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N° PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOSDERECHO DE PAGO(TASA)SUNARP/SN (23/07/2001); 1°, 2°, 3°, 4°, constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o precio, si éste no5°, 6°, 9°, 10°, 11° y Tercera Disposición Fi- haber solicitado la dispensa respectiva. supera los S/. 35,000,nal de la Ley General de Expropiación, Ley 3.- Escritura pública o, si el valor del inmueble no supera las o 3/1000 cuando su-N° 27117 (20/05/1999); 528° del TUO del 20 UIT, formulario registral con firmas legalizadas notarial- pera dicho monto,Código Procesal Civil (23/04/1993), mo- mente, otorgada por el propietario del predio y el repre -dificado por la Ley N° 27117; 108° del sentante del sujeto activo de la expropiación (poder ejecu-Reglamento de Inscripciones del Regis- tivo, gobierno regional o gobierno local), en el que debetro de Predios, aprobado por Resolución precisarse la ley autoritativa de la expropiación, la normaN°540-2003-SUNARP/SN (21/11/2003); 7° que la ejecuta y el monto de la indemnización justipreciada,y 9° del D. Leg. N° 776 (31/12/93), mo- especificando si esta última fue pagada directamente o fuedificado por el art. 1 de la Ley N° 27616 consignada.(29/12/2001) y por el D. Leg. N° 952 4.- Constancia de pago del Impuesto Predial.(03/02/2004); Directiva N° 011- 5.- Pago de derechos registrales.2003-SUNARP/SN, aprobada por Re- 6.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentessolución N° 482-2003-SUNARP/SN( 07/10/2003); 1°del Decreto SupremoN° 017-2003-JUS (18/09/03)AUTOMATICOCALIFICACIONAUTORIDAD QUEINICIO DEEVALUACIONAPRUEBA ELTRAMITERESUELVE RECURSO IMPUGNATORIOPOSITIVO NEGATIVO TRAMITE RECONSIDERACION APELACION11 Transferencia de dominio por Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado 0.81 % de UIT por de- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registralsucesión testamentaria General de los Registros Públicos, apro- y suscrito, en el que se indicará los datos de inscripción de rechos de calificación prórroga obado por Resolución N° 195-2001- la ampliación de testamento. y 0.26 % de UIT por suspensión.SUNARP/SN (23/07/2001); 2019° del 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la derechos de inscrip-Código Civil (25/07/1984);100° del Re- constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o ciónglamento de Inscripciones del Registro haber solicitado la dispensa respectiva.de Predios, aprobado por Resolución N° 3.- La ampliación de testamento del causante debe estar previa-540-2003-SUNARP/SN (21/11/2003); 7°, mente inscrito en el Registro de Testamentos.9°, 21° y 27° del D. Leg. 776 (31/12/93), 4.- Constancia de pago del Impuesto Predial.modificado por el art. 1 de la Ley N° 27616 5.- Pago de derechos registrales.(29/12/2001) y por el D. Leg. N° 952 6.- Otros, según calificación registral y disposiciones(03/02/2004); Directiva N° 011- vigentes.2003-SUNARP/SN, aprobada por ResoluciónN° 482-2003-SUNARP/SN( 07/10/2003); 1°del Decreto SupremoN° 017-2003-JUS (18/09/03)12 Transferencia de dominio por Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento 1.- Formato de solicicitud de inscripción debidamente llenado 0.81 % de UIT por de- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registralsucesión intestada General de los Registros Públicos, apro- y suscrito. rechos de calificación prórroga obado por Resolución N° 195-2001- 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la y 0.26 % de UIT por suspensión.SUNARP/SN (23/07/2001); 122°, 762°, constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o derechos de inscrip-836° del TUO del Código Procesal Civil haber solicitado la dispensa respectiva. ción(23/04/1993); 268° de la Ley Orgánica del 3.- Partes judiciales conteniendo copias de la sentencia, de laPoder Judicial (04/12/1991); 2015°, 2041° resolución que la declara consentida o ejecutoriada,y 2042° del Código Civil (25/07/84); 44° el oficio del Juez solicitando la inscripción; o, parte notarialde la Ley N° 26662 (22/09/1996); 100° remitido por el Notario que siguió el trámite sucesión intesdelReglamento de Inscripciones del Regis- tada notarial.tro de Predios, aprobado por Resolución Tratándose de partes judiciales, las copias deben estar certifi-N°540-2003-SUNARP/SN (21/11/2003); cadas por el Secretario de Juzgado y las resoluciones deben7°, 9°, 21° y 27° del Decreto Legislativo estar suscritas por el Juez y el Auxiliar Jurisdiccional respecti-N° 776 (31/12/93), modificado por el vo.art.1° de la Ley N° 27616 (29/12/2001); 1° 4.- La sentencia o la declaración notarial de sucesión intestaday por el D. Leg. N° 952 (03/02/2004);debe encontrarse inscrita en el Registro de Sucesiones Intes-Directiva N° 011-2003-SUNARP/SN,tadas del lugar donde se ubica el predio.aprobada por Resolución N° 482-2003- 5.- Constancia de pago del Impuesto Predial.SUNARP/SN( 07/10/2003); 1°del De- 6.- Pago de derechos registrales.16/46

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