Tribunal confirmó absolución de pastor evangélico que fue vinculado con el asesinato de Nataly Salas
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería confirmó en segunda instancia la sentencia que absuelve al pastor evangélico Carlos Andrés Quejada Santos, quien había sido vinculado con el asesinato de la joven universitaria Nataly Salas Rojas, hecho ocurrido en diciembre de 2016.
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería confirmó en segunda instancia la sentencia que absuelve al pastor evangélico Carlos Andrés Quejada Santos, quien había sido vinculado con el asesinato de la joven universitaria Nataly Salas Rojas, hecho ocurrido en diciembre de 2016.
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Radicación: 23 001 60 01015 2016 07800 01
Causa contra: Carlos Andrés Quejada Santos
Delito: Feminicidio y Acceso carnal violento
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encontraba acreditada, ya que el testigo Francisco Romero, pese a sus
limitaciones, había declarado a través de su interprete y había señalado al
procesado primero en una entrevista, luego en álbum fotográfico y finalmente
en el juicio oral donde lo describió como una persona morena, lo señaló en la
sala, y relató de manera clara y detallada, a través de aquél, todo lo que vio
en la escena del crimen.
Aduce que no se puede afirmar que el señor Anibal Antonio Álvarez
Hernández haya cruzado por el lugar de los hechos a las 5:30 de la mañana
con su esposa, así como tampoco que haya sido la persona que dio aviso a
las autoridades acerca de los hechos.
Señala que tampoco se podía dar por cierto que Nataly le había mentido a su
amiga cuando le dijo que la estaba llamando desde la esquina de su casa, ya
que no existía evidencia de ello ni se podían hacer apreciaciones subjetivas,
pese a que en otros aspectos lo haya hecho, ya que ello no la hacía culpable
de su propio riesgo ni serviría para determinar o no responsabilidad.
Advera respecto al itinerario del procesado para el día en que ocurrieron los
hechos, que no se había demostrado sin lugar a dudas que había estado toda
la noche en la vereda El Salado, más exactamente entre las 10:30 p.m. del
02 de diciembre de 2016 y las 06:00 a.m. del 03 de ese mes y año.
Disiente de la consideración del despacho, según la cual, los testimonios de
la niña Fernanda Ruiz Sala y las jóvenes Xiomara Jiménez Velásquez y Luisa
Fernanda Maestre son pruebas de referencia, ya que no se ajustaba a los
criterios jurisprudenciales -haciendo referencia a los radicados “CSJ AP, 30
Sep. 2015, Rad. 46153; CSJ SP, 6 Mar. 2008, Rad. 27477; CSJ SP, 16 Marz.
2016, Rad. 43866”-, porque su hermana relata sobre la relación que Nataly
tenía con el pastor, el comportamiento de él con aquélla y la confianza que
éste tenía en su casa –lo cual había sido reafirmado por la misma madre-, y
las otras dos jóvenes relatan sobre lo que su amiga les contó acerca del tema
y Luisa Maestre da cuenta del golpe en un ojo, del que según le contó Nataly