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dominos 68paginas

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Tabla de Contenido<br />

Bienvenida…………………..……………………………………………………………………………………….…………………………….………..……5<br />

Nuestra Visión, Misión, Nuestros Valores………………………………………………………........................................................................6<br />

Departamento de Recursos Humanos……………………………………………………………….………………………………….…………….7<br />

Reclutamiento ............................................................................................................................................................... 8<br />

Solicitud de Empleo ...................................................................................................................................................... 8<br />

Referencias de Empleo .................................................................................................................................................. 8<br />

Período Probatorio ....................................................................................................................................................... 8<br />

Evaluación de Desempeño ............................................................................................................................................ 9<br />

Plan de Mejoramiento de Desempeño .......................................................................................................................... 9<br />

Cumplimiento de la Ley de Inmigración .................................................................................................................... 10<br />

Expedientes de Empleados ......................................................................................................................................... 10<br />

Confidencialidad de la Información del Personal ...................................................................................................... 10<br />

Renuncia de Empleados …..…………………………………………………………………………………………………………………………………….11<br />

Normas de Conducta del Personal……………………………………………………………………………………………………………………11<br />

Uso del Teléfono de la Empresa .................................................................................................................................. 11<br />

Propiedad de la Compañía ......................................................................................................................................... 13<br />

Propiedad Personal de Empleados ............................................................................................................................. 13<br />

Vestimenta…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….13<br />

Empleados de Oficina………………………………………………………………………………………………………………………………………15<br />

Acciones Disciplinarias ............................................................................................................................................... 16<br />

Normas Generales de Conducta.................................................................................................................................. 17<br />

Colectas, Rifas, Ventas de Artículos y Distribución de Literatura ....................................................................... ……23<br />

Visitantes en el Lugar de Trabajo …………………………………………………………………………………………………………………………23<br />

1


Acuerdo de Confidencialidad ...................................................................................................................................... 23<br />

Nepotismo / Relaciones Interpersonales ................................................................................................................... 24<br />

Empleo Fuera de la Compañía ................................................................................................................................... 24<br />

Conflictos de Intereses ................................................................................................................................................ 25<br />

Asistencia ........................................................................................................................................................................................................... 25<br />

Registro de Horario .................................................................................................................................................... 28<br />

Proceso de Revisión de Asistencia .............................................................................................................................. 28<br />

Beneficios ........................................................................................................................................................................................................... 28<br />

Categorías de Empleo ................................................................................................................................................. 29<br />

Licencia de Vacaciones ………………………………………………………………………………………………………………………………………..29<br />

Dias Feriados............................................................................................................................................................... 30<br />

Licencia por Enfermedad ............................................................................................................................................ 31<br />

Licencia por Maternidad ............................................................................................................................................ 32<br />

Lactancia ..................................................................................................................................................................... 33<br />

Licencia por Paternidad …………………………………………………………………………………………………………………………………33<br />

Licencia Médico/Familiar ……………………………………………………………………………………………………………………………….33<br />

Licencia Testigo en Casos Criminales ......................................................................................................................... 38<br />

Licencia Jurado ........................................................................................................................................................... 39<br />

Licencia Funeral ......................................................................................................................................................... 39<br />

Licencia Militar ........................................................................................................................................................... 39<br />

Incapacidad por Accidente de Automóvil (ACAA) ..................................................................................................... 40<br />

Licencia Deportiva ...................................................................................................................................................... 40<br />

Ley de Compensación por Accidentes del Trabajo (Fondo del Seguro del Estado) .................................................. 41<br />

Ley de Beneficios por Incapacidad No Ocupacional (SINOT).................................................................................... 41<br />

Seguro Choferil ............................................................................................................................................................ 42<br />

2


Seguro Social ............................................................................................................................................................... 42<br />

Exámenes Médicos ...................................................................................................................................................... 43<br />

Adiestramiento y Desarrollo ....................................................................................................................................... 44<br />

Compensación .................................................................................................................................................................................................. 45<br />

Día de Pago y Depósito Directo .................................................................................................................................. 45<br />

Política de Paga a los Empleados Clasificados como Ejecutivos, Administradores y Profesionales …………………….46<br />

Pago de gastos de viaje …..…………………………………………………………………………………………………………….…………………47<br />

Bono de Navidad …………………………………………………………………………………………………………………………….………………47<br />

Compensación por horas extras ………………………………………………………………………………………………………….…………..47<br />

Comunicación ................................................................................................................................................................................................. 48<br />

Política de Puertas Abiertas y Procedimiento de Solución de Problemas ................................................................ 48<br />

Seguridad y Bienestar del Empleado ...................................................................................................................................................... 49<br />

Programa de No Fumar …………………………………………………………………………………………………………………………………..50<br />

Política y Procedimiento sobre Manejo de Dinero y Cajas Registradoras ……….………………………………………………...51<br />

Procedimiento de Seguridad para personal de Entrega ……..……………………………………………………………………………52<br />

Posesión de Armas de Fuego ....................................................................................................................................... 53<br />

Registros en el Empleo ................................................................................................................................................ 53<br />

Planes de Contingencia y Cierres de Emergencia ……………………………………………………………………………………………..54<br />

Política de Igualdad de Oportunidad en el Empleo .......................................................................................................................... 54<br />

Política de Hostigamiento ……………………………………………………………………………………………………………………………….55<br />

Represalias ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………58<br />

Procedimiento al recibir una querella ……………………………………………………………………………………………………………58<br />

Política sobre Violencia, Vocabulario y Compañerismo<br />

………………………………………………………………………………….59<br />

Política Sobre Sistemas de Información y Tecnología ..................................................................................................................... 60<br />

Seguridad de Las Computadoras y Prevención de Virus ........................................................................................... 62<br />

Uso de Internet y Redes Sociales ................................................................................................................................. 63<br />

3


Conclusión ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………64<br />

Recibo del Manual de Políticas y Procedimientos para Empleados ………………………………………………………………....66<br />

4


¡Bienvenido a DOMINO’S!<br />

Usted ahora es miembro de una organización dinámica y en constante crecimiento. Tenemos altas<br />

expectativas uno con el otro y estamos muy deseosos de poder trabajar con usted.<br />

Domino’s se inició en el año 1960 como una pequeña pizzería en Ypsilanti, Michigan. Actualmente,<br />

somos reconocidos como el líder mundial en entrega de nuestros productos y puedes encontrarnos<br />

en cualquier parte del planeta con más de 10,000 sucursales en todo el mundo en más de 70<br />

mercados.<br />

El equipo de Domino’s se encuentra comprometido a brindar un servicio de excelencia y productos<br />

de calidad. Más de 170,000 miembros del equipo trabajan en sobre 600 sucursales propiedad de la<br />

empresa, y en más de 5,000 sucursales en franquicia, así como también, franquicias internacionales.<br />

De ellos, 13,000 son miembros del equipo corporativo y más de 400 trabajan en el World Resource<br />

Center en Ann Harbor, Michigan.<br />

Estamos orgullosos de los miembros de nuestro equipo y los miembros de nuestro equipo se<br />

sienten orgullosos de pertenecer al divertido mundo de Domino’s. Ser la mejor compañía de<br />

entrega de nuestros productos en el mundo requiere que excepcionales miembros de nuestro<br />

equipo trabajen juntos mientras se divierten realizándolo.<br />

Le exhortamos a que realice una labor de excelencia y de calidad para que sigamos siendo una<br />

empresa altamente productiva y exitosa.<br />

Cordialmente,<br />

Edward Lieberman<br />

Master Franchisee<br />

Domino’s PR<br />

5


NUESTRA VISIÓN<br />

Nuestra Visión en Domino’s consiste en:<br />

Ser la Compañía de Pizza #1 en el mundo y en nuestra comunidad.<br />

NUESTRA MISIÓN<br />

Nuestra Misión es creer en:<br />

Oportunidades<br />

Trabajar árduamente<br />

Soluciones que inspiran<br />

Ganar juntos<br />

Acoger la comunidad<br />

Honestidad<br />

NUESTROS VALORES<br />

El cliente es primero<br />

Hacer de cada uno de nuestros clientes un cliente leal<br />

Trata a la gente como te gustaría ser tratado<br />

Entregar nuestros productos con sentido de urgencia, prioridad y energía positiva<br />

Producir lo mejor por menos<br />

Medir, manejar y compartir lo que es importante<br />

Piensa en grande y crece<br />

Promover lo que usted desea cambiar<br />

Mantener nuestras expectativas altas, entrenar y nunca dejar de aprender<br />

Promover desde adentro<br />

Ganar promoviendo resultados todos los días<br />

No somos ordinarios; somos excepcionales<br />

6


DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS<br />

Este Manual delinea las políticas y procedimientos de nuestra compañía y provee una descripción<br />

básica de nuestro programa de beneficios para los empleados. Nuestras políticas son las pautas a<br />

seguir en nuestro lugar de trabajo. Reflejan nuestros valores y resumen la relación entre DOMINO’S<br />

y nuestros empleados. El cumplimiento eficaz de nuestras políticas nos ayudará a alcanzar nuestras<br />

metas y objetivos como equipo.<br />

Las políticas, procedimientos y beneficios indicados en este Manual están sujetos a cambios por<br />

aprobación de legislación, cambios en las políticas de la compañía, etc. Por esta razón, la compañía<br />

se reserva el derecho a enmendar, dejar sin efecto o revisar cualquiera de las disposiciones aquí<br />

establecidas, periódicamente y cuando así lo amerite. Los empleados serán notificados<br />

oportunamente de los cambios que surjan. Este Manual pretende ser solamente una guía y no es en<br />

ningún momento un contrato de empleo o un contrato para un período particular.<br />

Tan pronto se convierta en empleado de la Compañía, se le entregará una copia de este manual de<br />

empleado. El mismo contiene normas, políticas e información general relacionada con la Compañía.<br />

Lea cuidadosamente este Manual. Tendrá que firmar un “Acuse de recibo” mediante el cual certifica<br />

que ha recibido el documento, que leerá, conocerá y seguirá las políticas de la Compañía y que se<br />

familiarizará con la información expuesta en el Manual de Políticas y Procedimientos para<br />

Empleados. Si tiene alguna pregunta puede discutirla con su Supervisor inmediato o con un<br />

Representante de Recursos Humanos.<br />

Para efectos de facilidad de lectura, en la redacción de este manual de empleado se ha utilizado la<br />

persona masculina, sin que esto indique discrimen o prejuicio a la persona femenina, sino<br />

incluyendo ambos géneros.<br />

Una vez más, esperamos poder continuar desarrollando juntos nuestro potencial profesional y<br />

personal y así lograr los objetivos de nuestra organización.<br />

7


DATOS SOBRE SU EMPLEO<br />

RECLUTAMIENTO<br />

El propósito de la política de reclutamiento es ayudar a Domino’s a reclutar a los mejores<br />

candidatos para un puesto particular sin discriminar por razones de raza color, sexo, origen<br />

nacional, religión, status social o civil, identidad sexual, preferencia sexual, género, obesidad<br />

mórbida, militar, incapacidad o violencia doméstica, asecho o agresión sexual. A estos propósitos, se<br />

definen las funciones de los puestos, las destrezas y conocimientos necesarios para hacer un trabajo<br />

determinado. Se utilizan varios métodos de reclutamiento: agencias, resumes, referidos y anuncios.<br />

SOLICITUD DE EMPLEO<br />

Domino’s depende de la información que ofrece una persona en la solicitud de empleo y la<br />

exactitud de la información que presenta durante el proceso de contratación y empleo. Ofrecer<br />

información falsa, falsificación, impostura u omisión intencional de información tendrá como<br />

resultado que no se considere a esa persona para ningún puesto. Esta información se conservará en<br />

forma confidencial y en acceso restricto.<br />

Nuestra Compañía utiliza una serie de herramientas validadas para asegurarnos que escogemos los<br />

mejores candidatos que puedan sobresalir en sus puestos.<br />

REFERENCIAS DE EMPLEO<br />

Nuestra Compañía verifica todas las referencias de los candidatos a empleo. Se pedirán las<br />

referencias, junto con una autorización y relevo para contactar esas personas. Esto tiene el<br />

propósito de verificar el historial de empleo y otra información relevante.<br />

Sólo el Representante de Recursos Humanos está autorizado a dar y/o manejar información para<br />

verificaciones de empleo de actuales o pasados empleados de nuestra Compañía. Si un empleado<br />

recibe una llamada pidiendo una verificación, debe referirlo a la oficina de Recursos Humanos. Para<br />

divulgar información de un empleado actual o pasado, es necesario una autorización y relevo<br />

escrito por el empleado. Generalmente, el Área de Recursos Humanos solamente verificará las<br />

fechas del empleo y el puesto o información requerida por agencias gubernamentales o en<br />

situaciones de emergencia.<br />

PERÍODO PROBATORIO<br />

Durante el período probatorio de los primeros 90 días, estipulado por ley, el empleado será<br />

evaluado sobre el desempeño de sus labores. Esta evaluación nos permitirá saber si las destrezas y<br />

experiencias de este empleado cumplen nuestras necesidades. De tener una evaluación positiva, se<br />

le informará que puede continuar como empleado regular. Empleados que hayan trabajado como<br />

empleados temporeros en el puesto regular tendrán un periodo probatorio de solo 45 días. Luego<br />

8


de aprobar el periodo probatorio el empleado acumulará su licencia de vacaciones. La licencia de<br />

enfermedad se acumulará desde el primer día de empleo.<br />

EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO<br />

Los supervisores y sus empleados deben discutir la ejecución y metas de manera informal, día a día.<br />

Además, cada supervisor de la Compañía evaluará el desempeño de sus empleados por lo menos<br />

una vez al año. Mediante dicha evaluación el supervisor y el empleado pueden clarificar los deberes<br />

y responsabilidades de éste, resumir cómo fue su desempeño durante ese año, identificar sus<br />

fortalezas, corregir áreas que necesiten mejorar, alentar y reconocer contribuciones y discutir<br />

enfoques positivos para alcanzar las metas. Esta información es utilizada para tomar decisiones en<br />

torno a su desarrollo y desempeño como empleado en la Compañía. Este proceso se lleva a cabo en<br />

conjunto con el departamento de Recursos Humanos.<br />

PLAN DE MEJORAMIENTO DE DESEMPEÑO<br />

En Domino’s nos esforzamos en contratar a las personas mejor cualificadas, de acuerdo con<br />

nuestras necesidades y valores. Alentamos a nuestros gerentes a ofrecer constantemente sus<br />

observaciones a los empleados, en términos de su desempeño, y de ayudarlos en su desarrollo<br />

profesional. No obstante, es necesario que los empleados se involucren en un plan de<br />

mejoramiento de su desempeño. De este modo, se aseguran comprender las expectativas y pueden<br />

demostrar que son capaces de cumplir satisfactoriamente con las metas y objetivos de su puesto.<br />

Este proceso está diseñado para dar estructura a las expectativas de rendimiento. Usamos<br />

usualmente un plan de cuatro (4) etapas dependiendo de la falta cometida que tienen como meta el<br />

crecimiento y mejoramiento del empleado.<br />

Etapa 1: Mentoría - Si los supervisores observan una conducta inapropiada o un pobre<br />

desempeño en un empleado, inician un proceso de mentoría. En esta etapa el supervisor repasa<br />

con el empleado cuáles son las responsabilidades de su puesto y las traduce en acciones y<br />

conductas que éste debe demostrar consistentemente. El propósito de esta etapa es ayudar al<br />

empleado a ver su potencial, de manera que pueda permanecer como un miembro valioso de la<br />

organización.<br />

Etapa 2: Aviso verbal - Ocurre cuando el supervisor ha ofrecido mentoría por un período<br />

razonable de tiempo y el empleado no demuestra un buen rendimiento en sus funciones. El<br />

supervisor y el empleado tendrán una reunión para repasar las expectativas y el comportamiento<br />

deseado que demuestre un cambio sostenido. El supervisor informa al empleado que es necesario<br />

que haya un cambio o el plan de mejoramiento de desempeño se llevará a la próxima etapa, que<br />

será una notificación por escrito. Los supervisores deberán llevar un acta de esta reunión para el<br />

expediente.<br />

Etapa 3: Notificación escrita - En una reunión entre el empleado y su supervisor, éste<br />

presenta un resumen escrito de las expectativas de desempeño y una cronología de las gestiones<br />

realizadas para hacerle saber las mismas al empleado. Durante esta etapa el empleado, su<br />

supervisor y el Área de Recursos Humanos se reúnen regularmente. Se le advierte al empleado que<br />

su desempeño será cuidadosamente revisado.<br />

9


Etapa 4:<br />

Etapa 5:<br />

Suspensión- suspensión temporera de empleo y sueldo.<br />

Despido - Se despide al empleado de la Compañía.<br />

Dependiendo de las circunstancias particulares de cada caso, se podrá omitir o modificar una o<br />

varias etapas de este plan. De tener alguna duda con respecto a este plan, favor de dirigirse al<br />

Representante de Recursos Humanos.<br />

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INMIGRACIÓN<br />

Domino’s cumple con el Immigration Reform and Control Act de 1986, y emplea sólo individuos que<br />

estén autorizados a trabajar en los Estados Unidos. Por esta razón, todo nuevo empleado, aún<br />

personas que hayan trabajado aquí antes, tienen como requisito completar el formulario<br />

Employment Eligibility Verification Form I-9 y mostrar la documentación necesaria que pruebe su<br />

identidad y que es elegible para el puesto.<br />

Es responsabilidad del empleado notificar a la Compañía de cualquier cambio o actualización de la<br />

información utilizada para verificar su elegibilidad, incluyendo sus documentos de identificación,<br />

como licencia de conducir, tarjeta de seguro social y otra documentación de inmigración relevante.<br />

Para mayor información, se deben comunicar con la Oficina de Recursos Humanos.<br />

EXPEDIENTES DE EMPLEADOS<br />

Domino’s mantiene un expediente para cada empleado. Aquellos que deseen revisar su propio<br />

expediente pueden comunicarse con nuestra organización y solicitarlo por escrito con por lo menos<br />

una semana de anticipación. Los empleados pueden solicitar añadir, corregir o solicitar que se<br />

remueva cualquier información que contenga el expediente. La Compañía evaluará estas peticiones<br />

como corresponda.<br />

Los empleados deben notificar a la Compañía de cualquier cambio en su información personal.<br />

Datos tales como dirección postal, números de teléfonos, estado civil, nombres de dependientes,<br />

persona a contactar en caso de emergencia, información necesaria para procesar pagos de<br />

contribuciones o nómina, logros académicos y otra información similar, debe estar actualizada en la<br />

nuestra organización en todo momento. Esta información es importante para efectos de beneficios,<br />

contribuciones y otros asuntos.<br />

CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN DEL PERSONAL<br />

Domino’s respeta la confidencialidad de la información personal de nuestros empleados. Sólo los<br />

supervisores y aquellos con autorización y con un propósito estrictamente de negocios, pueden<br />

tener acceso a los expedientes de personal. Quien tenga acceso a información personal tendrá que<br />

mantener un alto grado de confidencialidad con relación al uso que hará de esa información.<br />

10


RENUNCIA DE EMLEADOS<br />

Si un empleado decide renunciar a Domino’s debe hacerlo por escrito. El tiempo de anticipación<br />

necesario para presentar la renuncia dependerá del puesto que ocupe. Esto permitirá hacer una<br />

transición ordenada de sus responsabilidades y programar una entrevista de salida. Antes de la<br />

salida final del empleado se programará una entrevista de salida para discutir la experiencia en el<br />

empleo y revisar la información de sus beneficios.<br />

El empleado debe devolver a la Compañía toda propiedad que se le haya prestado para su uso o en<br />

su posesión, no más tarde del último día de trabajo. Esto incluye libros, equipos, uniformes,<br />

herramientas, celulares, identificación, tarjetas de acceso, equipo de computadoras o programas,<br />

ect.<br />

Independientemente de si fue cesanteado, despedido o renunció voluntariamente, el empleado<br />

recibirá su cheque final que le corresponda en el próximo pago de nómina regular después de la<br />

fecha en que termine su empleo.<br />

NORMAS DE CONDUCTA DEL PERSONAL<br />

Domino’s aspira a establecer y promover un ambiente de trabajo donde se apoyen las metas e<br />

intereses profesionales de nuestro personal. A cambio, los empleados serán responsables de<br />

asegurarse que cumplen a cabalidad con sus responsabilidades, de forma honesta y ética.<br />

