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La Violencia contra las Mujeres. Marco jurídico nacional e ...

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Centro de Estudios para el Adelanto de <strong>las</strong> <strong>Mujeres</strong> y la Equidad de Génerocompetencias previstas en el presente ordenamiento y demásinstrumentos legales aplicables.Artículo reformado DOF 20-01-2009Sección Primera. De la Federación136ARTÍCULO 41. Son facultades y obligaciones de la Federación:I. Garantizar el ejercicio pleno del derecho de <strong>las</strong> mujeresa una vida libre de violencia;II. Formular y conducir la política <strong>nacional</strong> integral desdela perspectiva de género para prevenir, atender, sancionar yerradicar la violencia <strong>contra</strong> <strong>las</strong> mujeres;III. Vigilar el cabal cumplimiento de la presente ley y de losinstrumentos inter<strong>nacional</strong>es aplicables;IV. Elaborar, coordinar y aplicar el Programa a que se refierela ley, auxiliándose de <strong>las</strong> demás autoridades encargadasde implementar el presente ordenamiento legal;V. Educar en los derechos humanos a <strong>las</strong> mujeres en sulengua materna;VI. Asegurar la difusión y promoción de los derechos de<strong>las</strong> mujeres indígenas con base en el reconocimiento de lacomposición pluricultural de la nación;VII. Vigilar que los usos y costumbres de toda la sociedadno atenten <strong>contra</strong> los derechos humanos de <strong>las</strong> mujeres;VIII. Coordinar la creación de Programas de reeducación yreinserción social con perspectiva de género para agresoresde mujeres;IX. Garantizar una adecuada coordinación entre la Federación,<strong>las</strong> entidades federativas, el Distrito Federal y losmunicipios, con la finalidad de erradicar la violencia <strong>contra</strong><strong>las</strong> mujeres;Fracción reformada DOF 20-01-2009X. Realizar a través del Instituto Nacional de <strong>las</strong> <strong>Mujeres</strong> ycon el apoyo de <strong>las</strong> instancias locales, campañas de información,con énfasis en la doctrina de la protección integral delos derechos humanos de <strong>las</strong> mujeres, en el conocimiento de<strong>las</strong> leyes y <strong>las</strong> medidas y los programas que <strong>las</strong> protegen, asícomo de los recursos jurídicos que <strong>las</strong> asisten;XI. Impulsar la formación y actualización de acuerdos interinstitucionalesde coordinación entre <strong>las</strong> diferentes instanciasde gobierno, de manera que sirvan de cauce para lograrla atención integral de <strong>las</strong> víctimas;

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