13.07.2015 Views

Para más información. Descargar documento (PDF 163 Kb) - Sunarp

Para más información. Descargar documento (PDF 163 Kb) - Sunarp

Para más información. Descargar documento (PDF 163 Kb) - Sunarp

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

N° PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOSDERECHO DE PAGO(TASA)AUTOMATICOCALIFICACIONAUTORIDAD QUEINICIO DEEVALUACIONAPRUEBA ELTRAMITERESUELVE RECURSO IMPUGNATORIOPOSITIVO NEGATIVO TRAMITE RECONSIDERACION APELACION3 Servidumbre Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamen- 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado 0.24% UIT por 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registralto General de los Registros Públicos, y suscrito. derechos de prórroga oaprobado por Resolución N° 195- 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la calificación y 0.24% suspensión.2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 110° constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o UIT por derechos dey siguientes del D.L. 25844 (19/11/1992); haber solicitado la dispensa respectiva. inscripción.217° del Reglamento de la Ley de Con- 3.- Copia autenticada por funcionario competente del sectorcesiones Eléctricas, aprobado por D.S. correspondiente de la resolución administrativa que esta-N° 009-93-EM(25/02/1993), modificado blece la servidumbre.por el art. 1° del D.S. N° 038-2001-EM 5.- Pago de derechos registrales.(18/07/2001); Ley N° 26734(31/12/1996); 6.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.Texto Único Ordenado de las normascon rango de Ley que regulan la entregaen concesión al sector privado de lasobras públicas de infraestructura y deservicios públicos, aprobado por D.S.Nº 059-96-PCM (27/12/1996) y suReglamento aprobado por D.S.Nº 060-96-PCM (28/12/1996).4 Otros actos inscribibles Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamen- 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado 0.24% UIT por 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registralto General de los Registros Públicos, y suscrito. calificación y prórroga oaprobado por Resolución N° 195- 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la 3/1000 o 1.5/1000 del suspensión.2001-SUNARP/SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o del valor del acto, segúnTexto Único Ordenado de las normas haber solicitado la dispensa respectiva. corresponda o, 0,24% decon rango de Ley que regulan la entrega 3.- Partes notariales o testimonio de la escritura pública que la UIT, por dererechosen concesión al sector privado de las contenga el acto o derecho inscribible. de inscripción.obras públicas de infraestructura y de 4.- Pago de derechos registrales.servicios públicos, aprobado por D.S. 5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.Nº 059-96-PCM (27/12/1996) y suReglamento aprobado por D.S.Nº 060-96-PCM (28/12/1996); Ley de Incentivosa las Concesiones de Obras Públicasde Infraestructura y de ServiciosPúblicos, Ley N° 26885 (04/12/1997);Decreto Supremo N°37-94-JUS(07/07/1994)4.6 REGISTRO DE DERECHOS MINEROS1 Inscripción de concesiones Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamen- A) Concesión Minera: 3.30% UIT por 35 días, salvo Diario Registrador Público Tribunal Registralto General de los Registros Públicos, 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y derechos de prórroga oaprobado por Resolución N° 195- suscrito. calificación y 10% de suspensión.2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la la UIT por derechos107° y 126° del Texto Único Orde- constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o de inscripción.nado de la Ley General de Minería,haber solicitado la dispensa respectiva.aprobado por D.S. N° 014-92-EM3.- Copia Certificada de la Resolución que otorga el título,(04/06/1992); 38° y 42° del Regla - acompañada de la constancia que acredite que ha quedadomento de Procedimientos Mineros,firme. La resolución debe contener la información aludidaaprobado por Decreto Supremo N°en el artículo 23° del Reglamento de Inscripciones del Re-018-92-EM (08/09/1992); 22° ygistro de Derechos Mineros.siguientes del Reglamento de Inscripcio- 4.- Pago de derechos registrales.nes del Registro de Derechos Mineros, 5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.aprobado por Resolución N° 052-2004-SUNARP/SN(12/02/2004);38/46

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!