05 URRUTIA-NUEVO.indd - Andoaingo Udala
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<strong>URRUTIA</strong> OCHOA, Peio<br />
solo uno, Carmelo Urdampilleta excusa su inasistencia “en atenta carta por<br />
encontrarse ausente” 18.<br />
Y especialmente la pugna por hacerse con los derechos de explotación<br />
de la cantera de Buruntza. Los litigios en torno a la adjudicación de la parcela<br />
11 que habían enfrentado a varios industriales, terminaron por involucrar a las<br />
autoridades públicas. El ayuntamiento consigue la nulidad de una subasta de<br />
adjudicación convocada por la Diputación Provincial, haciendo valer la titularidad<br />
municipal sobre la cantera; pero a su vez, rehúsa recurrir el mecanismo<br />
de subasta y convoca un concurso público para determinar quien adquiere los<br />
derechos de explotación de la cantera.<br />
A este concurso público de adjudicación se presentan cinco candidatos:<br />
Ignacio Zalacain, José Luis Oyarzabal, Liberto Aizpurua, Tomás Urbistondo,<br />
Gregorio Urbistondo y José Manuel Otaño. Las propuestas de los tres primeros<br />
“de acuerdo con los informes técnicos deben descartarse” por no cumplir<br />
las condiciones mínimas que rigen las bases del concurso. Sin embrago el<br />
alcalde decide que “dada la excelente explotación que llevó a cabo Ignacio<br />
Zalacain Artano, actual concesionario de la parcela 11 (…) merece una<br />
atención especial por parte del Ayuntamiento y que por tanto, a pesar de<br />
haber ofrecido un canon algo inferior a los restantes tres licitadores, deberá<br />
agregarse su proposición a la de éstos” 19. Esta medida que bordea, y hasta<br />
parece traspasar, los límites de la legalidad, no entraña, en último término,<br />
tanta trascendencia como cabría suponer, ya que los Urbistondo y Zalacain<br />
son socios, quedando reducida, pues, la elección a dos propuestas: de un lado<br />
la de José Manuel Otaño y de otro la de los Urbistondo.<br />
Los primeros contratiempos serios surgen a la hora de confeccionar el<br />
preceptivo Informe Técnico de Evaluación. El técnico municipal responsable<br />
de redactarlo declina el encargo y el que finalmente lo realiza se abstiene de<br />
fijar el orden de preferencia entre las dos proposiciones. No faltan las presiones<br />
sobre los técnicos con el ánimo de influir en su decisión, “ambos técnicos<br />
recibieron por correo hojas impresas, naturalmente anónimas, con el sano<br />
propósito, por cierto, de ayudarles en sus ideas de imparcialidad” 20.<br />
A José Manuel Olano le avala la mejor propuesta económica, ya que el<br />
precio que ofrece al ayuntamiento por los derechos de explotación es netamente<br />
superior al de su rival. En el caso de los Urbistondo juega a su favor<br />
que “son personas muy conocidas de todos” y merecen las mayores garantías<br />
de crédito, tanto en el aspecto profesional como en el orden económico. La<br />
decisión queda en manos de la corporación municipal, los nueve concejales y<br />
———————<br />
18 A.M.A: AG1738/4 (Constitución del nuevo Ayuntamiento).<br />
19 A.M.A: Libro de Actas 1955 (Acta de la sesión extraordinaria de 7 de diciembre de 1955).<br />
20 El relato entrecomillado de los hechos corresponde a las palabras textuales del alcalde recogidas en acta. Llama la atención<br />
el recurso a un lenguaje tan irónico, y como veremos más adelante tan directo, que resulta inhabitual en las actas de Plenos<br />
Municipales de esta época.