09.03.2013 Views

N° 10 - OSCE

N° 10 - OSCE

N° 10 - OSCE

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>10</strong>3 La Municipalidad acredita indubitablemente la existencia de una conducta il cita<br />

entendiØndose por tal la actuaci n contraria a obligaciones contractuales y<br />

disposiciones legales vigentes incursa por el Consorcio Sinchi Roca a t tulo de<br />

culpa inexcusable prescrita por el Art 1321 del C acotado Esta aseveraci n se<br />

sustenta precisamente en que la inejecuci n de obligaciones exigibles al contratista<br />

a consecuencia de su irresponsabilidad ya que no se ha tenido en consideraci n<br />

la finalidad de la obra pœblica contratada<br />

<strong>10</strong>4 En este orden de ideas son evidentes los daæos y perjuicios irrogados a la<br />

Municipalidad Distrital de Tambogrande por el consorcio contratista consistentes<br />

en Los daæos patrimoniales en su vertiente de Daæo Emergente y Lucro Cesante<br />

que han originado menoscabo en los recursos pœblicos considerados en el<br />

Presupuesto Institucional de la Entidad se derivan de los siguientes hechos<br />

a El aumento del costo de la obra o Costo Actualizado del Saldo de Obra<br />

pendiente de ejecuci n que supera a la fecha losS700 000 00<br />

b Los mayores costos de Supervisi n incurridos por la Entidad debido a que al<br />

vencimiento del plazo contractual20 09 20<strong>10</strong> pues el Contratista no cumpli<br />

con en su ejecutar integridad la obra contratada requiriØndose mayores<br />

servicios del Supervisor de la Obra originÆndose mayores gastos a la<br />

Municipalidad Distrital de Tambogrande hasta el d a 17 de Febrero del 2011<br />

fecha de resoluci n contractual que asciende aproximadamente al monto de<br />

S25 000 00Veinticinco Mil con00 <strong>10</strong>0 Nuevos Soles por el per odo Del 21<br />

de Setiembre del 20<strong>10</strong> al 17 de Febrero del 2011 Debiendo considerarse<br />

ademÆs los costos de Supervisi n necesarios para la ejecuci n del Saldo de<br />

Obra por ejecutar<br />

c El Contratista aœn mantiene en su poder los fondos pœblicos entregados en<br />

calidad de Adelantos Directo y de Materiales sin haber cumplido con invertirlo<br />

en la ejecuci n de los trabajos como ha quedado plena y pœblicamente<br />

demostrado pues el Avance de la Obra corresponde aproximadamente al<br />

87 y en el cual no se ha cumplido con amortizar aœn el monto de dichos<br />

adelantos mÆxime cuando es evidente e inobjetable que el Saldo pendiente de<br />

Amortizaci n NO HA SIDO INVERTIDO en la obra inejecutada El no ingreso<br />

del monto acotado en el presupuesto de la Entidad ha impedido que a pesar<br />

de ser indispensable la inmediata culminaci n de la Obra Mejoramiento del<br />

Sistema de Riego Canal 31 Valle de los Incas del Distrito de Tambogrande<br />

Piura Østa no pueda ser culminada por la Entidad en grave detrimento de la<br />

comunidad del Æmbito de influencia de la obra De esta manera pues al no<br />

contarse con los recursos suficientes debidamente presupuestados y<br />

destinados a la obra en poder del Consorcio Sinchi Roca imposibilita que se<br />

ejecute inmediatamente dicho Proyecto de Inversi n a fin de satisfacer la<br />

necesidad de la poblaci n y a pesar de haber transcurrido mÆs de 12 meses<br />

desde su entrega al contratista Debiendo indicar que tampoco en aplicaci n<br />

de las normas presupuestales y legales que rigen a las Entidades del Sector<br />

Pœblico tampoco pueden destinarse otros recursos ala culminaci n de la obra<br />

bajo sanci n de incurrirse en malversaci n de fondos<br />

d En este contexto tambiØn se ha causado Daæo Moral a la Entidad<br />

en su<br />

condici n de Unidad Ejecutora de la Municipalidad Distrital de Tambogrande en<br />

el extremo referido la afectaci n de su Derecho a la reputaci n imagen y<br />

prestigio pues los beneficiarios de la Obra que han visto frustrada la<br />

culminaci n de la misma responsabilizan de dicho incumplimiento a dicha<br />

Entidad propiciÆndose una inadecuada e inexacta percepci n y emisi n de<br />

juicios de valor negativos sobre la situaci n presentada hecho que causa<br />

serio detrimento al prestigio institucional mÆxime cuando el incumplimiento de<br />

obligaciones en la culminaci n de la obra pœblica es de absoluta y exclusiva<br />

responsabilidad del Consorcio Contratista<br />

16

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!