MARCAS, DIBUJOS Y MODELOS
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el registro de la marca comunitaria. Sin embargo, la Sala no cree que la marca<br />
solicitada sea idéntica o similar a las anteriores. Y ello es suficiente para caer fuera<br />
del marco del artículo 8, apartado 5 del RMC.<br />
32 La oponente dice que el elemento dominante de la marca solicitada es el término<br />
DOUGHNUTS, que a su vez es muy similar a DONUTS, por lo que las marcas en su<br />
conjunto presentan un fuerte parecido. Es cierto, por las razones expuestas<br />
anteriormente, que la palabra DOUGHNUTS es el componente más impactante de la<br />
marca solicitada, pero la Sala no cree que el consumidor español establezca un<br />
vínculo entre DOUGHNUTS y DONUTS y considere ambas denominaciones<br />
similares.<br />
33 Desde el punto de vista estrictamente lingüístico, hay que decir que las dos<br />
denominaciones son en realidad idénticas, pues son dos formas (una más habitual en<br />
el Reino Unido, otra en Estados Unidos) de escribir la misma palabra inglesa. Pero la<br />
Sala duda de que los conocimientos de la lengua inglesa que la mayoría del público al<br />
que van destinados los productos de bollería en España lleguen a tanta sofisticación<br />
como para saberlo. La Sala duda incluso que el consumidor corriente llegue a<br />
deletrear y pronunciar correctamente la palabra “doughnuts”, puesto que contiene<br />
una combinación de letras ciertamente extraña para el español medio. Todo lo<br />
contrario de “donut” o “donuts”, que no requieren ningún esfuerzo de lectura y<br />
pronunciación (lo que sin duda explica que, en su momento, la oponente haya<br />
descartado “doughnut/doughnuts” en beneficio de “donut/donuts” como marca<br />
comercial de sus productos).<br />
34 Dicho esto, se entiende mejor que, tanto visual como fonéticamente, la marca<br />
solicitada difiere sensiblemente de la anterior. No solamente difiere el aspecto de la<br />
palabra DOUGHNUTS respecto a la palabra DONUTS, por las razones que se<br />
acaban de indicar, sino que también la marca solicitada se distingue por un diseño<br />
característico y la presencia de otras palabras.<br />
35 Fonéticamente, existiría identidad entre DOUGHNUTS y DONUTS únicamente en<br />
presencia de ciertas condiciones: la primera, que el consumidor detectara que<br />
“donut/s” es una palabra inglesa, la segunda, que supiera pronunciar correctamente la<br />
palabra “doughnuts”, la tercera, que pronunciara ambas denominaciones como lo<br />
haría un nativo, es decir “DO-NATS” o “DOU-NATS”. A juicio de la Sala, esto es<br />
altamente improbable. El consumidor español medio pronunciará DONUTS como<br />
“DO-NUTS” – sencillamente porque cree que es una marca española y no una<br />
palabra inglesa – mientras que le resultará difícil pronunciar correctamente<br />
DOUGHNUTS porque no conoce esta palabra. En consecuencia es difícil sacar<br />
conclusiones ciertas de una comparación fonética. En cualquier caso, no hay que<br />
olvidar que, la marca solicitada también incluye a las palabras HOT y NOW, lo que<br />
incrementa la distancia entre las dos marcas.<br />
36 Conceptualmente las palabras DOUGHNUTS y DONUTS son idénticas pero, por las<br />
razones dadas, no es probable que el consumidor se entere de ello, a no ser que<br />
conozca bien el idioma inglés. Por lo tanto, la Sala cree que tampoco se puede sacar<br />
conclusiones de una comparación conceptual. Lo más probable es que el consumidor<br />
medio piense que DONUTS no significa nada, siendo una marca comercial de<br />
RESOLUCIÓN DE 8 DE AGOSTO DE 2006 – R 536/2005-1 – HOT DOUGHNUTS NOW (Marca figurativa) /<br />
DONUTS et al (Marca figurativa)