 26/09OBSERVACIONESCabe aclarar que en los casos en que se produzca un traslado (interno, pase en comisión a otra jurisdicción) delagente que detenta función o bien se le ha asignado funciones interinas Ley 10.430, corresponde limitar lasfunciones <strong>Arba</strong> RI 26/09. Ante estas situaciones la Gerencia de Recursos Humanos iniciará las actuacionescorrespondientes a la limitación.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.9. Cese por Fallecimiento<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECESE POR FALLECIMIENTOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNCese Laboral por fallecimiento, causal de cese previsto en la Ley 10.430.REQUISITOSNota / Memo del Jefe inmediato informando el cese del agente (Apellido y Nombre, Legajo, DNI, Fecha del deceso)al área de personal que lleva el registro asistencial, debiendo adjuntar certificado de defunción.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Legajos yRegistro Asistencial del Personal, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de ladocumentación.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de Cese por FallecimientoFin de trámite: Acto administrativo que formaliza el cese por fallecimiento (RI –Pta. Temporaria-, ResoluciónDelegada –Pta. Permanente-)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE60 díasFUNDAMENTO JURÍDICOLey Nº º10.430 Artículos 14 inciso c).OBSERVACIONESEn los casos que el familiar se presente directamente en la oficina de personal, el trámite podrá iniciarse con lasola presentación del Certificado de Defunción. No obstante lo anterior, es imprescindible el comunicado de lanovedad por parte del Jefe inmediato al área de personal de modo tal que se proceda con la baja preventiva a losfines liquidatorios.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.10. Cese Jubilación por Incapacidad<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECESE JUBILACION POR INCAPACIDADOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente de Planta Permanente y/o Temporaria que presente una incapacidad física ó psíquicamente valorable alos fines jubilatorios, siempre que la incapacidad se hubiera producido durante la relación de empleo y cumpla conel grado mínimo de incapacidad (66%) que establecen las normas vigentes, cualesquiera fueran su edad yantigüedad en el servicio, la administración deberá tramitar su Cese a los fines jubilatorios por incapacidad laboral.REQUISITOSSolicitud de Junta Médica (Ver Trámite Junta Médica)El Dpto. Legajos y Registro Asistencial de Personal recepciona la solicitud de junta médica e inicia las actuacionesen las cuales dará intervención a la Dirección de Medicina Ocupacional y el Instituto de Previsión Social, quienesdeterminarán el grado de incapacidad presentado por el agente y valorable a los fines jubilatorios.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Número de Expediente Junta Médica – Incapacidad LaboralFin de trámite: Acto administrativo que formaliza el cese por incapacidad a los fines jubilatorios (ResoluciónDelegada)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl tiempo estimado desde la fecha de inicio de las actuaciones hasta la notificación del acto administrativo es de 60a 180 días.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 14 inciso d) y Art. 49 apartado II); Decreto Ley Nº 9650/80 art. 29y artículo 45 (T.O Decreto Nº 600/94) Decreto Reglamentario Nº 476/91OBSERVACIONESCabe destacar que es condición necesaria que el Departamento Juntas Médicas dependiente de la Dirección deMedicina Ocupacional y el Departamento Control Médico del Instituto de Previsión Social, dictaminendeterminando el porcentaje de incapacidad que se le otorga al agente. El cual no podrá ser inferior al 66% parapoder tramitar el cese a los fines jubilatorios por incapacidad.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.11. Cese Jubilación Voluntaria<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECESE JUBILACION VOLUNTARIAOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIONEl agente de Planta Permanente y/o Temporaria que cumplimenta los requisitos para acogerse a los beneficios jubilatorios, seencuentra en condiciones de presentar voluntariamente la renuncia a su cargo. Dependiendo de los años de serviciosacreditados y la edad, en cumplimiento de la normativa su cese voluntario podrá configurarse a los fines jubilatorios por edadavanzada u ordinaria. Cabe destacar que en el Organismo sólo se declara el cese del agente a los fines jubilatorios, debiendoluego el agente con la documentación correspondiente iniciar su trámite personalmente ante el IPS para acceder finalmenteal beneficio jubilatorio/previsional.REQUISITOSCese Voluntario por Jubilación Ordinaria: 60 años de edad y 35 años de servicios 65 años de edad cumplidos.Cese Voluntario por Edad Avanzada: a) 10 años de servicios con aportes al IPS. b) Con una prestación de servicios de por lomenos 5 años durante los últimos 8 años de actividad. En ambos casos el agente que al 30/06 de cada año cumpla con losrequisitos antes mencionados podrá solicitar su Cese Voluntariamente.FORMULARIOSRC 6036 Formulario para Trámite de Renuncia. RC 6059 Planilla de Adhesión al Régimen de Franquicias – Programa Prejubilatorio. En los casos en que el agente solicite el Anticipo Jubilatorio, deberá presentar Nota suscripta a tal fin.COMPROBANTEInicio de trámite: Copia de Formulario RC 6036 con sello de entrada y asignación de Número de Expediente del trámite deRenuncia. Fin de trámite: Acto adm. que formaliza la renuncia (Resolución Delegada –Pta. Permanente-, RI –PlantaTemporaria-)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA/DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl tiempo estimado desde la fecha de cese hasta la notificación del acto administrativo es de 60 a 180 días.FUNDAMENTO JURÍDICOLey Nº 10430 Articulo 14 Incisos b) y g) (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96) Decreto Reglamentario Nº 4161/96. DecretoLey Nº 9650/80 artículos 24, 41 y 35, 46 (Texto Ordenado Decreto Nº 600/94) y su Reglamentación aprobada por el DecretoNº 476/81.OBSERVACIONESLos agentes que al 30/06 de cada año se encuentren en condiciones de cesar en su cargo para acogerse al beneficio jubilatorioy no hayan manifestado su voluntad de hacerlo, serán incluidos en el Cese de Oficio. (Ver Trámite Cese Jubilación de Oficio)


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2.12. Cese Jubilación por Cierre de Cómputos Condicionado<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECESE JUBILACION POR CIERRE <strong>DE</strong> COMPUTOS CONDICIONADOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente de Planta Permanente y/o Temporaria que cumplimenta los requisitos para acogerse a los beneficiosjubilatorios, se encuentra en condiciones de presentar voluntariamente la renuncia a su cargo o bien solicitar elcese por cierre de cómputo condicionado.El CIERRE <strong>DE</strong> COMPUTO CONDICIONADO, consiste en una certificación de servicios en actividad, debiendo elagente definir la fecha que será considerada para el cierre. A diferencia del Cese Jubilación Voluntario o de Oficio,el agente no cesa en el Organismo hasta tanto el IPS no comunique por Resolución que ha otorgado el beneficioprevisional.Cabe destacar que es obligación y responsabilidad del agente, presentar ante el IPS toda la documentaciónrequerida en forma conjunta para dar inicio en el organismo previsional el trámite jubilatorio.REQUISITOSCese CCC por Jubilación Ordinaria: 60 años de edad y 35 años de servicios 65 años de edad cumplidos.Cese CCC por Edad Avanzada: a) 10 años de servicios con aportes al IPS. b) Con una prestación de servicios de porlo menos 5 años durante los últimos 8 años de actividad.En ambos casos el agente que al 30/06 de cada año cumpla con los requisitos antes mencionados podrá solicitar suCese por Cierre de Computo Condicionado.FORMULARIOSRC 6114 Renuncia por Cierre de Computo CondicionadoRC 6115 Declaración Jurada Solicitud de Cierre de Computo CondicionadoRC 6036 Formulario Trámite de Renuncia (se presenta una vez que el IPS notifica al agente la Resolución queotorga el beneficio jubilatorio).COMPROBANTEInicio de trámite: Copia de Formulario RC 6114 y 6115 con sello de entrada y asignación de Número de Expedientedel trámite de Renuncia.Fin de trámite: Acto administrativo que formaliza la renuncia (Resolución Delegada –Pta. Permanente-, RI –PlantaTemporaria-)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl tiempo que le demanda al IPS determinar el beneficio de jubilación por Resolución es de aproximadamente 12meses.El tiempo estimado desde la fecha de cese hasta la notificación del acto de baja es de 60 a 180 días.


FUNDAMENTO JURÍDICOLey Nº 10430 Articulo 14 Incisos b) y g) (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96) Decreto Reglamentario Nº 4161/96.Decreto Ley Nº 9650/80 artículo 72 (Texto Ordenado Decreto Nº 600/94) y su Reglamentación aprobada por elDecreto Nº 476/81.OBSERVACIONESCabe destacar que para que el Organismo declare el cese del agente a los fines jubilatorios, es imprescindible queel IPS comunique la Resolución que ha otorgado el beneficio jubilatorio. Cumplido ello, el agente está encondiciones de presentar el Formulario de Renuncia RC 6036, indicando la fecha de cese.En los casos en que se registre que no ha iniciado el trámite ante el IPS será notificado de su inclusión en el CeseJubilación de Oficio.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.13. Cese Jubilación de Oficio<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECESE JUBILACION <strong>DE</strong> OFICIOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIONEl agente de Planta Permanente y/o Temporaria que cumplimenta los requisitos para acogerse a los beneficios jubilatorios, yno haya manifestado voluntariamente la renuncia a su cargo al 01/07 de cada año, será incluido en el trámite de CeseJubilación de Oficio. En cumplimiento de la normativa el cese podrá configurarse a los fines jubilatorios por edad avanzada uordinaria. Cabe destacar que en el Organismo sólo se declara el cese del agente a los fines jubilatorios, debiendo luego elagente con la documentación correspondiente iniciar su trámite personalmente ante el IPS para acceder finalmente albeneficio jubilatorio/previsional.REQUISITOSCese Oficio por Jubilación Ordinaria: 60 años de edad y 35 años de servicios 65 años de edad cumplidos.Cese Oficio por Edad Avanzada: a) 10 años de servicios con aportes al IPS. b) Con una prestación de servicios de por lo menos5 años durante los últimos 8 años de actividad.FORMULARIOSRC 6059 Planilla de Adhesión al Régimen de Franquicias – Programa Pre jubilatorioEn los casos en que el agente solicite el Anticipo Jubilatorio, deberá presentar Nota suscripta a tal fin.COMPROBANTEInicio de trámite: Notificación Cese de Oficio y asignación de Número de Expediente del trámite de Cese de Oficio.Fin de trámite: Acto administrativo que formaliza el cese a los fines jubilatorios (Resolución Delegada –Pta. Permanente-, RI –Planta Temporaria-)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA/DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl tiempo estimado desde la fecha de cese hasta la notificación del acto administrativo es de 60 a 180 días.FUNDAMENTO JURÍDICOLey Nº 10430 Articulo 14 Inciso g) (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96) Decreto Reglamentario Nº 4161/96.Decreto Ley Nº 9650/80 artículos 24, 41 y 35, 46 (Texto Ordenado Decreto Nº 600/94) y su Reglamentación aprobada por elDecreto Nº 476/81OBSERVACIONES


Cabe destacar que los agentes que al 30/06 de cada año se encuentren en condiciones de cesar en su cargo para acogerse albeneficio jubilatorio y que al 01/07 de cada año no hayan manifestado su voluntad de hacerlo, serán incluidos en el Cese deOficio. (Ver Trámite Cese Jubilación Voluntaria, Ver Trámite Cese Cierre de Cómputo Condicionado).ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


2.14. Desvinculación de Pasantes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITE<strong>DE</strong>SVINCULACION <strong>DE</strong> PASANTESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO PLANEAMIENTO E INTEGRACION <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR CONVENIOS Y PASANTIAS<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs el trámite mediante el cual las pasantías educativas son dadas de baja por presentación de renuncia, falta gravepor incumplimiento de las obligaciones convencionales o vencimiento del plazo de la pasantía.En el supuesto de falta de cumplimiento de las obligaciones por parte de los pasantes, y con carácter previo a laimplementación de cualquier medida, la Gerencia de Recursos Humanos comunica la situación a la InstituciónEducativa a los fines de implementar el procedimiento conciliatorio establecido en la cláusula décima segunda delos Acuerdos Individuales. En el caso de que las faltas revistan el carácter de graves la Agencia podrá suspenderinmediatamente la pasantía y rescindir el Acuerdo Individual.REQUISITOSNota de Renuncia (RC 6125), presentada por el estudiante con indicación de fecha a partir de la cual dejará deconcurrir a la pasantía.Memo de la dependencia informando la falta de cumplimiento de las obligaciones del estudiante, con detalle de lafalta cometida, apellido y nombre del agente, DNI y adjuntando documentación respaldatoria.FORMULARIOSNCCOMPROBANTEAnte Renuncia:Inicio de trámite: Presentación de renuncia por escrito RC 6125, copia debidamente sellada.Fin de trámite: Nota Individual de Cese (notificación de la dependencia donde desarrollaba sus tareas el estudiantey a la unidad académica).Ante falta de cumplimiento de las obligaciones:Inicio de Trámite: Comunicación a la Entidad Educativa Procedimiento ConciliatorioFin de trámite: Nota Suspensión, rescisión del Acuerdo Individual (notificación al pasante, a la dependencia dondedesarrollaba sus tareas el estudiante y a la unidad académica).TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERenuncia: Dos (2) días.Rescisión: treinta (30) días.FUNDAMENTO JURÍDICOLey Nacional Nº 26.427 y su reglamentación por Resolución Conjunta (MTEySS - ME) Nº 825/09 y Nº 338/09,


Resolución Nº 1225/09 de la Superintendencia de Servicios de Salud, Cláusula Novena del Convenio de Pasantíasentre la Universidad Nacional de La Plata y la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires y CláusulasDécima y Décima Segunda del Acuerdo Individual de Pasantías Educativas.OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


3.1. Traslados Internos – Art.21<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITETRASLADOS INTERNOS – ARTÍCULO 21 LEY 10.430 – POR RAZONES <strong>DE</strong> SERVICIOSOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl traslado interno por aplicación del artículo 21 y dispuesto por la autoridad, es el cambio de destino laboral de unagente dentro de ARBA por razones de servicios debidamente justificadas o de reorganización de la jurisdicción ode las áreas que la componen. El traslado podrá efectuarse en la medida que no se afecte el principio de unidadfamiliar (cuando el agente deba desplazarse diariamente a más de 60 km de su lugar habitual de residencia).El traslado interno por aplicación del Artículo 21 de la Ley 10430 obedece a razones estrictamente de servicios y norequieren la conformidad del agente.REQUISITOSNota de la autoridad que propicia el traslado, indicando datos del agente (apellido y nombre, DNI, legajo), unidadde origen y destino, la fundamentación del caso con indicación expresa del Art. 21, dejando constancia que no seafecta el principio de unidad familiar.Formulario RC 6016 debidamente firmado por las áreas de Origen y Destino.FORMULARIOSFormulario RC 6016COMPROBANTEAsignación de Numero de Expediente de Traslado Interno.Fin de trámite: Acto administrativo que formaliza el traslado.Comunicación vía mail (SIAPE e Institucional) al agente y los superiores inmediatos de la actualización de destinolaboral.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara la actualización del destino laboral en el Sistema Unificado de Administración de Personal (SiAPe) 48/72 horassi el formulario RC6016 se encuentra debidamente cumplimentado.Para el acto administrativo que transfiere internamente el cargo presupuestario entre las distintas jurisdicciones:3 meses.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 21 de la Ley Nº º 10.430 y su Decreto ReglamentarioOBSERVACIONESEn los casos en que el traslado se produzca dentro de la misma Subdirección Ejecutiva o Gerencia Gral. (condependencia directa de la Dirección Ejecutiva) el trámite presenta una duración de 30 días.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN


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3.2. Traslados Internos – Art.24 – A petición del Interesado<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITETRASLADOS INTERNOS ARTICULO 24 - A PETICION <strong>DE</strong>L AGENTE O CON SU CONFORMIDADOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl traslado interno es el cambio de destino laboral, dentro de ARBA. El agente a petición o en conformidad pasa aotra dependencia.REQUISITOSPresentación formulario de pase, debidamente conformado en todas sus partes.De tratarse el pase entre dos Subdirecciones Ejecutivas distintas (o Gerencias Generales que dependandirectamente de la Dirección Ejecutiva), se requiere la conformidad de las máximas autoridades correspondientes.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Administrativoy Técnico Laboral, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de la documentación.FORMULARIOSFormulario RC 6016COMPROBANTEInicio de trámite: Copia de Formulario RC 6016 con sello de entradaFin de trámite: Acto administrativo que formaliza el traslado (si el traslado se produce entre dos SubdireccionesEjecutivas Distintas (o Gerencias Generales que dependan directamente de la Dirección Ejecutiva).Comunicación vía mail (SIAPE e Institucional) al agente y los superiores inmediatos de la actualización de destinolaboral.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara la actualización del destino laboral en el Sistema Unificado de Administración de Personal (SiAPe) 48/72 horassi el formulario RC6016 se encuentra debidamente cumplimentado.Para el acto administrativo (si correspondiere) que transfiere internamente el cargo presupuestario entre lasdistintas jurisdicciones: 3 meses.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 24 de la Ley Nº º 10.430 y su Decreto ReglamentarioOBSERVACIONESEn los casos en que el traslado se realice con fecha cierta, la misma deberá registrarse en el formulario RC 6016 almomento de su presentación.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


3.3. Traslados hacia o desde Otros Organismos<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITETRASLADOS HACIA O <strong>DE</strong>S<strong>DE</strong> OTROS ORGANISMOS (EXTERNOS)OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl traslado externo es el cambio de destino laboral, con carácter definitivo, de un agente de ARBA hacia otroOrganismo o viceversa, motivado por razones de servicios y con conformidad del agente afectado o ante solicituddel mismo. Generalmente los traslados son solicitados por la autoridad que requiere los servicios delrecurso/agente motivo del traslado. El traslado del agente podrá efectuarse con o sin su cargo de revista, siendoesta decisión facultad de la máxima autoridad del Organismo del cual depende el agente que será trasladado.REQUISITOSEl trámite se inicia mediante solicitud de autoridad de ARBA dirigida al otro Organismo solicitando el traslado delagente fundado en razones de servicios, o viceversa de tratarse de un traslado hacia ARBA. En ambos casos deberácumplimentarse con la presentación de una Nota de solicitud de traslado, consignando los datos del agente(apellido y nombre, DNI, legajo, dependencia de origen), con expresa indicación si el mismo procede con o sin sucargo de revista.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Gerencia de RecursosHumanos – Mesa de Entradas, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de ladocumentación.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEAsignación de Numero de Expediente de Traslado Externo para su trámite y seguimiento.Fin de Trámite: Acto Administrativo de Traslado (Decreto o Resolución Conjunta).TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 3/6 meses.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 24 de la Ley Nº º 10.430 y su Decreto ReglamentarioOBSERVACIONESEl traslado del agente que se efectúe juntamente con su cargo de revista será formalizado mediante Decreto, porsu parte, el traslado que se efectúe sin su cargo de revista, implica que el Organismo que recepciona el trasladoafectará una vacante de su Plantel Básico, pudiendo formalizarse el movimiento mediante Resolución Conjunta.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN


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3.4. Comisiones Internas – Art. 22<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECOMISIONES INTERNASOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLa comisión interna implica el pase a prestar servicios en comisión de una gente dentro de <strong>Arba</strong>, en formatemporal. El agente a petición o en conformidad pasa temporalmente a prestar servicios en otra dependencia.REQUISITOSRevistar en Planta PermanentePresentación formulario de pase en comisión, debidamente conformado en todas sus partes.De tratarse el pase entre dos Subdirecciones Ejecutivas distintas (o Gerencias Generales que dependandirectamente de la Dirección Ejecutiva), se requiere la conformidad de las máximas autoridades correspondientes.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Administrativoy Técnico Laboral, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de la documentación.FORMULARIOSFormulario RC 6004COMPROBANTEInicio de trámite: Copia de Formulario RC 6004 con sello de entradaFin de trámite: Acto administrativo que formaliza el pase en comisión.Comunicación vía mail (SIAPE e Institucional) al agente y los superiores inmediatos de la actualización de destinolaboral.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara la actualización del destino laboral en el Sistema Unificado de Administración de Personal (SiAPe) 48/72 horassi el formulario RC6013 se encuentra debidamente cumplimentado.Para el acto administrativo: 1 mes.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 22 de la Ley Nº º 10.430 y su Decreto ReglamentarioOBSERVACIONESEl presente trámite es exclusivo para el Personal de Planta Permanente.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


3.5. Reserva de Cargo Externa<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITERESERVA <strong>DE</strong> CARGO POR CARGOS SUPERIORES O DIRECTIVOS (EXTERNAS)OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNAl agente que haya sido designado para desempeñar cargos superiores o cargos directivos, nacionales,provinciales, municipales o electivos y asesores sin estabilidad, le será reservado el cargo de revista durante todoel tiempo que dure su mandato o gestión.REQUISITOSNota de solicitud del agente por el cual requiere la reserva de su cargo atento designación en cargos superiores odirectivos, indicando fecha de comienzo de la misma.Copia certificada del acto administrativo en el cual consta la designación del cargo superior o directivo aludido.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Gerencia de RecursosHumanos – Mesa de Entradas, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de ladocumentación.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de Reserva de Cargo.Fin de trámite: Acto Administrativo de Reserva de Cargo.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 30 días.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 23 de la Ley Nº º 10.430 y su Decreto ReglamentarioOBSERVACIONESProcede únicamente para el personal que revista Planta Permanente, el agente de Planta Temporaria que hayasido designado en un cargo de mayor jerarquía en el orden nacional, provincial o municipal deberá renunciar a suPlanta Temporaria.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


3.6. Cambio de Agrupamiento<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECAMBIO <strong>DE</strong> AGRUPAMIENTOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs el progreso horizontal en la carrera administrativa del agente por obtención de una mayor calificación en suformación profesional. Los cambios de agrupamientos más comunes son entre el agrupamiento Administrativo oTécnico al Profesional, cuando el agente obtiene titulo de grado universitario o terciario cuya incumbencia secorresponde con las tareas habituales que desarrolla en ARBA.REQUISITOSNota de solicitud de cambio de agrupamiento presentada por el agente ante su superior.Copia certificada del Título Universitario/Terciario obtenido (puede presentar copia simple y exhibir originalcertificando la copia su superior jerárquico).Original de Certificado de Matriculación del Colegio o Consejo Profesional respectivo con jurisdicción en provinciade Bs. As., debidamente actualizado a la fecha de inicio del trámite.Nota del superior jerárquico inmediato detallando las tareas que realiza el agente en su lugar de trabajo, las cualesdeben corresponderse con la incumbencia técnico/profesional y con las misiones y funciones de la dependencia enque realiza sus labores.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Administrativoy Técnico Laboral, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de la documentación.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de Cambio de AgrupamientoFin de trámite: Acto Administrativo de Cambio de Agrupamiento o rechazo del mismo.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 3 meses.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 149 de la Ley Nº º 10.430 y su Decreto ReglamentarioOBSERVACIONESLos cambios de agrupamiento operan a partir de la fecha de notificación del acto administrativo que lo dispone, nodesde la fecha de petición del trámite.Para el personal que revista en Planta Temporaria Transitoria Mensualizada, los cambios de agrupamiento serealizan en oportunidad de la renovación de su designación (Ver Renovación Planta Temporaria).


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3.7. Reubicaciones Art. 171<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEREUBICACIÓN ARTICULO 171 LEY Nº 10430OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes que revisten en cargos sin estabilidad del estatuto (Gerente, Gerente General, Subdirector,Responsable de Unidad), podrán solicitar su ubicación, cuando se produjere su cese, en el AgrupamientoJerárquico, Sector de Apoyo, en la categoría salarial 24 – Oficial Superior 1, en la medida que se cumplan losrequisitos establecidos en el estatuto.REQUISITOSHaber cesado en el cargo sin estabilidad.a) Que el cargo sin estabilidad se encuentre contemplado en la Estructura Orgánico Funcional del Organismo.b) Acreditar como mínimo 15 años de antigüedad en la Administración Pública Provincial o Municipal de laProvincia de Buenos Aires o, 20 años en la Administración Pública Provincial, Municipal o Nacional.c) Que el cese en el cargo sin estabilidad no provenga de sanciones disciplinarias.d) Que hayan desempeñado el cargo sin estabilidad durante 3 años continuos o 5 alternos.FORMULARIOSNota de solicitud de ubicación en los términos del Art. 171 Ley 10.430.Copia de Acto Administrativo que formaliza el cese en las funciones sin estabilidad.Certificación de Servicios/Antigüedad.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en la Gerencia de RecursosHumanos – Mesa de Entradas, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de ladocumentación.COMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de ReubicaciónFin de trámite: Acto Administrativo de ReubicaciónTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 9/12 meses.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 171 de la Ley Nº º 10.430 y su Decreto ReglamentarioOBSERVACIONESTambién se encuentran comprendidos en este trámite los agentes con reserva de cargo en las condiciones del Art.23, cuando reúnan los requisitos (b), c) y d) enunciados previamente.


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3.8. Cambio de Régimen Horario<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECAMBIO <strong>DE</strong> REGIMEN HORARIO – 40 HORAS SEMANALESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs el cambio de régimen horario del agente, que actualmente revista en el RH de 30 o 48 horas semanales delabor, para desempeñarse en el horario general estipulado para ARBA de 40 horas semanales de labor. El agentecomienza a cumplir el nuevo régimen horario a partir de la fecha de notificación del acto administrativo que sepromulga a tal efecto.REQUISITOSNota de solicitud de cambio de régimen horario presentada por el agente ante su superior.Nota del superior jerárquico en la que conste su conocimiento y aval al trámite de cambio de régimen horario delagente.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Administrativoy Técnico Laboral, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de la documentación.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de Cambio del RHFin de trámite: Acto Administrativo de Cambio de Régimen HorarioTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 3 meses.FUNDAMENTO JURÍDICOResolución Interna Nº 106/09OBSERVACIONESEl cambio de régimen horario procede a partir de la fecha de notificación del acto administrativo que lo dispone.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.1. Licencia Anual<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA ANUALOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente tienen derecho a solicitar su licencia para descanso anual, lacual es obligatoria y con goce integro de haberes. La cantidad total de días de descanso anual que puede solicitarun agente, dependerá de la antigüedad acreditada al 31/12 de cada año.El uso de la licencia es obligatorio durante el período que se conceda, pudiendo interrumpirse únicamente porrazones imperiosas o imprevisibles de servicio, enfermedad, maternidad o duelo, en estos tres últimos casos secontinuará la licencia inmediatamente de cesada la causas de su interrupción.Vencido el año calendario de otorgamiento, el agente perderá el derecho a usar de la licencia o los días que lefaltaren para completarla.Se exceptúa los casos en que el agente se hallare en uso de licencia por enfermedad, maternidad ó duelo ó esta sehubiere sido interrumpida por razones de servicio y no fuese posible usar o completarla en el mismo añocalendario. En estos casos la licencia podrá ser transferida para el año siguiente.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por SIAPE con una antelación mínima de cinco (5) días al inicio de la licencia.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTESolicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERegistro online de la novedad en SIAPEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 39; 40 y 41)OBSERVACIONESLos cortes de licencia por razones de servicio se realizan a través del SIAPE, aquellos agentes que no tenganregistrado el corte de licencia, perderán el derecho de usufructuar la misma o la parte que no hubieran gozado enel año siguiente, sin excepción.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.2 . Licencia por Matrimonio<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR MATRIMONIOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Permanente y/o Temporaria, que acrediten ante la administración haber contraídomatrimonio, podrá solicitar Licencia por Matrimonio, pudiendo gozar así de 12 (doce) días corridos de licencia, congoce de haberes.La licencia por matrimonio se puede utilizar dentro de los 15 (quince) días anteriores o posteriores a la fecha dematrimonio.Esta licencia quedara pendiente de justificación hasta 45 días posteriores a la fecha de vencimiento de la misma,período en el cual el agente tiene la obligación de presentar la documentación que acredite el matrimonio. En casode no presentarse en tiempo y forma, se procederá al descuento de sus haberes por el periodo inasistido y seiniciaran actuaciones ante la Gerencia de Responsabilidad Profesional.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por SIAPE con una antelación mínima de cinco (5) días al inicio de la licencia.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Trámite: Solicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.Fin de Trámite: Certificado de Matrimonio (original y copia) expedido por el registro civil interviniente, que acreditefecha de matrimonio y datos de los cónyuges, presentado por el agente ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencialdel Personal quien sella su copia.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERegistro online de la novedad en SIAPEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 42)OBSERVACIONESCon la documentación presentada se podrá actualizar además el Legajo Personal del Agente (Ver TrámiteActualización de Legajo Personal).ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.3. Licencia por Maternidad<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR MATERNIDADOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal femenino de Planta Temporaria y/o Permanente, que acredite ante la administración haber sidomadre, podrá solicitar Licencia por Maternidad, pudiendo así gozar de 90 (noventa) días corridos de licencia, congoce de haberes.La licencia podrá iniciarse 45 (cuarenta y cinco) días antes de la fecha probable de parto, este plazo no podrá serinferior a 30 (treinta) días. El resto de los días se acumulará al período de descanso posterior al parto.En caso de nacimiento pretermino se acumulara al descanso posterior al parto todo el lapso de la licencia que nose hubiese gozada antes del parto; se considera 1 niño nacido en pretermino aquel que al nacer tenga un peso de2,300kg o menos.La justificación de la Licencia por Maternidad, se efectuará dentro de las 48 horas de haber solicitado la misma porSIAPE, período en el cual el agente tiene la obligación de presentar certificado/talón correspondiente. En caso deno presentarse en tiempo y forma, la documentación requerida, se procederá al descuento de sus haberes por elperiodo inasistido y se iniciaran actuaciones ante la Gerencia de Responsabilidad Profesional.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por SIAPE, el día que inicia la licencia.Una vez solicitada la Licencia por Maternidad, la agente deberá presentarse en Medicina Ocupacional con laplanilla de Carpeta Médica generada desde SIAPE y firmada por el Jefe de Dpto. Legajos y Registro Asistencial delPersonal o Jefe Inmediato, acompañando certificado médico (expedido por el profesional competente, queacredite fecha probable de parto y datos de la agente).FORMULARIOSFormulario de Carpeta Médica generado desde SIAPECOMPROBANTEInicio de Trámite: Solicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.Fin de Trámite: Talón Nº 2 Carpeta Médica (original y copia) en el cual conste la intervención de MedicinaOcupacional, presentado por el agente ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal quien sella sucopia.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE


Registro online de la novedad en SIAPEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 43)OBSERVACIONESLos agentes del interior deberán presentarse en la Delegación de la Dirección de Medicina Ocupacionalcorrespondiente a su domicilio, de no existir Delegación deberá convalidar la solicitud en una entidad sanitariapública.Luego deberán presentar a su Jefe la documentación correspondiente, siendo su obligación el registro de en SIAPEy posterior remisión al Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.4. Licencia por Paternidad<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR PATERNIDADOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal masculino de Planta Temporaria y/o Permanente, que acredite ante la administración haber sidopadre, podrá solicitar Licencia por Paternidad, pudiendo así gozar de 3 (tres) días corridos de licencia con goce dehaberes.Si el nacimiento es múltiple se concederá 4 (cuatro) días en vez de 3 (tres).La licencia podrá ser utilizada por el agente, a partir de la fecha del nacimiento del hijo/a o, el día inmediatoposterior.Su justificación se efectuara dentro de los 15 días hábiles, período en el cual el agente tiene la obligación depresentar certificado de nacimiento del niño/a. En caso de no presentarse en tiempo y forma, la documentaciónrequerida, se procederá al descuento de sus haberes por el periodo inasistido y se iniciaran actuaciones ante laGerencia de Responsabilidad Profesional.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por SIAPE el día de inicio de la licencia.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Trámite: Solicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.Fin de Trámite: Certificado de Nacimiento (original y copia) expedido por autoridad competente, que acreditefecha de nacimiento y datos de la paternidad, presentado por el agente ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencialdel Personal quien sella su copia.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERegistro online de la novedad en SIAPEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 44)OBSERVACIONESCon la documentación presentada se podrá actualizar además el Legajo Personal del Agente (Ver TrámiteActualización de Legajo Personal).ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.5. Licencia por Alimentación y Cuidado del Hijo<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR ALIMENTACION Y CUIDADO <strong>DE</strong> HIJOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Permanente y/o Temporaria, que acrediten ante la administración el nacimiento de hijo/s,podrán solicitar la Licencia por Alimentación y Cuidado de Hijo, la que consiste en el derecho a una pausa de 2horas diarias que podrá ser dividida en fracciones, destinado a la lactancia natural ó artificial del hijo menor a 12meses. Si la lactancia es artificial la licencia puede ser solicitada por el padre, debiendo acreditar la condición detrabajadora de la madre y su renuncia o imposibilidad para hacer uso de la licencia.Igual beneficio se le otorgará a los agentes que posean la tenencia, guarda ó tutela de menores de hasta 1 año.REQUISITOSNota del agente/a ante la dependencia en que se desempeña, debiendo consignar cuándo hará uso de la misma(dos horas al comienzo del horario de labor, dos horas al final o ingresando una hora después y retirándose unahora antes).El padre deberá solicitar de igual forma que la madre pero además deberá acreditar la condición de trabajadora dela madre y la renuncia al beneficio.Original y Copia de Partida de nacimiento del menor, para acreditar su edad.Memo de la dependencia, informando la situación al Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal, adjuntandola documentación presentada por el/la agente.Los agentes que posean tenencia, guarda o tutela de menores hasta 1 año, deberán acreditar debidamentemediante certificación expedida por autoridad judicial o administrativa competente tal situación.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Tramite: Memo presentada por el agente, con sello recepcionado por el Dpto. Legajos y RegistroAsistencial del Personal.Fin de Trámite: Registro/Visualización en SIAPETIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE48hs desde que el departamento Legajos y Registro Asistencial del Personal recepciona la documentación y seregistra la modificación del horario en el sistema Siape.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 45)


OBSERVACIONESEl derecho que confiere este artículo, resulta incompatible con la realización de tareas que excedan su horarionormal de trabajo.Con la documentación presentada se podrá actualizar además el Legajo Personal del Agente (Ver TrámiteActualización de Legajo Personal).ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.6. Licencia por Nacimiento Pretérmino o Prematuro<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR NACIMIENTO PRETÉRMINO O PREMATURO (LEY 14241)OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal femenino de Planta Temporaria y/o Permanente, que habiendo solicitado Licencia por Maternidadacredite ante la administración nacimiento del niño pretérmino o prematuro de bajo riesgo, la licencia será de 5(cinco) meses, a partir del alta hospitalaria del bebe, en el caso de nacimiento de prematuro de alto riesgo lalicencia será de 6 (seis) meses a partir del alta hospitalaria del bebe.En caso de nacimiento a termino pero considerado de bajo o alto riesgo la licencia por maternidad seráequivalente al de nacimiento de los bebes prematuros. Se considera prematuro de bajo riesgo a aquel que almomento de nacer hubiere pesado entre 2.500 gramos y 1.500 gramos y prematuro de alto riesgo aquel que alnacer hubiere pesado 1499 gramos o menos y/o que tuviere entre 24 (veinticuatro) y 36 (treinta y seis) semanasde gestación.REQUISITOSNota del agente solicitando la extensión.Historia clínica del bebe.Alta de internación del bebe.Certificación en donde conste el peso al nacer del niño/a.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Tramite: Caratulación de Expediente Extensión Licencia por MaternidadFin de trámite: Dictamen de Medicina Ocupacional que autoriza o rechaza la solicitud.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEDesde que inicia el expediente hasta el dictamen por parte de la Dirección de Medicina Ocupacional, organismoque determina si corresponde encuadrar el caso en los términos de la Ley 14241 y se notifica a la agente, 15 a 30días.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 14241 (Incorpórese en el articulo art 43 de la ley 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 47)OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.7. Licencia por Adopción<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR ADOPCIONOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente, que acrediten ante la administración, la guarda o tenencia confines de adopción de un menor de siete años, podrán solicitar Licencia por Adopción, pudiendo gozar así de 90(noventa) días corridos de licencia, con goce de haberes.En caso de no presentarse en tiempo y forma, la documentación que acredita la guarda o tenencia con fines deadopción, se procederá al descuento de sus haberes por el periodo inasistido y se iniciaran actuaciones ante laGerencia de Responsabilidad Profesional.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por SIAPE con una antelación mínima de cinco (5) días al inicio de la licencia.Además deberá presentar en el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal la siguiente documentación:Nota del agente solicitando la licencia, en la que deberán constar los datos del menor, fecha a partir de la cual se leha otorgado la tenencia o guarda y fecha en que comenzará a usufrutuar la licencia por adopción.Debiendo adjuntar copia certificada del DNI del menor, y documentación que acredite la guarda y/o tenencia delmenor con fines de adopción.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Trámite: Solicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.Fin de Trámite: Documentación requerida (original y copia), presentado por el agente ante el Dpto. Legajos yRegistro Asistencial del Personal quien sella su copia.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERegistro online de la novedad en SIAPEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 47)OBSERVACIONESLos art 44 (Lic. Nacimiento de Hijo Personal Masculino) y 45 (Lic. por Alimentación y Cuidado de Hijo) seránaplicables, en el caso de guarda o tenencia con fines de adopción debidamente acreditada.Con la documentación presentada se podrá actualizar además el Legajo Personal del Agente (Ver TrámiteActualización de Legajo Personal).


ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.4.8. Licencia por Enfermedad<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA MEDICA POR ENFERMEDADOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente, que acrediten ante la administración encontrarse enfermo, esdecir, cuando exista enfermedad de corta o larga evolución y ocasione impedimento para prestar serviciosnormalmente, podrán solicitar Licencia Médica por Enfermedad.Los días totales de licencia que podrá utilizar en el año cada agente estarán condicionados por la antigüedad queacredite al momento de la solicitud, y la tenencia de cargas de familia.La justificación de la Licencia por Enfermedad, se efectuará dentro de las 48 horas de haber solicitado la misma porSIAPE, período en el cual el agente tiene la obligación de presentar certificado/talón correspondiente. En caso deno presentarse en tiempo y forma, la documentación requerida, se procederá al descuento de sus haberes por elperiodo inasistido y se iniciaran actuaciones ante la Gerencia de Responsabilidad Profesional.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por SIAPE el mismo día que inicia la inasistencia, dentro de las 2 horas de iniciado suhorario de trabajo.Una vez solicitada la Licencia, el agente deberá presentarse en Medicina Ocupacional si la misma fue solicitadacomo ambulatoria, con la planilla de Carpeta Médica generada desde SIAPE y firmada por el Jefe de Dpto. Legajos yRegistro Asistencial del Personal o Jefe Inmediato, acompañando certificado médico (expedido por el profesionalcompetente, que acredite la enfermedad).Si la solicitud ha sido a domicilio, el agente deberá permanecer en el domicilio declarado hasta tanto se hagapresente el Médico de la Dirección de Medicina Ocupacional.Los agentes del interior deberán presentarse en la Delegación de la Dirección de Medicina Ocupacionalcorrespondiente a su domicilio, de no existir Delegación deberá convalidar la solicitud en una entidad sanitariapública.FORMULARIOSFormulario de Carpeta Médica generado desde SIAPECOMPROBANTEInicio de Trámite: Solicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.Fin de Trámite: Talón Nº 2 Carpeta Médica (original y copia) en el cual conste la intervención de Medicina


Ocupacional o el que haga sus veces, presentado por el agente ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencial delPersonal o Jefe Inmediato quien sella su copia.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERegistro online de la novedad en SIAPEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art.49)OBSERVACIONESLa Licencia solicitadas a domicilio y en las cuales el médico auditor no se ha presentado deberá reiterarse cadasetenta y dos (72) horas .- La Recidiva de cada patología tendrá un lapso de duración de dos (2) años.-Los agentes del interior deberán presentarse en la Delegación de la Dirección de Medicina Ocupacionalcorrespondiente a su domicilio, de no existir Delegación deberá convalidar la solicitud en una entidad sanitariapública.Luego deberán presentar a su Jefe la documentación correspondiente, siendo su obligación el registro de en SIAPEy posterior remisión al Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.9. Licencia por Atención de Familiar Enfermo<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA MEDICA POR ATENCION <strong>DE</strong> FAMILIAR ENFERMOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente, que acrediten ante la administración encontrarse al cuidado deun familiar enfermo, podrán solicitar Licencia Médica por Atención de Familiar Enfermo, pudiendo así gozar de untotal de veinte (20) días en el año calendario, con goce integro de haberes.Esta licencia será solicitada por el agente, para la atención de personas que integren su grupo familiar quepadezcan una enfermedad que les impida valerse por sus propios medios para desarrollar las actividadeselementales.La justificación de la Licencia por Atención de Familiar Enfermo, se efectuará dentro de las 48 horas de habersolicitado la misma por SIAPE, período en el cual el agente tiene la obligación de presentar certificado/talóncorrespondiente. En caso de no presentarse en tiempo y forma, la documentación requerida, se procederá aldescuento de sus haberes por el periodo inasistido y se iniciaran actuaciones ante la Gerencia de ResponsabilidadProfesional.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por SIAPE el mismo día que inicia la inasistencia, dentro de las 2 horas de iniciado suhorario de trabajo.Una vez solicitada la Licencia, el agente deberá presentarse en Medicina Ocupacional si la misma fue solicitadacomo ambulatoria, con la planilla de Carpeta Médica generada desde SIAPE y firmada por el Jefe de Dpto. Legajos yRegistro Asistencial del Personal o Jefe Inmediato, acompañando certificado médico (expedido por el profesionalcompetente, que acredite la atención familiar enfermo).Si la solicitud ha sido a domicilio, el agente deberá permanecer en el domicilio declarado hasta tanto se hagapresente el Médico de la Dirección de Medicina Ocupacional.Los agentes del interior deberán presentarse en la Delegación de la Dirección de Medicina Ocupacionalcorrespondiente a su domicilio, de no existir Delegación deberá convalidar la solicitud en una entidad sanitariapública.FORMULARIOSFormulario de Carpeta Médica generado desde SIAPECOMPROBANTEInicio de Trámite: Solicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.Fin de Trámite: Talón Nº 2 Carpeta Médica (original y copia) en el cual conste la intervención de MedicinaOcupacional o el que haga sus veces, presentado por el agente ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del


Personal o Jefe Inmediato quien sella su copia.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERegistro online de la novedad en SIAPEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 52)OBSERVACIONESCabe destacar que si dentro de las 72horas de solicitada la Licencia, el médico de la Dirección de MedicinaOcupacional no asiste al domicilio y persiste la necesidad de licencia, el agente deberá reiterarse la solicitud.Los veinte (20) días que se conceden son para todos los miembros que integren el grupo familiar y como todalicencia los días concedidos son corridos.-Los agentes del interior deberán presentar a su Jefe la documentación correspondiente, siendo su obligación elregistro de en SIAPE y posterior remisión al Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.10. Licencia por Donación de Órganos Piel o Sangre<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR DONACION <strong>DE</strong> ORGANOS, PIEL O SANGREOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Permanente y/ o Temporaria que realicen una donación sangre, piel o un órgano de sucuerpo gozará de licencia con goce íntegro de haberes por el lapso que determine la Dirección de MedicinaOcupacional. El agente que donare sangre gozará de licencia con goce de haberes, el día de la extracción. Elbeneficio alcanzará a los donantes aún cuando no se cuente con la individualización de su destinatario.REQUISITOSDonación de órganos: el agente deberá presentar una nota de solicitud con no menos de 48 hs. de antelacióndebiendo cumplimentar la misma con la certificación de la autoridad nacional, provincial ó municipal respectiva.Donación de piel: el agente deberá presentar la solicitud con no menos de 48 hs. de antelación, debiendocumplimentar la misma con la certificación médica donde se indique la necesidad del acto.Donación de sangre: la licencia será concedida de oficio, previa solicitud del agente. Esta solicitud deberáefectuarse al inicio del horario de trabajo, a través del sistema Siape.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Tramite: Nota del agente recepcionada por el Dpto., en el caso de Donación de Sangre solicitud por SIAPE.Fin de Trámite: Comunicación del Dictamen de Medicina Ocupacional. Registro en SIAPE (presentación decertificado de donación de sangre).TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERegistro online- SIAPE una vez que se tiene la novedad.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 53 y 54)OBSERVACIONESDonación de sangre: Entre dos (2) solicitudes de licencia por esta causa deberá mediar un plazo no menor a tres(3) meses.Cabe aclarar que la licencia que por el presente se tramita en el caso de donación de órganos y piel, su justificaciónestá supeditada al dictamen de Medicina Ocupacional, en el caso de donación de sangre es obligación del agentepresentar el comprobante respectivo dentro de las 48 horas de solicitada la licencia.En los casos en que no se registre la justificación y/o presentación de la documentación solicitada, se dará por NOJUSTIFICADA la licencia procediendo el descuento de haberes y el inicio de actuaciones por inasistencias sinjustificar.


ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.11. Licencia por Duelo Familiar Directo o Indirecto<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR DUELO FAMILIAR DIRECTO O INDIRECTOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente, tendrán derecho de solicitar licencia por fallecimiento defamiliares con goce de haberes. Será concedida por el titular del Organismo Sectorial de Personal.Por duelo directo tendrá derecho a 3 días de licencia y por Duelo indirecto tendrá derecho a 2 días de licencia.Esta licencia podrá iniciarse el día del fallecimiento, el de las exequias o el día hábil siguiente, a opción del agente.Duelo Directo: será considerado por fallecimiento de madre, padre, cónyuge o persona que estuviere unida enaparente matrimonio, siempre que acredite la convivencia durante dos (2) años como mínimo con el agente, hijo,hermano, padrastro, madrastra, hermanastro o hijastro.Duelo Indirecto: será considerado por fallecimiento de abuelo, nieto, bisabuelo, tío carnal, sobrino y primohermano, padres, hermanos hijos, sobrinos y tíos políticos.Para la justificación de esta licencia el agente deberá presentar documentación que acredite fehacientemente laveracidad de lo manifestado, dentro de las 48 hs. de reintegro al servicio.En caso de no presentarse en tiempo y forma, la documentación requerida, se procederá al descuento de sushaberes por el periodo inasistido y se iniciaran actuaciones ante la Gerencia de Responsabilidad Profesional.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por Sistema Siape (o informar a su autorizante en el día de inicio)FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Trámite: Solicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.Fin de Trámite: Certificado (original y copia) expedido por la entidad velatoria o publicación del diario, que acreditedía del duelo/sepelio/exequias, presentado por el agente ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personalquien sella su copia.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERegistro Online de la novedad en SIAPE.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 55)OBSERVACIONESEsta licencia por duelo directo ó indirecto será ampliada a dos (2) días más, cuando a raíz del duelo que afecte al


agente deba trasladarse a un lugar distante a más de 200 km. de su residencia habitual.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.12. Licencia por Cargos Electivos<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIAS POR GARGOS ELECTIVOSOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente que fuera designado por agrupaciones o partidos políticos reconocidos, como candidato a cargo electivode cualquier índole y en cualquier jurisdicción, podrá hacer uso de licencia con goce íntegro de haberes, hasta eldía del comicio y desde sesenta (60) días anteriores al mismo como máximo.REQUISITOSNota de solicitud de licencia por postulación a cargo electivo, con indicación de motivo, período, y lugar,presentada por el agente ante su superior.Adjuntar, certificación emitida por la Junta Electoral en la cual conste el cargo para el cual se postula y agrupaciónpartidaria.Nota del superior jerárquico (no inferior a Gerente General) en la que conste su conocimiento y aval al trámite quese propicia.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Administrativoy Técnico Laboral, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de la documentación.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de Solicitud Licencia por Cargo ElectivoFin de trámite: Acto Administrativo de otorgamiento/rechazo de Licencia solicitada.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 1 a 2 meses.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 58 Ley Nº 10430OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.13. Licencia por Pre-Examen, Examen e Int. Mesas Examinadora<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR PRE EXÁMEN, EXÁMEN E INTEGRACIÓN <strong>DE</strong> MESA EXAMINADORA, POST GRADOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente que cursen estudios universitarios de grado y post grado,terciarios, preparatorios de ingreso a carrera universitaria, primario o secundario, podrán solicitar licencias porexamen, con goce íntegro de haberes. El día del examen el agente podrá gozar del beneficio de la licencia sinlímites.En el caso de los agentes que cursen estudios universitarios de grado, post grado o terciarios, podrán ademássolicitar licencia por pre examen hasta un máximo de quince (15) días por año calendario, para la preparación deexámenes finales y/o parciales, otorgándose hasta un máximo de CINCO (5) días por vez inmediatos a la fechafijada para el examen. Luego de rendir el examen, dentro de un plazo de 15 (quince días) es obligación del agentepresentar la documentación, emitida por la entidad educativa, que acredite su asistencia al mismo. En caso de nopresentarse en tiempo y forma, se procederá al descuento de sus haberes por el periodo inasistido y se iniciaranactuaciones ante la Gerencia de Responsabilidad Profesional.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por SIAPE con una antelación mínima de 24 horas al inicio de la licencia.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Trámite: Solicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.Fin de Trámite: Certificado (original y copia) expedido por la entidad educativa, que acredite fecha de examen ydatos del alumno, presentado por el agente ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal quien sella sucopia.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERegistro online de la novedad en SIAPEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 59)OBSERVACIONESEl examen será prorrogado automáticamente cuando la mesa examinadora no se reúna y/o postergue sucometido. Por un plazo de hasta180 días corridos, si en dicho período no acredita haber rendido examen que


justifique la licencia utilizada, se dispondrá el descuento de los haberes correspondientes.Las carreras de grado y post-grado cuentan también con la licencia por prácticas obligatorias y ultima materia.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.14. Licencia por Última Materia<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR ULTIMA MATERIAOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente que cursen estudios universitarios de grado, post grado y/oterciarios podrán solicitar por única vez licencia de 10 (diez) días corridos, con goce íntegro de haberes, para rendirsu última materia.Luego de rendir el examen, dentro de un plazo de 15 (quince días) es obligación del agente presentar ladocumentación, emitida por la entidad educativa, que acredite su asistencia al mismo. En caso de no presentarseen tiempo y forma, se procederá al descuento de sus haberes por el periodo inasistido y se iniciaran actuacionesante la Gerencia de Responsabilidad Profesional.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por SIAPE con una antelación mínima de 24 horas al inicio de la licencia.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Trámite: Solicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.Fin de Trámite: Certificado (original y copia) expedido por la entidad educativa, que acredite fecha de examen ydatos del alumno, materia a rendir, presentado por el agente ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencial delPersonal quien sella su copiaTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERegistro online de la novedad en SIAPEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10.430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 59. Inciso e)OBSERVACIONESCabe aclarar que como todas las licencias se trata de días corridos y no hábiles, debiendo utilizarse en este caso enlos días inmediatamente anteriores a la fecha del examen. Son 10 (diez) días de licencia incluido el día de examen.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.15. Licencia por Prácticas Obligatorias<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA POR PRACTICAS OBLIGATORIASOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente que cursen estudios universitarios de grado y post grado,terciarios, preparatorios de ingreso a carrera universitaria, podrán solicitar licencias por prácticas obligatorias, congoce íntegro de haberes, hasta un máximo de diez (10) días por año calendario.Luego de asistir a las prácticas obligatorias, dentro de un plazo de 15 (quince días) es obligación del agentepresentar la documentación, emitida por la entidad educativa, que acredite su asistencia a las mismas. En caso deno presentarse en tiempo y forma, se procederá al descuento de sus haberes por el periodo inasistido y seiniciaran actuaciones ante la Gerencia de Responsabilidad Profesional.REQUISITOSDeberá solicitarlo el agente por SIAPE con una antelación mínima de 24 horas al inicio de la licencia.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEN/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEInicio de Trámite: Solicitud online en SIAPE. MiLegajo_Novedades de Asistencia.Fin de Trámite: Certificado (original y copia) expedido por la entidad educativa, que acredite fecha de la prácticaobligatoria y datos del alumno, presentado por el agente ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personalquien sella su copia.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 10.430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art. 59.)OBSERVACIONESCabe aclarar que como todas las licencias se trata de días corridos y no hábiles.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.16. Licencia Decenal Art. 60<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITELICENCIA <strong>DE</strong>CENALOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Permanente, que acrediten 10 (diez) años de antigüedad en la Administración PúblicaProvincial, tendrán derecho a solicitar una licencia de hasta 12 (doce) meses y por un tiempo no menor a 3 (tres)meses, sin goce de haberes.La licencia podrá fraccionarse en 2 (dos) periodos de igual o diferente cantidad de meses. El uso de la fracción deesta licencia no implica la obligatoriedad de hacer uso de la fracción restante.Esta licencia será concedida por el titular del Organismo (Director Ejecutivo).REQUISITOSAcreditar 10 años de antigüedad en la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires.Formulario RC 6069, debidamente completo en todas sus partes.El agente deberá presentar el formulario de licencia con una anticipación mínima de 30 días corridos a la fecha deiniciación de la misma.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Legajos yRegistro Asistencial del Personal, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de ladocumentación.FORMULARIOSRC 6069COMPROBANTEInicio de Tramite: Caratulación de Expediente Licencia DecenalFin de trámite: Acto Administrativo de Licencia Decenal (aprobación o rechazo del mismo).TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del Acto Administrativo: 30 días.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art.60)OBSERVACIONESComo todas las licencias se otorgara por días corridos y no hábiles.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.17. A.R.T. – Denuncia de Accidente de Trabajo<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITE<strong>DE</strong>NUNCIA ACCI<strong>DE</strong>NTES LABORALESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente que durante el transcurso de su jornada laboral o in itinere, seaccidente, deberán solicitar inmediatamente de producido el hecho, la atención correspondiente por accidente detrabajo. El agente accidentado deberá contactar con su Jefe inmediato quien será el responsable de procurar laatención del trabajador a su cargo, contactándose con Emergencias Medicas Provincia ART a efectos de indicar elcentro de atención al que debe dirigirse el accidentado para ser asistido y entregar la documentacióncorrespondiente, tanto ante la ART como ante la administración del personal.REQUISITOSFormulario de Solicitud de Asistencia Médica para ser entregado por el Jefe inmediato al agente accidentado, parasu presentación en el centro asistencia correspondiente.Formulario de Denuncia de Accidente de Trabajo, el que deberá ser remitido en un plazo de 24hs, por fax aProvincia Art 0800-999-1829 y copia del mismo al Dpto.de Legajos y Registro Asistencial del Personal.El formulario original de Denuncia de Accidente Trabajo deberá presentarse Provincia ART. dentro de las 72 hs deocurrido/denunciado el accidente.FORMULARIOS<strong>DE</strong> 6002 Informe de Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional ART<strong>DE</strong> 6003 Formulario de Solicitud de Asistencia Médica ARTCOMPROBANTEInicio de Trámite: Presentación de Formularios ante la ART y el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal.Fin de Trámite: Certificados entregados por el Profesional de ART por el cual le otorgan los días de carpeta médicapor el Accidente de trabajo al agente, debiendo presentar el mismo ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencial dePersonal para su registro en SIAPE.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl trámite finaliza dentro de las 24 hs. de haber sido iniciado por el Jefe de Departamento ó Superior Inmediato ynotificado al Departamento. Legajos y Registro Asistencial del Personal, por medio de la Denuncia de Accidente deTrabajo o Informe de Enfermedad .Profesional, firmada por el mismo.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 24.557 (A.R.T) Ley 10430 Art. 49 apartado IV del Decreto ReglamentarioOBSERVACIONESEl trabajador accidentado debe presentar de forma regular ante Dpto.de Legajos y Registro Asistencial del Personal


el/ los certificados y/o fojas de ruta con los días que asiste a la/s consulta/s medica/s; otorgado por el centro deatención medica.-La justificación de la Licencia por Accidente de Trabajo, se efectuará dentro de las 48 horas de haber denunciado lamisma ante la ART, período en el cual el agente tiene la obligación de presentar certificado/talón correspondiente.En caso de no presentarse en tiempo y forma, la documentación requerida, se procederá al descuento de sushaberes por el periodo inasistido y se iniciaran actuaciones ante la Gerencia de Responsabilidad Profesional.Ante un accidente de trabajo o enfermedad profesional, se contempla el período de 2 (dos) años para presentarun reclamo y/o atención por accidente laboral acaecido.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


4.18. Junta Médica<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEJUNTA MEDICAOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Permanente y/o Temporaria que registren reiteradas Carpetas Médicas o bien que estén poragotar la cantidad de días de Licencia Médica por Enfermedad, serán citados por Medicina Ocupacional para surevisión médica ante una Junta Médica integrada a tal efecto.Las conclusiones y dictámenes de esta Junta Medica tienen carácter inapelable y son de concurrencia obligatoria.La asistencia de un agente a Junta Medica podrá ser solicitada por el organismo sectorial de personal, por elagente y/o por su jefe inmediato y por la misma Dirección de Medicina Ocupacional.REQUISITOSEl agente que ha sido citado a Junta Médica deberá presentarse en la Dirección de Medicina Ocupacional, en lafecha y hora indicada, acompañando toda documentación sobre su enfermedad (historia clínica, estudioscomplementarios, etc.), la cual es detallada en la citación.En los casos que el área solicite se cite a Junta Médica a un agente: deberá enviar por Memo al DepartamentoLegajos y Registro Asistencial del Personal el requerimiento, indicando los datos del agente y losantecedentes/motivo de la solicitud de Junta Médica.En caso de que el propio agente solicite citación a Junta Médica deberá presentar una nota al Dpto. antes citado,expresando los motivos de su solicitud y acompañando toda la documentación, historia clínica y antecedentes queavalen su pedido.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Tramite: Caratulación de Expediente Solicitud de Junta MédicaFin de trámite: Dictamen de Medicina Ocupacional.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEDesde que inicia el expediente hasta el dictamen por parte de la Dirección de Medicina Ocupacional, organismoque determina si corresponde encuadrar el caso en los términos de la Ley 14241 y se notifica a la agente, 15 a 30díasFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y Decreto reglamentario 4161/96 (Art49)OBSERVACIONES


