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N° 10 - OSCE

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corresponde no s lo al Componente Construcci n de 03 Sifones Invertidos sino<br />

que involucra tambiØn la ejecuci n de otras Partidas independiente de Østa<br />

74 Es en este contexto indica la entidad y dado el excesivo tiempo transcurrido<br />

desde el mes de Julio del 20<strong>10</strong> en que se notific al contratista las observaciones<br />

a la Modificaci n del Expediente TØcnico primigenio y vencido el plazo contractual<br />

as como agotados los mecanismos previos para que el contratista cumpla con sus<br />

obligaciones y ejecute el Saldo de Obra que la Municipalidad Distrital de<br />

Tambogrande cursa la Carta Notarial N 027 de fecha 26 de enero del 2011 en el<br />

que requiere al Consorcio Sinchi Roca cumplir con las obligaciones a su cargo y<br />

ejecutar las prestaciones de acuerdo al Expediente TØcnico original bajo<br />

apercibimiento de resolver de pleno derecho el Contrato de Obra suscrito Ante<br />

cuya intimaci n el contratista procede a comunicar la resoluci n contractual<br />

75 La municipalidad seæala que en la Carta Notarial se comunic el apercibimiento de<br />

resoluci n del Contrato de Obra y se seæal el plazo de 06 dfas para que el<br />

contratista inicie los trabajos<br />

76 A este respecto cabe seæalar ademÆs que la Entidad en respeto irrestricto del<br />

plazo legal de Quince 15 d as calendario previsto en el Art 169 del Reglamento<br />

expide la Resoluci n de Alcald a N074 2011 MDT Ade fecha 17 de febrero del<br />

2011 que dispone resolver el Contrato Con esto el procedimiento seguido por ta<br />

Entidad se sujeta a lo dispuesto por el dispositivo legal acotado al cumplirse con la<br />

finalidad que dicha norma jur dica persigue pues a mayor abundamiento es el<br />

contratista intimado que dentro del cuarto d a de requerido para que satisfaga las<br />

prestaciones a su cargo con fecha 02 de Febrero del 2011 comunica a la<br />

municipalidad su decisi n de resolver el contrato de obra celebrado<br />

77 Respecto a la Cuarta Pretensi n la Municipalidad indica que en sujeci n a lo<br />

prescrito por el Art 202 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado<br />

DS N 184 2008 EF el efecto jur dico inmediato de la modificaci n del plazo<br />

contractual es el reconocimiento<br />

y pago de mayores gastos generales variables<br />

cuyo cÆlculo debe efectuarse de acuerdo al procedimiento establecido en el Art<br />

203 del mismo cuerpo normativo salvo en el caso de obras adicionales que<br />

cuentan con presupuestos espec ficos<br />

78 AdemÆs indican que el Consorcio Sinchi Roca no ha cumplido con las obligaciones<br />

contractuales a su cargo Lo que significa que no se han configurado las causales<br />

invocadas para la pr rroga de plazo contractual en virtud que la dilaci n y retraso<br />

en la ejecuci n de las prestaciones a su cargo se ha debido acausas imputables ai<br />

mismo contratista y no a la Municipalidad Distrital de Tambogrande No habiendo<br />

concurrido los requisitos esenciales para la procedencia de las ampliaciones de<br />

plazo solicitadas por el demandante la l gica y natural consecuencia de dichas<br />

circunstancias es que tampoco se generen los efectos jur dicos que son propios<br />

de la Ampliaci n de Plazo Contractual esto es los mayores gastos generales<br />

variables en tipificados la normativa especial que rige las contrataciones<br />

gubernamentales<br />

79 Respecto a la Quinta Pretensi n la Municipalidad indica que conforme ha quedado<br />

fehacientemente acreditado la Municipalidad Distrital de Tambogrande en decisi n<br />

debidamente motivada dispuso la Resolucibn del Contrato de Obra por causas<br />

imputables al incumplimiento contractual por parte del Consorcio Sinchi Roca<br />

raz n en virtud de la cual deviene en improcedente la pretensi n indemnizatoria del<br />

demandante<br />

80 Respecto a la Sexta y œltima pretensi n la Municipalidad indica que conformidad<br />

con lo estipulado en la ClÆusula VigØsimo SØptima del Contrato de Ejecuci n de la<br />

Obra N014 2009 MDT EJE O y en concordancia con lo dispuesto en el Art 52 de<br />

la Ley de Contrataciones del Estado D Leg N <strong>10</strong>17 concordante con los Arts<br />

215 y 216 del Reglamento DS N 184 2008 EF la Entidad se encuentra<br />

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