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Daniel Gutiérrez Ardila<br />

<strong>La</strong> revolución en una provincia regentista.<br />

Avatares de Riohacha y su Gobernador,<br />

José Medina Galindo<br />

¿Qué es una revolución? Sin duda, uno de los rasgos esenciales que distinguen<br />

este fenómeno político de un simple alboroto, de una sublevación o de una<br />

insurrección es su incidencia, que se extiende incluso sobre aquellos territorios que<br />

a priori permanecen ajenos al movimiento y que, paradójica e inopinadamente,<br />

terminan siendo el escenario de manifestaciones que siguen en alguna medida los<br />

fundamentos de la turbación anatematizada. El presente <strong>artículo</strong> demuestra, a<br />

través del estudio de las repercusiones de la transformación política de 1810 en la<br />

fidelísima gobernación de Riohacha, que la revolución neogranadina se extendió<br />

insidiosamente por todo el virreinato y que para tener una idea más diáfana de dicho<br />

fenómeno es muy importante prestar también atención a las provincias regentistas.<br />

Habitualmente consideradas en las historias de la revolución neogranadina como<br />

obstáculos o fronteras, es hora de observar en ellas el particular semblante que<br />

ofrecen del movimiento independentista. Así mismo, este <strong>artículo</strong> se interesa por<br />

la relación que gobernantes y gobernados mantenían en Riohacha en vísperas de<br />

la crisis monárquica como una posible clave para comprender las razones en que<br />

se fincaron la fidelidad y el rompimiento.<br />

Vida y servicios de un coronel de los reales ejércitos<br />

Cuando fue nombrado gobernador de Riohacha, José de Medina Galindo<br />

Muñiz y Montoya tenía en su haber una larga hoja de servicios y un mérito<br />

pacientemente labrado desde los escalones más bajos de la carrera militar. Nacido<br />

en 1743 en el seno de una familia hidalga originaria de la villa de Belalcázar,<br />

había comenzado a servir como cadete a la edad de once años. Un lustro más<br />

tarde fue ascendido a teniente sencillo y, tras desempeñarse como teniente de<br />

granaderos, capitán y teniente coronel de infantería, se le confirió el grado de<br />

coronel de los reales ejércitos en 1794. Si bien Medina Galindo sirvió al comienzo<br />

de su carrera durante tres años en la plaza de Ceuta, la mayor parte de su vida<br />

transcurrió en América y particularmente en las plazas de Portobelo, Panamá,<br />

<strong>La</strong> Guaira y <strong>La</strong> Habana. Desde la capital de Cuba, Medina Galindo participó<br />

en la guerra de independencia norteamericana: fue enviado como refuerzo a <strong>La</strong><br />

Mobila (aunque no desembarcó) y tomó parte en la expedición destinada contra<br />

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<strong>La</strong> revolución neogranadina, nº 1, 2011<br />

Panzacola, cuya escuadra fue dispersada por un huracán. 1 Un contemporáneo<br />

refirió cómo en aquella ocasión cuatro de los navíos fueron desarbolados; “muchos<br />

de los barcos volvieron con pena a <strong>La</strong> Habana, otros fueron a parar a Campeche,<br />

algunos a la Luisiana, una fragata de 36 cañones se estrelló contra las costas de<br />

Yucatán, dos transportes perecieron en las costas de indios bravos”. 2 No fue aquel<br />

el único accidente de navegación a que se vio sometido Medina Galindo durante<br />

su carrera. En la expedición dirigida contra la isla de Providencia, en la que se le<br />

había confiado el mando de un bergantín, el militar sufrió un nuevo naufragio.<br />

El buque, agobiado por el peso de sus 24 cañones, se abrió por la proa: la tropa y<br />

el armamento pudieron ponerse a salvo, no así el equipaje del comandante que<br />

desapareció bajo las aguas por la prontitud del naufragio. 3<br />

Los largos servicios de Medina Galindo le valieron ser designado como<br />

gobernador político y militar de la provincia de Santiago de Veragua, en el Istmo<br />

de Panamá. Durante sus años al mando de dicho territorio, Medina Galindo<br />

consiguió la pacificación de los indios changuinas que en diversas ocasiones se<br />

habían sublevado y puesto en riesgo la seguridad de los españoles. 4 Igualmente,<br />

tuvo que vérselas con la amenaza representada por la “sociedad” que mantenían<br />

los indios mosquitos y guaimíes norteños con los británicos. 5 Estos hechos<br />

influyeron en el nombramiento que, por instancia del virrey Ezpeleta, se le hizo en<br />

1790 como segundo gobernador de la provincia de Riohacha, ubicada también en<br />

el Nuevo Reino de Granada y como la de Santiago de Veragua, amenazada por la<br />

presencia de indios insumisos cercanos a los ingleses. 6<br />

El territorio de Riohacha había sido desgajado de la provincia de Santa Marta<br />

y erigido como gobernación independiente por el virrey Gil y Lemus en febrero<br />

de 1789 como un arbitrio capaz de resguardar los reales intereses derivados del<br />

comercio del palo de tinte brasilete. A la cabeza de la provincia fue designado<br />

el comandante de buques guardacostas Juan Álvarez de Veriñas, quien al poco<br />

1 Hay numerosas relaciones de méritos de José de Medina Galindo. Se utilizan aquí las<br />

fechadas en Santiago de Veragua (31 de agosto de 1788) y en Riohacha (14 de junio de<br />

1793 y 14 de julio de 1798), Archivo General de la Nación –en adelante AGN–, Milicias<br />

y Marina, t. 96, f. 628, t. 46, ff. 50-51 y t. 9, ff. 304-309 y 428-435. En el Archivo General<br />

de Simancas –en adelante AGS– SGU, 7072, se encuentran una hoja se servicios y una<br />

relación de méritos impresa en 1785, en donde se hace relación de los ascendientes y del<br />

país del militar. El real despacho por medio del cual se le confirió el grado de teniente<br />

coronel (San Lorenzo, 22 de octubre de 1788) figura en AGN, Milicias y Marina, t. 96, ff.<br />

400-404. Por último, acerca del ascenso de Medina Galindo a coronel de infantería, véase<br />

la carta de agradecimiento que éste último escribió al virrey de Santafé (14 de octubre de<br />

1794), Id., t. 95, f. 968.<br />

2 Francisco Morales Padrón, ed., Diario de Don Francisco de Saavedra, Universidad de Sevilla<br />

/CSIC, Sevilla, 2004, p. 134.<br />

3 Relación de méritos citada de 1798.<br />

4 Ibíd. Véanse también los certificados expedidos por las autoridades de la ciudad de<br />

Santiago Alange (1787), AGN, Empleados Públicos de Panamá, t. 1, ff. 280-283.<br />

5 Oficio de Medina Galindo al arzobispo virrey Caballero y Góngora (Santiago de<br />

Veraguas, 1º de abril de 1788), AGN, Milicias y Marina, t. 80, f. 698.<br />

6 El nombramiento se encuentra en Archivo General de Indias –en adelante AGI–, Santa<br />

Fe, 1178. Ver también el oficio de D. Antonio de Narváez y <strong>La</strong>torre al virrey Ezpeleta<br />

(Riohacha, febrero 15 de 1791), AGN, Milicias y Marina, t. 95, f. 635; y el oficio de José<br />

Domás y Valle al virrey Ezpeleta (Panamá, 29 de enero de 1791), AGN, Cartas Empleados<br />

Públicos, t. 9, f. 689.<br />

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Daniel Gutiérrez Ardila<br />

tiempo de tomar posesión del empleo salió a campaña para “hacerse respetar de<br />

los indios”, consiguiendo, en cambio, inflamar la provincia toda. Al enterarse de lo<br />

sucedido, el virrey Ezpeleta comisionó al teniente de rey en Cartagena y antiguo<br />

gobernador de Santa Marta Antonio de Narváez y <strong>La</strong>torre para que pasara a<br />

Riohacha, reuniera a los indios y les hiciese entender que las inquietudes que<br />

habían sufrido habían sido causadas contraviniendo órdenes expresas tanto del<br />

rey como del virrey. En consecuencia, Narváez debía informar a los guajiros que<br />

