Equipamiento ClÃnico - argos
Equipamiento ClÃnico - argos
Equipamiento ClÃnico - argos
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
20<br />
ACTUALIDAD PROFESIONAL / LEGISLACIÓN VETERINARIA<br />
dad en sí misma con diferente nombre.<br />
Además, en el caso de esta nueva ley, sin<br />
posibilidad de elección pues es de carácter<br />
obligatorio para todos los profesionales<br />
que trabajen en régimen de sociedad.<br />
Desde el punto de vista de los propios<br />
colegios profesionales, esta normativa obliga<br />
también a realizar una ardua tarea burocrática<br />
y crear una nueva línea de trabajo,<br />
que en los colegios de mayor envergadura<br />
no ocasionará más problemas que los<br />
meramente reorganizativos y de adaptanombre<br />
común o se emitan documentos,<br />
facturas o recibos bajo dicha denominación.<br />
Aquellas sociedades que, habiendo<br />
transcurrido 18 meses desde la entrada en<br />
vigor de la nueva ley, no se hayan adaptado<br />
a esta nueva normativa e inscrito en el<br />
registro mercantil serán gravemente sancionadas<br />
con la no inscripción de documento<br />
alguno en dicho registro, e incluso<br />
la disolución de pleno derecho de la sociedad<br />
y la cancelación de oficio, por parte<br />
del registrador mercantil, de los asientos<br />
correspondientes a la sociedad disuelta.<br />
▼<br />
Aquellas sociedades que, habiendo transcurrido el plazo<br />
desde la entrada en vigor de la nueva ley, no se hayan<br />
adaptado a esta nueva normativa e inscrito en el<br />
registro mercantil serán gravemente sancionadas.<br />
A fecha de finales de 2007 la mayoría<br />
de los colegios profesionales están en<br />
plazo de creación del registro y aún no<br />
están operativos.<br />
Algunas observaciones<br />
Los socios podrán<br />
establecer, a la hora<br />
de crear los estatutos<br />
o contrato<br />
social, los siguientes<br />
términos:<br />
• Requisitos para obtener la condición<br />
de socio profesional y la permanencia<br />
como tal.<br />
• Posibilidad y requisitos de transmisión<br />
de la condición de socio.<br />
• Régimen y criterios de participación<br />
en beneficios y pérdidas. Si no se establecen<br />
los beneficios o pérdidas, si las hubiera,<br />
se distribuirán conforme a la proporción<br />
de participación de cada socio en el<br />
capital social.<br />
• Regulación de la transmisión de las<br />
participaciones (voluntarias, forzosas, por<br />
óbito).<br />
• Criterios de valoración de la cuota de<br />
liquidación del socio profesional.<br />
• Arbitrajes para controversias.<br />
En pleno desarrollo, esta nueva ley recibe<br />
alabanzas y críticas diversas. Para el<br />
profesional veterinario y otros profesionales<br />
no cabe un duda de que supone un<br />
cambio. Pero… ¿ a mejor o a peor<br />
Adaptándose a la normativa en los colegios<br />
Barcelona<br />
“El plazo para inscribirse concluye en marzo de 2009”<br />
Elena Boyer del departamento jurídico del Colegio de Veterinarios de Barcelona<br />
considera que el procedimiento no deja de tener complejidad por las reformas<br />
estatutarias, costes notariales, modificación de tenencia de capitales y de órganos<br />
de administración, etc., que tienen que producirse en las sociedades ya<br />
constituidas pero que, una vez puesta en marcha la ley, no cabe otra opción que<br />
dar los pasos adecuados para cumplirla de la forma más beneficiosa o menos<br />
gravosa para las empresas.<br />
Para la creación del registro colegial de sociedades profesionales, el colegio<br />
barcelonés está en proceso de aprobar un reglamento interno para la regulación<br />
de dicho registro. Elena Boyer recuerda, a su vez, que previamente las sociedades<br />
han de adaptarse a la ley, para que una vez culminado el plazo de la creación<br />
de los registros colegiales puedan inscribirse, y advierte que el límite para la inscripción<br />
de las nuevas sociedades es marzo de 2009.<br />
Santa Cruz de Tenerife<br />
“Las sociedades estarán colegiadas”<br />
Sergio Ravelo, abogado asesor del colegio de Tenerife está trabajando en la<br />
creación de este nuevo registro, a la espera de la aprobación de la propuesta tras<br />
la consiguiente revisión de la normativa general consensuada desde el Consejo<br />
General. En este caso el consumidor saldrá ganando, pues estará más protegido.<br />
La nueva ley regulará con mayor especificidad las sociedades, interviniendo<br />
en ellas la deontología profesional, ya que las sociedades también estarán colegiadas.<br />
Madrid<br />
En el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, comentan que están en pleno<br />
desarrollo del registro a la espera de las directrices que se adopten desde el Consejo<br />
General para unificar criterios en todos los colegios para la creación y gestión<br />
de los registros.<br />
Hasta ahora no existía una normativa<br />
propia ajustada al carácter profesional y<br />
colegial de estos negocios y estaban<br />
sometidos a cierta inseguridad e injusticia<br />
jurídica. Sin embargo se abren algunos<br />
interrogantes como: ofrece mayor garantía<br />
a los clientes pero a la vez ¿incrementa la<br />
carga sobre el profesional y los gastos<br />
para la sociedad; si la sociedad sólo consta<br />
de un socio profesional y éste es sancionado<br />
o inhabilitado, ¿desaparecerá la<br />
sociedad, ¿se evitará el intrusismo...<br />
Hasta ahora no existía una normativa propia ajustada<br />
al carácter profesional y colegial de estos negocios<br />
y estaban sometidos a cierta inseguridad e injusticia jurídica.<br />
La opinión sobre la ley es distinta dependiendo<br />
del campo profesional del que se trate.<br />
Por otro lado, algunas quejas de los<br />
empresarios van encaminadas hacia<br />
dudas sobre temas de suma importancia<br />
como capital o reparto de beneficios, que<br />
no son explicitados ni concretados.<br />
Otra de las críticas se centra en la duda<br />
sobre la supuesta utilidad o beneficio que<br />
tendrá para las sociedades ya creadas. Si<br />
modificar sus estatutos, inscribirse de<br />
nuevo, colegiarse como sociedad y los<br />
consiguientes trastornos burocráticos no<br />
serán procedimientos complejos para al<br />
fin obtener la misma modalidad de socie-<br />
ción, pero que en los de menor cuota colegial<br />
o menor experiencia, puede suponer<br />
verdaderos quebraderos de cabeza.<br />
El Consejo General de Veterinarios va a<br />
aprobar en breve una normativa generalizada<br />
para unificar criterios de actuación y<br />
facilitar la puesta en marcha de los registros<br />
colegiales. <br />
Elena Malmierca<br />
Veterinaria<br />
Imágenes archivo Argos<br />
94