You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
4. Véase GARANTÍAS INDIVIDUALES.<br />
DICTAMEN PERICIAL<br />
1. Opinión científica técnica o artística que emiten terceras personas que<br />
concurren al proceso para auxiliar al juzgador en la investigación y el<br />
conocimiento de los hechos o de las personas.<br />
2. Cuando el juez confía a personas técnicas, el oficio de examinar una<br />
cuestión de hecho que exige conocimientos especiales.<br />
3. EA: Es el resultado emitido por un profesional científico o técnico, producto<br />
del estudio de cosas, situaciones o personas, mismo que sirve de<br />
instrumento al juez en su decisión al momento de dictar sentencia en un<br />
juicio. Este dictamen puede ser solicitado por alguna de las partes o por el<br />
juez mismo.<br />
DOCUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS<br />
* Véase ESPECIES Y MEDIO DE PRUEBA.<br />
EA: Son documentos públicos, aquellos que son otorgados por un<br />
funcionario público revestido de fe pública, dentro de los límites de su<br />
competencia y de acuerdo con las formalidades que la ley exige.<br />
Los documentos públicos tendrán valor probatorio por sí mismos, debido a que ya<br />
que emanan de entidades públicas, se presume su autenticidad.<br />
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE<br />
MICHOACÁN<br />
¨ Artículo 424. Son instrumentos públicos:<br />
I. Los testimonios de las escrituras públicas otorgadas con arreglo a derecho y las<br />
escrituras originales mismas;<br />
19