Álvarez de Veriñas sería removido de su cargo y sustituido por un oficial “que los<br />

trataría de otro modo, sin darles nuevo motivo de queja”. 7 El sujeto elegido para<br />

tan delicada misión fue, por supuesto, José de Medina Galindo.<br />

José de Medina Galindo y la provincia de Riohacha<br />

Como se ha visto, a finales del siglo XVIII la provincia de Riohacha era, ante todo,<br />

el territorio de los indios guajiros, los cuales permanecían inconquistados, a pesar<br />

de las múltiples tentativas realizadas por la Corona española para someterlos.<br />

En una obra publicada en Madrid en 1787, el jesuita Antonio Julián describió<br />

minuciosamente el carácter y costumbres de dicho pueblo:<br />

“Es ella una nación belicosa y valiente, y en medio de su barbarie, es muy civil<br />

con los extranjeros, con quienes tiene casi continuo comercio. Los guajiros son los<br />

pescadores de las perlas, los cuales las venden a los negociantes, los que con las<br />

perlas que venden a ciertos bergantines y paquebotes, se proveen de aguardientes,<br />

de esclavos negros y de armas de fuego […] No son pobres y miserables, como<br />

son regularmente los otros indios: tienen sus hatos o haciendas de ganado en gran<br />

número; y con el clandestino y excesivo comercio con ingleses y holandeses, saben<br />

muy bien (gracias a tales maestros) manejar las armas de fuego para cualquier lance<br />

que se les ofrezca: y han tomado ya el gusto en tal modo a las armas de fuego, que<br />

poco o nada usan ya de arco y flechas. Tan políticos y civiles los van criando los<br />

nobles extranjeros”. 8<br />

Los guajiros habían conseguido mantener, pues, su independencia al<br />

abrigo del comercio clandestino, en virtud del cual no sólo se hallaban bien<br />

apertrechados, sino que además se habían familiarizado con los intríngulis de la<br />

política europea. Una ilustración elocuente de lo dicho la constituye el viaje que<br />

el cacique Don Cecilio López Sierra realizó a la corte madrileña, donde propuso<br />

infructuosamente la pacificación de su nación, a cambio del permiso de poner<br />

asiento de negros en Santa Marta o Riohacha y de importar harinas libres de<br />

derechos de las colonias extranjeras. 9 El proyecto es, en efecto, muy semejante al<br />

que presentó el gobernador Antonio de Narváez y <strong>La</strong>torre a la Corona en 1778.<br />

Tras manifestar que el número de guajiros era 10 veces superior al de todos los<br />

demás habitantes de la provincia de Riohacha, Narváez se mostró convencido<br />

de la necesidad de aumentar la población de ella como el medio más apropiado<br />

para reducir a los indios insumisos. En su opinión, la importación masiva de<br />

negros ofrecía mayores ventajas que la colonización con europeos, pues había de<br />

permitir, además, el despegue económico del territorio, según el modelo ofrecido<br />

por las colonias francesas. En consecuencia, Narváez solicitó que se autorizase el<br />

7 AGS, SGU, 7072.<br />

8 Antonio Julián, <strong>La</strong> perla de América, Provincia de Santa Marta reconocida, observada,<br />

y expuesta en discursos históricos por el sacerdote Don Antonio Julián, Imprenta de Don<br />

Antonio de Sancha, Madrid, 1787, p. 187.<br />

9 Antonio Julián, <strong>La</strong> perla de América, Ob. cit.<br />

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<strong>La</strong> revolución neogranadina, nº 1, 2011<br />

intercambio de frutos por esclavos bozales en las islas francesas y holandesas. En<br />

síntesis, se trataba de cambiar a los ingleses “carne por carne, recibiendo de ellos la<br />

inestimable de un hombre por la despreciable de 4 o cinco novillos, o de tres mulas,<br />

o bien por 20 cargas de palo que ofrece de balde la tierra”. 10<br />

José de Medina Galindo llegó a la capital de la provincia el 7 de septiembre<br />

de 1792. Al día siguiente, tomó posesión del gobierno, siendo instruido<br />

particularmente en lo tocante a conservar a los guajiros en paz y tranquilidad.<br />

Dicho encarecimiento muestra muy a las claras lo que la Corona esperaba de él, al<br />

tiempo que precisaba cuál debía ser el eje de su accionar. De hecho, justo después<br />

de la llegada de Medina Galindo a la provincia, los jefes de las parcialidades<br />

inmediatas a la capital fueron convocados a ella para darles a conocer el nuevo<br />

gobernador y exhortarlos a que viviesen quietos y pacíficos<br />

“para que, de este modo, logren se les trate en adelante con la misma suavidad que<br />

hasta aquí han experimentado, asegurándoles que, si así lo hicieren, continuarán en<br />

la libertad que gozan y disfrutarán los beneficios que les proporciona el comercio<br />

con los españoles en la venta que hacen de sus frutos y animales a cambio de<br />

aquellos efectos que les son más necesarios”. 11<br />

No obstante, tal y como lo comprendió muy pronto Medina Galindo, era<br />

preciso invertir los términos de la ecuación: la pacificación de los guajiros estaba<br />

supeditada a la reforma de las políticas comerciales. <strong>La</strong>s concepciones del<br />

gobernador al respecto fueron moldeadas, sin lugar a dudas, por los positivos<br />

efectos de las medidas liberalizadoras que la Corona había diseñado últimamente<br />

para la provincia. En efecto, el virrey José de Ezpeleta, adoptando las miras de<br />

Narváez y <strong>La</strong>torre, había concedido en 1790 sendos permisos provisionales a dos<br />

vecinos de Riohacha para que exportasen a las colonias amigas, libres de derechos,<br />

palo brasilete, mulas y caballos y retornasen negros bozales, herramientas para la<br />

agricultura, abalorios y quincallerías. Por real cédula de 24 de noviembre del año<br />

siguiente, las autoridades españolas ampliaron el permiso a todos los comerciantes<br />

de la provincia por seis años. Como dicha ley sólo se publicó en Riohacha un mes<br />

después de la llegada de Medina Galindo, el funcionario pudo palpar muy de<br />

cerca los inmensos beneficios acarreados por la merced. 12<br />

Al vencerse el término de la gracia concedida por la Corona, el coronel<br />

insistió con una perfecta coherencia en la necesidad verdaderamente vital de que<br />

las autoridades permitiesen nuevamente a los vecinos de la provincia el tráfico<br />

con las colonias amigas. De lo contrario, los indios continuarían tratando con los<br />

ingleses, recibiendo de ellos armas y municiones, y representando una amenaza<br />

permanente para la seguridad del virreinato. Medina Galindo estaba plenamente<br />

convencido de la inutilidad de las medidas represivas. En primera instancia, la<br />

ciudad de Riohacha se encontraba en total estado de indefensión. Compuesta<br />

toda de casas de bahareque cubiertas de palma, estaba situada en una “playa<br />

10 Antonio Narváez y <strong>La</strong>torre, Provincia de Santa Marta y Río Hacha del Virreinato de Santa Fe<br />

(Riohacha, 19 de mayo de 1778), Biblioteca Luis Ángel Arango, Libros Raros y Curiosos,<br />

mss. 482.<br />

11 Francisco Antonio Díaz Granados al virrey (Riohacha, 15 de septiembre de 1792),<br />

AGN, Milicias y Marina, t. 97, ff. 645-646.<br />

12 Informes de Medina Galindo al virrey (30 de septiembre de 1797 y 15 de febrero de<br />

1798), AGN, Milicias y Marina, t. 138, ff. 924-927. Ver también AGN, Aduanas, t. 21, ff.<br />

124-138.<br />

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Daniel Gutiérrez Ardila<br />

rasa, abierta, sin muralla ni estacada”. Para su defensa disponía solamente del<br />

castillo de San Jorge, “un pequeño y ruin fuertecillo de cuatro ángulos y lados sin<br />

baluarte”, equipado con apenas tres cañones y propio únicamente para defender el<br />

fondeadero y alguna embarcación acosada por corsarios enemigos. Completaban<br />

la fortificación de la plaza cuatro cuerpos de guardias situados en los extremos de<br />

ésta: cercados de estacadas y construidos también de bahareque y palma, se les<br />

había provisto de cañones de corto calibre y pedreros en la sublevación general<br />

de indios de 1769, y eran más propios a repeler naturales que a combatir una<br />

invasión extranjera. 13 Para agravar esta compleja situación, en 1801, sólo había<br />

en la ciudad un cabo y tres guardias que no bastaban, según afirmó sensatamente<br />

