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modelo de desarrollo coherente es evidente,<br />
por lo que mientras las instituciones medias<br />
actúan intentando contener la conflictividad,<br />
desde otras instancias se impulsan políticas<br />
que impactan localmente y generan nuevas<br />
tensiones que dan pie a nuevas dinámicas<br />
conflictivas en los distintos espacios geográficos.<br />
4.1. Mecanismos comunitarios<br />
En Guatemala, los pueblos indígenas han<br />
funcionado por siglos alrededor de sus organizaciones<br />
políticas locales, que tienen<br />
alta legitimidad en las comunidades. Con<br />
frecuencia, las instituciones públicas y otros<br />
agentes de desarrollo no les han tomado en<br />
cuenta antes de intervenir en sus territorios,<br />
sin comprender que su alteración sin<br />
duda traerá conflicto y consecuencias para<br />
el bienestar de la gente. Estas organizaciones<br />
comunitarias son altamente complejas en su<br />
toma de decisiones: incluyen diálogos, cabildos<br />
abiertos o asambleas comunitarias, la<br />
mediación entre los involucrados, la búsqueda<br />
de mecanismos judiciales y las consultas<br />
comunitarias, entre muchas otras.<br />
Las consultas comunitarias son probablemente<br />
los mecanismos más conocidos en<br />
estos momentos. En la Defensoría de los Pueblos<br />
Indígenas puede identificarse el acompañamiento<br />
de la PDH desde las primeras<br />
consultas comunitarias en 2004. A pesar de<br />
ello, prácticamente ninguna de las otras instancias<br />
del gobierno ha reconocido medios<br />
de resolución comunitarios como posibles<br />
salidas a los conflictos.<br />
La mayoría de las consultas comunitarias<br />
se han llevado a cabo amparadas en el Código<br />
Municipal, y el 70% de ellas han girado en<br />
torno al tema de la minería. Los resultados de<br />
todas las consultas han sido negativas; es decir,<br />
de rechazo a estos proyectos. A pesar de<br />
estos contundentes resultados, los proyectos<br />
han continuado, evidencia de la desigualdad<br />
entre los actores en contienda.<br />
Recuadro 7. Las consultas comunitarias en Guatemala<br />
Las consultas comunitarias se han llevado a cabo en el país de manera sistematizada desde<br />
2004. Su registro inició con la llegada de grandes proyectos de corte extractivo a los territorios<br />
indígenas. La validez y necesidad de las consultas comunitarias genera múltiples reacciones<br />
y opiniones encontradas en el plano nacional. Dos visiones antagónicas pueden rastrearse<br />
en un contínuum que ilustra la tensión resultante entre distintas ideas sobre bienestar y desarrollo.<br />
En la práctica, cómo se resuelven esas tensiones, pueden ilustrar también la visión<br />
predominante, la desigualdad de poder entre grupos sociales y empresas, y los múltiples<br />
roles que juega el Estado en los conflictos.<br />
Por lo general, quienes cuestionan la necesidad de llevar a cabo consultas comunitarias<br />
previo al otorgamiento de permisos, argumentan que para la aprobación de los proyectos<br />
las empresas se rigen por procedimientos legales que no incluyen los derechos de los pueblos<br />
indígenas en el país. En efecto, todo parece estar legal y en orden. Sin embargo, usualmente<br />
esta visión está lejos de comprender las diferentes visiones del mundo que conviven en el país<br />
y las grandes contiendas territoriales que ya están en marcha en los lugares de intervención.<br />
Pese a no estar articuladas en la legislación nacional, las consultas comunitarias están<br />
amparadas en múltiples instrumentos internacionales, entre los que destacan la Convención<br />
americana sobre derechos humanos, ratificada por Guatemala en 1978; la Convención internacional<br />
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, ratificada por<br />
Guatemala en 1983; el Pacto internacional de derechos civiles y políticos, con la adhesión<br />
de Guatemala en 1992; el Convenio 169 de la OIT, ratificado por Guatemala en 1996; y la<br />
Resumen ejecutivo |<br />
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