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Seguridad alimentaria Seguridad alimentaria - Revista Profesiones

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nuevas tecnologíasEntrada en vigor de la LeyGeneral de TelecomunicacionesLa LGT modifica el concepto de correo electrónico publicitarioLa Ley General de Telecomunicaciones (LGT) entró en vigor el 5 de noviembre, un día después de supublicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Con este proyecto se tiene como finalidad “profundizaren las medidas aperturistas del sector, consolidando así la libre competencia de un mercado detelecomunicaciones que comenzó el proceso de liberalización en diciembre de 1998”, según fuentes delMinisterio de Ciencia y Tecnología.Desde el 5 de noviembre está en vigor laLey General de Telecomunicaciones,tras aprobarse en el Congreso el 16 deoctubre de este año. Con este nuevomarco regulatorio del sector se buscaaportar estabilidad y flexibilidad a lasempresas, simplificar los trámites administrativospara los operadores y aumentarla protección de los derechos delos usuarios.Con la LGT (Ley 32/2003) el Estadoadapta la Ley 94/2002 de Servicios de laSociedad de la Información a lo dispuestoen la normativa comunitaria sobre envíomasivo de correos, pero no es ésta la únicanovedad. Así tal y como establece tal directiva,la prohibición del envío de comunicacionespublicitarias o promocionalesNovedades de la LGTpor correo electrónico sin la autorizaciónprevia del destinatario no será de aplicacióncuando exista una relación contractualprevia y el prestador hubiera obtenidode forma lícita los datos de contactodel destinatario, empleándolos para elenvío de comunicaciones comerciales referentesa productos o servicios de supropia empresa que sean similares a losque inicialmente fueron objeto de contratacióncon el cliente.También se incluyen una serie dederechos del usuario en materia de protecciónde datos. Así, respecto de la intimidaden las comunicaciones se recogeel derecho a impedir mediante unprocedimiento sencillo y gratuito laidentificación de llamada.1. Simplificación de trámites administrativos: cualquier empresa podrá actuar como operadoren el mercado, comunicándolo previamente a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones(CMT), sin necesidad de autorización previa.2. Vigilancia de la libre competencia: la CMT analizará periódicamente los diversos mercadosde telecomunicaciones, detectando los sectores en que no exista una competencia efectiva.Se establece un sistema más ágil y flexible para que la CMT pueda imponer, modificaro suprimir todas o algunas de ellas.3. Derechos de los usuarios: a tener acceso a línea telefónica a un precio asequible independientede la zona geográfica. Se ha añadido como derecho universal el acceso a Internet.Otros derechos se han ampliado.4. Garantías para los operadores: como la comunitaria, la legislación española garantiza elderecho de los operadores a ocupar el dominio público para el despliegue de sus redes.5. Régimen sancionador: se introducen infracciones por el incumplimiento de los límites deemisiones en las antenas. Además de las sanciones, se prevé la posible inhabilitación deloperador que cometa una infracción y la retirada del mercado de equipos y aparatos queincumplan los requisitos esenciales.6. Distribución de competencias: el Ministerio de Ciencia y Tecnología, en aspectos relativosal servicio público, la protección de los usuarios y el dominio público y la CMT, se encargarádel mercado en libre competencia y de las relaciones entre operadores.7. CMT: regulada por la ley para evitar la dispersión normativa.8. Creación de la Agencia Estatal de Radiocomunicación: para dotar de cierta flexibilidad yautonomía a la gestión del espectro radioeléctrico.9. Liberalización de los servicios de difusión de cable: para abrirlos a la libre competencia. Noserá plenamente efectiva hasta 2010 y su uso requerirá autorización administrativa.10. Creación de un órgano de cooperación para la instalación de antenas de telefonía móvil:para que todos los agentes que intervienen en la instalación de las infraestructuras actúencoordinadamente.España.esLa disposición adicional sexta, titulada“Fomento de la Sociedad de la Información”recoge que el Ministerio “presentaráal Gobierno para su aprobación y a lasCortes Generales un plan cuatrienal parael desarrollo de la Sociedad de la Informacióny de convergencia con Europacon objetivos mensurables, estructuradoen torno a acciones concretas, con mecanismosde seguimiento efectivos”.Este nuevo plan entrará en vigor en2006, una vez finalizado “España.es”,cuya vigencia es de un año a partir de2004.El notariado españolrechaza laequiparación entredocumento público yelectrónicoEl Consejo General del Notariadoaplaude la idea del legislador deequiparar los efectos de la Firma Electrónicacon los de la firma manuscrita,porque permitirá que la primerapueda ser utilizada por jueces, notariosy demás funcionarios competentespara firmar documentos públicos,además de por los particulares parafirmar documentos privados.En cambio, el notariado españolrechaza, a través del editorial de larevista Escritura Pública, la idea deque se equipare el documento públicocon el documento electrónico,dado que parte de las funciones dela justicia preventiva se estaríantransfiriendo a las compañías expedidorasde los certificados.Noviembre-Diciembre 2003 <strong>Profesiones</strong> |35

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