Medina Galindo, ni para vigilar la rada del puerto. 14<br />

En segundo lugar, la provincia de Riohacha estaba a cuatro días de<br />

navegación de Jamaica y contaba con una costa abierta de más de sesenta leguas<br />

de longitud. Para colmo, el gobernador no disponía ni de una lancha cañonera<br />

ni de un corsario para hacer el crucero del litoral. En esas circunstancias, no es<br />

sorprendente que desde la guerra de independencia norteamericana, los ingleses<br />

hubieran conseguido mantener una “armonía admirable con la nación guajira”.<br />

A finales de siglo aquellas relaciones eran tan estrechas que los comerciantes<br />

británicos permanecían en la costa de Riohacha en<br />

“barracas formadas con velas de barcos y hojas silvestres para poder con más<br />

facilidad adquirir cargamentos de ganados y no dilatar los buques mientras se<br />

acopia, y en el entretanto se mantienen viviendo entre aquella desordenada bárbara<br />

nación como si fueran individuos de ella. ¿Quién duda que en sus asambleas se<br />

hablará siempre contra los españoles y su gobierno a fin de inspirarles un odio<br />

implacable contra nuestra nación? No hay dificultad ninguna cuando se hallan<br />

hombres en la Guajira que con el continuo trato saben explicarse regularmente en<br />

el idioma inglés”. 15<br />

Por supuesto, los nexos de los guajiros no se limitaban a los comerciantes<br />

británicos. De hecho, mantenían contactos con holandeses, daneses y franceses.<br />

Así, a comienzos de enero de 1798, regresaron a la costa de Bahía Honda dos<br />

indios “que habían ido a pasear a los Cayos de San Luis, donde fueron obsequiados<br />

por aquel general con comidas, bailes y comedias y volvieron a sus tierras vestidos<br />

a la francesa, tan gustosos y prendados de unas diversiones hasta entonces extrañas<br />

para ellos que dijeron a los demás que sólo el amor de su mujeres e hijos los hubiera<br />

hecho desprender de aquella colonia”. Si bien la invitación de los franceses había<br />

sido dictada por la “amistad y alianza” que existía entre España y el Directorio,<br />

ella muestra sobre todo la importancia estratégica que había alcanzado la<br />

gobernación de Riohacha en el ámbito del Caribe. 16 <strong>La</strong> provincia era una gran<br />

despensa de carnes, <strong>artículo</strong> fundamental para proveer escuadras y ejércitos en<br />

tiempo de guerra. Además, por su cercanía a Jamaica, la extensión e indefensión<br />

de su costa y la presencia de numerosos indígenas insumisos y armados, constituía<br />

un lugar privilegiado para que los ingleses emprendiesen una invasión al Nuevo<br />

13 Oficio de Medina Galindo al virrey de Santafé (15 de febrero de 1798), AGN,<br />

Miscelánea Empleados Públicos, t. 31, ff. 642-650.<br />

14 Oficio de Medina Galindo al virrey (Riohacha, octubre 14 de 1801), AGN, Miscelánea,<br />

t. 72, ff. 167-178.<br />

15 Medina Galindo al virrey (Riohacha, 29 de enero de 1798), AGN, Milicias y Marina,<br />

t. 124, ff. 911-914.<br />

16 Ibíd.<br />

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<strong>La</strong> revolución neogranadina, nº 1, 2011<br />

Reino. A partir de 1794 (cuando se instruyeron en Santafé ruidosas causas por una<br />

pretendida revolución), 17 tales temores se hicieron más y más grandes. En 1797, el<br />

gobernador de Riohacha, siguiendo instrucciones del virrey Mendinueta, despachó<br />

un agente a Jamaica que, bajo la cubierta de negociante, remitió noticias acerca<br />

de los armamentos que mantenían los enemigos en las colonias inmediatas y, en<br />

general, acerca de todo aquello que podía contribuir a la seguridad del Reino. 18 A<br />

comienzos del año siguiente, el coronel Medina Galindo dio parte de los temores<br />

que albergaba de que los ingleses, aprovechando la conmoción en que se hallaba<br />

Venezuela por la insurrección de Gual y España, fomentasen una guerra intestina<br />

con los guajiros e invadieran el virreinato. 19<br />

Por último, Medina Galindo consideraba inútil combatir a los indios, pues los<br />

asesinatos habían de conducirlos a la sublevación y a las “demandas de sangre” y<br />

éstas producirían fatalmente un espiral de violencia sin fin y darían al traste con<br />

nueve años de arduos trabajos de pacificación. De ahí que el gobernador solicitara<br />

al virrey de Santafé la prohibición formal de que los buques corsarios españoles<br />

que vigilaban las costas de Riohacha incursionasen en tierra: la persecución de<br />

los contrabandistas podía en tales circunstancias generar la muerte de algunos<br />

de los indígenas que con ellos comerciaban, incitando al resto a reclamar<br />

tumultuariamente la sangre de los interfectos e inflamando así toda la provincia. 20<br />

¿Cómo cortar entonces los estrechos vínculos que unían a los guajiros<br />

con los ingleses? Para Medina Galindo no había otro medio que la “dulzura”,<br />

es decir, el fomento, mediante agasajos y regalos, de las relaciones comerciales<br />

entre indios y españoles. En el mejor de los casos, éstos debían convertirse en<br />

proveedores de los guajiros y sacar provecho de la intermediación con las colonias<br />

neutrales, mediante la importación de negros esclavos, utensilios para trapiches<br />

y máquinas para despepitar algodón. En síntesis, el gobernador de Riohacha<br />

pensaba que los esfuerzos de la Corona debían concentrarse en desplazar a los<br />

ingleses empleando el arma predilecta de éstos, es decir, el comercio. El resultado<br />

sería la transformación de la provincia, puesto que el fin de la guerra con los<br />

indios significaría la incorporación de cuarenta mil nuevos vasallos, permitiría el<br />

desarrollo de la agricultura y desobstruiría definitivamente las comunicaciones por<br />

tierra con Maracaibo y Valledupar. 21<br />

Si bien Medina Galindo fue incapaz de conseguir la tan anhelada merced de<br />

comercio de neutrales para Riohacha, su tolerancia con el contrabando parece<br />

haber sido proverbial. Ello, unido a sus logros en la pacificación de los guajiros<br />

constituye la clave que permite comprender la sólida popularidad del gobernante<br />

y el papel protagónico que había de jugar en la provincia durante la crisis de<br />

la monarquía española. En sus relaciones de méritos, el coronel se ufanó de la<br />

17 José Manuel Pérez Sarmiento, ed., Causas célebres a los precursores, 2 vols., Academia<br />

Colombiana de Historia, Bogotá, 1939.<br />

18 Alegato de la defensa de Medina Galindo en la causa que se seguía a éste por<br />

contrabando y conspiración (Santafé, abril 12 de 1809), AGN, Residencias Magdalena, t.<br />

17, f. 587 v.<br />

19 Medina Galindo al virrey (Riohacha, 15 de febrero de 1798), AGN, Miscelánea<br />

Empleados Públicos, t. 31, ff. 642-650.<br />

20 Oficio de Medina Galindo al virrey (Riohacha, 30 de noviembre de 1801), AGN,<br />

Miscelánea, t. 72, ff. 167-178.<br />

21 Ibíd.<br />

30


Daniel Gutiérrez Ardila<br />

“reducción y pacificación” de los guajiros y, efectivamente, los documentos<br />

consultados permiten corroborar una hábil gestión de las crisis. 22 Cuando el 15 de<br />

marzo de 1795 dos parcialidades de indios irrumpieron en la ciudad de Riohacha<br />

para combatirse ferozmente a machete, Medina Galindo logró contener la batalla<br />

y obtener el retorno de los naturales a sus rancherías. 23 Algunos meses más tarde, el<br />

coronel consiguió hacer las paces con los indios parajuanos que habían asaltado la<br />

villa de Sinamaica y cortado el camino entre Riohacha y Maracaibo. Tras disuadir<br />

al gobernador de esta última provincia de efectuar una guerra ofensiva, Medina<br />

Galindo pactó con el capitán Yaurepara el pago recíproco de los agravios, según las<br />

leyes y costumbres de los indios. En consecuencia, éstos recibieron cuanto solicitaron<br />

