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Boletín Ambiental Julio y Agosto 2010 - Corporación Autónoma ...

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hacerse en sitios alejados de fuentes deagua, para evitar que se formenpalizadas y represamientos, guardandouna distancia mínima de cinco (5) metrosde la orilla de la fuente de agua.- tener en cuenta que para ampliación entiempo y volumen, deberá solicitarla conocho (8) días de anticipación alvencimiento de esta autorización; de nohacerse dentro de la vigencia de éste, sedeberá solicitar una nueva autorización.- Las zonas de palizadas, claros ycaminos de arriería, serán objeto deresiembra, de acuerdo al área afectada.- Se eliminara en su totalidad la guaduaseca y la que presenta problemasfitosanitarios y se retirará del área.VOLUMEN A APROVECHAR: 33 M3 equivalentes 263guaduas hechas.DESTINO DE LOS PRODUCTOS: Los productos aobtener se destinarán para COMERCIO.PARÁGRAFO: Dicha autorización, no será objeto deampliación en cupo, sólo en casos especialesdebidamente comprobados por la CORPORACIÓNAUTÓNOMA REGIONAL DEL QUINDÍO. (Partetécnica).PARAGRAFO 2: el propietario del predio 1) LOTE 7VILLA AMANDA, vereda LA MONTAÑA como titularde la presente autorización, será responsable porcualquier acción u omisión producto del desarrollo desu actividad de explotación forestal, que cause dañosobre el medio ambiente.TARIFA DE LOS SERVICIOS DE EVALUACIONSEGUIMIENTO Y MONITOREO DE LOS DERECHOSDEAPROVECHAMIENTOFORESTAL $00.00.ooCORRESPONDIENTE A UN COSTO DEL PROYECTODE: $00.000.000.oo.ARTÍCULO SEGUNDO: el autorizado deberá cancelaren el momento de la notificación de la autorización, losderechos de aprovechamiento establecidos en laResolución número 082 del 01 de Febrero de <strong>2010</strong>, así:un 50% una vez ejecutoriada la Resolucióncorrespondiente, 25% una vez utilizado el 50% delvolumen otorgadoy el 25% restante una vez utilizado el 75% del volumenotorgado, deberá cancelar por publicación de auto unvalor de Dieciséis mil Quinientos pesos ($16.500) ypor publicación de la resolución en el diario oficial lasuma de Veintisiete mil cuatrocientos pesos ($27.400).PARÁGRAFO: El valor de los derechos una vezcancelados en la tesorería de la CORPORACIÓNAUTÓNOMA REGIONAL DEL QUINDÍO, no seránreembolsados total o parcialmente, excepto en aquelloscasos en que la autorizada demuestre plenamente la norealizacióndel aprovechamiento. Lo anterior sin perjuiciode la cancelación de los demás gastos que demande elotorgamiento de la autorización respectiva.ARTÍCULO TERCERO: el autorizado deberáproveerse de los salvoconductos necesarios, para lamovilización de los productos forestales provenientes dela intervención autorizada, los cuales serán expedidos enla Entidad de lunes a viernes, en horario de 8:00 a.m. a12:00 p.m.ARTÍCULO CUARTO: El asistente técnico particular quepresentó el plan o estudio técnico, será responsable dela ejecución de los trabajos durante la totalidad delperíodo o turno de un proyecto forestal. Deberá realizarvisitas de supervisión y presentar los informes de avancedel proyecto así:El primer informe una vez ejecutado el 30% delaprovechamiento, el segundo al 60% de los trabajos y elúltimo al 100% de ejecución de labores o turno deaprovechamiento.ARTÍCULO QUINTO: El incumplimiento de lasobligaciones y disposiciones aquí señaladas, dará lugara la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley99 de 1993 el Decreto 2811/74, Ley 1333 de 2009 ydemás normas concordantes.PARÁGRAFO 1.-Para el efecto funcionarios de laEntidad, efectuarán visitas periódicas a la zona deintervención, con el fin de constatar el fiel cumplimiento alas normas aquí establecidas.PARÁGRAFO 2.-Copia de la presente Resolución,deberá permanecer en el sitio de la intervención.ARTÍCULO SEXTO: Contra la presente Resolución, sóloprocede el recurso de reposición, por escrito, ante laSubdirección de Control y Seguimiento <strong>Ambiental</strong>,Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a lanotificación personal o a la des fijación. Del edicto.ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar el contenido de lapresente Resolución al autorizado, entregándole unacopia íntegra y gratuita del mismo.ARTÍCULO OCTAVO: La presente Resolución rige apartir de la fecha de su notificación.NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASECARLOS ARIEL TRUKE OSPINASubdirector Control y Seguimiento <strong>Ambiental</strong>

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