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Documento íntegro - Milenio

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15. Adecuar las instalaciones de aquellos centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, a fin de facilitar<br />

el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad. Para establecer esta obligación, se ha<br />

tomado como referencia el criterio de estratificación para determinar a las empresas pequeñas y medianas, que<br />

prevé la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, de manera que<br />

no se establezca una carga que pudiera ser excesiva para las microempresas.<br />

Con esta medida se favorecen las condiciones de igualdad y se dignifican las actividades que realiza este sector<br />

de la población. Se propone que esta nueva obligación sea exigible 36 meses después de que entre en vigor la<br />

reforma, pues ello permitirá que los patrones puedan realizar las adecuaciones pertinentes, evitando con ello un<br />

impacto inmediato.<br />

16. Replantear las disposiciones que regulan la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores, con el<br />

propósito de elevar el nivel de vida de los trabajadores y sus familias, así como mayores rendimientos para las<br />

empresas, a través de un vínculo más estrecho entre la capacitación y la productividad. Para ello se propone:<br />

• Rediseñar los objetivos y las tareas que tendrían a su cargo las Comisiones Mixtas de Productividad,<br />

Capacitación y Adiestramiento;<br />

• Ampliar los objetivos de los Comités Nacionales de Productividad y Capacitación que pueden establecerse en<br />

las diferentes ramas industriales y de servicios, y en los que participan representantes de los patrones y de los<br />

trabajadores, a fin de que propongan acciones para:<br />

- Diagnosticar los requerimientos necesarios para elevar la productividad y la competitividad de las empresas;<br />

- Vincular los salarios a la calificación y competencias adquiridas;<br />

- Estudiar mecanismos y nuevas formas de remuneración que vinculen los salarios a los beneficios de la<br />

productividad, y<br />

- Proponer la expedición de normas técnicas de competencia laboral y, en su caso, los procedimientos para su<br />

evaluación, acreditación y certificación.<br />

17. Privilegiar a la productividad de los trabajadores como el principal criterio para acceder a plazas vacantes<br />

definitivas o provisionales de más de treinta días y a puestos de nueva creación, en lugar de la antigüedad.<br />

Además se prevén criterios de desempate, para el caso de que dos o más trabajadores tengan los mismos méritos.<br />

18. Propiciar condiciones laborales dignas a favor de los trabajadores del campo, a través de las siguientes<br />

medidas:<br />

• Establecer un registro especial de los trabajadores eventuales o de temporada.<br />

• Incluir como obligación patronal, la expedición de constancias de labores y percepciones a los trabajadores<br />

eventuales, al final de la temporada.<br />

• Establecer el pago proporcional de prestaciones devengadas al final de cada temporada.<br />

• Proporcionar agua potable a los trabajadores durante su jornada de trabajo.<br />

• Proporcionar en forma gratuita a los trabajadores, transporte cómodo y seguro desde las zonas habitacionales<br />

hasta los lugares de trabajo y viceversa. Se prevé que el patrón pueda emplear sus propios medios o pagar la<br />

cuota correspondiente, para que el trabajador haga uso de un transporte público adecuado.<br />

• Utilizar los servicios de un intérprete cuando los trabajadores no hablen español.

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