Confiamos que los empleados seleccionados para ser parte de nuestra organización tienen los<br />

valores y habilidades necesarias para alcanzar nuestras expectativas. Esto incluye, por ejemplo,<br />

respetar y ganarse el respeto, integridad, honestidad, actuar responsablemente todo el tiempo y<br />

conducirse dentro de nuestra organización con orgullo y transparencia.<br />

Aunque el trabajo en ocasiones pueda generar cierta tensión, cada empleado debe conducirse con<br />

cortesía profesional. Nuestros empleados tienen la responsabilidad de mantener unos estándares<br />

aceptables de conducta personal y profesional. Los empleados deben realizar sus funciones de<br />

manera formal y seria, libres de acciones que se puedan interpretar como hostigamiento ilegal.<br />

Además, el comportamiento rudo o vulgar no es aceptable en nuestro ambiente de trabajo. No se<br />

tolerará esta conducta. Se tomarán acciones disciplinarias contra cualquier empleado que incurra<br />

en ellas, incluyendo despido, de ser necesario.<br />

USO DEL TELÉFONO DE LA EMPRESA<br />

Nuestra Compañía se ha destacado siempre por ofrecer un excelente servicio. Sea cortés, amable y<br />

respetuoso al contestar el teléfono. Para poder continuar brindando un servicio de calidad es<br />

necesario cumplir con las siguientes normas:<br />

Se espera que conteste el teléfono en o antes del segundo timbre.<br />

11


Saludo en el teléfono:<br />

Gracias por escoger a Domino’s de ___________, mi nombre es___________, ¿Cómo le puedo ayudar?<br />

¿Su orden será para “Carry out”, “Delivery” o para Consumo en el Restaurante?<br />

Para Entrega a Domicilio:<br />

Por favor, ¿me permite su número de teléfono, nombre y dirección?<br />

Para recoger:<br />

Por favor, ¿me permite su número de teléfono y su nombre?<br />

Para Comer en el Salón:<br />

Por favor, ¿me permite su número de teléfono y su nombre?<br />

Venta Sugestiva:<br />

¿Desea añadir ____________ en su orden?<br />

Pago:<br />

Su total es ________. ¿Su pago va a ser en efectivo o tarjeta de crédito?<br />

Tarjeta de Crédito – número de tarjeta, expiración, código de tres digito, y código de área.<br />

Para recoger – Si va a pagar con tarjeta de crédito, puedo tomar su información por teléfono para<br />

un proceso más rápido y debe estar preparado para revisar su información en el mostrador.<br />

Cierre de la Llamada:<br />

Entrega a Domicilio: Tendremos su orden lista en aproximádamente __________ minutos.<br />

Para recoger/Para Comer en el Salón: Su orden estará lista en ________minutos.<br />

Por la naturaleza de nuestras funciones y con el propósito de mantener nuestras líneas de teléfonos<br />

descongestionadas, las llamadas personales deberán limitarse a casos de emergencia. Se debe<br />

recordar que el teléfono es para uso de las necesidades oficiales de nuestra Compañía.<br />

Se prohíbe el uso de los teléfonos celulares, cámaras de fotografía, cámaras de video, radios u otros<br />

dispositivos personales.<br />

12


PROPIEDAD DE LA COMPAÑÍA<br />

Se espera que cada empleado cuide del equipo que le ha sido asignado para realizar su trabajo<br />

efectivamente, lo mantenga limpio y en buen estado de funcionamiento, siga las instrucciones para<br />

operar el equipo y las normas básicas de seguridad. Este equipo pude ser: teléfonos celulares,<br />

máquinas de fax, fotocopiadoras, computadoras, expedientes, manuales, programas de<br />

computadoras, cajas registradoras, llaves, equipo básico de oficina, herramientas, “hot bags”, “car<br />

top signs”, equipo de trabajo necesarios para la confección de alimentos, etc. Debe notificar a su<br />

supervisor en caso de que un equipo se encuentre defectuoso.<br />

Los empleados no están autorizados a remover o tomar prestado para uso personal el equipo de<br />

oficina o de nuestras tiendas.<br />

Los empleados que, por la naturaleza de sus funciones, utilizan equipo provisto por la Compañía<br />

fuera de los predios de ésta, son responsables por la seguridad y cuidado del mismo. En caso de<br />

daños o pérdida negligente, el empleado deberá restituir la propiedad asignada.<br />

Se podrán tomas acciones disciplinarias contra aquellos empleados que hagan mal uso del equipo.<br />

Cuando un empleado termina sus funciones en nuestra organización tiene que entregar toda<br />

propiedad de la Compañía.<br />

De igual manera, es responsabilidad de cada empleado mantener su área de trabajo limpia y<br />

ordenada.<br />

PROPIEDAD PERSONAL DE EMPLEADOS<br />

La Compañía no puede asumir responsabilidad por la desaparición de objetos personales traídos a<br />

las áreas de trabajo. Por tal razón, se recomienda al personal abstenerse de traer a sus áreas de<br />

trabajo objetos de alto valor material o sentimental.<br />

Todo robo o desaparición de objetos deberá ser informado por escrito al Departamento de<br />

Recursos Humanos u Oficina Administrativa el cual hará un informe del incidente y determinará el<br />

curso de acción a tomar.<br />

VESTIMENTA<br />

Estándares de Uniforme, Apariencia e Higiene<br />

Es política de nuestra Compañía que sus empleados proyecten una imagen que vaya de acuerdo con<br />

el estilo profesional que siempre nos ha caracterizado. Se espera que los empleados vistan de una<br />

manera apropiada para este ambiente de negocios, ya que afectan la impresión de otras personas<br />

sobre nuestra Compañía.<br />

Como nuestro representante, tu aspecto y apariencia personal reflejan la imagen de Domino’s. Es<br />

por esto que debes respetar las reglas, estándares de imagen y uniforme establecidos. Para los<br />

Choferes de Entrega, el automóvil debe de estar en buenas condiciones y limpio.<br />

13


Piensa en la persona que te atendió la última vez que fuiste a un restaurante. El aspecto de un<br />

miembro del equipo influye en la percepción del cliente a la hora de re-ordenar o continuar como<br />

cliente.<br />

Estándar de Uniforme<br />

Uso de gorra Domino’s (mantiene el cabello recogido).<br />

Camisa estilo polo de Domino’s (uniforme que nos identifica como compañía; camisa puesta<br />

dentro del pantalón).<br />

Camisilla de color blanco por debajo del polo (parte de nuestro estándar, brinda una<br />

percepción de imagen limpia y fresca).<br />

Pantalón largo de color negro y de planchado permanente (sólo debe tener 4 bolsillos).<br />

Correa de color negro sin diseños.<br />

Zapatos o zapatillas deportivas cerrados de color negro o que su composición consista de<br />

80% negro y un 20% color blanco u otro color que no sea fluorescente.<br />

Uso de delantal aprobado por Domino’s (Todo miembro del equipo que tenga contacto con<br />

alimentos debe usar delantal, este crea una barrera que no permite que bacterias que se<br />

adhieren a la ropa llegue a los alimentos).<br />

Estándar de Apariencia<br />

Uñas cortas y limpias no deben de exceder 1/4 de pulgadas (1cm). No se permiten uñas<br />

postizas o pintadas.<br />

Damas pueden maquillarse moderadamente.<br />

Cabello más largo que el cuello de la camisa debe de quedar dentro de la gorra utilizando<br />

una banda. Si el cabello no queda debidamente restringido, se debe emplear el uso de<br />

redecilla.<br />

Si el cabello da la impresión que necesita ser recortado, o necesita ser cepillado, no cumplirá<br />

con el estándar.<br />

El cabello teñido de colores no-naturales (por ejemplo: verde, rosita, azul, etc.) y estilos<br />

extremos no cumplen con el estándar.<br />

Varones necesitan tener la cara libre de vello facial. El afeitado diario es un requisito. De<br />

tener bigote, no debe ser más largo que los extremos del labio superior.<br />

A las damas sólo se les permite utilizar dos pantallas de tipo dormilona sin piedra, una en<br />

cada oreja.<br />

14


Los varones no deben utilizar pantallas mientras porten el uniforme.<br />

No se permiten piercings visibles.<br />

Miembros del equipo que no confeccionen alimentos podrán usar un reloj, un collar simple<br />

y un anillo de matrimonio. No se permiten prendas que llamen la atención.<br />

Miembros que confeccionen alimentos no están permitidos a usar prendas excepto el anillo<br />

de matrimonio.<br />

Tatuajes deberán ser cubiertos con el uniforme o mediante el uso de prendas para el mismo.<br />

Apariencia de Vehículo de Reparto<br />

Tu vehículo debe encontrarse en buen estado. (debe tener parachoques, luces y<br />

guardalodos)<br />

El exterior debe estar razonablemente limpio. Vehículo extremadamente sucio no cumple<br />

estándar.<br />

El interior debe estar limpio y ordenado.<br />

Higiene<br />

Uniforme limpio y sin rupturas.<br />

Miembros del equipo deberán mostrase aseados para mantener una higiene adecuada para<br />

el contacto con alimentos y clientes.<br />

Es un requisito que los empleados se laven las manos constantemente con agua y jabón cada<br />

vez que hagan alguna tarea, lleguen de una entrega o se contaminen con otra superficie.<br />

Manos deben de secarse con papel secante aprobada.<br />

Todo miembro del equipo que se encuentre en contacto directo con alimentos deberá<br />

utilizar desinfectante de manos después de entrar en contacto con productos no<br />

alimentarios. Entiéndase teléfono, dinero, espátula de sacar pizza etc…<br />

EMPLEADOS DE OFICINA<br />

Nos interesa conservar un ambiente de trabajo de buen compañerismo que también mantenga la<br />

formalidad necesaria. Parte de ese ambiente lo crea la vestimenta que todos utilizamos. Es nuestro<br />

interés señalar algunos principios básicos sobre este tema, a manera de orientación.<br />

15


Damas<br />

Todo el personal femenino deberá vestir de forma apropiada para un ambiente de oficina. No se<br />

considerarán apropiados para el trabajo pantalones cortos, ropa o pantalones demasiados ceñidos<br />

al cuerpo, pantalones debajo de la cintura, blusas con escotes pronunciados, tanto al frente como en<br />

la espalda, ropa transparente, o camisa con mensajes ofensivos e ilegales, vestimenta de material<br />

tipo lycra. Tampoco se considerarán apropiadas faldas con aberturas muy pronunciadas. El largo de<br />

los vestidos y faldas no debe ser menor de 2” sobre la rodilla. Se considerarán apropiadas las faldas<br />

pantalón con la condición de que sean holgadas (no ceñidas) y el largo deberá ser según la<br />

descripción anterior. No se permitirán tatuajes visibles en ninguna parte del cuerpo. Igualmente, no<br />

son apropiadas sandalias de playa. No se permitirán pantallas visibles en ninguna otra parte del<br />

cuerpo.<br />

Caballeros<br />

Deberán vestir de forma apropiada para un ambiente de trabajo. No son aceptables los pantalones<br />

cortos, la ropa no debe ser ajustada ni camisa con mensajes ofensivos e ilegales. Siempre deberán<br />

estar afeitados o si tienen barba, la misma deberá ser cortada y estar arreglada. El cabello debe<br />

estar limpio, bien arreglado y con buena apariencia. El cabello debe llevarse de manera que se<br />

puedan ver los ojos.<br />

No son apropiados las sandalias ni zapatos sin medias. Tampoco serán apropiados los pantalones<br />

debajo de la cintura. No se permitirán los tatuajes visibles en ninguna parte del cuerpo. No se<br />

permitirán pantallas visibles en ninguna parte del cuerpo.<br />

Cualquier situación que no se ajuste a estas normas será manejada por el Área de Recursos<br />

Humanos quien orientará a los empleados sobre las medidas que deberán tomarse para cumplir<br />

con estas normas. Las normas aplican tanto al personal regular como temporero.<br />

ACCIONES DISCIPLINARIAS<br />

Se tomarán acciones disciplinarias con cualquier empleado que incurra en violaciones a las normas<br />

del empleo, comportamiento inaceptable, mala conducta, o un pobre desempeño constante. Cada<br />

situación será evaluada de acuerdo con la gravedad de la situación, la cantidad y tipos de<br />

infracciones anteriores y otras circunstancias que se determinen al evaluar la seriedad de la ofensa.<br />

Las acciones disciplinarias pueden variar desde una reprimenda oral hasta el despido de su puesto.<br />

Es importante señalar que en todo momento se le brindará al empleado la oportunidad de<br />

establecer su punto de vista sobre la situación. De existir un problema, se brindará la consejería<br />

necesaria y, de ser necesario, se tomarán medidas correctivas. El fundamento de nuestra política<br />

no es disciplinar, sino ayudar al empleado a ser más exitoso y valorado, como parte de un equipo de<br />

trabajo. Procuramos desarrollar un mutuo entendimiento y estándares de conducta, de modo que<br />

no sea necesario disciplinar a nadie.<br />

16


Sin embargo, si fuera necesario tomar acciones disciplinarias, se hará con respeto, dignidad y con la<br />

intención de que los empleados reciban todas las oportunidades de ejercer su buen sentido común.<br />

Además, cada situación se evaluará independientemente para determinar el curso de acción<br />

apropiado.<br />

NORMAS GENERALES DE CONDUCTA<br />

Nuestra Compañía no pretende describir todas las reglas de conducta aplicables, ya que la mayor<br />

parte de las mismas son obvias y no requieren ser expuestas. No obstante, algunas actuaciones<br />

podrían afectar de forma significativa los mejores intereses de los empleados y de la Compañía, por<br />

lo tanto, ameritan ser mencionadas para evitar su ocurrencia.<br />

GRUPO I. Estas medidas disciplinarias incluirán acción correctiva progresiva de acuerdo a<br />

factores atenuantes o agravantes presentes en la situación. Las medidas disciplinarias podrán<br />

incluir, advertencias verbales, y/o escritas, suspensiones de empleo sin paga y despidos.<br />

1. Ausentarse de su trabajo sin autorización. Fallar en notificar personalmente ausencias o<br />

tardanzas al Gerente o Supervisor por lo menos dos horas antes de la hora de entrada.<br />

2. No reportarse a trabajar a una actividad de trabajo asignada o según itinerario; no<br />

presentarse a trabajar cuando el empleado haya cambiado su turno y/o día de trabajo con<br />

otro empleado.<br />

3. Cambiarse el turno de trabajo con otro empleado sin la autorización de la Compañía.<br />

4. Llegar tarde frecuentemente con o sin justificación.<br />

5. Tardar en reportarse a su área de trabajo luego de haber registrado la hora de entrada o<br />

periodo de tomar alimentos. Estar fuera del área de trabajo atendiendo asuntos personales<br />

o no relacionados al trabajo durante horas laborables; abandonar sin autorización su área<br />

de trabajo o los predios de la Tienda o salirse de la ruta de trabajo sin autorización o causa<br />

justificada.<br />

6. Dejar de ponchar la asistencia incluyendo la hora de entrada y salida del periodo de tomar<br />

alimentos. Dejar de llenar cualquier otro documento requerido o indicado por la Compañía.<br />

7. Presentarse a trabajar incumpliendo con los Estándares de Uniforme, Imagen y/o<br />

Apariencia de la Compañía.<br />

8. Utilizar el uniforme provisto por la Compañía en actividades sociales fuera de horas<br />

laborables, o darle uso inapropiado que pueda afectar la imagen de Domino’s.<br />

9. Entrar o permitir la entrada de otras personas a áreas no autorizadas.<br />

10. Utilizar sin autorización o de manera impropia o en violación a las normas descritas en el<br />

manual, los teléfonos, equipos y cualquier otra propiedad de la Compañía.<br />

17


11. Violar las reglas de seguridad impuestas por Domino’s y OSHA así como cualquiera otra.<br />

12. Participar en juego de manos y bromas pesadas que puedan resultar en accidentes, lesiones<br />

u ofensas personales.<br />

13. Dejar de cooperar completamente en cualquier investigación que se esté realizando sobre<br />

algún incidente o accidente relacionado con las operaciones de la Compañía.<br />

14. Permitir las visitas de familiares y amigos sin autorización.<br />

15. Permanecer en la Tienda sin autorización al terminar su horario de trabajo o en sus días<br />

libres.<br />

16. Dejar de notificar algún cambio en la información requerida en los expedientes de personal.<br />

17. Trabajar sin armonía o falta de cooperación con sus compañeros de trabajo.<br />

18. Utilizar vehículos de la Compañía sin la autorización de la gerencia, o prestar, ceder o<br />

disponer de dicha propiedad sin autorización.<br />

19. Violar el reglamento para el uso de vehículos de motor, maquinarias y equipo de la<br />

Compañía.<br />

20. Suministrar información incompleta y/o incorrecta de la Tienda, o de otros empleados,<br />

clientes, o cualquier persona relacionada con las operaciones de la Tienda, o con quien<br />

pueda estar en contacto mientras se encuentre en gestiones de trabajo o por motivos del<br />

mismo para cualquier asunto relacionado con su empleo u obligaciones.<br />

21. Solicitar o llevar a cabo cualquier actividad personal durante horas laborables o que<br />

interfiera con el trabajo de otros empleados.<br />

22. Distribuir material impreso o de cualquier tipo que no esté relacionado con el trabajo que se<br />

lleva a cabo en la Tienda a otros asociados, o mientras realizan sus tareas durante horas<br />

laborables y/o en áreas de trabajo.<br />

23. Rehusarse a firmar como recibido documento de la Empresa, así como la negativa a recibir<br />

documentos que le son entregados por la Tienda, Compañía o por Domino’s. Esto incluye<br />

amonestaciones y/o acciones disciplinarias, reglas y normas de conducta, instrucciones<br />

operacionales y procedimientos a seguirse en las operaciones de la Compañía.<br />

24. Encubrir errores operacionales cometidos o accidentes sufridos por empleados o por<br />

terceras personas, o no informar inmediatamente al supervisor la falta de material o equipo<br />

damnificado.<br />

25. Dejar de informar inmediatamente al supervisor o la persona designada cualquier accidente<br />

o incidente que ocurra con empleados en los predios de la Tienda o con quien pueda estar<br />

en contacto mientras se encuentre en gestiones de trabajo o por motivos del mismo.<br />

18


26. No proveer o rehusar proveer los certificados médicos necesarios al regresar al trabajo<br />

después de un periodo de ausencia, o asistir a consultas médicas o examen físico requerido<br />

por la Empresa.<br />

27. Ingerir alimentos y/o bebidas en áreas restringidas o fuera del período de tomar alimentos.<br />

28. Fumar dentro de los predios restringidos por ley o en horas laborables.<br />

29. Colocar o remover anuncios o cualquier tipo de aviso o propaganda en los tablones de<br />

edicto sin la autorización previa de la gerencia o supervisor a cargo.<br />

30. Interferir con el trabajo que realizan otros empleados.<br />

31. Observar un patrón de conducta impropia o desordenada.<br />

32. Rehusar trabajar horas extras o fuera de los turnos de trabajo sin razón justificada.<br />

33. No cumplir con las instrucciones dadas relativas al período de tomar alimentos, o trabajar<br />

durante dicho período sin contar con la autorización previa del supervisor.<br />

34. Ser descortés o irrespetuoso con los empleados, clientes o cualquier persona relacionada<br />

con las operaciones de la Tienda o con quien pueda estar en contacto mientras se encuentre<br />

en gestiones de su trabajo o por motivos del mismo.<br />

35. Dormir, holgazanear en horas de trabajo, perder el tiempo o hacerlo perder a otros en horas<br />

de trabajo, incluyendo, pero no limitado a, utilizar el celular, leer revistas, periódicos o<br />

cualquier otro material impreso que no esté relacionado a su trabajo y dedicar su tiempo de<br />

trabajo a asuntos personales.<br />

36. Trabajar horas extras sin estar previamente autorizado por el supervisor.<br />

37. Prestar servicios dentro y fuera de horas laborables a clientes o suplidores de la Compañía<br />

para beneficio propio.<br />

38. Llevar en su vehículo a personas no autorizadas por la Compañía durante horas laborables.<br />

39. No ejecutar las tareas asignadas y relacionadas a su puesto, con eficiencia, responsabilidad y<br />

diligencia. Lo que incluye, pero no se limita a mantener el área limpia y ordenada, cuidar el<br />

equipo de trabajo, usar adecuadamente los ingredientes y materiales, cumplir con las metas<br />

y objetivos trazados.<br />

GRUPO II. Las violaciones a cualquiera de estas reglas podrán conllevar suspensión de empleo y<br />

sueldo por la primera ofensa y ante la segunda ofensa, despido.<br />

1. Insubordinarse, faltar el respeto, o negarse a realizar el trabajo asignado o realizarlo<br />

insatisfactoriamente, negligentemente, o tardíamente.<br />

19


2. Reportarse a trabajar o encontrarse, durante horas laborables, bajo la influencia de<br />

cualquier sustancia, incluyendo, peor ni limitado a licores embriagantes, drogas, o<br />

medicinas que pudiera afectar adversamente el desempeño del empleado, salud y seguridad<br />

de otros empleados, los clientes o servicios y productos de la Compañía.<br />

3. Dejar de informar cualquier enfermedad que esté padeciendo, incluyendo si es contagiosa<br />

en el área de empleo, que pueda afectar adversamente el desempeño de su trabajo o el de<br />

otros empleados.<br />

4. Desacreditar, hacer señalamientos o incurrir en una conducta que afecte adversamente los<br />

servicios que preste la Compañía, sus empleados, sus clientes o cualquier persona<br />

relacionada con las operaciones de la Compañía o con quien pueda estar en contacto<br />

mientras se encuentre en gestiones de trabajo o por motivos del mismo.<br />

5. Ponchar o cumplimentar el registro de asistencia de otro empleado o cualquier otro<br />

documento de la Compañía o permitir que otra persona cumplimente la suya.<br />

6. Incitar, sobornar, obligar o de alguna forma inducir a un empleado(a) a participar en la<br />

violación de las normas de conducta, políticas y procedimientos de la Empresa.<br />

