dominos 68paginas
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Tabla de Contenido<br />
Bienvenida…………………..……………………………………………………………………………………….…………………………….………..……5<br />
Nuestra Visión, Misión, Nuestros Valores………………………………………………………........................................................................6<br />
Departamento de Recursos Humanos……………………………………………………………….………………………………….…………….7<br />
Reclutamiento ............................................................................................................................................................... 8<br />
Solicitud de Empleo ...................................................................................................................................................... 8<br />
Referencias de Empleo .................................................................................................................................................. 8<br />
Período Probatorio ....................................................................................................................................................... 8<br />
Evaluación de Desempeño ............................................................................................................................................ 9<br />
Plan de Mejoramiento de Desempeño .......................................................................................................................... 9<br />
Cumplimiento de la Ley de Inmigración .................................................................................................................... 10<br />
Expedientes de Empleados ......................................................................................................................................... 10<br />
Confidencialidad de la Información del Personal ...................................................................................................... 10<br />
Renuncia de Empleados …..…………………………………………………………………………………………………………………………………….11<br />
Normas de Conducta del Personal……………………………………………………………………………………………………………………11<br />
Uso del Teléfono de la Empresa .................................................................................................................................. 11<br />
Propiedad de la Compañía ......................................................................................................................................... 13<br />
Propiedad Personal de Empleados ............................................................................................................................. 13<br />
Vestimenta…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….13<br />
Empleados de Oficina………………………………………………………………………………………………………………………………………15<br />
Acciones Disciplinarias ............................................................................................................................................... 16<br />
Normas Generales de Conducta.................................................................................................................................. 17<br />
Colectas, Rifas, Ventas de Artículos y Distribución de Literatura ....................................................................... ……23<br />
Visitantes en el Lugar de Trabajo …………………………………………………………………………………………………………………………23<br />
1
Acuerdo de Confidencialidad ...................................................................................................................................... 23<br />
Nepotismo / Relaciones Interpersonales ................................................................................................................... 24<br />
Empleo Fuera de la Compañía ................................................................................................................................... 24<br />
Conflictos de Intereses ................................................................................................................................................ 25<br />
Asistencia ........................................................................................................................................................................................................... 25<br />
Registro de Horario .................................................................................................................................................... 28<br />
Proceso de Revisión de Asistencia .............................................................................................................................. 28<br />
Beneficios ........................................................................................................................................................................................................... 28<br />
Categorías de Empleo ................................................................................................................................................. 29<br />
Licencia de Vacaciones ………………………………………………………………………………………………………………………………………..29<br />
Dias Feriados............................................................................................................................................................... 30<br />
Licencia por Enfermedad ............................................................................................................................................ 31<br />
Licencia por Maternidad ............................................................................................................................................ 32<br />
Lactancia ..................................................................................................................................................................... 33<br />
Licencia por Paternidad …………………………………………………………………………………………………………………………………33<br />
Licencia Médico/Familiar ……………………………………………………………………………………………………………………………….33<br />
Licencia Testigo en Casos Criminales ......................................................................................................................... 38<br />
Licencia Jurado ........................................................................................................................................................... 39<br />
Licencia Funeral ......................................................................................................................................................... 39<br />
Licencia Militar ........................................................................................................................................................... 39<br />
Incapacidad por Accidente de Automóvil (ACAA) ..................................................................................................... 40<br />
Licencia Deportiva ...................................................................................................................................................... 40<br />
Ley de Compensación por Accidentes del Trabajo (Fondo del Seguro del Estado) .................................................. 41<br />
Ley de Beneficios por Incapacidad No Ocupacional (SINOT).................................................................................... 41<br />
Seguro Choferil ............................................................................................................................................................ 42<br />
2
Seguro Social ............................................................................................................................................................... 42<br />
Exámenes Médicos ...................................................................................................................................................... 43<br />
Adiestramiento y Desarrollo ....................................................................................................................................... 44<br />
Compensación .................................................................................................................................................................................................. 45<br />
Día de Pago y Depósito Directo .................................................................................................................................. 45<br />
Política de Paga a los Empleados Clasificados como Ejecutivos, Administradores y Profesionales …………………….46<br />
Pago de gastos de viaje …..…………………………………………………………………………………………………………….…………………47<br />
Bono de Navidad …………………………………………………………………………………………………………………………….………………47<br />
Compensación por horas extras ………………………………………………………………………………………………………….…………..47<br />
Comunicación ................................................................................................................................................................................................. 48<br />
Política de Puertas Abiertas y Procedimiento de Solución de Problemas ................................................................ 48<br />
Seguridad y Bienestar del Empleado ...................................................................................................................................................... 49<br />
Programa de No Fumar …………………………………………………………………………………………………………………………………..50<br />
Política y Procedimiento sobre Manejo de Dinero y Cajas Registradoras ……….………………………………………………...51<br />
Procedimiento de Seguridad para personal de Entrega ……..……………………………………………………………………………52<br />
Posesión de Armas de Fuego ....................................................................................................................................... 53<br />
Registros en el Empleo ................................................................................................................................................ 53<br />
Planes de Contingencia y Cierres de Emergencia ……………………………………………………………………………………………..54<br />
Política de Igualdad de Oportunidad en el Empleo .......................................................................................................................... 54<br />
Política de Hostigamiento ……………………………………………………………………………………………………………………………….55<br />
Represalias ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………58<br />
Procedimiento al recibir una querella ……………………………………………………………………………………………………………58<br />
Política sobre Violencia, Vocabulario y Compañerismo<br />
………………………………………………………………………………….59<br />
Política Sobre Sistemas de Información y Tecnología ..................................................................................................................... 60<br />
Seguridad de Las Computadoras y Prevención de Virus ........................................................................................... 62<br />
Uso de Internet y Redes Sociales ................................................................................................................................. 63<br />
3
Conclusión ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………64<br />
Recibo del Manual de Políticas y Procedimientos para Empleados ………………………………………………………………....66<br />
4
¡Bienvenido a DOMINO’S!<br />
Usted ahora es miembro de una organización dinámica y en constante crecimiento. Tenemos altas<br />
expectativas uno con el otro y estamos muy deseosos de poder trabajar con usted.<br />
Domino’s se inició en el año 1960 como una pequeña pizzería en Ypsilanti, Michigan. Actualmente,<br />
somos reconocidos como el líder mundial en entrega de nuestros productos y puedes encontrarnos<br />
en cualquier parte del planeta con más de 10,000 sucursales en todo el mundo en más de 70<br />
mercados.<br />
El equipo de Domino’s se encuentra comprometido a brindar un servicio de excelencia y productos<br />
de calidad. Más de 170,000 miembros del equipo trabajan en sobre 600 sucursales propiedad de la<br />
empresa, y en más de 5,000 sucursales en franquicia, así como también, franquicias internacionales.<br />
De ellos, 13,000 son miembros del equipo corporativo y más de 400 trabajan en el World Resource<br />
Center en Ann Harbor, Michigan.<br />
Estamos orgullosos de los miembros de nuestro equipo y los miembros de nuestro equipo se<br />
sienten orgullosos de pertenecer al divertido mundo de Domino’s. Ser la mejor compañía de<br />
entrega de nuestros productos en el mundo requiere que excepcionales miembros de nuestro<br />
equipo trabajen juntos mientras se divierten realizándolo.<br />
Le exhortamos a que realice una labor de excelencia y de calidad para que sigamos siendo una<br />
empresa altamente productiva y exitosa.<br />
Cordialmente,<br />
Edward Lieberman<br />
Master Franchisee<br />
Domino’s PR<br />
5
NUESTRA VISIÓN<br />
Nuestra Visión en Domino’s consiste en:<br />
Ser la Compañía de Pizza #1 en el mundo y en nuestra comunidad.<br />
NUESTRA MISIÓN<br />
Nuestra Misión es creer en:<br />
Oportunidades<br />
Trabajar árduamente<br />
Soluciones que inspiran<br />
Ganar juntos<br />
Acoger la comunidad<br />
Honestidad<br />
NUESTROS VALORES<br />
El cliente es primero<br />
Hacer de cada uno de nuestros clientes un cliente leal<br />
Trata a la gente como te gustaría ser tratado<br />
Entregar nuestros productos con sentido de urgencia, prioridad y energía positiva<br />
Producir lo mejor por menos<br />
Medir, manejar y compartir lo que es importante<br />
Piensa en grande y crece<br />
Promover lo que usted desea cambiar<br />
Mantener nuestras expectativas altas, entrenar y nunca dejar de aprender<br />
Promover desde adentro<br />
Ganar promoviendo resultados todos los días<br />
No somos ordinarios; somos excepcionales<br />
6
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS<br />
Este Manual delinea las políticas y procedimientos de nuestra compañía y provee una descripción<br />
básica de nuestro programa de beneficios para los empleados. Nuestras políticas son las pautas a<br />
seguir en nuestro lugar de trabajo. Reflejan nuestros valores y resumen la relación entre DOMINO’S<br />
y nuestros empleados. El cumplimiento eficaz de nuestras políticas nos ayudará a alcanzar nuestras<br />
metas y objetivos como equipo.<br />
Las políticas, procedimientos y beneficios indicados en este Manual están sujetos a cambios por<br />
aprobación de legislación, cambios en las políticas de la compañía, etc. Por esta razón, la compañía<br />
se reserva el derecho a enmendar, dejar sin efecto o revisar cualquiera de las disposiciones aquí<br />
establecidas, periódicamente y cuando así lo amerite. Los empleados serán notificados<br />
oportunamente de los cambios que surjan. Este Manual pretende ser solamente una guía y no es en<br />
ningún momento un contrato de empleo o un contrato para un período particular.<br />
Tan pronto se convierta en empleado de la Compañía, se le entregará una copia de este manual de<br />
empleado. El mismo contiene normas, políticas e información general relacionada con la Compañía.<br />
Lea cuidadosamente este Manual. Tendrá que firmar un “Acuse de recibo” mediante el cual certifica<br />
que ha recibido el documento, que leerá, conocerá y seguirá las políticas de la Compañía y que se<br />
familiarizará con la información expuesta en el Manual de Políticas y Procedimientos para<br />
Empleados. Si tiene alguna pregunta puede discutirla con su Supervisor inmediato o con un<br />
Representante de Recursos Humanos.<br />
Para efectos de facilidad de lectura, en la redacción de este manual de empleado se ha utilizado la<br />
persona masculina, sin que esto indique discrimen o prejuicio a la persona femenina, sino<br />
incluyendo ambos géneros.<br />
Una vez más, esperamos poder continuar desarrollando juntos nuestro potencial profesional y<br />
personal y así lograr los objetivos de nuestra organización.<br />
7
DATOS SOBRE SU EMPLEO<br />
RECLUTAMIENTO<br />
El propósito de la política de reclutamiento es ayudar a Domino’s a reclutar a los mejores<br />
candidatos para un puesto particular sin discriminar por razones de raza color, sexo, origen<br />
nacional, religión, status social o civil, identidad sexual, preferencia sexual, género, obesidad<br />
mórbida, militar, incapacidad o violencia doméstica, asecho o agresión sexual. A estos propósitos, se<br />
definen las funciones de los puestos, las destrezas y conocimientos necesarios para hacer un trabajo<br />
determinado. Se utilizan varios métodos de reclutamiento: agencias, resumes, referidos y anuncios.<br />
SOLICITUD DE EMPLEO<br />
Domino’s depende de la información que ofrece una persona en la solicitud de empleo y la<br />
exactitud de la información que presenta durante el proceso de contratación y empleo. Ofrecer<br />
información falsa, falsificación, impostura u omisión intencional de información tendrá como<br />
resultado que no se considere a esa persona para ningún puesto. Esta información se conservará en<br />
forma confidencial y en acceso restricto.<br />
Nuestra Compañía utiliza una serie de herramientas validadas para asegurarnos que escogemos los<br />
mejores candidatos que puedan sobresalir en sus puestos.<br />
REFERENCIAS DE EMPLEO<br />
Nuestra Compañía verifica todas las referencias de los candidatos a empleo. Se pedirán las<br />
referencias, junto con una autorización y relevo para contactar esas personas. Esto tiene el<br />
propósito de verificar el historial de empleo y otra información relevante.<br />
Sólo el Representante de Recursos Humanos está autorizado a dar y/o manejar información para<br />
verificaciones de empleo de actuales o pasados empleados de nuestra Compañía. Si un empleado<br />
recibe una llamada pidiendo una verificación, debe referirlo a la oficina de Recursos Humanos. Para<br />
divulgar información de un empleado actual o pasado, es necesario una autorización y relevo<br />
escrito por el empleado. Generalmente, el Área de Recursos Humanos solamente verificará las<br />
fechas del empleo y el puesto o información requerida por agencias gubernamentales o en<br />
situaciones de emergencia.<br />
PERÍODO PROBATORIO<br />
Durante el período probatorio de los primeros 90 días, estipulado por ley, el empleado será<br />
evaluado sobre el desempeño de sus labores. Esta evaluación nos permitirá saber si las destrezas y<br />
experiencias de este empleado cumplen nuestras necesidades. De tener una evaluación positiva, se<br />
le informará que puede continuar como empleado regular. Empleados que hayan trabajado como<br />
empleados temporeros en el puesto regular tendrán un periodo probatorio de solo 45 días. Luego<br />
8
de aprobar el periodo probatorio el empleado acumulará su licencia de vacaciones. La licencia de<br />
enfermedad se acumulará desde el primer día de empleo.<br />
EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO<br />
Los supervisores y sus empleados deben discutir la ejecución y metas de manera informal, día a día.<br />
Además, cada supervisor de la Compañía evaluará el desempeño de sus empleados por lo menos<br />
una vez al año. Mediante dicha evaluación el supervisor y el empleado pueden clarificar los deberes<br />
y responsabilidades de éste, resumir cómo fue su desempeño durante ese año, identificar sus<br />
fortalezas, corregir áreas que necesiten mejorar, alentar y reconocer contribuciones y discutir<br />
enfoques positivos para alcanzar las metas. Esta información es utilizada para tomar decisiones en<br />
torno a su desarrollo y desempeño como empleado en la Compañía. Este proceso se lleva a cabo en<br />
conjunto con el departamento de Recursos Humanos.<br />
PLAN DE MEJORAMIENTO DE DESEMPEÑO<br />
En Domino’s nos esforzamos en contratar a las personas mejor cualificadas, de acuerdo con<br />
nuestras necesidades y valores. Alentamos a nuestros gerentes a ofrecer constantemente sus<br />
observaciones a los empleados, en términos de su desempeño, y de ayudarlos en su desarrollo<br />
profesional. No obstante, es necesario que los empleados se involucren en un plan de<br />
mejoramiento de su desempeño. De este modo, se aseguran comprender las expectativas y pueden<br />
demostrar que son capaces de cumplir satisfactoriamente con las metas y objetivos de su puesto.<br />
Este proceso está diseñado para dar estructura a las expectativas de rendimiento. Usamos<br />
usualmente un plan de cuatro (4) etapas dependiendo de la falta cometida que tienen como meta el<br />
crecimiento y mejoramiento del empleado.<br />
Etapa 1: Mentoría - Si los supervisores observan una conducta inapropiada o un pobre<br />
desempeño en un empleado, inician un proceso de mentoría. En esta etapa el supervisor repasa<br />
con el empleado cuáles son las responsabilidades de su puesto y las traduce en acciones y<br />
conductas que éste debe demostrar consistentemente. El propósito de esta etapa es ayudar al<br />
empleado a ver su potencial, de manera que pueda permanecer como un miembro valioso de la<br />
organización.<br />
Etapa 2: Aviso verbal - Ocurre cuando el supervisor ha ofrecido mentoría por un período<br />
razonable de tiempo y el empleado no demuestra un buen rendimiento en sus funciones. El<br />
supervisor y el empleado tendrán una reunión para repasar las expectativas y el comportamiento<br />
deseado que demuestre un cambio sostenido. El supervisor informa al empleado que es necesario<br />
que haya un cambio o el plan de mejoramiento de desempeño se llevará a la próxima etapa, que<br />
será una notificación por escrito. Los supervisores deberán llevar un acta de esta reunión para el<br />
expediente.<br />
Etapa 3: Notificación escrita - En una reunión entre el empleado y su supervisor, éste<br />
