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dos de formar la matrícula catastral: algun tanto de confia- <<br />
sion vemos en ella, pero disimulable en gracia del buen celo. \<br />
A nosotros nos basta publicar un documento, y utilizando los ,<br />
números que contiene, sacar como estadistas imparciales, las<br />
consecuencias quéu*e él se deducen. En la matrícula existe \<br />
una certificación que libra D. José Ramón de Ferradas, con- l<br />
tador de rentas nacionales de la prov. de Lugo, que original |<br />
dice asi: «Certifico: que de los documentos y mas asientos que f<br />
«existen en esta contaduría de mi cargo, resulta: que el valor<br />
«íntegro del medio diezmo de 1837, ascendió en esta prov.<br />
«rebajado un 8 por 100, mandado abonar á los pueblos sobre<br />
«el precio de los arriendos á la cantidad de 2.000,554 rs., á<br />
«la que aumentada igual suma por el otro medio diezmo, for-<br />
«ma el total del diezmo entero en dicho añode 4.001,108 rs.»<br />
Añadiendo á esta suma el 8 por 100, resulta que los con<br />
tribuyentes pagaron 4.321,197 rs.; pero no debe perderse de<br />
vista que el diezmo satisfecho en el año de 1837 , está muy<br />
lejos de representar el valor de los productos cosechados sujetos<br />
á este impuesto. En prueba de ello vamos á presentar<br />
números, argumentos y deducciones de suma importancia,<br />
que servirán para apreciar la riqueza, no solo de Lugo, sino<br />
de otras muchas prov., y para calcular hasta qué punto se<br />
ocultan las especies, hasta qué punto se ocultan las utilidades.<br />
Graves, gravísimos defectos contiene el censo de la riqueza<br />
terr. éind. de España, relativo al año de 1799; pero según<br />
digimosen las pág. 75, 76, 77 y 78 del tomo 7.°, ios vicios<br />
campean principalmente en el art. Galicia. En las relaciones<br />
que dieron los ayunt. para formar el censo que nos ocupa,<br />
aparecen los productos del reino vegetal con 141.868,332 rs.,<br />
de los cuales corresponden al terr. que ocupa la prov. de<br />
Lugo 32.289,206 rs. que suponen según nuestros cálculos<br />
una materia imp. reducida á la suma de 19.373,523 rs. Desgracia<br />
es, como digimos en el art. Coruña, que en la importante<br />
obra que escribió el Sr. D. José Lucas Labrada en el<br />
año de 1803 y por encargo de la Junta de gobierno del real<br />
consulado de la Coruña, titulada Descripción económica del<br />
reino de Galicia, no se hubiese dado á la riqueza terr. la<br />
importancia que se dio á la ind. en todos conceptos, porque<br />
es bien seguro que las relaciones délos ayunt., para formar<br />
el censo de 1799, hubieran quedado destruidas por este apreciable<br />
estadista. Pero ya que no podamos apoyarnos en una<br />
autoridad de tanto respeto como lo es para nosotros el señor<br />
Labrada, creyendo como creemos, que ningún hombre de<br />
razón clara admitirá como exacto el dato que fija el valor de<br />
las producciones vegetales del reino de Galicia en la referida<br />
suma de 141.868,332 rs., vamos á ocuparnos de otro documento<br />
de una fuerza irresistible, documento digno de me<br />
ditacion y estudio, y del cual la administración puede deducir<br />
provechosas é importantes consecuencias. Ya saben nuestros<br />
lectores que hace años emprendimos un trabajo que mas tarde<br />
hubimos de reconocer era superior á nuestras fuerzas: quisimos<br />
examinar una por una todas las cuentas de todos los<br />
contribuyentes en lodos los pueblos, por pagos hechos en el<br />
noveno y escusado, á fin de conocer la importancia del diezmo,<br />
y por este medio saber la producción obtenida y la materia<br />
imp. por concepto terr. Con el objeto de adoptar un término<br />
medio, buscamos tres tríenos; el de 1801 á 1803 , el de<br />
1815 á 1817 y el de 1824 á 1826. Afortunadamente poseemos<br />
respecto á la prov. que nos ocupa, el resultado de este traba<br />
jo, del cual aparece que los art. sujetos al impuesto de que<br />
hablamos, representaban un valor de 69.731,100 rs. Sísenos<br />
pregunta ahora, si hoy puede admitirse esta cantidad como<br />
representación de la cosecha de la prov., diremos sin vacilación,<br />
que la prov. de Lugo ha estendido su dominio agrícola,<br />
tanto como la que mas de España. La idea que respecto á es<br />
te pais presenta el Sr. Labrada, es seguramente triste , con<br />
poco cultivo, aunque ya entonces con bastantes prados para<br />
la mauuntencion del ganado: hoy la prov. hace frente á sus<br />
necesidades; hoy la prov. esporta especies de su cosecha,<br />