7. Interceptar comunicaciones verbales o escritas de otros empleados, clientes o persona<br />

alguna relacionada con las operaciones de la Empresa o con quien pueda estar en contacto<br />

mientras se encuentre en gestiones de trabajo o por motivos del mismo.<br />

8. Grabar sin autorización, comunicaciones verbales o escrita de otros empleados, clientes o<br />

persona alguna relacionada con las operaciones de la Empresa o con quien pueda estar en<br />

contacto mientras se encuentre en gestiones de trabajo o por motivos del mismo.<br />

9. Dejar de entregar el recibo de compra con el IVU incluido a los clientes de la Tienda.<br />

10. Realizar descuentos no autorizados de bienes y/o servicios; no pagar el importe de bienes<br />

y/o servicios como, por ejemplo, alimentos. Es igualmente responsable y le aplica esta regla<br />

al empleado que no cobra como el que permite o solicita que no le cobren.<br />

11. Omitir información o realizar declaraciones falsas conforme a investigaciones realizadas<br />

por la Compañía.<br />

GRUPO III. Las violaciones a cualquiera de estas reglas podrán conllevar despido por la primera<br />

ofensa.<br />

1. Poseer, usar o tener bajo su control sin autorización, cualquier propiedad, equipo,<br />

herramienta o material de la Tienda, o de otros empleados, clientes o persona alguna<br />

relacionada con las operaciones de la tienda o con quien pueda estar en contacto mientras<br />

se encuentre en gestiones de su trabajo o por motivos del mismo.<br />

2. Amenazar, intimidar, coaccionar, herir o tratar de herir empleados, clientes, persona<br />

particular o cualquier persona relacionada con las operaciones de la Tienda o con quien<br />

20


pueda estar en contacto mientras se encuentre en gestiones de su trabajo o por motivos del<br />

mismo.<br />

3. Utilizar, con o sin intención, lenguaje o gestos obscenos, abusivos, o insultantes hacia<br />

empleados, clientes o cualquier persona relacionada con las operaciones de la Tienda o con<br />

quien pueda estar en contacto mientras se encuentre en gestiones de su trabajo o por<br />

motivos del mismo.<br />

4. Traer, poseer o tener bajo su control sin autorización cualquier objeto que no esté<br />

relacionado con su trabajo o por motivos del mismo, como explosivos, armas de fuego, u<br />

objetos prohibidos, cuchillos, bebidas alcohólicas, drogas, sustancias controladas o<br />

cualquier otro componente o sustancia que pudiera afectar adversamente el desempeño del<br />

empleado, la salud y seguridad de otros empleados, los clientes o los servicios y productos<br />

de la Tienda.<br />

5. Destruir, hacer daño o estropear, con o sin intención, cualquier propiedad o producto de la<br />

Tienda o de otros empleados, clientes o cualquier persona relacionada con las operaciones<br />

de la Tienda o con quien pueda estar en contacto mientras se encuentre en gestiones de su<br />

trabajo o por motivos del mismo.<br />

6. Alterar, falsificar, remover, fotocopiar, o utilizar, con o sin beneficio propio, cualquier<br />

registro, informe, formulario, solicitud, archivo o documento alguno de la compañía.<br />

Ejemplos de estas prácticas, sin que constituya limitación, son las siguientes:<br />

a. Certificados médicos de condiciones o situaciones inexistentes;<br />

b. Reclama de gastos no realizados o realizados por una suma menor o para<br />

asuntos personales;<br />

c. Reclamo de horas trabajadas en exceso del tiempo realmente no trabajado;<br />

d. Reclamo indebido de equipo o herramientas perdidas, rotas o abandonadas.<br />

7. Incitar a pelear a empleados, clientes, persona particular o cualquier persona relacionada<br />

con las operaciones de la Tienda o con quien pueda estar en contacto mientras se encuentre<br />

en gestiones de su trabajo o por motivos del mismo.<br />

8. Ser acusado o arrestado por actos ilegales.<br />

9. Obtener, divulgar y/o utilizar información confidencial de la Tienda, otros empleados,<br />

clientes o cualquier persona relacionada con las operaciones de la Tienda. Hacer<br />

declaraciones falsas y dañinas sobre la compañía, clientes u otros empleados.<br />

10. Ofrecer en la Solicitud de Empleo información falsa, tergiversada u omitir detalles<br />

relevantes y/o pertinentes durante el proceso de reclutamiento y/o empleo.<br />

21


11. Aceptar otros trabajos o trabajar por cuenta propia al estar disfrutando de una licencia de<br />

cualquier tipo, o dedicarse a actividades que puedan estar en conflicto con los propósitos de<br />

la licencia que esté disfrutando, o que puedan afectar la condición del empleado impidiendo<br />

su regreso al trabajo en la fecha convenida. De ser una actividad recomendada por un<br />

médico o psicólogo, la misma deberá ser certificada por éste y notificada por escrito a la<br />

Tienda antes del comienzo de la actividad.<br />

12. Abandono de trabajo por ausencias de tres días consecutivos sin notificar. Esto incluye<br />

ausencias sin autorización para asuntos personales y tomar licencias sin autorización por la<br />

compañía. Se incluyen además dentro de esta regla, aquellas ausencias que, aunque no sean<br />

voluntarias, como, por ejemplo, estar encarcelado o restringido de asistir a trabajar por<br />

orden de un tribunal o agencia administrativa, no se entienden como razones justificadas<br />

para ausentarse.<br />

13. Negligencia en la utilización de fondos de la Tienda o en la tramitación de documentos,<br />

recibos, compras o contratos o cualesquiera otros documentos.<br />

14. Conducir negligentemente o irresponsablemente ocasionando daños a la propiedad o<br />

personas. Si algún chofer incurre en daños a la propiedad o persona por conducir<br />

negligentemente, no siguiendo las leyes de tránsito será responsable de la totalidad de los<br />

hechos.<br />

15. Llevar a cabo actos que pongan en riesgo la vida de otras personas.<br />

16. Pedir, instruir, coaccionar o permitir que los empleados no-exentos trabajen alguna<br />

cantidad de tiempo sin recibir su salario.<br />

GRUPO IV: Las violaciones a cualquiera de estas reglas serán evaluadas de forma individual. La<br />

acción disciplinaria dependerá de la gravedad de los hechos.<br />

1. Hostigar sexualmente a otros empleados, clientes o cualquier persona relacionada con las<br />

operaciones de la Tienda o con quien pueda estar en contacto mientras se encuentre en<br />

gestiones de su trabajo o por motivos del mismo<br />

2. Realizar actos o expresiones discriminatorias por motivo de raza, sexo, orientación sexual,<br />

color, origen o condición social, nacionalidad, o cualquier expresión o acto en violación a las<br />

leyes que prohíben el discrimen en todas las formas<br />

3. Dejar de reportarse a su trabajo al terminar cualquier licencia.<br />

4. Descuadres de efectivo en la caja registradora.<br />

5. Descuadrarse en el cuadre gerencial.<br />

6. Uso inadecuado de correos electrónicos.<br />

De surgir otra falta no especificada en estas normas, la Compañía retiene su derecho de aplicar la<br />

sanción que estime pertinente de acuerdo a la gravedad y los hechos de cada caso.<br />

22


COLECTAS, RIFAS, VENTAS DE ARTÍCULOS Y DISTRIBUCIÓN DE LITERATURA<br />

Personas que sean empleados de Domino’s no podrán hacer colectas, ventas, ni distribuir<br />

literatura de ninguna índole dentro de nuestras facilidades con ningún propósito y en ningún<br />

momento. Nuestra Compañía reconoce que sus empleados puedan participar de eventos y<br />

organizaciones fuera del trabajo, sin embargo, no deben hacer colectas o ventas o distribuir<br />

literatura durante las horas de trabajo, en el lugar de trabajo, ni interrumpir las operaciones<br />

normales de negocios. Los empleados tampoco podrán utilizar el sistema de comunicación<br />

electrónica de la Compañía para hacer colectas o ventas o distribución de artículos o literatura.<br />

Algunos ejemplos de actividades que podrían violar esta política son:<br />

Recolectar dinero, objetos u obsequios para grupos religiosos, políticos o caritativos;<br />

Circular peticiones;<br />

Distribución de literatura que no sea de nuestro negocio y/o no aprobadas por la Compañía.<br />

Recolectar contribuciones para cuotas o membresías.<br />

VISITANTES EN EL LUGAR DE TRABAJO<br />

Sólo se permitirá la entrada de visitantes autorizados y/o escoltados en las facilidades de<br />

Domino’s. Por razones de seguridad y productividad se desalienta la visita de familiares y amigos<br />

al lugar de trabajo.<br />

Todos los visitantes deben entrar al área de recepción de la compañía, o tienda donde recibirán<br />

instrucciones o serán escoltados hasta su destino. Los empleados son responsables por la conducta<br />

y seguridad de sus visitantes en todo momento.<br />

Si un empleado ve personas no autorizadas dentro de nuestros predios debe notificarlo<br />

inmediatamente a su supervisor o conducir la persona al área de recepción.<br />

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD<br />

Para nuestra empresa es fundamental la protección de información confidencial y secretos de la<br />

organización. Esto incluye, pero no se limita a, los siguientes ejemplos:<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

Información financiera del negocio<br />

Listas de clientes<br />

Problemas y quejas de los clientes<br />

Memorandos internos y otra documentación interna, expedientes de personal incluyendo<br />

expedientes electrónicos y de procesamiento de datos<br />

Estrategias de mercadeo<br />

Proyectos y propuestas pendientes o pasadas<br />

23


Se les exige a todos los empleados firmar un Acuerdo de Confidencialidad como condición para<br />

obtener su empleo. Aquellos empleados que hagan uso impropio o revelen información comercial<br />

confidencial quedarán cesanteados de sus puestos y podrán estar sujetos a acciones legales de<br />

parte de la Compañía, aún en el caso de que no recibieran ningún beneficio de la información<br />

confidencial.<br />

Domino’s respeta la confidencialidad de la información personal de sus empleados. Sólo aquellos<br />

empleados autorizados y con fines estrictamente relacionados con el empleo, podrán tener acceso a<br />

los expedientes personales. Los empleados que tengan acceso a información personal de los<br />

empleados deberán ejercer unos criterios muy estrictos de confidencialidad en el manejo de la<br />

misma. Toda la información relacionada con compensaciones, bonos, o asuntos relacionados es<br />

altamente confidencial y no se debe discutir o intercambiar con otros empleados.<br />

NEPOTISMO Y RELACIONES INTERPERSONALES<br />

Domino’s permite que trabajen en la Compañía esposos, parejas, y cualquier persona que viva en el<br />

hogar del empleado. Sin embargo, no es permitido que los empleados que tengan este tipo de<br />

relaciones se supervisen uno al otro.<br />

De ocurrir una violación a esta norma, los empleados afectados tendrán que decidir cuál de los dos<br />

deberá ser reubicado en otro puesto o departamento. De no tomar una decisión dentro de treinta<br />

(30) días calendario, la Compañía tomará la decisión más razonable de mover a uno de ellos a un<br />

puesto comparable en responsabilidades y salario, o ambos empleados podrán ser cesanteados.<br />

Los empleados que no cumplan con el deber de denunciar una situación de esta naturaleza serán<br />

cesanteados.<br />

EMPLEO FUERA DE LA COMPAÑÍA<br />

Los empleados podrán tener otros trabajos fuera de la Compañía siempre y cuando no se afecte el<br />

desempeño de sus funciones en Domino’s. Sin embargo, se prohíbe todo empleo fuera de la<br />

Compañía que se entienda constituye un conflicto de intereses. Ningún empleado podrá ejercer,<br />

directa o indirectamente, como ejecutivo, agente, accionista del 5% o más, empleado, contratista<br />

independiente o asesor de ningún negocio de la misma industria que Domino’s.<br />

Si se determina que el trabajo fuera de la Compañía interfiere con el desempeño del empleado o su<br />

capacidad para llenar los requisitos de su puesto, se abordará el conflicto de ambos trabajos.<br />

Todo empleado que sospeche que pudiera surgir un conflicto de intereses por un trabajo fuera de<br />

nuestra Compañía, debe discutirlo inmediatamente con su supervisor, antes de que ocurra el<br />

conflicto.<br />

Ningún empleado podrá recibir ingreso o ganancia material directa de individuos fuera de<br />

Domino’s por materiales producidos o servicios prestados mientras realizaba sus funciones como<br />

empleado nuestro. Las decisiones finales de si actividades o acciones externas constituyen un<br />

potencial conflicto de intereses, serán tomadas por el Equipo Gerencial.<br />

24


CONFLICTOS DE INTERESES<br />

Todos los empleados están obligados a realizar sus funciones dentro de las normas que prohíben<br />

conflictos de intereses reales o potenciales. Esta política establece solamente unas guías generales<br />

cuyo propósito es orientar a los empleados para que busquen más información sobre los criterios<br />

aceptables de operación en nuestra Compañía.<br />

Algunos ejemplos de actividades inapropiadas que se pudieran percibir como un conflicto de<br />

intereses pueden ser: ofrecer ciertos arreglos a clientes, más allá de lo normal en gestiones de<br />

negocios; acuerdos con amigos o familiares que pudieran verse como injustos; o casos que<br />

involucren una ganancia personal por parte del empleado.<br />

Dada la naturaleza tan amplia de este asunto sensitivo, se recomienda enfáticamente que los<br />

empleados consulten con su supervisor sus opiniones o interpretaciones de todo posible conflicto<br />

de interés. Todo acto que lleve a violar esta política de conflicto de interés redundará en acciones<br />

disciplinarias, que hasta podrían incluir la terminación del empleo.<br />

ASISTENCIA<br />

La naturaleza del trabajo en Domino’s requiere que sus empleados cubran horarios extendidos si<br />

fuese necesario. Cada Tienda establece su horario regular de trabajo, de acuerdo con sus funciones<br />

y necesidades de cada una de ellas. Dentro de cada Tienda, los empleados en diferentes posiciones<br />

pudieran tener horarios distintos, según las necesidades del trabajo.<br />

Independientemente del horario asignado, cada empleado debe cumplirlo rigurosamente. Se<br />

tomarán acciones disciplinarias y correctivas con aquellos empleados que muestren un ausentismo<br />

o tardanzas excesivas, llegando incluso al despido. Dichas conductas afectan el trabajo de otros<br />

empleados y de la Compañía.<br />

Si un empleado tuviera una situación particular y excepcional de que no pueda llegar a tiempo a su<br />

trabajo, debe notificarlo con anticipación a su supervisor y llamar con por lo menos dos horas antes,<br />

del comienzo de su hora regular de empleo. La comunicación la hará el empleado directamente a su<br />

supervisor y no a través de un familiar a menos que medie una situación médica que no le permita<br />

hablar. El empleado no deberá dejar mensaje a través de correo electrónico, correo de voz, mensaje<br />

de texto, sino que se comunicará directamente con su superior.<br />

Es responsabilidad del gerente de tienda o supervisor velar por el cumplimiento de estas normas.<br />

Es responsabilidad del Área de Recursos Humanos orientar efectivamente a los empleados sobre<br />

las normas de asistencia, así como asegurar los récords de asistencia de cada empleado se<br />

mantengan correctamente.<br />

25


Definiciones:<br />

Ausencia<br />

La no comparecencia de un empleado a su trabajo por causas voluntarias y/o involuntarias durante<br />

toda o parte de su jornada laboral se define como una ausencia. Para los empleados que trabajan a<br />

tiempo parcial las ausencias serán equivalentes al número de horas asignadas en su horario.<br />

Ausencia personal planificada<br />

Ausencias por razón de asunto personal, de carácter necesario, prevista o conocida con<br />

anterioridad a la fecha de la misma, que tiene que ser atendido en horas de trabajo.<br />

Si el empleado sabe que tendrá que ausentarse de su trabajo en determinada fecha, por<br />

determinadas circunstancias, deberá notificarlo a su supervisor, por lo menos, con una (1) semana<br />

de anticipación o tan pronto advenga en conocimiento de tal necesidad. El empleado deberá<br />

mostrar la evidencia que se le requiera y deberá obtener autorización escrita para dicha ausencia.<br />

Ausencia personal por emergencia<br />

Ausencia por asunto personal, de carácter extraordinario e imprevisto.<br />

Si un empleado tiene que faltar a su trabajo debido a una emergencia, deberá comunicarse con su<br />

supervisor por teléfono o cualquier otro medio de comunicación para explicarle la razón de su<br />

ausencia y la fecha en que podrá reintegrarse a sus labores. Tal notificación deberá hacerse durante<br />

la primera hora del comienzo de su horario regular de empleo del mismo día de su ausencia, para<br />

programar su reemplazo si este fuera necesario. Si el empleado ha informado el día de su regreso al<br />

trabajo, no tendrá que llamar cada día que esté ausente. En caso contrario, es su deber comunicar la<br />

extensión de su ausencia.<br />

Ausencia por enfermedad<br />

Ausencia que surge como consecuencia de la enfermedad del empleado, situaciones médicas<br />

relacionadas al tratamiento y convalecencia de cónyuge legal, de sus padres si tienen su cuidado o<br />

tutela, hijos menores de 18 años, o hijos incapacitados a su cargo.<br />

Los empleados deberán realizar su mejor esfuerzo para que todas estas citas médicas se hagan<br />

fuera de horas de trabajo. Cuando esto no sea posible y dichas citas tengan que ser durante horas de<br />

trabajo, el empleado deberá notificar a su supervisor su ausencia por cita médica con una semana<br />

de anticipación a la misma.<br />

Salvo en casos de fuerza mayor, el empleado deberá notificar a su supervisor el hecho de su<br />

enfermedad, o de su familiar autorizado por lo menos dos horas antes del comienzo de sus labores<br />

del mismo día de su ausencia. Igualmente, una vez el empleado advenga en conocimiento de la<br />

fecha en que puede reincorporarse a su trabajo, deberá notificar la misma a la brevedad posible. De<br />

ser por más de dos días su ausencia por enfermedad, al reintegrarse a su trabajo, el empleado<br />

26


deberá presentar un certificado médico legible que incluya la fecha del examen, la firma y número<br />

de licencia, teléfono y dirección del médico, así como los días de reposo prescritos.<br />

Al regresar de la licencia por enfermedad, para poder comenzar en su trabajo, el empleado deberá<br />

obtener la autorización de su médico. Si regresa antes del día previamente indicado por el médico,<br />

deberá traer una certificación de su médico indicando que está apto para trabajar.<br />

El mal uso de la licencia por enfermedad o utilizarla para otras razones que no sean la enfermedad<br />

del propio empleado o familiares a su cargo, según sea el caso, será causa para la aplicación de<br />

acciones disciplinarias, incluyendo el despido.<br />

El disfrute de la licencia por enfermedad no excusa el cumplimiento de las reglas sobre asistencia,<br />

puntualidad, certificaciones médicas e informes periódicos sobre la continuación de la enfermedad.<br />

