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SANGUINETI-CARBALLO - La tercerización - YUMPU

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WILFREDO <strong>SANGUINETI</strong> RAYMOND | CÉSAR AUGUSTO <strong>CARBALLO</strong> MENA<br />

sistemas productivos, destacando, además, cómo esta presenta, al lado de<br />

numerosos elementos comunes, rasgos muy relevantes de originalidad<br />

respecto de las regulaciones puestas en marcha en otras latitudes, los cuales<br />

hasta el momento no han sido destacados en toda su magnitud debido a<br />

la ausencia de análisis de carácter transversal como el que hemos decidido<br />

poner en práctica en esta obra.<br />

<strong>La</strong>s páginas que siguen ofrecen, así pues, un análisis plural del fenómeno<br />

de la descentralización empresarial, entendido este en sentido amplísimo 1 ,<br />

como estrategia organizativa caracterizada por la interacción con terceros<br />

—de allí la extendida voz <strong>tercerización</strong>, que ha terminado por imponerse<br />

en varios ordenamientos— a los que se confía la explotación de fases, porciones<br />

o etapas de la actividad o ciclo productivo del beneficiario. Es en<br />

este contexto que se hilvanan ocho estudios que se aproximan, desde dos<br />

perspectivas complementarias, a los rasgos esenciales del tratamiento de la<br />

descentralización empresarial como fenómeno y como objeto de regulación<br />

en América <strong>La</strong>tina.<br />

<strong>La</strong> primera de ellas, que congrega tres textos, presta atención a la<br />

descentralización y su impacto global sobre el sistema del Derecho del<br />

Trabajo y la realidad regulada por él con independencia de su tratamiento<br />

en los diversos ordenamientos jurídicos de la región. En el primero de<br />

ellos, Humberto Villasmil Prieto parte de poner de relieve los vértices del<br />

surgimiento del Derecho del trabajo <strong>La</strong>tinoamericano y su vocación expansiva<br />

para destacar a continuación el impacto de la externalización y las<br />

nuevas tecnologías como ruta de tránsito de la empresa nuclear tradicional<br />

a la empresa líquida y su desarrollo trasnacional, así como la impronta de<br />

todo ello sobre las responsabilidades patronales y el futuro del concepto<br />

de dependencia o subordinación, esbozando los paliativos susceptibles de<br />

esbozarse —siguiendo a Alain Supiot— 2 a partir de las responsabilidades<br />

solidarias y la trazabilidad social del producto. A continuación, la contribución<br />

de Rafael Albuquerque destaca el impacto de la descentralización<br />

como potencial causa de desprotección de los trabajadores, precarización del<br />

1<br />

En línea con la propuesta de O. ERMIDA URIARTE, y N. COLOTUZZO,<br />

Natalia, Descentralización, <strong>tercerización</strong>, subcontratación. OIT, 2009, Lima, pág. 9.<br />

2<br />

A. SUPIOT, El espíritu de Filadelfia. <strong>La</strong> justicia social frente al mercado total. Ediciones<br />

Península, Barcelona, 2011, p. 149.<br />

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