presenta un resumen escrito de las expectativas de desempeño y una cronología de las gestiones<br />
realizadas para hacerle saber las mismas al empleado. Durante esta etapa el empleado, su<br />
supervisor y el Área de Recursos Humanos se reúnen regularmente. Se le advierte al empleado que<br />
su desempeño será cuidadosamente revisado.<br />
9
Etapa 4:<br />
Etapa 5:<br />
Suspensión- suspensión temporera de empleo y sueldo.<br />
Despido - Se despide al empleado de la Compañía.<br />
Dependiendo de las circunstancias particulares de cada caso, se podrá omitir o modificar una o<br />
varias etapas de este plan. De tener alguna duda con respecto a este plan, favor de dirigirse al<br />
Representante de Recursos Humanos.<br />
CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INMIGRACIÓN<br />
Domino’s cumple con el Immigration Reform and Control Act de 1986, y emplea sólo individuos que<br />
estén autorizados a trabajar en los Estados Unidos. Por esta razón, todo nuevo empleado, aún<br />
personas que hayan trabajado aquí antes, tienen como requisito completar el formulario<br />
Employment Eligibility Verification Form I-9 y mostrar la documentación necesaria que pruebe su<br />
identidad y que es elegible para el puesto.<br />
Es responsabilidad del empleado notificar a la Compañía de cualquier cambio o actualización de la<br />
información utilizada para verificar su elegibilidad, incluyendo sus documentos de identificación,<br />
como licencia de conducir, tarjeta de seguro social y otra documentación de inmigración relevante.<br />
Para mayor información, se deben comunicar con la Oficina de Recursos Humanos.<br />
EXPEDIENTES DE EMPLEADOS<br />
Domino’s mantiene un expediente para cada empleado. Aquellos que deseen revisar su propio<br />
expediente pueden comunicarse con nuestra organización y solicitarlo por escrito con por lo menos<br />
una semana de anticipación. Los empleados pueden solicitar añadir, corregir o solicitar que se<br />
remueva cualquier información que contenga el expediente. La Compañía evaluará estas peticiones<br />
como corresponda.<br />
Los empleados deben notificar a la Compañía de cualquier cambio en su información personal.<br />
Datos tales como dirección postal, números de teléfonos, estado civil, nombres de dependientes,<br />
persona a contactar en caso de emergencia, información necesaria para procesar pagos de<br />
contribuciones o nómina, logros académicos y otra información similar, debe estar actualizada en la<br />
nuestra organización en todo momento. Esta información es importante para efectos de beneficios,<br />
contribuciones y otros asuntos.<br />
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN DEL PERSONAL<br />
Domino’s respeta la confidencialidad de la información personal de nuestros empleados. Sólo los<br />
supervisores y aquellos con autorización y con un propósito estrictamente de negocios, pueden<br />
tener acceso a los expedientes de personal. Quien tenga acceso a información personal tendrá que<br />
mantener un alto grado de confidencialidad con relación al uso que hará de esa información.<br />
10
RENUNCIA DE EMLEADOS<br />
Si un empleado decide renunciar a Domino’s debe hacerlo por escrito. El tiempo de anticipación<br />
necesario para presentar la renuncia dependerá del puesto que ocupe. Esto permitirá hacer una<br />
transición ordenada de sus responsabilidades y programar una entrevista de salida. Antes de la<br />
salida final del empleado se programará una entrevista de salida para discutir la experiencia en el<br />
empleo y revisar la información de sus beneficios.<br />
El empleado debe devolver a la Compañía toda propiedad que se le haya prestado para su uso o en<br />
su posesión, no más tarde del último día de trabajo. Esto incluye libros, equipos, uniformes,<br />
herramientas, celulares, identificación, tarjetas de acceso, equipo de computadoras o programas,<br />
ect.<br />
Independientemente de si fue cesanteado, despedido o renunció voluntariamente, el empleado<br />
recibirá su cheque final que le corresponda en el próximo pago de nómina regular después de la<br />
fecha en que termine su empleo.<br />
NORMAS DE CONDUCTA DEL PERSONAL<br />
Domino’s aspira a establecer y promover un ambiente de trabajo donde se apoyen las metas e<br />
intereses profesionales de nuestro personal. A cambio, los empleados serán responsables de<br />
asegurarse que cumplen a cabalidad con sus responsabilidades, de forma honesta y ética.<br />
Confiamos que los empleados seleccionados para ser parte de nuestra organización tienen los<br />
valores y habilidades necesarias para alcanzar nuestras expectativas. Esto incluye, por ejemplo,<br />
respetar y ganarse el respeto, integridad, honestidad, actuar responsablemente todo el tiempo y<br />
conducirse dentro de nuestra organización con orgullo y transparencia.<br />
Aunque el trabajo en ocasiones pueda generar cierta tensión, cada empleado debe conducirse con<br />
cortesía profesional. Nuestros empleados tienen la responsabilidad de mantener unos estándares<br />
aceptables de conducta personal y profesional. Los empleados deben realizar sus funciones de<br />
manera formal y seria, libres de acciones que se puedan interpretar como hostigamiento ilegal.<br />
Además, el comportamiento rudo o vulgar no es aceptable en nuestro ambiente de trabajo. No se<br />
tolerará esta conducta. Se tomarán acciones disciplinarias contra cualquier empleado que incurra<br />
en ellas, incluyendo despido, de ser necesario.<br />
USO DEL TELÉFONO DE LA EMPRESA<br />
Nuestra Compañía se ha destacado siempre por ofrecer un excelente servicio. Sea cortés, amable y<br />
respetuoso al contestar el teléfono. Para poder continuar brindando un servicio de calidad es<br />
necesario cumplir con las siguientes normas:<br />
Se espera que conteste el teléfono en o antes del segundo timbre.<br />
11
Saludo en el teléfono:<br />
Gracias por escoger a Domino’s de ___________, mi nombre es___________, ¿Cómo le puedo ayudar?<br />
¿Su orden será para “Carry out”, “Delivery” o para Consumo en el Restaurante?<br />
Para Entrega a Domicilio:<br />
Por favor, ¿me permite su número de teléfono, nombre y dirección?<br />
Para recoger:<br />
Por favor, ¿me permite su número de teléfono y su nombre?<br />
Para Comer en el Salón:<br />
Por favor, ¿me permite su número de teléfono y su nombre?<br />
Venta Sugestiva:<br />
¿Desea añadir ____________ en su orden?<br />
Pago:<br />
Su total es ________. ¿Su pago va a ser en efectivo o tarjeta de crédito?<br />
Tarjeta de Crédito – número de tarjeta, expiración, código de tres digito, y código de área.<br />
Para recoger – Si va a pagar con tarjeta de crédito, puedo tomar su información por teléfono para<br />
un proceso más rápido y debe estar preparado para revisar su información en el mostrador.<br />
Cierre de la Llamada:<br />
Entrega a Domicilio: Tendremos su orden lista en aproximádamente __________ minutos.<br />
Para recoger/Para Comer en el Salón: Su orden estará lista en ________minutos.<br />
Por la naturaleza de nuestras funciones y con el propósito de mantener nuestras líneas de teléfonos<br />
descongestionadas, las llamadas personales deberán limitarse a casos de emergencia. Se debe<br />
recordar que el teléfono es para uso de las necesidades oficiales de nuestra Compañía.<br />
Se prohíbe el uso de los teléfonos celulares, cámaras de fotografía, cámaras de video, radios u otros<br />
dispositivos personales.<br />
12
PROPIEDAD DE LA COMPAÑÍA<br />
Se espera que cada empleado cuide del equipo que le ha sido asignado para realizar su trabajo<br />
efectivamente, lo mantenga limpio y en buen estado de funcionamiento, siga las instrucciones para<br />
operar el equipo y las normas básicas de seguridad. Este equipo pude ser: teléfonos celulares,<br />
máquinas de fax, fotocopiadoras, computadoras, expedientes, manuales, programas de<br />
computadoras, cajas registradoras, llaves, equipo básico de oficina, herramientas, “hot bags”, “car<br />
top signs”, equipo de trabajo necesarios para la confección de alimentos, etc. Debe notificar a su<br />
supervisor en caso de que un equipo se encuentre defectuoso.<br />
Los empleados no están autorizados a remover o tomar prestado para uso personal el equipo de<br />
oficina o de nuestras tiendas.<br />
Los empleados que, por la naturaleza de sus funciones, utilizan equipo provisto por la Compañía<br />
fuera de los predios de ésta, son responsables por la seguridad y cuidado del mismo. En caso de<br />
daños o pérdida negligente, el empleado deberá restituir la propiedad asignada.<br />
Se podrán tomas acciones disciplinarias contra aquellos empleados que hagan mal uso del equipo.<br />
Cuando un empleado termina sus funciones en nuestra organización tiene que entregar toda<br />
propiedad de la Compañía.<br />
De igual manera, es responsabilidad de cada empleado mantener su área de trabajo limpia y<br />
ordenada.<br />
PROPIEDAD PERSONAL DE EMPLEADOS<br />
La Compañía no puede asumir responsabilidad por la desaparición de objetos personales traídos a<br />
las áreas de trabajo. Por tal razón, se recomienda al personal abstenerse de traer a sus áreas de<br />
trabajo objetos de alto valor material o sentimental.<br />
Todo robo o desaparición de objetos deberá ser informado por escrito al Departamento de<br />
Recursos Humanos u Oficina Administrativa el cual hará un informe del incidente y determinará el<br />
curso de acción a tomar.<br />
VESTIMENTA<br />
Estándares de Uniforme, Apariencia e Higiene<br />
Es política de nuestra Compañía que sus empleados proyecten una imagen que vaya de acuerdo con<br />
el estilo profesional que siempre nos ha caracterizado. Se espera que los empleados vistan de una<br />
manera apropiada para este ambiente de negocios, ya que afectan la impresión de otras personas<br />
sobre nuestra Compañía.<br />
Como nuestro representante, tu aspecto y apariencia personal reflejan la imagen de Domino’s. Es<br />
por esto que debes respetar las reglas, estándares de imagen y uniforme establecidos. Para los<br />
Choferes de Entrega, el automóvil debe de estar en buenas condiciones y limpio.<br />
13
Piensa en la persona que te atendió la última vez que fuiste a un restaurante. El aspecto de un<br />
miembro del equipo influye en la percepción del cliente a la hora de re-ordenar o continuar como<br />
cliente.<br />
Estándar de Uniforme<br />
Uso de gorra Domino’s (mantiene el cabello recogido).<br />
Camisa estilo polo de Domino’s (uniforme que nos identifica como compañía; camisa puesta<br />
dentro del pantalón).<br />
Camisilla de color blanco por debajo del polo (parte de nuestro estándar, brinda una<br />
percepción de imagen limpia y fresca).<br />
Pantalón largo de color negro y de planchado permanente (sólo debe tener 4 bolsillos).<br />
Correa de color negro sin diseños.<br />
Zapatos o zapatillas deportivas cerrados de color negro o que su composición consista de<br />
80% negro y un 20% color blanco u otro color que no sea fluorescente.<br />
Uso de delantal aprobado por Domino’s (Todo miembro del equipo que tenga contacto con<br />
alimentos debe usar delantal, este crea una barrera que no permite que bacterias que se<br />
adhieren a la ropa llegue a los alimentos).<br />
Estándar de Apariencia<br />
Uñas cortas y limpias no deben de exceder 1/4 de pulgadas (1cm). No se permiten uñas<br />
postizas o pintadas.<br />
Damas pueden maquillarse moderadamente.<br />
Cabello más largo que el cuello de la camisa debe de quedar dentro de la gorra utilizando<br />
una banda. Si el cabello no queda debidamente restringido, se debe emplear el uso de<br />
redecilla.<br />
Si el cabello da la impresión que necesita ser recortado, o necesita ser cepillado, no cumplirá<br />
con el estándar.<br />
El cabello teñido de colores no-naturales (por ejemplo: verde, rosita, azul, etc.) y estilos<br />
extremos no cumplen con el estándar.<br />
Varones necesitan tener la cara libre de vello facial. El afeitado diario es un requisito. De<br />
tener bigote, no debe ser más largo que los extremos del labio superior.<br />
A las damas sólo se les permite utilizar dos pantallas de tipo dormilona sin piedra, una en<br />
cada oreja.<br />
14
Los varones no deben utilizar pantallas mientras porten el uniforme.<br />
No se permiten piercings visibles.<br />
Miembros del equipo que no confeccionen alimentos podrán usar un reloj, un collar simple<br />
y un anillo de matrimonio. No se permiten prendas que llamen la atención.<br />
Miembros que confeccionen alimentos no están permitidos a usar prendas excepto el anillo<br />
de matrimonio.<br />
Tatuajes deberán ser cubiertos con el uniforme o mediante el uso de prendas para el mismo.<br />
Apariencia de Vehículo de Reparto<br />
Tu vehículo debe encontrarse en buen estado. (debe tener parachoques, luces y<br />
guardalodos)<br />
El exterior debe estar razonablemente limpio. Vehículo extremadamente sucio no cumple<br />
estándar.<br />
El interior debe estar limpio y ordenado.<br />
Higiene<br />
Uniforme limpio y sin rupturas.<br />
Miembros del equipo deberán mostrase aseados para mantener una higiene adecuada para<br />
el contacto con alimentos y clientes.<br />
Es un requisito que los empleados se laven las manos constantemente con agua y jabón cada<br />
vez que hagan alguna tarea, lleguen de una entrega o se contaminen con otra superficie.<br />
Manos deben de secarse con papel secante aprobada.<br />
Todo miembro del equipo que se encuentre en contacto directo con alimentos deberá<br />
utilizar desinfectante de manos después de entrar en contacto con productos no<br />
alimentarios. Entiéndase teléfono, dinero, espátula de sacar pizza etc…<br />
EMPLEADOS DE OFICINA<br />
Nos interesa conservar un ambiente de trabajo de buen compañerismo que también mantenga la<br />
formalidad necesaria. Parte de ese ambiente lo crea la vestimenta que todos utilizamos. Es nuestro<br />
interés señalar algunos principios básicos sobre este tema, a manera de orientación.<br />
15
Damas<br />
Todo el personal femenino deberá vestir de forma apropiada para un ambiente de oficina. No se<br />
considerarán apropiados para el trabajo pantalones cortos, ropa o pantalones demasiados ceñidos<br />
al cuerpo, pantalones debajo de la cintura, blusas con escotes pronunciados, tanto al frente como en<br />
la espalda, ropa transparente, o camisa con mensajes ofensivos e ilegales, vestimenta de material<br />
tipo lycra. Tampoco se considerarán apropiadas faldas con aberturas muy pronunciadas. El largo de<br />
los vestidos y faldas no debe ser menor de 2” sobre la rodilla. Se considerarán apropiadas las faldas<br />
pantalón con la condición de que sean holgadas (no ceñidas) y el largo deberá ser según la<br />
descripción anterior. No se permitirán tatuajes visibles en ninguna parte del cuerpo. Igualmente, no<br />
son apropiadas sandalias de playa. No se permitirán pantallas visibles en ninguna otra parte del<br />
cuerpo.<br />
Caballeros<br />
Deberán vestir de forma apropiada para un ambiente de trabajo. No son aceptables los pantalones<br />
cortos, la ropa no debe ser ajustada ni camisa con mensajes ofensivos e ilegales. Siempre deberán<br />
estar afeitados o si tienen barba, la misma deberá ser cortada y estar arreglada. El cabello debe<br />
estar limpio, bien arreglado y con buena apariencia. El cabello debe llevarse de manera que se<br />
puedan ver los ojos.<br />
No son apropiados las sandalias ni zapatos sin medias. Tampoco serán apropiados los pantalones<br />
debajo de la cintura. No se permitirán los tatuajes visibles en ninguna parte del cuerpo. No se<br />
permitirán pantallas visibles en ninguna parte del cuerpo.<br />
Cualquier situación que no se ajuste a estas normas será manejada por el Área de Recursos<br />
Humanos quien orientará a los empleados sobre las medidas que deberán tomarse para cumplir<br />
con estas normas. Las normas aplican tanto al personal regular como temporero.<br />
ACCIONES DISCIPLINARIAS<br />
Se tomarán acciones disciplinarias con cualquier empleado que incurra en violaciones a las normas<br />
del empleo, comportamiento inaceptable, mala conducta, o un pobre desempeño constante. Cada<br />
situación será evaluada de acuerdo con la gravedad de la situación, la cantidad y tipos de<br />
infracciones anteriores y otras circunstancias que se determinen al evaluar la seriedad de la ofensa.<br />
Las acciones disciplinarias pueden variar desde una reprimenda oral hasta el despido de su puesto.<br />
Es importante señalar que en todo momento se le brindará al empleado la oportunidad de<br />
establecer su punto de vista sobre la situación. De existir un problema, se brindará la consejería<br />
necesaria y, de ser necesario, se tomarán medidas correctivas. El fundamento de nuestra política<br />
no es disciplinar, sino ayudar al empleado a ser más exitoso y valorado, como parte de un equipo de<br />
trabajo. Procuramos desarrollar un mutuo entendimiento y estándares de conducta, de modo que<br />
no sea necesario disciplinar a nadie.<br />
16
Sin embargo, si fuera necesario tomar acciones disciplinarias, se hará con respeto, dignidad y con la<br />
intención de que los empleados reciban todas las oportunidades de ejercer su buen sentido común.<br />
Además, cada situación se evaluará independientemente para determinar el curso de acción<br />
apropiado.<br />
NORMAS GENERALES DE CONDUCTA<br />
Nuestra Compañía no pretende describir todas las reglas de conducta aplicables, ya que la mayor<br />
parte de las mismas son obvias y no requieren ser expuestas. No obstante, algunas actuaciones<br />
podrían afectar de forma significativa los mejores intereses de los empleados y de la Compañía, por<br />
lo tanto, ameritan ser mencionadas para evitar su ocurrencia.<br />
GRUPO I. Estas medidas disciplinarias incluirán acción correctiva progresiva de acuerdo a<br />
factores atenuantes o agravantes presentes en la situación. Las medidas disciplinarias podrán<br />
incluir, advertencias verbales, y/o escritas, suspensiones de empleo sin paga y despidos.<br />
1. Ausentarse de su trabajo sin autorización. Fallar en notificar personalmente ausencias o<br />
tardanzas al Gerente o Supervisor por lo menos dos horas antes de la hora de entrada.<br />
2. No reportarse a trabajar a una actividad de trabajo asignada o según itinerario; no<br />
presentarse a trabajar cuando el empleado haya cambiado su turno y/o día de trabajo con<br />
otro empleado.<br />
3. Cambiarse el turno de trabajo con otro empleado sin la autorización de la Compañía.<br />
4. Llegar tarde frecuentemente con o sin justificación.<br />
5. Tardar en reportarse a su área de trabajo luego de haber registrado la hora de entrada o<br />
periodo de tomar alimentos. Estar fuera del área de trabajo atendiendo asuntos personales<br />
o no relacionados al trabajo durante horas laborables; abandonar sin autorización su área<br />
de trabajo o los predios de la Tienda o salirse de la ruta de trabajo sin autorización o causa<br />
justificada.<br />
6. Dejar de ponchar la asistencia incluyendo la hora de entrada y salida del periodo de tomar<br />
alimentos. Dejar de llenar cualquier otro documento requerido o indicado por la Compañía.<br />
7. Presentarse a trabajar incumpliendo con los Estándares de Uniforme, Imagen y/o<br />
Apariencia de la Compañía.<br />
8. Utilizar el uniforme provisto por la Compañía en actividades sociales fuera de horas<br />
laborables, o darle uso inapropiado que pueda afectar la imagen de Domino’s.<br />
9. Entrar o permitir la entrada de otras personas a áreas no autorizadas.<br />
10. Utilizar sin autorización o de manera impropia o en violación a las normas descritas en el<br />
manual, los teléfonos, equipos y cualquier otra propiedad de la Compañía.<br />
17
11. Violar las reglas de seguridad impuestas por Domino’s y OSHA así como cualquiera otra.<br />
12. Participar en juego de manos y bromas pesadas que puedan resultar en accidentes, lesiones<br />
u ofensas personales.<br />
13. Dejar de cooperar completamente en cualquier investigación que se esté realizando sobre<br />
algún incidente o accidente relacionado con las operaciones de la Compañía.<br />
14. Permitir las visitas de familiares y amigos sin autorización.<br />
15. Permanecer en la Tienda sin autorización al terminar su horario de trabajo o en sus días<br />
libres.<br />
16. Dejar de notificar algún cambio en la información requerida en los expedientes de personal.<br />
17. Trabajar sin armonía o falta de cooperación con sus compañeros de trabajo.<br />
18. Utilizar vehículos de la Compañía sin la autorización de la gerencia, o prestar, ceder o<br />
disponer de dicha propiedad sin autorización.<br />
19. Violar el reglamento para el uso de vehículos de motor, maquinarias y equipo de la<br />
Compañía.<br />
20. Suministrar información incompleta y/o incorrecta de la Tienda, o de otros empleados,<br />
clientes, o cualquier persona relacionada con las operaciones de la Tienda, o con quien<br />
pueda estar en contacto mientras se encuentre en gestiones de trabajo o por motivos del<br />
mismo para cualquier asunto relacionado con su empleo u obligaciones.<br />
21. Solicitar o llevar a cabo cualquier actividad personal durante horas laborables o que<br />
interfiera con el trabajo de otros empleados.<br />
22. Distribuir material impreso o de cualquier tipo que no esté relacionado con el trabajo que se<br />
lleva a cabo en la Tienda a otros asociados, o mientras realizan sus tareas durante horas<br />
laborables y/o en áreas de trabajo.<br />
23. Rehusarse a firmar como recibido documento de la Empresa, así como la negativa a recibir<br />
documentos que le son entregados por la Tienda, Compañía o por Domino’s. Esto incluye<br />
amonestaciones y/o acciones disciplinarias, reglas y normas de conducta, instrucciones<br />
operacionales y procedimientos a seguirse en las operaciones de la Compañía.<br />
24. Encubrir errores operacionales cometidos o accidentes sufridos por empleados o por<br />
terceras personas, o no informar inmediatamente al supervisor la falta de material o equipo<br />
damnificado.<br />
25. Dejar de informar inmediatamente al supervisor o la persona designada cualquier accidente<br />
o incidente que ocurra con empleados en los predios de la Tienda o con quien pueda estar<br />
en contacto mientras se encuentre en gestiones de trabajo o por motivos del mismo.<br />
18
26. No proveer o rehusar proveer los certificados médicos necesarios al regresar al trabajo<br />
después de un periodo de ausencia, o asistir a consultas médicas o examen físico requerido<br />
por la Empresa.<br />
27. Ingerir alimentos y/o bebidas en áreas restringidas o fuera del período de tomar alimentos.<br />
28. Fumar dentro de los predios restringidos por ley o en horas laborables.<br />
29. Colocar o remover anuncios o cualquier tipo de aviso o propaganda en los tablones de<br />
edicto sin la autorización previa de la gerencia o supervisor a cargo.<br />
30. Interferir con el trabajo que realizan otros empleados.<br />
31. Observar un patrón de conducta impropia o desordenada.<br />
32. Rehusar trabajar horas extras o fuera de los turnos de trabajo sin razón justificada.<br />
33. No cumplir con las instrucciones dadas relativas al período de tomar alimentos, o trabajar<br />
durante dicho período sin contar con la autorización previa del supervisor.<br />
34. Ser descortés o irrespetuoso con los empleados, clientes o cualquier persona relacionada<br />
con las operaciones de la Tienda o con quien pueda estar en contacto mientras se encuentre<br />
en gestiones de su trabajo o por motivos del mismo.<br />
35. Dormir, holgazanear en horas de trabajo, perder el tiempo o hacerlo perder a otros en horas<br />
de trabajo, incluyendo, pero no limitado a, utilizar el celular, leer revistas, periódicos o<br />
cualquier otro material impreso que no esté relacionado a su trabajo y dedicar su tiempo de<br />
trabajo a asuntos personales.<br />
36. Trabajar horas extras sin estar previamente autorizado por el supervisor.<br />
37. Prestar servicios dentro y fuera de horas laborables a clientes o suplidores de la Compañía<br />
para beneficio propio.<br />
38. Llevar en su vehículo a personas no autorizadas por la Compañía durante horas laborables.<br />
39. No ejecutar las tareas asignadas y relacionadas a su puesto, con eficiencia, responsabilidad y<br />
diligencia. Lo que incluye, pero no se limita a mantener el área limpia y ordenada, cuidar el<br />
equipo de trabajo, usar adecuadamente los ingredientes y materiales, cumplir con las metas<br />
y objetivos trazados.<br />
GRUPO II. Las violaciones a cualquiera de estas reglas podrán conllevar suspensión de empleo y<br />
sueldo por la primera ofensa y ante la segunda ofensa, despido.<br />
1. Insubordinarse, faltar el respeto, o negarse a realizar el trabajo asignado o realizarlo<br />
insatisfactoriamente, negligentemente, o tardíamente.<br />
19
2. Reportarse a trabajar o encontrarse, durante horas laborables, bajo la influencia de<br />
cualquier sustancia, incluyendo, peor ni limitado a licores embriagantes, drogas, o<br />
medicinas que pudiera afectar adversamente el desempeño del empleado, salud y seguridad<br />
de otros empleados, los clientes o servicios y productos de la Compañía.<br />
3. Dejar de informar cualquier enfermedad que esté padeciendo, incluyendo si es contagiosa<br />
en el área de empleo, que pueda afectar adversamente el desempeño de su trabajo o el de<br />
otros empleados.<br />
4. Desacreditar, hacer señalamientos o incurrir en una conducta que afecte adversamente los<br />
servicios que preste la Compañía, sus empleados, sus clientes o cualquier persona<br />
relacionada con las operaciones de la Compañía o con quien pueda estar en contacto<br />
mientras se encuentre en gestiones de trabajo o por motivos del mismo.<br />
5. Ponchar o cumplimentar el registro de asistencia de otro empleado o cualquier otro<br />
documento de la Compañía o permitir que otra persona cumplimente la suya.<br />
6. Incitar, sobornar, obligar o de alguna forma inducir a un empleado(a) a participar en la<br />
violación de las normas de conducta, políticas y procedimientos de la Empresa.<br />
7. Interceptar comunicaciones verbales o escritas de otros empleados, clientes o persona<br />
alguna relacionada con las operaciones de la Empresa o con quien pueda estar en contacto<br />
mientras se encuentre en gestiones de trabajo o por motivos del mismo.<br />
8. Grabar sin autorización, comunicaciones verbales o escrita de otros empleados, clientes o<br />
persona alguna relacionada con las operaciones de la Empresa o con quien pueda estar en<br />
contacto mientras se encuentre en gestiones de trabajo o por motivos del mismo.<br />
9. Dejar de entregar el recibo de compra con el IVU incluido a los clientes de la Tienda.<br />
10. Realizar descuentos no autorizados de bienes y/o servicios; no pagar el importe de bienes<br />
y/o servicios como, por ejemplo, alimentos. Es igualmente responsable y le aplica esta regla<br />
al empleado que no cobra como el que permite o solicita que no le cobren.<br />
11. Omitir información o realizar declaraciones falsas conforme a investigaciones realizadas<br />
por la Compañía.<br />
GRUPO III. Las violaciones a cualquiera de estas reglas podrán conllevar despido por la primera<br />
ofensa.<br />
1. Poseer, usar o tener bajo su control sin autorización, cualquier propiedad, equipo,<br />
herramienta o material de la Tienda, o de otros empleados, clientes o persona alguna<br />
relacionada con las operaciones de la tienda o con quien pueda estar en contacto mientras<br />
se encuentre en gestiones de su trabajo o por motivos del mismo.<br />
2. Amenazar, intimidar, coaccionar, herir o tratar de herir empleados, clientes, persona<br />
particular o cualquier persona relacionada con las operaciones de la Tienda o con quien<br />
20
pueda estar en contacto mientras se encuentre en gestiones de su trabajo o por motivos del<br />
mismo.<br />
3. Utilizar, con o sin intención, lenguaje o gestos obscenos, abusivos, o insultantes hacia<br />
empleados, clientes o cualquier persona relacionada con las operaciones de la Tienda o con<br />
quien pueda estar en contacto mientras se encuentre en gestiones de su trabajo o por<br />
motivos del mismo.<br />
4. Traer, poseer o tener bajo su control sin autorización cualquier objeto que no esté<br />
relacionado con su trabajo o por motivos del mismo, como explosivos, armas de fuego, u<br />
objetos prohibidos, cuchillos, bebidas alcohólicas, drogas, sustancias controladas o<br />
cualquier otro componente o sustancia que pudiera afectar adversamente el desempeño del<br />
empleado, la salud y seguridad de otros empleados, los clientes o los servicios y productos<br />
de la Tienda.<br />
5. Destruir, hacer daño o estropear, con o sin intención, cualquier propiedad o producto de la<br />
Tienda o de otros empleados, clientes o cualquier persona relacionada con las operaciones<br />
de la Tienda o con quien pueda estar en contacto mientras se encuentre en gestiones de su<br />
trabajo o por motivos del mismo.<br />
6. Alterar, falsificar, remover, fotocopiar, o utilizar, con o sin beneficio propio, cualquier<br />
registro, informe, formulario, solicitud, archivo o documento alguno de la compañía.<br />
Ejemplos de estas prácticas, sin que constituya limitación, son las siguientes:<br />
a. Certificados médicos de condiciones o situaciones inexistentes;<br />
b. Reclama de gastos no realizados o realizados por una suma menor o para<br />
asuntos personales;<br />
c. Reclamo de horas trabajadas en exceso del tiempo realmente no trabajado;<br />
d. Reclamo indebido de equipo o herramientas perdidas, rotas o abandonadas.<br />
7. Incitar a pelear a empleados, clientes, persona particular o cualquier persona relacionada<br />
con las operaciones de la Tienda o con quien pueda estar en contacto mientras se encuentre<br />
en gestiones de su trabajo o por motivos del mismo.<br />
8. Ser acusado o arrestado por actos ilegales.<br />
9. Obtener, divulgar y/o utilizar información confidencial de la Tienda, otros empleados,<br />
clientes o cualquier persona relacionada con las operaciones de la Tienda. Hacer<br />
declaraciones falsas y dañinas sobre la compañía, clientes u otros empleados.<br />
10. Ofrecer en la Solicitud de Empleo información falsa, tergiversada u omitir detalles<br />
relevantes y/o pertinentes durante el proceso de reclutamiento y/o empleo.<br />
21
11. Aceptar otros trabajos o trabajar por cuenta propia al estar disfrutando de una licencia de<br />
cualquier tipo, o dedicarse a actividades que puedan estar en conflicto con los propósitos de<br />
la licencia que esté disfrutando, o que puedan afectar la condición del empleado impidiendo<br />
su regreso al trabajo en la fecha convenida. De ser una actividad recomendada por un<br />
médico o psicólogo, la misma deberá ser certificada por éste y notificada por escrito a la<br />
Tienda antes del comienzo de la actividad.<br />
12. Abandono de trabajo por ausencias de tres días consecutivos sin notificar. Esto incluye<br />
ausencias sin autorización para asuntos personales y tomar licencias sin autorización por la<br />
compañía. Se incluyen además dentro de esta regla, aquellas ausencias que, aunque no sean<br />
voluntarias, como, por ejemplo, estar encarcelado o restringido de asistir a trabajar por<br />
orden de un tribunal o agencia administrativa, no se entienden como razones justificadas<br />
para ausentarse.<br />
13. Negligencia en la utilización de fondos de la Tienda o en la tramitación de documentos,<br />
recibos, compras o contratos o cualesquiera otros documentos.<br />
14. Conducir negligentemente o irresponsablemente ocasionando daños a la propiedad o<br />
personas. Si algún chofer incurre en daños a la propiedad o persona por conducir<br />
negligentemente, no siguiendo las leyes de tránsito será responsable de la totalidad de los<br />
hechos.<br />
15. Llevar a cabo actos que pongan en riesgo la vida de otras personas.<br />
16. Pedir, instruir, coaccionar o permitir que los empleados no-exentos trabajen alguna<br />
cantidad de tiempo sin recibir su salario.<br />
GRUPO IV: Las violaciones a cualquiera de estas reglas serán evaluadas de forma individual. La<br />
acción disciplinaria dependerá de la gravedad de los hechos.<br />
1. Hostigar sexualmente a otros empleados, clientes o cualquier persona relacionada con las<br />
operaciones de la Tienda o con quien pueda estar en contacto mientras se encuentre en<br />
gestiones de su trabajo o por motivos del mismo<br />
2. Realizar actos o expresiones discriminatorias por motivo de raza, sexo, orientación sexual,<br />
color, origen o condición social, nacionalidad, o cualquier expresión o acto en violación a las<br />
leyes que prohíben el discrimen en todas las formas<br />
3. Dejar de reportarse a su trabajo al terminar cualquier licencia.<br />
4. Descuadres de efectivo en la caja registradora.<br />
5. Descuadrarse en el cuadre gerencial.<br />
6. Uso inadecuado de correos electrónicos.<br />
De surgir otra falta no especificada en estas normas, la Compañía retiene su derecho de aplicar la<br />
sanción que estime pertinente de acuerdo a la gravedad y los hechos de cada caso.<br />
22
COLECTAS, RIFAS, VENTAS DE ARTÍCULOS Y DISTRIBUCIÓN DE LITERATURA<br />
Personas que sean empleados de Domino’s no podrán hacer colectas, ventas, ni distribuir<br />
literatura de ninguna índole dentro de nuestras facilidades con ningún propósito y en ningún<br />
momento. Nuestra Compañía reconoce que sus empleados puedan participar de eventos y<br />
organizaciones fuera del trabajo, sin embargo, no deben hacer colectas o ventas o distribuir<br />
literatura durante las horas de trabajo, en el lugar de trabajo, ni interrumpir las operaciones<br />
normales de negocios. Los empleados tampoco podrán utilizar el sistema de comunicación<br />
electrónica de la Compañía para hacer colectas o ventas o distribución de artículos o literatura.<br />
Algunos ejemplos de actividades que podrían violar esta política son:<br />
Recolectar dinero, objetos u obsequios para grupos religiosos, políticos o caritativos;<br />
Circular peticiones;<br />
Distribución de literatura que no sea de nuestro negocio y/o no aprobadas por la Compañía.<br />
Recolectar contribuciones para cuotas o membresías.<br />
VISITANTES EN EL LUGAR DE TRABAJO<br />
Sólo se permitirá la entrada de visitantes autorizados y/o escoltados en las facilidades de<br />
Domino’s. Por razones de seguridad y productividad se desalienta la visita de familiares y amigos<br />
al lugar de trabajo.<br />
Todos los visitantes deben entrar al área de recepción de la compañía, o tienda donde recibirán<br />
instrucciones o serán escoltados hasta su destino. Los empleados son responsables por la conducta<br />
y seguridad de sus visitantes en todo momento.<br />
Si un empleado ve personas no autorizadas dentro de nuestros predios debe notificarlo<br />
inmediatamente a su supervisor o conducir la persona al área de recepción.<br />
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD<br />
Para nuestra empresa es fundamental la protección de información confidencial y secretos de la<br />
organización. Esto incluye, pero no se limita a, los siguientes ejemplos:<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
Información financiera del negocio<br />
Listas de clientes<br />
Problemas y quejas de los clientes<br />
Memorandos internos y otra documentación interna, expedientes de personal incluyendo<br />
expedientes electrónicos y de procesamiento de datos<br />
Estrategias de mercadeo<br />
Proyectos y propuestas pendientes o pasadas<br />
23
Se les exige a todos los empleados firmar un Acuerdo de Confidencialidad como condición para<br />
obtener su empleo. Aquellos empleados que hagan uso impropio o revelen información comercial<br />
confidencial quedarán cesanteados de sus puestos y podrán estar sujetos a acciones legales de<br />
parte de la Compañía, aún en el caso de que no recibieran ningún beneficio de la información<br />
confidencial.<br />
Domino’s respeta la confidencialidad de la información personal de sus empleados. Sólo aquellos<br />
empleados autorizados y con fines estrictamente relacionados con el empleo, podrán tener acceso a<br />
los expedientes personales. Los empleados que tengan acceso a información personal de los<br />
empleados deberán ejercer unos criterios muy estrictos de confidencialidad en el manejo de la<br />
misma. Toda la información relacionada con compensaciones, bonos, o asuntos relacionados es<br />
altamente confidencial y no se debe discutir o intercambiar con otros empleados.<br />
NEPOTISMO Y RELACIONES INTERPERSONALES<br />
Domino’s permite que trabajen en la Compañía esposos, parejas, y cualquier persona que viva en el<br />
hogar del empleado. Sin embargo, no es permitido que los empleados que tengan este tipo de<br />
relaciones se supervisen uno al otro.<br />
De ocurrir una violación a esta norma, los empleados afectados tendrán que decidir cuál de los dos<br />
deberá ser reubicado en otro puesto o departamento. De no tomar una decisión dentro de treinta<br />
(30) días calendario, la Compañía tomará la decisión más razonable de mover a uno de ellos a un<br />
puesto comparable en responsabilidades y salario, o ambos empleados podrán ser cesanteados.<br />
Los empleados que no cumplan con el deber de denunciar una situación de esta naturaleza serán<br />
cesanteados.<br />
EMPLEO FUERA DE LA COMPAÑÍA<br />
Los empleados podrán tener otros trabajos fuera de la Compañía siempre y cuando no se afecte el<br />
desempeño de sus funciones en Domino’s. Sin embargo, se prohíbe todo empleo fuera de la<br />
Compañía que se entienda constituye un conflicto de intereses. Ningún empleado podrá ejercer,<br />
directa o indirectamente, como ejecutivo, agente, accionista del 5% o más, empleado, contratista<br />
independiente o asesor de ningún negocio de la misma industria que Domino’s.<br />
Si se determina que el trabajo fuera de la Compañía interfiere con el desempeño del empleado o su<br />
capacidad para llenar los requisitos de su puesto, se abordará el conflicto de ambos trabajos.<br />
Todo empleado que sospeche que pudiera surgir un conflicto de intereses por un trabajo fuera de<br />
nuestra Compañía, debe discutirlo inmediatamente con su supervisor, antes de que ocurra el<br />
conflicto.<br />
Ningún empleado podrá recibir ingreso o ganancia material directa de individuos fuera de<br />
Domino’s por materiales producidos o servicios prestados mientras realizaba sus funciones como<br />
empleado nuestro. Las decisiones finales de si actividades o acciones externas constituyen un<br />
potencial conflicto de intereses, serán tomadas por el Equipo Gerencial.<br />
24
CONFLICTOS DE INTERESES<br />
Todos los empleados están obligados a realizar sus funciones dentro de las normas que prohíben<br />
conflictos de intereses reales o potenciales. Esta política establece solamente unas guías generales<br />
cuyo propósito es orientar a los empleados para que busquen más información sobre los criterios<br />
aceptables de operación en nuestra Compañía.<br />
Algunos ejemplos de actividades inapropiadas que se pudieran percibir como un conflicto de<br />
intereses pueden ser: ofrecer ciertos arreglos a clientes, más allá de lo normal en gestiones de<br />
negocios; acuerdos con amigos o familiares que pudieran verse como injustos; o casos que<br />
involucren una ganancia personal por parte del empleado.<br />
Dada la naturaleza tan amplia de este asunto sensitivo, se recomienda enfáticamente que los<br />
empleados consulten con su supervisor sus opiniones o interpretaciones de todo posible conflicto<br />
de interés. Todo acto que lleve a violar esta política de conflicto de interés redundará en acciones<br />
disciplinarias, que hasta podrían incluir la terminación del empleo.<br />
ASISTENCIA<br />
La naturaleza del trabajo en Domino’s requiere que sus empleados cubran horarios extendidos si<br />
fuese necesario. Cada Tienda establece su horario regular de trabajo, de acuerdo con sus funciones<br />
y necesidades de cada una de ellas. Dentro de cada Tienda, los empleados en diferentes posiciones<br />
pudieran tener horarios distintos, según las necesidades del trabajo.<br />
Independientemente del horario asignado, cada empleado debe cumplirlo rigurosamente. Se<br />
tomarán acciones disciplinarias y correctivas con aquellos empleados que muestren un ausentismo<br />
o tardanzas excesivas, llegando incluso al despido. Dichas conductas afectan el trabajo de otros<br />
empleados y de la Compañía.<br />
Si un empleado tuviera una situación particular y excepcional de que no pueda llegar a tiempo a su<br />
trabajo, debe notificarlo con anticipación a su supervisor y llamar con por lo menos dos horas antes,<br />
del comienzo de su hora regular de empleo. La comunicación la hará el empleado directamente a su<br />
supervisor y no a través de un familiar a menos que medie una situación médica que no le permita<br />
hablar. El empleado no deberá dejar mensaje a través de correo electrónico, correo de voz, mensaje<br />
de texto, sino que se comunicará directamente con su superior.<br />
Es responsabilidad del gerente de tienda o supervisor velar por el cumplimiento de estas normas.<br />
Es responsabilidad del Área de Recursos Humanos orientar efectivamente a los empleados sobre<br />
las normas de asistencia, así como asegurar los récords de asistencia de cada empleado se<br />
mantengan correctamente.<br />
25
Definiciones:<br />
Ausencia<br />
La no comparecencia de un empleado a su trabajo por causas voluntarias y/o involuntarias durante<br />
toda o parte de su jornada laboral se define como una ausencia. Para los empleados que trabajan a<br />
tiempo parcial las ausencias serán equivalentes al número de horas asignadas en su horario.<br />
Ausencia personal planificada<br />
Ausencias por razón de asunto personal, de carácter necesario, prevista o conocida con<br />
anterioridad a la fecha de la misma, que tiene que ser atendido en horas de trabajo.<br />
Si el empleado sabe que tendrá que ausentarse de su trabajo en determinada fecha, por<br />
determinadas circunstancias, deberá notificarlo a su supervisor, por lo menos, con una (1) semana<br />
de anticipación o tan pronto advenga en conocimiento de tal necesidad. El empleado deberá<br />
mostrar la evidencia que se le requiera y deberá obtener autorización escrita para dicha ausencia.<br />
Ausencia personal por emergencia<br />
Ausencia por asunto personal, de carácter extraordinario e imprevisto.<br />
Si un empleado tiene que faltar a su trabajo debido a una emergencia, deberá comunicarse con su<br />
supervisor por teléfono o cualquier otro medio de comunicación para explicarle la razón de su<br />
ausencia y la fecha en que podrá reintegrarse a sus labores. Tal notificación deberá hacerse durante<br />
la primera hora del comienzo de su horario regular de empleo del mismo día de su ausencia, para<br />
programar su reemplazo si este fuera necesario. Si el empleado ha informado el día de su regreso al<br />
trabajo, no tendrá que llamar cada día que esté ausente. En caso contrario, es su deber comunicar la<br />
extensión de su ausencia.<br />
