PLAN GENERAL DE ANDOAINTexto refundido. Abril 2.011<strong>Documento</strong> A.- MEMORIATotal vivienda protegida 66.904 m²(t) 40,74% del total proyectadoVivienda libre97.304 m²(t) 59,26% del total proyectadoTotal164.208 m²(t)Suelo urbanizableVPO –mínimo 55%- 55.518 m²(t)Vivienda tasada-resto 20%- 20.188 m²(t)Total vivienda protegida 75.706 m²(t) 75,00% del total proyectadoVivienda libre25.236 m²(t) 25,00% del total proyectadoTotal100.942 m²(t)c.- De acuerdo a los datos expuestos, las propuestas planteadas en el conjunto deactuaciones integradas en suelo urbano y suelo urbanizable, dan lugar a los siguientes datosglobales, en cumplimiento de los estándares referidos:VPO87.720 m²(t)Vivienda tasada54.890 m²(t)Total vivienda protegida 142.610 m²(t) 56,11% del total proyectadoVivienda libre111.540 m²(t) 43,89% del total proyectadoTotal254.150 m²(t)d.- Consideraciones en cuanto a cuantificación y localización: el cumplimiento del estándarde vivienda protegida se cumple en cada ámbito de actuación, a excepción del subámbitoAI.15.5, donde se aplican las determinaciones que se derivan del Plan especial vigente;tomándose la decisión de absorber el déficit que se produce en el mismo ámbito urbanístico,concretamente en el AI.15.6.El subámbito AI.15.6 contiene una cierta cantidad de edificabilidad existente, que se traduce enunidades de viviendas que deberán ser realojadas en la propia zona. Por otra parte, al ser unterritorio reducido, se opta por incorporar a la actuación, una porción localizada en ámbitocolindante, con el fin de posibilitar el correcto desarrollo, previéndose en esta segundaedificación la mayor parte de los realojos. Esta operación posibilita que la ejecución se realicepor fases, ejecutando primeramente la porción AI.15.6.2 para proceder a los correspondientesrealojos que liberarán los terrenos correspondientes a AI.15.6.1. El subámbito AI.15.6, aunquedividido en dos porciones, deberá ser desarrollado conjuntamente y por tanto contará con unúnico expediente de planeamiento pormenorizado y demás documentos a redactar en sudesarrollo. La adecuada programación, hará factible la regeneración de esta zona actualmentedegradada.VIII.2.7.- 36BOtras cuestiones referidas al uso de viviendaA.- Los locales de planta baja u otras plantas situadas en edificaciones residencialespreexistentesSe propone la autorización del uso de vivienda en determinados locales situados en plantasbajas u otras similares de edificaciones residenciales preexistentes y consolidadas bien poreste Plan General, bien por el planeamiento promovido en su desarrollo, de acuerdo a lascondiciones que se exponen a continuación:* Cumplimiento de las condiciones de habitabilidad, accesibilidad, etc., establecidas tanto enlas Normas Urbanísticas Generales de este Plan General, como en el planeamiento yOrdenanzas promovidas en su desarrollo.* No estar ubicados en ámbitos, calles o tramos de éstas en los que se prevé la conservacióndel uso terciario, incentivando la diversidad de usos y estableciendo centralidades urbanas.* El estudio pormenorizado de la implantación del uso de vivienda en locales de plantas bajasy otros, así como las condiciones particulares que posibiliten el cambio de uso, será reguladoen una Ordenanza especial que estudie este fin.* Las plantas bajas y otras, resultantes en nuevas edificaciones se destinarán al uso previstopara las mismas en el planeamiento urbanístico a redactar en desarrollo de este Plan general.B.- Las plantas de edificación existentes, incluidas bajo cubiertas, situadas por encima y/o fueradel perfil de edificación autorizado por el planeamiento urbanísticoAYUNTAMIENTO DE ANDOAIN – ANDOAINGO UDALA 32
