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ESCRITOS DE DERECHO CONSTITUCIONAL - KONRAD HESSE (CAPITULOS PRIMERO Y SEGUNDO)

El presente documento contiene unicamente el capitulo primero (concepto y cualidad de la Constitucion) y el capitulo segundo (la interpretacion constitucional) del libro "Escritos de Derecho Constitucional" de Konrad Hesse.

El presente documento contiene unicamente el capitulo primero (concepto y cualidad de la Constitucion) y el capitulo segundo (la interpretacion constitucional) del libro "Escritos de Derecho Constitucional" de Konrad Hesse.

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cedentes, .asi como,-fiíja 1mentes del sentido y la finalidad (la~ “ra j<br />

áió” 'y.el "telós”faje la.normaf. A continuación, el contenido de<br />

la norma así obtenido —es decir, hecha abstracción del problema<br />

concreto que se trata de decidir— es subsumido en forma de<br />

conclusión silogística al supuesto vital dé cuya normación se trata,<br />

que queda así resuelto. Según dicha teoría existiría interpretación,<br />

e incluso interpretación constitucional, por principio, en<br />

3 la simple ejecución de úna voluntad preexistente (objetiva o subjetiva)<br />

que puede set. alcanzada con certidumbre objetiva a tra-<br />

¡j vés de esos métodos y con independencia del problema a resolver.<br />

____54. El Tribunal Constitucional Federal tambiég ha adoptado.expresamente<br />

esta doctrina. El Tribunal, en efecto; opta, aunque<br />

no claramente, por la "teoría objetiva” de la interpretación:<br />

"Fundamental para interpretar un precepto, legal es la voluntad<br />

objetiva del legislador manifestada a través de dicho precepto y<br />

tal como se deduce del texto y del contexto de la disposición'<br />

legal. Ño es, por el contrario, fundamental la idea-subjetiva de<br />

los órganos que participan en el proceso legislativo, o determinados<br />

de sus miembros, acerca del significado de la disposición. El<br />

■proceso de creación .de un precepto sólo adquiere relevancia interpretativa<br />

en la medida en que venga a confirmar la corrección<br />

de la Interpretación realizada según los principios referidos, o<br />

bien en la . medida en que solventa dudas que no pueden ser<br />

eliminadas sobre la sola base del procedimiento indicado”67. A<br />

este objetivo interpretadlo' sirven, en palabras del Tribunal, “la<br />

interpretación a partir del texto de la norma (interpretación gramatical),<br />

de su conexión (interpretación sistemática), de su finalidad<br />

(interpretación teleológica) y de su proceso de creación<br />

(interpretación histórica)’^, en el curso de lo cual estos elemeii-<br />

6 Va. püés, más allá de los elementos de la interpretación de la ley formulados<br />

por Savigny' —“clásicos”, según FORSTHOFF (“Umbildung”, cii. n. 4. pág.<br />

36: “Zur Problematik der-yerfassungsauslegung”, cíl n. 1,'pág. 39)—: el gramatical,<br />

el lógico, el histórico y el sistemático;.cfr. sobre ello HOLLERBACH (cií.<br />

n. 5), pág. 258.''<br />

7 BVerfOE'l. 299 (312); jurisprudencia constante; cfr. también BVerfGE 62.<br />

I (45) con más referencias.<br />

36<br />

* BVerfGE 11, 126 (130); cfr. asimismo BVerfGE 35, 263 (278 y ss.).

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