según hemos dicho en el art. de prov., párrafo de Comercio;<br />
y si á todo esto se añade que en los mismos 69.731,100 rs.,<br />
no están comprendidos todos los productos, porque siempre,<br />
particularmente después de la guerra de la Independencia, se<br />
ha procurado no pagar todo lo que por diezmo correspondía;<br />
podrá decirse, que es mayor todavía el valor bruto de los<br />
productos del suelo, ó hablando con mas propiedad, de los<br />
LUGO.<br />
que estaban obligados á la imposición decimal. Y en prueba<br />
de esto no hay mas que seguir la historia de las sucesivas<br />
rebajas que ha sufrido todo impuesto en frutos, historia que<br />
en lenguaje espreso y convincente presentan los números<br />
siguientes:<br />
1802..<br />
1803..<br />
1804..<br />
DIÓCESIS DE<br />
Astorga, León, Lugo. MoHdoíed e Orense, Oviedo.<br />
738758<br />
693385<br />
785092<br />
1334670<br />
1089269<br />
1012481<br />
552668<br />
553266<br />
953731<br />
396297<br />
234546<br />
343179<br />
510781<br />
532108<br />
614626<br />
1057396<br />
1057948<br />
1062200<br />
Total. 2217235 3436420 2059665<br />
Térm."<br />
974022 1657515 3177544<br />
medio 739078 1145470 680555 324674 55250S 1059181<br />
1815..<br />
1816..<br />
1817..<br />
Total.<br />
Térm."<br />
medio<br />
1826..<br />
1827..<br />
1828..<br />
Total.<br />
Térm."<br />
medio<br />
500000<br />
500000<br />
500000<br />
1500000<br />
500000<br />
284621<br />
210247<br />
226497<br />
721365<br />
240455<br />
567950<br />
419746<br />
380744<br />
1368440<br />
456149<br />
251968<br />
206907<br />
227069<br />
685944<br />
228648<br />
625155<br />
650865<br />
479264<br />
1755284<br />
585095<br />
230596<br />
180678<br />
201721<br />
612995<br />
204332<br />
335111<br />
335188<br />
335188<br />
1005487<br />
335162<br />
259733<br />
201696<br />
258377<br />
779806<br />
259935<br />
559193<br />
671847<br />
739487<br />
1970527<br />
656842<br />
327526<br />
297037<br />
288806<br />
812873<br />
812863<br />
808370<br />
2434106<br />
811369<br />
399658<br />
421473<br />
351837<br />
9133G9 1172968<br />
304456 390989<br />
Vamos á ocuparnos ahora en breves palabras de los trabajos<br />
del Sr. Reinoso: según este apreciable estadista, el término<br />
medio del diezmo en 1837 y 38 fué de 4.984,000 rs., lo<br />
cual supone un valor bruto de producción de especies sujetas<br />
á esta prestación, elevado ala suma de 49.840,000rs.Todavía<br />
son mas estraordinarios los resultados que ofrece el 4<br />
por 100 de 1840, puesto que el Sr. Reinoso dice que los ingresos<br />
por este concepto subieron á 3.164,000 rs. Todos estos<br />
datos tienden á demostrar: Primero, que las relaciones<br />
dadas por los ayunt. para formar el censo de 1799, contenían<br />
grandes ocultaciones: Segundo, que el valor bruto de los productos<br />
de la tierra que fija el examen de las cuentas del noveno<br />
y escusado, no es todavía el verdadero: Tercero y úl<br />
timo, que el producto del diezmo en esta prov. pagado con<br />
religiosidad, sería superior, muy superior al que aparece del<br />
examen de los trabajos de 1837 y 38, si bien no podia esceder<br />
mucho del que resulta de los ingresos obtenidos en 1840.<br />
Quedan presentadas cuantas noticias nos ha sido posible reunir<br />
para apreciar la riqueza terr. de esta prov., y según ellas<br />
no creemos perjudicar á los pueblos de este pais, diciendo<br />
que la materia imp. por este concepto, puede considerarse<br />
en 32.000,000 de rs.<br />
RIQUEZA PECUARIA. El Sr. D. José Lucas Labrada, decía<br />
en su obra ya citada, « que los prados de esta prov. (hablaba<br />
de la ant. prov. de Lugo, confinante con las de Mondoñedo,<br />
Betanzos, Santiago y Orense del reino de Galicia),<br />
alimentaban un considerable número de cab. de ganado vacuno,<br />
caballar, lanar y de cerda, y que el aprovechamiento<br />
de las yerbas que se producían con abundancia, por estar<br />
la prov. interrumpida de muchas montañas, abundantes de<br />
nieve y regada con un gran número de r. y riach., daba<br />
motivo á que la cria de ganados fuera la principal ind. uei<br />
país.» Si se compara este lenguaje con la riqueza que presenta<br />
del reino animal el censo de 1799 , se robustece mas<br />
nuestra opinión sobre las ocultaciones que contenian las r -<br />
laciones de las municipalidades. A continuación ponemos<br />
cuadro en que se marca el número de cab. de ganado,<br />
precio y el total importe, según el documento a que no<br />
referimos: