Mutualismo Hoy 302
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Por Dr. Carlos Debiaggi
REFLEXIONES SOBRE RESOLUCIONES Y ACTOS EN INAES
En la actualidad, no podemos sino pensar en los acontecimientos
que la realidad nos impone. A veces de una manera enriquecedora
para nuestro espíritu y otras, de una manera poco feliz que nos
preocupa, y nos hace tomar conciencia de la necesidad de generar
opiniones, de forzar nuestros espíritus, nuestras mentes y nuestras
voluntades para conjugar las críticas o las soluciones a diversas
problemáticas, máxime, cuando creemos que hay acontecimientos
ineludibles que se imponen.
RESOLUCIÓN 1195/20
Cuando el INAES produjo la Resolución por la cual se creaba una
Comisión Técnica Asesora de Ambiente, Ecología, y Economía
Circular, causó satisfacción porque centraba una problemática
que, se tendría que introducir en todos los objetos sociales de
todas las cooperativas como un imperativo categórico. El último
inciso de un objeto estatutario, habla de promover el cooperativismo,
y luego, se introdujo en congresos mundiales, la idea de
incorporar en el objeto “promover todos aquellos beneficios básicos
que puedan brindarse en las comunidades donde esas cooperativas
prestan sus servicios”.
Si bien esto es un tema que en algún momento lo vimos como
una necesidad que se avecinaba en un plazo no muy largo, hoy
lo vemos, lo palpamos, no hay país que el verano europeo no lo
castigue con grandes incendios. Incendios incluso que se dan en
una época indebida en nuestro país, ya en el río Paraná se ha secado
en algunos tramos del norte argentino, la cordillera Patagónica
ha cedido mucho espacio a sus contenidos dejando a la vista su
estructura pétrea porque los hielos se han descongelado, y los
milímetros de las aguas de los océanos están levantándose, y a
todo esto, las inundaciones no esperadas y las características violentas
de las mismas, dan como resultado que esto es una pandemia
también, ineludible, no tiene otra vacuna que la voluntad
de agruparnos y de considerar que debe ser una política de Estado.
continúá en página 18
Le encaja muy bien a las cooperativas de servicios públicos, que
muchas veces supieron aportar a la comunidad donde prestan
sus servicios básicos como salas de primeros auxilios, ambulancias,
cuando no un seguro de sepelio, que brindaba en aquellas
comunidades lejanas unas facilidades ante esas contingencias
muy valoradas por la comunidad.
Con ese mismo alcance, pensamos en la ecología, ¿Por qué?
Porque si la introducción de estas cláusulas en los estatutos sociales
no desvían el carácter por lo cual se creó la cooperativa,
es decir, no se debe interpretar como una desviación del objeto,
la incorporación a los artículos 5to de los diversos objetos sociales
en las miles de cooperativas existentes, es que toda acción tendiente
a dar soluciones o a mejorar los aspectos referentes a el
medio ambiente –así de simple- en sus diversas manifestaciones,
no se interpretará como una desviación al objeto social. Desde
aquellas pantallas para lograr energía solar, desde aquellos recipientes
para verter los aceites servidos, y recepción de desechos
hogareños reciclables y en fin, para todo aquello que permita la
colaboración y aportar la infraestructura para material descartable
que hoy ya se transformó casi en un hábito en casi todas las ciudades
del país.
ENTRE RÍOS 729 - PISO 4° OF "2" (ROSARIO)
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