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oRDENANZA Calicatas - Ayuntamiento de San Fernando

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mediante una persona a pie <strong>de</strong> obra <strong>de</strong> los posibles daños a otrasinstalaciones.Debiendo solicitar posteriormente la legalización <strong>de</strong> los trabajos realizados en el plazo <strong>de</strong> 2 días,cumplimentando la totalidad <strong>de</strong>l artículo 2.1.Por otra parte, si se comprobase que ha existido dolo, en las alegaciones o motivos en que sebasa el comunicante para actuar <strong>de</strong> esta forma, y por tanto abuso <strong>de</strong> confianza hacia el<strong>Ayuntamiento</strong>, el hecho se sancionará conforme a la legislación urbanística en vigor.2.3.- Las actuaciones contempladas en esta or<strong>de</strong>nanza ejecutadas por cualquier persona física ojurídica sin la correspondiente autorización por parte <strong>de</strong> la Gerencia Municipal <strong>de</strong> Urbanismo,serán sancionadas conforme a la legislación urbanística en vigor.ARTICULO 3.- DE LAS NORMAS TÉCNICAS DE APLICACIÓN3.1.- La presente Or<strong>de</strong>nanza constituye el conjunto <strong>de</strong> instrucciones, normas y especificaciones<strong>de</strong> obligado cumplimiento, juntamente con las establecidas en el Plan General <strong>de</strong> Or<strong>de</strong>naciónUrbana, en la Instrucción para Hormigón Estructural (EHE) en el Pliego <strong>de</strong> PrescripcionesTécnicas Generales para obras <strong>de</strong> Carreteras y Puentes (P.G. 3) y Complementarias, así como ala restante documentación técnica <strong>de</strong>l Ministerio <strong>de</strong> Fomento, Pliego <strong>de</strong> Prescripciones TécnicasGenerales y Programa <strong>de</strong> Control <strong>de</strong> la Consejería <strong>de</strong> Obras Públicas <strong>de</strong> la Junta <strong>de</strong> Andalucía,normas NTE, normas UNE y Código Técnico <strong>de</strong> la Edificación, con previsión <strong>de</strong> adaptación afuturas modificaciones que puedan experimentar. Asimismo se cumplirán las normas técnicasrequeridas por las compañías suministradoras, si no son contrarias a las citadas anteriormente.En cuanto a lo no previsto en todas estas normas, se atendrán en cada caso a lo indicado por laGerencia Municipal <strong>de</strong> Urbanismo.ARTICULO 4.- DEL TRAZADO4.1.- Preferentemente las calicatas se practicarán por la zona terriza o por el acerado yparalelamente a la línea <strong>de</strong> fachada y lo más próximo a ella, excepto en aquellos casos que seaaconsejable por las características <strong>de</strong>l servicio <strong>de</strong> que se trate, establecer <strong>de</strong>terminada distancia ala fachada a juicio <strong>de</strong> la Gerencia Municipal <strong>de</strong> Urbanismo.4.2.- Los cruces <strong>de</strong> calzadas, necesariamente se efectuarán perpendicularmente al eje <strong>de</strong> lasmismas, salvo que en casos inevitables, pueda consi<strong>de</strong>rarse otra posibilidad, previa consulta conla Gerencia Municipal <strong>de</strong> Urbanismo; y su ejecución se hará por fases <strong>de</strong> hasta tres (3) metros,quedando libre el resto para la circulación <strong>de</strong> vehículos y si el ancho <strong>de</strong> la calzada fuera inferior aseis (6) metros, por mita<strong>de</strong>s, excepto si se dispone <strong>de</strong> chapas metálicas que garanticen el paso<strong>de</strong>l tráfico rodado sobre ellos.La Gerencia Municipal <strong>de</strong> Urbanismo exigirá en los cruces <strong>de</strong> calzada un entubado especial orecubrimiento <strong>de</strong> hormigón para las conducciones <strong>de</strong> alumbrado público, abastecimiento <strong>de</strong> agua,semáforos, energía eléctrica, telefonía, gas y comunicaciones.En la instalación <strong>de</strong> tuberías <strong>de</strong> alcantarillado se guardarán las siguientes normas respecto a lastuberías <strong>de</strong> abastecimiento <strong>de</strong> agua:p) No podrán instalarse por encima y paralelamente a la tubería <strong>de</strong> agua.q) En caso <strong>de</strong> ser paralelas su distancia será <strong>de</strong> 0,50 m. mínimo y siemprepor <strong>de</strong>bajo <strong>de</strong>l plano horizontal <strong>de</strong> la tubería <strong>de</strong> agua.

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