Ausencia por enfermedad<br />
Ausencia que surge como consecuencia de la enfermedad del empleado, situaciones médicas<br />
relacionadas al tratamiento y convalecencia de cónyuge legal, de sus padres si tienen su cuidado o<br />
tutela, hijos menores de 18 años, o hijos incapacitados a su cargo.<br />
Los empleados deberán realizar su mejor esfuerzo para que todas estas citas médicas se hagan<br />
fuera de horas de trabajo. Cuando esto no sea posible y dichas citas tengan que ser durante horas de<br />
trabajo, el empleado deberá notificar a su supervisor su ausencia por cita médica con una semana<br />
de anticipación a la misma.<br />
Salvo en casos de fuerza mayor, el empleado deberá notificar a su supervisor el hecho de su<br />
enfermedad, o de su familiar autorizado por lo menos dos horas antes del comienzo de sus labores<br />
del mismo día de su ausencia. Igualmente, una vez el empleado advenga en conocimiento de la<br />
fecha en que puede reincorporarse a su trabajo, deberá notificar la misma a la brevedad posible. De<br />
ser por más de dos días su ausencia por enfermedad, al reintegrarse a su trabajo, el empleado<br />
26
deberá presentar un certificado médico legible que incluya la fecha del examen, la firma y número<br />
de licencia, teléfono y dirección del médico, así como los días de reposo prescritos.<br />
Al regresar de la licencia por enfermedad, para poder comenzar en su trabajo, el empleado deberá<br />
obtener la autorización de su médico. Si regresa antes del día previamente indicado por el médico,<br />
deberá traer una certificación de su médico indicando que está apto para trabajar.<br />
El mal uso de la licencia por enfermedad o utilizarla para otras razones que no sean la enfermedad<br />
del propio empleado o familiares a su cargo, según sea el caso, será causa para la aplicación de<br />
acciones disciplinarias, incluyendo el despido.<br />
El disfrute de la licencia por enfermedad no excusa el cumplimiento de las reglas sobre asistencia,<br />
puntualidad, certificaciones médicas e informes periódicos sobre la continuación de la enfermedad.<br />
La licencia de enfermedad para uso con familiares requiere usted mantenga un balance de cinco<br />
días y podrá hacer uso del exceso de la misma hasta cinco días anualmente.<br />
Ausencia personal no autorizada<br />
Ausencia no notificada conforme a lo establecido en esta norma, que no cumple con la definición de<br />
ausencia personal planificada o de ausencia personal por emergencia o de ausencia por enfermedad<br />
y que no fue aprobada por la gerencia.<br />
Las ausencias no autorizadas no podrán cargarse a ningún tipo de licencia y conllevarán medidas<br />
disciplinarias de acuerdo a la severidad de la situación. Tres o más días de ausencias no autorizadas<br />
se podrán interpretar como abandono de trabajo y será razón para despido.<br />
Patrón de Ausencia<br />
Ausencias, ya sean antes o después de los días libres o feriados del empleado, antes o después de<br />
fines de semana largos, cada período de tiempo determinado o de alguna forma identificable, sin<br />
que las mismas necesariamente tengan que ser excesivas o sin autorización.<br />
La Compañía estará atenta a eventos repetitivos que se puedan anticipar o puedan ser probados<br />
por un tiempo específico que den lugar a interpretar que representa un patrón de ausencia. En<br />
estos casos se aplicarán las medidas disciplinarias razonables de acuerdo al efecto del patrón de<br />
ausencias. Otros ejemplos de estos casos son: ausencias lunes, viernes, en o antes de días libres o<br />
feriados, ausencias en turnos específicos, ausencias en días específicos, entre otros.<br />
No será un patrón de ausentismo una licencia establecida por ley (Fondo del Seguro del Estado,<br />
SINOT, Maternidad, ACAA, entre otros) y/o enfermedad prolongada y por días consecutivos que<br />
esté ampliamente documentada por certificados médicos e informes periódicos sobre la<br />
continuación de la enfermedad de manera convincente a la Compañía.<br />
27
PROCESO DE REVISIÓN DE ASISTENCIA<br />
La amonestación que corresponda, así como la acción a tomarse, se determinará a base del número<br />
de amonestaciones y ausencias anteriores que haya tenido el empleado.<br />
Los supervisores son los responsables de administrar estas normas bajo el asesoramiento del Área<br />
de Recursos Humanos y como tales deben analizar los informes de asistencia de cada uno de los<br />
empleados.<br />
Estas normas son aplicables a todo el personal de nuestra Compañía.<br />
Será necesario que el empleado llame directamente a su supervisor para notificar acerca de su<br />
ausencia, no está permitido que otras personas llamen a notificar acerca de la ausencia del<br />
empleado.<br />
Cualquier ausencia no notificada durante un período de tres días o más será considerada como<br />
abandono de empleo y se terminará al empleado inmediatamente.<br />
En el caso de que un empleado tenga una situación de carácter especial que no pueda ser atendida<br />
bajo las presentes normas, deberá comunicarse con su supervisor. El Supervisor y Recursos<br />
Humanos atenderán la situación y determinarán la acción a seguir.<br />
La Compañía se reserva la facultad de cotejar o verificar los certificados médicos que le sean<br />
sometidos y podrá referir al empleado para evaluación por un médico asignado por la Compañía.<br />
REGISTRO DE HORARIO<br />
Cada empleado no exento deberá registrar su asistencia cuando entra a trabajar, cuando sale a<br />
almorzar, cuando regresa de almorzar y cuando finaliza sus labores del día. Ningún empleado, o<br />
supervisor, registrará la asistencia de otro empleado en el sistema designado para ello. Esta acción<br />
se considera una falta grave para ambos empleados. Tampoco estarán autorizados a alterar la hora<br />
marcada en el sistema de registro de asistencia. Ambas situaciones se considerarán causa suficiente<br />
para el despido. En caso de interrupción del servicio o problema con el funcionamiento del método<br />
de registro, el empleado deberá llamar inmediatamente a su supervisor, donde se le indicará el<br />
proceso a seguir. Nuestra organización necesita el registro correcto de las horas trabajadas, horas<br />
de entradas y periodos de alimento a fin de procesar el pago de su nómina. El no tener los registros<br />
correctos podrán afectar el pago correcto de su semana de trabajo y atrasar el mismo.<br />
Los empleados que estén en gestiones oficiales fuera de su área de trabajo y le corresponda su<br />
periodo de alimento deberán detenerse y tomar su periodo de alimento. Si es necesario trabajar el<br />
período de alimento debe tener autorización de su superior. Igual para trabajar en exceso de ocho<br />
horas en un día de trabajo o 40 en una semana, o las horas adicionales trabajadas fuera de su<br />
horario designado, debe tener autorización de su superior.<br />
28
BENEFICIOS<br />
Domino’s les ofrece a sus empleados elegibles un paquete de excelentes beneficios. Proveemos<br />
seguro médico, de farmacia y dental. También están cobijados bajo varios programas, tales como<br />
Seguro Social, SINOT y Seguro por Desempleo, entre otros.<br />
La elegibilidad de los beneficios depende de varios factores, incluyendo la clasificación del puesto<br />
de cada empleado. El Supervisor o el Representante de Recursos Humanos puede identificar los<br />
programas para los que cada empleado es elegible y le informará al comenzar a laborar en la<br />
Compañía.<br />
En este Manual se incluye un resumen del plan de beneficios. Favor de mantener este resumen<br />
actualizado reemplazándolo con los cambios periódicos que se realicen. Para obtener copias del<br />
resumen del plan de beneficios y detalles adicionales, favor de comunicarse con el representante de<br />
Recursos Humanos.<br />
Estos beneficios se ofrecerán mientras la situación económica de la empresa lo permita.<br />
CATEGORÍAS DE EMPLEO<br />
Empleo Probatorio: Los empleados son contratados por un período probatorio de 90 días<br />
calendario con el propósito de evaluar su habilidad para realizar las tareas asignadas. El empleado<br />
o la Compañía pueden terminar este contrato de empleo en cualquier momento, con o sin justa<br />
causa, durante el período de 90 días. Si el período probatorio no se completa satisfactoriamente, se<br />
termina el empleo. Para tener un periodo probatorio de más de 90 días la autorización del<br />
Departamento del Trabajo es necesaria.<br />
Empleo Regular: Se llaman empleados regulares aquellos que completan satisfactoriamente el<br />
período probatorio.<br />
Cada puesto se clasifica como exento o no-exento, según las leyes estatales y federales que rigen<br />
los salarios y horarios de trabajo;<br />
Empleados No-Exentos: son empleados a los cuales les aplican las disposiciones de horas extras,<br />
de acuerdo con las leyes de Puerto Rico.<br />
Empleados Exentos: son empleados a los cuales no les aplican las disposiciones de horas extras y<br />
se les paga por salario fijo. Estos empleados trabajaran cada día todas las horas necesarias para<br />
lograr los resultados del negocio.<br />
LICENCIA POR VACACIONES<br />
Todos nuestros empleados tienen derecho a disfrutar de vacaciones según dispone la ley. Los<br />
empleados regulares no exentos, acumularán vacaciones de acuerdo a la Ley 180 del 27 de julio de<br />
1998, la cual dispone la acumulación de 1.25 días de vacaciones por cada mes (15 días al año) en<br />
que haya trabajado por lo menos 115 horas.<br />
29
Nuestros empleados comienzan a acumular vacaciones a partir de la aprobación del período<br />
probatorio de 90 días, sin embargo, todo empleado que apruebe dicho período acumulará<br />
vacaciones desde su ingreso. Al final de cada año se le remitirá a cada empleado un informe<br />
conteniendo las vacaciones que tenga acumuladas hasta ese momento. El disfrute de vacaciones<br />
comienza desde el momento en que el empleado cumpla un año en el trabajo con la Compañía. El<br />
empleado tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones de manera consecutiva o a fraccionarlas,<br />
mediante acuerdo previo con la Compañía, siempre que disfrute de por lo menos 5 días<br />
consecutivos en el año. Se podrá pagar en efectivo sin disfrute el exceso de 10 días siempre que sea<br />
aprobado por la gerencia. A solicitud escrita del empleado y mediante la aprobación del presidente,<br />
se podrá permitir la liquidación de la licencia por vacaciones acumuladas y en exceso de diez días.<br />
Mediante acuerdo entre la Empresa y el empleado, podrá acumularse hasta dos (2) años de licencia<br />
de vacaciones. En caso de los empleados exentos (Supervisores, Gerenciales, Directores), el balance<br />
de vacaciones que no se haya disfrutado en este término, será cancelado.<br />
Las vacaciones se concederán anualmente, de forma que no interrumpan el funcionamiento normal<br />
de la Compañía. Cada empleado someterá una solicitud de licencia por vacaciones a su supervisor<br />
con por lo menos dos (2) meses de anticipación a la fecha solicitada. El gerente realizará un estudio<br />
de acuerdo con las necesidades de la Compañía, haciendo todo lo posible para satisfacer la solicitud.<br />
Una vez se entienda que conforme a la fecha es posible otorgarle los días por vacaciones, el Gerente<br />
de Tienda procederá a enviarlas al Supervisor de Tiendas o personal designado para la firma y<br />
aprobación de las mismas. Todas las vacaciones deben ser tomadas dentro del año calendario en el<br />
que se acumularon. Pudieran existir necesidades laborales extraordinarias en las que se permita<br />
transferirlas al período siguiente. Esto se debe solicitar al supervisor por escrito, aprobarlo y será<br />
revisado por el departamento de Recursos Humanos. Las vacaciones no se acumulan durante<br />
períodos de licencia sin paga.<br />
Los empleados que terminen su empleo con Domino’s recibirán la liquidación de sus vacaciones<br />
prorrateada a base del número de días trabajados antes de la fecha de terminación, de acuerdo al<br />
salario devengado al momento en que se acumuló.<br />
El tiempo de vacaciones se acumula desde el primer día de trabajo proporcionalmente utilizando<br />
como base las horas trabajadas mensualmente de 115 días o más.<br />
DIAS FERIADOS<br />
Esta política es aplicable al personal Administrativo y Ejecutivo que cuente con un contrato de<br />
tiempo determinado o indeterminado. Es política de Domino’s que el personal disfrute y participe<br />
en las conmemoraciones de los días festivos y cumpla con determinadas obligaciones sociales y<br />
civiles. Si alguno de estos días se celebrara en el día domingo, no se otorgará libre día lunes.<br />
30
65
DESGLOSE DE DÍAS FESTIVOS ADMINISTRATIVOS<br />
El personal Administrativo y Ejecutivo disfrutará de los días de descanso obligatorio que a<br />
continuación se mencionan:<br />
1ro de enero (Año Nuevo)<br />
6 de enero (Día de Reyes)<br />
4 de julio (Día de la Independencia de EU)<br />
25 de julio (Día de la Constitución del ELA)<br />
25 de diciembre (Día de Navidad)<br />
La empresa otorgará, al personal Administrativo, como días de descanso adicionales los siguientes:<br />
Viernes Santo<br />
Día de la Recordación<br />
Día de Acción de Gracias<br />
Día del Trabajo<br />
Cumpleaños<br />
Día de las Elecciones en PR<br />
DESGLOSE DE DÍAS FESTIVOS PARA NUESTRAS TIENDAS<br />
La empresa otorgará como día de descanso adicional:<br />
Día de Acción de Gracias<br />
La empresa otorgará horarios especiales para los siguientes días:<br />
1ero de enero (Año Nuevo)<br />
24 de diciembre (Noche Buena)<br />
25 de diciembre (Día de Navidad)<br />
31 de diciembre (Despedida de Año)<br />
LICENCIA POR ENFERMEDAD<br />
Todos nuestros empleados tienen derecho a licencia por enfermedad según dispone la ley. Nuestros<br />
empleados comienzan a acumular licencia por enfermedad a partir del comienzo de empleo. Si el<br />
empleado no tuviese licencia por enfermedad acumulada, no recibirá paga por el total de ausencias<br />
por este concepto. La licencia de enfermedad se acumulará a partir de las horas trabajadas al mes.<br />
Empleados que trabajen 115 horas al mes acumularan un día de enfermedad (12 al año) estas se<br />
transfieren de un año a otro hasta un tope de 15 días.<br />
El disfrute de la licencia por enfermedad no excusa del cumplimiento con aquellas normas de<br />
conducta válidamente establecidas por la Empresa como lo son los de asistencia y puntualidad.<br />
31
Si un empleado se ausenta por más de dos (2) días consecutivos por enfermedad o lesión, deberá<br />
presentar un certificado médico que informe sobre su condición de salud y su incapacidad de<br />
trabajar. Este certificado debe ser en original, debe contener toda la información requerida en<br />
términos de dirección física, teléfono, nombre del médico, número de licencia, firma del médico,<br />
periodo durante el cual el empleado estará incapacitado para trabajar; no debe reflejar tachaduras,<br />
información sobre puesta, alteraciones en general. Se puede requerir un certificado médico para<br />
otras ausencias, también, y se le requiere presentar un certificado médico como evidencia para el<br />
pago de la licencia por enfermedad por más de dos días.<br />
El empleado no acumulará esta licencia cuando se encuentre cubierto por otras licencias, salvo<br />
cuando sean concurrentes tales como: FMLA, SINOT, FSE, ACCA, Licencia Militar entre otras.<br />
Será responsabilidad del empleado comunicarse con su supervisor con por lo menos dos (2) días de<br />
antelación a su regreso, para indicar su disponibilidad a la fecha esperada.<br />
El empleado que incumpla con estos requerimientos, luego de habérsele dado oportunidad<br />
razonable para subsanar cualquier deficiencia, estará expuesto a la administración de medidas<br />
disciplinarias de acuerdo a lo establecido por la Empresa.<br />
LICENCIA POR MATERNIDAD<br />
Las empleadas en estado de embarazo podrán disfrutar de una licencia o periodo de descanso de<br />
ocho (8) semanas con sueldo completo. Se disfrutarán cuatro (4) semanas antes del parto (licencia<br />
pre-natal) y cuatro (4) semanas luego del parto (licencia post-natal).<br />
Para asegurar el cumplimiento de las leyes vigentes, cuando una mujer se encuentre en estado de<br />
embarazo deberá presentar en la oficina de Recursos Humanos o persona designada un certificado<br />
médico, durante el primer trimestre de embarazo. Este certificado deberá indicar la fecha probable<br />
de parto. Si el médico así lo permite, por medio de un certificado donde se establezca que está en<br />
condiciones para trabajar, podrá continuar hasta una (1) semana antes de la fecha probable del<br />
alumbramiento, y extender el período de descanso hasta siete (7) semanas después del<br />
alumbramiento.<br />
La licencia de maternidad a sueldo completo de ocho semanas también está disponible para las<br />
empleadas que adopten un menor de cinco (5) años no inscrito en una institución escolar. La<br />
licencia en estos casos comienza a partir del momento en que el menor es colocado en el núcleo<br />
familiar.<br />
El descanso aquí dispuesto, y todos los derechos o beneficios provistos, serán aplicables a toda<br />
empleada que se encuentre trabajando o que se encuentre en disfrute de vacaciones regulares o<br />
licencia por enfermedad, así como en disfrute de cualquier otra licencia especial o descanso<br />
autorizado por ley, en que su vínculo como empleada de nuestra compañía continúe vigente.<br />
Para el pago de licencia por maternidad se tomará como base única el promedio de salario recibido<br />
durante los seis (6) meses anteriores al comienzo del período de descanso; o el salario devengado<br />
por la empleada al momento de comenzar el disfrute de la licencia, si no fuese posible aplicar dicho<br />
término de seis (6) meses.<br />
32
De producirse el alumbramiento antes de comenzar su descanso prenatal, la empleada podrá optar<br />
por extender el descanso post natal por un período de tiempo equivalente al que dejó de disfrutar<br />
durante el período prenatal.<br />
Para orientación sobre la licencia por maternidad, en casos específicos, se deberá comunicar con el<br />
supervisor inmediato. La solicitud de dicha licencia deberá ser tramitada a través del supervisor a<br />
la oficina de Recursos Humanos.<br />
LACTANCIA<br />
Esta licencia tiene una duración de doce meses desde la fecha en que la empleada regrese de su<br />
licencia de maternidad. Para esta licencia la madre puede usar hasta una hora diaria y puede<br />
dividir este tiempo en dos o tres periodos. La madre lactante deberá traer un certificado médico de<br />
que es madre lactante al regresar de su licencia de maternidad, al cuarto mes y al octavo mes para<br />
disfrutar de dicha licencia.<br />
LICENCIA POR PATERNIDAD<br />
Domino’s le otorgará al empleado una licencia por paternidad sin paga la cual comprenderá un<br />
periodo de cinco (5) días a partir de los siguientes eventos:<br />
1. Fecha del nacimiento del hijo o hija.<br />
2. El empleado que junto a su cónyuge adopte un menor de edad preescolar, entiéndase un<br />
menor de cinco (5) años o menos que no esté matriculado en una institución escolar. El<br />
periodo de cinco (5) días comenzará a contar a partir de la fecha en que se notifique el<br />
decreto judicial de la adopción y simultáneamente se reciba al menor en el núcleo familiar,<br />
lo cual debe acreditarse por escrito.<br />
El empleado deberá someter evidencia de estos eventos al Representante de Recursos Humanos de<br />
la compañía con por lo menos un mes de anticipación. De así el empleado solicitarlo, la Empresa<br />
aplicará la Licencia por Paternidad concurrentemente a la licencia por concepto de vacaciones<br />
(licencia con paga), de tener acumulado estos días.<br />
LICENCIA MEDICO/ FAMILIAR<br />
Domino’s reconoce que bajo ciertas circunstancias y eventos los empleados pueden necesitar<br />
ocasionalmente tiempo adicional para ausentarse al trabajo por circunstancias específicas. Para<br />
asistir al empleado durante ese periodo, la Empresa establece la Política y Procedimientos de<br />
Licencia Médico/Familiar según las especificaciones y requisitos que establece la Ley de Ausencia<br />
Médico Familiar (Family and Medical Leave Act de 1993 conocida por sus siglas en inglés como<br />
FMLA).<br />
Razones para solicitar la licencia:<br />
La condición seria de salud del empleado que le impida ejercer las funciones de su puesto.<br />
33
Definiciones:<br />
El nacimiento y cuido postnatal de un hijo del empleado.<br />
La adopción o custodia legal de un niño por el empleado.<br />
El cuidado de un familiar directo (cónyuge, hijo, padre, o madre) del empleado si estos<br />
padecen de una condición seria de salud.<br />
Empleados acogidos al Protocolo de Violencia Doméstica en el Lugar de Trabajo.<br />
Una exigencia que cualifique y que surja porque el cónyuge, hijo(a), padre o madre del<br />
empleado está en el servicio activo (o ha sido notificado de que será activado<br />
próximamente) en apoyo de una operación militar.<br />
Cuido de militar: Empleados elegibles cuyo cónyuge, hijo(a), padre o madre, sea un militar<br />
en servicio activo y se encuentra bajo tratamiento médico, recuperación, terapia, bajo<br />
tratamiento ambulatorio o en la lista de retiro de incapacidad temporera, debido a una<br />
lesión o enfermedad seria incurrida estando en servicio activo (en este caso se provee un<br />
total de 26 semanas de la licencia FMLA durante un sólo periodo de 12 meses).<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