La Junta Medica puede determinar:Que el agente se encuentra en condiciones de acogerse a los beneficios jubilatorios, de acuerdo al grado de deincapacidad determinado por las leyes previsionales;Que el agente, atento a su patología y tras el alta médico, deba ser reubicado o asignarle cambio de tareas acordecon su capacidad;Que el agente, tras el alta médico se encuentre en condiciones de trabajar sin impedimento alguno.La recidiva de enfermedades crónicas no será considerada enfermedad, salvo que se manifestara transcurridos losdos (2) años.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


5.1. Permiso por Estudios, Investigaciones o Trabajos Técnicos<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEPERMISO POR ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O TRABAJOS TECNICOS, ARTÍSTICOS O CULTURALESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNAl agente que tenga que realizar estudios, investigaciones o trabajos de carácter técnico, científico o artístico, oparticipar en conferencias o congresos de la misma índole, o para cumplir actividades culturales, sea en el país o enel extranjero, se le podrá conceder permiso, sin goce de haberes por el lapso de hasta dos (2) años.REQUISITOSLa solicitud se debe presentar por escrito ante el Departamento Administrativo y Técnico Laboral indicando losmotivos que la origina juntamente con opinión fundada respecto a su otorgamiento por parte de los superioresjerárquicos del agente.La solicitud de la Licencia debe realizarse con una anticipación mínima de veinte (20) días corridos a la fecha deiniciación de la misma acompañado toda la documentación que justifique la solicitud.La aceptación o denegatoria del otorgamiento de la licencia será comunicada al agente antes de la fecha de iniciode la misma por parte de la Gerencia de Recursos Humanos en virtud del cumplimiento de los requisitos atinentesal trámite.FORMULARIOSNCCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de Solicitud Permiso Art. 62Fin de trámite: Acto Administrativo de otorgamiento/rechazo del permiso solicitado.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 1 mes.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 62 Ley Nº 10430OBSERVACIONESEl agente no puede comenzar a usufructuar la licencia hasta tanto no sea comunicado de su aceptación por partede la Gerencia de Recursos Humanos.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


5.2. Permiso por Actividades Artísticas<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEPERMISO POR ACTIVIDA<strong>DE</strong>S ARTISTICAS – ART.63OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes que revistan en la Planta Permanente, podrán solicitar permisos para el desarrollo de actividadesartísticas con o sin goce de haberes.El permiso se podrá conceder al agente que deba participar en actividades artísticas, sin distinción de especialidad,por las cuales no perciba suma alguna en concepto de remuneración.Dichas actividades deberán ser organizadas por entes oficiales o instituciones de bien público.Podrán ser otorgadas con o sin goce de haberes por un máximo de treinta (30) días al añoREQUISITOSNota de solicitud de permiso especial para el desarrollo de actividades artísticas, con indicación de motivo,período, y lugar, presentada por el agente ante su superior.Nota del superior jerárquico (no inferior a Gerente General) en la que conste su conocimiento y aval al trámite quese propicia.Las Notas deberán presentarse con una anticipación de veinte (20) días a la fecha de iniciación del evento,acompañando certificación expedida por la entidad organizadora de la actividad artística, que acredite suparticipación, carácter de su intervención, actividad a desarrollar, evento en el que participa y duración delmismo..La aceptación o denegatoria del otorgamiento del permiso será comunicada al agente antes de la fecha de iniciode la misma por parte de la Gerencia de Recursos Humanos en virtud del cumplimiento de los requisitos atinentesal trámite.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Administrativoy Técnico Laboral, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de la documentación.FORMULARIOSNCCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de Solicitud Permiso Art. 63Fin de trámite: Acto Administrativo de otorgamiento/rechazo del permiso solicitado.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 1 mes.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 63 inciso b) Ley Nº 10430


OBSERVACIONESEl agente no puede comenzar a usufructuar la licencia hasta tanto no sea comunicado de su aceptación por partede la Gerencia de Recursos Humanos.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


5.3. Permiso por Actividades Deportivas<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEPERMISO POR ACTIVIDA<strong>DE</strong>S <strong>DE</strong>PORTIVAS – ART. 63OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes que revistan en la Planta Permanente, podrán solicitar permisos para el desarrollo de actividadesdeportivas con o sin goce de haberes.El permiso sólo se podrá otorgar a deportistas aficionados para la preparación y/o participación en campeonatosregionales selectivos, dispuestos por los organismos competentes del deporte respectivo, en los campeonatosargentinos o para integrar delegaciones que figuren regular y habitualmente en el calendario de las organizacionesinternacionales.Puede ser concedido con o sin goce de haberes y no podrá exceder los sesenta (60) días al año.También podrá concederse este permiso a dirigentes y/o representantes que integren necesariamente lasdelegaciones mencionadas precedentemente, como así también a jueces, árbitros, jurados, técnicos, entrenadoresy todos aquellos que necesariamente deben cumplir funciones referidas a la atención psicofísica del deportista.Para estos casos el plazo máximo de la licencia no puede ser superior a treinta (30) días en el año.REQUISITOSNota de solicitud de permiso especial para el desarrollo de actividades deportivas, con indicación de motivo,período, y lugar, presentada por el agente ante su superior.Nota del superior jerárquico (no inferior a Gerente General) en la que conste su conocimiento y aval al trámite quese propicia.Las Notas deberán presentarse con una anticipación de veinte (20) días a la fecha de iniciación del evento,acompañando certificación expedida por la entidad organizadora de la actividad deportiva, que acredite suparticipación, carácter de su intervención, actividad a desarrollar, evento en el que participa y duración del mismo.La aceptación o denegatoria del otorgamiento del permiso será comunicada al agente antes de la fecha de iniciodel mismo por parte de la Gerencia de Recursos Humanos en virtud del cumplimiento de los requisitos atinentes altrámite.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Administrativoy Técnico Laboral, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de la documentación.FORMULARIOSNCCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de Solicitud Permiso Art. 63Fin de trámite: Acto Administrativo de otorgamiento/rechazo del permiso solicitado.


TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 1 mes.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 63 inciso a) Ley Nº 10430OBSERVACIONESEl agente no puede comenzar a usufructuar la licencia hasta tanto no sea comunicado de su aceptación por partede la Gerencia de Recursos Humanos.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


5.4. Permiso Especial Art. 64<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEPERMISO ESPECIAL ART. 64OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes que revistan en la Planta Permanente, podrán solicitar permiso especial con o sin goce de haberes porcausas no previstas en el estatuto de la Ley Nº 10430 y que obedezcan a motivos de real necesidad, debidamentedocumentados.El permiso podrá ser concedido por el Director Ejecutivo de ARBA con o sin goce de haberes por términos nosuperiores a un (1) año.El permiso especial puede ser ampliado, con la conformidad del Director Ejecutivo, no pudiendo superar los tres(3) años.REQUISITOSRevistar en la planta permanente y acreditar un año de actividad inmediata a la fecha del pedido.Presentar formulario RC 6068 debidamente firmado por los superiores jerárquicos del agente, tal cual se indica enel mismo, con indicación del motivo por el cual se solicita el permiso.El formulario deberá ser acompañado con toda documentación que permita acreditar los motivos esgrimidos quemotivan la presentación.La presentación del formulario debe realizarse con una anticipación mínima de treinta (30) días corridos a la fechade iniciación del permiso.La aceptación o denegatoria del otorgamiento del permiso especial, será comunicada al agente antes de la fechade inicio del mismo, por parte de la Gerencia de Recursos Humanos en virtud del cumplimiento de los requisitosatinentes al trámite.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Administrativoy Técnico Laboral, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de la documentación.La Gerencia de Recursos Humanos comunicará antes de la fecha de comienzo del permiso la aceptación o rechazodel mismo.FORMULARIOSRC 6068 – Solicitud Permiso Art. 64 Ley 10430.COMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de Solicitud Permiso Art. 64Fin de trámite: Acto Administrativo de otorgamiento/rechazo del permiso solicitado.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 1 mes.


FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 64 Ley Nº 10430OBSERVACIONESEl agente no puede comenzar a usufructuar la licencia hasta tanto no sea comunicado de su aceptación por partede la Gerencia de Recursos Humanos.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


6.1. Inscripción en Jardines Maternales<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEINSCRIPCION EN JARDINES MATERNALESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO PLANEAMIENTO E INTEGRACION <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR BENEFICIOS AL PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal de Planta Temporaria y/o Permanente podrá solicitar la inscripción de su/s hijo/s, a partir de los 45 díasde vida y hasta los 2 años, en los jardines maternales contratados por ARBA, de modo tal de acceder al beneficiocorrespondiente.La admisión final del niño/a para su ingreso al Jardín Maternal estará supeditada por un lado, a la existencia decupos vacantes, los que serán asignados mediante la ponderación de un conjunto de variables plasmadas en elcorrespondiente formulario de inscripción, y por el otro, a los resultados de las entrevistas efectuadas por elgabinete pedagógico del Jardín Maternal.REQUISITOSSer Agente de ARBA revistando en Planta Temporaria o Permanente.Edad de los niños para la inscripción: desde los 45 días hasta los 2 años de edad cumplidos hasta el 30 de Juniocorrespondiente al año lectivo para el cual se inscriben.Presentación de formulario de inscripción a los Jardines Maternales (RC 6113).Presentación de Original y Copia del Certificado de Nacimiento del hijo/a que se desea inscribir.Presentación de Original y Copia de recibo de sueldo del agente y de su esposo/esposa/cónyuge.FORMULARIOSRC 6113 – Formulario de Inscripción a Jardines MaternalesCOMPROBANTEInicio de trámite: Presentación de Formulario de Inscripción. (RC 6113) y documentación respaldatoria, copia derecepción del Dpto. Planeamiento.Fin de trámite: Comunicación del Dpto. Planeamiento informando sobre la admisión o no del niño/a.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEIngreso del niño al jardín, ante la existencia de cupos, una vez presentada la documentación requerida: 10 días.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 65 de la Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario, Ley Provincial de Educación Nº 13688.OBSERVACIONESEn caso de agotarse las vacantes en la sección correspondiente a la edad del niño que necesite usufructuar elservicio, el agente tendrá derecho, de acuerdo a lo estipulado por los decretos provinciales N° 3.099/88 y N°6.229/89, a una suma en concepto de reintegro por guardería. A tales efectos el Dpto. de Planeamiento e


Integración del Personal extenderá una constancia de inexistencia de cupos en la sección pertinente. RC 6126.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


6.2. Inscripción en Jardines de Infantes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEINSCRIPCION EN JARDINES <strong>DE</strong> INFANTESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO PLANEAMIENTO E INTEGRACION <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR BENEFICIOS AL PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs el trámite mediante el cual el agente lleva adelante la inscripción de su/sus hijos en el Jardín de Infantes N° 954Ricardo Fuertes, a efectos de satisfacer la necesidad educativa de nivel inicial de los niños.La inscripción es personal y deben realizarla los padres ante el Jardín de Infantes N° 954, en este trámite el rol de laGerencia de Recursos Humanos es de información y asesoramiento.REQUISITOSSer agente de ARBA revistando en Planta Temporaria o Permanente al momento de la solicitud de la vacante,pudiendo el mismo desempeñar labores en la Agencia o encontrarse en comisión de servicios en otros organismosen ese momento.Presentación de Original y Copia del DNI del Niño/a, Padre, Madre y/o Tutor.Presentación de Original y Copia del Certificado de Nacimiento del hijo/a que se desea inscribir.Presentación del cronograma completo de vacunación.Presentación de la Cédula Escolar.Presentación de constancia de trabajo del Agente, expedida por parte de ARBA.Cumplimentada la documentación, la misma debe ser presentada por los padres, ante el Jardín de Infantes Nº 954.FORMULARIOSFormulario de Inscripción provisto por Jardín de Infantes N° 954.COMPROBANTEInicio de trámite: Presentación de Formulario de Inscripción en el Jardín de Infantes.Fin de trámite: Confirmación del Jardín de Infantes de la admisión del niño/a.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl Jardín de Infantes, tras el cierre de inscripción y confirmación de lista de ingresantes, comunica a los padres en eltérmino de 15 días de finalizada la inscripción.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículo 65 de la Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario, Ley Provincial de Educación Nº 13688. Disposición dela Dirección Provincial de Educación Inicial N°85/10.OBSERVACIONESCabe destacar, que los procedimientos de inscripción, alta y baja de los hijos de agentes en la institución educativa,son canalizados por el Jardín antes mencionado, no tomando intervención en los mismos el Dpto. de Planeamientoe Integración de Personal, siendo su competencia brindar asesoramiento e información sobre el trámite a seguirante el Jardín.


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6.3. Asignación Familiar por Ayuda Escolar<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEASIGNACION FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR (Alta/Baja)OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente de Planta Temporaria y/o Permanente, que acredite ante la administración la asistencia regular de sushijos a un establecimiento educativo, podrá solicitar al inicio de cada ciclo lectivo la Asignación Ayuda Escolar yhasta tanto el menor cumpla 18 años de edad.Se debe solicitar antes del 30 de junio de cada año.Cabe destacar que el beneficio de asignación por ayuda escolar se asigna a los agentes cuyo haber mensual, seainferior al monto estipulado por la legislación.La asignación por ayuda escolar se abona mensualmente a uno de los padres debiendo presentar la declaraciónjurada correspondiente.Es obligación del agente solicitar la baja de la asignación por ayuda escolar cuando el menor haya cumplido 18años de edad o bien haya finalizado sus estudios o no registre asistencia regular.REQUISITOSEs condición indispensable que el agente que la solicita se encuentre percibiendo asignaciones familiares por HijoMenor a Cargo (Ver Trámite Hijo Menor a Cargo).Nota firmada por el agente, solicitando la Asignación por Ayuda Escolar, debiendo consignar sus datos personales ydatos del menor.Formulario 6057.FORMULARIOSRC 6057 (Alta/Baja Asignación por Ayuda Escolar)COMPROBANTEN/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEUna vez cumplimentado todos los requisitos el tramite se da por terminado, elevándose el formulario alDepartamento Liquidación de Remuneraciones, por tanto el tiempo entre inicio de los tramites y liquidacióndepende del momento en el que el interesado haya presentado la documentación pertinente.FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 507/73 y su modificatoria Decreto – Ley 9507/80Ley 10.430, Decreto Reglamentario 4161/96, se mencionan a partir del Art. 19 Inc. d y el Art. 28Decreto 1516/04 y 2060/04 y su modificatorio Decreto 2299/05.


OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


6.4. Asignación Familiar Prenatal<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEASIGNACIÓN FAMILIAR PRENATALOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente de Planta Temporaria y/o Permanente, que acredite ante la administración que va a tener un hijo, podrásolicitar la Asignación Prenatal. El beneficio podrá ser solicitado por cualquiera de los futuros padres a partir de lasemana 12 de gestación en adelante.Cabe destacar que el beneficio de asignación prenatal se asigna a los agentes cuyo haber mensual, sea inferior almonto estipulado por la legislación. La asignación prenatal se abona mensualmente a uno de los padres debiendopresentar la declaración jurada correspondiente, hasta el nacimiento del niño.Es obligación del agente solicitar la baja de la asignación prenatal cuando haya acreditado ante la administración elnacimiento del niño. En cuyo caso estará en condiciones de solicitar la asignación por nacimiento de hijo y luego laasignación por hijo menor a cargo.REQUISITOSEl solicitante debe acreditar tres (3) meses de antigüedad mínima y continúa reconocida en el Organismo.Para solicitar el beneficio el tiempo de gestación no puede ser inferior a las doce (12) semanas, se debe presentarun certificado extendido por un medico matriculado firmado y sellado por el mismo en el que consten los datospersonales de la embarazada, el tiempo de gestación (no inferior a 12 semanas) y la fecha probable de parto.Quien solicite el beneficio debe manifestar en carácter de declaración jurada que el otro progenitor no lo percibe(previsto en el formulario RC 6030).FORMULARIOSRC 6030 Declaración jurada pedido de Asignación Prenatal.COMPROBANTEN/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEUna vez cumplimentados todos los requisitos el tramite se da por terminado, elevándose una vez al mes el pedidode liquidación correspondiente al Departamento Liquidación de Remuneraciones, por tanto el tiempo entre iniciode los tramites y liquidación dependen del momento en el que el interesado haya presentado la documentación.FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 507/73 y su modificatoria. Decreto – Ley 9507/80.Ley 10.430, Decreto Reglamentario 4161/96, se mencionan a partir del Art. 19 Inc. d y el Art. 28.Decreto 1516/04 y 2060/04 y su modificatoria Decreto 2299/05.OBSERVACIONES


ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


6.5. Asignación Familiar Nacimiento de Hijo<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEASIGNACION FAMILIAR NACIMIENTO <strong>DE</strong> HIJOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente de Planta Temporaria y/o Permanente, que acredite ante la administración que ha sido padre/madre,podrá solicitar la Asignación Nacimiento de Hijo.El beneficio podrá ser solicitado por cualquiera de los padres, debiendo presentar la documentacióncorrespondiente dentro de los 30 (treinta) días de ocurrido el nacimiento.Cabe destacar que el beneficio de asignación nacimiento de hijo se asigna por única vez a los agentes cuyo habermensual, sea inferior al monto estipulado por la legislación.La asignación por nacimiento de hijo se abona a uno de los padres debiendo presentar la declaración juradacorrespondiente.REQUISITOSEl solicitante debe acreditar seis (6) meses de antigüedad mínima y continúa reconocida en el Organismo.Presentar copia simple del certificado de nacimiento del/los menor/es por el cual solicita el beneficio.Formulario RC 6056.Formulario 6033.El progenitor que no requiera el beneficio debe solicitar en forma escrita que el mismo se abone al otro progenitor,o sea al solicitante (previsto en el formulario RC 6028).En el caso del padre que no va a percibir la asignación trabaje en relación de dependencia debe presentarse unanota de su empleador, firmada y sellada por persona competente, en que se certifique que no percibeasignaciones familiares o en su defecto una certificación por la negativa del ANSES (se obtiene por Internet de lapagina de dicho organismo); en caso de que trabaje como Autónomo debe presentar una fotocopia simple delúltimo talón de aportes efectuados (debe ser actual) y en caso de encontrarse desocupado, el solicitante debepresentar una nota en carácter de de declaración jurada esta situación y requerimiento por tanto que el beneficiose le liquide a él, así como comprometiéndose a comunicar cualquier cambio respecto a esa situación (previsto enel formulario RC 6031)FORMULARIOSRC 6033 solicitud de asignación por nacimiento.RC 6056 DDJJ para asignaciones familiares (debe completarse en anverso y reverso).RC 6028 autorización del cónyuge.RC 6031 cónyuge desocupado (si corresponde).COMPROBANTE


N/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEUna vez cumplimentados todos los requisitos el tramite se da por terminado, elevándose una vez al mes el pedidode la liquidación correspondiente al Departamento Liquidación de Remuneraciones, por tanto el tiempo entreinicio de los tramites y liquidación depende del momento en el que el interesado haya presentado ladocumentación pertinente.FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 507/73 y su modificatoria. Decreto – Ley 9507/80.Ley 10.430, Decreto Reglamentario 4161/96, se mencionan a partir del Art. 19 Inc. d y el Art. 28.Decreto 1516/04 y 2060/04 y su modificatorio Decreto 2299/05.OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


