15.06.2022 Views

Ini_PRI_Dip_Moreno_Ley_Comision_Nacional_Periodistas

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

TÍTULO IV

CAPÍTULO ÚNICO

DEL RÉGIMEN LABORAL

Artículo 55.- El personal que preste sus servicios a la Comisión Nacional de

Protección a Periodistas se regirá por las disposiciones del Apartado B del Artículo

123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

El personal quedará incorporado al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios

Sociales de los Trabajadores del Estado.

Todos los servidores públicos que integren la Comisión serán considerados

trabajadores de confianza debido a la naturaleza de sus funciones.

33

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!