Empleado Elegible – Un empleado que ha estado trabajando para la Empresa por al menos<br />
(12) doce meses, desde el momento en que se solicita la licencia, por al menos 1,250 horas<br />
de servicio con la Empresa durante el periodo establecido de (12) doce meses.<br />
Hijo o Hija – hijo biológico(a), adoptado, foster child, hijastro(a), o el hijo de una persona in<br />
loco parentis, el cual es menor de 18 años de edad o de 18 años o mayor que esté<br />
incapacitado para cuidarse debido a impedimentos físicos y/o mentales.<br />
Esposo(a) – esposo o esposa, según sea el caso.<br />
Servicio Activo – servicio que ocurre luego de una llamada u orden para el servicio activo,<br />
bajo las provisiones de ley.<br />
Operación Contingente – tiene el mismo significado provisto por la sección 101(a) (13) del<br />
Título 10, United States Code.<br />
Miembro de Servicio Cubierto – Miembro de las Fuerzas Armadas incluyendo un miembro<br />
de la Guardia Nacional o Reserva.<br />
Outpatient Status – es estatus de un miembro de las Fuerzas Armadas asignado a las<br />
facilidades de tratamiento médico militar como paciente externo (outpatient); o a una<br />
unidad establecida con el propósito de proveer servicios a os miembros de las Fuerzas<br />
Armadas recibiendo tratamiento médico como pacientes externos.<br />
Parentesco – el pariente de sangre más cercano al individuo.<br />
34
Condición seria de salud o lesión – en el caso de un miembro de las Fuerzas Armadas,<br />
incluyendo miembros de la Guardia Nacional o la Reserva, significa la enfermedad o lesión<br />
que haya sufrido un miembro en la línea de servicio en las Fuerzas Armadas que provoca la<br />
incapacidad de éste para llevar a cabo las funciones asignadas a su cargo, y/o rango.<br />
Exigencia que cualifique en casos militares:<br />
o Activación con poco aviso previo (7 días o menos)<br />
o Eventos militares y actividades relacionadas<br />
o Actividades de cuido de niños y de la escuela<br />
o Arreglos financieros y legales<br />
o Consejería<br />
o Descanso y recuperación<br />
o Actividades luego del regreso de servicio activo<br />
Condición seria de salud, aquella enfermedad, lesión incapacidad, y/o condición física o<br />
mental que:<br />
1. Requiera hospitalización, hospicio y/o cuidado médico en residencia o en la oficina médica,<br />
así como también continuidad de tratamiento por un proveedor de servicios de salud.<br />
2. Requiera tratamiento médico continuo y ocasione incapacidad de tres (3) días o más.<br />
3. Cualquier periodo de incapacidad por embarazo o para atención pre-natal.<br />
4. Sea de carácter crónico y requiera visitas periódicas al médico. Incapacidad permanente o<br />
de larga duración.<br />
5. Sea de carácter terminal o permanente y requiera supervisión médica continua, aunque no<br />
exista tratamiento efectivo.<br />
6. Requiera un régimen de tratamientos médicos que, de no seguirse, causaría una incapacidad<br />
de tres días o más. Las ausencias para cuidado o incapacidad prenatal también están<br />
incluidas. Ausencias para someterse a procedimientos cosméticos y voluntarios no<br />
cualifican.<br />
7. Todas las anteriores tienen que ser verificables mediante certificación médica.<br />
8. No incluye un régimen de tratamientos con medicinas sin receta, descanso en cama, tomar<br />
líquidos, ejercicios o actividades similares que pueden iniciarse sin visitar el médico.<br />
35
Reglas para el uso de la Licencia Médico Familiar para cuidar un militar:<br />
1. Si el empleado es elegible para las 26 semanas de licencia y 12 semanas de licencia en el<br />
mismo período de 12 meses, el total de la licencia no puede exceder de 26 semanas.<br />
2. Ambos cónyuges tienen derecho a un total de 26 semanas entre los dos cuando ambos<br />
trabajan para la Empresa.<br />
3. Se le requerirá al militar una certificación de que se encuentra en servicio activo.<br />
4. La certificación médica para una persona en servicio militar la proveerá el proveedor de<br />
salud militar.<br />
La Licencia Medico Familiar podrá tomarse de manera intermitente o por horario reducido de<br />
trabajo siempre y cuando se acredite la necesidad médica. Cuando la licencia sea para el cuido de un<br />
niño recién nacido o adoptado, la licencia será siempre de manera consecutiva y dentro de los doce<br />
meses siguientes al nacimiento o adopción del niño.<br />
Elegibilidad<br />
Es elegible a esta licencia todo empleado que haya trabajado en la Compañía durante al menos doce<br />
(12) meses y que, durante los doce meses anteriores a la licencia, haya rendido al menos 1,250<br />
horas de servicio. Las horas en licencia militar cuentan para el cómputo de los doce meses. Los<br />
empleados que no cumplan con los criterios anteriormente señalados no podrán beneficiarse de<br />
esta licencia.<br />
Procedimiento:<br />
El empleado deberá solicitar la licencia por escrito con treinta días de anticipación a la fecha de su<br />
comienzo. El empleado deberá cumplimentar la “Solicitud de Licencia Médico Familiar” y someterla<br />
al Departamento de Recursos Humanos, para su aprobación. En caso de emergencia el empleado<br />
quedará relevado del requisito de treinta (30) días, pero deberá someter la “Solicitud de Licencia<br />
Médico Familiar” al Departamento de Recursos Humanos lo antes posible y dentro de los próximos<br />
dos (2) siguientes a la situación familiar que motiva la ausencia y la solicitud.<br />
El empleado es responsable de suministrar junto con el documento “Solicitud de Licencia Médico<br />
Familiar” la certificación médica que indique el término que el empleado debe estar fuera de<br />
labores. El empleado tendrá quince (15) días calendario para traer la certificación médica. Copias<br />
del certificado de adopción será requerido si la ausencia se debe al proceso de adopción. La<br />
Empresa le proveerá al empleado los formatos correspondientes para que su proveedor de<br />
servicios de salud los cumplimente. Si estos documentos están incompletos la Organización, le<br />
solicitará al empleado la información adicional que se necesita para corregir la información. Se le<br />
proveerán al empleado 7 días calendarios para corregir dicha deficiencia. Si este periodo es<br />
insuficiente de acuerdo a cada caso la Empresa podrá otorgar mayor tiempo para este proceso. Si la<br />
deficiencia no es corregida por el empleado la Licencia Médico Familiar podría ser denegada.<br />
36
El empleado es responsable de proveer suficiente información para que la Empresa evalúe la<br />
necesidad de usar la Licencia Médico Familiar, cuándo o hasta cuándo. El empelado deberá<br />
consultar con su Supervisor inmediato cuando la licencia es para tratamiento médico o citas<br />
planificadas para no interrumpir innecesariamente las operaciones de la Organización. En aquellos<br />
casos en que la necesidad de la licencia sea una intermitente, el empleado deberá coordinar la<br />
utilización de la licencia con su Supervisor inmediato para no interrumpir las operaciones de la<br />
Organización.<br />
Durante los dos (2) días de haber presentado la “Solicitud de Licencia Médico Familiar” la Empresa<br />
responderá por escrito al empleado si es elegible o no para esta licencia, la necesidad de someter<br />
una certificación médica para acogerse a la misma y sus derechos y responsabilidades bajo la ley,<br />
entre otras.<br />
La Empresa también proveerá al empleado un formulario de “Certificación de Proveedor Médico<br />
para Empleado en condición seria de salud”, que deberá ser completado y sometido al<br />
Departamento de Recursos Humanos previo a la fecha del comienzo de la licencia. El inicio de la<br />
Licencia Médico Familiar no comenzará hasta tanto se someta la certificación dentro de los<br />
próximos 15 días de conocer la necesidad de la licencia.<br />
En caso de que un empleado se ausente a su trabajo sin haber cumplido con los requisitos antes<br />
mencionados podrá ser disciplinado conforme con las políticas, normas y reglas de conducta del<br />
Empresa.<br />
La Organización se reserva el derecho de solicitar una segunda y tercera opinión médica sobre<br />
cualquier condición de salud que entienda debe ser reevaluada. En casos de licencias de treinta (30)<br />
días o más o licencias intermitentes, la Empresa podrá solicitar re-certificaciones médicas. El<br />
empleado también deberá presentar una certificación para poder reintegrarse a sus labores si la<br />
licencia fue por razón de una condición de salud seria del empleado.<br />
Aplicación concurrente a otras licencias:<br />
La Empresa aplicará la Licencia Médico Familiar concurrente a otras licencias con paga acumuladas<br />
por el empleado de la siguiente manera:<br />
1. En caso de condición de salud seria del empleado, éste deberá agotar primero su licencia<br />
por enfermedad acumulada, de igual manera deberá utilizar sus vacaciones acumuladas<br />
hasta ese momento. Al balance de doce semanas de Licencia Médico Familiar se le restarán<br />
las licencias utilizadas por el empleado de las cuales ha devengado pago y el balance que<br />
reste de doce semanas se procesará sin paga.<br />
2. En caso de licencia para cuido de un hijo, cónyuge o padres del empleado, el empleado<br />
agotará la licencia por vacaciones acumulada y el balance restante, de doce semanas se<br />
procesará sin paga.<br />
3. Se aplicará este beneficio de forma concurrente con otras licencias con paga establecidas<br />
por ley, que cubren condiciones de salud seria del empleado y/o proveen licencias de<br />
nacimiento / adopción de un niño, tales como, pero sin limitarse a:<br />
37
a. Ley de Madres Obreras<br />
b. Ley de Compensación por Accidentes de Trabajo(FSE)<br />
c. Seguro por Incapacidad No Ocupacional (SINOT)<br />
d. Ley de Seguro Choferil<br />
Toda licencia con paga o compensación disfrutada por el empleado bajo las leyes antes<br />
mencionadas o por razón de su condición de salud seria o la de familiares elegible, se acreditará al<br />
beneficio de Licencia Médico Familiar y se le restará de su balance de doce (12) semanas al año que<br />
provee la Licencia Médico Familiar, de ser elegible a esta licencia.<br />
Durante el tiempo de Licencia Médico Familiar, el empleado continuará disfrutando de los<br />
beneficios del Plan Médico de la Empresa (de tener este beneficio), bajo las mismas condiciones que<br />
si estuviera trabajando. El empleado deberá continuar haciendo su respectiva aportación al Plan. En<br />
caso de que el empleado no regrese a trabajar luego de agotar su licencia, la Organización podrá<br />
exigir que el empleado devuelva aquella cantidad aportada por la Organización al Plan Médico<br />
durante el periodo de la Licencia, a menos que la razón por la que el empleado no regresó al empleo<br />
fuera por la condición seria de salud o por circunstancias fuera de control del empleado.<br />
Al concluir su Licencia Médico Familiar, el empleado cubierto por esta licencia, excepto aquellos<br />
designados como “empleados de alta compensación o claves”, serán reinstalados en su mismo<br />
puesto o uno equivalente con igual paga, antigüedad, beneficios y otros términos y condiciones de<br />
empleo. La Empresa determinará si el puesto es uno equivalente.<br />
En caso de “empleados de alta compensación o claves”, la empresa puede negarse a reincorporar al<br />
mismo de entender que el regreso a sus labores perjudicaría grave y sustancialmente<br />
económicamente la operación de la Organización.<br />
Si la fecha de su regreso al trabajo, el empleado no se reporta y continúa ausente por tres (3) días o<br />
más, se entenderá que ha renunciado a su empleo y se le dará terminación por abandono de<br />
empleo. Esta política entrará en vigor inmediatamente.<br />
LICENCIA TESTIGO EN CASOS CRIMINALES<br />
La Compañía reconoce la obligación legal de los empleados de servir como testigos en un caso<br />
criminal cuando es citado por un Tribunal. Cuando un empleado sea citado oficialmente deberá<br />
notificarlo de inmediato a su supervisor, o por lo menos con dos (2) días de anticipación al día en<br />
que haya sido citado y presentarle copia de las citaciones recibidas del Tribunal antes de cada<br />
ausencia. Mientras sirva como testigo en un caso criminal, o debidamente citado por un Fiscal y/o<br />
Tribunal, recibirá su salario básico por día de trabajo. Deberá presentarse a su trabajo aquellos días<br />
que no le requieran asistir al Tribunal y cuando las sesiones terminen temprano, de modo que<br />
pueda integrarse a su turno regular de trabajo en la Compañía. Una vez concluida la comparecencia,<br />
deberá requerir del Fiscal o Secretario Fiscal del Tribunal que expida una certificación en la que<br />
conste el tiempo que el empleado tuvo que dedicar a la comparecencia, indicando días y horas. Esta<br />
licencia cubre también el ser citado como testigo en caso de menores.<br />
38
LICENCIA JURADO<br />
Algunos empleados son seleccionados para servir como jurado en las cortes de justicia. Los<br />
empleados regulares a tiempo completo o de jornada parcial recibirán su salario por su horario<br />
básico de trabajo, por cada día de ausencia hasta un máximo de quince (15) días. Empleados<br />
exentos recibirán paga todo el tiempo que dure su comparecencia.<br />
Los empleados deben someter una copia del emplazamiento como jurado a su supervisor tan<br />
pronto lo reciban, de modo que se puedan hacer los arreglos pertinentes en su ausencia. Durante su<br />
ausencia debe llamar a su supervisor a diario para informarle de su estatus. Una vez sea relevado<br />
de la labor de jurado, debe retornar a sus labores en la Compañía y entregar a su supervisor<br />
evidencia de que ha sido relevado de estas funciones.<br />
El empleado deberá notificar a su supervisor inmediato si tiene algún trabajo que por su naturaleza<br />
debe hacerse durante su ausencia.<br />
Otras licencias judiciales<br />
Cuando un empleado sea citado por un tribunal para asistir a un juicio de asuntos personales<br />
deberá presentar evidencia de dicha citación. La organización permitirá la asistencia a dicha<br />
citación sin paga.<br />
LICENCIA FUNERAL<br />
Se concederá a todo empleado regular a tiempo completo una licencia de luto familiar con paga<br />
hasta un máximo de tres (3) días laborables consecutivos por motivo del fallecimiento de un<br />
familiar inmediato, como sus padres, suegros, hijos, cónyuge, hermanos o abuelos.<br />
El empleado podrá renunciar parcial o totalmente a este beneficio sin derecho a reclamar el mismo<br />
en una fecha posterior. El propósito de este beneficio es permitirle al empleado poder realizar las<br />
obligaciones familiares que conlleva una situación de esta naturaleza. Debe contactar su supervisor<br />
lo más pronto posible cuando surja la necesidad de utilizar esta licencia.<br />
LICENCIA MILITAR<br />
Domino’s cumple con todas las regulaciones estatales y federales concernientes al servicio militar.<br />
Si un empleado regular es miembro del servicio activo de las Fuerzas Armadas de los Estados<br />
Unidos tiene derecho a una licencia por servicio militar. Cuando sea notificado de que debe<br />
ausentarse de su empleo para prestar servicios en las Fuerzas Armadas o para someterse a un<br />
entrenamiento o examen físico con relación al servicio, deberá notificarlo inmediatamente a su<br />
supervisor, por escrito, mostrando copia de la orden militar; debe notificar por cuánto tiempo<br />
durará su ausencia. Debe avisarlo con la anticipación suficiente que permita a la Compañía tomar<br />
las previsiones necesarias para que no se afecten las operaciones de la misma. La Compañía le<br />
reservará su empleo y tendrá derecho a reinstalación una vez concluya el período de Servicio<br />
Militar, Reserva o Guardia Nacional, al igual que sus beneficios de antigüedad en el empleo,<br />
vacaciones, despidos, compensaciones, aumentos de sueldo, etc., según sea requerido por las leyes<br />
39
estatales y federales que apliquen. Esto aplicará siempre que el empleado se reporte a su empleo<br />
bajo las siguientes condiciones:<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
Haber sido licenciado honrosamente,<br />
Solicitar re-empleo bajo las siguientes condiciones.<br />
Servicio militar hasta treinta días - debe reportarse al próximo turno regular de trabajo<br />
programado.<br />
Servicio militar de treinta y uno a ciento ochenta días - debe someter una solicitud de<br />
reempleo, verbal o por escrito no más tarde de catorce días después de terminado el<br />
servicio militar.<br />
Servicio de más de ciento ochenta días - debe someter una solicitud de reempleo, verbal o<br />
por escrito no más tarde de noventa días después de terminado el servicio militar.<br />
Estar cualificado para desempeñar los deberes del puesto.<br />
La cubierta bajo los planes de seguro y otros beneficios cesarán durante este período. Al regresar<br />
podrá reanudar la participación en los planes de beneficio, como si nunca hubiera estado fuera.<br />
Con relación a la cubierta del plan de salud tendrá la opción de continuar el mismo hasta un<br />
máximo de cubierta de dieciocho (18) meses pagando el costo total de la cubierta o el día después<br />
para solicitar reempleo, lo que ocurra primero.<br />
Si pertenece a la Guardia Nacional la Compañía le otorga una licencia para cumplir con el<br />
campamento de práctica militar anual y ejercicios mensuales. La organización pagara la diferencia<br />
entre el sueldo que devenga en la organización y lo que recibe en el ejército si este fuera menor. Si<br />
tiene vacaciones regulares acumuladas, se le pueden otorgar durante ese período, si así lo solicita.<br />
Deberá acompañar la solicitud de licencia con copia de la notificación oficial para el servicio militar,<br />
de ésta constar por escrito.<br />
INCAPACIDAD POR ACCIDENTE DE AUTOMÓVIL (ACAA)<br />
En la eventualidad de que le ocurra un accidente de automóvil que le incapacite para trabajar,<br />
deberá notificarlo inmediatamente a su supervisor. Si la ausencia se prolonga por dos (2) días<br />
consecutivos, deberá presentar a su supervisor un certificado médico. Si como resultado del<br />
accidente se ve obligado a ausentarse del trabajo, podrá utilizar la licencia acumulada para<br />
propósitos de enfermedad y de esta forma recibirá su sueldo completo hasta que agote los días de<br />
licencia acumulados si lo desea o podrá solicitar los beneficios de ACCA. El accidente debe<br />
informarse al Cuartel de la Policía más cercano al sitio en que ocurrió el mismo. Las reclamaciones a<br />
la Administración de Compensación por Accidentes de Automóviles (ACAA) deberán ser hechas<br />
dentro de los quince (15) días de ocurrido el accidente. Si el accidente ocurre mientras conduce un<br />
vehículo propiedad de la Compañía, deberá comunicarlo a su supervisor inmediatamente.<br />
LICENCIA DEPORTIVA<br />
La Compañía proveerá una licencia deportiva sin sueldo a todo empleado deportista certificado por<br />
el Comité Olímpico de Puerto Rico que sea seleccionado para representar a la Isla en: Juegos<br />
Olímpicos, Juegos Panamericanos, Juegos Centroamericanos, Campeonatos Regionales o Mundiales.<br />
40
Para ser elegible a disfrutar de una licencia deportiva deberá presentar una certificación oficial<br />
expedida por el Comité Olímpico de Puerto Rico. Esta certificación debe indicar que va a<br />
representar a Puerto Rico en una de las competencias deportivas antes mencionadas y los hechos<br />
específicos de su participación en la competencia. Debe presentar dicha certificación a su<br />
supervisor por lo menos diez (10) días antes de comenzar la licencia.<br />
El término “deportista” incluye tanto a los atletas como a jueces, árbitros, delegados y cualquier<br />
otra persona certificada como deportista por el Comité Olímpico de Puerto Rico.<br />
Los deportistas de alto rendimiento seleccionados por el Comité Olímpico tendrán derecho a<br />
participar de esta licencia por un año y podrán extenderse por más tiempo. La Organización pagará<br />
los beneficios del empleado que tenían al momento de ser citados. El Comité Olímpico reembolsará<br />
a la Organización los beneficios pagados.<br />
LEY DE COMPENSACIÓN POR ACCIDENTES DEL TRABAJO (FONDO DEL SEGURO DEL<br />
ESTADO)<br />
Bajo esta ley quedan cubiertos todos los empleados que sufran un accidente en el trabajo o<br />
enfermedades ocupacionales y como resultado no puedan seguir desempeñando sus labores.<br />
Domino’s paga la totalidad de esta prima. Los empleados están en la obligación de informar<br />
inmediatamente a su supervisor cualquier accidente que ocurra durante horas laborables, sin<br />
importar la magnitud del mismo.<br />
La ley no requiere la paga de licencia por enfermedad cuando un empleado se reporte o esté<br />
acogido al Fondo del Seguro del Estado, ya sea en tratamiento mientras trabaja o en descanso. Los<br />
empleados reportados por el Fondo tienen derecho a una reserva de empleo de 360 días desde el<br />
primer día del accidente o enfermedad. Para la reinstalación de un empleado bajo el Fondo este<br />
tiene 15 días para solicitar su empleo luego de ser dado de alta, debe estar física y mentalmente<br />
capacitado para realizar las tareas de su puesto y el trabajo debe existir.<br />
LEY DE BENEFICIOS POR INCAPACIDAD NO OCUPACIONAL (SINOT)<br />
Domino’s provee a todos sus empleados un seguro de protección de ingresos por incapacidad<br />
debido a enfermedad, embarazo o accidente que no esté relacionado con el empleo ni sea de tipo<br />
