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e- Es formal. Pag 614 no se exige ninguna forma especial siempre que se entregue el bien en cuestion<br />
12.3 Características de la prenda con registro…<br />
Pag 614- caracteres PRENDA COMERCIAL<br />
‣ Real<br />
‣ Unilateral<br />
‣ Formal<br />
‣ Accesoria<br />
‣ Indivisible<br />
‣ Convencional<br />
‣ Especial<br />
caracteres del contrato de PRENDA CON REGISTRO…<br />
‣ Accesoria<br />
‣ Convencional<br />
‣ Formal<br />
‣ Unilateral<br />
‣ Gratuito<br />
caracteres del <strong>Derecho</strong> REAL de PRENDA CON REGISTRO…<br />
‣ Accesorio<br />
‣ Convencional<br />
‣ Indivisible<br />
‣ Especial<br />
-bilateral<br />
-sin desplazamiento<br />
-con desplazamiento<br />
-gratuita.-<br />
12. La extensión del privilegio sobre los bienes prendados alcanza a (Art.3):<br />
a. Al capital histórico del crédito que garantiza.<br />
b. Al capital histórico más la actualización.<br />
c. Al capital histórico, actualizado más los intereses.<br />
d. Al capital histórico, actualizado, más intereses y eventuales gastos.<br />
e. Al capital histórico, deduciéndole a su vez las amortizaciones de capital que se hubieren efectuado y sin<br />
actualización.<br />
12.3.4 Conforme a la normativa aplicable a la prenda comercial, indique, ¿Cuál de los siguientes bienes no puede ser<br />
objeto de este contrato?<br />
A) los conocimientos de embarques<br />
B) los derechos industriales<br />
C) un inmueble destinado al comercio<br />
D) los títulos de deuda pública<br />
E) un título de crédito<br />
12.5 Que premisa es incorrecta sobre el contrato de fianza:<br />
Art. 1.986. Habrá contrato de fianza, cuando una de las partes se hubiere obligado accesoriamente por un tercero, y<br />
el acreedor de ese tercero aceptase su obligación accesoria.<br />
12.5 Se puede garantizar con fianza comercial:<br />
Art. 1.993. Toda obligación puede ser afianzada, sea obligación civil o sea obligación natural, sea accesoria o<br />
principal derivada de cualquiera causa, aunque sea de un acto ilícito; cualquiera que sea el acreedor o deudor, y