6.6. Asignación Familiar Hijo Menor a Cargo<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEASIGNACION FAMILIAR POR HIJO MENOR A CARGOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente de Planta Temporaria y/o Permanente, que acredite ante la administración que tiene hijo/s, menores de18 años de edad, podrá solicitar la Asignación por Hijo Menor a Cargo.El beneficio podrá ser solicitado por cualquiera de los progenitores.Cabe destacar que el beneficio de asignación por hijo menor a cargo se asigna a los agentes cuyo haber mensual,sea inferior al monto estipulado por la legislación.La asignación por hijo menor a cargo se abona mensualmente hasta que el menor cumple 18 años de edad, a unode los padres debiendo presentar la declaración jurada correspondiente.REQUISITOSPresentar copia simple del certificado de nacimiento del/los menor/es por el cual solicita el beneficio.Formulario RC 6056.El progenitor que no requiera el beneficio debe solicitar en forma escrita que el mismo se abone al otro progenitor,o sea al solicitante (previsto en el formulario RC 6028).En el caso del padre que no va a percibir la asignación trabaje en relación de dependencia debe presentarse unanota de su empleador, firmada y sellada por persona competente, en que se certifique que no percibeasignaciones familiares o en su defecto una certificación por la negativa del ANSES (se obtiene por Internet de lapagina de dicho organismo); en caso de que trabaje como Autónomo debe presentar una fotocopia simple delúltimo talón de aportes efectuados (debe ser actual) y en caso de encontrarse desocupado, el solicitante debepresentar una nota en carácter de de declaración jurada esta situación y requerimiento por tanto que el beneficiose le liquide a él, así como comprometiéndose a comunicar cualquier cambio respecto a esa situación (previsto enel formulario RC 6031)FORMULARIOSRC 6056 DDJJ para asignaciones familiares (debe completarse en anverso y reverso).RC 6028 autorización del cónyuge.RC 6031 cónyuge desocupado (si corresponde).COMPROBANTEN/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEUna vez cumplimentado todos los requisitos el tramite se da por terminado, elevándose una vez al mes el pedidode la liquidación correspondiente al Departamento Liquidación de Remuneraciones, por tanto el tiempo entre


inicio de los tramites y liquidación depende del momento en el que el interesado haya presentado ladocumentación pertinente.FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 507/73 y su modificatoria. Decreto – Ley 9507/80.Ley 10.430, Decreto Reglamentario 4161/96, se mencionan a partir del Art. 19 Inc. d y el Art. 28.Decreto 1516/04 y 2060/04 y su modificatoria Decreto 2299/05.OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


6.7. Asignación Familiar por Adopción<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEASIGNACION FAMILIAR POR ADOPCIONOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente de Planta Temporaria y/o Permanente, que acredite ante la administración que tiene a su cargo laGuarda definitiva/adopción de un menor, podrá solicitar la Asignación por Adopción.El beneficio podrá ser solicitado por cualquiera de los tutores.Cabe destacar que el beneficio de asignación por adopción se asigna por única vez a los agentes cuyo habermensual, sea inferior al monto estipulado por la legislación. La asignación por adopción se abona a uno de lospadres debiendo presentar la declaración jurada correspondiente.REQUISITOSConstancia de la Guarda Definitiva – Resolución de Adopción Plena de la persona por la que solicita la asignaciónpor adopción.Debe presentar copia simple del certificado de nacimiento del/los Menor/es por el cual solicita el beneficio.Formulario RC 6056.El progenitor que no requiera el beneficio debe solicitar en forma escrita que el mismo se abone al otro progenitor,o sea al solicitante (previsto en el formulario RC 6028).En el caso del padre que no va a percibir la asignación trabaje en relación de dependencia debe presentarse unanota de su empleador, firmada y sellada por persona competente, en que se certifique que no percibeasignaciones familiares o en su defecto una certificación por la negativa del ANSES (se obtiene por Internet de lapagina de dicho organismo); en caso de que trabaje como Autónomo debe presentar una fotocopia simple delúltimo talón de aportes efectuados (debe ser actual) y en caso de encontrarse desocupado, el solicitante debepresentar una nota en carácter de de declaración jurada esta situación y requerimiento por tanto que el beneficiose le liquide a él, así como comprometiéndose a comunicar cualquier cambio respecto a esa situación (previsto enel formulario RC 6031).FORMULARIOSRC 6056 DDJJ para asignaciones familiares (debe completarse en anverso y reverso).RC 6028 autorización del cónyuge.RC 6031 cónyuge desocupado (si corresponde).COMPROBANTEN/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEUna vez cumplimentados todos los requisitos el tramite se da por finalizado, elevándose una vez al mes el pedido


de la liquidación correspondiente al Dpto. de Liquidación de Remuneraciones, por tanto el tiempo entre inicio delos tramites y liquidación depende del momento en que el interesado haya presentado la documentaciónpertinente.FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 507/73 y su modificatoria. Decreto – Ley 9507/80.Ley 10.430, Decreto Reglamentario 4161/96, se mencionan a partir del Art. 19 Inc. d y el Art. 28 decreto 1516/04 y2060/04 y su modificatorio Decreto 2299/05.OBSERVACIONESCabe aclarar que el agente también podrá acceder al beneficio de Asignación Familiar por Hijo Menor a Cargocuando acredita ante la administración la guarda provisoria con fines de adopción.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


6.8. Asignación Familiar por Hijo Discapacitado<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEASIGNACION FAMILIAR POR HIJO DISCAPACITADOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente de Planta Temporaria y/o Permanente, que acredite ante la administración que su hijo/s, presenta unadiscapacidad reconocida ante el Ministerio de Salud, podrá solicitar la Asignación por Hijo Discapacitado.El beneficio podrá ser solicitado por cualquiera de los progenitores.La asignación familiar por hijo discapacitado se percibe mensualmente mientras subsista la discapacidad.REQUISITOSNota del agente solicitando el beneficio de asignación familiar por hijo discapacitado, detallando los datos delmenor y la discapacidad.Adjuntar copia simple del certificado de nacimiento del/los menor/es por el cual solicita el beneficio, certificadomédico e historia clínica, certificado único de discapacidad emitido por el Ministerio de Salud.Formulario RC 6056.El progenitor que no requiera el beneficio debe solicitar en forma escrita que el mismo se abone al otro progenitor,o sea al solicitante (previsto en el formulario RC 6028).En el caso del padre que no va a percibir la asignación trabaje en relación de dependencia debe presentarse unanota de su empleador, firmada y sellada por persona competente, en que se certifique que no percibeasignaciones familiares o en su defecto una certificación por la negativa del ANSES (se obtiene por Internet de lapagina de dicho organismo); en caso de que trabaje como Autónomo debe presentar una fotocopia simple delúltimo talón de aportes efectuados (debe ser actual) y en caso de encontrarse desocupado, el solicitante debepresentar una nota en carácter de de declaración jurada esta situación y requerimiento por tanto que el beneficiose le liquide a él, así como comprometiéndose a comunicar cualquier cambio respecto a esa situación (previsto enel formulario RC 6031)En el caso de que la discapacidad corresponda a un recién nacido debe solicitar la asignación por nacimiento dehijo previsto en el formulario RC 6033, en tal caso el agente solicitante debe contar con una antigüedad mínima ycontinua de seis (6) meses de antigüedad.FORMULARIOSRC 6056 DDJJ para asignaciones familiares (debe completarse en anverso y reverso).RC 6028 autorización del cónyuge.RC 6031 cónyuge desocupado (si corresponde).RC 6033 solicitud de asignación por nacimiento de hijo (si el hijo discapacitado es recién nacido).COMPROBANTE


N/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEInicio del Trámite: Una vez cumplimentados todos los requisitos y presentada la documentación en el Dpto.Legajos y Registro Asistencial del Personal, se caratula un expediente administrativo que luego de la intervenciónde Medicina Ocupacional es girado al Dpto. Liquidación de Remuneraciones para su efectiva liquidación.Fin del Trámite: 30 días hábiles.FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 507/73 y su modificatoria. Decreto – Ley 9507/80.Ley 10.430, Decreto Reglamentario 4161/96, se mencionan a partir del Art. 19 Inc. d y el Art. 28 decreto 1516/04 y2060/04 y su modificatorio Decreto 2299/05.OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


6.9. Asignación Familiar por Matrimonio<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEASIGNACION POR MATRIMONIOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente de Planta Temporaria y/o Permanente, que acredite ante la administración haber contraído matrimonio,podrá solicitar la Asignación familiar por matrimonio.Cabe destacar que el beneficio de asignación por matrimonio se asigna por única vez a los agentes cuyo habermensual, sea inferior al monto estipulado por la legislación y deberá ser solicitado dentro de los 30 (treinta) días decontraído el matrimonio.REQUISITOSSer agente de planta permanente o temporaria.Presentar una fotocopia simple del certificado de matrimonio.Acreditar seis (6) meses de antigüedad mínima y continúa reconocida en la administración pública.Formulario RC 6056 y RC 6033No superar el monto de ingresos por sueldo bruto establecido por Ley.FORMULARIOSRC 6033 asignación por nacimiento o matrimonioRC 6056 DDJJ asignaciones familiares.COMPROBANTEN/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEUna vez cumplimentado todos los requisitos el tramite se da por terminado, elevándose una vez al mes el pedidode la liquidación correspondiente al Departamento Liquidación de Remuneraciones, por tanto el tiempo entreinicio de los tramites y liquidación depende del momento en el que el interesado haya presentado ladocumentación pertinente.FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 507/73 y su modificatoria. Decreto – Ley 9507/80.Ley 10.430, Decreto Reglamentario 4161/96, se mencionan a partir del Art. 19 Inc. d y el Art. 28.Decreto 1516/04 y 2060/04 y su modificatoria Decreto 2299/05.OBSERVACIONES


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6.10. Bonificación por Guardería<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEBONIFICACION POR GUAR<strong>DE</strong>RIAOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Permanente y/o Temporaria que posean hijos en edad de asistir a un Jardín Maternal,podrán solicitar la Bonificación por Guardería, que puede ser percibida por cualquiera de los dos progenitores enocasión que su hijo menor de 4 años no ingrese a la guardería habilitada por el Organismo por falta de cupo o bienporque el Organismo no brinde el servicio de guardería y no existan entidades públicas (guardería municipal) quebrinden el servicio.Se abona mensualmente hasta los 4 años de edad del menor, siendo obligación del agente solicitar su baja un mesantes de que el niño cumpla la edad indicada.REQUISITOSEl solicitante debe contar con una antigüedad de tres (3) meses mínima y continua reconocida en el Organismo.Si el solicitante es la madre tiene derecho a percibir bonificación una vez que se ha reincorporado de la licencia pormaternidad y a partir del momento en el que el menor cumpla 45 días de nacido, en caso que el solicitante sea elpadre podrá solicitarlo a los 45 días de nacido el menor.Certificado expedido por el Dpto. Planeamiento e Integración del Personal (RC 6126) en el que conste que el niñoha sido inscripto en el Jardín Maternal correspondiente a ARBA, no habiendo vacantes disponibles para suadmisión.Constancia extendida por el municipio de la localidad correspondiente en la que se manifieste que no existenguarderías municipales o, que no hay cupos disponibles o que no pueden ingresar (para quienes viven en elinterior de la provincia).Formularios RC 6126, RC6060 y RC 6061 y presentar una fotocopia simple del certificado de nacimiento del menor.FORMULARIOSRC 6060 Declaración jurada Asignación por guardería.RC 6061 Declaración Jurada solicitud bonificación por guardería.RC 6126 Constancia de Inexistencia de Cupos en Jardines MaternalesCOMPROBANTEN/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEUna vez cumplimentados todos los requisitos el tramite se da por terminado, elevándose una vez al mes el pedidode la liquidación correspondiente al Dpto. Liquidación de Remuneraciones, por tanto el tiempo entre el inicio delos tramites y liquidación depende del momento en que el interesado haya presentado la documentación


pertinente.FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 507/73 y su modificatoria. Decreto- Ley 9507/80.Ley 10.430, Decreto reglamentario 4161/96, se mencionan a partir del Art. 19 Inc. D y el Art. 28.Decreto 1516/04 y 2060/04 y su modificatoria Decreto 2299/05.OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


6.11. Baja de Percepción Asignaciones Familiares<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEBAJA <strong>DE</strong> PERCEPCIÓN <strong>DE</strong> ASIGNACION FAMILIAROFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl agente que perciba asignaciones familiares por hijo menor a cargo, ayuda escolar o prenatal, podrá solicitar subaja porque ambos cónyuges decidan que el salario deje de percibirlo uno y comience a percibirlo el otro cónyuge(esto puede deberse a razones de salario) ó que se solicite la baja por no corresponder su percepción por nocumplimentarse todos los requisitos que cada asignación determine (Ver Trámite Hijo Menor a Cargo, AyudaEscolar, Prenatal, Bonificación por Guardería).REQUISITOSRC 6032 Baja de percepción de Salario.FORMULARIOSRC 6032 Baja de percepción de Salario.COMPROBANTEN/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEUna vez presentado el formulario RC 6032, es remitido al Dpto. de Liquidación de Remuneraciones para queefectúe la baja correspondiente.FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 507/73 y su modificatoria. Decreto – Ley 9507/80.Ley 10.430, Decreto Reglamentario 4161/96, se mencionan a partir del Art. 19 Inc. d y el Art. 28 decreto 1516/04 y2060/04 y su modificatorio Decreto 2299/05.OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


6.12. I.O.M.A. – Altas/Bajas/Modificaciones<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEIOMA - <strong>DE</strong>LEGACION <strong>DE</strong> TRAMITES (ALTAS/BAJAS/MODIFICACIONES)OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes designados en Planta Temporaria y/o Transitoria deberán tramitar su afiliación al beneficio de la obrasocial IOMA, de modo tal de obtener el carnet filiatorio correspondiente y poder así comenzar a utilizar el serviciosocial en caso de requerirlo.También podrán solicitar el trámite de renovación de credencial propio y de sus hijos (estudiantes) concertificación que acredite su calidad de alumno regular expedido por institutos o universidades y afiliación delcónyuge.REQUISITOSCompletar ficha afiliatoria con los datos personales completos.Debiendo adjuntar fotocopia del DNI y fotocopia del recibo de haberes.Cumplimentada la documentación, el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal realiza la tramitación de lacredencial ante el Instituto de Obra Médico Asistencial.FORMULARIOSFicha afiliatoria que se le entrega en este Departamento Legajos y Registro Asistencial del PersonalCOMPROBANTEInicio de Trámite: Ficha filiatoriaFin de Trámite: Credencial de IOMA, que es entregada al agente desde el Dpto. Legajos y Registro Asistencial delPersonalTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEDe 3 a 7 días hábilesFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 – Ley 6982 (IOMA)OBSERVACIONESLos agentes que usufructúen licencia sin goce de sueldo, reserva de cargo, renuncia, no podrán hacer uso de lacredencial debiendo restituirla en la oficina donde les fuera entregada la misma.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


7.1. Solicitud de Viáticos<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESOLICITUD LIQUIDACION <strong>DE</strong> VIATICOSOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO PLANEAMIENTO E INTEGRACION <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR <strong>DE</strong> VIATICOS Y MOVILIDAD<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Permanente y Temporaria que por razones de servicio deban realizar una acción laboralfuera de su asiento habitual (distancia mayor a 30 km), y la misma se encuentre debidamente avalada por elsuperior, podrán gestionar la compensación correspondiente de viático.Viático: Consiste en una asignación monetaria diaria, que excluidos los pasajes y órdenes de carga, se acuerda paraatender todos los gastos personales de cualquier naturaleza que ocasione el desempeño de una comisión deservicio a cumplir a más de 30 km. del lugar de asiento habitual de la persona comisionada.Asiento Habitual: Es la localidad en la que el agente presta efectiva y permanentemente sus servicios.Cabe destacar que el Decreto 388/07 en su art. 5°, inciso f) plantea excepciones para desplazamientos a menordistancia entre partidos del área metropolitana y la ciudad de Buenos Aires 1 .REQUISITOSRegistrar la novedad “comisión”, “comisión de entrada” o “comisión de salida” en el SiAPE. Dichanovedad debe ser registrada en el momento que se registran las novedades de asistenciacorrespondiente a cada día y para cada agente en comisión de servicios, con indicación de destino.Fojas de comisión RC 6022 y/o certificaciones de servicios (esto último en el caso de acciones porexcepción Dto. 388/07, art.5°, inc. f), deben estar completas con los datos del agente, legajo actualizadoy debidamente autorizadas, con firma y sello del autorizante (rango no inferior a Jefe de Dpto.). Cuandolas conformidades son otorgadas por la policía, deben constar de firma, nombre y cargo del agentepolicial y para cada día de la comisión (en los espacios previstos para cada día en las columnas reservadaspara la Dependencia Certificante).Memo (triplicado) de la dependencia, firmado por autoridad no inferior a Jefe de Departamento, queautorizó la comisión solicitando la liquidación de viáticos, con detalle de los agentes (apellido y nombre,legajo, DNI) objeto de liquidación de viáticos, con indicación de la cantidad de Fojas que se adjuntan.1 Cuando se realizaren comisiones de servicio hacia o desde o entre la Capital Federal y/o los partidos de AlmiranteBrown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General San Martín, Hurlingham,Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Merlo, Moreno, Morón, Presidente Perón,Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López, se otorgaránviáticos únicamente cuando razones de servicio lo justifiquen en los casos en que la comisión respectiva implique larealización de tareas de fiscalización, instrucción de actuaciones administrativas y recaudación tributaria provincial ocuando el agente deba pernoctar en el lugar de destino.


