Cartilla Disciplinaria PONAL..pdf - policias con derechos
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Policía Nacional<br />
4. ¿Por qué si estando en vacaciones, licencias o permisos se tiene<br />
que investigar disciplinariamente a un uniformado si él en ese<br />
momento no está en servicio?<br />
Por el deber de sujeción, el poder disciplinario se extiende al uniformado<br />
que se encuentre en dichas situaciones administrativas y<br />
cometa faltas que tengan la naturaleza de disciplinarias, que afecte<br />
los fines de la Institución (art. 218 C.N), y que ponga de presente su<br />
<strong>con</strong>dición de servidor público, o se cometa la falta <strong>con</strong> elementos de<br />
la Institución.<br />
Además porque los miembros de la Policía Nacional están llamados<br />
a ser ejemplo de probidad en todos sus actos, dentro y fuera del<br />
servicio, pues se les exige ser modelo de virtud en todo momento<br />
ya que su investidura implica la representación de la administración,<br />
del Estado mismo.<br />
5. Si como policía paso un informe <strong>con</strong>tra otro policía que en un<br />
procedimiento me agredió causándome agresiones físicas y<br />
verbales, ¿tengo derecho a <strong>con</strong>ocer la decisión que se tome en<br />
materia disciplinaria?<br />
En este aspecto es procedente aclarar quién es informante y quién<br />
es quejoso.<br />
El quejoso, a diferencia del informante, es el único habilitado para<br />
impugnar la decisión de archivo o el fallo absolutorio, en los términos<br />
del parágrafo del artículo 90 de la Ley 734 de 2002, pues el<br />
último es un servidor público que en cumplimiento de un mandato<br />
legal se limita a poner en <strong>con</strong>ocimiento del órgano de <strong>con</strong>trol disciplinario<br />
la posible comisión de una falta <strong>con</strong>tra la administración<br />
pública, mientras que el primero es un particular que aún sin ser<br />
parte del proceso, por el interés que le motiva, tiene el derecho a<br />
manifestar su in<strong>con</strong>formidad <strong>con</strong> la decisión y aportar nuevos elementos<br />
de juicio o pruebas que <strong>con</strong>duzcan al esclarecimiento de los<br />
hechos denunciados.