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LOS DERECHOS DE AUTOR EN EL ECUADOR Y SU ...

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Convenio de Berna, la tratadista Sandra Bringas aporta: "los derechos morales sonimprescriptibles, indisponibles, irrenunciables y perpetuos por estar impregnados de lapersonalidad del autor, por lo que comprenden el derecho de divulgación, el derecho depaternidad, derecho de integridad, derecho de modificación o variación, derecho de retiro de laobra del comercio, derecho de acceso"(BARZALLO, 2004. Pag. 165).Los derechos morales del autor, lo facultan a reivindicar en cualquier momento la paternidad desu obra. Al igual que un padre frente a un menor no emancipado, el autor de la obra ejerce lapatria potestad sobre la publicidad o no de ella, asimismo, podrá oponerse frente a cualquiercambio o modificación que atente con el contenido original de su creación. El autor es la únicapersona que ostenta el derecho, no sólo de proteger su creación frente a terceros, sino también,de aprobar su publicación, comercialización y o modificación; más importante aún, el ejercicio,en cualquier tiempo, del derecho al arrepentimiento.Por lo expuesto, el derecho a reivindicar la paternidad, faculta al autor de la obra para hacer usode la forma que considere apropiada; corroborando con este criterio, González López dice:"aunque la obra nace con una vocación de comunicación, el autor es el único facultado paradecidir si esta ha de ser puesta en conocimiento del público, pues no hay dudas que ladivulgación pone en juego la reputación y fama del autor, siendo por ello lógico que sólo él, demodo soberano, pueda decidir si ha de quedar en su esfera privada o ha de ver la luz. Decisiónque dependerá de una amplia serie de motivaciones circunstancias: la maduración de la obra, laoportunidad social, económica o política que se estime más favorable, la perfección deseada,etcétera." (BARZALLO, 2004, Pág.167)1.3.2 Derecho al anonimato o inédito33

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