GRANDES TEMAS
grandes_temas2015
grandes_temas2015
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Legislación general (LGIPE)<br />
Los párrafos 2, 3 y 4 de la Ley General de Instituciones y<br />
Procedimientos Electorales, al referirse a las formas de gobierno<br />
en México, indica que los municipios serán gobernados por un<br />
Ayuntamiento de elección popular directa, conformado por un<br />
Presidente Municipal y el número de integrantes que determine<br />
la Constitución y la ley de cada entidad, así como los órganos<br />
político-administrativos, según la legislación aplicable en el Distrito<br />
Federal.<br />
Menciona que los pueblos y comunidades indígenas tienen derecho<br />
a elegir, en los municipios con población indígena, representantes<br />
ante los Ayuntamientos, tema que señala deben plasmarse en<br />
las constituciones y leyes de las entidades federativas, quienes<br />
“reconocerán y regularán estos derechos en los municipios, con el<br />
propósito de fortalecer la participación y representación política de<br />
conformidad con sus tradiciones y normas internas”.<br />
Agrega que los pueblos y comunidades indígenas en las entidades<br />
federativas elegirán, de acuerdo con sus principios, normas,<br />
procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o<br />
representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno<br />
interno, garantizando la participación de hombres y mujeres en<br />
condiciones de igualdad, guardando las normas establecidas en<br />
la Constitución, las constituciones locales y las leyes aplicables.<br />
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la<br />
Federación (TEPJF) ha emitido diversas sentencias relevantes para<br />
la inclusión de comunidades indígenas, considerando sus usos<br />
y costumbres, privilegiando en ellas, los principios de certeza y<br />
autodeterminación de estas comunidades.