La licencia de enfermedad para uso con familiares requiere usted mantenga un balance de cinco<br />

días y podrá hacer uso del exceso de la misma hasta cinco días anualmente.<br />

Ausencia personal no autorizada<br />

Ausencia no notificada conforme a lo establecido en esta norma, que no cumple con la definición de<br />

ausencia personal planificada o de ausencia personal por emergencia o de ausencia por enfermedad<br />

y que no fue aprobada por la gerencia.<br />

Las ausencias no autorizadas no podrán cargarse a ningún tipo de licencia y conllevarán medidas<br />

disciplinarias de acuerdo a la severidad de la situación. Tres o más días de ausencias no autorizadas<br />

se podrán interpretar como abandono de trabajo y será razón para despido.<br />

Patrón de Ausencia<br />

Ausencias, ya sean antes o después de los días libres o feriados del empleado, antes o después de<br />

fines de semana largos, cada período de tiempo determinado o de alguna forma identificable, sin<br />

que las mismas necesariamente tengan que ser excesivas o sin autorización.<br />

La Compañía estará atenta a eventos repetitivos que se puedan anticipar o puedan ser probados<br />

por un tiempo específico que den lugar a interpretar que representa un patrón de ausencia. En<br />

estos casos se aplicarán las medidas disciplinarias razonables de acuerdo al efecto del patrón de<br />

ausencias. Otros ejemplos de estos casos son: ausencias lunes, viernes, en o antes de días libres o<br />

feriados, ausencias en turnos específicos, ausencias en días específicos, entre otros.<br />

No será un patrón de ausentismo una licencia establecida por ley (Fondo del Seguro del Estado,<br />

SINOT, Maternidad, ACAA, entre otros) y/o enfermedad prolongada y por días consecutivos que<br />

esté ampliamente documentada por certificados médicos e informes periódicos sobre la<br />

continuación de la enfermedad de manera convincente a la Compañía.<br />

27


PROCESO DE REVISIÓN DE ASISTENCIA<br />

La amonestación que corresponda, así como la acción a tomarse, se determinará a base del número<br />

de amonestaciones y ausencias anteriores que haya tenido el empleado.<br />

Los supervisores son los responsables de administrar estas normas bajo el asesoramiento del Área<br />

de Recursos Humanos y como tales deben analizar los informes de asistencia de cada uno de los<br />

empleados.<br />

Estas normas son aplicables a todo el personal de nuestra Compañía.<br />

Será necesario que el empleado llame directamente a su supervisor para notificar acerca de su<br />

ausencia, no está permitido que otras personas llamen a notificar acerca de la ausencia del<br />

empleado.<br />

Cualquier ausencia no notificada durante un período de tres días o más será considerada como<br />

abandono de empleo y se terminará al empleado inmediatamente.<br />

En el caso de que un empleado tenga una situación de carácter especial que no pueda ser atendida<br />

bajo las presentes normas, deberá comunicarse con su supervisor. El Supervisor y Recursos<br />

Humanos atenderán la situación y determinarán la acción a seguir.<br />

La Compañía se reserva la facultad de cotejar o verificar los certificados médicos que le sean<br />

sometidos y podrá referir al empleado para evaluación por un médico asignado por la Compañía.<br />

REGISTRO DE HORARIO<br />

Cada empleado no exento deberá registrar su asistencia cuando entra a trabajar, cuando sale a<br />

almorzar, cuando regresa de almorzar y cuando finaliza sus labores del día. Ningún empleado, o<br />

supervisor, registrará la asistencia de otro empleado en el sistema designado para ello. Esta acción<br />

se considera una falta grave para ambos empleados. Tampoco estarán autorizados a alterar la hora<br />

marcada en el sistema de registro de asistencia. Ambas situaciones se considerarán causa suficiente<br />

para el despido. En caso de interrupción del servicio o problema con el funcionamiento del método<br />

de registro, el empleado deberá llamar inmediatamente a su supervisor, donde se le indicará el<br />

proceso a seguir. Nuestra organización necesita el registro correcto de las horas trabajadas, horas<br />

de entradas y periodos de alimento a fin de procesar el pago de su nómina. El no tener los registros<br />

correctos podrán afectar el pago correcto de su semana de trabajo y atrasar el mismo.<br />

Los empleados que estén en gestiones oficiales fuera de su área de trabajo y le corresponda su<br />

periodo de alimento deberán detenerse y tomar su periodo de alimento. Si es necesario trabajar el<br />

período de alimento debe tener autorización de su superior. Igual para trabajar en exceso de ocho<br />

horas en un día de trabajo o 40 en una semana, o las horas adicionales trabajadas fuera de su<br />

horario designado, debe tener autorización de su superior.<br />

28


BENEFICIOS<br />

Domino’s les ofrece a sus empleados elegibles un paquete de excelentes beneficios. Proveemos<br />

seguro médico, de farmacia y dental. También están cobijados bajo varios programas, tales como<br />

Seguro Social, SINOT y Seguro por Desempleo, entre otros.<br />

La elegibilidad de los beneficios depende de varios factores, incluyendo la clasificación del puesto<br />

de cada empleado. El Supervisor o el Representante de Recursos Humanos puede identificar los<br />

programas para los que cada empleado es elegible y le informará al comenzar a laborar en la<br />

Compañía.<br />

En este Manual se incluye un resumen del plan de beneficios. Favor de mantener este resumen<br />

actualizado reemplazándolo con los cambios periódicos que se realicen. Para obtener copias del<br />

resumen del plan de beneficios y detalles adicionales, favor de comunicarse con el representante de<br />

Recursos Humanos.<br />

Estos beneficios se ofrecerán mientras la situación económica de la empresa lo permita.<br />

CATEGORÍAS DE EMPLEO<br />

Empleo Probatorio: Los empleados son contratados por un período probatorio de 90 días<br />

calendario con el propósito de evaluar su habilidad para realizar las tareas asignadas. El empleado<br />

o la Compañía pueden terminar este contrato de empleo en cualquier momento, con o sin justa<br />

causa, durante el período de 90 días. Si el período probatorio no se completa satisfactoriamente, se<br />

termina el empleo. Para tener un periodo probatorio de más de 90 días la autorización del<br />

Departamento del Trabajo es necesaria.<br />

Empleo Regular: Se llaman empleados regulares aquellos que completan satisfactoriamente el<br />

período probatorio.<br />

Cada puesto se clasifica como exento o no-exento, según las leyes estatales y federales que rigen<br />

los salarios y horarios de trabajo;<br />

Empleados No-Exentos: son empleados a los cuales les aplican las disposiciones de horas extras,<br />

de acuerdo con las leyes de Puerto Rico.<br />

Empleados Exentos: son empleados a los cuales no les aplican las disposiciones de horas extras y<br />

se les paga por salario fijo. Estos empleados trabajaran cada día todas las horas necesarias para<br />

lograr los resultados del negocio.<br />

LICENCIA POR VACACIONES<br />

Todos nuestros empleados tienen derecho a disfrutar de vacaciones según dispone la ley. Los<br />

empleados regulares no exentos, acumularán vacaciones de acuerdo a la Ley 180 del 27 de julio de<br />

1998, la cual dispone la acumulación de 1.25 días de vacaciones por cada mes (15 días al año) en<br />

que haya trabajado por lo menos 115 horas.<br />

29


Nuestros empleados comienzan a acumular vacaciones a partir de la aprobación del período<br />

probatorio de 90 días, sin embargo, todo empleado que apruebe dicho período acumulará<br />

vacaciones desde su ingreso. Al final de cada año se le remitirá a cada empleado un informe<br />

conteniendo las vacaciones que tenga acumuladas hasta ese momento. El disfrute de vacaciones<br />

comienza desde el momento en que el empleado cumpla un año en el trabajo con la Compañía. El<br />

empleado tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones de manera consecutiva o a fraccionarlas,<br />

mediante acuerdo previo con la Compañía, siempre que disfrute de por lo menos 5 días<br />

consecutivos en el año. Se podrá pagar en efectivo sin disfrute el exceso de 10 días siempre que sea<br />

aprobado por la gerencia. A solicitud escrita del empleado y mediante la aprobación del presidente,<br />

se podrá permitir la liquidación de la licencia por vacaciones acumuladas y en exceso de diez días.<br />

Mediante acuerdo entre la Empresa y el empleado, podrá acumularse hasta dos (2) años de licencia<br />

de vacaciones. En caso de los empleados exentos (Supervisores, Gerenciales, Directores), el balance<br />

de vacaciones que no se haya disfrutado en este término, será cancelado.<br />

Las vacaciones se concederán anualmente, de forma que no interrumpan el funcionamiento normal<br />

de la Compañía. Cada empleado someterá una solicitud de licencia por vacaciones a su supervisor<br />

con por lo menos dos (2) meses de anticipación a la fecha solicitada. El gerente realizará un estudio<br />

de acuerdo con las necesidades de la Compañía, haciendo todo lo posible para satisfacer la solicitud.<br />

Una vez se entienda que conforme a la fecha es posible otorgarle los días por vacaciones, el Gerente<br />

de Tienda procederá a enviarlas al Supervisor de Tiendas o personal designado para la firma y<br />

aprobación de las mismas. Todas las vacaciones deben ser tomadas dentro del año calendario en el<br />

que se acumularon. Pudieran existir necesidades laborales extraordinarias en las que se permita<br />

transferirlas al período siguiente. Esto se debe solicitar al supervisor por escrito, aprobarlo y será<br />

revisado por el departamento de Recursos Humanos. Las vacaciones no se acumulan durante<br />

períodos de licencia sin paga.<br />

Los empleados que terminen su empleo con Domino’s recibirán la liquidación de sus vacaciones<br />

prorrateada a base del número de días trabajados antes de la fecha de terminación, de acuerdo al<br />

salario devengado al momento en que se acumuló.<br />

El tiempo de vacaciones se acumula desde el primer día de trabajo proporcionalmente utilizando<br />

como base las horas trabajadas mensualmente de 115 días o más.<br />

DIAS FERIADOS<br />

Esta política es aplicable al personal Administrativo y Ejecutivo que cuente con un contrato de<br />

tiempo determinado o indeterminado. Es política de Domino’s que el personal disfrute y participe<br />

en las conmemoraciones de los días festivos y cumpla con determinadas obligaciones sociales y<br />

civiles. Si alguno de estos días se celebrara en el día domingo, no se otorgará libre día lunes.<br />

30


65


DESGLOSE DE DÍAS FESTIVOS ADMINISTRATIVOS<br />

El personal Administrativo y Ejecutivo disfrutará de los días de descanso obligatorio que a<br />

continuación se mencionan:<br />

1ro de enero (Año Nuevo)<br />

6 de enero (Día de Reyes)<br />

4 de julio (Día de la Independencia de EU)<br />

25 de julio (Día de la Constitución del ELA)<br />

25 de diciembre (Día de Navidad)<br />

La empresa otorgará, al personal Administrativo, como días de descanso adicionales los siguientes:<br />

Viernes Santo<br />

Día de la Recordación<br />

Día de Acción de Gracias<br />

Día del Trabajo<br />

Cumpleaños<br />

Día de las Elecciones en PR<br />

DESGLOSE DE DÍAS FESTIVOS PARA NUESTRAS TIENDAS<br />

La empresa otorgará como día de descanso adicional:<br />

Día de Acción de Gracias<br />

La empresa otorgará horarios especiales para los siguientes días:<br />

1ero de enero (Año Nuevo)<br />

24 de diciembre (Noche Buena)<br />

25 de diciembre (Día de Navidad)<br />

31 de diciembre (Despedida de Año)<br />

LICENCIA POR ENFERMEDAD<br />

Todos nuestros empleados tienen derecho a licencia por enfermedad según dispone la ley. Nuestros<br />

empleados comienzan a acumular licencia por enfermedad a partir del comienzo de empleo. Si el<br />

empleado no tuviese licencia por enfermedad acumulada, no recibirá paga por el total de ausencias<br />

por este concepto. La licencia de enfermedad se acumulará a partir de las horas trabajadas al mes.<br />

Empleados que trabajen 115 horas al mes acumularan un día de enfermedad (12 al año) estas se<br />

transfieren de un año a otro hasta un tope de 15 días.<br />

El disfrute de la licencia por enfermedad no excusa del cumplimiento con aquellas normas de<br />

conducta válidamente establecidas por la Empresa como lo son los de asistencia y puntualidad.<br />

31


Si un empleado se ausenta por más de dos (2) días consecutivos por enfermedad o lesión, deberá<br />

presentar un certificado médico que informe sobre su condición de salud y su incapacidad de<br />

trabajar. Este certificado debe ser en original, debe contener toda la información requerida en<br />

términos de dirección física, teléfono, nombre del médico, número de licencia, firma del médico,<br />

periodo durante el cual el empleado estará incapacitado para trabajar; no debe reflejar tachaduras,<br />

información sobre puesta, alteraciones en general. Se puede requerir un certificado médico para<br />

otras ausencias, también, y se le requiere presentar un certificado médico como evidencia para el<br />

pago de la licencia por enfermedad por más de dos días.<br />

El empleado no acumulará esta licencia cuando se encuentre cubierto por otras licencias, salvo<br />

cuando sean concurrentes tales como: FMLA, SINOT, FSE, ACCA, Licencia Militar entre otras.<br />

Será responsabilidad del empleado comunicarse con su supervisor con por lo menos dos (2) días de<br />

antelación a su regreso, para indicar su disponibilidad a la fecha esperada.<br />

El empleado que incumpla con estos requerimientos, luego de habérsele dado oportunidad<br />

razonable para subsanar cualquier deficiencia, estará expuesto a la administración de medidas<br />

disciplinarias de acuerdo a lo establecido por la Empresa.<br />

LICENCIA POR MATERNIDAD<br />

Las empleadas en estado de embarazo podrán disfrutar de una licencia o periodo de descanso de<br />

ocho (8) semanas con sueldo completo. Se disfrutarán cuatro (4) semanas antes del parto (licencia<br />

pre-natal) y cuatro (4) semanas luego del parto (licencia post-natal).<br />

Para asegurar el cumplimiento de las leyes vigentes, cuando una mujer se encuentre en estado de<br />

embarazo deberá presentar en la oficina de Recursos Humanos o persona designada un certificado<br />

médico, durante el primer trimestre de embarazo. Este certificado deberá indicar la fecha probable<br />

de parto. Si el médico así lo permite, por medio de un certificado donde se establezca que está en<br />

condiciones para trabajar, podrá continuar hasta una (1) semana antes de la fecha probable del<br />

alumbramiento, y extender el período de descanso hasta siete (7) semanas después del<br />

alumbramiento.<br />

La licencia de maternidad a sueldo completo de ocho semanas también está disponible para las<br />

empleadas que adopten un menor de cinco (5) años no inscrito en una institución escolar. La<br />

licencia en estos casos comienza a partir del momento en que el menor es colocado en el núcleo<br />

familiar.<br />

El descanso aquí dispuesto, y todos los derechos o beneficios provistos, serán aplicables a toda<br />

empleada que se encuentre trabajando o que se encuentre en disfrute de vacaciones regulares o<br />

licencia por enfermedad, así como en disfrute de cualquier otra licencia especial o descanso<br />

autorizado por ley, en que su vínculo como empleada de nuestra compañía continúe vigente.<br />

Para el pago de licencia por maternidad se tomará como base única el promedio de salario recibido<br />

durante los seis (6) meses anteriores al comienzo del período de descanso; o el salario devengado<br />

por la empleada al momento de comenzar el disfrute de la licencia, si no fuese posible aplicar dicho<br />

término de seis (6) meses.<br />

32


De producirse el alumbramiento antes de comenzar su descanso prenatal, la empleada podrá optar<br />

por extender el descanso post natal por un período de tiempo equivalente al que dejó de disfrutar<br />

durante el período prenatal.<br />

Para orientación sobre la licencia por maternidad, en casos específicos, se deberá comunicar con el<br />

supervisor inmediato. La solicitud de dicha licencia deberá ser tramitada a través del supervisor a<br />

la oficina de Recursos Humanos.<br />

LACTANCIA<br />

Esta licencia tiene una duración de doce meses desde la fecha en que la empleada regrese de su<br />

licencia de maternidad. Para esta licencia la madre puede usar hasta una hora diaria y puede<br />

dividir este tiempo en dos o tres periodos. La madre lactante deberá traer un certificado médico de<br />

que es madre lactante al regresar de su licencia de maternidad, al cuarto mes y al octavo mes para<br />

disfrutar de dicha licencia.<br />

LICENCIA POR PATERNIDAD<br />

Domino’s le otorgará al empleado una licencia por paternidad sin paga la cual comprenderá un<br />

periodo de cinco (5) días a partir de los siguientes eventos:<br />

1. Fecha del nacimiento del hijo o hija.<br />

2. El empleado que junto a su cónyuge adopte un menor de edad preescolar, entiéndase un<br />

menor de cinco (5) años o menos que no esté matriculado en una institución escolar. El<br />

periodo de cinco (5) días comenzará a contar a partir de la fecha en que se notifique el<br />

decreto judicial de la adopción y simultáneamente se reciba al menor en el núcleo familiar,<br />

lo cual debe acreditarse por escrito.<br />

El empleado deberá someter evidencia de estos eventos al Representante de Recursos Humanos de<br />

la compañía con por lo menos un mes de anticipación. De así el empleado solicitarlo, la Empresa<br />

aplicará la Licencia por Paternidad concurrentemente a la licencia por concepto de vacaciones<br />

(licencia con paga), de tener acumulado estos días.<br />

LICENCIA MEDICO/ FAMILIAR<br />

Domino’s reconoce que bajo ciertas circunstancias y eventos los empleados pueden necesitar<br />

ocasionalmente tiempo adicional para ausentarse al trabajo por circunstancias específicas. Para<br />

asistir al empleado durante ese periodo, la Empresa establece la Política y Procedimientos de<br />

Licencia Médico/Familiar según las especificaciones y requisitos que establece la Ley de Ausencia<br />

Médico Familiar (Family and Medical Leave Act de 1993 conocida por sus siglas en inglés como<br />

FMLA).<br />

Razones para solicitar la licencia:<br />

La condición seria de salud del empleado que le impida ejercer las funciones de su puesto.<br />

33


Definiciones:<br />

El nacimiento y cuido postnatal de un hijo del empleado.<br />

La adopción o custodia legal de un niño por el empleado.<br />

El cuidado de un familiar directo (cónyuge, hijo, padre, o madre) del empleado si estos<br />

padecen de una condición seria de salud.<br />

Empleados acogidos al Protocolo de Violencia Doméstica en el Lugar de Trabajo.<br />

Una exigencia que cualifique y que surja porque el cónyuge, hijo(a), padre o madre del<br />

empleado está en el servicio activo (o ha sido notificado de que será activado<br />

próximamente) en apoyo de una operación militar.<br />

Cuido de militar: Empleados elegibles cuyo cónyuge, hijo(a), padre o madre, sea un militar<br />

en servicio activo y se encuentra bajo tratamiento médico, recuperación, terapia, bajo<br />

tratamiento ambulatorio o en la lista de retiro de incapacidad temporera, debido a una<br />

lesión o enfermedad seria incurrida estando en servicio activo (en este caso se provee un<br />

total de 26 semanas de la licencia FMLA durante un sólo periodo de 12 meses).<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

Empleado Elegible – Un empleado que ha estado trabajando para la Empresa por al menos<br />

(12) doce meses, desde el momento en que se solicita la licencia, por al menos 1,250 horas<br />

de servicio con la Empresa durante el periodo establecido de (12) doce meses.<br />

Hijo o Hija – hijo biológico(a), adoptado, foster child, hijastro(a), o el hijo de una persona in<br />

loco parentis, el cual es menor de 18 años de edad o de 18 años o mayor que esté<br />

incapacitado para cuidarse debido a impedimentos físicos y/o mentales.<br />

Esposo(a) – esposo o esposa, según sea el caso.<br />

Servicio Activo – servicio que ocurre luego de una llamada u orden para el servicio activo,<br />

bajo las provisiones de ley.<br />

Operación Contingente – tiene el mismo significado provisto por la sección 101(a) (13) del<br />

Título 10, United States Code.<br />

Miembro de Servicio Cubierto – Miembro de las Fuerzas Armadas incluyendo un miembro<br />

de la Guardia Nacional o Reserva.<br />

Outpatient Status – es estatus de un miembro de las Fuerzas Armadas asignado a las<br />

facilidades de tratamiento médico militar como paciente externo (outpatient); o a una<br />

unidad establecida con el propósito de proveer servicios a os miembros de las Fuerzas<br />

Armadas recibiendo tratamiento médico como pacientes externos.<br />

Parentesco – el pariente de sangre más cercano al individuo.<br />

34


Condición seria de salud o lesión – en el caso de un miembro de las Fuerzas Armadas,<br />

incluyendo miembros de la Guardia Nacional o la Reserva, significa la enfermedad o lesión<br />

que haya sufrido un miembro en la línea de servicio en las Fuerzas Armadas que provoca la<br />

incapacidad de éste para llevar a cabo las funciones asignadas a su cargo, y/o rango.<br />