(incluyendo unas águilas labradas en oro) y entregaron 30 mulas, 10 caballos y 15<br />

vacas. 24 Finalmente, a comienzos de 1801, cuando se concentraron en Riohacha<br />

más de 500 guajiros, Medina Galindo evitó todo incidente desagradable, gracias a<br />

su diligencia y vigilancia. 25 El mayor efecto producido por las “máximas políticas”<br />

del coronel, fue la reapertura del tráfico con Mompós, Ocaña y Chiriguaná por el<br />

Valledupar y ello por lo menos desde mediados de 1796. 26<br />

<strong>La</strong> suspensión del gobernador<br />

En febrero de 1804 la goleta guardacostas El Volador apresó un pailebote en el<br />

Caribe neogranadino. Según se supo, la embarcación, bautizada con el nombre<br />

de San Francisco Javier, había sido rematada en Santa Marta por un testaferro<br />

de comerciantes franceses (¡el Dr. Antonio José de Ayos!) y se dedicaba al tráfico<br />

clandestino en las costas del virreinato. El buque había atracado en Riohacha a<br />

finales del año anterior y desde allí se había dirigido a Curazao donde fue cargado<br />

con efectos destinados al ilícito comercio. Al examinar el caso, el auditor de marina<br />

de Cartagena quedó convencido de la complicidad del coronel Medina Galindo en<br />

aquellas actividades clandestinas y remitió el expediente a la Audiencia de Santafé.<br />

Se originó así una dilatada causa en cuya instrucción aparecieron múltiples<br />

indicios de que el gobernador de Riohacha favorecía y se lucraba del contrabando<br />

efectuado por infinidad de extranjeros. Al parecer, el matute se hacía con tal<br />

descaro que ingleses, franceses y judíos solían poner “almacenes públicos” en la<br />

propia ciudad de Riohacha, invitándose a comer todos los domingos en la mesa<br />

del gobernador. En consecuencia y mientras se sustanciaba el proceso, el virrey<br />

Amar decretó la suspensión de Medina Galindo de su empleo. <strong>La</strong> medida contó<br />

con la aprobación del Consejo de Indias que expidió una real orden al respecto el<br />

25 de agosto de 1806. 27<br />

22 Ver también en este sentido el expediente levantado por Medina Galindo en 1805,<br />

AGN, Residencias Magdalena, t. 31, ff. 128.<br />

23 Relación de méritos citada de Medina Galindo del 14 de julo de 1798; Certificación<br />

del Cabildo de Riohacha (14 de abril de 1795), AGN, Empleados Públicos de Panamá, t.<br />

1, f. 287.<br />

24 Oficios de Medina Galindo al virrey (Riohacha, 15 de julio y 30 de agosto de 1798)<br />

y del gobernador de Maracaibo al de Riohacha (13 de ¿agosto? de 1798), AGN, Milicias y<br />

Marina, t. 117, f. 889; AGN, Consulados, t. 3, ff. 583-590.<br />

25 Oficio de Medina Galindo al virrey (Riohacha, 14 de abril de 1801), AGN, Milicias y<br />

Marina, t. 119, f. 150.<br />

26 Certificación del cabildo de Riohacha (9 de junio de 1796), AGN, Empleados Públicos<br />

de Panamá, t. 1, f. 288 v.<br />

27 AGN, Residencias Magdalena, t. 17, ff. 542-606, t. 31, ff. 127-201 y t. 60, ff. 507-574;<br />

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<strong>La</strong> revolución neogranadina, nº 1, 2011<br />

El virrey Amar nombró al teniente coronel D. Juan Sámano como gobernador<br />

interino de la provincia de Riohacha. Natural de la villa de Selaya, en las montañas<br />

de Santander, dicho militar había estudiado matemáticas en la academia de<br />

Barcelona y pasado a Puerto Rico en 1780 en el convoy que zarpó de Cádiz al<br />

mando del Teniente General D. Victorio de Navia. Enseguida Sámano había sido<br />

destinado a Cartagena de Indias, donde estuvo de guarnición con su regimiento<br />

antes de subir a Santafé con motivo de la rebelión de los Comuneros. De vuelta<br />

en Europa, tomó parte en 1793 en la guerra contra los franceses al mando de una<br />

compañía de cazadores en Navarra. Posteriormente se jactaría en sus relaciones<br />

de méritos de la participación que le cupo en diversas acciones durante aquella<br />

campaña, en la que por lo demás resultó herido de bala en ambos muslos. 28 Al año<br />

siguiente, Sámano se embarcó en Cádiz y, tras tocar en Puerto Rico, llegó al Nuevo<br />

Reino de Granada en 1794 para hacerse cargo de la comandancia del Batallón<br />

Auxiliar de Santafé. 29<br />

El 10 de septiembre de 1805, cuando se dirigía a la ciudad de Riohacha<br />

para tomar posesión de su empleo como gobernador interino de la provincia,<br />

Sámano fue informado en el pueblo de Fonseca del atentado inminente que iba a<br />

cometerse contra su persona. El crimen debía ser perpetrado al día siguiente por<br />

indios guajiros de diferentes parcialidades y tomaría la forma de una emboscada.<br />

Custodiado por varios vecinos de Riohacha que se habían negado a tomar parte<br />

en la conspiración, Sámano recorrió de noche el tramo de camino que aún lo<br />

separaba de Riohacha, de tal suerte que llegó a la capital provincial a las tres o<br />

cuatro de la mañana. Cuando los indios del Rincón se enteraron del ardid era ya<br />

demasiado tarde: a su llegada a la ciudad dos horas más tarde, el nuevo gobernador<br />

descansaba sano y salvo. De la causa formada pocos meses después se desprende<br />

que el coronel Medina Galindo, enfurecido por su destitución, fue el autor del<br />

plan trazado para asesinar a Sámano y que contaba para ello con la complicidad<br />

del cabildo. Con el fin de concertar a los indios, el gobernador saliente recurrió<br />

a mestizos residentes en Riohacha, pertenecientes por lo general a las milicias de<br />

la ciudad. Al parecer les había ofrecido mil pesos, bastimento, aguardiente y otros<br />

regalos. 30<br />

Si bien fallido, el atentado concebido por Medina Galindo contra su sucesor<br />

es harto ilustrativo porque demuestra el ascendiente que dicho coronel poseía<br />

Testimonio de los autos criminales seguidos contra D. José Antonio Bonafé, del principado de Cataluña<br />

(1804-1805), AGN, Juicios Criminales, t. 64, ff. 902-982 (véase en especial la acusación de<br />

Bonafé, f. 978).<br />

28 Armando Martínez y Daniel Gutiérrez, eds., Guía de forasteros del virreinato de Santa Fe,<br />

UIS / Universidad del Rosario, Bogotá, 2009; AGN, Milicias y Marina, t. 4, f. 428.<br />

29 Oficios de Juan Sámano a Francisco Torrales (Puerto Rico, 22 de mayo de 1794) y a<br />

D. Joaquín Cañaveral (a bordo del Bergantín Correo Pinzón, 6 de junio de 1794), AGN,<br />

Milicias y Marina, t. 56, ff. 749-750.<br />

30 Sumario que de pedimiento del Sr. Gobernador de esta plaza D. Juan de Sámano se adelanta acerca<br />

de lo que contra su persona se intentaba hacer al ingreso a esta ciudad al tiempo de venir a tomar posesión<br />

del gobierno (Riohacha, 1806), AGN, Milicias y Marina, t. 22, ff. 661-707. Ver también el<br />

interrogatorio (Santafé, 27 de febrero de 1807) hecho a José Albizu Carbonell, uno de los<br />

cómplices de Medina Galindo en la conspiración contra Sámano, así como el expediente<br />

por medio del cual se concede a éste el indulto, AGN, Empleados Públicos de Magdalena,<br />

t. 12, ff. 281-285. AGN, a (1808) y Sección Archivo Anexo, Fondo Historia, t. 4, ff. 413-420,<br />

respectivamente.<br />

32


Daniel Gutiérrez Ardila<br />

sobre el cabildo, las milicias y los indios de Riohacha. Gracias a su doble condición<br />

de gobernador y de militar de alta graduación, Medina Galindo había conseguido<br />

durante su dilatada permanencia en la provincia consolidar un sólido liderazgo que<br />

había de permitirle en 1811 retomar el mando de la gobernación al amparo de la<br />

revolución del Nuevo Reino de Granada. Por lo pronto, debía pasar a Pamplona,<br />

adonde fue confinado por el virrey Amar en espera de que fueran falladas las<br />

causas que se seguían en su contra por contrabando y conspiración. 31 Habiendo<br />

conseguido que se le conmutase la pena en la ciudad de Valledupar, el coronel<br />

