RESOLUCIÓNreincorporen al suelo como materiaorgánica.(NÚMERO 930 DEL 14 DE JULIO DE <strong>2010</strong>)POR LA CUAL SE CONCEDE UNAAUTORIZACIÓN DEAPROVECHAMIENTO FORESTAL--La socola y entresaca, se harán demanera uniforme para evitar claros en elguadual.Los cortes se realizarán a la altura delprimer nudo inferior, y a ras del nudo.R E S U E L V E:- La guadua seca y la guadua con muerteARTÍCULO PRIMERO: Conceder autorización dedescendente, se apeará y se retirará delaprovechamiento forestal a la señora: NIDIA RAMIREZLONDOÑO, identificada con la cédula de ciudadanía-área.Los cortes antiguos, se mejorarannúmero, 24.462.242, de Armenia (Quindío), en calidadde PROPIETARIA del predio, para que en el término dedejándolos en el primero o segundo nudoy a ras del mismo.DOS (02) MESES, contado a partir de la fecha de- Todos los lotes inventariados en guadua,ejecutoria de esta Resolución, se lleve a cabo el referidoaprovechamiento, con sujeción a las normas legalessobre bosques, aguas, suelos, en el predio 1) LOTEDE TERRENO No.8 LA FLORESTA, localizado en la-serán objeto de labores silvicultura les.La elaboración de productos de guadua(esterilla), dentro del predio deberáhacerse en sitios alejados de fuentes devereda EL CAIMO, jurisdicción del Municipio deagua, para evitar que se formenARMENIA, identificado con la matrícula inmobiliaria N°280-165817. La georreferenciación se encuentra en elprimer Plan de Manejo.palizadas y represamientos, guardandouna distancia mínima de cinco (5) metrosde la orilla de la fuente de agua.- tener en cuenta que para ampliación enSe realizará el aprovechamiento de TRESCIENTAStiempo y volumen, deberá solicitarla conVEINTI OCHO (328) guaduas hechas, por el sistemaocho (8) días de anticipación alde entresaca selectiva, en un área total 2.679 M 2 (Vercroquis adjunto).vencimiento de esta autorización; de nohacerse dentro de la vigencia de éste, sedeberá solicitar una nueva autorización.caminos deGUADUAarriería,AseránENTRESACARobjeto deLOTE AREA TOTAL M 2 AREA - Las zonas de palizadas, claros yEFECTIVA M 2resiembra, de acuerdo al área afectada.1 2679 M 2 2679 M 2 - Se eliminara en su totalidad la guadua328 GUADUAS HECHASseca y la que presenta problemasTOTAL 2679 M 2 2679 M 2 fitosanitarios 328 GUADUAS y se retirará HECHAS del área.OBLIGACIONES DEL TITULAR DEL PERMISO DEAPROVECHAMIENTO FORESTAL:- Se conservará la vegetación protectorade la NN, y sus cauces se mantendránlibres de toda clase de residuos deguadua producto del aprovechamiento.- Las guaduas marcadas durante larealización del inventario que delimitanlas parcelas, los lotes, las fajas, al igualque las marcadas durante ellevantamiento topográfico, no podrán sercortadas con ello se facilita el posteriorcontrol y seguimiento por parte defuncionarios de la CORPORACIÓNAUTÓNOMA REGIONAL DELQUINDÍO.- Los copos, ramas y otras partes noaprovechables, se picarán y esparciránpor toda el área, para que seVOLUMEN A APROVECHAR: 38 M3 equivalentes 328guaduas hechas.DESTINO DE LOS PRODUCTOS: Los productos aobtener se destinarán para COMERCIO.PARÁGRAFO: Dicha autorización, no será objeto deampliación en cupo, sólo en casos especialesdebidamente comprobados por la CORPORACIÓNAUTÓNOMA REGIONAL DEL QUINDÍO. (Partetécnica).PARAGRAFO 2: la propietaria del predio 1) LOTE 8 LAFLORESTA, vereda EL CAIMO como titular de lapresente autorización, será responsable por cualquieracción u omisión producto del desarrollo de suactividad de explotación forestal, que cause daño sobreel medio ambiente.TARIFA DE LOS SERVICIOS DE EVALUACIONSEGUIMIENTO Y MONITOREO DE LOS DERECHOSDEAPROVECHAMIENTOFORESTAL $00.000.oo
CORRESPONDIENTE A UN COSTO DEL PROYECTODE: $00.000.oo.ARTÍCULO SEGUNDO: la autorizada deberá cancelaren el momento de la notificación de la autorización, losderechos de aprovechamiento establecidos en laResolución número 082 del 01 de febrero de <strong>2010</strong>, así:un 50% una vez ejecutoriada la Resolucióncorrespondiente, 25% una vez utilizado el 50% delvolumen otorgadoy el 25% restante una vez utilizado el 75% del volumenotorgado, deberá cancelar por publicación de auto unvalor de Dieciséis mil Quinientos pesos ($16.500) ypor publicación de la resolución en el diario oficial lasuma de Veintisiete mil cuatrocientos pesos ($27.400).PARÁGRAFO: El valor de los derechos una vezcancelados en la tesorería de la CORPORACIÓNAUTÓNOMA REGIONAL DEL QUINDÍO, no seránreembolsados total o parcialmente, excepto en aquelloscasos en que la autorizada demuestre plenamente la norealizacióndel aprovechamiento. Lo anterior sin perjuiciode la cancelación de los demás gastos que demande elotorgamiento de la autorización respectiva.ARTÍCULO TERCERO: la autorizada deberáproveerse de los salvoconductos necesarios, para lamovilización de los productos forestales provenientes dela intervención autorizada, los cuales serán expedidos enla Entidad de lunes a viernes, en horario de 8:00 a.m. a12:00 p.m.ARTÍCULO CUARTO: El asistente técnico particular quepresentó el plan o estudio técnico, será responsable dela ejecución de los trabajos durante la totalidad delperíodo o turno de un proyecto forestal. Deberá realizarvisitas de supervisión y presentar los informes de avancedel proyecto así:El primer informe una vez ejecutado el 30% delaprovechamiento, el segundo al 60% de los trabajos y elúltimo al 100% de ejecución de labores o turno deaprovechamiento.ARTÍCULO QUINTO: El incumplimiento de lasobligaciones y disposiciones aquí señaladas, dará lugara la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley99 de 1993 el Decreto 2811/74, Ley 1333 de 2009 ydemás normas concordantes.PARÁGRAFO 1.-Para el efecto funcionarios de laEntidad, efectuarán visitas periódicas a la zona deintervención, con el fin de constatar el fiel cumplimiento alas normas aquí establecidas.PARÁGRAFO 2.-Copia de la presente Resolución,deberá permanecer en el sitio de la intervención.ARTÍCULO SEXTO: Contra la presente Resolución, sóloprocede el recurso de reposición, por escrito, ante laSubdirección de Control y Seguimiento <strong>Ambiental</strong>,Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a lanotificación personal o a la des fijación. Del edicto.ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar el contenido de lapresente Resolución al autorizado, entregándole unacopia íntegra y gratuita del mismo.ARTÍCULO OCTAVO: La presente Resolución rige apartir de la fecha de su notificación.NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASECARLOS ARIEL TRUKE OSPINASubdirector Control y Seguimiento <strong>Ambiental</strong>RESOLUCIÓN(NÚMERO 889 DEL 07 DE JULIO DE <strong>2010</strong>)POR LA CUAL SE CONCEDE UNAAUTORIZACIÓN DEAPROVECHAMIENTO FORESTALR E S U E L V E:ARTÍCULO PRIMERO: Conceder autorización deaprovechamiento forestal al señor: HERNAN GOMEZMEJIA, identificado con la cédula de ciudadanía número,19.359.640, de Bogota (C), en calidad dePROPIETARIO del predio, para que en el término deSTRES (03) MESES, contado a partir de la fecha deejecutoria de esta Resolución, se lleve a cabo el referidoaprovechamiento, con sujeción a las normas legalessobre bosques, aguas, suelos, en el predio 1) LOTEDE TERRENO No.15 QUINTAS DE SAN SEBASTIAN,localizado en la vereda EL EDEN, jurisdicción delMunicipio de LA TEBAIDA, identificado con la matrículainmobiliaria N° 280-78948. La georreferenciación seencuentra en el primer Plan de Manejo.Se realizará el aprovechamiento de TRESCIENTASCINCUENTA Y UN (351) guaduas hechas, por elsistema de entresaca selectiva, en un área total 2.093M 2 (Ver croquis adjunto).AREALOTE AREA TOTAL M 2 EFECTIVA M 21 2093 M 2 2093 M 2TOTAL 2093 M 2 2093 M 2OBLIGACIONES DEL TITULAR DEL PERMISO DEAPROVECHAMIENTO FORESTAL:
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