automovilístico, conforme a la Ley 139 del 30 de junio de 1969, conocida como la Ley de<br />
Incapacidad No Ocupacional. Mientras el empleado reciba salarios del patrono, tales como licencia<br />
por enfermedad, vacaciones regulares, días feriados o pagos voluntarios, no tendrá derecho a<br />
recibir beneficios bajo la Ley 139. El empleado puede elegir agotar su licencia de enfermedad o<br />
solicitar el seguro de SINOT inmediatamente a la incapacidad. Esta licencia cubre de inmediato si<br />
media una hospitalización. De lo contrario, debe esperar siete días antes de solicitar la licencia. Los<br />
empleados bajo SINOT tienen una reserva de empleo de 365 días desde el comienzo de la<br />
incapacidad. Al regresar de su incapacidad tienen 15 días para solicitar su empleo desde que fuera<br />
dado de alta. Durante las primeras 26 semanas el empleado recibirá el 60% de su salario semanal.<br />
Para ser reinstalados el puesto debe existir y el empleado debe estar física y mentalmente<br />
capacitado para realizar su puesto.<br />
41
SEGURO CHOFERIL<br />
Este seguro cubre a todo empleado no gerencial que dedique más de un cincuenta por ciento (50%)<br />
de su tiempo oficial a viajar fuera de la oficina o en la Tienda. La Ley provee beneficios por<br />
enfermedad hasta un máximo de 365 días por incapacidad temporera, desde la misma fecha de la<br />
enfermedad y beneficios por incapacidad total permanente.<br />
Quedan excluidos de esta definición:<br />
<br />
Los administradores, ejecutivos y profesionales.<br />
El empleado tiene 30 días para reinstalarse a su puesto luego de ser dado de alta y debe estar física<br />
y mentalmente capacitado para realizar las funciones del puesto. El puesto debe existir al momento<br />
de ser solicitado por el empleado disfrutando su licencia choferil.<br />
SEGURO SOCIAL<br />
Todos nuestros empleados ingresan automáticamente en el Programa de Seguro Social Federal. La<br />
Compañía contribuye al Seguro Social una cantidad igual a la aportación del empleado.<br />
POLÍTICA PARA REGULAR EL USO DEL NÚMERO DE SEGURO SOCIAL Y MANEJO<br />
CONFIDENCIALIDAD DATOS<br />
Con el propósito de proteger la información de nuestros clientes, contratistas, solicitantes de<br />
servicios y empleados, reducir la probabilidad del robo de identidad y cumplir con los<br />
requerimientos de ley, hemos adoptado la siguiente política para limitar el uso, la publicación y<br />
divulgación de los números de seguro social y datos personales.<br />
El número de seguro social y los datos personales de nuestros clientes, contratistas, prospectos y<br />
empleados se considerará información confidencial-sensitiva y sólo se les dará acceso a aquellos<br />
empleados, agencias gubernamentales (locales y federales) y a otras instituciones que tengan un fin<br />
legítimo para acceder a esta información.<br />
Los empleados que como parte de sus funciones tengan que manejar documentos, expedientes y<br />
archivos (electrónicos o en papel) que contengan números de seguro social deberán tomar las<br />
debidas precauciones para no divulgar o exponer esta pieza de información al público o a terceros.<br />
Para ayudarles a cumplir con esta obligación nuestros empleados deberán observar estrictamente<br />
las siguientes guías:<br />
1. Todo documento o expediente que contenga números de seguro social y datos personales<br />
deberá mantenerse bajo llave, preferiblemente en un área de acceso restringido o<br />
controlado.<br />
2. Los archivos electrónicos que contengan números de seguro social deberán protegerse con<br />
mecanismos de seguridad de acceso. (Asignando diferentes niveles de seguridad y<br />
contraseñas a los usuarios autorizados).<br />
42
3. El contenido de todo documento o archivo electrónico que contenga números de seguro<br />
social y datos personales y que se remita a instituciones externas deberá protegerse<br />
mediante la criptografía.<br />
4. Expedientes o documentos de papel que contengan seguros sociales y datos personales que<br />
deben enviarse a otros departamentos, oficinas regionales o agencias o instituciones<br />
externas, deberán colocarse en sobres, cajas o paquetes cerrados, los cuales se marcarán<br />
con el sello de confidencial o se remitirán con atención a la persona autorizada a recibir y a<br />
manejar dichos documentos.<br />
5. Los empleados que tengan la obligación de trabajar con documentos que contengan<br />
números de seguro social deberán guardar los mismos en lugar seguro antes de abandonar<br />
sus escritorios para dirigirse a otras áreas de trabajo, disfrutar de los periodos de receso o<br />
almuerzo o cuando concluya la jornada de trabajo.<br />
6. Se prohíbe la publicación o divulgación de números de seguro social en tarjetas de<br />
identificación, verificaciones de empleado, documentos, listados e informes de circulación<br />
general, ni en directorios de personal. Tampoco se podrá mostrar o desplegar ese número<br />
en ningún lugar visible al público.<br />
7. Cuando un documento que contenga números de seguro social deba ser hecho público, para<br />
un fin que no requiera ese dato, el número de seguro social será editado de modo que sea<br />
parcial o totalmente ilegible. Por lo que cada departamento será responsable de identificar<br />
y revisar los documentos e informes que contengan números de seguro social con el<br />
propósito de modificarlos o rediseñarlos si la situación lo amerita.<br />
8. Al momento de descartar documentos que contengan números de seguro social, los mismos<br />
deberán ser triturados o depositados en las contenedoras para disposición de documentos<br />
confidenciales.<br />
9. Los empleados que tengan acceso a números de seguro social serán responsables del<br />
manejo adecuado de estos datos y solo podrán utilizar los mismos para propósitos<br />
relacionados con su trabajo. En caso de violaciones a esta política, se tomarán medidas<br />
disciplinarias contra los infractores.<br />
Todo empleado que tenga conocimiento de cualquier violación a esta política tendrá la<br />
obligación de notificarlo, verbalmente o por escrito, a su supervisor o al Área de Recursos<br />
Humanos.<br />
EXÁMENES MÉDICOS<br />
Como parte de nuestra política de asegurar la salud y seguridad de nuestros empleados, podríamos<br />
requerir que estos se sometan a exámenes médicos, físicos, sicológicos o de otra naturaleza, por un<br />
médico o profesional pagado por la Compañía. Para aclarar dudas con respecto a esto, los<br />
empleados deben acudir al Área de Recursos Humanos.<br />
43
ADIESTRAMIENTO Y DESARROLLO<br />
El adiestramiento y desarrollo de los empleados tiene el propósito de asegurarnos que nuestro<br />
personal tiene las destrezas y habilidades necesarias para responder a las necesidades de nuestros<br />
clientes, de nuestro negocio y que pueden ayudar a la Compañía alcanzar sus metas estratégicas.<br />
En el cumplimiento de estas metas, esta política se enfoca en:<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
Mayor rentabilidad<br />
Mejor manejo de los costos<br />
Aumento en la eficiencia<br />
Reducción de riesgos<br />
Algunas actividades que pueden ayudar a los empleados a satisfacer sus necesidades particulares<br />
de adiestramiento y desarrollo son:<br />
<br />
<br />
<br />
Adiestramiento formal: Cursos de adiestramiento (incluyendo cualificaciones profesionales<br />
identificadas por el empleado o su supervisor en conjunto con el Departamento de Recursos<br />
Humanos) y sesiones de conferencias internas.<br />
Adiestramiento informal: Adiestramiento en el empleo, intercambio de conocimientos con<br />
sus compañeros de trabajo, consejo y guía de sus supervisores. Puede seleccionar<br />
cualquiera de estos enfoques o una combinación de todos, pero siempre debe considerar los<br />
aspectos de costo y efectividad.<br />
El adiestramiento de los empleados se considera una inversión. Por tal razón se evaluará el<br />
adiestramiento de los empleados de acuerdo con los siguientes principios generales:<br />
a. Todos los empleados deben estar en continuo desarrollo para su satisfacción y el<br />
beneficio de la Compañía.<br />
b. Los individuos deben asumir responsabilidad por su desarrollo personal y profesional<br />
continuo a través de su carrera en Domino’s.<br />
c. La Compañía fomenta el estudio y el desarrollo personal y profesional que impacte<br />
positivamente a la Compañía.<br />
d. Los empleados deben comunicarse con el Representante de Recursos Humanos para<br />
actualizar la información de su desarrollo profesional y así incluirlo en su expediente de<br />
personal.<br />
44
PROCESO:<br />
<br />
<br />
Los individuos o sus supervisores deben identificar sus necesidades de desarrollo durante<br />
las reuniones de evaluación de desempeño y contactar el Área de Recursos Humanos y/o<br />
Área de Adiestramiento para que les ayude a identificar y contactar los recursos.<br />
Los individuos o sus supervisores en conjunto con el Área de Recursos Humanos y/o Área<br />
de Adiestramientos deben identificar las necesidades de desarrollo y seleccionar las<br />
estrategias para satisfacer las mismas. El personal de este departamento le puede ayudar a<br />
identificar, organizar y lograr las estrategias formales. Generalmente, el supervisor puede<br />
ayudar con las estrategias informales de desarrollo.<br />
COMPENSACION<br />
En Domino’s los empleados son remunerados de acuerdo con las guías de la compañía y la<br />
estructura de pago establecida para cada puesto. Ello de conformidad a las compensaciones y<br />
beneficios que se establecen en las leyes laborales aplicables en Puerto Rico.<br />
DÍA DE PAGO Y DEPÓSITO DIRECTO<br />
Los empleados recibirán su paga semanalmente. En la eventualidad de que un día de pago caiga en<br />
día feriado, el pago se hará el día laborable antes del feriado o un día después del día feriado<br />
dependiendo de la Institución Bancaria (esto aplica al servicio de depósito directo).<br />
Para su conveniencia, la Compañía ofrece a los empleados el servicio de depositar su salario<br />
directamente en su cuenta corriente o cuenta de ahorros, en el banco de su preferencia. Los fondos<br />
estarán disponibles para retiro a las 9:00 A.M. de cada día de pago. El empleado recibirá un<br />
talonario de pago. El depósito directo comenzará en su primer periodo de pago de nómina del<br />
empleado.<br />
Existen ciertas deducciones que debe conocer, ya que las mismas son establecidas por ley:<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
Contribuciones sobre Ingreso<br />
Seguro Social<br />
Seguro por Incapacidad No Ocupacional a Corto Plazo<br />
Seguro Choferil (si aplica)<br />
Usted también puede autorizar deducciones voluntarias, conforme lo permita la ley.<br />
45
POLÍTICA DE PAGA A LOS EMPLEADOS CLASIFICADOS COMO EJECUTIVOS<br />
ADMINISTRADORES Y PROFESIONALES<br />
Es la política de nuestra compañía el pagar a los empleados clasificados como ejecutivos,<br />
administradores y profesionales un salario fijo semanal de al menos $455.00. Los empleados<br />
exentos reciben este salario fijo por los resultados requeridos sin importar las horas que le tome el<br />
realizar las funciones asignadas. Esto no incluye bonos, comisiones o beneficios que establezca la<br />
Compañía.<br />
Concederemos a nuestros empleados exentos 15 días de vacaciones y 15 días de enfermedad al<br />
año. Estas acumulaciones se harán en forma mensual si se trabajan 115 horas.<br />
Aquellos empleados exentos con 14 años de servicio, se le concederán 18 días por concepto de días<br />
de vacaciones y 15 días de licencia por enfermedad. Acumulará un día adicional cada dos años más<br />
de servicio por concepto de días de vacaciones hasta llegar a un máximo de 20 días.<br />
No haremos descuentos a este salario por concepto de variaciones en la calidad o cantidad del<br />
trabajo que realiza, aunque los problemas de desempeño podrían ser causa para acción<br />
disciplinaria incluyendo despido.<br />
Se le pagará su salario totalmente en aquella semana en que el empleado realice algún trabajo si<br />
está en una ausencia autorizada y pagaremos sobre su acumulación de vacaciones y enfermedad<br />
según aplique. No recibirá paga por aquella semana en que no realice ningún trabajo o esté ausente.<br />
Tardanzas o ausencias de cuatro horas o más serán descontadas de su licencia de vacaciones.<br />
Ausencias personales de un día o más deberán ser planificadas con anticipación y podrán ser<br />
descontados de su licencia de vacaciones si lo desea o podrían ser descontados de su salario.<br />
Los días de enfermedad serán pagados contra la licencia de enfermedad establecida. Esperamos su<br />
pronta notificación cuando tenga que ausentarse por enfermedad para conseguir alguien que le<br />
sustituya y no se afecte el servicio a los clientes. Si agota su licencia de enfermedad y se ausenta un<br />
día completo le será descontado de su salario o de su licencia de vacaciones si la tuviera acumulada.<br />
Conforme a la Ley federal los otros descuentos que haremos a su salario serán:<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
La paga recibida por el tribunal cuando disfruta de su licencia de jurado y testigo en caso<br />
criminal, deberá presentar copia a la Empresa, la evidencia de lo pagado para poder<br />
procesar su paga.<br />
Descuentos por concepto de paga recibida mientras disfruta de la licencia militar.<br />
Descuentos de los días que disfruta de la licencia Médico Familiar debidamente aprobada.<br />
Descuentos de multas por violación a normas y reglamentos de la Empresa y de Reglas de<br />
Seguridad.<br />
46
Descuentos por concepto de suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.<br />
No se harán deducciones a su salario por razones ocasionadas por el Patrono o por los<br />
requerimientos operacionales del negocio.<br />
Si el empleado está disponible para trabajar y no hay trabajo no haremos deducciones, pero<br />
podríamos acreditar esos días a vacaciones o a licencia de enfermedad acumulada.<br />
Si usted encuentra que al recibir su paga se le ha hecho un descuento no permitido debe<br />
comunicarse inmediatamente con su Supervisor quien se comunicará con el Departamento de<br />
Nóminas y/o Recursos Humanos para investigar el error potencial.<br />
Si cometió un error el mismo será corregido en su próxima fecha de paga. Es nuestra política el<br />
pagar correctamente a nuestros empleados y tenemos la buena fe de cumplir con este compromiso<br />
ahora y en el futuro.<br />
Tomamos todas las medidas razonables para que sus empleados reciban sus pagos con exactitud y<br />
a tiempo. En la eventualidad de que hubiera un error en la cantidad del pago, sea de más o de<br />
menos, el empleado debe notificarlo a la nuestra organización inmediatamente para que se pueda<br />
corregir lo más pronto posible.<br />
PAGO DE GASTOS DE VIAJE<br />
Cuando un empleado le sea requerido por su supervisor trabajar a un lugar que no sea su lugar<br />
asignado de trabajo se le pagara el millaje conforme a las tablas del Departamento de<br />
Transportación y Obras Públicas. Si la persona recibe car allowance no tiene derecho a esta<br />
compensación. Deberá llenar la forma de gastos de viaje y ser autorizada por escrito por su<br />
supervisor.<br />
BONO DE NAVIDAD<br />
Para recibir el bono de Navidad es necesario que el empleado haya trabajado 700 horas o más<br />
durante los 12 meses comprendidos entre el primero (1) de octubre del año natural anterior hasta<br />
el treinta (30) de septiembre del año natural presente y que la Compañía haya generado ganancias.<br />
El bono se calcula a base del seis por ciento (6%) del salario, computado hasta un máximo de<br />
seiscientos dólares ($600.00). El bono de Navidad se entregará en o antes del día quince (15) del<br />
mes de diciembre.<br />
COMPENSACIÓN POR HORAS EXTRAS<br />
En nuestra Compañía nos esforzamos en mantener las horas extras en un mínimo. Sin embargo, la<br />
naturaleza de nuestro negocio puede requerir tiempo extra para cumplir con nuestros<br />
compromisos. Los supervisores podrán programar tiempo extra, de ser necesario. Se lo asignarán<br />
a algunos empleados para tareas específicas. Ningún empleado que cualifique para cobrar tiempo<br />
extra podrá hacerlo sin la aprobación previa de su supervisor.<br />
47
Domino’s se rige por las leyes laborales de Puerto Rico, en la que se establecen los parámetros del<br />
pago o compensación por horas extras trabajadas para los empleados no-exentos. Los empleados<br />
exentos trabajarán a base de un salario garantizado, independientemente de las horas trabajadas.<br />
Los empleados no-exentos podrán ser compensados por tiempo extra, a razón de tiempo y medio la<br />
compensación regular por hora.<br />
El que un empleado no-exento trabaje sin registrar sus horas en el sistema vigente de registro de<br />
horas, es una violación a la ley federal y a las políticas de la Compañía. Los empleados no pueden<br />
"donar" horas de trabajo a la empresa y ningún supervisor puede pedir, instruir, coaccionar o<br />
permitir que los empleados no-exentos trabajen ninguna cantidad de tiempo sin recibir su salario.<br />
Si un empleado tuviera conocimiento de una situación como ésta deberá reportarlo<br />
inmediatamente a la oficina de Recursos Humanos. El no cumplir con esta política puede conllevar<br />
acciones correctivas que, dependiendo de las circunstancias, pueden incluir el despido, tanto del<br />
empleado que no reporte las horas trabajadas, como del supervisor que lo permita o aliente. No se<br />
tomarán medidas adversas a ningún empleado que reporte esta violación de ley. Domino’s<br />
mantiene una política de cero tolerancia a represalias.<br />
COMUNICACIÓN<br />
FILOSOFÍA DE COMUNICACIÓN<br />
Domino’s está comprometida con un claro proceso de comunicación con cada empleado de forma<br />
individual. Creemos que cada persona tiene algo de valor qué decir y deseamos escucharlo.<br />
Nuestro compromiso a escuchar a los empleados es un compromiso de todos en la organización.<br />
EL SUPERVISOR<br />
El supervisor es la fuente principal de información y adiestramiento. Cada supervisor es<br />
responsable de mantener a sus empleados informados sobre todo lo que pueda afectar su trabajo y<br />
desempeño. Los empleados deben dialogar con sus supervisores cualquier problema o<br />
preocupación que afecte su desempeño y empleo. Nuestra filosofía y nuestras políticas alientan el<br />
trabajo en equipo entre empleados y supervisores, y la comunicación abierta y honesta entre todos.<br />
POLÍTICA DE PUERTAS ABIERTAS Y PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE PROBLEMAS<br />
En toda operación normal de negocios siempre pueden surgir problemas o discrepancias.<br />
Esperamos que los empleados puedan resolver estos asuntos de manera informal. Los empleados<br />
deben acudir a su supervisor, Representante de Recursos Humanos o un miembro del Equipo<br />
Gerencial para dialogar sobre cualquier asunto relacionado con el lugar de trabajo, condiciones de<br />
trabajo, compensaciones o beneficios. La Compañía hará todo lo posible para manejar<br />
apropiadamente los asuntos traídos a su consideración. Sin embargo, si el empleado entendiera que<br />
un asunto no fue manejado apropiadamente, o que sus preguntas no han sido contestadas, debe<br />
seguir el siguiente procedimiento:<br />
Primer paso: El empleado debe dialogar con su gerente lo más pronto posible, con relación al<br />
asunto no resuelto. Él tiene la responsabilidad con el empleado y con la Compañía, de resolver los<br />
problemas que se presenten. No obstante, pudiera desconocer el problema si el empleado no lo<br />
48
comunica. El empleado debe escribir un memo al gerente indicando cuáles son sus preocupaciones.<br />
Él evaluará cuidadosamente la situación y responderá por escrito dentro de los próximos cinco (5)<br />
días laborables.<br />
Segundo paso: Si el problema no se resolviera en el primer paso, el empleado debe someter por<br />
escrito su preocupación al Supervisor de Tienda, o Administrador. Este investigará el asunto y<br />
responderá por escrito dentro de un período de dos (2) semanas.<br />
Tercer paso: Si el problema no se resuelve en el segundo paso, el empleado puede someter su<br />
preocupación por escrito al Área de Recursos Humanos o persona designada dentro de los diez (10)<br />
días de haber recibido la respuesta de su Supervisor de Tienda o Administrador. Luego de<br />
investigar y buscar la información necesaria, se puede recurrir a un proceso de mediación. El<br />
Representante de Recursos Humanos o persona designada citará a una reunión entre el empleado<br />
y su supervisor u otra persona designada para discutir el asunto y llegar a unos acuerdos y<br />
compromisos.<br />
Cuarto paso: El Representante de Recursos Humanos o su designado hará unas Recomendaciones<br />
al Equipo Gerencial, y éste comunicará su decisión dentro de los próximos diez (10) días. La<br />
decisión del Equipo Gerencial es final y firme.<br />
Si un empleado no prosiguiera con su querella o asunto, siguiendo los pasos, y dentro del período<br />
de tiempo establecido o acordado, Domino’s entenderá que la decisión tomada fue aceptada y se<br />
retirará la querella o queja.<br />
Si la queja de un empleado se relaciona con una de las partes a las que se reporta en los pasos uno o<br />
dos (gerente y/o supervisor), el empleado podrá seguir con el próximo paso. Si la querella fuera<br />
contra el Equipo Gerencial, el Área de Recursos Humanos la procesará y la llevará por los canales de<br />