Medina Galindo emprendió su viaje hacia dicho destino el 29 de octubre de<br />

1805. 32 Finalmente, pasó sin licencia a Santafé con el fin de organizar su defensa.<br />

Allí se encontraba tres años después y en su condición de coronel de infantería de<br />

los reales ejércitos participó en la junta de autoridades que reconoció a Fernando<br />

VII como rey de España e Indias y a la Junta Suprema de Sevilla como soberano<br />

interino de la monarquía. 33 Medina Galindo se hallaba aún en Santafé el 20 de<br />

julio de 1810 cuando fueron depuestas las autoridades virreinales. 34 El hecho no<br />

dejaría de suscitar suspicacias entre sus enemigos, que lo acusarían de ser cómplice<br />

y agente de los revolucionarios del Estado de Cundinamarca.<br />

¿Una revolución a la sombra de la monarquía?<br />

Para repeler la amenaza representada por la instalación de la Junta Suprema<br />

de Quito (10 de agosto de 1809), el virrey de Santafé despachó 300 fusileros del<br />

Batallón Auxiliar hacia la gobernación de Popayán. 35 <strong>La</strong> partida de los soldados<br />

dejó bastante desguarnecida la ciudad y acrecentó los riesgos de novedades en<br />

momentos en que el cabildo solicitaba con insistencia la creación de una junta de<br />

gobierno. 36 Por ello, el virrey Amar y Borbón llamó en su auxilio al coronel Juan<br />

Sámano, quien el 11 de septiembre de 1809 abandonó la provincia de Riohacha,<br />

donde se desempeñaba como gobernador interino.<br />

Fue así como, en consonancia con las leyes (real cédula del 13 de julio de 1796),<br />

el mando de la provincia más septentrional del Nuevo Reino quedó dividido entre<br />

dos autoridades: una política y otra militar. <strong>La</strong> primera fue confiada al alcalde<br />

de primer voto de la ciudad, Pedro Pérez Prieto; la segunda al oficial de mayor<br />

graduación de la plaza que era en ese entonces el teniente coronel D. Fernando<br />

de Oribe. Al producirse la instalación de la Junta Suprema de Santafé el 20 de<br />

julio de 1810, la gobernación de Riohacha seguía siendo administrada del mismo<br />

modo. 37 De hecho, tal situación se prolongó hasta el 6 de agosto del año siguiente<br />

31 Carta de Francisco de la Guerra a su compadre Manuel Martínez Mansilla (Maracaibo<br />

20 de diciembre de 1806), AGN, Milicias y Marina, t. 138, f. 360.<br />

32 AGN, Residencias Magdalena, t. 60, ff. 504 y 505 v.<br />

33 Acta impresa de la junta de autoridades (5 de septiembre de 1808), Archivo Histórico<br />

de Antioquia, Libros capitulares, t. 649, doc. 10340.<br />

34 Oficio de Pedro Pérez Prieto al gobernador de Santa Marta (Riohacha, junio 7 de<br />

1811), AGN, Sección Archivo Anexo, Fondo Gobierno, t. 19, f. 562.<br />

35 José Manuel Restrepo, Historia de la revolución de la República de Colombia en la<br />

América meridional, t. 1, Imprenta de José Jacquin, Besanzón, 1858, p. 57.<br />

36 Oficio del virrey Amar al Primer secretario de Estado y del Despacho (Santafé, 19 de<br />

noviembre de 1809), AGI, Santa Fe, 629.<br />

37 Oficio de Pedro Pérez Prieto al virrey Benito Pérez (Riohacha, 30 de marzo de 1811),<br />

AGN, Sección Archivo Anexo, Fondo Gobierno, t. 19, ff. 328-333.<br />

33


<strong>La</strong> revolución neogranadina, nº 1, 2011<br />

cuando se produjo una tumultuosa alteración de gobierno que, paradójicamente,<br />

no tenía nada de revolucionaria. En otras palabras, la deposición de las<br />

autoridades de la provincia no modificó en lo más mínimo la irrestricta obediencia<br />

a las autoridades de la España libre en que se habían mantenido los vecinos de<br />

Riohacha desde el comienzo de la revolución neogranadina. Ello quiere decir, que<br />

si bien el movimiento fue insurgente en la forma —violento derrocamiento de los<br />

gobernantes puestos por el rey—, no lo fue en sus fines, pues terminó haciendo las<br />

veces de una fervorosa reafirmación del vasallaje a Fernando VII, al Consejo de<br />

Regencia y a las Cortes de la nación española.<br />

El hecho es excepcional y amerita una breve relación. Se ha dicho que la<br />

provincia de Riohacha se mantuvo ajena a la transformación política del año 10<br />

que se extendió rápidamente por el Nuevo Reino desde la ciudad de Caracas,<br />

epicentro del seísmo. Cuando se recibieron en la capital de la gobernación las<br />

noticias de la deposición de las autoridades virreinales en Santafé, se procedió<br />

a celebrar un cabildo abierto el 17 de agosto en el que tomó parte “un número<br />

considerable de vecinos de todas las clases y de las circunstancias más sanas”.<br />

En él se resolvió reanudar a nombre del pueblo “el más solemne juramento de<br />

obediencia al Supremo Consejo de Regencia”, que había sido prestado ya el 21<br />

de mayo anterior. Dos días después en las horas de la tarde, se realizó el acto<br />

religioso de rigor en medio de una nutrida y entusiasta concurrencia que expresó<br />

su regocijo con vivas y aplausos. A postrero día del mencionado año de 1810, los<br />

vecinos de la provincia de Riohacha tuvieron la oportunidad de confirmar sus<br />

votos de sumisión a las autoridades de la España libre mediante el reconocimiento<br />

de las Cortes Generales Extraordinarias de la nación española y el acatamiento de<br />

los primeros decretos expedidos por éstas. 38<br />

Como es de imaginarse, en estos hechos el ayuntamiento de Riohacha jugó<br />

un papel excepcional. Todo indica que los capitulares veían en el mantenimiento<br />

del statu quo la manera de preservar el concentrado poder que ejercían desde la<br />

partida del gobernador interino a la ciudad de Santafé a mediados de 1809. Dicho<br />

de otro modo, la formación de una junta de gobierno semejante a las instaladas<br />

algunos días atrás en el Socorro (11 de julio), en la capital virreinal (20 de julio)<br />

o en la vecina Santa Marta (10 de agosto) habría sido percibida por el cabildo<br />

como una amenaza a las prerrogativas acumuladas por éste al abrigo de la crisis<br />

monárquica. Primeramente y contraviniendo las leyes, D. Pedro Pérez Prieto se<br />

hizo reelegir como alcalde ordinario de primer voto para los años de 1810 y 1811.<br />

Ello quiere decir que, en virtud de la señalada ausencia del gobernador, Pérez<br />

Prieto acaparó durante dos años el mando político de la provincia y, por tanto,<br />

el control de la real hacienda, las rentas y los correos. Por sus atribuciones, Pérez<br />

Prieto manejaba también el comercio del puerto, pues era el encargado de las visitas<br />

a los buques y del otorgamiento de las licencias. Dichos poderes se acrecentaron<br />

el 3 de diciembre de 1810 a expensas, tanto de las administraciones de Cartagena,<br />

como del teniente coronel Fernando de Oribe que, como se recordará, ejercía<br />

interinamente la autoridad militar en Riohacha. En efecto, en dicho día, el cabildo<br />

declaró que, en virtud de la “degeneración” de Cartagena y particularmente de su<br />

rechazo a recibir el gobernador nombrado por la Regencia, la administración de<br />

la ciudad no dependería en lo sucesivo en ningún ramo (militar, correos, hacienda,<br />

38 Ibíd.<br />

34


Daniel Gutiérrez Ardila<br />

diputación consular) más que de las autoridades de la España libre. Así mismo,<br />

el ayuntamiento se declaró en posesión de las facultades que correspondían a<br />

Oribe, separándolo de la comandancia de la plaza y de la subinspección general<br />

de milicias y del real cuerpo de artillería. En consecuencia, se le prohibió aumentar<br />

o disminuir la guarnición, alistar vecinos o entregar el mando militar a cualquier<br />

persona sin previa autorización. 39<br />

A comienzos de diciembre de 1810, el cabildo de Riohacha se hizo, pues, con<br />

el mando de la provincia pretextando fidelidad al monarca cautivo y a la Regencia<br />

y sacando claramente provecho de la turbulenta situación política del Nuevo Reino.<br />

Hasta el 6 de junio de 1811 los capitulares ejercieron sin sobresaltos el concentrado<br />

poder que habían acumulado. En dicha fecha, recibieron una carta del catalán José<br />

Antonio Bonafé en la que se anunciaba que en la ciudad de Santafé el coronel José<br />

de Medina Galindo había manifestado a diferentes personas una representación<br />

suscrita por varios vecinos de Riohacha, instándolo a que asumiese el mando de la<br />

provincia. Al parecer la recolección de las firmas había sido realizada entre gentes<br />

de clase inferior por D. Antonio de Torres, un yerno de Medina Galindo que residía<br />

entonces en la ciudad de Valledupar. Con estupor, los miembros del ayuntamiento<br />

se enteraron, además, de que el antiguo gobernador había emprendido ya el viaje<br />

y sobrepasado el puerto fluvial de Honda en compañía de su hijo Manuel José<br />

y de un tinterillo caviloso. En consecuencia y con la esperanza de que Medina<br />

Galindo fuese detenido en Valledupar y expulsado de la provincia de Santa Marta,<br />

decidieron pedir auxilio, en nombre del rey, a dicho gobernador. 40<br />

Éste, al enterarse de lo sucedido, ofició al coronel de milicias de Valledupar,<br />

ordenándole remitir bajo escolta a Medina Galindo. 41 No obstante, era imposible<br />

ejecutar el encargo por cuanto desde el mes de febrero anterior, cuando se había<br />

intentado en vano erigir junta de gobierno independiente en la ciudad, no sólo<br />

se había suprimido mediante un tumulto el empleo de teniente de gobernador,<br />

sino que se había forzado el destierro del jefe de las milicias urbanas. 42 Así, pues,<br />

el cabildo de Valledupar, fiel en principio a la Regencia se administraba también<br />

con casi absoluta autonomía, sin que para ello hubiera tenido que abrazar la<br />

revolución neogranadina.<br />

El día 13 de julio de 1811, el cabildo de Valledupar hizo comparecer en su<br />

seno a Medina Galindo, alarmado por la llegada de un pliego que la secretaría<br />

del recién creado Estado de Cundinamarca dirigió a éste bajo la denominación<br />

de “gobernador del Riohacha”. El oficio contenía sendos ejemplares de las actas<br />

del Colegio Electoral y Constituyente y de la Constitución promulgada por éste<br />

el 4 de abril. 43 Era, pues, una clara promoción de las instituciones adoptadas por<br />

la capital del Nuevo Reino y, en ese sentido, hacía parte de las negociaciones<br />

39 Acta del cabildo de Riohacha (3 de diciembre de 1810) y oficio que remitió a éste D.<br />

Fernando de Oribe (23 de enero de 1811), Id., ff. 184-194.<br />

40 Acta del cabildo de Riohacha (6 de junio de 1811) y carta de Pedro Pérez Prieto al<br />

gobernador de Santa Marta (Riohacha, junio 7 de 1811), Id., f. 561-562.<br />

41 Oficio de Tomás de Acosta, gobernador de Santa Marta al coronel Juan Salvador<br />

Anselmo Daza (11 de junio de 1811), Id., f. 566.<br />

42 Oficio del Coronel de milicias de Valledupar al gobernador de Santa Marta (Hacienda<br />

de Corral de piedra, jurisdicción de Valledupar, 17 de junio de 1811), Id., ff. 567-569.<br />

43 Acta del cabildo de Valledupar (13 de julio de 1811), Id., f. 581.<br />

35


<strong>La</strong> revolución neogranadina, nº 1, 2011<br />

promovidas por los santafereños para crear una entidad política mayor a la que<br />

daban el nombre de “Departamento de Cundinamarca”. Según sus proyecciones,<br />

este debía extenderse por un dilatado territorio —que comprendía las provincias<br />

de Riohacha, Santa Marta, Socorro, Pore, Pamplona, Neiva y Mariquita— y, a<br />

mediano plazo, había de tomar parte en una gran confederación de la Tierra<br />

Firme compuesta por otros cuatro miembros. 44 ¿Era entonces Medina Galindo<br />

un agente de los santafereños? El viejo coronel desvaneció toda duda al respecto,<br />

manifestando al cabildo de Valledupar que como gobernador de Riohacha sólo<br />

convendría “con los designios del Supremo Consejo de Regencia […], haciendo<br />

ver la lealtad y reconocimiento a las Cortes Generales y Extraordinarias de la<br />

Nación”. 45<br />

Dos días después de manifestar su fe política, Medina Galindo escribió al<br />

cabildo de Riohacha anunciando su pronta llegada y su intención de retomar el<br />

mando de la provincia. Según expresó, éste le correspondía legítimamente como<br />

se dejaba ver por unas misteriosas reales cédulas expedidas por las autoridades de<br />

la España libre en nombre de Fernando VII. 46 Como el coronel nunca las enseñó,<br />

a pesar de las insinuaciones que en ese sentido le hicieron, tanto el cabildo de<br />

Riohacha como el gobernador de Santa Marta, cabe suponer su inexistencia. 47<br />

Sea como fuere, ante la inminencia del arribo de Medina Galindo, los capitulares<br />

riohacheros solicitaron al teniente coronel Fernando de Oribe que, en su condición<br />

de gobernador militar, tomase cuantas medidas fueren precisas para impedir la<br />

entrada del coronel en la provincia. 48 Disgustado sin duda con el ayuntamiento<br />

por el recorte que éste había hecho de sus atribuciones en diciembre de 1810,<br />

Oribe se negó a dictar providencia alguna. 49 ¿Era acaso cómplice de Medina<br />

Galindo? Todo contribuye a suponerlo: no en vano al declarar en la causa que<br />

se había seguido en años pasados contra dicho coronel por contrabando, Oribe<br />

había desestimado las acusaciones. 50 Idéntica sospecha se impone con respecto<br />

al ayuntamiento de Valledupar, pues en lugar de remitir preso a Medina Galindo<br />

a Santa Marta, como se les había ordenado, los capitulares le manifestaron las<br />

comunicaciones que habían recibido sobre el particular para que expusiese su<br />

parecer. El coronel descalificó entonces la autoridad del virrey Amar como criatura<br />

de Godoy, insistiendo en la injusticia del proceso seguido en su contra. Encareció<br />

la legitimidad de su mando, recordando la rehabilitación efectuada a su favor por<br />

la Junta Central y el hecho diciente de que nunca se hubieran suspendido sus<br />

sueldos. Subrayó, así mismo, la parcialidad del cabildo de Riohacha, interesado en<br />

preservar el mando de la provincia, y la ilegalidad de la doble reelección de Pedro<br />

44 Joge Tadeo Lozano, comp., Documentos importantes sobre las negociaciones que tiene pendientes<br />

el Estado de Cundinamarca para que se divida el Reyno en Departamentos, Imprenta Real, por Don<br />

Bruno Espinosa de los Monteros, Santafé de Bogotá, 1811.<br />

45 Acta citada del Cabildo de Valledupar del 13 de julio de 1811.<br />

46 Oficio de Medina Galindo al Cabildo de Riohacha (Valledupar, julio 15 de 1811),<br />

AGN, Sección Archivo Anexo, Fondo Gobierno, t. 19, f. 577.<br />

47 Oficio del gobernador de Santa Marta a Medina Galindo (31 de julio de 1811);<br />

Cabildo de Riohacha del 23 de julio de 1811 y oficio de éste a Medina Galindo (24 de julio),<br />

Id., ff. 574 v., 577 v. y 600 v.<br />

48 Oficio del cabildo de Riohacha a Fernando de Oribe (23 de julio de 1811), Id., f. 579.<br />

49 Respuesta de Fernando de Oribe al cabildo de Riohacha (26 de julio de 1811), Id., f.<br />

580.<br />

50 AGN, Residencias Magdalena, t. 17, f. 578 v.<br />

36


Daniel Gutiérrez Ardila<br />

Pérez Prieto como alcalde de primera nominación. <strong>La</strong> parte más interesante de<br />

su argumentación fue, no obstante, la libertad que atribuía al pueblo de Riohacha<br />

de “adoptar el sistema de gobierno que le estuviere mejor, bajo el reconocimiento<br />

del Supremo Consejo de Regencia”. Por ello, en su opinión, la representación<br />

suscrita por más de cien vecinos de aquella ciudad instándolo a que asumiera el<br />

mando de la provincia, constituía un imperativo tan fuerte y tan irresistible como<br />

el cumplimiento de los encargos del soberano. 51<br />

Con la intención de que se alzasen las disposiciones que le impedían continuar<br />

su marcha, Medina Galindo ofició en términos muy semejantes al gobernador de<br />

