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dominos 68paginas

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deberá presentar un certificado médico legible que incluya la fecha del examen, la firma y número<br />

de licencia, teléfono y dirección del médico, así como los días de reposo prescritos.<br />

Al regresar de la licencia por enfermedad, para poder comenzar en su trabajo, el empleado deberá<br />

obtener la autorización de su médico. Si regresa antes del día previamente indicado por el médico,<br />

deberá traer una certificación de su médico indicando que está apto para trabajar.<br />

El mal uso de la licencia por enfermedad o utilizarla para otras razones que no sean la enfermedad<br />

del propio empleado o familiares a su cargo, según sea el caso, será causa para la aplicación de<br />

acciones disciplinarias, incluyendo el despido.<br />

El disfrute de la licencia por enfermedad no excusa el cumplimiento de las reglas sobre asistencia,<br />

puntualidad, certificaciones médicas e informes periódicos sobre la continuación de la enfermedad.<br />

La licencia de enfermedad para uso con familiares requiere usted mantenga un balance de cinco<br />

días y podrá hacer uso del exceso de la misma hasta cinco días anualmente.<br />

Ausencia personal no autorizada<br />

Ausencia no notificada conforme a lo establecido en esta norma, que no cumple con la definición de<br />

ausencia personal planificada o de ausencia personal por emergencia o de ausencia por enfermedad<br />

y que no fue aprobada por la gerencia.<br />

Las ausencias no autorizadas no podrán cargarse a ningún tipo de licencia y conllevarán medidas<br />

disciplinarias de acuerdo a la severidad de la situación. Tres o más días de ausencias no autorizadas<br />

se podrán interpretar como abandono de trabajo y será razón para despido.<br />

Patrón de Ausencia<br />

Ausencias, ya sean antes o después de los días libres o feriados del empleado, antes o después de<br />

fines de semana largos, cada período de tiempo determinado o de alguna forma identificable, sin<br />

que las mismas necesariamente tengan que ser excesivas o sin autorización.<br />

La Compañía estará atenta a eventos repetitivos que se puedan anticipar o puedan ser probados<br />

por un tiempo específico que den lugar a interpretar que representa un patrón de ausencia. En<br />

estos casos se aplicarán las medidas disciplinarias razonables de acuerdo al efecto del patrón de<br />

ausencias. Otros ejemplos de estos casos son: ausencias lunes, viernes, en o antes de días libres o<br />

feriados, ausencias en turnos específicos, ausencias en días específicos, entre otros.<br />

No será un patrón de ausentismo una licencia establecida por ley (Fondo del Seguro del Estado,<br />

SINOT, Maternidad, ACAA, entre otros) y/o enfermedad prolongada y por días consecutivos que<br />

esté ampliamente documentada por certificados médicos e informes periódicos sobre la<br />

continuación de la enfermedad de manera convincente a la Compañía.<br />

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