Exigencia que cualifique en casos militares:<br />

o Activación con poco aviso previo (7 días o menos)<br />

o Eventos militares y actividades relacionadas<br />

o Actividades de cuido de niños y de la escuela<br />

o Arreglos financieros y legales<br />

o Consejería<br />

o Descanso y recuperación<br />

o Actividades luego del regreso de servicio activo<br />

Condición seria de salud, aquella enfermedad, lesión incapacidad, y/o condición física o<br />

mental que:<br />

1. Requiera hospitalización, hospicio y/o cuidado médico en residencia o en la oficina médica,<br />

así como también continuidad de tratamiento por un proveedor de servicios de salud.<br />

2. Requiera tratamiento médico continuo y ocasione incapacidad de tres (3) días o más.<br />

3. Cualquier periodo de incapacidad por embarazo o para atención pre-natal.<br />

4. Sea de carácter crónico y requiera visitas periódicas al médico. Incapacidad permanente o<br />

de larga duración.<br />

5. Sea de carácter terminal o permanente y requiera supervisión médica continua, aunque no<br />

exista tratamiento efectivo.<br />

6. Requiera un régimen de tratamientos médicos que, de no seguirse, causaría una incapacidad<br />

de tres días o más. Las ausencias para cuidado o incapacidad prenatal también están<br />

incluidas. Ausencias para someterse a procedimientos cosméticos y voluntarios no<br />

cualifican.<br />

7. Todas las anteriores tienen que ser verificables mediante certificación médica.<br />

8. No incluye un régimen de tratamientos con medicinas sin receta, descanso en cama, tomar<br />

líquidos, ejercicios o actividades similares que pueden iniciarse sin visitar el médico.<br />

35


Reglas para el uso de la Licencia Médico Familiar para cuidar un militar:<br />

1. Si el empleado es elegible para las 26 semanas de licencia y 12 semanas de licencia en el<br />

mismo período de 12 meses, el total de la licencia no puede exceder de 26 semanas.<br />

2. Ambos cónyuges tienen derecho a un total de 26 semanas entre los dos cuando ambos<br />

trabajan para la Empresa.<br />

3. Se le requerirá al militar una certificación de que se encuentra en servicio activo.<br />

4. La certificación médica para una persona en servicio militar la proveerá el proveedor de<br />

salud militar.<br />

La Licencia Medico Familiar podrá tomarse de manera intermitente o por horario reducido de<br />

trabajo siempre y cuando se acredite la necesidad médica. Cuando la licencia sea para el cuido de un<br />

niño recién nacido o adoptado, la licencia será siempre de manera consecutiva y dentro de los doce<br />

meses siguientes al nacimiento o adopción del niño.<br />

Elegibilidad<br />

Es elegible a esta licencia todo empleado que haya trabajado en la Compañía durante al menos doce<br />

(12) meses y que, durante los doce meses anteriores a la licencia, haya rendido al menos 1,250<br />

horas de servicio. Las horas en licencia militar cuentan para el cómputo de los doce meses. Los<br />

empleados que no cumplan con los criterios anteriormente señalados no podrán beneficiarse de<br />

esta licencia.<br />

Procedimiento:<br />

El empleado deberá solicitar la licencia por escrito con treinta días de anticipación a la fecha de su<br />

comienzo. El empleado deberá cumplimentar la “Solicitud de Licencia Médico Familiar” y someterla<br />

al Departamento de Recursos Humanos, para su aprobación. En caso de emergencia el empleado<br />

quedará relevado del requisito de treinta (30) días, pero deberá someter la “Solicitud de Licencia<br />

Médico Familiar” al Departamento de Recursos Humanos lo antes posible y dentro de los próximos<br />

dos (2) siguientes a la situación familiar que motiva la ausencia y la solicitud.<br />

El empleado es responsable de suministrar junto con el documento “Solicitud de Licencia Médico<br />

Familiar” la certificación médica que indique el término que el empleado debe estar fuera de<br />

labores. El empleado tendrá quince (15) días calendario para traer la certificación médica. Copias<br />

del certificado de adopción será requerido si la ausencia se debe al proceso de adopción. La<br />

Empresa le proveerá al empleado los formatos correspondientes para que su proveedor de<br />

servicios de salud los cumplimente. Si estos documentos están incompletos la Organización, le<br />

solicitará al empleado la información adicional que se necesita para corregir la información. Se le<br />

proveerán al empleado 7 días calendarios para corregir dicha deficiencia. Si este periodo es<br />

insuficiente de acuerdo a cada caso la Empresa podrá otorgar mayor tiempo para este proceso. Si la<br />

deficiencia no es corregida por el empleado la Licencia Médico Familiar podría ser denegada.<br />

36


El empleado es responsable de proveer suficiente información para que la Empresa evalúe la<br />

necesidad de usar la Licencia Médico Familiar, cuándo o hasta cuándo. El empelado deberá<br />

consultar con su Supervisor inmediato cuando la licencia es para tratamiento médico o citas<br />

planificadas para no interrumpir innecesariamente las operaciones de la Organización. En aquellos<br />

casos en que la necesidad de la licencia sea una intermitente, el empleado deberá coordinar la<br />

utilización de la licencia con su Supervisor inmediato para no interrumpir las operaciones de la<br />

Organización.<br />

Durante los dos (2) días de haber presentado la “Solicitud de Licencia Médico Familiar” la Empresa<br />

responderá por escrito al empleado si es elegible o no para esta licencia, la necesidad de someter<br />

una certificación médica para acogerse a la misma y sus derechos y responsabilidades bajo la ley,<br />

entre otras.<br />

La Empresa también proveerá al empleado un formulario de “Certificación de Proveedor Médico<br />

para Empleado en condición seria de salud”, que deberá ser completado y sometido al<br />

Departamento de Recursos Humanos previo a la fecha del comienzo de la licencia. El inicio de la<br />

Licencia Médico Familiar no comenzará hasta tanto se someta la certificación dentro de los<br />

próximos 15 días de conocer la necesidad de la licencia.<br />

En caso de que un empleado se ausente a su trabajo sin haber cumplido con los requisitos antes<br />

mencionados podrá ser disciplinado conforme con las políticas, normas y reglas de conducta del<br />

Empresa.<br />

La Organización se reserva el derecho de solicitar una segunda y tercera opinión médica sobre<br />

cualquier condición de salud que entienda debe ser reevaluada. En casos de licencias de treinta (30)<br />

días o más o licencias intermitentes, la Empresa podrá solicitar re-certificaciones médicas. El<br />

empleado también deberá presentar una certificación para poder reintegrarse a sus labores si la<br />

licencia fue por razón de una condición de salud seria del empleado.<br />

Aplicación concurrente a otras licencias:<br />

La Empresa aplicará la Licencia Médico Familiar concurrente a otras licencias con paga acumuladas<br />

por el empleado de la siguiente manera:<br />

1. En caso de condición de salud seria del empleado, éste deberá agotar primero su licencia<br />

por enfermedad acumulada, de igual manera deberá utilizar sus vacaciones acumuladas<br />

hasta ese momento. Al balance de doce semanas de Licencia Médico Familiar se le restarán<br />

las licencias utilizadas por el empleado de las cuales ha devengado pago y el balance que<br />

reste de doce semanas se procesará sin paga.<br />

2. En caso de licencia para cuido de un hijo, cónyuge o padres del empleado, el empleado<br />

agotará la licencia por vacaciones acumulada y el balance restante, de doce semanas se<br />

procesará sin paga.<br />

3. Se aplicará este beneficio de forma concurrente con otras licencias con paga establecidas<br />

por ley, que cubren condiciones de salud seria del empleado y/o proveen licencias de<br />

nacimiento / adopción de un niño, tales como, pero sin limitarse a:<br />

37


a. Ley de Madres Obreras<br />

b. Ley de Compensación por Accidentes de Trabajo(FSE)<br />

c. Seguro por Incapacidad No Ocupacional (SINOT)<br />

d. Ley de Seguro Choferil<br />

Toda licencia con paga o compensación disfrutada por el empleado bajo las leyes antes<br />

mencionadas o por razón de su condición de salud seria o la de familiares elegible, se acreditará al<br />

beneficio de Licencia Médico Familiar y se le restará de su balance de doce (12) semanas al año que<br />

provee la Licencia Médico Familiar, de ser elegible a esta licencia.<br />

Durante el tiempo de Licencia Médico Familiar, el empleado continuará disfrutando de los<br />

beneficios del Plan Médico de la Empresa (de tener este beneficio), bajo las mismas condiciones que<br />

si estuviera trabajando. El empleado deberá continuar haciendo su respectiva aportación al Plan. En<br />

caso de que el empleado no regrese a trabajar luego de agotar su licencia, la Organización podrá<br />

exigir que el empleado devuelva aquella cantidad aportada por la Organización al Plan Médico<br />

durante el periodo de la Licencia, a menos que la razón por la que el empleado no regresó al empleo<br />

fuera por la condición seria de salud o por circunstancias fuera de control del empleado.<br />

Al concluir su Licencia Médico Familiar, el empleado cubierto por esta licencia, excepto aquellos<br />

designados como “empleados de alta compensación o claves”, serán reinstalados en su mismo<br />

puesto o uno equivalente con igual paga, antigüedad, beneficios y otros términos y condiciones de<br />

empleo. La Empresa determinará si el puesto es uno equivalente.<br />

En caso de “empleados de alta compensación o claves”, la empresa puede negarse a reincorporar al<br />

mismo de entender que el regreso a sus labores perjudicaría grave y sustancialmente<br />

económicamente la operación de la Organización.<br />

Si la fecha de su regreso al trabajo, el empleado no se reporta y continúa ausente por tres (3) días o<br />

más, se entenderá que ha renunciado a su empleo y se le dará terminación por abandono de<br />

empleo. Esta política entrará en vigor inmediatamente.<br />

LICENCIA TESTIGO EN CASOS CRIMINALES<br />

La Compañía reconoce la obligación legal de los empleados de servir como testigos en un caso<br />

criminal cuando es citado por un Tribunal. Cuando un empleado sea citado oficialmente deberá<br />

notificarlo de inmediato a su supervisor, o por lo menos con dos (2) días de anticipación al día en<br />

que haya sido citado y presentarle copia de las citaciones recibidas del Tribunal antes de cada<br />

ausencia. Mientras sirva como testigo en un caso criminal, o debidamente citado por un Fiscal y/o<br />

Tribunal, recibirá su salario básico por día de trabajo. Deberá presentarse a su trabajo aquellos días<br />

que no le requieran asistir al Tribunal y cuando las sesiones terminen temprano, de modo que<br />

pueda integrarse a su turno regular de trabajo en la Compañía. Una vez concluida la comparecencia,<br />

deberá requerir del Fiscal o Secretario Fiscal del Tribunal que expida una certificación en la que<br />

conste el tiempo que el empleado tuvo que dedicar a la comparecencia, indicando días y horas. Esta<br />

licencia cubre también el ser citado como testigo en caso de menores.<br />

38


LICENCIA JURADO<br />

Algunos empleados son seleccionados para servir como jurado en las cortes de justicia. Los<br />

empleados regulares a tiempo completo o de jornada parcial recibirán su salario por su horario<br />

básico de trabajo, por cada día de ausencia hasta un máximo de quince (15) días. Empleados<br />

exentos recibirán paga todo el tiempo que dure su comparecencia.<br />

Los empleados deben someter una copia del emplazamiento como jurado a su supervisor tan<br />

pronto lo reciban, de modo que se puedan hacer los arreglos pertinentes en su ausencia. Durante su<br />

ausencia debe llamar a su supervisor a diario para informarle de su estatus. Una vez sea relevado<br />

de la labor de jurado, debe retornar a sus labores en la Compañía y entregar a su supervisor<br />

evidencia de que ha sido relevado de estas funciones.<br />

El empleado deberá notificar a su supervisor inmediato si tiene algún trabajo que por su naturaleza<br />

debe hacerse durante su ausencia.<br />

Otras licencias judiciales<br />

Cuando un empleado sea citado por un tribunal para asistir a un juicio de asuntos personales<br />

deberá presentar evidencia de dicha citación. La organización permitirá la asistencia a dicha<br />

citación sin paga.<br />

LICENCIA FUNERAL<br />

Se concederá a todo empleado regular a tiempo completo una licencia de luto familiar con paga<br />

hasta un máximo de tres (3) días laborables consecutivos por motivo del fallecimiento de un<br />

familiar inmediato, como sus padres, suegros, hijos, cónyuge, hermanos o abuelos.<br />

El empleado podrá renunciar parcial o totalmente a este beneficio sin derecho a reclamar el mismo<br />

en una fecha posterior. El propósito de este beneficio es permitirle al empleado poder realizar las<br />

obligaciones familiares que conlleva una situación de esta naturaleza. Debe contactar su supervisor<br />

lo más pronto posible cuando surja la necesidad de utilizar esta licencia.<br />

LICENCIA MILITAR<br />

Domino’s cumple con todas las regulaciones estatales y federales concernientes al servicio militar.<br />

Si un empleado regular es miembro del servicio activo de las Fuerzas Armadas de los Estados<br />

Unidos tiene derecho a una licencia por servicio militar. Cuando sea notificado de que debe<br />

ausentarse de su empleo para prestar servicios en las Fuerzas Armadas o para someterse a un<br />

entrenamiento o examen físico con relación al servicio, deberá notificarlo inmediatamente a su<br />

supervisor, por escrito, mostrando copia de la orden militar; debe notificar por cuánto tiempo<br />

durará su ausencia. Debe avisarlo con la anticipación suficiente que permita a la Compañía tomar<br />

las previsiones necesarias para que no se afecten las operaciones de la misma. La Compañía le<br />

reservará su empleo y tendrá derecho a reinstalación una vez concluya el período de Servicio<br />

Militar, Reserva o Guardia Nacional, al igual que sus beneficios de antigüedad en el empleo,<br />

vacaciones, despidos, compensaciones, aumentos de sueldo, etc., según sea requerido por las leyes<br />

39


estatales y federales que apliquen. Esto aplicará siempre que el empleado se reporte a su empleo<br />

bajo las siguientes condiciones:<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

Haber sido licenciado honrosamente,<br />

Solicitar re-empleo bajo las siguientes condiciones.<br />

Servicio militar hasta treinta días - debe reportarse al próximo turno regular de trabajo<br />

programado.<br />

Servicio militar de treinta y uno a ciento ochenta días - debe someter una solicitud de<br />

reempleo, verbal o por escrito no más tarde de catorce días después de terminado el<br />

servicio militar.<br />

Servicio de más de ciento ochenta días - debe someter una solicitud de reempleo, verbal o<br />

por escrito no más tarde de noventa días después de terminado el servicio militar.<br />

Estar cualificado para desempeñar los deberes del puesto.<br />

La cubierta bajo los planes de seguro y otros beneficios cesarán durante este período. Al regresar<br />

podrá reanudar la participación en los planes de beneficio, como si nunca hubiera estado fuera.<br />

Con relación a la cubierta del plan de salud tendrá la opción de continuar el mismo hasta un<br />

máximo de cubierta de dieciocho (18) meses pagando el costo total de la cubierta o el día después<br />

para solicitar reempleo, lo que ocurra primero.<br />

Si pertenece a la Guardia Nacional la Compañía le otorga una licencia para cumplir con el<br />

campamento de práctica militar anual y ejercicios mensuales. La organización pagara la diferencia<br />

entre el sueldo que devenga en la organización y lo que recibe en el ejército si este fuera menor. Si<br />

tiene vacaciones regulares acumuladas, se le pueden otorgar durante ese período, si así lo solicita.<br />

Deberá acompañar la solicitud de licencia con copia de la notificación oficial para el servicio militar,<br />

de ésta constar por escrito.<br />

INCAPACIDAD POR ACCIDENTE DE AUTOMÓVIL (ACAA)<br />

En la eventualidad de que le ocurra un accidente de automóvil que le incapacite para trabajar,<br />

deberá notificarlo inmediatamente a su supervisor. Si la ausencia se prolonga por dos (2) días<br />

consecutivos, deberá presentar a su supervisor un certificado médico. Si como resultado del<br />

accidente se ve obligado a ausentarse del trabajo, podrá utilizar la licencia acumulada para<br />

propósitos de enfermedad y de esta forma recibirá su sueldo completo hasta que agote los días de<br />

licencia acumulados si lo desea o podrá solicitar los beneficios de ACCA. El accidente debe<br />

informarse al Cuartel de la Policía más cercano al sitio en que ocurrió el mismo. Las reclamaciones a<br />

la Administración de Compensación por Accidentes de Automóviles (ACAA) deberán ser hechas<br />

dentro de los quince (15) días de ocurrido el accidente. Si el accidente ocurre mientras conduce un<br />

vehículo propiedad de la Compañía, deberá comunicarlo a su supervisor inmediatamente.<br />

LICENCIA DEPORTIVA<br />

La Compañía proveerá una licencia deportiva sin sueldo a todo empleado deportista certificado por<br />

el Comité Olímpico de Puerto Rico que sea seleccionado para representar a la Isla en: Juegos<br />

Olímpicos, Juegos Panamericanos, Juegos Centroamericanos, Campeonatos Regionales o Mundiales.<br />

40


Para ser elegible a disfrutar de una licencia deportiva deberá presentar una certificación oficial<br />

expedida por el Comité Olímpico de Puerto Rico. Esta certificación debe indicar que va a<br />

representar a Puerto Rico en una de las competencias deportivas antes mencionadas y los hechos<br />

específicos de su participación en la competencia. Debe presentar dicha certificación a su<br />

supervisor por lo menos diez (10) días antes de comenzar la licencia.<br />

El término “deportista” incluye tanto a los atletas como a jueces, árbitros, delegados y cualquier<br />

otra persona certificada como deportista por el Comité Olímpico de Puerto Rico.<br />

Los deportistas de alto rendimiento seleccionados por el Comité Olímpico tendrán derecho a<br />

participar de esta licencia por un año y podrán extenderse por más tiempo. La Organización pagará<br />

los beneficios del empleado que tenían al momento de ser citados. El Comité Olímpico reembolsará<br />

a la Organización los beneficios pagados.<br />

LEY DE COMPENSACIÓN POR ACCIDENTES DEL TRABAJO (FONDO DEL SEGURO DEL<br />

ESTADO)<br />

Bajo esta ley quedan cubiertos todos los empleados que sufran un accidente en el trabajo o<br />

enfermedades ocupacionales y como resultado no puedan seguir desempeñando sus labores.<br />

Domino’s paga la totalidad de esta prima. Los empleados están en la obligación de informar<br />

inmediatamente a su supervisor cualquier accidente que ocurra durante horas laborables, sin<br />

importar la magnitud del mismo.<br />

La ley no requiere la paga de licencia por enfermedad cuando un empleado se reporte o esté<br />

acogido al Fondo del Seguro del Estado, ya sea en tratamiento mientras trabaja o en descanso. Los<br />

empleados reportados por el Fondo tienen derecho a una reserva de empleo de 360 días desde el<br />

primer día del accidente o enfermedad. Para la reinstalación de un empleado bajo el Fondo este<br />

tiene 15 días para solicitar su empleo luego de ser dado de alta, debe estar física y mentalmente<br />

capacitado para realizar las tareas de su puesto y el trabajo debe existir.<br />

LEY DE BENEFICIOS POR INCAPACIDAD NO OCUPACIONAL (SINOT)<br />

Domino’s provee a todos sus empleados un seguro de protección de ingresos por incapacidad<br />

debido a enfermedad, embarazo o accidente que no esté relacionado con el empleo ni sea de tipo<br />

automovilístico, conforme a la Ley 139 del 30 de junio de 1969, conocida como la Ley de<br />

Incapacidad No Ocupacional. Mientras el empleado reciba salarios del patrono, tales como licencia<br />

por enfermedad, vacaciones regulares, días feriados o pagos voluntarios, no tendrá derecho a<br />

recibir beneficios bajo la Ley 139. El empleado puede elegir agotar su licencia de enfermedad o<br />

solicitar el seguro de SINOT inmediatamente a la incapacidad. Esta licencia cubre de inmediato si<br />

media una hospitalización. De lo contrario, debe esperar siete días antes de solicitar la licencia. Los<br />

empleados bajo SINOT tienen una reserva de empleo de 365 días desde el comienzo de la<br />

incapacidad. Al regresar de su incapacidad tienen 15 días para solicitar su empleo desde que fuera<br />

dado de alta. Durante las primeras 26 semanas el empleado recibirá el 60% de su salario semanal.<br />

