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N° PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOS(18/09/03)DERECHO DE PAGO(TASA)AUTOMATICOCALIFICACIONAUTORIDAD QUEINICIO DEEVALUACIONAPRUEBA ELTRAMITERESUELVE RECURSO IMPUGNATORIOPOSITIVO NEGATIVO TRAMITE RECONSIDERACION APELACION4 Anotación de demanda Artículos 122°, 139°, 148° y 673° del 1.- Formato de solicitud debidamente llenado y suscrito. 0.81% de UIT por de- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal RegistralTUO del Código Procesal Civil (23/04/ 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la rechos de calificación prórroga o1993); 266° numeral 13° de la Ley Orgá- constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o y 0.16 % de UIT por suspensión.nica del Poder Judicial (04/12/1991); haber solicitado la dispensa respectiva. derechos de inscrip-15°, 17°, 28°, 32°, 38°, 44°, 45°, 65°, 3.- Partes judiciales conteniendo copias de la demanda, de la ción.69° y 176° del Reglamento General de los resolución que admite la demanda, y de la resolución caute-Registros Públicos, aprobado por Re-lar que ordena la anotación y del oficio cursado al RegistrasoluciónN° 195-2001-SUNARP/SNdor. Las copias deben estar certificadas por el Secretario de(23/07/2001); 133° del Reglamento Juzgado y las resoluciones deben estar suscritas por el Juezde Inscripciones del Registro de Predios, y el Auxiliar Jurisdiccional respectivo.aprobado por Resolución N° 540-2003- 4.- Pago de derechos registrales.SUNARP-SN(21/11/2003);Resolución 5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.Nº 066-2000-SUNARP-SN (31/05/2000).1° del Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/03)5 Bloqueo Artículos 3° del D.L. N° 18278 (20/05/ 1.- Formato de solicitud debidamente llenado y suscrito. 0.81% de UIT por de- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral1970), modificado por el art. 2° de la 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la rechos de calificación prórroga oLey N° 26481(15/06/1995); 176° de la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o y 0.16 % de UIT por suspensión.Ley 26702 (09/12/1996); 521° del TUO haber solicitado la dispensa respectiva. derechos de inscripdelCódigo Procesal Civil (23/04/1993); 3.- Solicitud efectuada por Notario o, en su caso, fedatario re- ción.32°, 65° y 176° del Reglamento General ceptor, en la que debe constar el nombre de los contratandelos Registros Públicos, aprobadotes, la indicación del acto que amerita el bloqueo y los datospor Resolución N° 195-2001-SUNARP- de la partida registral respectiva.SN (23/07/2001); 131° y 132° del Re- 4.- Copia certificada de la minuta correspondiente.glamento de Inscripciones del Registro <strong>Para</strong> inscribir el bloqueo a que se refiere el art. 521° delde Predios, aprobado por ResoluciónCódigo Procesal Civil, se acompañará parte judicial queN° 540-2003-SUNARP/SN(21/11/2003). contenga el oficio remitido por el juez, y la resolución que1° del Decreto Supremo N° 017-2003- ordena el bloqueo.JUS (18/09/03)5.- Pago de derechos registrales.6.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.6 Inscripción de hipoteca Artículos 156°, 1097°, 1098°, 1099°, 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y 0.81% de UIT por de- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral1100°,1106° y 2010° del Código Civil suscrito. rechos de calificación prórroga o(25/07/1984); 176° de la Ley 26702 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la y 0.75/1000 del mon- suspensión.(09/12/1996); 15°, 17° y 176° del Re- constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o to de la hipoteca, siglamento General de los Registros Pú- haber solicitado la dispensa respectiva. éste no supera los S/.blicos, aprobado por Resolución N° 3.- Escritura pública o, si el valor del inmueble no supera las 35,000, o 1.5/1000195-2001-SUNARP-SN (23/07/2001); 54° 20 UIT, formulario registral con firmas legalizadas notarial- cuando supera dichoy 57° de la Ley Nº 26002 (27/12/2001); mente. monto, por derechos109° del Reglamento de Inscripciones 4.- La Hipoteca debe ser constituida por el propietario con de inscripción.del Registro de Predios, aprobado pordominio inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble.Resolución N° 540-2003-SUNARP-SN Debe constituirse por una cantidad determinada o determi-(21/11/2003); 1° del Decreto Supremo nable y recaer sobre un inmueble específicamente determi-N° 017-2003-JUS (18/09/03) nado.5.- Pago de derechos registrales.6.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.7 Cancelación de hipoteca Artículos 156°, 2010°, 1122° numeral 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y 0.81% de UIT por de- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral1 y 3 del Código Civil (25/07/1984); suscrito. rechos de calificación prórroga o172° y 176° de la Ley 26702 (09/12/ 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la y 0.75/1000 del mon- suspensión.1996); 15°, 17° y 176° del Reglamento constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o to de la hipoteca, siGeneral de los Registros Públicos, apro- haber solicitado la dispensa respectiva. éste no supera los S/.19/46

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