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LOU LOU 397 - Funcas

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dos de formar la matrícula catastral: algun tanto de confia- <<br />

sion vemos en ella, pero disimulable en gracia del buen celo. \<br />

A nosotros nos basta publicar un documento, y utilizando los ,<br />

números que contiene, sacar como estadistas imparciales, las<br />

consecuencias quéu*e él se deducen. En la matrícula existe \<br />

una certificación que libra D. José Ramón de Ferradas, con- l<br />

tador de rentas nacionales de la prov. de Lugo, que original |<br />

dice asi: «Certifico: que de los documentos y mas asientos que f<br />

«existen en esta contaduría de mi cargo, resulta: que el valor<br />

«íntegro del medio diezmo de 1837, ascendió en esta prov.<br />

«rebajado un 8 por 100, mandado abonar á los pueblos sobre<br />

«el precio de los arriendos á la cantidad de 2.000,554 rs., á<br />

«la que aumentada igual suma por el otro medio diezmo, for-<br />

«ma el total del diezmo entero en dicho añode 4.001,108 rs.»<br />

Añadiendo á esta suma el 8 por 100, resulta que los con­<br />

tribuyentes pagaron 4.321,197 rs.; pero no debe perderse de<br />

vista que el diezmo satisfecho en el año de 1837 , está muy<br />

lejos de representar el valor de los productos cosechados sujetos<br />

á este impuesto. En prueba de ello vamos á presentar<br />

números, argumentos y deducciones de suma importancia,<br />

que servirán para apreciar la riqueza, no solo de Lugo, sino<br />

de otras muchas prov., y para calcular hasta qué punto se<br />

ocultan las especies, hasta qué punto se ocultan las utilidades.<br />

Graves, gravísimos defectos contiene el censo de la riqueza<br />

terr. éind. de España, relativo al año de 1799; pero según<br />

digimosen las pág. 75, 76, 77 y 78 del tomo 7.°, ios vicios<br />

campean principalmente en el art. Galicia. En las relaciones<br />

que dieron los ayunt. para formar el censo que nos ocupa,<br />

aparecen los productos del reino vegetal con 141.868,332 rs.,<br />

de los cuales corresponden al terr. que ocupa la prov. de<br />

Lugo 32.289,206 rs. que suponen según nuestros cálculos<br />

una materia imp. reducida á la suma de 19.373,523 rs. Desgracia<br />

es, como digimos en el art. Coruña, que en la importante<br />

obra que escribió el Sr. D. José Lucas Labrada en el<br />

año de 1803 y por encargo de la Junta de gobierno del real<br />

consulado de la Coruña, titulada Descripción económica del<br />

reino de Galicia, no se hubiese dado á la riqueza terr. la<br />

importancia que se dio á la ind. en todos conceptos, porque<br />

es bien seguro que las relaciones délos ayunt., para formar<br />

el censo de 1799, hubieran quedado destruidas por este apreciable<br />

estadista. Pero ya que no podamos apoyarnos en una<br />

autoridad de tanto respeto como lo es para nosotros el señor<br />

Labrada, creyendo como creemos, que ningún hombre de<br />

razón clara admitirá como exacto el dato que fija el valor de<br />

las producciones vegetales del reino de Galicia en la referida<br />

suma de 141.868,332 rs., vamos á ocuparnos de otro documento<br />

de una fuerza irresistible, documento digno de me<br />

ditacion y estudio, y del cual la administración puede deducir<br />

provechosas é importantes consecuencias. Ya saben nuestros<br />

lectores que hace años emprendimos un trabajo que mas tarde<br />

hubimos de reconocer era superior á nuestras fuerzas: quisimos<br />

examinar una por una todas las cuentas de todos los<br />

contribuyentes en lodos los pueblos, por pagos hechos en el<br />

noveno y escusado, á fin de conocer la importancia del diezmo,<br />

y por este medio saber la producción obtenida y la materia<br />

imp. por concepto terr. Con el objeto de adoptar un término<br />

medio, buscamos tres tríenos; el de 1801 á 1803 , el de<br />

1815 á 1817 y el de 1824 á 1826. Afortunadamente poseemos<br />

respecto á la prov. que nos ocupa, el resultado de este traba<br />

jo, del cual aparece que los art. sujetos al impuesto de que<br />

hablamos, representaban un valor de 69.731,100 rs. Sísenos<br />

pregunta ahora, si hoy puede admitirse esta cantidad como<br />

representación de la cosecha de la prov., diremos sin vacilación,<br />

que la prov. de Lugo ha estendido su dominio agrícola,<br />

tanto como la que mas de España. La idea que respecto á es<br />

te pais presenta el Sr. Labrada, es seguramente triste , con<br />

poco cultivo, aunque ya entonces con bastantes prados para<br />

la mauuntencion del ganado: hoy la prov. hace frente á sus<br />

necesidades; hoy la prov. esporta especies de su cosecha,<br />

