Tribunal confirmó absolución de pastor evangélico que fue vinculado con el asesinato de Nataly Salas
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería confirmó en segunda instancia la sentencia que absuelve al pastor evangélico Carlos Andrés Quejada Santos, quien había sido vinculado con el asesinato de la joven universitaria Nataly Salas Rojas, hecho ocurrido en diciembre de 2016.
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería confirmó en segunda instancia la sentencia que absuelve al pastor evangélico Carlos Andrés Quejada Santos, quien había sido vinculado con el asesinato de la joven universitaria Nataly Salas Rojas, hecho ocurrido en diciembre de 2016.
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Radicación: 23 001 60 01015 2016 07800 01
Causa contra: Carlos Andrés Quejada Santos
Delito: Feminicidio y Acceso carnal violento
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derribar la teoría del caso de la Fiscalía, ni desvirtuar la presencia del
procesado en dicho lugar.
En cuanto a lo señalado por la juzgadora, en el sentido de que el señor
Francisco Javier Romero Pacheco no pudo haber visto al procesado en la
escena del crimen porque ese día no se encontraba en la ciudad, tal como lo
corroboraban los testigos de la defensa y el informe de llamadas, señala no
compartirlo, primero, porque el testigo lo reconoció en álbum fotográfico y
posteriormente en la audiencia del juicio oral, y que el registro de llamadas
no constituía un factor determinante para descartar su presencia en dicho
lugar y menos cuando se demostró que contaba con varios abonados
numéricos, esto es, 313 7411415 y 304 2013598.
Finalmente, manifiesta que analizada en conjunto la prueba practicada, se
extraía que la Fiscalía sí había allegado prueba suficiente acerca de la
ocurrencia de los delitos atribuidos al procesado y su responsabilidad en los
mismos, por lo que solicita que se revoque la sentencia impugnada y en su
lugar se profiera una de carácter condenatorio en contra del señor CARLOS
ANDRÉS QUEJADA SANTOS.
LA REPRESENTANTE DE VICTIMAS: Alega también que el A-quo no
realizó una debida valoración probatoria e incurrió en un defecto fáctico,
señalando que hizo referencia a la descripción típica de manera general y no
de manera específica frente al hecho investigado cuando en este caso era
necesario hacer un análisis profundo sobre la tipicidad.
En ese orden señala que fue demostrado por la Fiscalía con los diferentes
testigos y prueba pericial que la muerte tuvo origen en su identidad de género,
a la cual había precedido un ciclo de violencia física y psicológica
Señaló que el móvil del crimen había sido acreditado con los testimonios de
la hermana de la víctima y las jóvenes Xiomara Jimena Velásquez y Luisa
Fernanda Maestre Ortega, quienes había escuchado directamente a la