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Ver Guía - INICC

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nacional, regional y local; coordinar intra e intersectorialmente las acciones de<br />

salud para establecer las medidas de prevención, control, eliminación y erradicación<br />

de enfermedades; supervisar y evaluar la vigilancia epidemiológica a<br />

nivel nacional; apoyar la investigación epidemiológica; mantener actualizada la<br />

información epidemiológica e informar a todos los niveles y a la población en general;<br />

encargarse de la gerencia técnica y administrativa del Programa Ampliado<br />

de Inmunizaciones (PAI) con el apoyo de la Coordinación General del PAI, y<br />

realizar cursos de capacitación en el ámbito regional y local.<br />

En otro orden, el Decreto Ejecutivo No. 268 de 2001 considera que las infecciones<br />

nosocomiales constituyen un problema de salud de notificación obligatoria.<br />

Asimismo, se cuenta con la Guía nacional de epidemiología, que contiene<br />

normas para el abordaje de algunos problemas de salud de notificación obligatoria.<br />

Entre ellos se incluye una guía sobre infecciones nosocomiales.<br />

Algunos hospitales cuentan también con un reglamento que regula en forma<br />

detallada el funcionamiento de la institución. El Reglamento General del Hospital<br />

Santo Tomás, aprobado por la Resolución Ejecutiva No. 95 de 1994, establece<br />

que el hospital estará bajo la dirección del Director General, asistido por el Consejo<br />

Técnico, el Consejo Administrativo y comisiones técnicas que se crearán<br />

conforme con las necesidades. Entre las funciones del Director está el velar por<br />

las condiciones de saneamiento, higiene, orden y limpieza de cada dependencia<br />

y vigilar que el personal cumpla con las disposiciones sobre hábitos higiénicos.<br />

Sin embargo, no especifica cuáles son normas o si están contenidas en alguna reglamentación.<br />

La única referencia específica contenida en esa resolución es que<br />

una de las comisiones técnicas se ocupará de las infecciones nosocomiales y otra<br />

comisión del ornato y la higiene, pero no especifica sus funciones.<br />

Por Decreto de Gabinete No. 1 del 15 de enero de 1969, se crea el Ministerio<br />

de Salud y por Decreto No. 75 del 27 de febrero del mismo año se establece<br />

el estatuto orgánico del mismo que, en su artículo 11 identifica la función de<br />

epidemiología a nivel de división dentro de la Dirección General de Salud. Específicamente,<br />

la vigilancia epidemiológica en general y el control y vigilancia epidemiológica<br />

de las infecciones hospitalarias son competencia del departamento<br />

del DVFPRSE.<br />

PARAGUAY<br />

No se localizaron normas que establezcan un sistema de vigilancia de las infecciones<br />

hospitalarias. Si bien existen comités de infecciones intrahospitalarias<br />

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