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PROCESO<br />
EA: Proviene del latín procesus, que significa progresión, podría definirse<br />
como un conjunto de actos procesales encabezado por los litigantes que se<br />
lleva ante un órgano jurisdiccional.<br />
EA: Por lo que utilizar la palabra procedimiento como sinónimo de proceso o<br />
viceversa es incorrecto. El proceso abarca todo el ¨juicio¨, es el conjunto de<br />
etapas procesales necesarias para llegar a la resolución de determinado conflicto<br />
jurídico, mientras que el procedimiento es el conjunto de actos que se realizan<br />
dentro de las mencionadas etapas del proceso.<br />
PRUEBA<br />
1. (Definición del Derecho Penal) Se denomina prueba a todo<br />
conocimiento cierto o probable sobre un hecho, que ingresando al<br />
proceso como medio de prueba en una audiencia y desahogada<br />
bajo los principios de inmediación y contradicción, sirve al<br />
Tribunal de enjuiciamiento como elemento de juicio para llegar a<br />
una conclusión cierta sobre los hechos materia de la acusación.<br />
2. Se designa como prueba a todo el conjunto de actos desarrollados<br />
por las partes, los terceros y el propio juzgador, con el objeto de<br />
lograr la obtención del cercioramiento judicial sobre los hechos<br />
discutidos y discutibles. Por último, por extensión también se<br />
suele denominar pruebas a los medios, instrumentos y conductas<br />
humanas con las cuales se pretende lograr la verificación de las<br />
afirmaciones de hecho.<br />
3. EA: Es todo elemento sensible (susceptible de percibirse por<br />
alguno de los sentidos), que permite comprobar o acreditar lo que<br />
se dice en un juicio, y que es posible trasladarlo al proceso,<br />
mientras su recolección y presentación estén apegadas a Derecho.<br />
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