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Descargar artículo completo - La Revolución Neogranadina

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Daniel Gutiérrez Ardila<br />

diputación consular) más que de las autoridades de la España libre. Así mismo,<br />

el ayuntamiento se declaró en posesión de las facultades que correspondían a<br />

Oribe, separándolo de la comandancia de la plaza y de la subinspección general<br />

de milicias y del real cuerpo de artillería. En consecuencia, se le prohibió aumentar<br />

o disminuir la guarnición, alistar vecinos o entregar el mando militar a cualquier<br />

persona sin previa autorización. 39<br />

A comienzos de diciembre de 1810, el cabildo de Riohacha se hizo, pues, con<br />

el mando de la provincia pretextando fidelidad al monarca cautivo y a la Regencia<br />

y sacando claramente provecho de la turbulenta situación política del Nuevo Reino.<br />

Hasta el 6 de junio de 1811 los capitulares ejercieron sin sobresaltos el concentrado<br />

poder que habían acumulado. En dicha fecha, recibieron una carta del catalán José<br />

Antonio Bonafé en la que se anunciaba que en la ciudad de Santafé el coronel José<br />

de Medina Galindo había manifestado a diferentes personas una representación<br />

suscrita por varios vecinos de Riohacha, instándolo a que asumiese el mando de la<br />

provincia. Al parecer la recolección de las firmas había sido realizada entre gentes<br />

de clase inferior por D. Antonio de Torres, un yerno de Medina Galindo que residía<br />

entonces en la ciudad de Valledupar. Con estupor, los miembros del ayuntamiento<br />

se enteraron, además, de que el antiguo gobernador había emprendido ya el viaje<br />

y sobrepasado el puerto fluvial de Honda en compañía de su hijo Manuel José<br />

y de un tinterillo caviloso. En consecuencia y con la esperanza de que Medina<br />

Galindo fuese detenido en Valledupar y expulsado de la provincia de Santa Marta,<br />

decidieron pedir auxilio, en nombre del rey, a dicho gobernador. 40<br />

Éste, al enterarse de lo sucedido, ofició al coronel de milicias de Valledupar,<br />

ordenándole remitir bajo escolta a Medina Galindo. 41 No obstante, era imposible<br />

ejecutar el encargo por cuanto desde el mes de febrero anterior, cuando se había<br />

intentado en vano erigir junta de gobierno independiente en la ciudad, no sólo<br />

se había suprimido mediante un tumulto el empleo de teniente de gobernador,<br />

sino que se había forzado el destierro del jefe de las milicias urbanas. 42 Así, pues,<br />

el cabildo de Valledupar, fiel en principio a la Regencia se administraba también<br />

con casi absoluta autonomía, sin que para ello hubiera tenido que abrazar la<br />

revolución neogranadina.<br />

El día 13 de julio de 1811, el cabildo de Valledupar hizo comparecer en su<br />

seno a Medina Galindo, alarmado por la llegada de un pliego que la secretaría<br />

del recién creado Estado de Cundinamarca dirigió a éste bajo la denominación<br />

de “gobernador del Riohacha”. El oficio contenía sendos ejemplares de las actas<br />

del Colegio Electoral y Constituyente y de la Constitución promulgada por éste<br />

el 4 de abril. 43 Era, pues, una clara promoción de las instituciones adoptadas por<br />

la capital del Nuevo Reino y, en ese sentido, hacía parte de las negociaciones<br />

39 Acta del cabildo de Riohacha (3 de diciembre de 1810) y oficio que remitió a éste D.<br />

Fernando de Oribe (23 de enero de 1811), Id., ff. 184-194.<br />

40 Acta del cabildo de Riohacha (6 de junio de 1811) y carta de Pedro Pérez Prieto al<br />

gobernador de Santa Marta (Riohacha, junio 7 de 1811), Id., f. 561-562.<br />

41 Oficio de Tomás de Acosta, gobernador de Santa Marta al coronel Juan Salvador<br />

Anselmo Daza (11 de junio de 1811), Id., f. 566.<br />

42 Oficio del Coronel de milicias de Valledupar al gobernador de Santa Marta (Hacienda<br />

de Corral de piedra, jurisdicción de Valledupar, 17 de junio de 1811), Id., ff. 567-569.<br />

43 Acta del cabildo de Valledupar (13 de julio de 1811), Id., f. 581.<br />

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