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Apuntes de agrobiodiversidad - BlogCdam

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52c) Nivel NacionalConstitución Política <strong>de</strong>l PerúLa Constitución Política consi<strong>de</strong>ra a los pueblos indígenas como entida<strong>de</strong>shistóricas y políticas que constituyen el Estado Peruano, configurados por unaunidad <strong>de</strong> historia, idioma y cultura propia, que viven en un territorio<strong>de</strong>terminado, mediante sus propias instituciones y formas tradicionales <strong>de</strong>organización social, económica y ejercicio <strong>de</strong> la autoridad. Asimismo, reconoceque el Perú es un país multiétnico y pluricultural, que toda persona tiene <strong>de</strong>rechoa su i<strong>de</strong>ntidad étnica y cultural (artículos 2, 19). A su vez, dispone el fomentoa la educación bilingüe e intercultural, preserva las culturas y las lenguas (artículo17). Son idiomas oficiales el castellano, quechua, aymara <strong>de</strong>más lenguasaborígenes (artículo 48).Por otro lado, reconoce la personería jurídica <strong>de</strong> las comunida<strong>de</strong>s nativas, puesson autónomas en su organización, trabajo comunal y uso y disposición <strong>de</strong> sustierras. Lo son también en lo económico y administrativo. Finalmente, laConstitución reconoce el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> propiedad a las tierras comunales (adiferencia <strong>de</strong> la Constitución <strong>de</strong>l 79 que las consi<strong>de</strong>raba inalienables einembargables) y la jurisdicción especial que las autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> las comunida<strong>de</strong>snativas pue<strong>de</strong>n ejercer funciones jurisdiccionales <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> su ámbito territorial,conforme al <strong>de</strong>recho consuetudinario (artículo 149).III. La representatividad y la estructura organizativa <strong>de</strong> los pueblosindígenasUn elemento esencial para la protección <strong>de</strong> los conocimientos tradicionales ypara la distribución <strong>de</strong> beneficios es la representatividad <strong>de</strong> los múltiples pueblosindígenas. Ninguno <strong>de</strong> los instrumentos internacionales o las normas legales<strong>de</strong>scritas anteriormente, es suficiente para proteger los conocimientostradicionales <strong>de</strong> manera efectiva. Para po<strong>de</strong>r lograr este fin, es fundamentalque los pueblos cuenten con órganos que los representen legítimamente y querecojan y velen por sus intereses.El contexto constitucional latinoamericano viene atravesando un fenómenocaracterizado por el establecimiento <strong>de</strong> “espacios político-territoriales”, cuyaimportancia no sólo implica la autonomía <strong>de</strong> organización <strong>de</strong> las entida<strong>de</strong>scorrespondiente y la elección <strong>de</strong> sus autorida<strong>de</strong>s propias sino también la elección<strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>s representativas <strong>de</strong> esas comunida<strong>de</strong>s indígenas ante lasautorida<strong>de</strong>s nacionales (órgano legislativo nacional). No obstante,

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