Guía Práctica para Cooperativas Pesqueras - Niparajá
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Reconocimiento por la inspección de la embarcación de hasta 10 toneladas.<br />
Reposición de constancia por duplicado de las mismas, así como calcomanías.<br />
Y presentar la siguiente documentación:<br />
Documentos<br />
Observaciones<br />
Solicitud de trámite<br />
Factura de la embarcación (original y<br />
copia)<br />
Factura del motor (original y copia)<br />
Acta Constitutiva de la Cooperativa<br />
(original y copia)<br />
Copia del RFC de la Cooperativa<br />
Identificación del solicitante o del<br />
representante legal de la Cooperativa<br />
Acta de Asamblea donde se otorguen<br />
poderes al representante legal <strong>para</strong><br />
tramites y cobranzas<br />
Llenar correctamente<br />
Las facturas incidentales ya no son aceptadas en las<br />
Oficinas de Capitanía de Puerto. En caso de no contar con<br />
el documento, deben de acreditar la propiedad ante un<br />
notario público.<br />
Las facturas incidentales ya no son aceptadas en las<br />
Oficinas de Capitanía de Puerto. En caso de no contar con<br />
el documento, deben de acreditar la propiedad ante un<br />
notario público.<br />
El Acta Constitutiva debe incluir en el objeto social las<br />
siguientes cláusulas <strong>para</strong> poder matricular embarcaciones:<br />
a) La Sociedad podrá abanderar, matricular y registrar<br />
como mexicanas embarcaciones y artefactos navales, de su<br />
propiedad o en posesión mediante contrato de fletamento a<br />
casco desnudo, conforme a los artículos noveno y décimo<br />
de la ley de navegación en vigor.<br />
b) La Sociedad podrá inscribirse en el Registro Público<br />
Marítimo Nacional, dentro de un programa de<br />
abanderamiento a las embarcaciones extranjeras de su<br />
propiedad o que legalmente posean, bajo cualquier<br />
contrato de arrendamiento fletamento con opción a<br />
compra, las cuales gozan del mismo trato de las<br />
embarcaciones mexicanas, cuando cumplen con las<br />
requisitos de abanderamiento que establezca el reglamento<br />
respectivo.<br />
Además, el Acta Constitutiva debe estar inscrita en el<br />
Registro Público de la Propiedad.<br />
En caso de que matricule por parte de la Cooperativa.<br />
Copia y original.<br />
El acta debe estar inscrita en el Registro Público de la<br />
Propiedad.<br />
Ver Formatos en la carpeta de Anexos<br />
complementarios a esta <strong>Guía</strong>.<br />
PASO TRES: Una vez entregados todos los documentos, se expedirá la orden de pago; ésta se puede<br />
pagar en la ventanilla de Capitanía con tarjeta de débito o crédito, o también en el banco. La orden<br />
de pago cubrirá los siguientes conceptos:<br />
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Capitanía de Puerto