PLAN GENERAL DE ANDOAINTexto refundido. Abril 2.011<strong>Documento</strong> A.- MEMORIAEn ocasiones, las edificaciones existentes y consolidadas sobrepasan la altura y el número deplantas autorizado; afectando en particular a plantas situadas por encima del perfil autorizado ya entreplantas que en origen fueron construidas como vinculadas a las plantas bajas y que másadelante se independizaron. En estas plantas o locales, se proponen los siguientes criterios deintervención:* En el caso de que reúnan las condiciones suficientes en cuanto a habitabilidad,accesibilidad, condiciones constructivas, etc., para su uso como tal, estas plantas o localespodrán ser destinados a los usos autorizados en la correspondiente parcela. La existencia deestas viviendas no implica su consolidación por este planeamiento general; debiendoregularizarse su situación a partir del correspondiente expediente de cambio de uso yadecuación al uso concreto a que se destine.* En el caso de sustituciones, el nuevo perfil se adoptará de acuerdo a la normativa deaplicación, no pudiendo ser computadas estas viviendas no legalizadas mediante el expedientecorrespondiente, a los efectos de la determinación del número máximo de viviendas a habilitary autorizar en la edificación sustitutoria.C.- Realojo de ocupantes legales de viviendas preexistentes a derribarLa adopción de los criterios y decisiones necesarias para el realojo de unidades de viviendaspreexistentes que contará con esta opción, será determinada por el planeamientopormenorizado o por las previsiones contempladas desde este Plan General, reajustadas yconcretadas por el Plan Parcial o Plan Especial a promover en su desarrollo.Los ocupantes legales de las unidades de viviendas, deberán ser realojados de conformidadcon los criterios establecidos en la legislación vigente.Este tema deberá ser objeto de la debida y rigurosa evaluación en el contexto de loscorrespondientes desarrollos urbanísticos, con la identificación del techo residencial y de lasviviendas a derribar, así como de los ocupantes legales de las mismas a realojar.El realojo deberá realizarse de acuerdo a la realidad preexistente, cumpliendo las nuevasunidades en todos los casos la superficie mínima exigible a la unidad de vivienda mínima. Deesta forma, aquellas unidades existentes que cuenten con una superficie menor que la mínimaautorizada, deberán cumplir en su nueva disposición con estos mínimos exigibles.VIII.3.- 25BOrdenación de suelo destinado a actividades económicasLa oferta de suelos para nuevos desarrollos de actividades económicas es escasa en laactualidad, detectándose en los existentes varios supuestos diferenciados:- Ámbitos que están desarrollados en su totalidad y en condiciones adecuadas en cuanto aedificaciones y urbanización, ejecutados en base a planeamiento pormenorizado vigente conanterioridad a la aprobación definitiva de las Normas de 1.995. Ejemplos de Leizotz e Industriasde Karrika; en estos ámbitos quedan únicamente pendientes pequeños desarrollos localizadosy diferenciados.- Ámbitos consolidados por las Normas Subsidiarias de 1.995 y en los que se planteansustituciones, reformas o ampliaciones: en estas zonas es donde no se han ejecutado engeneral las previsiones, estando muchas de ellas obsoletas o degradadas en cuanto aedificaciones y sobre todo a nivel de la urbanización general. Entre éstos está Ama Kándida –A.I.U. 5- en su totalidad en donde se posibilita la sustitución de los actuales usos industrialespor usos residenciales; y el antiguo Ziako en su mayor parte, donde se recogen desde esteproyecto las propuestas que se derivan de los diferentes Estudios de detalle en redacción yposibilidad de sustitución de las edificaciones que no se consideran adecuadas y/o están ensituación de abandono; observándose deficiencias considerables en cuanto a la urbanizaciónde superficie, sobre todo a la continuidad en el frente al vial Gudarien etorbidea.- Ámbitos pendientes de desarrollo pero con planeamiento aprobado o en tramitación; es elcaso de Balestagin que cuenta con Modificación de Normas Subsidiarias con aprobacióndefinitiva de 27 de septiembre de 2.007 y posterior Plan Parcial con aprobación definitiva de 2de octubre de 2.008. Este documento de Plan General convalida íntegramente lasdeterminaciones del planeamiento de desarrollo vigente.- Ámbitos consolidados y en buen estado en cuanto a edificaciones y urbanización: en estoscasos se plantea únicamente la mejora de los accesos y urbanización, en los puntosAYUNTAMIENTO DE ANDOAIN – ANDOAINGO UDALA 33