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Documento A. Memoria - Andoaingo Udala

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PLAN GENERAL DE ANDOAINTexto refundido. Abril 2.011<strong>Documento</strong> A.- MEMORIAimplican escaso margen de incremento de edificabilidad, y que en el tiempo se comprueba queno se ejecuta, en especial por ese motivo concreto, la ordenación planteada opta en estosmomentos y de acuerdo a los criterios municipales, por la propuesta de una nueva ordenacióny por tanto un nuevo planteamiento, incrementando generosamente la edificabilidad, parahacer posible una real regeneración, haciendo viable económicamente la actuación.VIII.2.1.- 30BConsolidación de los desarrollos residenciales existentesSe consolidan, con carácter general, los desarrollos residenciales existentes en la ciudad,siempre que los mismos hayan sido ejecutados de conformidad con el planeamientourbanístico vigente en el momento de su construcción o han sido legalizados con posterioridad.No se consolidan aquellas edificaciones de viviendas preexistentes que resulten afectadas porlas actuaciones de reforma y renovación urbana, bien por los nuevos desarrollos planteadosdesde este Plan General, como por el planeamiento a promover en su desarrollo y que resultenincompatibles con la ordenación y por tanto deban ser derribadas.VIII.2.2.- 31BTipología de viviendas en regeneración del patrimonio edificadopreexistente y en los nuevos desarrollos. El tamaño de la viviendaCon carácter general, los nuevos desarrollos así como las actuaciones de regeneración dedeterminados ámbitos del actual suelo urbano ocupado, se plantean con una tipología deedificación abierta o en bloque, sin perjuicio de su adaptación a las características yparticularidades propias de cada ámbito, en cuanto a la topografía y a las preexistencias en elentorno.Esta tipología se adecua al principio del desarrollo sostenible, que exige la incentivación dedesarrollos racionales, consumidores del suelo natural estrictamente necesario para darrespuesta a los objetivos de este Plan, adaptándose a las particularidades propias de cadaentorno.Igualmente, se adopta en general en la regeneración de diferentes ámbitos actualmente desuelo urbano, la tipología en edificaciones abiertas, ordenándolas de acuerdo a su implantaciónen cuento a fondos edificables y perfiles. En estos ámbitos, donde la carga preexistente es muyfuerte, dejando fuera de ordenación diferentes unidades edificatorias, se opta por proporcionarun incremento de edificabilidad suficiente para que sea posible su desarrollo, enfrentándosecuando menos a una gestión costosa y complicada.Se incorpora en este documento la nueva ordenación de Etxeberrieta –A.I.U. 15-, siguiendo loscriterios expuestos, puesto que con los parámetros con que cuenta en la actualidad, su gestióny regeneración no es en absoluto viable. Se propone la sustitución de la totalidad de la zonamás antigua de este degradado barrio, adoptando una ordenación similar a la ejecutada enzonas colindantes.En el Casco antiguo, sin embargo, se opta por una tipología, perfiles y tamaños de viviendasmás acorde con el entorno, preservando en todos los casos el carácter de la zona más antiguadel municipio.La consecución de los objetivos generales propuestos, justifica la determinación del tamaño delas viviendas resultantes, teniendo en cuenta:* La cumplimentación y consecución de las condiciones de habitabilidad justifica ladeterminación de un tamaño mínimo de vivienda.* La ordenación y disposición de un parque de viviendas diversificado en lo referente a susuperficie justifica la determinación de la previsión reguladora del tamaño promedio de lavivienda, adaptadas a las particularidades propias de las diferentes tipologías edificatoriasordenadas y a las características de los actuales núcleos familiares.* La adecuación de las medidas reguladoras del número de viviendas a ordenar en lasdiferentes zonas, tendrán en cuentas las características propias de cada una de ellas, enespecial en cuanto a la orografía particular, condiciones de viales de acceso e infraestructurasgenerales disponibles. En aquellos casos en los que dichas características lo justifiquen, sepropone la ordenación de un número de viviendas inferior al resultante de la aplicación delcorrespondiente tamaño promedio general; recogiéndose en las fichas particulares el númeroestimado de viviendas a ordenar. Se propone por tanto, que el estudio pormenorizado de cadauno de los ámbitos de actuación delimitados, pueda implantar diferentes tipologías de viviendasde acuerdo con cada una de las características particulares de los ámbitos, a la vez que seAYUNTAMIENTO DE ANDOAIN – ANDOAINGO UDALA 22

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