Para ser reinstalados el puesto debe existir y el empleado debe estar física y mentalmente<br />

capacitado para realizar su puesto.<br />

41


SEGURO CHOFERIL<br />

Este seguro cubre a todo empleado no gerencial que dedique más de un cincuenta por ciento (50%)<br />

de su tiempo oficial a viajar fuera de la oficina o en la Tienda. La Ley provee beneficios por<br />

enfermedad hasta un máximo de 365 días por incapacidad temporera, desde la misma fecha de la<br />

enfermedad y beneficios por incapacidad total permanente.<br />

Quedan excluidos de esta definición:<br />

<br />

Los administradores, ejecutivos y profesionales.<br />

El empleado tiene 30 días para reinstalarse a su puesto luego de ser dado de alta y debe estar física<br />

y mentalmente capacitado para realizar las funciones del puesto. El puesto debe existir al momento<br />

de ser solicitado por el empleado disfrutando su licencia choferil.<br />

SEGURO SOCIAL<br />

Todos nuestros empleados ingresan automáticamente en el Programa de Seguro Social Federal. La<br />

Compañía contribuye al Seguro Social una cantidad igual a la aportación del empleado.<br />

POLÍTICA PARA REGULAR EL USO DEL NÚMERO DE SEGURO SOCIAL Y MANEJO<br />

CONFIDENCIALIDAD DATOS<br />

Con el propósito de proteger la información de nuestros clientes, contratistas, solicitantes de<br />

servicios y empleados, reducir la probabilidad del robo de identidad y cumplir con los<br />

requerimientos de ley, hemos adoptado la siguiente política para limitar el uso, la publicación y<br />

divulgación de los números de seguro social y datos personales.<br />

El número de seguro social y los datos personales de nuestros clientes, contratistas, prospectos y<br />

empleados se considerará información confidencial-sensitiva y sólo se les dará acceso a aquellos<br />

empleados, agencias gubernamentales (locales y federales) y a otras instituciones que tengan un fin<br />

legítimo para acceder a esta información.<br />

Los empleados que como parte de sus funciones tengan que manejar documentos, expedientes y<br />

archivos (electrónicos o en papel) que contengan números de seguro social deberán tomar las<br />

debidas precauciones para no divulgar o exponer esta pieza de información al público o a terceros.<br />

Para ayudarles a cumplir con esta obligación nuestros empleados deberán observar estrictamente<br />

las siguientes guías:<br />

1. Todo documento o expediente que contenga números de seguro social y datos personales<br />

deberá mantenerse bajo llave, preferiblemente en un área de acceso restringido o<br />

controlado.<br />

2. Los archivos electrónicos que contengan números de seguro social deberán protegerse con<br />

mecanismos de seguridad de acceso. (Asignando diferentes niveles de seguridad y<br />

contraseñas a los usuarios autorizados).<br />

42


3. El contenido de todo documento o archivo electrónico que contenga números de seguro<br />

social y datos personales y que se remita a instituciones externas deberá protegerse<br />

mediante la criptografía.<br />

4. Expedientes o documentos de papel que contengan seguros sociales y datos personales que<br />

deben enviarse a otros departamentos, oficinas regionales o agencias o instituciones<br />

externas, deberán colocarse en sobres, cajas o paquetes cerrados, los cuales se marcarán<br />

con el sello de confidencial o se remitirán con atención a la persona autorizada a recibir y a<br />

manejar dichos documentos.<br />

5. Los empleados que tengan la obligación de trabajar con documentos que contengan<br />

números de seguro social deberán guardar los mismos en lugar seguro antes de abandonar<br />

sus escritorios para dirigirse a otras áreas de trabajo, disfrutar de los periodos de receso o<br />

almuerzo o cuando concluya la jornada de trabajo.<br />

6. Se prohíbe la publicación o divulgación de números de seguro social en tarjetas de<br />

identificación, verificaciones de empleado, documentos, listados e informes de circulación<br />

general, ni en directorios de personal. Tampoco se podrá mostrar o desplegar ese número<br />

en ningún lugar visible al público.<br />

7. Cuando un documento que contenga números de seguro social deba ser hecho público, para<br />

un fin que no requiera ese dato, el número de seguro social será editado de modo que sea<br />

parcial o totalmente ilegible. Por lo que cada departamento será responsable de identificar<br />

y revisar los documentos e informes que contengan números de seguro social con el<br />

propósito de modificarlos o rediseñarlos si la situación lo amerita.<br />

8. Al momento de descartar documentos que contengan números de seguro social, los mismos<br />

deberán ser triturados o depositados en las contenedoras para disposición de documentos<br />

confidenciales.<br />

9. Los empleados que tengan acceso a números de seguro social serán responsables del<br />

manejo adecuado de estos datos y solo podrán utilizar los mismos para propósitos<br />

relacionados con su trabajo. En caso de violaciones a esta política, se tomarán medidas<br />

disciplinarias contra los infractores.<br />

Todo empleado que tenga conocimiento de cualquier violación a esta política tendrá la<br />

obligación de notificarlo, verbalmente o por escrito, a su supervisor o al Área de Recursos<br />

Humanos.<br />

EXÁMENES MÉDICOS<br />

Como parte de nuestra política de asegurar la salud y seguridad de nuestros empleados, podríamos<br />

requerir que estos se sometan a exámenes médicos, físicos, sicológicos o de otra naturaleza, por un<br />

médico o profesional pagado por la Compañía. Para aclarar dudas con respecto a esto, los<br />

empleados deben acudir al Área de Recursos Humanos.<br />

43


ADIESTRAMIENTO Y DESARROLLO<br />

El adiestramiento y desarrollo de los empleados tiene el propósito de asegurarnos que nuestro<br />

personal tiene las destrezas y habilidades necesarias para responder a las necesidades de nuestros<br />

clientes, de nuestro negocio y que pueden ayudar a la Compañía alcanzar sus metas estratégicas.<br />

En el cumplimiento de estas metas, esta política se enfoca en:<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

Mayor rentabilidad<br />

Mejor manejo de los costos<br />

Aumento en la eficiencia<br />

Reducción de riesgos<br />

Algunas actividades que pueden ayudar a los empleados a satisfacer sus necesidades particulares<br />

de adiestramiento y desarrollo son:<br />

<br />

<br />

<br />

Adiestramiento formal: Cursos de adiestramiento (incluyendo cualificaciones profesionales<br />

identificadas por el empleado o su supervisor en conjunto con el Departamento de Recursos<br />

Humanos) y sesiones de conferencias internas.<br />

Adiestramiento informal: Adiestramiento en el empleo, intercambio de conocimientos con<br />

sus compañeros de trabajo, consejo y guía de sus supervisores. Puede seleccionar<br />

cualquiera de estos enfoques o una combinación de todos, pero siempre debe considerar los<br />

aspectos de costo y efectividad.<br />

El adiestramiento de los empleados se considera una inversión. Por tal razón se evaluará el<br />

adiestramiento de los empleados de acuerdo con los siguientes principios generales:<br />

a. Todos los empleados deben estar en continuo desarrollo para su satisfacción y el<br />

beneficio de la Compañía.<br />

b. Los individuos deben asumir responsabilidad por su desarrollo personal y profesional<br />

continuo a través de su carrera en Domino’s.<br />

c. La Compañía fomenta el estudio y el desarrollo personal y profesional que impacte<br />

positivamente a la Compañía.<br />

d. Los empleados deben comunicarse con el Representante de Recursos Humanos para<br />

actualizar la información de su desarrollo profesional y así incluirlo en su expediente de<br />

personal.<br />

44


PROCESO:<br />

<br />

<br />

Los individuos o sus supervisores deben identificar sus necesidades de desarrollo durante<br />

las reuniones de evaluación de desempeño y contactar el Área de Recursos Humanos y/o<br />

Área de Adiestramiento para que les ayude a identificar y contactar los recursos.<br />

Los individuos o sus supervisores en conjunto con el Área de Recursos Humanos y/o Área<br />

de Adiestramientos deben identificar las necesidades de desarrollo y seleccionar las<br />

estrategias para satisfacer las mismas. El personal de este departamento le puede ayudar a<br />

identificar, organizar y lograr las estrategias formales. Generalmente, el supervisor puede<br />

ayudar con las estrategias informales de desarrollo.<br />

COMPENSACION<br />

En Domino’s los empleados son remunerados de acuerdo con las guías de la compañía y la<br />

estructura de pago establecida para cada puesto. Ello de conformidad a las compensaciones y<br />

beneficios que se establecen en las leyes laborales aplicables en Puerto Rico.<br />

DÍA DE PAGO Y DEPÓSITO DIRECTO<br />

Los empleados recibirán su paga semanalmente. En la eventualidad de que un día de pago caiga en<br />

día feriado, el pago se hará el día laborable antes del feriado o un día después del día feriado<br />

dependiendo de la Institución Bancaria (esto aplica al servicio de depósito directo).<br />

Para su conveniencia, la Compañía ofrece a los empleados el servicio de depositar su salario<br />

directamente en su cuenta corriente o cuenta de ahorros, en el banco de su preferencia. Los fondos<br />

estarán disponibles para retiro a las 9:00 A.M. de cada día de pago. El empleado recibirá un<br />

talonario de pago. El depósito directo comenzará en su primer periodo de pago de nómina del<br />

empleado.<br />

Existen ciertas deducciones que debe conocer, ya que las mismas son establecidas por ley:<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

Contribuciones sobre Ingreso<br />

Seguro Social<br />

Seguro por Incapacidad No Ocupacional a Corto Plazo<br />

Seguro Choferil (si aplica)<br />

Usted también puede autorizar deducciones voluntarias, conforme lo permita la ley.<br />

45


POLÍTICA DE PAGA A LOS EMPLEADOS CLASIFICADOS COMO EJECUTIVOS<br />

ADMINISTRADORES Y PROFESIONALES<br />

Es la política de nuestra compañía el pagar a los empleados clasificados como ejecutivos,<br />

administradores y profesionales un salario fijo semanal de al menos $455.00. Los empleados<br />

exentos reciben este salario fijo por los resultados requeridos sin importar las horas que le tome el<br />

realizar las funciones asignadas. Esto no incluye bonos, comisiones o beneficios que establezca la<br />

Compañía.<br />

Concederemos a nuestros empleados exentos 15 días de vacaciones y 15 días de enfermedad al<br />

año. Estas acumulaciones se harán en forma mensual si se trabajan 115 horas.<br />

Aquellos empleados exentos con 14 años de servicio, se le concederán 18 días por concepto de días<br />

de vacaciones y 15 días de licencia por enfermedad. Acumulará un día adicional cada dos años más<br />

de servicio por concepto de días de vacaciones hasta llegar a un máximo de 20 días.<br />

No haremos descuentos a este salario por concepto de variaciones en la calidad o cantidad del<br />

trabajo que realiza, aunque los problemas de desempeño podrían ser causa para acción<br />

disciplinaria incluyendo despido.<br />

Se le pagará su salario totalmente en aquella semana en que el empleado realice algún trabajo si<br />

está en una ausencia autorizada y pagaremos sobre su acumulación de vacaciones y enfermedad<br />

según aplique. No recibirá paga por aquella semana en que no realice ningún trabajo o esté ausente.<br />

Tardanzas o ausencias de cuatro horas o más serán descontadas de su licencia de vacaciones.<br />

Ausencias personales de un día o más deberán ser planificadas con anticipación y podrán ser<br />

descontados de su licencia de vacaciones si lo desea o podrían ser descontados de su salario.<br />

Los días de enfermedad serán pagados contra la licencia de enfermedad establecida. Esperamos su<br />

pronta notificación cuando tenga que ausentarse por enfermedad para conseguir alguien que le<br />

sustituya y no se afecte el servicio a los clientes. Si agota su licencia de enfermedad y se ausenta un<br />

día completo le será descontado de su salario o de su licencia de vacaciones si la tuviera acumulada.<br />

Conforme a la Ley federal los otros descuentos que haremos a su salario serán:<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

La paga recibida por el tribunal cuando disfruta de su licencia de jurado y testigo en caso<br />

criminal, deberá presentar copia a la Empresa, la evidencia de lo pagado para poder<br />

procesar su paga.<br />

Descuentos por concepto de paga recibida mientras disfruta de la licencia militar.<br />

Descuentos de los días que disfruta de la licencia Médico Familiar debidamente aprobada.<br />

Descuentos de multas por violación a normas y reglamentos de la Empresa y de Reglas de<br />

Seguridad.<br />

46


Descuentos por concepto de suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.<br />

No se harán deducciones a su salario por razones ocasionadas por el Patrono o por los<br />

requerimientos operacionales del negocio.<br />

Si el empleado está disponible para trabajar y no hay trabajo no haremos deducciones, pero<br />

podríamos acreditar esos días a vacaciones o a licencia de enfermedad acumulada.<br />

Si usted encuentra que al recibir su paga se le ha hecho un descuento no permitido debe<br />

comunicarse inmediatamente con su Supervisor quien se comunicará con el Departamento de<br />

Nóminas y/o Recursos Humanos para investigar el error potencial.<br />

Si cometió un error el mismo será corregido en su próxima fecha de paga. Es nuestra política el<br />

pagar correctamente a nuestros empleados y tenemos la buena fe de cumplir con este compromiso<br />

ahora y en el futuro.<br />

Tomamos todas las medidas razonables para que sus empleados reciban sus pagos con exactitud y<br />

a tiempo. En la eventualidad de que hubiera un error en la cantidad del pago, sea de más o de<br />

menos, el empleado debe notificarlo a la nuestra organización inmediatamente para que se pueda<br />

corregir lo más pronto posible.<br />

PAGO DE GASTOS DE VIAJE<br />

Cuando un empleado le sea requerido por su supervisor trabajar a un lugar que no sea su lugar<br />

asignado de trabajo se le pagara el millaje conforme a las tablas del Departamento de<br />

Transportación y Obras Públicas. Si la persona recibe car allowance no tiene derecho a esta<br />

compensación. Deberá llenar la forma de gastos de viaje y ser autorizada por escrito por su<br />

supervisor.<br />

BONO DE NAVIDAD<br />

Para recibir el bono de Navidad es necesario que el empleado haya trabajado 700 horas o más<br />

durante los 12 meses comprendidos entre el primero (1) de octubre del año natural anterior hasta<br />

el treinta (30) de septiembre del año natural presente y que la Compañía haya generado ganancias.<br />

El bono se calcula a base del seis por ciento (6%) del salario, computado hasta un máximo de<br />

seiscientos dólares ($600.00). El bono de Navidad se entregará en o antes del día quince (15) del<br />

mes de diciembre.<br />

COMPENSACIÓN POR HORAS EXTRAS<br />

En nuestra Compañía nos esforzamos en mantener las horas extras en un mínimo. Sin embargo, la<br />

naturaleza de nuestro negocio puede requerir tiempo extra para cumplir con nuestros<br />

compromisos. Los supervisores podrán programar tiempo extra, de ser necesario. Se lo asignarán<br />

a algunos empleados para tareas específicas. Ningún empleado que cualifique para cobrar tiempo<br />

extra podrá hacerlo sin la aprobación previa de su supervisor.<br />

47


Domino’s se rige por las leyes laborales de Puerto Rico, en la que se establecen los parámetros del<br />

pago o compensación por horas extras trabajadas para los empleados no-exentos. Los empleados<br />

exentos trabajarán a base de un salario garantizado, independientemente de las horas trabajadas.<br />

Los empleados no-exentos podrán ser compensados por tiempo extra, a razón de tiempo y medio la<br />

compensación regular por hora.<br />

El que un empleado no-exento trabaje sin registrar sus horas en el sistema vigente de registro de<br />

horas, es una violación a la ley federal y a las políticas de la Compañía. Los empleados no pueden<br />

"donar" horas de trabajo a la empresa y ningún supervisor puede pedir, instruir, coaccionar o<br />

permitir que los empleados no-exentos trabajen ninguna cantidad de tiempo sin recibir su salario.<br />

Si un empleado tuviera conocimiento de una situación como ésta deberá reportarlo<br />

inmediatamente a la oficina de Recursos Humanos. El no cumplir con esta política puede conllevar<br />

acciones correctivas que, dependiendo de las circunstancias, pueden incluir el despido, tanto del<br />

empleado que no reporte las horas trabajadas, como del supervisor que lo permita o aliente. No se<br />

tomarán medidas adversas a ningún empleado que reporte esta violación de ley. Domino’s<br />

mantiene una política de cero tolerancia a represalias.<br />

COMUNICACIÓN<br />

FILOSOFÍA DE COMUNICACIÓN<br />

Domino’s está comprometida con un claro proceso de comunicación con cada empleado de forma<br />

individual. Creemos que cada persona tiene algo de valor qué decir y deseamos escucharlo.<br />

Nuestro compromiso a escuchar a los empleados es un compromiso de todos en la organización.<br />

EL SUPERVISOR<br />

El supervisor es la fuente principal de información y adiestramiento. Cada supervisor es<br />

responsable de mantener a sus empleados informados sobre todo lo que pueda afectar su trabajo y<br />

desempeño. Los empleados deben dialogar con sus supervisores cualquier problema o<br />

preocupación que afecte su desempeño y empleo. Nuestra filosofía y nuestras políticas alientan el<br />

trabajo en equipo entre empleados y supervisores, y la comunicación abierta y honesta entre todos.<br />

POLÍTICA DE PUERTAS ABIERTAS Y PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE PROBLEMAS<br />

En toda operación normal de negocios siempre pueden surgir problemas o discrepancias.<br />

Esperamos que los empleados puedan resolver estos asuntos de manera informal. Los empleados<br />

deben acudir a su supervisor, Representante de Recursos Humanos o un miembro del Equipo<br />

Gerencial para dialogar sobre cualquier asunto relacionado con el lugar de trabajo, condiciones de<br />

trabajo, compensaciones o beneficios. La Compañía hará todo lo posible para manejar<br />

apropiadamente los asuntos traídos a su consideración. Sin embargo, si el empleado entendiera que<br />

un asunto no fue manejado apropiadamente, o que sus preguntas no han sido contestadas, debe<br />

seguir el siguiente procedimiento:<br />

Primer paso: El empleado debe dialogar con su gerente lo más pronto posible, con relación al<br />

asunto no resuelto. Él tiene la responsabilidad con el empleado y con la Compañía, de resolver los<br />

problemas que se presenten. No obstante, pudiera desconocer el problema si el empleado no lo<br />

48


comunica. El empleado debe escribir un memo al gerente indicando cuáles son sus preocupaciones.<br />

Él evaluará cuidadosamente la situación y responderá por escrito dentro de los próximos cinco (5)<br />

días laborables.<br />

Segundo paso: Si el problema no se resolviera en el primer paso, el empleado debe someter por<br />

escrito su preocupación al Supervisor de Tienda, o Administrador. Este investigará el asunto y<br />

responderá por escrito dentro de un período de dos (2) semanas.<br />

Tercer paso: Si el problema no se resuelve en el segundo paso, el empleado puede someter su<br />

preocupación por escrito al Área de Recursos Humanos o persona designada dentro de los diez (10)<br />

días de haber recibido la respuesta de su Supervisor de Tienda o Administrador. Luego de<br />

investigar y buscar la información necesaria, se puede recurrir a un proceso de mediación. El<br />

Representante de Recursos Humanos o persona designada citará a una reunión entre el empleado<br />

y su supervisor u otra persona designada para discutir el asunto y llegar a unos acuerdos y<br />

compromisos.<br />

Cuarto paso: El Representante de Recursos Humanos o su designado hará unas Recomendaciones<br />

al Equipo Gerencial, y éste comunicará su decisión dentro de los próximos diez (10) días. La<br />

decisión del Equipo Gerencial es final y firme.<br />

Si un empleado no prosiguiera con su querella o asunto, siguiendo los pasos, y dentro del período<br />

de tiempo establecido o acordado, Domino’s entenderá que la decisión tomada fue aceptada y se<br />

retirará la querella o queja.<br />

Si la queja de un empleado se relaciona con una de las partes a las que se reporta en los pasos uno o<br />

dos (gerente y/o supervisor), el empleado podrá seguir con el próximo paso. Si la querella fuera<br />

contra el Equipo Gerencial, el Área de Recursos Humanos la procesará y la llevará por los canales de<br />

la Compañía.<br />

Los empleados podrán utilizar este procedimiento de solución de conflictos, libres de temor,<br />

limitaciones, interferencia, coerción, discriminación o represalias. Cualquier intento de interferir<br />

con la capacidad de un empleado a usar este procedimiento, ocasionará que el ofensor sea sometido<br />

a medidas disciplinarias, incluyendo el despido.<br />

SEGURIDAD Y BIENESTAR DEL EMPLEADO<br />

Programa de Salud y Seguridad<br />

Domino’s está comprometida con brindar a sus empleados un ambiente de trabajo seguro. Para<br />

cumplir con esto, es responsabilidad de la compañía proveerles un lugar de trabajo libre de riesgos<br />

reconocidos en contra de su salud y seguridad salvaguardando así nuestro recurso más importante;<br />

nuestros empleados.<br />

49


Sugerencias de Medidas de Seguridad:<br />

Para evitar cierto tipo de accidentes, les proveemos algunas recomendaciones, sin que estas se<br />

limiten a aquellas que cada empleado y los supervisores consideren pertinentes dentro de sus<br />

funciones:<br />

Para evitar caídas limpie derrames de líquidos o goteras una vez las observe. Utilice zapatos<br />

que no resbalen, y mantenga el área de trabajo organizada y libre de objetos innecesarios.<br />

