Guía Práctica para Cooperativas Pesqueras - Niparajá
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Consejo de Administración: El Consejo de Administración será el órgano ejecutivo de la Asamblea<br />
General y tendrá la representación de la sociedad cooperativa y la firma social (Art. 41 LGSC)<br />
Consejo de Vigilancia: Es el grupo o individuo dentro de la sociedad que se encarga de supervisar<br />
las actividades de gestión y representación que realiza la administración y la sociedad cooperativa<br />
en general. Así como también se encarga de vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y<br />
bases constitutivas.<br />
CURP: Clave Única de Registro de Población, documento expedido por la Secretaría de<br />
Gobernación.<br />
Embarcación menor: Unidad de pesca con o sin motor fuera de borda y con eslora máxima total de<br />
10.5 metros; con o sin sistema de conservación de la captura a base de hielo y con una autonomía<br />
de 3 días como máximo;<br />
Esfuerzo pesquero: El número de individuos, embarcaciones o artes de pesca, que son aplicados en<br />
la captura o extracción de una o varias especies en una zona y periodo determinados.<br />
Factura: Documento con todos los requisitos fiscales que expide un contribuyente, en el que consta<br />
el tipo de mercancía o servicios de una operación comercial y el importe cobrado por ellos<br />
Declaración: Es el documento oficial con el que un Contribuyente presenta información referente a<br />
sus operaciones efectuadas en un periodo determinado.<br />
Estatutos: puede referirse a una variedad de normas jurídicas cuyo rasgo común es que regulan las<br />
relaciones de ciertas personas que tienen en común la pertenencia a un territorio o sociedad.<br />
Fedatario publico:. También conocido como notario o escribano es el individuo, generalmente un<br />
jurista, autorizado conforme a las leyes <strong>para</strong> dar fe de los contratos y demás actos extrajudiciales<br />
de naturaleza civil y mercantil, así como <strong>para</strong> asesorar a las personas que a él acuden, redactar<br />
escrituras y actas, elaborar testamentos y custodiar los protocolos de la notaría.<br />
<strong>Guía</strong> de pesca: Es el documento que am<strong>para</strong> el transporte por vía terrestre, marítima o aérea de<br />
productos pesqueros vivos, frescos, enhielados o congelados, provenientes de la acuacultura o de la<br />
pesca.<br />
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