Desenredando prejuicios - Corporación Caribe Afirmativo
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En Colombia, y de manera particular en Cartagena,<br />
la población de lesbianas, gays, bisexuales,<br />
transgeneristas e intersex –que en adelante<br />
denominaremos con la sigla LGBTI (ver: tabla<br />
No.6)- convive en una sociedad en la que si<br />
bien constitucionalmente se les reconoce sus<br />
derechos con base en los principios de igualdad,<br />
dignidad, libertad y libre desarrollo de la personalidad,<br />
en la práctica y en su vida cotidiana<br />
son insuficientes las herramientas jurídicas<br />
efectivas e integrales que los garanticen (ver tablas<br />
No. 1,2,3 y 4) pues se siguen enfrentando a<br />
constantes vulneraciones y aún no se generan<br />
acciones transformativas que permitan a esta<br />
población acceder en igualdad de condiciones<br />
a una ciudadanía plena.<br />
Estas constantes vulneraciones a los derechos<br />
humanos de la población LGBTI, generadas por<br />
el rechazo, desconocimiento o desprecio de sus<br />
expresiones afectivas, eróticas e identitarias de<br />
género, se deben básicamente a la construcción<br />
de un entramado cultural que se fundamenta<br />
en el desconocimiento de la diversidad en todos<br />
sus matices y, específicamente, en relación<br />
con la diversidad sexual e identidades de género<br />
se han instaurado un discurso y unas representaciones<br />
sociales dominadas por un modelo<br />
homogeneizante que sólo reconoce la heterosexualidad<br />
como la única orientación sexual y<br />
naturaliza un rol de masculinidad al hombre y<br />
de feminidad a la mujer, por lo que todas aquellas<br />
expresiones o acciones que se dan por fuera<br />
de este marco son deslegitimadas, aniquiladas<br />
y prejuiciadas (Werner: 2008).<br />
8<br />
Introducción<br />
Colombia, como un Estado Social de Derecho,<br />
está cimentado en el respeto y la garantía de los<br />
derechos humanos consagrados en la Constitución<br />
y refrendados en los tratados internacionales<br />
suscritos, donde se le otorga un trato en<br />
igualdad de condiciones a todos y todas bajo el<br />
imperativo de la dignidad humana. El artículo<br />
13 de la carta política, hace referencia a que todos<br />
y todas somos iguales ante la ley y por tanto<br />
merecemos el mismo trato, encomendando al<br />
Estado generar acciones afirmativas 1 tendientes<br />
a garantizar esa igualdad.<br />
Sin embargo, en la vida cotidiana se continúan<br />
generando focos de discriminación y exclusión<br />
social a ciudadanos y ciudadanas que<br />
asumen en el ejercicio del derecho constitucional<br />
del libre desarrollo de la personalidad, una<br />
orientación sexual o identidad de género por<br />
fuera de los preceptos tradicionales y los condicionamientos<br />
sociales basados en prácticas<br />
patriarcales y sexistas; tratándolos como seres<br />
“desviados”, “anormales”, “inferiores”, “pervertidos”,<br />
“pecaminosos”, entre otros calificativos;<br />
imaginarios estos que se sustentan en preceptos<br />
de orden moral y religioso que son producto<br />
del desconocimiento de la perspectiva de<br />
derecho del Estado y de las garantías que éste<br />
debe brindar a los ciudadanos y ciudadanas en<br />
igualdad de condiciones, independientemente<br />
de sus expresiones, acciones y motivaciones.<br />
Cartagena no es ajena a esta construcción<br />
asimétrica de ciudadanía, pues se presentan<br />
acciones y omisiones de parte del Estado y sus<br />
habitantes que dan cuenta de conductas <strong>prejuicios</strong>as<br />
que no garantizan el derecho a la ciudad<br />
1 Por acciones afirmativas se entienden las políticas y planes que el Estado debe poner en marcha de manera inmediata para corregir las<br />
prácticas de desigualdad y/o la falta de garantía a los derechos de algunos ciudadanos por su calidad de pertenecer a grupos poblacionales<br />
o sectores sociales marcados históricamente por la discriminación. Asumimos la reflexión de la Filosofa Nancy Fraiser (2006) quien<br />
propone que esas acciones encaminadas a corregir la igualdad más que afirmar al Estado lo debe transformar (acciones transformativas),<br />
para que pase de ser un Estado de exclusión social a un Estado plural.