Es importante que reporte a su supervisor cualquier situación que pueda ocasionar caídas o<br />

accidentes, para que éste tome las medidas necesarias.<br />

Cuando se trate de levantar algún objeto pesado, colóquese de frente y lo más cerca del<br />

mismo, haga balance y separe los pies un poco, póngase en cuclillas y mantenga su espalda<br />

lo más recta posible. Una vez agarre el objeto contraiga el abdomen y use sus piernas para<br />

volver a levantarse, manteniendo la espalda erguida. Es importante que no levante objetos<br />

por encima de la cabeza, no gire el cuerpo al levantar o descargar objetos y no pase por<br />

encima de ningún obstáculo para levantar la carga.<br />

Siempre utilice guantes para limpiar cualquier superficie. Al utilizar cualquier producto de<br />

limpieza asegúrese de seguir las instrucciones del fabricante o el proveedor.<br />

Los cuchillos de cocina y cuchillería representan un riesgo al dejarse en fregaderos y otros<br />

contenedores llenos de agua. Limpie los cuchillos del lado del desafilado, con la hoja<br />

orientada en dirección contraria a usted. Al trasportar cuchillos, apunte la hoja para abajo.<br />

Si un empleado tuviera alguna preocupación sobre seguridad, debe contactar a su supervisor<br />

inmediatamente.<br />

Todos los accidentes y lesiones relacionadas con el trabajo deben ser informados a un supervisor<br />

inmediatamente, de manera que se puedan tomar las acciones necesarias. Además, se realizará una<br />

investigación e informe para ayudar a prevenir futuros incidentes.<br />

Antes de reportarse a trabajar nuevamente, todo empleado que sufra una lesión dentro o fuera del<br />

trabajo debe presentar una certificación médica que le autorice a realizar las funciones esenciales<br />

de su puesto en la Compañía.<br />

PROGRAMA SOBRE NO FUMAR<br />

Domino’s Puerto Rico en su interés de proveer un ambiente de trabajo saludable y productivo, y en<br />

cumplimiento con la Ley 40 de 3 de agosto de 1993, según enmendada, prohíbe fumar dentro de<br />

sus establecimientos, oficinas, a la entrada de sus edificios y en cualquier lugar donde el humo del<br />

cigarrillo afecte o moleste a otras personas.<br />

De violar la Ley 40, el patrono se expone a la imposición de multas, por lo que se tomarán medidas<br />

disciplinarias contra aquellos empleados que no sigan las normas sobre fumar. Está prohibido<br />

fumar en horas laborables.<br />

50


POLÍTICA Y PROCEDIMIENTOS SOBRE MANEJO DE DINERO Y CAJAS REGISTRADORAS<br />

Para garantizar la seguridad de los miembros del equipo, Domino’s Puerto Rico ha establecido una<br />

política interna del manejo del dinero. Los miembros del equipo deben tomar las precauciones<br />

necesarias para evitar el riesgo de robos.<br />

Procedimiento:<br />

Los procedimientos que se enumeran a continuación deben seguirse en todo momento para ayudar<br />

a garantizar la seguridad de todos los empleados:<br />

A. Representante de Servicio al Cliente (CSR): El Representante de Servicio al Cliente será<br />

responsable de mantener no más de $150.00 para utilizarse equitativamente en las cajas<br />

registradoras de la tienda. Es decir, si la tienda tiene 2 cajas registradoras, cada caja tendrá<br />

$75.00 en cambio. Deberá depositar en el drop box o entregar a la persona a cargo todo<br />

billete mayor de $20.00.<br />

B. Choferes: Los choferes nunca deben cargar más de $20.00 al salir de la tienda y estos<br />

deberán hacer depósitos, ya sea a la persona a cargo o en su drop box (caja de depósito)<br />

después de cada entrega.<br />

C. Persona Gerencial: Es responsabilidad del gerente, asistente de gerente o personal a cargo<br />

preparar y realizar los depósitos al banco, los cuales no pueden exceder de $700.00 por<br />

cada depósito. Entiéndase que una vez el gerente, asistente o persona a cargo de la tienda<br />

vea que el dinero disponible se acerque o llegue a esa cantidad tiene que preparar y realizar<br />

el depósito inmediatamente. Acto seguido, el depósito se debe llevar al banco por lo menos<br />

con dos personas en vehículos separados. El incumplir con este procedimiento la persona<br />

responsable podrá exponerse a sanciones que pueden incluir suspensión de empleo y<br />

sueldo hasta despido según sea el caso.<br />

Manejo de la Caja Registradora:<br />

A. La persona asignada o autorizada para utilizar la caja registradora es responsable de cobrar<br />

adecuadamente de manera que las ventas cuadren con el dinero que se recibe diariamente.<br />

De existir algún descuadre la o las personas responsables de la caja registradora se exponen<br />

a sanciones. He aquí las mismas:<br />

51


Descuadre en<br />

caja (+/-)<br />

Amonestación<br />

escrita<br />

Suspensión de<br />

Empleo y Sueldo<br />

Despido<br />

$4.00 hasta $29.99 X X X<br />

$30.00 en adelante X X<br />

B. El supervisor debe asegurarse de que únicamente las personas autorizadas por él sean<br />

quienes tienen acceso a la caja y puedan manejar el dinero en la misma.<br />

C. Los descuentos serán autorizados por el gerente o asistente de la tienda, por lo que no<br />

puede otorgarse descuento alguno sin su previa aprobación.<br />

D. Al hacer el descuento, la persona que ingrese el mismo en la caja tiene que exponer los<br />

detalles del descuento, entiéndase la persona a quien se le da, la razón, y quien dio la<br />

autorización.<br />

E. Descuentos sustanciales sólo pueden ser autorizados por las Oficinas Centrales de Domino’s.<br />

F. Los empleados o supervisores que no cumplan con las reglas con relación a los descuentos<br />

se exponen a medidas disciplinarias que podrían conllevar desde advertencias escritas,<br />

suspensiones, o hasta despido según sea el caso.<br />

PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD PARA PERSONAL DE ENTREGA<br />

La seguridad es nuestra mayor prioridad en nuestras tiendas y no queremos que incidentes<br />

lamentables ocurran. Es por esto que hemos realizado un procedimiento de seguridad para<br />

prevenir robos. A continuación, los pasos a seguir:<br />

Todas las órdenes de entrega deben ser entregadas en direcciones de negocios o<br />

residenciales. NO se harán entregas fuera de nuestra área de entrega ni se encontrarán con<br />

clientes en lugares que no sea su residencia o su lugar de trabajo.<br />

Cuando tomen una orden asegúrense que le informen al cliente que se le llamará antes que<br />

el chofer salga de la tienda para realizar la entrega. Del cliente no contestar, la orden no será<br />

entregada a su destino.<br />

Los choferes deberán llamar de la tienda al cliente antes de realizar la entrega y deben<br />

asegurarse de saber exactamente donde se realizará la entrega. Pueden preguntar por<br />

52


información adicional tal como el color de la casa o el tipo de carro que se encuentra al<br />

frente de la misma. Si los clientes no contestan la llamada antes de realizar la entrega la<br />

orden no será entregada a su destino.<br />

Los choferes deberán depositar en su drop-box cada vez que realice una entrega. Deben<br />

asegurarse que solo lleven en su bolsillo un máximo de $20.00 de cambio. Los choferes no<br />

deben llevar encima propiedad personal mientras se encuentran realizando la entrega. Lo<br />

único que debe llevar encima es copia de su licencia de conducir y la del vehículo. Su dinero<br />

personal, propinas, joyería etc. deberán dejarse en la casa o en el drop-box.<br />

Una vez terminen su turno de trabajo, el drop-box debe quedarse abierto sin el candado. El<br />

candado se lo deberá llevar una vez termine su turno.<br />

Si se ven envueltos en un accidente y se sienten incómodos con la situación, vayan<br />

directamente a una estación de Policía para realizar la querella y llamen a la tienda para<br />

dejarle saber al gerente lo que está pasando.<br />

POSESIÓN DE ARMAS DE FUEGO<br />

En el interés de proveer un ambiente de trabajo seguro a todos los empleados, Domino’s prohíbe<br />

tener, poseer y/o portar armas de fuego dentro de los predios de la Compañía, durante horas<br />

laborables y durante actividades auspiciadas por la Compañía, excepto cuando el empleado haya<br />

sido debidamente autorizado con las respectivas licencias provistas por las autoridades del<br />

gobierno pertinentes y portar el arma sea necesario para cumplir con sus funciones y<br />

responsabilidades en la Compañía y esté aprobado por la gerencia de la Compañía.<br />

Está prohibido el tener o guardar en vehículos particulares que se encuentren en los predios de<br />

Domino’s, cualquier tipo de armas, bien sea, armas de fuego o armas blancas. Esto aplica a todos<br />

los empleados, aun cuando tengan permiso por parte del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para<br />

así portarlas.<br />

Se podrá autorizar la posesión de armas de fuego dentro de los predios de la Compañía y durante<br />

horas laborables sólo para aquellos individuos que necesiten portar armas de fuego dentro del<br />

curso normal de sus funciones y responsabilidades delegadas por la propia Compañía. Esta<br />

autorización deberá formalizarse por escrito y tendrá que llevarse consigo en todo momento<br />

durante horas laborables y mientras permanezca en los predios de la Compañía portando el arma.<br />

Bajo ninguna circunstancia, excepto cuando sea aprobado por la gerencia de la Compañía, ningún<br />

empleado podrá utilizar su empleo en Domino’s como una excusa o justificación para poseer o<br />

portar armas de fuego cuando estén llenando solicitudes para obtener licencias o renovar licencias<br />

estatales. Bajo ninguna circunstancia la gerencia de la Compañía y/o empleados, excepto cuando<br />

sea aprobado oficialmente, se recomendará o endosará (verbalmente o por escrito) la posesión o<br />

portación de armas de fuego a otros empleados cuyas funciones no están relacionadas con la<br />

seguridad de la Compañía, utilizando su empleo en la Compañía como excusa o justificación. El<br />

poseer una licencia estatal o una autorización para la portación y/o posesión de armas de fuego, no<br />

justifica legalmente la portación y/o posesión dentro de los predios de la Compañía durante las<br />

horas de servicio de la Compañía.<br />

53


REGISTROS EN EL EMPLEO<br />

La Compañía podrá, en cualquier momento, sin notificación previa, con o sin la presencia de los<br />

empleados, conducir registros al azar de las oficinas, lockers, escritorios, archivos, clóset y<br />

cualquiera otra propiedad de la Compañía asignada a los empleados.<br />

Será causa suficiente para tomar acción disciplinaria el que un empleado rehúse someter a<br />

inspección cualquier artículo que tenga dentro de los predios de la Compañía. También será causa<br />

suficiente para tomar acción disciplinaria cualquier empleado que interfiera, restrinja o en algún<br />

modo obstruya el registro por parte del personal de la Compañía.<br />

PLANES DE CONTINGENCIA Y CIERRES DE EMERGENCIA<br />

La Compañía tiene establecidos unos Planes de Contingencia para situaciones de emergencia, tales<br />

como: incendio, huracán, terremoto y amenaza de bomba. El objetivo principal de estos Planes es<br />

obtener la protección máxima contra daños físicos a los empleados y salvaguardar los documentos<br />

y equipo de mayor importancia. Los mismos han sido diseñados con el propósito de instruir y<br />

familiarizar a los empleados con el procedimiento a seguir en caso de suscitarse alguna de dichas<br />

emergencias.<br />

La gerencia de Domino’s reunirá al personal bajo su supervisión, una vez al año, todos los años,<br />

para estudiar los Planes de Contingencia y aclarar las dudas que puedan existir al respecto.<br />

Aunque se hará siempre todo lo que esté al alcance para mantener abiertas las operaciones, en<br />

casos extremos, estas situaciones pueden provocar el cierre de las oficinas y facilidades de la<br />

Compañía.<br />

Los empleados que no se puedan reportar a trabajar debido a las condiciones de emergencia, deben<br />

llamar por teléfono antes del comienzo de su turno de trabajo. Estos empleados pueden solicitar<br />

que ese día que se ausentó se les cargue a las vacaciones acumuladas. No se pagará el día a aquellos<br />

empleados que no tengan los días de vacaciones acumulados.<br />

Si una situación de emergencia ocurriera en las facilidades fuera del horario regular de trabajo, los<br />

empleados deben hacer todo lo posible por comunicarse con su supervisor antes de salir para el<br />

trabajo. La Compañía pudiera informar a los empleados un número de teléfono al que llamar en<br />

caso de que estas emergencias ocurran.<br />

POLÍTICA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDAD EN EL EMPLEO<br />

Nuestra política en Domino’s es, y siempre ha sido, reconocerles a todos nuestros empleados y<br />

candidatos igual oportunidad en el empleo.<br />

Estamos firmemente comprometidos con el cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidad de<br />

Empleo, la cual garantiza el derecho de todo individuo a trabajar y progresar en su trabajo<br />

basándose en sus méritos y habilidades, sin consideración de su raza o color, obesidad mórbida,<br />

credo religioso, origen nacional, edad, sexo, identidad sexual, género, preferencia sexual, afiliación<br />

política, impedimentos físicos o mentales y su condición u origen social, su estatus de militar o<br />

54


veterano, o estatus civil, orientación sexual, o ser víctima o ser percibido como víctima de violencia<br />

doméstica, agresión sexual o acecho, o cualquier otra razón prohibida por ley.<br />

Todos los candidatos a empleo, así como nuestros empleados, se considerarán y evaluarán<br />

objetivamente a base de sus méritos, cualificaciones y de las necesidades de la Compañía. Esto<br />

incluye, tanto el reclutamiento y ubicación, como ascensos, descensos, traslados, suspensión o<br />

terminación de empleo, re-empleo, adiestramientos, oportunidades de educación, programas<br />

sociales o recreativos, en la compensación y beneficios u otra consideración común a todos los<br />

empleados.<br />

El establecimiento y aplicación de una política de igualdad de oportunidades en el empleo ha sido<br />

un factor muy importante en Domino’s. Nuestro compromiso de continuar ofreciendo igualdad de<br />

oportunidad en el empleo será de beneficio para todos nuestros empleados.<br />

Es política de la empresa el cumplir con las leyes federales y estatales, así como las órdenes<br />

ejecutivas relacionadas a acción afirmativa en el empleo.<br />

POLÍTICA DE HOSTIGAMIENTO<br />

Es la política de Domino’s, en cumplimiento con las leyes aplicables, ofrecer igualdad de<br />

oportunidades en el empleo y no discriminar por razón de edad, sexo, color, credo religioso, raza,<br />

estatus civil, origen social o nacional, afiliación política, impedimentos físicos o mentales, estatus de<br />

veterano, ser víctima o ser percibido como víctima de violencia doméstica, agresión sexual o<br />

acecho, preferencia sexual o género o cualquier otra razón prohibida por ley. Como parte de esta<br />

política, el hostigamiento sexual está estrictamente prohibido. Además, está prohibido tomar<br />

cualquier tipo de represalias contra empleados que hayan presentado querellas de hostigamiento<br />

sexual, o que hayan colaborado en la investigación de una queja de hostigamiento sexual.<br />

Domino’s no tolerará el hostigamiento de empleados por terceros, gerentes, supervisores, o<br />

compañeros de trabajo. Los empleados tienen la responsabilidad de mantener un nivel aceptable de<br />

comportamiento personal y profesional. Se espera que los empleados realicen su trabajo de manera<br />

formal, seria y libre de cualquier acción que se pueda interpretar como hostigamiento sexual o de<br />

otro tipo.<br />

Domino’s reafirma su compromiso de brindarle igualdad de oportunidades en el empleo y un<br />

ambiente de trabajo libre de hostigamiento sexual.<br />

Definiciones:<br />

Discrimen en el empleo: Segregar o clasificar los empleados de manera que se les prive de<br />

mejores oportunidades o condiciones de empleo; tales como aumentos de salario, ascensos,<br />

adiestramientos, etc. por razón de edad, sexo, color, credo religioso, raza, estatus civil, origen<br />

social o nacional, afiliación política, impedimentos físicos o mentales, estatus de veterano, ser<br />

víctima o ser percibido como víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho, preferencia<br />

sexual o género o cualquier otra razón prohibida por ley.<br />

55


Hostigamiento sexual o discriminatorio: Cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado,<br />

requerimiento de favores sexuales y cualquier otra conducta verbal, física o visual de naturaleza<br />

sexual o que sea reproducida utilizando cualquier medio de comunicación cuando se da una o más<br />

de las siguientes circunstancias;<br />

<br />

<br />

<br />

La sumisión a dicha conducta está explícita o implícitamente relacionada con los términos o<br />

condiciones de empleo; o<br />

La sumisión o rechazo de dicha conducta es usada como base para tomar una decisión de<br />

empleo que afecte a la persona que rechace o se someta a dicha conducta; o<br />

Dicha conducta tiene el propósito o efecto de interferir irracionalmente con el desempeño o<br />

ejecución del trabajo requerido, o creando, por medio de la intimidación, un ambiente de<br />

trabajo hostil y ofensivo.<br />

La Ley estipula que existen dos tipos de hostigamiento sexual:<br />

1. QUID PRO QUO – el que envuelve favores sexuales como una condición o requisito para<br />

obtener beneficios del empleo.<br />

2. AMBIENTE HOSTIL – hostigamiento que, aunque no tenga un impacto económico ocasione<br />

un ambiente hostil u ofensivo en el trabajo.<br />

El hostigamiento sexual o discriminatorio puede incluir acciones tales como:<br />

Avances o proposiciones sexuales indeseadas; bromas, chistes o comentarios relacionados con<br />

sexo; flirteo sexual ofensivo repetido; miradas lascivas; hacer gestos sexuales; hacer o usar<br />

comentarios de índole sexual, epítetos o calumnias degradantes; abuso verbal de naturaleza sexual;<br />

comentarios verbales gráficos sobre el cuerpo de una persona; usar palabras sexualmente<br />

degradantes para describir a una persona; cartas, notas o invitaciones sugestivas u obscenas;<br />

contacto físico como tocar, agredir, o impedir o bloquear el movimiento; o exhibición no solicitada<br />

de objetos, carteles, láminas, historietas o dibujos de naturaleza sexual. Estas conductas incluyen las<br />

que ocurren a través de los sistemas electrónicos tales como teléfono, mensaje de texto, mensaje de<br />

voz, internet, correo electrónico, redes sociales, etc.<br />

El hostigamiento sexual puede originarse de las siguientes personas:<br />

Supervisor (no necesariamente que supervise al hostigado).<br />

Empleados que se encuentren en igual jerarquía que la persona hostigada.<br />

De un supervisado a un Supervisor.<br />

De parte de un contratista o visitante.<br />

SEAN ESTOS DEL SEXO OPUESTO O IGUAL AL QUE TENGA LA PERSONA AFECTADA.<br />

56


Relaciones íntimas consensuales<br />

La Empresa no patrocina las relaciones románticas, íntimas y/o sexuales entre la gerencia u<br />

otros niveles de supervisión y los empleados de su equipo de trabajo (el empleado que<br />

reporta directa o indirectamente a esta persona), debido a que este tipo de relación tiende a<br />

crear conflictos de interés o la apariencia de conflictos. En adición, este tipo de relación<br />

puede sugerir o percibirse como una de favoritismo que afectan las decisiones de empleo o<br />

de un supervisor. La atmósfera que se crea de favoritismo, intimidación, coerción mina el<br />

respeto mutuo el cual es esencial para un ambiente de trabajo saludable. Si existiese una<br />

relación como ésta, ambas partes deben estar conscientes de que uno o ambos pueden ser<br />

transferidos a otras Tiendas u otras acciones pueden ser aplicadas, incluyendo separación<br />

de empleo.<br />

Cuando existe una querella por concepto de hostigamiento por parte del empleado<br />

subordinado durante o posterior a esta relación, y el supervisor reclama que relación fue<br />

consentida por el empleado, la responsabilidad recae sobre el supervisor de probar que la<br />

relación fue una voluntaria.<br />

Si cualquier empleado sostiene una relación consensual romántica o de naturaleza sexual<br />

con un miembro de su equipo de trabajo (un empleado que reporta directamente o<br />

indirectamente a él o ella), o si una de las partes tiene la capacidad de supervisión en la<br />

misma unidad de trabajo donde la otra persona trabaja, debe de notificar de inmediato a la<br />

