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Leyes, Decretos, Convenios y Sentencias que legalizan la opacidad<br />
Convenios y Acuerdos Internacionales Ley previa derogada o reformada Comentarios<br />
36<br />
el Gobierno del estado Plurinacional de<br />
Bolivia para el Desarrollo de Actividades<br />
de Intercambio y Capacitación en Ciencia<br />
y Tecnología para la Explotación y Utilización<br />
del Espacio Ultraterrestre con fines<br />
Pacíficos<br />
Ley AN<br />
22 de Junio de 2011<br />
G.O 39.719<br />
morando de Entendimiento u obtenida como<br />
resultado de su ejecución. Dicha información<br />
no podrá ser transferida a terceros sin el<br />
consentimiento previo, dado por escrito, de<br />
ambas Partes.<br />
4<br />
Ley Aprobatoria del Protocolo al Acuerdo<br />
Marco de Cooperación entre el Gobierno<br />
de la República Bolivariana de Venezuela<br />
y el Gobierno de la República del Ecuador<br />
para Profundizar los Lazos de Comercio y<br />
Desarrollo<br />
Ley AN<br />
22 de Junio de 2011<br />
G.O 39.719<br />
Artículo 26. Confidencialidad<br />
Las Autoridades Competentes de cada Parte<br />
mantendrán, de conformidad con lo establecido<br />
en su legislación, la confidencialidad de<br />
la información que tenga tal carácter obtenida<br />
conforme a este Régimen y la protegerá de<br />
toda divulgación.<br />
La información considerada confidencial<br />
conforme a este Régimen sólo podrá darse<br />
a conocer a las autoridades competentes<br />
de la Parte importadora para la verificación<br />
y control de origen según corresponda, de<br />
conformidad con la legislación de cada parte.<br />
5<br />
Ley Aprobatoria del Acuerdo General<br />
de Cooperación Económica, Comercial,<br />
Científica y Cultural entre la República<br />
Bolivariana de Venezuela y la República<br />
de Angola<br />
Ley AN<br />
25 de octubre de 2011<br />
G.O 39.785<br />
Artículo 8. Tratamiento de la Información<br />
Cada una de las Partes se compromete en<br />
guardar la confidencialidad de todos los<br />
documentos, informaciones, datos u otros<br />
elementos que posea en el ámbito del proceso<br />
de implementación del presente Acuerdo<br />
y no podrá remitir tales documentos ni su<br />
copia a terceros sin el consentimiento escrito<br />
y previo de la otra parte.<br />
6<br />
Convenio China-Venezuela. Segundo<br />
protocolo de Enmienda al Acuerdo de Financiamiento<br />
Conjunto Chino-Venezolano<br />
Ley AN<br />
22 de mayo de 2012<br />
G.O 39.927<br />
Artículo 9. Los órganos Designados de<br />
las Partes se suministrarán mutuamente la<br />
información necesaria relacionada con este<br />
Acuerdo. Ninguna de las Partes podrá revelar,<br />
sin el consentimiento por escrito de la otra<br />
parte, dicha información a terceros o utilizar<br />
esta información con fines distintos a los<br />
establecidos en el presente acuerdo.<br />
7<br />
Ley Aprobatoria del Acuerdo de Cooperación<br />
para el desarrollo del Sector Petroindustrial<br />
entre el Gobierno de la República<br />
Bolivariana de Venezuela y el Gobierno<br />
ARTÍCULO VI. Utilización de la Información<br />
Las condiciones y contenido del presente<br />
Acuerdo, se considerarán confidenciales y no<br />
podrán ser divulgadas ni por las partes, ni por<br />
los órganos ejecutores, a terceros, de forma