13.07.2015 Views

Para más información. Descargar documento (PDF 163 Kb) - Sunarp

Para más información. Descargar documento (PDF 163 Kb) - Sunarp

Para más información. Descargar documento (PDF 163 Kb) - Sunarp

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

N° PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOSpropietarios o deben contar con la autorización de éstos.7.- Certificados emitidos por la Autoridad Aeronáutica delpaís de matrícula, acreditando la propiedad de las aeronaves.8.- Documento(s) privado(s) con firmas legalizadas ante Notario,en el (los) que conste la autorización del propietariopara la celebración del contrato de intercambio, cuandocorresponda.9.- Copia legalizada del Certificado de Matrícula y su respectivatraducción, cuando corresponda.10. Pago de derechos registrales.11. Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.DERECHO DE PAGO(TASA)AUTOMATICOCALIFICACIONAUTORIDAD QUEINICIO DEEVALUACIONAPRUEBA ELTRAMITERESUELVE RECURSO IMPUGNATORIOPOSITIVO NEGATIVO TRAMITE RECONSIDERACION APELACION4.3 REGISTRO DE BUQUES1 Inmatriculación. Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y susc 1.79% UIT por dere- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal RegistralGeneral de los Registros Públicos, 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la chos de calificación y prórroga oaprobado por Resolución N° 195-2001- constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o 3/1000 del valor del suspensión.SUNARP/ SN (23/07/2001); 202° y 207° haber solicitado la dispensa respectiva. buque por derechos dedel Reglamento de Inscripciones aprobado 3.- Copia certificada de la matrícula del buque, expedida por inscripción.por Resolución de la Corte Suprema de la Dirección de Capitanía del puerto donde esté matricufecha17/12/1936; C-010215 del Reglamen- lada la nave, acompaña da de la escritura pública o docutode Control y Vigilancia de las actividades mento expedido por la autoridad competente en el quemarítimas, fluviales y lacustres - D.S. N° conste la adquisición de la nave.028-DE-MGP (02/06/2001); DecretoCuando la adquisición del buque tenga lugar por contratoSupremo N° 37-94-JUS (07/07/1994) de construcción, se considerará como título de propiedadla escritura pública de entrega de la nave, otorgadapor el constructor a favor del dueño, con indicación delprecio, forma de pago y características de identificacióndel buque. Si el constructor fuera el dueño, bastará comotítulo de adquisición, la escritura pública otorgada poréste, en la que se hará constar dicha circunstancia.4.- Pago de derechos registrales.5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.2 Transferencias Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y 0.24% UIT por dere- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal RegistralGeneral de los Registros Públicos, suscrito. chos de calificación y prórroga oaprobado por Resolución N° 195-2001- 2.- Copia del <strong>documento</strong> de identidad del presentante, con la 3/1000 del precio de suspensión.SUNARP/ SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o venta por derechos de950°, 2010°, 2040° del haber solicitado la dispensa respectiva. inscripción.Código Civil (25/07/1984); 35° literal 3.- Escritura Pública de compraventa, otorgado por el venc)del Reglamento de Registro de So- dedor, a favor del comprador, con indicación de la formaciedades, aprobado por Resolución N° de pago; o, en su caso, parte notarial o judicial que con-200-2001-SUNARP/SN (27/07/01);tenga la declaración notarial o judicial firme que declare a196°, 208° y siguientes del Reglamento los herederos, previamente inscrito en el registro de sucedeInscripciones aprobado por Resolución siones intestadas.de Corte Suprema de fecha 17/12/1936; La transferencia por aporte de naves y demás artefactosD.S. N° 37-94-JUS (07/07/1994) navales, se rige por lo dispuesto en el art. 35° literal c)del Reglamento del Registro de Sociedades.4.- Pago de derechos registrales.5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.3 Declaración de propiedad por Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y 0.24% UIT por dere- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registralprescripción adquisitiva General de los Registros Públicos, suscrito. chos de calificación y prórroga o29/46

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!