Leer - Revista Pensamiento Penal
Leer - Revista Pensamiento Penal
Leer - Revista Pensamiento Penal
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Por su parte Creus nos recuerda que la doctrina ya se ha<br />
puesto de acuerdo en lo que se entiende por portación: llevar el arma con la<br />
munición en el cargador, recámara o alvéolos, es decir, cargada, para poder<br />
usarla, sin necesidad de cargarla previamente (Tenencia de Armas, Ley<br />
25.086, JA 1999 -IV- 1051/1052).- En idéntico sentido en las VI Jornadas de<br />
Derecho y Ley de Armas, realizadas entre el 09 y 11 de setiembre de 1.999,<br />
se propuso definir legalmente el concepto de portación a efectos de evitar<br />
interpretaciones confusas.- El texto propuesto dice: "Debe definirse la<br />
portación como la acción de disponer, en un lugar público o de acceso<br />
público, de un arma de fuego cargada en condiciones de uso inmediato".-<br />
Nos parece que la acción de portar requiere una<br />
"tenencia personal y directa" del arma por parte del sujeto; que ya no basta<br />
el simple poder de disponibilidad, aunque sea a la distancia o por otros, sino<br />
que se exige que el propio autor lleve el arma consigo y en las condiciones<br />
señaladas: apta y lista para ser usada".-<br />
Si bien Kilibarda lo cita, también tengo ante mi vista el<br />
artículo de Creus: "Tenencia de Armas, Ley 25.086", en el que afirma: "La<br />
doctrina ya ha puesto de relieve lo que se entiende por portación: llevar el<br />
arma con la munición en el cargador, recámara o alvéolos (es decir<br />
"cargada"), para poder usarla sin necesidad de cargarla previamente".-<br />
Sería absurdo que se contase con autorización de<br />
legítimo usuario y tenencia y no poder sacarla de la casa.- Cómo se hace<br />
entonces?<br />
Se la debe llevar desarmada, enfundada y sin balas en el<br />
cargador, el cargador por separado.- Si es un revólver, sin balas en los<br />
alvéolos.- Una escopeta: sin cartuchos colocados.-<br />
No es lo mismo llevarla en la cintura, con balas<br />
colocadas.- O si se va en auto, cargada, en la guantera o al costado del<br />
asiento del conductor.- La disponibilidad para el disparo es inmediata.-<br />
En cambio, si se la lleva enfundada, sin balas prontas, ya<br />
sea en la guantera, en el baúl o en otro lado.- O si no se va en auto, dentro<br />
de un bolso o una valija, ya la situación es otra.-<br />
Se dice que hacer justicia es aplicar la ley al caso<br />
concreto.- No se puede generalizar, hay que analizar cada caso con sus