La fecha límite de recepción de la documentación se establece en el 5° día hábil del mes inmediato posterior al derealización de la comisión de servicios que se proponga liquidar.Las Dependencias del Interior, deberán caratular un expediente con la documentación referenciada y remitirlo alDpto. Planeamiento e Integración del Personal, adjuntando las planillas de control de viáticos y movilidad RC 6005,completas y firmadas por la autoridad correspondiente.La fecha límite de recepción del Expediente originado en dependencias del interior, se establece en el 5° día hábildel mes inmediato posterior al de realización de la comisión de servicios que se proponga liquidar.FORMULARIOSFoja de Comisión RC 6022Certificación de Servicios (casos comprendidos en el Dto. 388/07, art. 5, inc.f)Planilla de control de viáticos y movilidad RC 6005 (cuando se origina en dependencias del interior)COMPROBANTEInicio de trámite: Presentación de expediente (dependencias del interior), presentación Memo adjuntando fojas decomisión, copia debidamente recepcionada.Fin de trámite:Providencia de pase al Departamento de Liquidación de Remuneraciones y giro del expediente porremito Host (expediente originado en dependencias del interior).Memo para certificaciones de servicios y fojas de comisión por operativos de fiscalizaciones masivas.Remito para fojas de comisión de casa central.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITETiempo que demora entre la presentación de la doc. y el giro al Departamento de Liquidación de Remuneraciones:5 días hábilesFUNDAMENTO JURÍDICODto. 388/07 y sus modificaciones, y normativa complementaria.OBSERVACIONESEn los casos de solicitud de liquidación de viáticos por realización de Operativos, la documentación se recibiráhasta el día 10 ó inmediato posterior, si este fuera feriado ó fin de semana, del mes siguiente al de la realizacióndel Operativo. No corresponde en estos casos la caratulación de expediente por parte de las dependencias delinterior. El tiempo de respuesta en estos casos es de 15 días hábiles (se procesan más de 1800 fojas de comisión)ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


7.2. Solicitud de Movilidad<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESOLICITUD <strong>DE</strong> LIQUIDACION <strong>DE</strong> MOVILIDADOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO PLANEAMIENTO E INTEGRACION <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR <strong>DE</strong> VIATICOS Y MOVILIDAD<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Permanente y Temporaria que por razones de servicio deban realizar una acción laboral queimplique su traslado dentro o fuera de la localidad correspondiente a su asiento habitual, y la misma se encuentredebidamente avalada por el superior, podrán gestionar la compensación correspondiente de movilidad.Movilidad: Es la asignación que se acuerda para el cumplimiento de funciones cuya ejecución demande el trasladodel agente de un punto a otro y siempre que para ello no fuere factible el uso de ordenes de pasajes u otrosmedios oficiales de transporte, por comisiones de servicio dentro y fuera de su asiento habitual. En este últimocaso siempre que se encuentren avalados por los comprobantes pertinentes.Asiento Habitual: Es la localidad en la que el agente presta efectiva y permanentemente sus servicios.REQUISITOSRegistrar la novedad “comisión”, “comisión de entrada”, “comisión de salida”, “boleta de salida oficial”en el SiAPE. Dicha novedad debe ser registrada en el momento que se registran las novedades deasistencia correspondiente a cada día y para cada agente.Memo (triplicado) de la dependencia que autorizó la comisión, con firma no inferior a Jefe deDepartamento, solicitando la liquidación de movilidad, con detalle de los agentes (apellido y nombre,legajo, DNI) objeto de liquidación de movilidad, adjuntando el comprobante respaldatorio del gasto sicorrespondiera.La fecha límite de recepción de la documentación se establece en el 5° día hábil del mes inmediato posterior al derealización de la comisión de servicios que se proponga liquidar.Las Dependencias del Interior, deberán caratular un expediente con la documentación referenciada yremitirlo al Dpto. Planeamiento e Integración del Personal, adjuntando la correspondiente planilla decontrol de viáticos y movilidad RC 6005 completa y firmada por autoridad responsable.La fecha límite de recepción del Expediente remitidos por dependencias del interior es hasta el 8° día hábil del mesinmediato posterior al del mes liquidado.FORMULARIOSCOMPROBANTE


Inicio de trámite: Presentación del Memo, copia debidamente recepcionada.Fin de trámite: Remito de Fojas de Comisión de Servicios (RC 6123) al Departamento de Liquidación deRemuneraciones, adjuntando las actuaciones para su intervención.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITETiempo que demora entre la presentación de la doc. y el pase al Departamento de Liquidación de Remuneraciones:72 horas hábiles.FUNDAMENTO JURÍDICODto. 388/07 y sus modificaciones, y normativa complementaria.OBSERVACIONESEn los casos de comisiones de servicio fuera de su asiento habitual, y siempre que para el traslado odesplazamiento no fuera posible utilizar órdenes de pasaje o medios de transporte oficiales, se liquidarán losgastos correspondientes al traslado en concepto de movilidad (siempre y cuando se encuentren autorizados yavalados por los comprobantes correspondientes) , más la compensación por viáticos según corresponda y deacuerdo a la normativa vigente.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


7.3. Solicitud de Aprobación de Operativos<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESOLICITUD <strong>DE</strong> APROBACION <strong>DE</strong> OPERATIVOSOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO PLANEAMIENTO E INTEGRACION <strong>DE</strong>L PERSONAL– SECTOR UOC.<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLas dependencias de la Agencia que con motivo de las acciones de fiscalización y/o recaudación, como así tambiénde apoyo a la gestión de las unidades operativas en cumplimiento de los objetivos estratégicos, requieran larealización de tareas extraordinarias, deberán solicitar su aprobación, para lo cual deberá gestionarse el presentetrámite.REQUISITOSPresentación de solicitud de operativo (RC 6010, RC 6110 o RC 6112), completa y debidamente firmada por elresponsable autorizado (no inferior a Subdirector o Gerente General con dependencia directa de DirecciónEjecutiva), con una antelación mínima de 7 días hábiles a la fecha de inicio del operativo.FORMULARIOSRC 6010 – Solicitud de OperativosRC 6110 – Solicitud de Operativos con Acciones Múltiples Predefinidas.RC 6112 – Solicitud de Operativo / Tareas EspecialesCOMPROBANTEInicio de trámite: Presentación de la solicitud de operativo/tarea especial.Fin del trámite: Aprobación por Gerente General de Administración.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE7 (siete) días hábilesFUNDAMENTO JURÍDICORes. Interna 211/08 y Res. Interna 369/08Dto. 954/08, crea el Sistema de UOCOBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


7.4. Solicitud de Liquidación de U.O.C.<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESOLICITUD LIQUIDACION <strong>DE</strong> U.O.C.OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO PLANEAMIENTO E INTEGRACION <strong>DE</strong>L PERSONAL – SECTOR UOC.<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLas dependencias de la Agencia que hayan realizado Operativos y cumplimentado previamente con el trámite deSolicitud de Aprobación de Operativo, se encuentran en condiciones de tramitar la Solicitud de Liquidación deUOC.El Sistema de Unidad Operativa Complementaria (UOC) es la bonificación no remunerativa, no bonificable, para serasignada al personal de la Agencia y de otras Jurisdicciones que haya sido afectado a los operativos referenciados.REQUISITOSPresentación de la planilla de liquidación hasta el 10 de cada mes (RC 6011, RC 6087 o RC 6107, segúncorresponda), completas y debidamente firmadas por los responsables (rango no inferior a Gerente General).Cuando se incorporen agentes de otros organismos deben ir en planilla separada (en otro RC) con indicación delnúmero de operativo, acompañando recibo de sueldo (los agentes de otros organismos que participan por primeravez, deberán además adjuntar fotocopias de DNI, CBU y situación de revista, todos conformados con firma yaclaración).FORMULARIOSRC 6011 – Liquidación de OperativosRC 6087 – Liquidación de GuardiasRC 6107 – Liquidación de MódulosCOMPROBANTEInicio del trámite: Presentación de planillas de liquidación de UOC.Fin del trámite: Nota con la nómina de agentes al Departamento de Liquidación de Remuneraciones.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEntre la recepción de las solicitudes de liquidación y el envío al Departamento de Liquidación de Remuneraciones:20 a 30 díasFUNDAMENTO JURÍDICORes. Interna 211/08 y Res. Interna 369/08Dto. 954/08, crea el Sistema de UOCOBSERVACIONESPara poder solicitar la liquidación de UOC:a) se debe contar con la aprobación del operativo por el Gerente General de Administración.b) Disponibilidad de presupuesto por parte de la dependencia que lo solicita.


ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


8.1. Confección del Legajo Personal<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECONFECCION <strong>DE</strong>L LEGAJO PERSONALOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Permanente y Temporaria, tienen la obligación de cumplimentar su Legajo Personal una vezque han tomado posesión del cargo para el cual fueron designados en el Organismo.El legajo personal, es el documento en el que constan: datos personales, historial de cargos en los cuales trascurreel agente durante su carrera administrativa, las funciones y destinos designados para dicho agente, licencias ypermisos especiales, sanciones disciplinarias y declaraciones juradas. Es responsabilidad del agente declarar losdatos personales, familiares, domicilio y declaración jurada de incompatibilidad, los datos de función y servicios enel organismo son registrados por el área de Personal.Los agentes de Planta Permanente deben cumplimentar además con el Legajo que exige la Contaduría Gral. de laPcia., entidad que otorga el número de legajo definitivo.Cabe destacar que en todo traslado de agentes de un Organismo a otro, deberá hacerlo conjuntamente con sulegajo personal.En los casos que se acrediten servicios anteriores al ingreso a <strong>Arba</strong>, los agentes deberán presentar la Certificaciónde tales servicios de modo tal que se adjunte en el Legajo Personal. Dato de importancia para la liquidación de laantigüedad (solo planta permanente) y el cálculo de licencia anual (planta permanente y temporaria).El legajo deberá ser confeccionado dentro de los ciento veinte (120) días corridos a partir de la toma de posesión.En caso de que esto no se cumpliera sin causa justificada, el agente incurrirá en falta disciplinaria.REQUISITOSPresentarse en el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal luego de haber firmado la Toma de Posesión(Ver Trámite Toma de Posesión).Adjuntando la siguiente información: Datos familiares (padre, madre, esposo, hijos etc. Fecha de nacimiento ynumero de documento).Certificados de servicios anteriores en otras jurisdicciones a nivel Municipal, Provincial o Nacional donde tiene quefigurar: datos de servicios, antigüedad, indicación de que se han efectuado los aportes previsionales y si usufructuólicencias especiales.FORMULARIOSCOMPROBANTEVisualización en SIAPE_MiLegajoTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE


Confección del Legajo: entrevista de 30 minutos.Registración de datos en SiAPE: 24 horas.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 10.430 Art. 9OBSERVACIONESLos datos volcados en el Legajo Personal son visualizados por el agente on-line a través de SIAPE_MiLegajo, siendosu obligación comunicar al Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal, ante modificaciones en sus datospersonales/domicilio/familiares que no se encuentren debidamente actualizados (Ver Trámite Actualización delLegajo Personal).ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


8.2. Actualización del Legajo Personal<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEACTUALIZACIÓN <strong>DE</strong>L LEGAJO PERSONAL.OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl legajo personal de cada agente deberá mantenerse actualizado tanto los asientos de servicios como ser:sanciones disciplinarias, reservas de cargo, cargos, funciones régimen horario, y todo aquello que tenga relacióndirecta con los servicios del agente, como así también los datos personales, a saber: domicilio, teléfonos y casillade correos de contacto, datos de familiares, modificación del estado civil, nacimientos de hijos, fallecimientos, etc.En los casos que los agentes registren años de servicios en otros Organismos gubernamentales y los mismos no seencuentren declarados en su Legajo Personal, deberán presentar tal documentación para su registro yactualización, siendo esta información fundamental al momento de realizar los trámites a los fines jubilatorios.Dato de importancia además para la liquidación de la antigüedad (solo planta permanente) y el cálculo de licenciaanual (planta permanente y temporaria).La actualización de los datos personales, familiares y de contacto es responsabilidad exclusiva del agente.Debiendo presentarse en el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal toda vez que se produzca unamodificación.REQUISITOSFormulario RC 6034 en caso de requerir actualización de domicilio.Declaración Jurada (nota del agente) informando otros datos personales que requieren actualización, adjuntandodocumentación que avale tal circunstancia (ejemplo nacimiento de hijo).Certificados de servicios anteriores en otras jurisdicciones a nivel Municipal, Provincial o Nacional donde tiene quefigurar: datos de servicios, antigüedad, indicación de que se han efectuado los aportes previsionales y si usufructuólicencias especiales. En caso de corresponder.FORMULARIOSRC 6034 Declaración Jurada actualización de domicilio.COMPROBANTEVisualización en SIAPE_MiLegajoTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEActualización del Legajo y Registro en SIAPE: se efectúa en el mismo momento en que el agente presenta los datospara su actualización.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 Art. 78 Inc.O y Art. 9 Inciso I del decreto Reglamentario


OBSERVACIONESLa actualización de los datos correspondientes a los servicios prestados en el Organismo es responsabilidad delDpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal, a partir de la comunicación que recibe de los actosadministrativos.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


8.3. Certificado de Trabajo con o sin Haberes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECERTIFICADO <strong>DE</strong> TRABAJO CON O SIN HABERESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente, podrán solicitar ante el Dpto. Legajos y Registro Asistencial delPersonal, su certificado de trabajo (también conocido como certificado de servicio) con o sin detalle de haberes.En los certificados de servicios, constan datos del agente, cargo en el cual se desempeña, antigüedad total a lafecha de expedido dicho certificado.Lo solicita el interesado para ser presentado ante entidades bancarias, financieras y o para cualquier otro trámitepara el cual se lo soliciten, o para reducción de aportes en las Cajas de Profesionales de Ingeniería, Abogacía oCiencias Económicas.REQUISITOSPodrá ser solicitado personalmente, si el agente presta servicios en casa central y si en su defecto no podríaretirarlo, la persona que lo haga deberá presentar una autorización firmada por el solicitante.En el caso de los agentes que presten servicios en el interior, podrán solicitarlo por mail(mlegarralde@arba.gov.ar), deberán aclarar a donde será presentado, si requiere detalle de haberes, en caso desolicitar su envió por correo postal, deberá indicar la dirección de la Gerencia o Centro de Servicios donde presteservicio.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEN/CTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE48 horas.FUNDAMENTO JURÍDICOOBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


8.4. Cambio de Autorizantes Suplentes en SIAPE<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECAMBIO <strong>DE</strong> AUTORIZANTES SUPLENTES EN SIAPEOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO LEGAJOS Y REGISTRO ASISTENCIAL <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Permanente que tienen a su cargo la titularidad del registro de novedades asistenciales deSIAPE, comúnmente denominado Autorizante Titular podrán solicitar la modificación del agente designado comoAutorizante Suplente.Esta solicitud puede deberse a ausencia del suplente designado o bien por razones de servicio.REQUISITOSMemo o email a novedadesasistencia@arba.gov.ar , generado por el Autorizante Titular (rango no inferior aResponsable de Centro o Jefe de Dpto.) con indicación de los datos del agente que tomará la responsabilidad comosuplente en el sistema.La solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de 24 horas, respecto de la fecha en que comenzará aoficiar de Autorizante Suplente.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Trámite: Memo recepcionado por el Dpto. Legajos y Registro Asistencial del Personal.Fin de Trámite: Registro/Visualización en SIAPE.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE24 horas.FUNDAMENTO JURÍDICORI Nº 106/09 SIAPEOBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


8.5. Encomendar Atención de Despacho y Firma Autorizada<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEENCOMENDAR ATENCIÖN <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>SPACHO – FIRMA AUTORIZADAOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEs la autorización de firma y atención de despacho, solicitado para un agente por autoridad competente, tendientea agilizar la gestión administrativa diaria del área requirente.Las autorizaciones de firmas solo habilitarán al agente a suscribir notas, memorandos y providencias de merotrámite.REQUISITOSNota de solicitud del área que requiere autorización de firma, con indicación del agente (apellido y nombre, DNI,legajo) sobre el cual va a recaer la autorización y el despacho/área que se autoriza. En los casos que correspondaconsignar fecha de alta, caso contrario se tomará el alta a partir de la fecha de notificación del acto administrativo.Las autorizaciones de firmas solo habilitarán al agente a suscribir notas, memorandos y providencias de merotrámite.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Departamento Administrativoy Técnico Laboral, donde se procederá con la caratulación de las actuaciones, previo control de la documentación.FORMULARIOSNCCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Numero de Expediente de Autorización de FirmasFin de trámite: Acto Administrativo de Autorización de Firmas.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 1/2 meses.FUNDAMENTO JURÍDICORN Nº 75 complementarias y modificatoriasOBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


8.6. Autorización de Traslados a Otras Provincias<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEAUTORIZACION <strong>DE</strong> TRASLADOS A OTRAS PROVINCIASOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO PLANEAMIENTO E INTEGRACION <strong>DE</strong>L PERSONAL– SECTOR LEGALES Y ADMINISTRATIVO<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y/o Permanente que por razones del servicio, han sido comisionados a participarde conferencias, seminarios o acciones de fiscalización en otra provincia, deberán previo a todo gestionar laautorización de traslado correspondiente.La autorización de traslado podrá contemplar además, la autorización de uso y/o manejo de vehículo oficial y lapercepción de adelanto de fondos para gastos.REQUISITOSNota de Subdirector Ejecutivo o Gerente General con dependencia directa de la Dirección Ejecutiva, dirigida alGerente General de Administración, detallando:Nombre, apellido, DNI y número de legajo de la/s personas para las cuales se solicita la autorización.Destino del traslado (Domicilio, Ciudad, Provincia)Fecha de salida y de regresoFundamentación de la comisión de serviciosEn los casos en que se requiera utilización de vehículo oficial, deberá detallar además:Datos del Chofer (si es sin chofer autorización de manejo para el responsable del vehículo durante la comisión)Datos del vehículoEn los casos de requerir adelanto de fondos para gastos, deberá además indicar:Importe solicitado como adelantoPresupuesto estimado, discriminado por concepto del gasto (hotel, traslados, otros gastos como comidas, etc.)Modalidad y Responsable de rendición de cuentas una vez finalizada la comisiónCumplimentada la documentación, la misma deberá ser presentada en el Dpto. Planeamiento e Integración delPersonal, en dónde previo al control de la documentación requerida procederá con la caratulación de lasactuaciones.FORMULARIOSNo correspondeCOMPROBANTEInicio de trámite: Nota de solicitud - Expediente Autorización de TrasladoFin de trámite: Acto Administrativo (autorización o rechazo del mismo).TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE


20 días corridosFUNDAMENTO JURÍDICOLey 13766 – Dto. 388/07, art. 6° del Anexo ÚnicoOBSERVACIONESSe requiere que la presentación se haga con la suficiente antelación como para dar lugar a la sustanciación deltrámite, es decir al menos 20 días hábiles antes de la fecha de inicio de la comisión.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


8.7. Notificación de Actos Administrativos de RRHH<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITENOTIFICACION ACTOS ADMINISTRATIVOS <strong>DE</strong> RRHHOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TECNICO LABORAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes deben notificarse en el plazo de tres días hábiles a partir de la recepción del expediente en la oficinanotificadora (Departamento Administrativo y Técnico Laboral) de los actos administrativos que estuvierencomprendidos.REQUISITOSEl Departamento Administrativo y Técnico Laboral, una vez recibido un acto administrativo a notificar, comunicaráal /los agente/s comprendidos en la/s misma/s y a los medios de contactos obrantes en el Legajo Personal queconsta en el Sistema Unificado de Administración de Personal (SiAPe) que deberán concurrir al citadoDepartamento en el plazo de tres días hábiles a notificarse del acto administrativo pertinente.Las notificaciones podrán ser a) personalmente: en el expediente, debiendo firmar el interesado, previajustificación de su identidad, el Formulario de Notificación RC 6013. b) Por cédula o telegrama colacionado aldomicilio obrante en el Legajo del Agente.FORMULARIOSRC 6013 – Formulario de NotificaciónCOMPROBANTECopia con sello fechador del Formulario RC 6013Copia del Acto Administrativo objeto de notificación.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITETres días hábiles contados a partir de la recepción del expediente en el Departamento Administrativo y TécnicoLaboral.FUNDAMENTO JURÍDICOArtículos 62 y sgtes. Ley Procedimiento AdministrativoOBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


9.1. Estudios Formales y Extracurriculares – Actualización de Legajos<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEESTUDIOS FORMALES Y EXTRACURRICULARES - ACTUALIZACION LEGAJO ELECTRONICO Y FISICOOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO CAPACITACION Y <strong>DE</strong>SARROLLO <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes de Planta Temporaria y Permanente que hayan finalizado sus estudios formales (primario, secundario,universitario y/o postgrado) y/o extracurriculares (cursos cortos de diversa índole) podrán presentar ladocumentación respaldatoria de los mismos a los fines de actualizar su legajo electrónico y físico. De este modo, esposible mantener actualizado los antecedentes en materia educativa de los agentes del organismo.REQUISITOSPresentar certificado original y fotocopia del título y/o cursos de capacitación que haya realizado el agente.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Dpto. Capacitación yDesarrollo del Personal, donde se procederá con la actualización curricular, previo control de la documentación yvalidaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEActualización Curricular en SIAPE, la cual se visualiza a través del módulo Mi LegajoTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE15 días hábiles a partir de la presentación de la documentación requerida.FUNDAMENTO JURÍDICOOBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