Gerencia. Este es un requerimiento mandatorio. No hacerlo, pudiera conllevar medidas<br />

disciplinarias, incluyendo el despido.<br />

Una vez la Gerencia toma conocimiento sobre la situación, analizará la misma y se<br />

determinará la acción a tomar. Si se determina que una de las partes debe de ser<br />

transferida, y existen labores en otra unidad de trabajo disponible, la pareja deberá decidir<br />

quién será transferido. Si la pareja no tomara una decisión al respecto, se decidirá por la<br />

Empresa, la decisión estará basada en aquello que afecte lo menos posible la Empresa.<br />

SERÁ LA RESPONSABILIDAD DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS:<br />

1. Recibir las quejas, preguntas o preocupaciones con respecto a asuntos de<br />

hostigamiento sexual o de otra naturaleza discriminatoria, directamente de los<br />

empleados o supervisores.<br />

2. Realizar una investigación completa, oportuna y objetiva de cualquier situación de<br />

hostigamiento.<br />

3. Facilitar soluciones a situaciones específicas.<br />

4. Documentar los resultados de la investigación.<br />

5. Tomar acciones disciplinarias correspondientes a la gravedad de la ofensa.<br />

57


6. Hacer los arreglos para realizar adiestramientos a los empleados en los que se les<br />

informe la política de hostigamiento de la compañía y asuntos relacionados.<br />

REPRESALIAS<br />

Las leyes estatales y federales prohíben las represalias contra los individuos que informen o<br />

divulguen conducta de hostigamiento o proporcionen la información con respecto a cualquier<br />

queja. No se podrá tomar represalias de ninguna índole, penalizar con pérdida de beneficios ni de<br />

otra forma perjudicar empleados por:<br />

Llevar una reclamación bona fide de discrimen u hostigamiento;<br />

Ser testigo en el caso de investigación de una querella de este tipo; o<br />

Servir en calidad de investigador.<br />

Domino’s no tolerará ningún tipo de represalias hacia un empleado. Tomar o intentar tomar<br />

represalias es una violación a esta política y cualquiera que lleve a cabo esta conducta, estará sujeto<br />

a medidas disciplinarias que pudieran incluir la terminación de empleo.<br />

PROCEDIMIENTO AL RECIBIR LA QUERELLA<br />

El siguiente procedimiento será seguido en orden de trabajar con una querella de hostigamiento,<br />

discrimen o represalia:<br />

1. La persona que se sienta hostigada, discriminada o en represalia debe documentar la<br />

situación por escrito y firmar el documento en la Oficina de Recursos Humanos o persona<br />

designada. No se tomará ninguna acción formal contra ninguna persona bajo esta Política a<br />

menos que exista el documento escrito y firmado con la suficiente información y detalles<br />

que permitan al Representante de Recursos Humanos determinar si la política ha sido<br />

violentada. Si un empleado, supervisor o gerente se percata de que un acto de<br />

hostigamiento o discrimen está tomando lugar, ya sea por observación personal o como<br />

resultado de una confidencia, debe reportar el evento de inmediato a la Oficina de Recursos<br />

Humanos.<br />

2. Una vez recibida la querella, o ser notificado por un empleado, supervisor o gerente que la<br />

violación a esta política está ocurriendo, el Representante de Recursos Humanos o persona<br />

designada se comunicará con el Subfranquiciado y/o el representante legal de su<br />

Organización.<br />

3. Dentro de un término razonable, una vez recibida la querella en Recursos Humanos se<br />

investigará la misma discretamente y mantendrá la confidencialidad de la misma al mayor<br />

grado posible. Sin embargo, este tipo de investigación generalmente requiere revelar<br />

información delicada necesaria para poder dar curso a la querella.<br />

4. De determinarse que el acto de hostigamiento o discrimen en violación a esta política fue<br />

llevado a cabo, el departamento de Recursos Humanos o persona designada, recomendará<br />

58


la acción disciplinaria correspondiente. La acción disciplinaria correspondiente dependerá<br />

de los siguientes factores:<br />

a. La severidad, frecuencia y lo malicioso de la conducta;<br />

b. Querellas previas contra la persona que se realiza la actual;<br />

c. Evidencia obtenida en la investigación. Ninguno de estos criterios es exclusivo, ni<br />

más importante que los otros, sino que se considerará la totalidad de los mismos.<br />

5. Si la investigación determina que no ha existido tal violación, pero alguna situación<br />

potencial es revelada, se tomarán aquellas medidas que razonablemente se estimen<br />

necesarias para garantizar el cumplimiento con esta política.<br />

6. La investigación, pudiera no producir suficiente evidencia como para hacer una<br />

determinación, no obstante, se reiterará la política a aquellas personas que sea necesario y<br />

se tomarán aquellas otras medidas que se entiendan razonables a la luz de los hechos<br />

específicos.<br />

Bajo ninguna circunstancia un empleado informará un incidente de hostigamiento ilegal a la<br />

persona que él o ella cree que es parte del problema. Sin embargo, a veces decirle a la persona<br />

ofensora cómo uno se siente inmediatamente puede resolver el problema.<br />

POLÍTICA SOBRE VIOLENCIA, VOCABULARIO Y COMPAÑERISMO<br />

La imagen que proyectamos a nuestros clientes es sumamente importante para nosotros, ya que es<br />

parte del éxito de una compañía y es lo que mantiene clientes satisfechos que pasara a convertirse<br />

en clientes fieles. Al cliente le gusta que lo traten amable y respetuosamente, y también se siente<br />

cómodo cuando hay un trato cortés entre los empleados de Domino’s. La productividad en un<br />

negocio depende en gran medida del grado de compañerismo y de trabajar en equipo. Es por esto<br />

que promovemos un ambiente libre de violencia, y vocabulario inadecuado, amenazas e<br />

intimidación y bromas de mal gusto. Nuestro ambiente es uno lleno de compañerismo y buenos<br />

modales.<br />

Vocabulario<br />

Está prohibido utilizar lenguaje ofensivo, obsceno, amenazante e indecoroso en el lugar de trabajo,<br />

aunque no sea dirigido a una persona en particular. Cualquier empleado que se dirija a otro<br />

empleado, supervisor, cliente o persona particular con palabras de este tipo se expondrá a medidas<br />

disciplinarias.<br />

Violencia<br />

Exhortamos a todos nuestros empleados a observar una buena conducta y evitar discusiones o<br />

enfrentamientos que puedan culminar en un acto de violencia. La mejor manera de resolver un<br />

malentendido es dialogando. Domino’s no tolerará ningún acto de violencia en contra de otro<br />

empleado, supervisor, cliente o persona particular. La violencia es considerada una falta grave a las<br />

59


normas y procedimientos establecidos por la organización, ya que la misma mina la integridad de<br />

las relaciones en el área de trabajo.<br />

Definiciones:<br />

Violencia en el área de trabajo: Cualquier contacto físico que sea interpretado como<br />

violento, ambiente de coerción y/o utilización de lenguaje que denote abuso, el cual sea<br />

utilizado en el lugar de trabajo y/o afecte el ambiente de trabajo y sus empleados. El cual<br />

incluye y no se limita a:<br />

Abuso verbal: Cualquier expresión verbal que intente crear miedo o intimidación a otro<br />

individuo, grupo de individuos; comentarios realizado utilizando un tono de voz alto, que<br />

moleste, amedrente, así como también bromas pesadas en el área de trabajo.<br />

Abuso físico: Cualquier movimiento intencional del cuerpo el cual puede incluir: tocar,<br />

hacer gestos, empujar, violentar el espacio personal de un empleado, supervisor, cliente o<br />

persona particular, y/o cualquier utilización que se realice de objetos contra un individuo.<br />

Creación de ambiente de trabajo hostil: Cualquier acción intencional que pueda<br />

considerarse intimidante, hostigante, con la intención de crear un ambiente cuyo propósito<br />

sea afectar o interferir con el desempeño de un individuo o en donde el ambiente se torne<br />

hostil e intimidante.<br />

En aquellos casos en que se genere una situación que implique las características antes expuestas,<br />

el Gerente de la localidad deberá informar acerca de la situación de forma inmediata al Supervisor<br />

de Área; así como también al Director de Recursos Humanos o persona designada. Se iniciará la<br />

investigación del suceso de forma inmediata, con el propósito de salvaguardar la salud y seguridad<br />

de todos nuestros empleados, clientes o visitantes. La Empresa tomará un remedio inmediato que<br />

será relevar de las funciones de forma inmediata a aquel empleado contra quien surja la querella;<br />

de esta manera se evitarán situaciones adicionales y se crearán las condiciones necesarias para<br />

llevar a cabo la investigación de los sucesos.<br />

Compañerismo<br />

Procure siempre mantener un ambiente laboral enmarcado en el respeto, positivismo y con un alto<br />

grado de compañerismo. Evite los comentarios de mal gusto, chistes ofensivos o burlas, los insultos,<br />

la confianza excesiva y cualquier otro acto que pueda incomodar a un compañero. Si surge alguna<br />

diferencia, resuélvalo hablando y si le causa dificultad hacerlo aléjese de la discusión y hable con su<br />

supervisor.<br />

POLÍTICA SOBRE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y TECNOLOGÍA<br />

Las computadoras y el sistema de correo electrónico “E-mail”, se han convertido en herramientas<br />

necesarias e importantes para los negocios; sin embargo, es necesario establecer una política<br />

relacionada con el uso de dichos sistemas y equipos. Esta política está encaminada a evitar el uso<br />

inapropiado del sistema y de las computadoras que pudiera tener efectos devastadores para<br />

nuestros sistemas de información. Es necesario, además, establecer la presente política para<br />

60


proteger la información confidencial que se maneja en Domino’s de manera que ésta no sea<br />

diseminada sin autorización o de forma impropia. Es fundamental que todos los empleados<br />

entiendan y sigan estas normas:<br />

1. Tanto las computadoras como el sistema de correspondencia electrónica son propiedad de<br />

la compañía y solamente pueden ser utilizados para propósitos autorizados y relacionados<br />

con el negocio de Domino’s.<br />

2. Toda la información creada y almacenada en los archivos de las computadoras de la<br />

Compañía es propiedad exclusiva de esta y sólo podrá ser extraída del sistema para<br />

propósitos y/o gestiones autorizadas y relacionadas con el negocio de la empresa.<br />

3. El uso de las computadoras y del sistema de correspondencia electrónica está restringido a<br />

los empleados y/o usuarios autorizados de la empresa para gestiones autorizadas y<br />

relacionadas con nuestros negocios.<br />

4. Los empleados de Domino’s o los usuarios autorizados no deben tener expectativas de<br />

privacidad sobre cualquier información o mensaje creado, recibido o enviado a través de las<br />

computadoras o el sistema de “E-mail”.<br />

5. Los correos electrónicos y la mensajería instantánea se utilizan con propósitos<br />

puramente comerciales de la compañía.<br />

6. Se prohíbe el uso del correo electrónico para propósitos comerciales privados.<br />

Igualmente se prohíbe hacer favores de negocios a personas dentro o fuera de la<br />

compañía.<br />

7. Es ilegal divulgar información propiedad de la compañía a otras personas, excepto<br />

si está autorizado por ésta.<br />

8. No se permite enviar cartas en cadenas o publicidad.<br />

9. Las claves de acceso passwords de cada empleado deben ser conocidas solo por él. Debe<br />

protegerlas no divulgándolas a otras personas, ni dando acceso a usuarios no autorizados.<br />

Todo cambio, modificación, edición o manipulación a la información en cualquiera de los<br />

sistemas de información de la Compañía, incluyendo, pero sin limitarse al sistema de Pulse,<br />

que se haga bajo un usuario será responsabilidad del empleado bajo cuyo usuario se haya<br />

realizado dicho, cambio, modificación, edición o manipulación al sistema.<br />

10. Si algún empleado tiene alguna información personal, confidencial o privada que comunicar,<br />

no puede utilizar las computadoras ni el sistema de “E-mail” de la Compañía para almacenar<br />

o comunicar dicha información.<br />

11. La Compañía se reserva el derecho de inspeccionar, vigilar y fiscalizar las computadoras y el<br />

sistema de “E-mail” para garantizar que su propiedad está siendo utilizada para propósitos<br />

y gestiones autorizadas y relacionadas con el negocio de Domino’s.<br />

61


12. La inspección del sistema de “E-mail” o de las computadoras se podrá realizar en cualquier<br />

momento, a cualquier computadora o a todas las computadoras de los usuarios de la<br />

Compañía.<br />

13. Ninguna información debe entrar a las computadoras y ningún mensaje debe ser enviado<br />

por el sistema de “E-mail”, a menos que sea por una razón autorizada y relacionada con<br />

nuestro negocio.<br />

14. Toda la información que se entre en la computadora y toda comunicación enviada por el “Email”<br />

de la Compañía debe expresarse de forma adecuada, tal y como si estuviera<br />

preparándose un documento escrito e impreso y de conformidad con nuestras políticas y en<br />

específico con las Políticas sobre Hostigamiento Sexual en el Trabajo e Igualdad de<br />

Oportunidades en el Empleo.<br />

15. El lenguaje tiene que ser correcto y no se permitirá el uso de palabras vulgares y/o soeces.<br />

16. Está prohibido enviar correos de naturaleza sexual, discriminatoria, hostigantes u<br />

ofensivos a otras personas.<br />

17. El enviar correos que sean abusivos, ofensivos o difamatorios viola los cánones<br />

razonables de conducta profesional. Esto incluye material pornográfico. Se<br />

despedirá inmediatamente a quien incurra en esta conducta.<br />

18. No se enviará material protegido por las leyes de propiedad intelectual (copyright),<br />

a menos que los términos de la ley lo permitan.<br />

19. Será responsabilidad de todos los que trabajan en Domino’s o personas autorizadas por la<br />

Compañía, cumplir con la Política Sistemas de Información y Tecnología.<br />

20. El uso inadecuado de los sistemas electrónicos serán razón para tomar acción disciplinaria.<br />

Todo empleado debe entender que el correo electrónico, sistema de mensajes de voz (voicemail), el<br />

uso de internet y otros sistemas electrónicos de Domino’s son monitoreados constantemente para<br />

asegurar el cumplimiento de nuestras políticas ya que son para uso de trabajo. Por lo tanto, quien<br />

envía material de naturaleza privada o personal, sabe que se expone a ser monitoreado por los<br />

sistemas de la Compañía, sin previo aviso. No utilice estos medios si desea preservar la<br />

confidencialidad de su información privada.<br />

SEGURIDAD DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y PREVENCIÓN DE VIRUS<br />

Se deben observar las siguientes precauciones para mantener un alto nivel de seguridad<br />

electrónica:<br />

1. Está estrictamente prohibido tratar de acceder archivos o recursos del sistema para el que<br />

no tenga autorización.<br />

62


2. Si una computadora va a estar desatendida por un tiempo, el empleado debe asegurarse de<br />

cerrarla lock, para evitar que otra persona la utilice.<br />

3. Se deben manejar cuidadosamente las computadoras portátiles (laptops) que contengan<br />

información privada de la Compañía. No se deben dejar desatendidas. Si una de éstas se<br />

perdiera o fuera robada, se debe notificar inmediatamente la pérdida al Departamento de<br />

Informática para evitar que usuarios no autorizados accedan a su data.<br />

4. Solamente se podrán instalar programas en una laptop con autorización del Representante<br />

de Informática. El empleado no debe intentar instalar programas personales en la laptop<br />

sin la asistencia del personal de informática, ya que puede crear conflictos con los sistemas<br />

de la Compañía.<br />

USO DE INTERNET Y REDES SOCIALES<br />

Las redes sociales han afectado mucho tanto aspectos de nuestras vidas como nuestro ámbito<br />

laboral. Todo lo que digamos y hagamos en las redes sociales puede tener un efecto, positivo o<br />

negativo, en nuestra vida profesional al igual que puede tener un efecto, positivo o negativo, en la<br />

imagen de Domino’s. Las siguientes son unas guías generales adaptadas por nuestra Empresa que<br />

los empleados deben seguir en todo momento:<br />

Como regla general, solo el personal previamente autorizado puede publicar información<br />

que se relaciones con la Compañía en las redes sociales.<br />

Publicar rumores y/o información interna y confidencial sobre la Empresa o terceras partes<br />

relacionadas con la misma (clientes, empleados, proveedores) en las redes sociales pueden<br />

tener un impacto negativo en la imagen y reputación de Domino’s y puede acarrear acción<br />

legal contra el usuario que lo ha publicado.<br />

El uso de bitácoras electrónicas (blogs) donde se ponga en entredicho el nombre de la<br />

Compañía o de un empleado, está prohibido. Si un empleado, ya sea en su hogar o en el<br />

trabajo, emite una opinión personal que no sea representativa de la Compañía, debe incluir<br />

la siguiente aclaración: “Las opiniones expresadas son la opinión personal de [nombre del<br />

autor] y no de la Compañía, a menos que se indique lo contrario explícitamente.”<br />

Si en las redes sociales te has identificado como empleado de Domino’s, la posición que<br />

adoptes debe estar en consonancia con la posición que mantienes con tus colegas, clientes y<br />

suplidores, así como también las normas de la compañía.<br />

Identifícate correctamente, utilizando tu nombre real cuando tomes parte en discusiones<br />

relacionadas con tu actividad profesional. Bajo ninguna circunstancia está permitido el uso<br />

de pseudónimos o nombres falsos cuando tomes parte en conversaciones relacionadas a la<br />

Empresa.<br />

Se responsable con los contenidos que publiques y toma en cuenta que tus interacciones en<br />

las redes sociales pueden ser vistas por cualquier persona.<br />

63


Asegúrate que el contenido que compartes en las redes sociales es verdadero y que no<br />

tengan carácter ofensivo.<br />

Toma en cuenta que Domino’s puede ser asociado con el contenido que publiques, por lo<br />

tanto, las opiniones que manifiestes deben estar encaminadas a fortalecer los valores de la<br />

Empresa.<br />

Está prohibido revelar información confidencial de la Empresa. Si tienes alguna duda sobre<br />

si el contenido que quieres publicar en las redes sociales puede ser de naturaleza<br />

confidencial consúltalo con tus superiores o con el personal adecuado.<br />

Se respetuoso con tu audiencia y asegúrate de mantener una conducta ejemplar en las<br />

conversaciones en las que participes. Se especialmente cuidadoso en temas relacionados<br />

con política, religión y otros temas susceptibles de levantar controversia.<br />

La violación a estas normas podría conllevar sanciones que serían desde advertencias<br />

escritas, suspensiones o hasta despido dependiendo de la gravedad y los hechos de cada<br />

caso.<br />

CONCLUSIÓN<br />

Reconocemos que nuestros empleados son parte fundamental del éxito y del respeto del público<br />

que goza Domino’s. A lo largo de su carrera en nuestra Compañía tendrá muchas oportunidades de<br />

demostrar sus habilidades y contribuir al éxito de Domino’s. Le exhortamos a usar al máximo su<br />

potencial y que pueda crecer junto con nosotros.<br />

Al comenzar en su nuevo empleo verifique que haya entendido:<br />

Las funciones del puesto, tareas y responsabilidades que ello conlleva;<br />

Dónde se va a reportar y a quién se reportará;<br />

Salario, beneficios y horario de trabajo;<br />

Las Normas, Reglas de Conducta y Políticas de Personal;<br />

Recuerde que estará enfrentando nuevos retos y responsabilidades, las cuales confiamos<br />

realice cumpliendo con los niveles de excelencia que siempre nos han caracterizado.<br />

64


Certifico que:<br />

Recibo del Manual de Políticas y Procedimientos para Empleados<br />

1. He recibido copia del Manual de Políticas y Procedimientos para Empleados de Domino’s y me<br />

comprometo a leerlo y a cumplir con las Normas de conducta indicadas en el mismo.<br />

2. Entiendo que si tengo alguna duda o pregunta sobre alguna de sus partes puedo acudir a mi<br />

Supervisor inmediato o con un Representante de Recursos Humanos.<br />

3. Entiendo que soy responsable de acatar estas políticas, normas y procedimientos.<br />

4. Entiendo que las políticas y beneficios resumidos en el Manual de Políticas y Procedimientos<br />

para Empleados podrían ser modificados, cambiados o eliminados en cualquier momento.<br />

5. Este Manual de Políticas y Procedimientos para Empleados y sus políticas no son un contrato,<br />

expreso o implícito, ni por un período particular de tiempo.<br />

6. Este manual sustituye cualquier versión previa.<br />

_______________________________________________<br />

Nombre del Empleado (letra de molde)<br />

______________________________________________<br />

Firma del Empleado<br />

______________________________________________<br />

Fecha de Recibo<br />

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