la Compañía.<br />
Los empleados podrán utilizar este procedimiento de solución de conflictos, libres de temor,<br />
limitaciones, interferencia, coerción, discriminación o represalias. Cualquier intento de interferir<br />
con la capacidad de un empleado a usar este procedimiento, ocasionará que el ofensor sea sometido<br />
a medidas disciplinarias, incluyendo el despido.<br />
SEGURIDAD Y BIENESTAR DEL EMPLEADO<br />
Programa de Salud y Seguridad<br />
Domino’s está comprometida con brindar a sus empleados un ambiente de trabajo seguro. Para<br />
cumplir con esto, es responsabilidad de la compañía proveerles un lugar de trabajo libre de riesgos<br />
reconocidos en contra de su salud y seguridad salvaguardando así nuestro recurso más importante;<br />
nuestros empleados.<br />
49
Sugerencias de Medidas de Seguridad:<br />
Para evitar cierto tipo de accidentes, les proveemos algunas recomendaciones, sin que estas se<br />
limiten a aquellas que cada empleado y los supervisores consideren pertinentes dentro de sus<br />
funciones:<br />
Para evitar caídas limpie derrames de líquidos o goteras una vez las observe. Utilice zapatos<br />
que no resbalen, y mantenga el área de trabajo organizada y libre de objetos innecesarios.<br />
Es importante que reporte a su supervisor cualquier situación que pueda ocasionar caídas o<br />
accidentes, para que éste tome las medidas necesarias.<br />
Cuando se trate de levantar algún objeto pesado, colóquese de frente y lo más cerca del<br />
mismo, haga balance y separe los pies un poco, póngase en cuclillas y mantenga su espalda<br />
lo más recta posible. Una vez agarre el objeto contraiga el abdomen y use sus piernas para<br />
volver a levantarse, manteniendo la espalda erguida. Es importante que no levante objetos<br />
por encima de la cabeza, no gire el cuerpo al levantar o descargar objetos y no pase por<br />
encima de ningún obstáculo para levantar la carga.<br />
Siempre utilice guantes para limpiar cualquier superficie. Al utilizar cualquier producto de<br />
limpieza asegúrese de seguir las instrucciones del fabricante o el proveedor.<br />
Los cuchillos de cocina y cuchillería representan un riesgo al dejarse en fregaderos y otros<br />
contenedores llenos de agua. Limpie los cuchillos del lado del desafilado, con la hoja<br />
orientada en dirección contraria a usted. Al trasportar cuchillos, apunte la hoja para abajo.<br />
Si un empleado tuviera alguna preocupación sobre seguridad, debe contactar a su supervisor<br />
inmediatamente.<br />
Todos los accidentes y lesiones relacionadas con el trabajo deben ser informados a un supervisor<br />
inmediatamente, de manera que se puedan tomar las acciones necesarias. Además, se realizará una<br />
investigación e informe para ayudar a prevenir futuros incidentes.<br />
Antes de reportarse a trabajar nuevamente, todo empleado que sufra una lesión dentro o fuera del<br />
trabajo debe presentar una certificación médica que le autorice a realizar las funciones esenciales<br />
de su puesto en la Compañía.<br />
PROGRAMA SOBRE NO FUMAR<br />
Domino’s Puerto Rico en su interés de proveer un ambiente de trabajo saludable y productivo, y en<br />
cumplimiento con la Ley 40 de 3 de agosto de 1993, según enmendada, prohíbe fumar dentro de<br />
sus establecimientos, oficinas, a la entrada de sus edificios y en cualquier lugar donde el humo del<br />
cigarrillo afecte o moleste a otras personas.<br />
De violar la Ley 40, el patrono se expone a la imposición de multas, por lo que se tomarán medidas<br />
disciplinarias contra aquellos empleados que no sigan las normas sobre fumar. Está prohibido<br />
fumar en horas laborables.<br />
50
POLÍTICA Y PROCEDIMIENTOS SOBRE MANEJO DE DINERO Y CAJAS REGISTRADORAS<br />
Para garantizar la seguridad de los miembros del equipo, Domino’s Puerto Rico ha establecido una<br />
política interna del manejo del dinero. Los miembros del equipo deben tomar las precauciones<br />
necesarias para evitar el riesgo de robos.<br />
Procedimiento:<br />
Los procedimientos que se enumeran a continuación deben seguirse en todo momento para ayudar<br />
a garantizar la seguridad de todos los empleados:<br />
A. Representante de Servicio al Cliente (CSR): El Representante de Servicio al Cliente será<br />
responsable de mantener no más de $150.00 para utilizarse equitativamente en las cajas<br />
registradoras de la tienda. Es decir, si la tienda tiene 2 cajas registradoras, cada caja tendrá<br />
$75.00 en cambio. Deberá depositar en el drop box o entregar a la persona a cargo todo<br />
billete mayor de $20.00.<br />
B. Choferes: Los choferes nunca deben cargar más de $20.00 al salir de la tienda y estos<br />
deberán hacer depósitos, ya sea a la persona a cargo o en su drop box (caja de depósito)<br />
después de cada entrega.<br />
C. Persona Gerencial: Es responsabilidad del gerente, asistente de gerente o personal a cargo<br />
preparar y realizar los depósitos al banco, los cuales no pueden exceder de $700.00 por<br />
cada depósito. Entiéndase que una vez el gerente, asistente o persona a cargo de la tienda<br />
vea que el dinero disponible se acerque o llegue a esa cantidad tiene que preparar y realizar<br />
el depósito inmediatamente. Acto seguido, el depósito se debe llevar al banco por lo menos<br />
con dos personas en vehículos separados. El incumplir con este procedimiento la persona<br />
responsable podrá exponerse a sanciones que pueden incluir suspensión de empleo y<br />
sueldo hasta despido según sea el caso.<br />
Manejo de la Caja Registradora:<br />
A. La persona asignada o autorizada para utilizar la caja registradora es responsable de cobrar<br />
adecuadamente de manera que las ventas cuadren con el dinero que se recibe diariamente.<br />
De existir algún descuadre la o las personas responsables de la caja registradora se exponen<br />
a sanciones. He aquí las mismas:<br />
51
Descuadre en<br />
caja (+/-)<br />
Amonestación<br />
escrita<br />
Suspensión de<br />
Empleo y Sueldo<br />
Despido<br />
$4.00 hasta $29.99 X X X<br />
$30.00 en adelante X X<br />
B. El supervisor debe asegurarse de que únicamente las personas autorizadas por él sean<br />
quienes tienen acceso a la caja y puedan manejar el dinero en la misma.<br />
C. Los descuentos serán autorizados por el gerente o asistente de la tienda, por lo que no<br />
puede otorgarse descuento alguno sin su previa aprobación.<br />
D. Al hacer el descuento, la persona que ingrese el mismo en la caja tiene que exponer los<br />
detalles del descuento, entiéndase la persona a quien se le da, la razón, y quien dio la<br />
autorización.<br />
E. Descuentos sustanciales sólo pueden ser autorizados por las Oficinas Centrales de Domino’s.<br />
F. Los empleados o supervisores que no cumplan con las reglas con relación a los descuentos<br />
se exponen a medidas disciplinarias que podrían conllevar desde advertencias escritas,<br />
suspensiones, o hasta despido según sea el caso.<br />
PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD PARA PERSONAL DE ENTREGA<br />
La seguridad es nuestra mayor prioridad en nuestras tiendas y no queremos que incidentes<br />
lamentables ocurran. Es por esto que hemos realizado un procedimiento de seguridad para<br />
prevenir robos. A continuación, los pasos a seguir:<br />
Todas las órdenes de entrega deben ser entregadas en direcciones de negocios o<br />
residenciales. NO se harán entregas fuera de nuestra área de entrega ni se encontrarán con<br />
clientes en lugares que no sea su residencia o su lugar de trabajo.<br />
Cuando tomen una orden asegúrense que le informen al cliente que se le llamará antes que<br />
el chofer salga de la tienda para realizar la entrega. Del cliente no contestar, la orden no será<br />
entregada a su destino.<br />
Los choferes deberán llamar de la tienda al cliente antes de realizar la entrega y deben<br />
asegurarse de saber exactamente donde se realizará la entrega. Pueden preguntar por<br />
52
información adicional tal como el color de la casa o el tipo de carro que se encuentra al<br />
frente de la misma. Si los clientes no contestan la llamada antes de realizar la entrega la<br />
orden no será entregada a su destino.<br />
Los choferes deberán depositar en su drop-box cada vez que realice una entrega. Deben<br />
asegurarse que solo lleven en su bolsillo un máximo de $20.00 de cambio. Los choferes no<br />
deben llevar encima propiedad personal mientras se encuentran realizando la entrega. Lo<br />
único que debe llevar encima es copia de su licencia de conducir y la del vehículo. Su dinero<br />
personal, propinas, joyería etc. deberán dejarse en la casa o en el drop-box.<br />
Una vez terminen su turno de trabajo, el drop-box debe quedarse abierto sin el candado. El<br />
candado se lo deberá llevar una vez termine su turno.<br />
Si se ven envueltos en un accidente y se sienten incómodos con la situación, vayan<br />
directamente a una estación de Policía para realizar la querella y llamen a la tienda para<br />
dejarle saber al gerente lo que está pasando.<br />
POSESIÓN DE ARMAS DE FUEGO<br />
En el interés de proveer un ambiente de trabajo seguro a todos los empleados, Domino’s prohíbe<br />
tener, poseer y/o portar armas de fuego dentro de los predios de la Compañía, durante horas<br />
laborables y durante actividades auspiciadas por la Compañía, excepto cuando el empleado haya<br />
sido debidamente autorizado con las respectivas licencias provistas por las autoridades del<br />
gobierno pertinentes y portar el arma sea necesario para cumplir con sus funciones y<br />
responsabilidades en la Compañía y esté aprobado por la gerencia de la Compañía.<br />
Está prohibido el tener o guardar en vehículos particulares que se encuentren en los predios de<br />
Domino’s, cualquier tipo de armas, bien sea, armas de fuego o armas blancas. Esto aplica a todos<br />
los empleados, aun cuando tengan permiso por parte del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para<br />
así portarlas.<br />
Se podrá autorizar la posesión de armas de fuego dentro de los predios de la Compañía y durante<br />
horas laborables sólo para aquellos individuos que necesiten portar armas de fuego dentro del<br />
curso normal de sus funciones y responsabilidades delegadas por la propia Compañía. Esta<br />
autorización deberá formalizarse por escrito y tendrá que llevarse consigo en todo momento<br />
durante horas laborables y mientras permanezca en los predios de la Compañía portando el arma.<br />
Bajo ninguna circunstancia, excepto cuando sea aprobado por la gerencia de la Compañía, ningún<br />
empleado podrá utilizar su empleo en Domino’s como una excusa o justificación para poseer o<br />
portar armas de fuego cuando estén llenando solicitudes para obtener licencias o renovar licencias<br />
estatales. Bajo ninguna circunstancia la gerencia de la Compañía y/o empleados, excepto cuando<br />
sea aprobado oficialmente, se recomendará o endosará (verbalmente o por escrito) la posesión o<br />
portación de armas de fuego a otros empleados cuyas funciones no están relacionadas con la<br />
seguridad de la Compañía, utilizando su empleo en la Compañía como excusa o justificación. El<br />
poseer una licencia estatal o una autorización para la portación y/o posesión de armas de fuego, no<br />
justifica legalmente la portación y/o posesión dentro de los predios de la Compañía durante las<br />
horas de servicio de la Compañía.<br />
53
REGISTROS EN EL EMPLEO<br />
La Compañía podrá, en cualquier momento, sin notificación previa, con o sin la presencia de los<br />
empleados, conducir registros al azar de las oficinas, lockers, escritorios, archivos, clóset y<br />
cualquiera otra propiedad de la Compañía asignada a los empleados.<br />
Será causa suficiente para tomar acción disciplinaria el que un empleado rehúse someter a<br />
inspección cualquier artículo que tenga dentro de los predios de la Compañía. También será causa<br />
suficiente para tomar acción disciplinaria cualquier empleado que interfiera, restrinja o en algún<br />
modo obstruya el registro por parte del personal de la Compañía.<br />
PLANES DE CONTINGENCIA Y CIERRES DE EMERGENCIA<br />
La Compañía tiene establecidos unos Planes de Contingencia para situaciones de emergencia, tales<br />
como: incendio, huracán, terremoto y amenaza de bomba. El objetivo principal de estos Planes es<br />
obtener la protección máxima contra daños físicos a los empleados y salvaguardar los documentos<br />
y equipo de mayor importancia. Los mismos han sido diseñados con el propósito de instruir y<br />
familiarizar a los empleados con el procedimiento a seguir en caso de suscitarse alguna de dichas<br />
emergencias.<br />
La gerencia de Domino’s reunirá al personal bajo su supervisión, una vez al año, todos los años,<br />
para estudiar los Planes de Contingencia y aclarar las dudas que puedan existir al respecto.<br />
Aunque se hará siempre todo lo que esté al alcance para mantener abiertas las operaciones, en<br />
casos extremos, estas situaciones pueden provocar el cierre de las oficinas y facilidades de la<br />
Compañía.<br />
Los empleados que no se puedan reportar a trabajar debido a las condiciones de emergencia, deben<br />
llamar por teléfono antes del comienzo de su turno de trabajo. Estos empleados pueden solicitar<br />
que ese día que se ausentó se les cargue a las vacaciones acumuladas. No se pagará el día a aquellos<br />
empleados que no tengan los días de vacaciones acumulados.<br />
Si una situación de emergencia ocurriera en las facilidades fuera del horario regular de trabajo, los<br />
empleados deben hacer todo lo posible por comunicarse con su supervisor antes de salir para el<br />
trabajo. La Compañía pudiera informar a los empleados un número de teléfono al que llamar en<br />
caso de que estas emergencias ocurran.<br />
POLÍTICA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDAD EN EL EMPLEO<br />
Nuestra política en Domino’s es, y siempre ha sido, reconocerles a todos nuestros empleados y<br />
candidatos igual oportunidad en el empleo.<br />
Estamos firmemente comprometidos con el cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidad de<br />
Empleo, la cual garantiza el derecho de todo individuo a trabajar y progresar en su trabajo<br />
basándose en sus méritos y habilidades, sin consideración de su raza o color, obesidad mórbida,<br />
credo religioso, origen nacional, edad, sexo, identidad sexual, género, preferencia sexual, afiliación<br />
política, impedimentos físicos o mentales y su condición u origen social, su estatus de militar o<br />
54
veterano, o estatus civil, orientación sexual, o ser víctima o ser percibido como víctima de violencia<br />
doméstica, agresión sexual o acecho, o cualquier otra razón prohibida por ley.<br />
Todos los candidatos a empleo, así como nuestros empleados, se considerarán y evaluarán<br />
objetivamente a base de sus méritos, cualificaciones y de las necesidades de la Compañía. Esto<br />
incluye, tanto el reclutamiento y ubicación, como ascensos, descensos, traslados, suspensión o<br />
terminación de empleo, re-empleo, adiestramientos, oportunidades de educación, programas<br />
sociales o recreativos, en la compensación y beneficios u otra consideración común a todos los<br />
empleados.<br />
El establecimiento y aplicación de una política de igualdad de oportunidades en el empleo ha sido<br />
un factor muy importante en Domino’s. Nuestro compromiso de continuar ofreciendo igualdad de<br />
oportunidad en el empleo será de beneficio para todos nuestros empleados.<br />
Es política de la empresa el cumplir con las leyes federales y estatales, así como las órdenes<br />
ejecutivas relacionadas a acción afirmativa en el empleo.<br />
POLÍTICA DE HOSTIGAMIENTO<br />
Es la política de Domino’s, en cumplimiento con las leyes aplicables, ofrecer igualdad de<br />
oportunidades en el empleo y no discriminar por razón de edad, sexo, color, credo religioso, raza,<br />
estatus civil, origen social o nacional, afiliación política, impedimentos físicos o mentales, estatus de<br />
veterano, ser víctima o ser percibido como víctima de violencia doméstica, agresión sexual o<br />
acecho, preferencia sexual o género o cualquier otra razón prohibida por ley. Como parte de esta<br />
política, el hostigamiento sexual está estrictamente prohibido. Además, está prohibido tomar<br />
cualquier tipo de represalias contra empleados que hayan presentado querellas de hostigamiento<br />
sexual, o que hayan colaborado en la investigación de una queja de hostigamiento sexual.<br />
Domino’s no tolerará el hostigamiento de empleados por terceros, gerentes, supervisores, o<br />
compañeros de trabajo. Los empleados tienen la responsabilidad de mantener un nivel aceptable de<br />
comportamiento personal y profesional. Se espera que los empleados realicen su trabajo de manera<br />
formal, seria y libre de cualquier acción que se pueda interpretar como hostigamiento sexual o de<br />
otro tipo.<br />
Domino’s reafirma su compromiso de brindarle igualdad de oportunidades en el empleo y un<br />
ambiente de trabajo libre de hostigamiento sexual.<br />
Definiciones:<br />
Discrimen en el empleo: Segregar o clasificar los empleados de manera que se les prive de<br />
mejores oportunidades o condiciones de empleo; tales como aumentos de salario, ascensos,<br />
adiestramientos, etc. por razón de edad, sexo, color, credo religioso, raza, estatus civil, origen<br />
social o nacional, afiliación política, impedimentos físicos o mentales, estatus de veterano, ser<br />
víctima o ser percibido como víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho, preferencia<br />
sexual o género o cualquier otra razón prohibida por ley.<br />
55
Hostigamiento sexual o discriminatorio: Cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado,<br />
requerimiento de favores sexuales y cualquier otra conducta verbal, física o visual de naturaleza<br />
sexual o que sea reproducida utilizando cualquier medio de comunicación cuando se da una o más<br />
de las siguientes circunstancias;<br />
<br />
<br />
<br />
La sumisión a dicha conducta está explícita o implícitamente relacionada con los términos o<br />
condiciones de empleo; o<br />
La sumisión o rechazo de dicha conducta es usada como base para tomar una decisión de<br />
empleo que afecte a la persona que rechace o se someta a dicha conducta; o<br />
Dicha conducta tiene el propósito o efecto de interferir irracionalmente con el desempeño o<br />
ejecución del trabajo requerido, o creando, por medio de la intimidación, un ambiente de<br />
trabajo hostil y ofensivo.<br />
La Ley estipula que existen dos tipos de hostigamiento sexual:<br />
1. QUID PRO QUO – el que envuelve favores sexuales como una condición o requisito para<br />
obtener beneficios del empleo.<br />
2. AMBIENTE HOSTIL – hostigamiento que, aunque no tenga un impacto económico ocasione<br />
un ambiente hostil u ofensivo en el trabajo.<br />
El hostigamiento sexual o discriminatorio puede incluir acciones tales como:<br />
Avances o proposiciones sexuales indeseadas; bromas, chistes o comentarios relacionados con<br />
sexo; flirteo sexual ofensivo repetido; miradas lascivas; hacer gestos sexuales; hacer o usar<br />
comentarios de índole sexual, epítetos o calumnias degradantes; abuso verbal de naturaleza sexual;<br />
comentarios verbales gráficos sobre el cuerpo de una persona; usar palabras sexualmente<br />
degradantes para describir a una persona; cartas, notas o invitaciones sugestivas u obscenas;<br />
contacto físico como tocar, agredir, o impedir o bloquear el movimiento; o exhibición no solicitada<br />
de objetos, carteles, láminas, historietas o dibujos de naturaleza sexual. Estas conductas incluyen las<br />
que ocurren a través de los sistemas electrónicos tales como teléfono, mensaje de texto, mensaje de<br />
voz, internet, correo electrónico, redes sociales, etc.<br />
El hostigamiento sexual puede originarse de las siguientes personas:<br />
Supervisor (no necesariamente que supervise al hostigado).<br />
Empleados que se encuentren en igual jerarquía que la persona hostigada.<br />
De un supervisado a un Supervisor.<br />
De parte de un contratista o visitante.<br />
SEAN ESTOS DEL SEXO OPUESTO O IGUAL AL QUE TENGA LA PERSONA AFECTADA.<br />
56
Relaciones íntimas consensuales<br />
La Empresa no patrocina las relaciones románticas, íntimas y/o sexuales entre la gerencia u<br />
otros niveles de supervisión y los empleados de su equipo de trabajo (el empleado que<br />
reporta directa o indirectamente a esta persona), debido a que este tipo de relación tiende a<br />
crear conflictos de interés o la apariencia de conflictos. En adición, este tipo de relación<br />
puede sugerir o percibirse como una de favoritismo que afectan las decisiones de empleo o<br />
de un supervisor. La atmósfera que se crea de favoritismo, intimidación, coerción mina el<br />
respeto mutuo el cual es esencial para un ambiente de trabajo saludable. Si existiese una<br />
relación como ésta, ambas partes deben estar conscientes de que uno o ambos pueden ser<br />
transferidos a otras Tiendas u otras acciones pueden ser aplicadas, incluyendo separación<br />
de empleo.<br />
Cuando existe una querella por concepto de hostigamiento por parte del empleado<br />
subordinado durante o posterior a esta relación, y el supervisor reclama que relación fue<br />
consentida por el empleado, la responsabilidad recae sobre el supervisor de probar que la<br />
relación fue una voluntaria.<br />
Si cualquier empleado sostiene una relación consensual romántica o de naturaleza sexual<br />