9.2. Solicitud de Capacitación<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> RECURSOS HUMANOSNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESOLICITUD <strong>DE</strong> CAPACITACION <strong>DE</strong> PERSONALOFICINA<strong>DE</strong>PÀRTAMENTO CAPACITACION Y <strong>DE</strong>SARROLLO <strong>DE</strong>L PERSONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNImplica el pedido formal de una capacitación por parte de aquellas unidades funcionales que hayan identificado lanecesidad y que, por diversos motivos, la misma no se haya contemplado dentro de la planificación institucional.REQUISITOSMemo de la dependencia que solicita la capacitación, avalado por funcionario no inferior a Gerente. Debiendoespecificar:a. Nombre completo de la capacitación solicitada o temática a abordar.b. Objetivos de la capacitación.c. Destinatarios: perfil y cantidad.d. Fecha prevista para la capacitación.En caso de que la capacitación solicitada requiera contratación externa, se deberá adjuntar al memorando losiguiente:e. Programa de la capacitación.f. Costo de la actividad.g. Currículum vitae de cada uno de los agentes solicitantesLa solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de un (1) mes.Cumplimentada la documentación requerida, la misma deberá ser presentada en el Dpto. Capacitación yDesarrollo del Personal, donde se evaluará la viabilidad del requerimiento efectuado, previo control de ladocumentación y validaciones correspondientes.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio del Trámite: Copia del Memo presentado por la dependencia solicitante, debidamente sellado por el Dpto.Capacitación y Desarrollo del Personal.Fin del Trámite: Memo/Nota de la Gerencia de Recursos Humanos aprobando o rechazando la solicitud decapacitación.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE15 días hábilesFUNDAMENTO JURÍDICO


OBSERVACIONESDe aprobarse la solicitud: se informará a la unidad solicitante y, se procederá a la organización de la actividad demanera activa o, a la gestión del pago de la actividad en caso de corresponder.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


10.1. Medidas Cautelares<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIADIRECCION EJECUTIVA- GERENCIA GENERAL <strong>DE</strong> AUDITORIA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONALNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEMEDIDAS CAUTELARESOFICINAGERENCIA <strong>DE</strong> RESPONSABILIDAD PROFESIONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNSe trata de medidas preventivas aplicables desde el inicio del sumario administrativo o en cualquier estado de lasactuaciones, tendientes a compatibilizar el ejercicio de la función/servicio y el procedimiento sumarial de modo talque este último no se vea entorpecido por las circunstancias del caso. Tales medidas no implican pronunciarsesobre la responsabilidad del agente.La Gerencia General de Auditoría y Responsabilidad Profesional podrá ordenar la Disponibilidad Relativa del agentepor el término de 60 días, implicando la misma la asignación de un nuevo destino de prestación de servicios.Asimismo, se podrá disponer la Suspensión Preventiva, la cual implica la NO prestación de servicios y la retenciónde haberes del agente sumariado por el término de hasta 60 días. Ambas medidas podrán ser ampliadas por elPoder Ejecutivo, función actualmente delegada en el Director Ejecutivo de la Agencia.REQUISITOSDebe existir un sumario administrativo en trámite.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de ExpedienteFin de trámite: Acto Administrativo Régimen Disciplinario Medidas CautelaresTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEDuración de la medida: hasta 60 días con posibilidad de ser ampliada.FUNDAMENTO JURÍDICOLey 10.430 y Decreto reglamentario Nº 4161/96 Art. 97OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


10.2. Apercibimiento y/o Suspensión de hasta 60 días<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA GENERAL <strong>DE</strong> AUDITORIA y RESPONSABILIDAD PROFESIONALNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESANCIONES CORRECTIVAS (Apercibimiento y/o Suspensión de hasta 60 días)OFICINAGERENCIA <strong>DE</strong> RESPONSABILIDAD PROFESIONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNSerán causales para aplicar sanciones de carácter correctivo en el marco de un sumario administrativo, lassiguientes:Incumplimiento reiterado del horario.Inasistencias injustificadas que no excedan de diez (10) días discontinuos en el lapso de doce (12) mesesinmediatos anteriores siempre que no configuren abandono de servicio.Falta de respeto a sus superiores, iguales, subordinados o al público.Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones.Incumplimiento en los deberes determinados en el art. 78 ó quebrantamiento de las prohibiciones establecidas enel art. 79, salvo que por su magnitud y gravedad deban ser encuadrados bajo las figuras de cesantía o exoneración.La aplicación de sanción podrá revistar el carácter de apercibimiento (anotación en el Legajo Personal) y/osuspensión de hasta diez (60) días hábiles, correspondiendo en este último caso el descuento de haberes por eltiempo que dure la sanción.REQUISITOSLa aplicación de una sanción de carácter correctivo procede una vez acreditada en el marco de un sumarioadministrativo la responsabilidad del agente en la comisión de una de las causales previstas en el artículo 82 de laLey 10.430.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de ExpedienteFin de trámite: Acto Administrativo Régimen DisciplinarioTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEN/CFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 y su Decreto reglamentario Nº 4161/96 Artículos 82 y 92OBSERVACIONESLa sanción de carácter correctivo es dispuesta por el Gerente General de Auditoria y Responsabilidad Profesionalcomo corolario de un procedimiento sumarial. A la misma se arriba en virtud de los elementos probatorioscolectados en las etapas de prueba de cargo (a cargo del instructor) y de descargo (a cargo del agente), y previo


dictamen la Gerencia de Responsabilidad Profesional y la Junta de Disciplina.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


10.3. Sanciones Directas<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAFUNCIONARIO NO INFERIOR A DIRECTORNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESANCIONES “DIRECTAS”Sanciones Correctivas (Apercibimiento y/o Suspensión de hasta 10 días)Sanciones correctivas superiores a 10 días o expulsivas para agentes que revistan en planta transitoria.OFICINAFUNCIONARIO NO INFERIOR A DIRECTOR O GERENCIA <strong>DE</strong> RESPONSABILIDAD PROFESIONAL<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl procedimiento de sanción directa podrá devenir en la aplicación de una sanción disciplinaria de caráctercorrectivo, esto es un APERCIBIMIENTO o una SUSPENSION de hasta 10 días corridos, sin necesidad de sustanciarseun sumario administrativo.Previo a la adopción de cualquier decisión, se hará saber al agente la falta cometida, la norma transgredida y elderecho a presentar descargo en el plazo de 3 días.La suspensión se cumplirá sin prestación de servicios correspondiendo el descuento de haberes por el tiempo quedure la misma y tendrá efectos a partir de la fecha en que quede firme.Este mismo procedimiento se instrumenta para deslindar la responsabilidad de los agentes de planta transitoria(artículo 121 Ley 10.430).REQUISITOSDeberá ser aplicada por funcionario con rango no inferior a Director. Se aplica en casos de faltas leves y secaracteriza por la inmediatez en la apreciación del hecho y por ser un procedimiento abreviado.El personal de la Planta Transitoria no es pasible del procedimiento sumarial previsto en el artículo 92 de la Ley N°10.430, no obstante ello, y de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno, en lossupuestos que la presunta falta cometida por los mismos en función de su gravedad amerite una sanción superiora los diez días de suspensión o sea causal de cesantía, deberá sustanciarse el proceso del artículo 87 de la ley10.430 (sanción directa).FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de ExpedienteFin de trámite: Acto Administrativo Régimen DisciplinarioTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 Artículo 87OBSERVACIONES


ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


10.4. Sanciones Expulsivas - Cesantía<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIADIRECCION EJECUTIVANOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESANCIONES EXPULSIVAS (Cesantía)OFICINAGERENCIA <strong>DE</strong> RESPONSABILIDAD PROFESIONAL/ G.G.A.y R.P.<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNSerán causales para aplicar sanción de Cesantía en el marco de un sumario administrativo, las siguientes:Abandono del servicio sin causa justificada (Ver Cese Abandono de Cargo)Faltas reiteradas en el cumplimiento de sus tareas o falta grave de respeto a los superiores, iguales, subordinadoso al público.Inconducta notoria.Incumplimiento de las obligaciones determinadas en el artículo 78 o quebrantamiento de las prohibicionesdeterminadas en el artículo 79, cuando a juicio de la autoridad administrativa, por la magnitud y gravedad de lafalta así correspondiera.Incumplimiento intencional de órdenes legal y fehacientemente impartidas.Inasistencias injustificadas reiteradas que excedan de diez (10) días en los doce (12) meses inmediatos anteriores.Concurso civil o quiebra no causal, salvo caso debidamente justificado por autoridad administrativa.REQUISITOSLa aplicación de una sanción de Cesantía procede una vez acreditada en el marco de un sumario administrativo laresponsabilidad del agente en la comisión de una de las causales previstas en el artículo 83 de la Ley 10.430.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de ExpedienteFin de trámite: Acto Administrativo Régimen DisciplinarioTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 Art. 83OBSERVACIONESLa sanción de Cesantía es dispuesta por el Director Ejecutivo de la Agencia como corolario de un procedimientosumarial. A la misma se arriba en virtud de los elementos probatorios colectados en las etapas de prueba de cargo(a cargo del instructor) y de descargo (a cargo del agente), y previo dictamen de la Gerencia de ResponsabilidadProfesional, la Junta de Disciplina y la Asesoría General de Gobierno.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN


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10.5. Sanciones Expulsivas -Exoneración<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIADIRECCION EJECUTIVANOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESANCIONES EXPULSIVAS (Exoneración)OFICINAGERENCIA <strong>DE</strong> RESPONSABILIDAD PROFESIONAL/ G.G.A y R.P.<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNSerán causales para aplicar la sanción de Exoneración en el marco de un sumario administrativo, las siguientes:Falta grave que perjudique material o éticamente a la Administración.Sentencia condenatoria dictada contra el agente como autor, cómplice o encubridor por delito contra laadministración o delito grave de carácter doloso de acuerdo al Código Penal.Las previstas en las leyes especiales.Pérdida de la nacionalidad, conforme las leyes que reglan la materia.Imposición de pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para la función pública.REQUISITOSLa aplicación de una sanción de Exoneración procede una vez acreditada en el marco de un sumario administrativola responsabilidad del agente en la comisión de una de las causales previstas en el artículo 84 de la Ley 10.430.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Asignación de Número de ExpedienteFin de trámite: Acto Administrativo Régimen DisciplinarioTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara el dictado del acto administrativo: 120 díasFUNDAMENTO JURÍDICOLey 10430 Art. 84OBSERVACIONESLa sanción de Exoneración es dispuesta por el Director Ejecutivo de la Agencia como corolario de un procedimientosumarial. A la misma se arriba en virtud de los elementos probatorios colectados en las etapas de prueba de cargo(a cargo del instructor) y de descargo (a cargo del agente), y previo dictamen de la Gerencia de ResponsabilidadProfesional, la Junta de Disciplina y la Asesoría General de Gobierno.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


11.1. Adquisición de Bienes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> ADQUISICIONES Y CONTRATACIONESNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEADQUISICION <strong>DE</strong> BIENESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO GESTION <strong>DE</strong> ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES –<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLlevar a cabo el procedimiento de adquisiciones de bienes para todas las dependencias de <strong>Arba</strong>. Contar coninformación en forma oportuna y completa para evitar demoras innecesarias en el procedimiento.Todos los requerimientos de <strong>Arba</strong> son centralizados por la Gerencia de Logística y Servicios Generales, los cualesuna vez autorizados por el Gerente General de Administración ingresan a la Gerencia de Adquisiciones yContrataciones.Se inicia la adquisición y según el encuadre jurídico puede ser una Licitación Pública (monto superior a $ 790.000),Licitación Privada (monto inferior a $ 790.000) o Contratación Directa (monto inferior $80.000). Los tiempospromedios de cada una de las mismas varían considerablemente, es por ello que es necesario que todos losrequirentes conozcan los plazos promedios a la hora de efectuar una solicitud y sobre todo ejercitarconstantemente la planificación de las tareas y objetivos de sus áreas, de esa manera, poder prever los bienes quevan a necesitar con la antelación suficiente.Es necesario dar a conocer inconvenientes sobres los plazos de entrega, definición en las características del bien,opción de ampliación, especificaciones técnicas, agrupamiento de demanda para evitar desdoblamientos en lascompras (del mismo rubro se pueden autorizar una vez cada tres meses, no antes).REQUISITOSPlanificar y elaborar requerimientos a corto, mediano y largo plazo, para facilitar la tarea a la Gerencia de Logísticay Servicios Generales.Plazo de entrega: considerar que en caso de bienes producidos en el exterior no se cuenta con el stock suficiente,por lo cual, cuando se pone plazo de entrega inmediato muchas veces se detectan incumplimientos por parte delproveedor. Como así también, si esa adquisición tiene posibilidad de ampliación, ese plazo de entrega limita ahacer uso de la misma sin solicitar consentimiento expreso del proveedor. El plazo de entrega lo determina ladependencia que solicita el pedido de adquisición.Especificaciones Técnicas: detallar las características de los bienes en forma minuciosa.FORMULARIOSn/cCOMPROBANTEInicio del trámite (requerimiento): Solicitud de pedidoFinalización del trámite: orden de compraTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE


Según el tipo de contratación.FUNDAMENTO JURÍDICOLey de Contabilidad N° 7764/71, y su reglamentación vigenteOBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


11.2. Contrataciones de Servicios<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> ADQUISICIONES Y CONTRATACIONESNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECONTRATACION <strong>DE</strong> SERVICIOSOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO GESTION <strong>DE</strong> ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES – <strong>DE</strong>PARTAMENTO OR<strong>DE</strong>NES <strong>DE</strong> COMPRA YFACTURACIÓN<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLlevar a cabo el procedimiento de adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios para todas lasdependencias de <strong>Arba</strong>. Contar con información en forma oportuna y completa para evitar demoras innecesariasen el procedimiento.Todos los requerimientos de <strong>Arba</strong> son centralizados por la Gerencia de Logística y Servicios Generales, los cualesuna vez autorizados por el Gerente General de Administración ingresan a la Gerencia de Adquisiciones yContrataciones.Se inicia la contratación y según el encuadre jurídico puede ser una Licitación Pública (monto superior a $ 790.000),Licitación Privada (monto inferior a $ 790.000) o Contratación Directa (monto inferior $80.000). Los tiempospromedios de cada una de las mismas varían considerablemente, es por ello que es necesario que todos losrequirentes conozcan los plazos promedios a la hora de efectuar una solicitud y sobre todo ejercitarconstantemente la planificación de las tareas y objetivos de sus áreas, de esa manera, poder prever los bienes quevan a necesitar con la antelación suficiente.También poner en conocimiento inconvenientes sobre fecha de prestación del servicio, especificaciones técnicas,beneficiario del servicio, seguro, lugar de prestación, cotización, adjudicación, opción de prórroga, opción deampliación.REQUISITOSEspecificaciones Técnicas: detallar el servicio que se deberá prestar, estableciendo claramente cuál/les son lasobligaciones a cumplir por el futuro contratista. Para determinados servicios será necesario aclarar si el servicioincluye mano de obra, materiales, croquis o planos, documentación gráfica, otros.Seguro: estimar el costo del seguro hacia terceros.Beneficiario de servicio: consignar unidad de recepción o beneficiario del servicio.Fecha de prestación del servicio: especificar fecha de inicio y finalización.Lugar de prestación del servicio: aclarar exactamente domicilio.Cotización: deberá mencionar si la cotización es por renglón, por lote, o global. En caso de considerar necesarioque se adjudique por lote o global justificar debidamente los motivos para la incorporación de dicha metodologíade evaluación de propuestas. Salvo que el objeto sea indivisible, el justiprecio deberá efectuarse por ítem.Adjudicación: deberá mencionar si la adjudicación es por renglón, por lote, o global. En caso de ser por lote oglobal justificar motivos para la adjudicación


FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio del trámite (requerimiento): Solicitud de pedido.Finalización del trámite: orden de compra.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITESegún el tipo de contratación.FUNDAMENTO JURÍDICOLey de Contabilidad N° 7764/71, y su reglamentación vigente.OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


12.1. Solicitud de Pasajes Oficiales<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> LOGISTICA Y SERVICIOS GENERALESNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESOLICITUD <strong>DE</strong> PASAJES OFICIALESOFICINASUBGERENCIA <strong>DE</strong> LOGISTICA Y SERVICIOS GENERALES - SECTOR PASAJES OFICIALES<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal de la Jurisdicción, no inferior a Jefe de Departamento podrá solicitar a la Subgerencia de Logística yServicios Generales talonario de pasajes oficiales para su distribución interna, en razón de los viajes que debanrealizar los agentes a su cargo con motivo del desarrollo de tareas oficiales, en representación del organismo.REQUISITOSMemo de solicitud de pasajes oficiales presentado por funcionario no inferior a Jefe de Dpto. ante la Subgerenciade Logística y Servicios Generales.El memo deberá contener la siguiente información:Cantidad de Pasajes Oficiales requeridosDatos de contacto: teléfono y correo electrónico de la oficina o del personal autorizado a administrar los pasajesoficiales en su área.Firma y sello del personal jerárquico solicitante (no inferior a Jefe de Dpto.)FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Acuse del Memo por parte de la Subgerencia de Logística y Servicios Generales.Fin de trámite: Talonario de Pasajes Oficiales (cada uno consta de 50 Guías de Pasajes Oficiales por triplicado,numeradas, serie “D”).TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITE24 horas, desde la recepción del Memo respectivo.FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 3.728/71OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


12.2. Uso de Pasajes Oficiales<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> LOGISTICA Y SERVICIOS GENERALESNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEUSO <strong>DE</strong> PASAJES OFICIALESOFICINAResponsables de Área que han solicitado pasajes oficiales (Ver Solicitud de Pasajes Oficiales)Subgerencia de Logística y Servicios Generales – Sector Pasajes Oficiales como área de asesoramiento.<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal no inferior a Jefe de Dpto. deberá confeccionar las guías de pasajes oficiales, las cuales conforman eltalonario de Pasajes Oficiales que fuera solicitado ante la Subgerencia de Logística y Servicios Generalesoportunamente. La confección de las guías se efectúa en original, duplicado y triplicado en oportunidad deautorizar el viaje de un agente mediante el uso de transporte público.El uso de pasajes oficiales es exclusivo para los agentes de Planta Permanente y Temporaria de <strong>Arba</strong>, sin excepción.Asimismo, cabe destacar que los agentes que requieran el uso de pasajes oficiales deben solicitarlo a su Jefeinmediato, el que se corresponde con el lugar en donde efectivamente prestan servicios.Cabe destacar que la fecha entre en que se confecciona la Guía (y se entrega al agente) y la fecha en que seadquiere el Boleto de Viaje no puede exceder de quince (15) días.REQUISITOSGuía de Pasajes Oficiales Original y Duplicado, completo por funcionario no inferior a Jefe de Dpto. debe serentregado al Agente.El agente debe presentar el Original a la Empresa de Transporte, quien completará la parte correspondiente a suintervención en el formulario de Guía de Pasajes oficiales.Cumplimentado lo anterior, el agente deberá presentar el Duplicado, junto con el Boleto de Viaje al funcionario noinferior a Jefe de Dpto. que oportunamente le hizo entrega de la Guía de Pasajes Oficiales.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Guía de Pasajes Oficiales, Original y Duplicado (completo por funcionario de <strong>Arba</strong>).Fin de trámite: Guía de Pasajes Oficiales Duplicado (completo por funcionario de <strong>Arba</strong> y empresa de transporte) yBoleto de Viaje (emitido por la empresa de transporte).TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl trámite es inmediato al momento en que el agente requiere el uso de Pasajes OficialesFUNDAMENTO JURÍDICODecreto 3.728/71OBSERVACIONES