según hemos dicho en el art. de prov., párrafo de Comercio;<br />

y si á todo esto se añade que en los mismos 69.731,100 rs.,<br />

no están comprendidos todos los productos, porque siempre,<br />

particularmente después de la guerra de la Independencia, se<br />

ha procurado no pagar todo lo que por diezmo correspondía;<br />

podrá decirse, que es mayor todavía el valor bruto de los<br />

productos del suelo, ó hablando con mas propiedad, de los<br />

LUGO.<br />

que estaban obligados á la imposición decimal. Y en prueba<br />

de esto no hay mas que seguir la historia de las sucesivas<br />

rebajas que ha sufrido todo impuesto en frutos, historia que<br />

en lenguaje espreso y convincente presentan los números<br />

siguientes:<br />

1802..<br />

1803..<br />

1804..<br />

DIÓCESIS DE<br />

Astorga, León, Lugo. MoHdoíed e Orense, Oviedo.<br />

738758<br />

693385<br />

785092<br />

1334670<br />

1089269<br />

1012481<br />

552668<br />

553266<br />

953731<br />

396297<br />

234546<br />

343179<br />

510781<br />

532108<br />

614626<br />

1057396<br />

1057948<br />

1062200<br />

Total. 2217235 3436420 2059665<br />

Térm."<br />

974022 1657515 3177544<br />

medio 739078 1145470 680555 324674 55250S 1059181<br />

1815..<br />

1816..<br />

1817..<br />

Total.<br />

Térm."<br />

medio<br />

1826..<br />

1827..<br />

1828..<br />

Total.<br />

Térm."<br />

medio<br />

500000<br />

500000<br />

500000<br />

1500000<br />

500000<br />

284621<br />

210247<br />

226497<br />

721365<br />

240455<br />

567950<br />

419746<br />

380744<br />

1368440<br />

456149<br />

251968<br />

206907<br />

227069<br />

685944<br />

228648<br />

625155<br />

650865<br />

479264<br />

1755284<br />

585095<br />

230596<br />

180678<br />

201721<br />

612995<br />

204332<br />

335111<br />

335188<br />

335188<br />

1005487<br />

335162<br />

259733<br />

201696<br />

258377<br />

779806<br />

259935<br />

559193<br />

671847<br />

739487<br />

1970527<br />

656842<br />

327526<br />

297037<br />

288806<br />

812873<br />

812863<br />

808370<br />

2434106<br />

811369<br />

399658<br />

421473<br />

351837<br />

9133G9 1172968<br />

304456 390989<br />

Vamos á ocuparnos ahora en breves palabras de los trabajos<br />

del Sr. Reinoso: según este apreciable estadista, el término<br />

medio del diezmo en 1837 y 38 fué de 4.984,000 rs., lo<br />

cual supone un valor bruto de producción de especies sujetas<br />

á esta prestación, elevado ala suma de 49.840,000rs.Todavía<br />

son mas estraordinarios los resultados que ofrece el 4<br />

por 100 de 1840, puesto que el Sr. Reinoso dice que los ingresos<br />

por este concepto subieron á 3.164,000 rs. Todos estos<br />

datos tienden á demostrar: Primero, que las relaciones<br />

dadas por los ayunt. para formar el censo de 1799, contenían<br />

grandes ocultaciones: Segundo, que el valor bruto de los productos<br />

de la tierra que fija el examen de las cuentas del noveno<br />

y escusado, no es todavía el verdadero: Tercero y úl­<br />

timo, que el producto del diezmo en esta prov. pagado con<br />

religiosidad, sería superior, muy superior al que aparece del<br />

examen de los trabajos de 1837 y 38, si bien no podia esceder<br />

mucho del que resulta de los ingresos obtenidos en 1840.<br />

Quedan presentadas cuantas noticias nos ha sido posible reunir<br />

para apreciar la riqueza terr. de esta prov., y según ellas<br />

no creemos perjudicar á los pueblos de este pais, diciendo<br />

que la materia imp. por este concepto, puede considerarse<br />

en 32.000,000 de rs.<br />

RIQUEZA PECUARIA. El Sr. D. José Lucas Labrada, decía<br />

en su obra ya citada, « que los prados de esta prov. (hablaba<br />

de la ant. prov. de Lugo, confinante con las de Mondoñedo,<br />

Betanzos, Santiago y Orense del reino de Galicia),<br />

alimentaban un considerable número de cab. de ganado vacuno,<br />

caballar, lanar y de cerda, y que el aprovechamiento<br />

de las yerbas que se producían con abundancia, por estar<br />

la prov. interrumpida de muchas montañas, abundantes de<br />

nieve y regada con un gran número de r. y riach., daba<br />

motivo á que la cria de ganados fuera la principal ind. uei<br />

país.» Si se compara este lenguaje con la riqueza que presenta<br />

del reino animal el censo de 1799 , se robustece mas<br />

nuestra opinión sobre las ocultaciones que contenian las r -<br />

laciones de las municipalidades. A continuación ponemos<br />

cuadro en que se marca el número de cab. de ganado,<br />

precio y el total importe, según el documento a que no<br />

referimos:

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