Santa Marta:<br />

“[…] el pueblo de Riohacha, cierto de que en mí tenía un padre, como lo confiesa<br />

en sus escritos, me reclama y reconoce por su legítimo y propietario gobernador,<br />

depositando en mí toda su confianza, su bienestar y la tranquilidad de aquel<br />

vecindario; grande satisfacción a la verdad para un gobernador verse aclamado<br />

por su pueblo en la época presente, siendo esto lo mismo que decir ‘tú eres nuestro<br />

gobernador por el rey, a ti te obedecemos y reclamamos por pública aclamación<br />

porque no eres un mandador déspota y absoluto’”. 52<br />

Evidentemente, dicha teoría distaba mucho de ser canónica. Según afirmó<br />

posteriormente el alcalde de primera nominación de Riohacha, su origen no<br />

podía ser otro que la “levantada ciudad de Santafé de Bogotá, de donde [Medina<br />

Galindo] venía despachado y con instrucciones”. En opinión de Pérez Prieto<br />

los pareceres del coronel eran no sólo erróneos, sino también escandalosos y<br />

delincuentes, por cuanto,<br />

“el pueblo después de haber abdicado la soberanía y transmitídola en el Monarca<br />

o en su legítimo representante, como lo ha verificado el de las Españas en las<br />

circunstancias actuales en el Congreso nacional, ha perdido aquel derecho que se<br />

ha refundido esencialmente en el Soberano, a quien sola y exclusivamente incumbe<br />

dicha facultad y no a la masa nacional, aun bajo el especioso y simulado aditamento<br />

del reconocimiento de otra autoridad, con que ha pretendido el coronel Medina<br />

dulcificar la ponzoña de su doctrina, porque entonces obraría el Soberano con<br />

dependencia del pueblo y partiría con éste su potestad”. 53<br />

Sin esperar la respuesta del gobernador de Santa Marta, Medina Galindo<br />

abandonó la ciudad de Valledupar el 30 de julio de 1811 con el concurso de “algún<br />

número de gente española y de la nación guajira”. 54 Siete días más tarde a las 9<br />

de la mañana se presentó por fin en la ciudad de Riohacha, escoltado por una<br />

numerosa concurrencia armada de “fusiles, sables y puñales”. 55 Así respaldado,<br />

ordenó la reunión de un cabildo abierto que sirvió para legitimar su toma del<br />

poder y para nombrar como regidor decano a D. Antonio de Torres, su yerno.<br />

51 Oficio exhortatorio del cabildo de Riohacha al de Valledupar (17 de julio de 1811);<br />

Acta del Cabildo de Valledupar (22 de julio), AGN, Sección Archivo Anexo, Fondo<br />

Gobierno, t. 19, ff. 573 y 584v.<br />

52 Oficio de Medina Galindo al gobernador de Santa Marta (Valledupar, 23 de julio de<br />

1811), Id., f. 598 v.<br />

53 Representación de Pedro Pérez Prieto a las autoridades de la España libre (Puerto<br />

Rico, noviembre 13 de 1811), AGN, Sección Archivo Anexo, Fondo Historia, t. 13, f. 201v.<br />

54 Acta del Cabildo de Riohacha (31 de julio de 1811), AGN, Sección Archivo Anexo,<br />

Fondo Gobierno, t. 19, f. 601.<br />

55 El Cabildo de Riohacha al virrey Benito Pérez (agosto 21 de 1811), AGN, Sección<br />

Archivo Anexo, Fondo Historia, t. 13, ff. 1-4.<br />

37


<strong>La</strong> revolución neogranadina, nº 1, 2011<br />

<strong>La</strong> ceremonia no carece de interés, sobre todo en lo tocante a la investidura del<br />

gobernador:<br />

“se preguntó en voz clara qué era lo que solicitaba el pueblo y en alta voz<br />

respondieron: que querían por su gobernador al Señor Coronel D. José de Medina<br />

Galindo porque es propietario puesto por Su Majestad el Señor D. Fernando VII, y<br />

en quien quieren depositar su confianza, consecuente con lo cual de común acuerdo<br />

se accedió a la voz común del pueblo”. 56<br />

Cuando uno de los alcaldes ordinarios se atrevió a recordar que la suspensión<br />

de Medina Galindo de su empleo había sido confirmada por el rey, “el pueblo”<br />

lo corrigió airadamente, sosteniendo que dicha providencia se debía tan sólo al<br />

virrey Amar, y su aprobación, al “acérrimo enemigo de la monarquía Godoy, para<br />

la consecución de sus depravadas [y] conocidas miras”. El alcalde ordinario de<br />

primer voto procedió entonces a recibir de Medina Galindo el juramento de rigor.<br />

El gobernador se comprometió así a obedecer los decretos y la constitución que<br />

promulgasen las Cortes Extraordinarias, y a conservar el gobierno monárquico del<br />

Reino y la independencia, libertad e integridad de la nación. 57<br />

El restablecimiento de la tranquilidad<br />

Hasta el día de su muerte, acaecida a finales de 1813, el coronel José de Medina<br />

Galindo dirigió, sin sobresaltos, la provincia de Riohacha. No obstante, los<br />

primeros días de gobierno parecen haber sido bastante arduos, a causa de<br />

las rencillas generadas en el vecindario por la restitución del mandatario. Para<br />

extinguir la discordia, Medina Galindo convocó un cabildo abierto en la iglesia<br />

parroquial el 9 de septiembre de 1811. Brillaba por su ausencia el alcalde de<br />

primera nominación Pedro Pérez Prieto, quien había salido ocultamente de la<br />

ciudad con destino a Maracaibo y Puerto Rico con el fin de recabar auxilios<br />

que le permitieran deponer al intruso gobernador. 58 Si bien el coronel abrió la<br />

solemne congregación solicitando a cada uno de los presentes manifestar los<br />

“sentimientos o sospechas” que pudiera albergar acerca del gobierno, en realidad<br />

se trató más de una ceremonia de adhesión que de un debate político. En efecto,<br />

los circunstantes, uno tras otro, reconocieron la autoridad de Medina Galindo y le<br />

juraron obediencia, guardándose de emitir cualquier censura sobre su conducta.<br />

<strong>La</strong> consolidación del poder del gobernador culminó con la aclamación unánime<br />

de su yerno Antonio de Torres como diputado de la provincia en las Cortes de la<br />

nación. En la designación se omitió tanto la conformación previa de una terna<br />

como la elección por sorteo que ordenaba el reglamento y ello “por la escasez de<br />

sujetos dotados de talento e instrucción y ser general la voluntad del pueblo”. 59<br />

Al enterarse de lo sucedido, el virrey Benito Pérez —que residía entonces<br />

en <strong>La</strong> Habana a la espera de trasladarse a la ciudad de Panamá— convocó<br />

una junta de autoridades para examinar la cuestión. 60 En opinión del fiscal del<br />

56 Acta del Cabildo de Riohacha (6 de agosto de 1811), AGN, Sección Archivo Anexo,<br />

Fondo Gobierno, t. 19, f. 602.<br />

57 Ibíd.<br />

58 Representación citada de Pedro Pérez Prieto desde Puerto Rico, AGN, Sección<br />

Archivo Anexo, Fondo Historia, t. 13, ff. 196-207.<br />

59 Acta del Cabildo abierto de Riohacha del 9 de septiembre de 1811, Id., ff. 25-39.<br />

60 Oficio del virrey Pérez al fiscal de la Audiencia de Santafé (<strong>La</strong> Habana, 19 de<br />

38


Daniel Gutiérrez Ardila<br />

crimen de la Audiencia de Santafé, el nombramiento del diputado de Riohacha<br />

a las Cortes de la nación era “enteramente nulo” por no haberse respetado el<br />

reglamento fijado para tal efecto. Sin embargo, no siendo dable detener los excesos<br />

de Medina Galindo por lo apurado de las circunstancias, resultaba preciso, en su<br />

opinión, “ceder al insulto”, contentándose el virrey con dar cuenta de lo sucedido<br />

a las autoridades interinas de la monarquía. 61 Si la junta de autoridades adoptó el<br />

punto de vista del fiscal, acordó también prevenir a Medina Galindo que cortase<br />

comunicaciones con el Estado de Cundinamarca y estrechase sus relaciones con<br />

la gobernación de Santa Marta. Finalmente, la junta convino en encomendar la<br />

vigilancia de la conducta del gobernador de Riohacha a los militares Fernando de<br />