En caso de pérdida y/o extravío de la Guía de Pasajes Oficiales Original, se deberá realizar una exposición depérdida y/o extravío ante la Dirección Provincial del Registro de las Personas y en oportunidad de realizar larendición (Ver Trámite de Rendición de Pasajes Oficiales) deberá informarse como “anulada”.Los traslados internos de personal, como así también la incorporación de personal ingresante, deberá serinformada por el Jefe inmediato donde se recibe al nuevo agente, al Sector Pasajes Oficiales de la Subgerencia deLogística y Servicios Generales, a fin de actualizar las nóminas correspondientes para la autorización de pasajesoficiales.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


12.3. Rendición de Pasajes Oficiales<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> LOGISTICA Y SERVICIOS GENERALESNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITERENDICION <strong>DE</strong> PASAJES OFICIALESOFICINASUBGERENCIA <strong>DE</strong> LOGISTICA Y SERVICIOS GENERALES - SECTOR PASAJES OFICIALES<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNEl personal de la Jurisdicción, no inferior a Jefe de Departamento que haya solicitado Pasajes Oficiales (VerSolicitud de Pasajes Oficiales) y haya efectuado el uso de los mismos (Ver Uso de Pasajes Oficiales), deberáproceder con su rendición ante la Subgerencia de Logística y Servicios Generales. Para tal fin se dispone de unaplicativo web en la Intranet de <strong>Arba</strong>, ingresando por www.arba.gov.ar .REQUISITOSHabilitación de usuarios para la rendición en Web, para ello se deberá enviar un mail a mmelendez@arba.gov.ardetallando los dos agentes designados para tal fin (apellido y nombre, DNI, legajo).El proceso de rendición debe efectuarse dentro de los quince (15) días de expedido el Boleto de Viaje.La rendición se efectúa por Agente y por mes de viaje, completando los datos que solicita el aplicativo, los cualessurgen de la Guía de Pasajes Oficiales Duplicado y Boleto de Viaje que fue presentado por el agente.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de trámite: Listado de Guías Rendidas (Consulta generada por el aplicativo)Fin de trámite: Chequeo de Devolución (Consulta generada por el aplicativo)TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITELa rendición es inmediata (on-line).FUNDAMENTO JURÍDICODecreto 3.728/71OBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


13.1. Solicitud de Expedientes acusados en Rendición de Cuentas<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> TESORERÍA.NOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITESOLICITUD <strong>DE</strong> EXPEDIENTES ACUSADOS EN EL <strong>DE</strong>PTO RENDICIÓN <strong>DE</strong> CUENTASOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO RENDICIÓN <strong>DE</strong> CUENTAS.<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLas dependencias que hayan remitido sus expedientes de rendición de cuentas podrán tomar vista o biensolicitar la remisión de los mismos, hasta 45 (cuarenta y cinco) días antes de la fecha correspondiente a surendición.En los casos en que se solicite vista de la rendición y se haya vencido el plazo estipulado, el Dpto. Rendiciónde Cuentas, sólo pondrá a disposición del área requirente, el escaneo efectuado de la rendiciónoportunamente elevada (en soporte magnético o en papel).REQUISITOSEl área requirente deberá comunicarse vía telefónica o mail a tesorería@arba.gov.ar, a los fines de conocerla fecha de pago del expediente en cuestión y evaluar, de acuerdo a la misma, la factibilidad del pedido.Si el expediente se encontrara aun en condiciones de ser exhibido o remitido, deberá solicitar el mismo porMemorando ante el Dpto. Rendición de Cuentas, en el que se solicita la remisión, comprometiéndose elárea solicitante a su devolución en el plazo mencionado (45 días previos a su rendición).Memo solicitando el escaneo de la rendición efectuada (soporte magnético y/o papel), si el plazo antesindicado se encuentra vencido.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEMemo con acuse de recepción por parte del Dpto. Rendición de Cuentas.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITERemisión inmediata de la documentación solicitada una vez que el Dpto. Rendición de Cuentas ha recepcionado elMemo.FUNDAMENTO JURÍDICOCONFORME ACORDADA <strong>DE</strong>L HONORABLE TRIBUNAL <strong>DE</strong> CUENTAS <strong>DE</strong>L 2 <strong>DE</strong> DICIEMBRE <strong>DE</strong> 1992.OBSERVACIONESN/CÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


13.2. Comunicación de Pagos al Personal – Sistema “Ticketera”<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> TESORERÍANOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITECOMUNICACIÓN PAGOS AL PERSONAL MEDIANTE TICKETERAOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO GESTIÓN <strong>DE</strong> INGRESOS, PAGOS Y CONCILIACIONES<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLos agentes designados en Planta Permanente y/o Temporaria, que al momento de percibir su primer haber, nohayan cumplimentado con la presentación del Formulario para la apertura de su cuenta bancaria Sueldos,percibirán su sueldo por el sistema denominado Ticketera.Desde la Gerencia de Tesorería - Departamento Gestión de Ingresos, pagos y Conciliaciones se contactará a losagentes incluidos en el sistema Ticketera y se les comunicará la sucursal bancaria en la que deberá presentarse,juntamente con su presentación de DNI y la indicación en la línea de cajas que van a retirar su haber por sistemaTicketera de <strong>Arba</strong>.Asimismo, y de modo de profundizar la comunicación a los interesados, se enviará un aviso mediante supublicación en el Boletín Electrónico de <strong>Arba</strong>.REQUISITOSNo contar con cuenta bancaria haberes al momento de la liquidación o bien que la cuenta no esté cargada a dichomomento.Estar incluido en la liquidación de pago bajo la modalidad ticketera.Presentar ante la sucursal bancaria indicada con DNI.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTETIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEPara la comunicación a los agentes : 48 a 72 hs hábiles anteriores a la fecha de inicio del período de cobro.FUNDAMENTO JURÍDICON/COBSERVACIONESSe deberá procurar que los agentes completen los formularios para realizar la apertura de la correspondientecuenta sueldo para la próxima liquidación.ÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


14.1. Alta de Patrimonial de Bienes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> PRESUPUESTO Y CONTABILIDADNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEALTA PATRIMONIAL <strong>DE</strong> BIENESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO GESTION PATRIMONIAL.<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLa adquisición de bienes que pasan a conformar el patrimonio del Organismo debe registrarse siguiendo elprocedimiento previsto por la normativa desde el momento en que se inicia la gestión de compras.Una vez que la compra se ha perfeccionado, el Dpto. Gestión Patrimonial remite mediante Memo el formulario101/106, según corresponda a la Gerencia de la cual depende el área receptora del bien, a los fines de suconformación y toma de conocimiento. De este modo se formaliza el Alta Patrimonial del Bien adquirido en elpatrimonio del área que así ha conformado su recepción.REQUISITOSHaberse perfeccionado la compra del bien y el mismo ya encontrarse en el área receptora.FORMULARIOSFormulario 101 Transferencias o compras hasta $ 1.999,00.Formulario 106 Compras mayores a $ 1.999,00COMPROBANTEMemo Dpto. Gestión Patrimonial con el Formulario 101 o 106, según corresponda.TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl trámite es inmediato al momento en que ingresa el bien al Organismo.FUNDAMENTO JURÍDICOOBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


14.2. Baja Patrimonial de Bienes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> PRESUPUESTO Y CONTABILIDADNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEBAJA PATRIMONIAL <strong>DE</strong> BIENES (BAJA o TRANSFERENCIA INTERNA)OFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO GESTION PATRIMONIAL.<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLa solicitud de baja de un bien (computadora, silla, escritorio, mueble, impresora, etc), es realizada por el Jefe dela dependencia o área, la misma puede deber a diversos motivos, por estar fuera de uso, por destrucción total, portransferencia interna o de jurisdicción, otro. Luego de verificar los datos censales, se procede a caratular lasactuaciones y a continuación se confecciona un proyecto de Disposición el cual se envía a la firma del Titular de larepartición, para la registración del mismo. Finalizado esto, se cargan en el Sistema Uniforme de ContabilidadPatrimonial, generando el Formulario 102 que refleja el movimiento patrimonial efectuado. De este modo seformaliza la Baja Patrimonial del Bien.REQUISITOSMemo o Nota con descripción detallada del bien a dar de baja y el área en la que se encuentra.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Tramite: Memo de la Dependencia que solicita la bajaFin de Trámite: Disposición del titular de la Repartición y Formulario 102TIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl trámite es inmediato al momento en que ingresa la solicitud de baja.FUNDAMENTO JURÍDICOOBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


14.3. Donación Patrimonial de Bienes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> PRESUPUESTO Y CONTABILIDADNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITEDONACION PATRIMONIAL <strong>DE</strong> BIENESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO GESTION PATRIMONIAL.<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLas donaciones y/o transferencias de bienes patrimoniales dados de baja por estar fuera de uso, se hacen efectivasa Municipios, entidades de bien público, escuelas, hospitales, policía, etc.La parte interesada en solicitar elementos posibles de donación ingresa el pedido (vía nota*), debiendo adjuntaren el caso de entidades de bien público, copia debidamente certificada de la constancia de inscripción dePersonería Jurídica y acta constitutiva de autoridades. En caso de ser organismos del Estado, los requerimientos selimitan a la presentación de una nota suscripta por un responsable.Acto seguido, se confecciona expediente donde se adjuntan el acta de entrega de los bienes donados como asítambién la documentación antes requerida, todo esto indispensable para generar el acto administrativo detransferencia definitiva.REQUISITOSMemo o Nota con descripción detallada del bien a donar.Constancia de Inscripción de personería jurídica.Acta constitutiva de autoridades.Nota Autoridad (si la donación es a un Organismo del Estado)FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEInicio de Tramite: Memo de la Dependencia que solicita la baja/donación.Fin de Trámite: Acto Administrativo del titular de la ReparticiónTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl trámite es inmediato al momento en que ingresa la solicitud de donación.FUNDAMENTO JURÍDICON/COBSERVACIONESN/CÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


14.4. Actualización Patrimonial de Bienes<strong>DE</strong>PEN<strong>DE</strong>NCIAGERENCIA <strong>DE</strong> PRESUPUESTO Y CONTABILIDADNOMBRE <strong>DE</strong>L TRÁMITERELEVAMIENTO E INSPECCIÓN PATRIMONIAL <strong>DE</strong> BIENESOFICINA<strong>DE</strong>PARTAMENTO GESTION PATRIMONIAL.<strong>DE</strong>SCRIPCIÓNLas instancias de relevamiento y/o inspección de bienes patrimoniales, generalmente las determina el árearesponsable de hacerlo, y eventualmente son solicitadas por alguna dependencia en particular.Las inspecciones se realizan en las dependencias de casa central, Subgerencias y Centros de Servicios Locales,donde se relevan los bienes patrimoniales existentes en cada lugar para luego compararlo con el listado deContaduría, viendo así las diferencias, si las hubiera, para poder entonces incorporar o dar de baja algún elemento.Asimismo el 30 de septiembre de cada año se practica la verificación de bienes por medio de actas de recuentofísico, que deberán ser devueltas con firma y sello del encargado de la dependencia y responsable patrimonial.Dichas inspecciones se deberán realizar al menos dos veces al año según lo establecido en la Ley de Contabilidadde la Provincia de Buenos Aires.REQUISITOSMemo con descripción de la inspección patrimonial efectuadaConformidad del área respecto del recuento físico.FORMULARIOSN/CCOMPROBANTEMemoTIEMPO <strong>DE</strong> RESPUESTA / DURACIÓN <strong>DE</strong>L TRÁMITEEl trámite se realiza en el término de cinco días hábiles.FUNDAMENTO JURÍDICOOBSERVACIONESÚLTIMA ACTUALIZACIÓNEsta información fue actualizada por última vez el 2/12/2011.


Anexo Nº 1 - FormulariosNota: todos los formularios referenciados se encuentran disponibles en la web www.arba.gov.ar / Links:“Recursos Humanos “/ “Uso Interno”/ “Centro de Documentación”/ “Índice de Documentos”/ “RC=Registrosde Calidad” o <strong>DE</strong>=Documentación Externa (según corresponda)1. Designaciones y Asignación de funcionesRC 6050 – Pase de Planta Temporaria a Planta PermanenteRC 6051 – Declaración Jurada Respecto a las Causas que Generan Incompatibilidad e InhabilidadRC 6052 – Declaración Jurada No Deuda por los Impuestos Cuya Recaudación Persigue la ARBARC 6073 – Alta o Modificación Funciones JerarquizadasRC 6100 – Solicitud de Incorporación de PasantesRC 6118 – Régimen de Pasantías-Registro de Inicio2. Ceses y limitación de funcionesRC 6036 – Formulario para Trámite de RenunciaRC 6116 – Baja Funciones JerarquizadasRC 6059 – Planilla de Adhesión al Régimen de Franquicias y Francos CompensatoriosRC 6114 – Formulario Tramite de Renuncia por Cierre de Computo CondicionadoRC 6115 – Declaración Jurada Solicitud Cierre De Computo Condicionado3. Pases, reubicaciones y carrera escalafonariaRC 6016 – Traslado Definitivo de Agentes dentro de <strong>Arba</strong>RC 6004 – Pase en Comisión dentro de ARBA4. Licencias al personal y accidentes de trabajoRC 6069 – Formulario para Solicitud de Licencia Decenal<strong>DE</strong> 6002 – Provincia ART – Informe de Accidente de Trabajo<strong>DE</strong> 6003 – Provincia ART – Solicitud de Asistencia Medica5. Permisos al personal


RC 6068 – Formulario para Solicitud de Permisos6. Beneficios y Asignaciones FamiliaresRC 6113 – Formulario de Inscripción a Jardines MaternalesRC 6057 – Asignación por EscolaridadRC 6030 – Declaración Jurada Pedido de Asignación PrenatalRC 6033 – Asignación por Nacimiento o MatrimonioRC 6056 – Declaración Jurada para Asignaciones FamiliaresRC 6028 – Autorización del CónyugeRC 6031 – Cónyuge Desocupado - Declaración JuradaRC 6060 – Declaración Jurada - Asignación por GuarderíaRC 6061 – Declaración Jurada - Solicitud Bonificación por GuarderíaRC 6126 – Constancia de Inexistencia de Cupos en los Jardines MaternalesRC 6032 – Baja de Percepción de Salario7. Viáticos y compensacionesRC 6022 – Foja de Comisión ARBARC 6005 – Planilla de control de Expedientes de Viáticos y MovilidadRC 6010 – Solicitud de OperativoRC 6110 – Solicitud de Operativo con Acciones Múltiples PredefinidasRC 6112 – Operativo Tareas Especiales de Apoyo a la GestiónRC 6011 – Liquidación de OperativosRC 6087 – Liquidación de Operativo UOC - GUARDIASRC 6107 – Liquidación de Operativo MODULOS8. Legajo, Certificaciones de Trabajo, Firmas autorizadas, Notificaciones y otrosRC 6034 – Declaración Jurada - Actualización de DomicilioRC 6013 – Planilla de Notificación


Anexo Nº 2 - Oficinas – Medios de ContactoGerencia de Recursos HumanosLic. Alejandra GolnerCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPrimer Piso - Oficina 115 - Corredor CTels. 429-4412 / 429-4707agolner@arba,gov.arSubgerencia de Administración del PersonalLic. Belen RocaCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPrimer Piso - Oficina 107 - Corredor CTel. 429-4584mroca@arba.gov.arSubgerencia de Administración del Personal - Sector Planteles BásicosSr. Ricardo MarinoCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPrimer Piso - Oficina 107 - Corredor CTel. 429-4400 int. 84440rmarino@arba.gov.arDepartamento Planeamiento e Integración del PersonalSra. Alcira Matrella (Viáticos y Movilidad) / Lic. Sebastián Dameno (Beneficios, Convenios y Pasantías)Casa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPrimer Piso - Oficina 108 - Corredor CTel. 429-4400 int. 84409amatrella@arba.gov.arsdameno@arba.gov.arDepartamento Legajos y Registro Asistencial del PersonalSra. Susana RipollCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPlanta Baja - Oficina 015 - Corredor ATels. 429-4624 / 429-4770 / 429-4753sbripoll@arba.gov.arDepartamento Administrativo y Técnico LaboralCr. Javier RuggieroCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPrimer Piso - Oficina 116 - Corredor C


Tel. 429-4400 int. 84410 / 84533jruggiero@arba.gov.arDepartamento Capacitación y Desarrollo del PersonalLic. Carolina Cecilia GonzalezCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPlanta Baja - Oficina 002 - Corredor DTel. 429-4523cgonzalez@arba.gov.arGerencia de Responsabilidad ProfesionalDra. Lorena ZarzosaCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPrimer Piso - Oficina 139 - Corredor ETel. 429-4702lzarzosa@arba.gov.arGerencia de Adquisiciones y ContratacionesSr. Néstor Alfredo SartiCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataSegundo Piso - Oficina 213 - Corredor ETels. 429-4717 / 429-4716nsarti@arba.gov.arDepartamento Gestión de Adquisiciones y ContratacionesCra. Georgina GómezCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataSegundo Piso - Oficina 230 - Corredor ATel.429-4520ggomez@arba.gov.arDepartamento Órdenes de Compra y FacturaciónCra. Mariela CastellaniCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataSegundo Piso - Oficina 228 - Corredor ATel. 429-6452mcastell@arba.gov.arGerencia de Logística y Servicios GeneralesSr. Héctor BidegainCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPrimer Piso - Oficina 104/105 - Corredor ATel. 429-4400 int. 84497


hbidegain@arba.gov.arSubgerencia de Logística y Servicios GeneralesSra. Marisa PlazasCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPrimer Piso - Oficina 103 - Corredor ATel. 429-4574maplazas@arba.gov.arGerencia de TesoreríaCra. Attili Silvina ValeriaCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPlanta Baja - Oficina 006 - Corredor DTels. 429- 4779 / 429-4614silvina.attili@arba.gov.arDepartamento Rendición de CuentasCra. Teresa Delia BuiselCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPlanta Baja - Oficina 006 - Corredor DTels. 429- 4779 / 429-4614tbuisel@arba.gov.arDepartamento Gestión de Ingresos Pagos y ConciliacionesCra. Andrea De MasiCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPlanta Baja - Oficina 006 - Corredor DTels. 429- 4779 / 429-4614ademasi@arba.gov.arGerencia de Presupuesto y ContabilidadCr.Nestor Martín UrrutiaCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataSegundo Piso - Oficina 213 - Corredor ETels. 429-4726 / 429-4717murrutia@arba.gov.arDepartamento Gestión PatrimonialSr. Ricardo Omar BinCasa Central - 45 entre 7 y 8 - La PlataPrimer Piso - Oficina 114 - Corredor DTel. 429-4400 int. 84537 / 84628rbin@arba.gov.ar


Material editado y compendiado por la Gerencia General de Administración.Septiembre de 2011

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