con un miembro de su equipo de trabajo (un empleado que reporta directamente o<br />
indirectamente a él o ella), o si una de las partes tiene la capacidad de supervisión en la<br />
misma unidad de trabajo donde la otra persona trabaja, debe de notificar de inmediato a la<br />
Gerencia. Este es un requerimiento mandatorio. No hacerlo, pudiera conllevar medidas<br />
disciplinarias, incluyendo el despido.<br />
Una vez la Gerencia toma conocimiento sobre la situación, analizará la misma y se<br />
determinará la acción a tomar. Si se determina que una de las partes debe de ser<br />
transferida, y existen labores en otra unidad de trabajo disponible, la pareja deberá decidir<br />
quién será transferido. Si la pareja no tomara una decisión al respecto, se decidirá por la<br />
Empresa, la decisión estará basada en aquello que afecte lo menos posible la Empresa.<br />
SERÁ LA RESPONSABILIDAD DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS:<br />
1. Recibir las quejas, preguntas o preocupaciones con respecto a asuntos de<br />
hostigamiento sexual o de otra naturaleza discriminatoria, directamente de los<br />
empleados o supervisores.<br />
2. Realizar una investigación completa, oportuna y objetiva de cualquier situación de<br />
hostigamiento.<br />
3. Facilitar soluciones a situaciones específicas.<br />
4. Documentar los resultados de la investigación.<br />
5. Tomar acciones disciplinarias correspondientes a la gravedad de la ofensa.<br />
57
6. Hacer los arreglos para realizar adiestramientos a los empleados en los que se les<br />
informe la política de hostigamiento de la compañía y asuntos relacionados.<br />
REPRESALIAS<br />
Las leyes estatales y federales prohíben las represalias contra los individuos que informen o<br />
divulguen conducta de hostigamiento o proporcionen la información con respecto a cualquier<br />
queja. No se podrá tomar represalias de ninguna índole, penalizar con pérdida de beneficios ni de<br />
otra forma perjudicar empleados por:<br />
Llevar una reclamación bona fide de discrimen u hostigamiento;<br />
Ser testigo en el caso de investigación de una querella de este tipo; o<br />
Servir en calidad de investigador.<br />
Domino’s no tolerará ningún tipo de represalias hacia un empleado. Tomar o intentar tomar<br />
represalias es una violación a esta política y cualquiera que lleve a cabo esta conducta, estará sujeto<br />
a medidas disciplinarias que pudieran incluir la terminación de empleo.<br />
PROCEDIMIENTO AL RECIBIR LA QUERELLA<br />
El siguiente procedimiento será seguido en orden de trabajar con una querella de hostigamiento,<br />
discrimen o represalia:<br />
1. La persona que se sienta hostigada, discriminada o en represalia debe documentar la<br />
situación por escrito y firmar el documento en la Oficina de Recursos Humanos o persona<br />
designada. No se tomará ninguna acción formal contra ninguna persona bajo esta Política a<br />
menos que exista el documento escrito y firmado con la suficiente información y detalles<br />
que permitan al Representante de Recursos Humanos determinar si la política ha sido<br />
violentada. Si un empleado, supervisor o gerente se percata de que un acto de<br />
hostigamiento o discrimen está tomando lugar, ya sea por observación personal o como<br />
resultado de una confidencia, debe reportar el evento de inmediato a la Oficina de Recursos<br />
Humanos.<br />
2. Una vez recibida la querella, o ser notificado por un empleado, supervisor o gerente que la<br />
violación a esta política está ocurriendo, el Representante de Recursos Humanos o persona<br />
designada se comunicará con el Subfranquiciado y/o el representante legal de su<br />
Organización.<br />
3. Dentro de un término razonable, una vez recibida la querella en Recursos Humanos se<br />
investigará la misma discretamente y mantendrá la confidencialidad de la misma al mayor<br />
grado posible. Sin embargo, este tipo de investigación generalmente requiere revelar<br />
información delicada necesaria para poder dar curso a la querella.<br />
4. De determinarse que el acto de hostigamiento o discrimen en violación a esta política fue<br />
llevado a cabo, el departamento de Recursos Humanos o persona designada, recomendará<br />
58
la acción disciplinaria correspondiente. La acción disciplinaria correspondiente dependerá<br />
de los siguientes factores:<br />
a. La severidad, frecuencia y lo malicioso de la conducta;<br />
b. Querellas previas contra la persona que se realiza la actual;<br />
c. Evidencia obtenida en la investigación. Ninguno de estos criterios es exclusivo, ni<br />
más importante que los otros, sino que se considerará la totalidad de los mismos.<br />
5. Si la investigación determina que no ha existido tal violación, pero alguna situación<br />
potencial es revelada, se tomarán aquellas medidas que razonablemente se estimen<br />
necesarias para garantizar el cumplimiento con esta política.<br />
6. La investigación, pudiera no producir suficiente evidencia como para hacer una<br />
determinación, no obstante, se reiterará la política a aquellas personas que sea necesario y<br />
se tomarán aquellas otras medidas que se entiendan razonables a la luz de los hechos<br />
específicos.<br />
Bajo ninguna circunstancia un empleado informará un incidente de hostigamiento ilegal a la<br />
persona que él o ella cree que es parte del problema. Sin embargo, a veces decirle a la persona<br />
ofensora cómo uno se siente inmediatamente puede resolver el problema.<br />
POLÍTICA SOBRE VIOLENCIA, VOCABULARIO Y COMPAÑERISMO<br />
La imagen que proyectamos a nuestros clientes es sumamente importante para nosotros, ya que es<br />
parte del éxito de una compañía y es lo que mantiene clientes satisfechos que pasara a convertirse<br />
en clientes fieles. Al cliente le gusta que lo traten amable y respetuosamente, y también se siente<br />
cómodo cuando hay un trato cortés entre los empleados de Domino’s. La productividad en un<br />
negocio depende en gran medida del grado de compañerismo y de trabajar en equipo. Es por esto<br />
que promovemos un ambiente libre de violencia, y vocabulario inadecuado, amenazas e<br />
intimidación y bromas de mal gusto. Nuestro ambiente es uno lleno de compañerismo y buenos<br />
modales.<br />
Vocabulario<br />
Está prohibido utilizar lenguaje ofensivo, obsceno, amenazante e indecoroso en el lugar de trabajo,<br />
aunque no sea dirigido a una persona en particular. Cualquier empleado que se dirija a otro<br />
empleado, supervisor, cliente o persona particular con palabras de este tipo se expondrá a medidas<br />
disciplinarias.<br />
Violencia<br />
Exhortamos a todos nuestros empleados a observar una buena conducta y evitar discusiones o<br />
enfrentamientos que puedan culminar en un acto de violencia. La mejor manera de resolver un<br />
malentendido es dialogando. Domino’s no tolerará ningún acto de violencia en contra de otro<br />
empleado, supervisor, cliente o persona particular. La violencia es considerada una falta grave a las<br />
59
normas y procedimientos establecidos por la organización, ya que la misma mina la integridad de<br />
las relaciones en el área de trabajo.<br />
Definiciones:<br />
Violencia en el área de trabajo: Cualquier contacto físico que sea interpretado como<br />
violento, ambiente de coerción y/o utilización de lenguaje que denote abuso, el cual sea<br />
utilizado en el lugar de trabajo y/o afecte el ambiente de trabajo y sus empleados. El cual<br />
incluye y no se limita a:<br />
Abuso verbal: Cualquier expresión verbal que intente crear miedo o intimidación a otro<br />
individuo, grupo de individuos; comentarios realizado utilizando un tono de voz alto, que<br />
moleste, amedrente, así como también bromas pesadas en el área de trabajo.<br />
Abuso físico: Cualquier movimiento intencional del cuerpo el cual puede incluir: tocar,<br />
hacer gestos, empujar, violentar el espacio personal de un empleado, supervisor, cliente o<br />
persona particular, y/o cualquier utilización que se realice de objetos contra un individuo.<br />
Creación de ambiente de trabajo hostil: Cualquier acción intencional que pueda<br />
considerarse intimidante, hostigante, con la intención de crear un ambiente cuyo propósito<br />
sea afectar o interferir con el desempeño de un individuo o en donde el ambiente se torne<br />
hostil e intimidante.<br />
En aquellos casos en que se genere una situación que implique las características antes expuestas,<br />
el Gerente de la localidad deberá informar acerca de la situación de forma inmediata al Supervisor<br />
de Área; así como también al Director de Recursos Humanos o persona designada. Se iniciará la<br />
investigación del suceso de forma inmediata, con el propósito de salvaguardar la salud y seguridad<br />
de todos nuestros empleados, clientes o visitantes. La Empresa tomará un remedio inmediato que<br />
será relevar de las funciones de forma inmediata a aquel empleado contra quien surja la querella;<br />
de esta manera se evitarán situaciones adicionales y se crearán las condiciones necesarias para<br />
llevar a cabo la investigación de los sucesos.<br />
Compañerismo<br />
Procure siempre mantener un ambiente laboral enmarcado en el respeto, positivismo y con un alto<br />
grado de compañerismo. Evite los comentarios de mal gusto, chistes ofensivos o burlas, los insultos,<br />
la confianza excesiva y cualquier otro acto que pueda incomodar a un compañero. Si surge alguna<br />
diferencia, resuélvalo hablando y si le causa dificultad hacerlo aléjese de la discusión y hable con su<br />
supervisor.<br />
POLÍTICA SOBRE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y TECNOLOGÍA<br />
Las computadoras y el sistema de correo electrónico “E-mail”, se han convertido en herramientas<br />
necesarias e importantes para los negocios; sin embargo, es necesario establecer una política<br />
relacionada con el uso de dichos sistemas y equipos. Esta política está encaminada a evitar el uso<br />
inapropiado del sistema y de las computadoras que pudiera tener efectos devastadores para<br />
nuestros sistemas de información. Es necesario, además, establecer la presente política para<br />
60
proteger la información confidencial que se maneja en Domino’s de manera que ésta no sea<br />
diseminada sin autorización o de forma impropia. Es fundamental que todos los empleados<br />
entiendan y sigan estas normas:<br />
1. Tanto las computadoras como el sistema de correspondencia electrónica son propiedad de<br />
la compañía y solamente pueden ser utilizados para propósitos autorizados y relacionados<br />
con el negocio de Domino’s.<br />
2. Toda la información creada y almacenada en los archivos de las computadoras de la<br />
Compañía es propiedad exclusiva de esta y sólo podrá ser extraída del sistema para<br />
propósitos y/o gestiones autorizadas y relacionadas con el negocio de la empresa.<br />
3. El uso de las computadoras y del sistema de correspondencia electrónica está restringido a<br />
los empleados y/o usuarios autorizados de la empresa para gestiones autorizadas y<br />
relacionadas con nuestros negocios.<br />
4. Los empleados de Domino’s o los usuarios autorizados no deben tener expectativas de<br />
privacidad sobre cualquier información o mensaje creado, recibido o enviado a través de las<br />
computadoras o el sistema de “E-mail”.<br />
5. Los correos electrónicos y la mensajería instantánea se utilizan con propósitos<br />
puramente comerciales de la compañía.<br />
6. Se prohíbe el uso del correo electrónico para propósitos comerciales privados.<br />
Igualmente se prohíbe hacer favores de negocios a personas dentro o fuera de la<br />
compañía.<br />
7. Es ilegal divulgar información propiedad de la compañía a otras personas, excepto<br />
si está autorizado por ésta.<br />
8. No se permite enviar cartas en cadenas o publicidad.<br />
9. Las claves de acceso passwords de cada empleado deben ser conocidas solo por él. Debe<br />
protegerlas no divulgándolas a otras personas, ni dando acceso a usuarios no autorizados.<br />
Todo cambio, modificación, edición o manipulación a la información en cualquiera de los<br />
sistemas de información de la Compañía, incluyendo, pero sin limitarse al sistema de Pulse,<br />
que se haga bajo un usuario será responsabilidad del empleado bajo cuyo usuario se haya<br />
realizado dicho, cambio, modificación, edición o manipulación al sistema.<br />
10. Si algún empleado tiene alguna información personal, confidencial o privada que comunicar,<br />
no puede utilizar las computadoras ni el sistema de “E-mail” de la Compañía para almacenar<br />
o comunicar dicha información.<br />
11. La Compañía se reserva el derecho de inspeccionar, vigilar y fiscalizar las computadoras y el<br />
sistema de “E-mail” para garantizar que su propiedad está siendo utilizada para propósitos<br />
y gestiones autorizadas y relacionadas con el negocio de Domino’s.<br />
61
12. La inspección del sistema de “E-mail” o de las computadoras se podrá realizar en cualquier<br />
momento, a cualquier computadora o a todas las computadoras de los usuarios de la<br />
Compañía.<br />
13. Ninguna información debe entrar a las computadoras y ningún mensaje debe ser enviado<br />
por el sistema de “E-mail”, a menos que sea por una razón autorizada y relacionada con<br />
nuestro negocio.<br />
14. Toda la información que se entre en la computadora y toda comunicación enviada por el “Email”<br />
de la Compañía debe expresarse de forma adecuada, tal y como si estuviera<br />
preparándose un documento escrito e impreso y de conformidad con nuestras políticas y en<br />
específico con las Políticas sobre Hostigamiento Sexual en el Trabajo e Igualdad de<br />
Oportunidades en el Empleo.<br />
15. El lenguaje tiene que ser correcto y no se permitirá el uso de palabras vulgares y/o soeces.<br />
16. Está prohibido enviar correos de naturaleza sexual, discriminatoria, hostigantes u<br />
ofensivos a otras personas.<br />
17. El enviar correos que sean abusivos, ofensivos o difamatorios viola los cánones<br />
razonables de conducta profesional. Esto incluye material pornográfico. Se<br />
despedirá inmediatamente a quien incurra en esta conducta.<br />
18. No se enviará material protegido por las leyes de propiedad intelectual (copyright),<br />
a menos que los términos de la ley lo permitan.<br />
19. Será responsabilidad de todos los que trabajan en Domino’s o personas autorizadas por la<br />
Compañía, cumplir con la Política Sistemas de Información y Tecnología.<br />
20. El uso inadecuado de los sistemas electrónicos serán razón para tomar acción disciplinaria.<br />
Todo empleado debe entender que el correo electrónico, sistema de mensajes de voz (voicemail), el<br />
uso de internet y otros sistemas electrónicos de Domino’s son monitoreados constantemente para<br />
asegurar el cumplimiento de nuestras políticas ya que son para uso de trabajo. Por lo tanto, quien<br />
envía material de naturaleza privada o personal, sabe que se expone a ser monitoreado por los<br />
sistemas de la Compañía, sin previo aviso. No utilice estos medios si desea preservar la<br />
confidencialidad de su información privada.<br />
SEGURIDAD DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y PREVENCIÓN DE VIRUS<br />
Se deben observar las siguientes precauciones para mantener un alto nivel de seguridad<br />
electrónica:<br />
1. Está estrictamente prohibido tratar de acceder archivos o recursos del sistema para el que<br />
no tenga autorización.<br />
62
2. Si una computadora va a estar desatendida por un tiempo, el empleado debe asegurarse de<br />
cerrarla lock, para evitar que otra persona la utilice.<br />
3. Se deben manejar cuidadosamente las computadoras portátiles (laptops) que contengan<br />
información privada de la Compañía. No se deben dejar desatendidas. Si una de éstas se<br />
perdiera o fuera robada, se debe notificar inmediatamente la pérdida al Departamento de<br />
Informática para evitar que usuarios no autorizados accedan a su data.<br />
4. Solamente se podrán instalar programas en una laptop con autorización del Representante<br />
de Informática. El empleado no debe intentar instalar programas personales en la laptop<br />
sin la asistencia del personal de informática, ya que puede crear conflictos con los sistemas<br />
de la Compañía.<br />
USO DE INTERNET Y REDES SOCIALES<br />
Las redes sociales han afectado mucho tanto aspectos de nuestras vidas como nuestro ámbito<br />
laboral. Todo lo que digamos y hagamos en las redes sociales puede tener un efecto, positivo o<br />
negativo, en nuestra vida profesional al igual que puede tener un efecto, positivo o negativo, en la<br />
imagen de Domino’s. Las siguientes son unas guías generales adaptadas por nuestra Empresa que<br />
los empleados deben seguir en todo momento:<br />
Como regla general, solo el personal previamente autorizado puede publicar información<br />
que se relaciones con la Compañía en las redes sociales.<br />
Publicar rumores y/o información interna y confidencial sobre la Empresa o terceras partes<br />
relacionadas con la misma (clientes, empleados, proveedores) en las redes sociales pueden<br />
tener un impacto negativo en la imagen y reputación de Domino’s y puede acarrear acción<br />
legal contra el usuario que lo ha publicado.<br />
El uso de bitácoras electrónicas (blogs) donde se ponga en entredicho el nombre de la<br />
Compañía o de un empleado, está prohibido. Si un empleado, ya sea en su hogar o en el<br />
trabajo, emite una opinión personal que no sea representativa de la Compañía, debe incluir<br />
la siguiente aclaración: “Las opiniones expresadas son la opinión personal de [nombre del<br />
autor] y no de la Compañía, a menos que se indique lo contrario explícitamente.”<br />
Si en las redes sociales te has identificado como empleado de Domino’s, la posición que<br />
adoptes debe estar en consonancia con la posición que mantienes con tus colegas, clientes y<br />
suplidores, así como también las normas de la compañía.<br />
Identifícate correctamente, utilizando tu nombre real cuando tomes parte en discusiones<br />
relacionadas con tu actividad profesional. Bajo ninguna circunstancia está permitido el uso<br />
de pseudónimos o nombres falsos cuando tomes parte en conversaciones relacionadas a la<br />
Empresa.<br />
Se responsable con los contenidos que publiques y toma en cuenta que tus interacciones en<br />
las redes sociales pueden ser vistas por cualquier persona.<br />
63
Asegúrate que el contenido que compartes en las redes sociales es verdadero y que no<br />
tengan carácter ofensivo.<br />
Toma en cuenta que Domino’s puede ser asociado con el contenido que publiques, por lo<br />
tanto, las opiniones que manifiestes deben estar encaminadas a fortalecer los valores de la<br />
Empresa.<br />
Está prohibido revelar información confidencial de la Empresa. Si tienes alguna duda sobre<br />
si el contenido que quieres publicar en las redes sociales puede ser de naturaleza<br />
confidencial consúltalo con tus superiores o con el personal adecuado.<br />
Se respetuoso con tu audiencia y asegúrate de mantener una conducta ejemplar en las<br />
conversaciones en las que participes. Se especialmente cuidadoso en temas relacionados<br />
con política, religión y otros temas susceptibles de levantar controversia.<br />
La violación a estas normas podría conllevar sanciones que serían desde advertencias<br />
escritas, suspensiones o hasta despido dependiendo de la gravedad y los hechos de cada<br />
caso.<br />
CONCLUSIÓN<br />
Reconocemos que nuestros empleados son parte fundamental del éxito y del respeto del público<br />
que goza Domino’s. A lo largo de su carrera en nuestra Compañía tendrá muchas oportunidades de<br />
demostrar sus habilidades y contribuir al éxito de Domino’s. Le exhortamos a usar al máximo su<br />
potencial y que pueda crecer junto con nosotros.<br />
Al comenzar en su nuevo empleo verifique que haya entendido:<br />
Las funciones del puesto, tareas y responsabilidades que ello conlleva;<br />
Dónde se va a reportar y a quién se reportará;<br />
Salario, beneficios y horario de trabajo;<br />
Las Normas, Reglas de Conducta y Políticas de Personal;<br />
Recuerde que estará enfrentando nuevos retos y responsabilidades, las cuales confiamos<br />
realice cumpliendo con los niveles de excelencia que siempre nos han caracterizado.<br />
64
Certifico que:<br />
Recibo del Manual de Políticas y Procedimientos para Empleados<br />
1. He recibido copia del Manual de Políticas y Procedimientos para Empleados de Domino’s y me<br />
comprometo a leerlo y a cumplir con las Normas de conducta indicadas en el mismo.<br />
2. Entiendo que si tengo alguna duda o pregunta sobre alguna de sus partes puedo acudir a mi<br />
Supervisor inmediato o con un Representante de Recursos Humanos.<br />
3. Entiendo que soy responsable de acatar estas políticas, normas y procedimientos.<br />
4. Entiendo que las políticas y beneficios resumidos en el Manual de Políticas y Procedimientos<br />
para Empleados podrían ser modificados, cambiados o eliminados en cualquier momento.<br />
5. Este Manual de Políticas y Procedimientos para Empleados y sus políticas no son un contrato,<br />
expreso o implícito, ni por un período particular de tiempo.<br />
6. Este manual sustituye cualquier versión previa.<br />
_______________________________________________<br />
Nombre del Empleado (letra de molde)<br />
______________________________________________<br />
Firma del Empleado<br />
______________________________________________<br />
Fecha de Recibo<br />
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