Oribe y Juan Salvador Daza, autorizándolos para que, llegado el caso, tomasen las<br />

providencias necesarias para mantener la provincia “adicta a la buena causa”. 62<br />

Como se sabe, los temores del virrey y de los oidores resultaron infundados.<br />

<strong>La</strong> Regencia ratificó lo actuado por Medina Galindo, nombrándolo brigadier de<br />

infantería de los reales ejércitos 63 y la gobernación de Riohacha se mantuvo bajo<br />

el mando de éste en la más perfecta sumisión a las autoridades españolas. Incluso<br />

cuando a comienzos de 1813 la fidelísima ciudad de Santa Marta cayó en poder de<br />

los insurgentes de Cartagena, y Valledupar adhirió al movimiento revolucionario,<br />

la provincia permaneció tozudamente de lado de la Regencia, acogiendo en su<br />

seno a los pueblos que, como San Juan del Cesar, Fonseca y Barrancas se negaron a<br />

adoptar el “sistema independiente”. En aquella coyuntura, el cabildo de Riohacha<br />

solicitó en vano armamento al virrey y a las autoridades de Maracaibo, Cuba y<br />

Jamaica; y consiguió por sus propios medios apoderarse de la ciudad de Valledupar,<br />

gracias a una expedición despachada al mando de D. Andrés de Medina, un nieto<br />

del cacique guajiro. 64<br />

Epílogo<br />

En septiembre de 1813, el ayuntamiento de Riohacha recibió una real orden<br />

expedida el 7 de mayo anterior en virtud de la cual la gobernación del mismo<br />

nombre quedaba segregada de la Capitanía General del Nuevo Reino de Granada<br />

y unida a la que se había creado en Maracaibo. Considerando que de la ejecución<br />

de la medida debían seguirse gravísimos perjuicios, Medina Galindo encabezó<br />

con su firma la representación por medio de la cual las autoridades de la ciudad<br />

solicitaron su derogación. Según se dijo entonces, a pesar de que tan sólo 40<br />

leguas de camino terrestre separaban a Riohacha de Maracaibo, la frontera entre<br />

ambas jurisdicciónes, comprendida entre el río Calancala y las inmediaciones de<br />

la fundación de Sinamaica, estaba ocupada desde 1769 por “infinitas poblaciones<br />

de indios bárbaros” que hacían muy difícil y costoso el tránsito. Cuando, por<br />

asuntos del real servicio, se despachaba estafeta terrestre a Maracaibo, era preciso<br />

acompañarla de una escolta de ochenta a cien hombres, sin que por ello se dejase<br />

noviembre de 1811), Id., f. 39.<br />

61 Vista fiscal (<strong>La</strong> Habana, 20 de noviembre), Id., f. 39v.<br />

62 Acta de la junta de autoridades del 21 de septiembre de 1811, Id., ff. 43-45.<br />

63 No se ha hallado el ascenso, pero figura ya Medina Galindo con el título de brigadier<br />

a finales de 1812, Cf. el nombramiento de Antonio de Torres como comandante del cuerpo<br />

de leales patriotas de Riohacha (6 de diciembre de 1812), AGN, Secretaría de Guerra y<br />

Marina, t. 37, f. 32.<br />

64 Representación del cabildo de Riohacha (6 de mayo de 1813), AGI, Santa Fe, 1183.<br />

39


<strong>La</strong> revolución neogranadina, nº 1, 2011<br />

de gratificar a los indios. Del mismo modo, la comunicación por mar y por el<br />

valle de Perijá (que tomaba 22 días en verano) resultaban bastante onerosas. En<br />

consecuencia, con la dependencia de Maracaibo, los vecinos de Riohacha se<br />

verían obligados a “dejar de reclamar sus derechos o a exponerse a probar los<br />

amargos frutos de la indigencia”. Algo similar acontecería durante los comicios,<br />

pues los electores de la provincia no podrían concurrir a tiempo a la nueva capital<br />

para participar en el nombramiento de los diputados a las Cortes ordinarias.<br />

Finalmente, se aseguró que Maracaibo, a más de estar muy distante, carecía por<br />

<strong>completo</strong> de hombres, armas y pertrechos y, en consecuencia, no podía auxiliar a<br />

Riohacha contra los insurgentes del Reino. 65<br />

Tal es el documento más tardío que se ha hallado en los archivos sobre la<br />

vida de José de Medina Galindo. Si bien se ignora la fecha exacta de su muerte,<br />

se sabe que el coronel ya había fallecido para el mes de diciembre de 1813 y que<br />

el gobierno de la provincia fue nuevamente dividido entre una autoridad militar<br />

y otra política. A cargo de la primera quedó, como en 1809, D. Fernando de<br />

Oribe. El mando de la segunda recayó en D. Antonio de Torres, yerno, como se<br />

recordará de Medina Galindo. 66 El equilibrio de Riohacha seguía fincado, pues,<br />

en una peculiar confluencia de intereses que conciliaba el poder de una familia, las<br />

miras de la Corona y la tranquilidad de los vecinos. Aquella particular simbiosis<br />

persistía en febrero de 1814, cuando el cabildo de Riohacha reconoció a Francisco<br />

de Montalvo como capitán general del Nuevo Reino de Granada. 67<br />

Algunos años más tarde, la provincia recurrió a las mismas estrategias para<br />

asegurar un tránsito cómodo del régimen monárquico al sistema republicano.<br />

En efecto, todo indica que la incorporación en la Colombia bolivariana se hizo<br />

nuevamente gracias a la intermediación de la familia de Medina Galindo y,<br />

más precisamente de Antonio de Torres, quien, en junio de 1823 solicitó a las<br />

autoridades de Bogotá la conservación de su rango de “comandante de patriotas”<br />

de Riohacha, concedido previamente por la Regencia española. Según refirió<br />

entonces, era del todo incapaz de demostrar aquel nombramiento, pues Francisco<br />

de Montalvo, habiéndolo perseguido como partidario de la independencia, retuvo<br />

el despacho. Con el fin de la merced solicitada, Antonio de Torres recordó a las<br />

autoridades colombianas su prisión en los calabozos de Santa Marta y Cartagena<br />

y la confiscación de sus bienes. Aparentemente, D. Juan de Sámano (sucesor de<br />

Montalvo en el gobierno de la Nueva Granada) lo habría igualmente depuesto<br />

de su empleo de primer oficial de la secretaría del virreinato por considerarlo<br />

como un insurgente. 68 En 1826, Antonio de Torres era miembro de la cámara de<br />

representantes de Colombia, 69 lo cual demuestra que, en el caso de Riohacha, el<br />

paso de la monarquía española hacia el régimen republicano se hizo sin demasiados<br />

contratiempos. Así mismo, el caso de Medina Galindo y su familia prueba que los<br />

65 Oficio del cabildo de Riohacha al capitán general del Nuevo Reino de Granada (13<br />

de septiembre de 1813) y representación de aquel a la Regencia (3 de septiembre de 1813),<br />

AGN, Sección Archivo Anexo, Fondo Historia, t. 15, ff. 108-119.<br />

66 Cartas de José Jacinto Nájera y de José Francisco Gutiérrez al capitán general de<br />

Maracaibo (11 y 12 de diciembre de 1813); representación de varios vecinos de Riohacha<br />

(10 de diciembre de 1813) Id., ff. 238-243.<br />

67 AGN, Sección Archivo Anexo, Fondo Historia, t. 13, f. 356.<br />

68 AGN, Secretaría de Guerra y Marina, t. 37, f. 31.<br />

69 AGN, Archivo Histórico Legislativo, Miscelánea, t. 3, ff. 69-71.<br />

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Daniel Gutiérrez Ardila<br />

patricios neogranadinos, que servían de núcleo articulador de los intereses locales,<br />

amortiguaron las violentas sacudidas del imperio español y permitieron preservar,<br />

mal que bien, el frágil equilibrio de las pequeñas comunidades periféricas.<br />

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