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. El Juez de 1ª Instancia con competencia en la Jurisdicción y en la materia, donde tiene su domicilio la Entidad;<br />
c. El Juez de 1ª Instancia con competencia en la materia, de la Capital Federal;<br />
d. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Jurisdicción donde tiene su domicilio la entidad<br />
e. La Corte Suprema de Justicia de la Nación;<br />
ARTÍCULO 47- La resolución que disponga la revocación de la autorización para funcionar será apelable, al solo efecto devolutivo, por ante la<br />
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal. El recurso deberá interponerse y<br />
fundarse ante el Banco Central de la República Argentina dentro de los quince (15) días hábiles siguientes.<br />
5.5 El proceso de liquidación de entidades financieras puede ser dividido en los siguientes estamentos:<br />
a- Ninguna es correcta.<br />
b- Autoliquidación, liquidación extra judicial, quiebra de la entidad financiera.<br />
c- Autoliquidación, liquidación judicial, disolución de la entidad financiera. (puse esta, mal)<br />
d- Autoliquidación, liquidación judicial, quiebra de la entidad financiera. Pag 120<br />
e- Concurso preventivo, quiebra de la entidad financiera.<br />
Pag 120- Han quedado, en este momento, TRES estamentos en los cuales puede ser dividido el proceso de liquidación y disolución de las<br />
entidades financieras. La autoliquidación, provocada en forma estatutaria o legal, y a cargo de las propias autoridades. La judicial, iniciada y<br />
practicada con un liquidador designado por el juez. La quiebra de la entidad financiera.<br />
5.5 Plazo para pedir la quiebra del Entidad Financiera<br />
Ley 21526- ARTÍCULO 52 - Habiéndose dispuesto las exclusiones previstas en apart. II del art. 35 bis de la presente<br />
ley ningún acreedor, con excepción del Banco Central de la República Argentina, podrá solicitar la quiebra de<br />
la ex entidad sino cuando hubieren transcurrido sesenta (60) días corridos contados a partir de la revocación<br />
de la autorización para funcionar. Transcurrido dicho plazo la quiebra podrá ser declarada a pedido de cualquier<br />
acreedor pero en ningún caso afectará los actos de transferencia de los activos y pasivos excluidos realizados o<br />
autorizados de acuerdo a las disposiciones del mencionado artículo, aún cuando estos estuvieren en trámite de<br />
instrumentación y perfeccionamiento.<br />
5.8 El régimen penal cambiario actual:<br />
a- Establece las normas de funcionamiento de las casas de cambio.<br />
b- Prevé una prescripción de sus acciones en 5 años.<br />
c- Prevé como única sanciones la multa y la cancelación de la autorización para operar. (puse esta, mal)<br />
d- Aplica siempre la ley penal más benigna.<br />
e- prevé la aplicación supletoria del C.P. salvo los artículos 2, 14 y 51 ley 19359 Art 20<br />
5.8 Indique cual de las siguientes medidas no corresponde a las sanciones reguladas en el régimen penal cambiario:<br />
A) privación de la libertad<br />
B) multa<br />
C) cancelación de la autorización para operar<br />
D) apercibimiento<br />
E) suspensión de la autorización para operar<br />
UNIDAD 6<br />
6.3 Indique cual de las siguientes opciones corresponde al objeto del contrato bancario:<br />
A) el prestar un servicio financiero<br />
B) ninguna respuesta es correcta<br />
C) el generar operaciones de pase<br />
D) el garantizar el movimiento de la moneda<br />
E) el promover el intercambio de divisas<br />
6.6 En la actividad bancaria actual el “secreto bancario” NO protege, en general, la información respecto de:<br />
A) Las operaciones de pase<br />
B) Los depósitos de cuenta corriente bancaria