ESCRITOS DE DERECHO CONSTITUCIONAL - KONRAD HESSE (CAPITULOS PRIMERO Y SEGUNDO)
El presente documento contiene unicamente el capitulo primero (concepto y cualidad de la Constitucion) y el capitulo segundo (la interpretacion constitucional) del libro "Escritos de Derecho Constitucional" de Konrad Hesse.
El presente documento contiene unicamente el capitulo primero (concepto y cualidad de la Constitucion) y el capitulo segundo (la interpretacion constitucional) del libro "Escritos de Derecho Constitucional" de Konrad Hesse.
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capciones es tanto mayor cuanto más abierta se mantiene la<br />
Constitución en sus determinaciones de contenido, porque, por<br />
encima de la necesaria apertura material frente a objetivos diferentes,<br />
se otorga, sin embargo, una forma estable a la realización<br />
de dichos objetivos, alcanzando así ese efecto estabilizador36 y<br />
de distensión indispensable para la existencia de una apertura de<br />
contenido.<br />
29. Tanto por medio de lo que deja abierto como por medio<br />
de lo que no deja abierto, la Constitución produce esos efectos<br />
en los que se cifra su función en la vida de la Comunidad.<br />
30. El Derecho constitucional crea reglas de actuación y<br />
decisión políticas; proporciona a la política directrices y puntos<br />
de orientación, pero sin que pueda sustituirla. Por ello la Constitución<br />
deja espacio para la actuación de las fuerzas políticas.<br />
Cuando la Constitución no regula numerosas cuestiones de la<br />
vida política, o lo hace sólo a grandes rasgos, no hay que ver en<br />
ello solamente una renuncia a su regulación o una remisión de<br />
la misma al proceso de actualización y concretización, sino que,<br />
además de ello, hay que ver con frecuencia también en dicha<br />
actitud una garantía constitucional de la libre discusión y de la<br />
libre decisión de estas cuestiones. Que esta libertad no pueda<br />
convertirse en un sistema cerrado que excluya la alternatividad<br />
de los objetos e inaccesible a la actuación de diferentes fuerzas,<br />
es algo que la Constitución procura garantizar a través del tipo<br />
de sus prescripciones materiales, organizativas y procesales.<br />
31. Cuya función no sólo estriba en esta garantía. Por medio<br />
de sus prescripciones materiales, de las relativas a la estructura<br />
estatal y a la regulación constitucional del proceso de formación<br />
de unidad poh'tica y de la actuación estatal la<br />
Constitución origina unidad estatal, confiere forma a la vida de<br />
la Comunidad, asegura continuidad suprapersonal37 con el consiguiente<br />
efecto estabilizador. A la vez permite entender y comprender<br />
la formación de unidad poh'tica y la actuación estatal,.<br />
hace posible la participación consciente, protege frente a una<br />
36 Cfr. al respecto, asimismo, BÁUMLIN (cit. n. 16), pág. 43; H. KRÜGER,<br />
“Allgemeine Staatslehre” (cit. n. 19), págs. 197 y ss., 835.<br />
37 SCHEUNER, “Handw6rterbuch der Sozialwissenschaften”, 12 (cit n. 19),<br />
pág. 658.<br />
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