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Equipamiento Clínico - argos

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ACTUALIDAD PROFESIONAL / LEGISLACIÓN VETERINARIA<br />

dad en sí misma con diferente nombre.<br />

Además, en el caso de esta nueva ley, sin<br />

posibilidad de elección pues es de carácter<br />

obligatorio para todos los profesionales<br />

que trabajen en régimen de sociedad.<br />

Desde el punto de vista de los propios<br />

colegios profesionales, esta normativa obliga<br />

también a realizar una ardua tarea burocrática<br />

y crear una nueva línea de trabajo,<br />

que en los colegios de mayor envergadura<br />

no ocasionará más problemas que los<br />

meramente reorganizativos y de adaptanombre<br />

común o se emitan documentos,<br />

facturas o recibos bajo dicha denominación.<br />

Aquellas sociedades que, habiendo<br />

transcurrido 18 meses desde la entrada en<br />

vigor de la nueva ley, no se hayan adaptado<br />

a esta nueva normativa e inscrito en el<br />

registro mercantil serán gravemente sancionadas<br />

con la no inscripción de documento<br />

alguno en dicho registro, e incluso<br />

la disolución de pleno derecho de la sociedad<br />

y la cancelación de oficio, por parte<br />

del registrador mercantil, de los asientos<br />

correspondientes a la sociedad disuelta.<br />

▼<br />

Aquellas sociedades que, habiendo transcurrido el plazo<br />

desde la entrada en vigor de la nueva ley, no se hayan<br />

adaptado a esta nueva normativa e inscrito en el<br />

registro mercantil serán gravemente sancionadas.<br />

A fecha de finales de 2007 la mayoría<br />

de los colegios profesionales están en<br />

plazo de creación del registro y aún no<br />

están operativos.<br />

Algunas observaciones<br />

Los socios podrán<br />

establecer, a la hora<br />

de crear los estatutos<br />

o contrato<br />

social, los siguientes<br />

términos:<br />

• Requisitos para obtener la condición<br />

de socio profesional y la permanencia<br />

como tal.<br />

• Posibilidad y requisitos de transmisión<br />

de la condición de socio.<br />

• Régimen y criterios de participación<br />

en beneficios y pérdidas. Si no se establecen<br />

los beneficios o pérdidas, si las hubiera,<br />

se distribuirán conforme a la proporción<br />

de participación de cada socio en el<br />

capital social.<br />

• Regulación de la transmisión de las<br />

participaciones (voluntarias, forzosas, por<br />

óbito).<br />

• Criterios de valoración de la cuota de<br />

liquidación del socio profesional.<br />

• Arbitrajes para controversias.<br />

En pleno desarrollo, esta nueva ley recibe<br />

alabanzas y críticas diversas. Para el<br />

profesional veterinario y otros profesionales<br />

no cabe un duda de que supone un<br />

cambio. Pero… ¿ a mejor o a peor<br />

Adaptándose a la normativa en los colegios<br />

Barcelona<br />

“El plazo para inscribirse concluye en marzo de 2009”<br />

Elena Boyer del departamento jurídico del Colegio de Veterinarios de Barcelona<br />

considera que el procedimiento no deja de tener complejidad por las reformas<br />

estatutarias, costes notariales, modificación de tenencia de capitales y de órganos<br />

de administración, etc., que tienen que producirse en las sociedades ya<br />

constituidas pero que, una vez puesta en marcha la ley, no cabe otra opción que<br />

dar los pasos adecuados para cumplirla de la forma más beneficiosa o menos<br />

gravosa para las empresas.<br />

Para la creación del registro colegial de sociedades profesionales, el colegio<br />

barcelonés está en proceso de aprobar un reglamento interno para la regulación<br />

de dicho registro. Elena Boyer recuerda, a su vez, que previamente las sociedades<br />

han de adaptarse a la ley, para que una vez culminado el plazo de la creación<br />

de los registros colegiales puedan inscribirse, y advierte que el límite para la inscripción<br />

de las nuevas sociedades es marzo de 2009.<br />

Santa Cruz de Tenerife<br />

“Las sociedades estarán colegiadas”<br />

Sergio Ravelo, abogado asesor del colegio de Tenerife está trabajando en la<br />

creación de este nuevo registro, a la espera de la aprobación de la propuesta tras<br />

la consiguiente revisión de la normativa general consensuada desde el Consejo<br />

General. En este caso el consumidor saldrá ganando, pues estará más protegido.<br />

La nueva ley regulará con mayor especificidad las sociedades, interviniendo<br />

en ellas la deontología profesional, ya que las sociedades también estarán colegiadas.<br />

Madrid<br />

En el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, comentan que están en pleno<br />

desarrollo del registro a la espera de las directrices que se adopten desde el Consejo<br />

General para unificar criterios en todos los colegios para la creación y gestión<br />

de los registros.<br />

Hasta ahora no existía una normativa<br />

propia ajustada al carácter profesional y<br />

colegial de estos negocios y estaban<br />

sometidos a cierta inseguridad e injusticia<br />

jurídica. Sin embargo se abren algunos<br />

interrogantes como: ofrece mayor garantía<br />

a los clientes pero a la vez ¿incrementa la<br />

carga sobre el profesional y los gastos<br />

para la sociedad; si la sociedad sólo consta<br />

de un socio profesional y éste es sancionado<br />

o inhabilitado, ¿desaparecerá la<br />

sociedad, ¿se evitará el intrusismo...<br />

Hasta ahora no existía una normativa propia ajustada<br />

al carácter profesional y colegial de estos negocios<br />

y estaban sometidos a cierta inseguridad e injusticia jurídica.<br />

La opinión sobre la ley es distinta dependiendo<br />

del campo profesional del que se trate.<br />

Por otro lado, algunas quejas de los<br />

empresarios van encaminadas hacia<br />

dudas sobre temas de suma importancia<br />

como capital o reparto de beneficios, que<br />

no son explicitados ni concretados.<br />

Otra de las críticas se centra en la duda<br />

sobre la supuesta utilidad o beneficio que<br />

tendrá para las sociedades ya creadas. Si<br />

modificar sus estatutos, inscribirse de<br />

nuevo, colegiarse como sociedad y los<br />

consiguientes trastornos burocráticos no<br />

serán procedimientos complejos para al<br />

fin obtener la misma modalidad de socie-<br />

ción, pero que en los de menor cuota colegial<br />

o menor experiencia, puede suponer<br />

verdaderos quebraderos de cabeza.<br />

El Consejo General de Veterinarios va a<br />

aprobar en breve una normativa generalizada<br />

para unificar criterios de actuación y<br />

facilitar la puesta en marcha de los registros<br />

colegiales. <br />

Elena Malmierca<br />

Veterinaria<br />

Imágenes archivo Argos<br />

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