SANGUINETI-CARBALLO - La tercerización - YUMPU
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WILFREDO <strong>SANGUINETI</strong> RAYMOND | CÉSAR AUGUSTO <strong>CARBALLO</strong> MENA<br />
sistemas productivos, destacando, además, cómo esta presenta, al lado de<br />
numerosos elementos comunes, rasgos muy relevantes de originalidad<br />
respecto de las regulaciones puestas en marcha en otras latitudes, los cuales<br />
hasta el momento no han sido destacados en toda su magnitud debido a<br />
la ausencia de análisis de carácter transversal como el que hemos decidido<br />
poner en práctica en esta obra.<br />
<strong>La</strong>s páginas que siguen ofrecen, así pues, un análisis plural del fenómeno<br />
de la descentralización empresarial, entendido este en sentido amplísimo 1 ,<br />
como estrategia organizativa caracterizada por la interacción con terceros<br />
—de allí la extendida voz <strong>tercerización</strong>, que ha terminado por imponerse<br />
en varios ordenamientos— a los que se confía la explotación de fases, porciones<br />
o etapas de la actividad o ciclo productivo del beneficiario. Es en<br />
este contexto que se hilvanan ocho estudios que se aproximan, desde dos<br />
perspectivas complementarias, a los rasgos esenciales del tratamiento de la<br />
descentralización empresarial como fenómeno y como objeto de regulación<br />
en América <strong>La</strong>tina.<br />
<strong>La</strong> primera de ellas, que congrega tres textos, presta atención a la<br />
descentralización y su impacto global sobre el sistema del Derecho del<br />
Trabajo y la realidad regulada por él con independencia de su tratamiento<br />
en los diversos ordenamientos jurídicos de la región. En el primero de<br />
ellos, Humberto Villasmil Prieto parte de poner de relieve los vértices del<br />
surgimiento del Derecho del trabajo <strong>La</strong>tinoamericano y su vocación expansiva<br />
para destacar a continuación el impacto de la externalización y las<br />
nuevas tecnologías como ruta de tránsito de la empresa nuclear tradicional<br />
a la empresa líquida y su desarrollo trasnacional, así como la impronta de<br />
todo ello sobre las responsabilidades patronales y el futuro del concepto<br />
de dependencia o subordinación, esbozando los paliativos susceptibles de<br />
esbozarse —siguiendo a Alain Supiot— 2 a partir de las responsabilidades<br />
solidarias y la trazabilidad social del producto. A continuación, la contribución<br />
de Rafael Albuquerque destaca el impacto de la descentralización<br />
como potencial causa de desprotección de los trabajadores, precarización del<br />
1<br />
En línea con la propuesta de O. ERMIDA URIARTE, y N. COLOTUZZO,<br />
Natalia, Descentralización, <strong>tercerización</strong>, subcontratación. OIT, 2009, Lima, pág. 9.<br />
2<br />
A. SUPIOT, El espíritu de Filadelfia. <strong>La</strong> justicia social frente al mercado total. Ediciones<br />
Península, Barcelona, 2011, p. 149.<br />
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