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Las Hojas Noviembre

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Mercado Inmobiliario<br />

La nueva<br />

Ley de Alquileres<br />

El Congreso empezará a tratar una nueva legislación para<br />

regularizar de forma más estricta los contratos.<br />

Desde la clase trabajadora uno de los reclamos más sostenidos<br />

es la sanción de una nueva ley de alquileres que contemple<br />

algunos derechos de los inquilinos que hasta ahora quedaron<br />

desatendidos. Finalmente, el Congreso va a dar respuesta a ese<br />

pedido y en los próximos días empezará a tratar un proyecto<br />

de ley para cambiar las cláusulas habituales de los contratos de<br />

arrendamiento.<br />

El texto será tratado en comisiones de la Cámara de Diputados y<br />

será debatido en el recinto cuando se obtenga el dictamen, según<br />

indicó TN.com.ar. La iniciativa está basada en un proyecto anterior<br />

que ya cuenta con la media sanción del Senado, pero como va<br />

a sufrir modificaciones, deberá volver a la Cámara alta para su<br />

sanción definitiva.<br />

El proyecto de la norma cuenta con 16 artículos que van a<br />

cambiar la duración del contrato, las actualizaciones de precios<br />

a lo largo de su vigencia, el sistema de garantías, las comisiones<br />

inmobiliarias y la formalización de la actividad.<br />

El reajuste deberá ser acorde a la evolución de la inflación y el<br />

sueldo promedio según lo establece el artículo 12°, el cual prevé<br />

que “el precio del alquiler deberá fijarse como un valor único y por<br />

períodos mensuales, sobre el cual sólo podrán acordarse ajustes<br />

semestrales, utilizando a tal efecto un índice conformado por<br />

partes iguales, con el índice de precios al consumidor (IPC) y el<br />

coeficiente de variación salarial (CVS)”.<br />

Registro ante la AFIP<br />

Todos los contratos de alquiler que se establezcan deberán<br />

registrarse ante la AFIP para que se logre una mayor formalización<br />

del sector y sea una herramienta para poder iniciar acciones<br />

legales con validez en el caso de ser necesarias.<br />

Comisión a cargo del propietario<br />

Inspirado en la norma que en 2017 promulgó la Legislatura<br />

porteña, se establecerá que la comisión de los contratos la deben<br />

pagar los propietarios junto con los gastos de certificación de<br />

firma.<br />

Fuente<br />

www.perfil.com<br />

Los puntos más destacados de la nueva norma son:<br />

Contratos a 3 años<br />

El artículo 5° sostiene que los contratos se alargarán de dos a<br />

tres años. “El contrato de locación de inmueble, si carece de<br />

plazo expreso y determinado mayor, se considerará celebrado<br />

por el plazo mínimo legal de tres años en locaciones destinadas a<br />

vivienda y de dos años para cualquier otro destino”, precisa.<br />

Mayor acceso a una garantía<br />

Se exhorta a los propietarios a aceptar como variante garantía<br />

real, aval bancario, seguros de caución, garantía personal con<br />

certificado de ingresos o garantía de fianza.<br />

Actualización del precio según la inflación y los salarios<br />

8 <strong>Las</strong> <strong>Hojas</strong>

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